ISSN 1831-5380
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1.2.2. Numeración de los actos

La Oficina de Publicaciones atribuye el número de los actos.

Con excepción de los acuerdos internacionales y las correcciones de errores, a todos los actos y otros textos se les asigna un número. Este número es único y forma parte del título o se coloca al final del título entre corchetes. También representa el número del Diario Oficial en el que se publica el acto u otro texto.

Elementos de la numeración

El número de un acto consta de tres partes, presentadas en el orden siguiente:

entre paréntesis, una de las siglas de los ámbitos siguientes: «UE» para la Unión Europea, «Euratom» para la Comunidad Europea de la Energía Atómica, «UE, Euratom» para la Unión Europea y la Comunidad Europea de la Energía Atómica, «PESC» para la política exterior y de seguridad común,
la referencia al año de publicación, expresado en cuatro cifras,
un número de orden del acto, basado en una secuencia anual, y que consta de tantas cifras como sea necesario:

(ámbito) AAAA/N

N. B.:

El número asignado por la Oficina de Publicaciones a determinados actos no incluye el ámbito y figura entre corchetes al final del título. Este número no se considera parte del título ni se cita en las referencias al acto en cuestión.

[AAAA/N]

Antes del 1 de enero de 2015

La numeración de los actos variaba en función del tipo de acto. Al hacer referencia a estos actos, hay que respetar esta numeración.

Principios generales
a)
La abreviatura «n.o» se usa cuando el número de orden precede al año:
Reglamento (UE) n.o 16/2010 de la Comisión
Decisión n.o 284/2010/UE del Parlamento Europeo y del Consejo

Por el contrario, la abreviatura «n.o» no se usa cuando el año precede al número de orden:

Decisión 2010/300/UE de la Comisión
b)
A partir del 1 de enero de 1999, el año se expresa con sus cuatro cifras:
Reglamento (CE) n.o 23/1999 de la Comisión
Decisión 2010/294/UE del Consejo
Reglamento (CE) n.o 2820/98 del Consejo
N. B.:

Las siglas que hacen referencia al ámbito han cambiado con el paso del tiempo, conforme los Tratados se modificaban o aparecían otros nuevos:

Antes del 1 de noviembre de 1993, las siglas utilizadas eran: «CEE», «CECA», «Euratom».
A partir del 1 de noviembre de 1993, fecha de entrada en vigor del Tratado de Maastricht, «CEE» pasa a ser «CE». Se añaden las siglas «JAI» (justicia y asuntos de interior), «PESC» (política exterior y de seguridad común) y «CEM» (convenciones firmadas entre Estados miembros).
La sigla «CECA» no se utiliza después del 24 de julio de 2002, tras la expiración del Tratado CECA.
El 1 de diciembre de 2009, como consecuencia de la entrada en vigor del Tratado de Lisboa, se introducen las siglas «UE» y dejan de utilizarse las siglas «CE». En cuanto a las siglas creadas tras la entrada en vigor del Tratado de la Unión Europea, «JAI» y «CEM» ya no se utilizan, mientras que se mantiene «PESC».
Numeración

Los actos tienen un número de orden asignado por una de las series coexistentes, y el orden de los elementos depende del tipo de acto.

Reglamentos

La numeración de estos reglamentos se presenta de la siguiente manera: siglas (entre paréntesis), número de orden y año:

Reglamento (UE) n.o 641/2010

La numeración de los reglamentos ha evolucionado con el tiempo. Las distintas etapas son las siguientes:

Desde 1952 hasta el 31 de diciembre de 1962:
Reglamento n.o 17
Desde el 1 de enero de 1963 hasta el 31 de diciembre de 1967 (las siglas del Tratado y el año se añaden al número):
Reglamento n.o 1009/67/CEE
A partir del 1 de enero de 1968 (la posición de las siglas del Tratado se modifica):
Reglamento (CEE) n.o 1470/68
Directivas

En las directivas, el año va seguido del número de orden y de la sigla:

Directiva 2010/24/UE del Consejo

Desde el 1 de enero de 1992 hasta el 31 de diciembre de 2014, el número es asignado por la Secretaría General del Consejo.

Algunas directivas antiguas tienen un número ordinal en el título:

Primera Directiva 73/239/CEE del Consejo
Decisiones

En las decisiones publicadas bajo la sección L I, el número de orden va seguido del año y de la sigla:

Decisión n.o 477/2010/UE del Parlamento Europeo y del Consejo

Las decisiones adoptadas según el procedimiento legislativo siguen la misma lista de números que los reglamentos [Decisión n.o 477/2010/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, Reglamento (UE) n.o 468/2010 de la Comisión, Reglamento (UE) n.o 479/2010 de la Comisión].

En las decisiones publicadas bajo la sección L II, el año va seguido por el número de orden y la sigla correspondiente:

Decisión 2010/294/UE del Consejo
Presupuestos

La adopción definitiva del presupuesto general y de los presupuestos rectificativos llevan un número que figura en el sumario y en la página de título (por ejemplo, «2010/117/UE, Euratom»), pero que no se cita en las referencias.

Doble numeración

Algunos actos pueden tener una doble numeración:

el número asignado por la Oficina de Publicaciones [por ejemplo «(UE) 2015/299»],
un número propio asignado por el autor (por ejemplo, «BCE/2015/5», «Atalanta/4/2015», etc.).

En los actos jurídicos del Banco Central Europeo, así como en las decisiones del Comité Político y de Seguridad, el número asignado por la institución figura entre paréntesis al final del título:

Reglamento (UE) 2015/534 del Banco Central Europeo […] (BCE/2015/13)
Decisión (UE) 2015/299 del Banco Central Europeo […] (BCE/2015/5)
Orientación (UE) 2015/732 del Banco Central Europeo […] (BCE/2015/20)
Decisión (PESC) 2015/711 del Comité Político y de Seguridad […] (Atalanta/4/2015)
NB:

Las decisiones, orientaciones y recomendaciones del Banco Central Europeo publicadas antes del 1 de enero de 2015 se citan únicamente con el número asignado por el autor:

(4)
La Decisión (UE) 2016/1975 del Banco Central Europeo (BCE/2016/39) (2) hace referencia a las facultades del Comité Ejecutivo derivadas del artículo 3, apartado 2, de la Decisión BCE/2013/54 del Banco Central Europeo (3). La Decisión BCE/2013/54 fue derogada por la Decisión (UE) 2020/637 (BCE/2020/24). […]
(2)
Decisión (UE) 2016/1975 del Banco Central Europeo, de 8 de noviembre de 2016, sobre la subdelegación de la facultad de conceder acreditaciones provisionales (BCE/2016/39) (DO L 304 de 11.11.2016, p. 9, ELI: http://data.europa.eu/eli/dec/2016/1975/oj).
(3)
Decisión BCE/2013/54 del Banco Central Europeo, de 20 de diciembre de 2013, sobre los procedimientos de acreditación de fabricantes de elementos del euro y elementos de seguridad del euro y por la que se modifica la Decisión BCE/2008/3 (DO L 57 de 27.2.2014, p. 29, ELI: http://data.europa.eu/eli/dec/2013/106(3)/oj).

En ciertos actos el número asignado por la Oficina de Publicaciones no incluye las siglas correspondientes al ámbito y figura entre corchetes al final del título. Estos actos son: las decisiones de los diversos consejos y comités creados por acuerdos internacionales (como el Comité de Embajadores ACP-UE), los actos relativos al Espacio Económico Europeo (EEE), los actos adoptados en el marco con la Asociación Europea de Libre Comercio (AELC) y los reglamentos de la Comisión Económica para Europa de las Naciones Unidas (CEPE):

Decisión n.o 1/2015 del Comité de Embajadores ACP-UE […] [2015/1909]
Decisión del Comité Mixto del EEE n.o 159/2014 […] [2015/94]
Decisión del Órgano de Vigilancia de la AELC n.o 226/17/COL […] [2018/564]
Reglamento n.o 78 de la Comisión Económica para Europa de las Naciones Unidas (CEPE) […] [2015/145]
Antes del 1 de enero de 2015

Los actos relativos al Espacio Económico Europeo (EEE), los actos adoptados en el marco con la Asociación Europea de Libre Comercio (AELC) y los reglamentos de la Comisión Económica para Europa de las Naciones Unidas (CEPE) solo tienen un número propio asignado por el autor

Actos o textos no numerados

Los acuerdos internacionales (véase el «L II — Actos no legislativos», en el punto 1.2.3) y las correcciones de errores no están numerados.

La Unión no puede asignar un número unilateralmente a los acuerdos internacionales, ya que solo es una de las partes en ellos.

Antes del 1 de octubre de 2023

Además de acerdos internacionales y correcciones de erores, los siguientes documentos no se numeraban:

las informaciones relativas a la entrada en vigor de un acuerdo internacional, y
los reglamentos internos y de procedimiento.
Última actualización: 23.4.2024
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