ISSN 1831-5380
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3.5. Enumeraciones

3.5.1. Presentación en las enumeraciones

1. Si los diferentes elementos de la enumeración van precedidos por una parte introductoria (encabezamiento), esta finaliza con dos puntos, incluso en el caso de que esta parte introductoria preceda a otra parte introductoria:

El Reglamento (CE) n.o 1623/2000 queda modificado como sigue:
1)
El artículo 92 se modifica como sigue:
a)
el apartado 2 se modifica como sigue:
i)
la letra c) se sustituye por el texto siguiente:
«c)
el lugar de establecimiento y una copia de los planes de las instalaciones».

2. Los puntos de una lista se numeran con letras minúsculas seguidas de un paréntesis de cierre para el primer nivel, con números romanos en minúscula seguidos de un paréntesis de cierre para el segundo nivel y con números arábigos seguidos de un paréntesis de cierre para el tercer nivel. Se utilizan guiones para el cuarto nivel:

[La presente Directiva se aplicará a]:
a)
[…]:
i)
[…]:
1)
[…]:
[…]

A modo de excepción, en el artículo sobre las definiciones o en disposiciones que modifican un acto anterior (véase el punto 3.3), los puntos se numeran con números arábigos seguidos de un paréntesis de cierre en el primer nivel, con letras minúsculas seguidas de un paréntesis de cierre en el segundo nivel y números romanos en minúscula seguidos de un paréntesis de cierre en el tercer nivel.

3. Si los componentes de la enumeración van precedidos de una cifra o una letra, el signo de puntuación que separa esos elementos es el punto y coma. Si van precedidos de un guion, el signo de puntuación es la coma:

La presente Directiva se aplica a:
a)
[…];
b)
[…]:
i)
[…];
ii)
[…];
iii)
[…]:
1)
[…];
2)
[…]:
[…],
[…],
[…];
3)
[…].

La única excepción son los actos modificativos, donde un elemento enumerado con cifras empieza con mayúscula y termina con punto.

4. En los cuadros o en las listas, los elementos de una enumeración pueden no llevar signos de puntuación.

3.5.2. Enumeración de actos

En una enumeración de varios actos del mismo tipo, la institución no se repite si es la misma:

(1)
Las Directivas 2003/90/CE (3) y 2003/91/CE (4) de la Comisión se adoptaron con el objetivo de garantizar que las variedades que los Estados miembros incluyen en sus catálogos nacionales se ajustan a las directrices […]
Reglamentos (CE) n.º 715/2007 (7) y (CE) n.º 696/2009 (8) del Parlamento Europeo y del Consejo

Las siglas del Tratado o de los Tratados se repiten con cada número, ya que estas forman parte integrante del número del acto:

[…] las Directivas 94/35/CE y 94/36/CE […]

Es preferible enumerar los actos en orden cronológico.

Última actualización: 1.6.2021
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