ISSN 1831-5380
Mapa del sitio | Aviso jurídico | Cookies | Preguntas más frecuentes | Contacto | Imprimir la página

4.4. Identificadores asignados por la Oficina de Publicaciones

La Oficina de Publicaciones actúa, desde 2001, como agencia oficial para la asignación de los siguientes identificadores a las publicaciones de las instituciones, órganos y organismos de la Unión Europea: ISBN (número internacional normalizado del libro), ISSN (número internacional normalizado de publicaciones seriadas y otros recursos continuados) y DOI (identificador digital de objetos). Estos identificadores internacionales sirven para repertoriar de manera unívoca y exclusiva las publicaciones en todo el mundo. También se atribuye un identificador interno (número de catálogo) a cualquier producto (libros, folletos, carteles, etc.) en cualquier soporte (papel, versión electrónica, CD, DVD, etc.).

Para los servicios autores, la asignación de los identificadores implica el depósito obligatorio de dos copias físicas de la obra en la Oficina de Publicaciones y el envío de la versión electrónica (PDF).

Al realizar cualquier solicitud de edición, la Oficina de Publicaciones asigna automáticamente los identificadores.

4.4.1. Número internacional normalizado del libro (ISBN)

La Oficina de Publicaciones asigna a cualquier publicación monográfica (véase el punto 4.3.1) un número internacional normalizado del libro (ISBN).

La asignación de un ISBN no posee significado o valor jurídico alguno en cuanto a la propiedad de los derechos de la obra en cuestión ni a su contenido.

Una vez asignado a un producto, un ISBN no puede modificarse, cambiarse ni reutilizarse.

Se requiere un ISBN distinto:

para cada versión lingüística de una publicación;
para cada soporte distinto de un producto [en el caso de una obra publicada y facilitada en forma de versiones en diferentes formatos (PDF, HTML, etc.), cada una de ellas debe recibir un ISBN distinto];
para cualquier edición distinta que incluya modificaciones significativas que afecten a una o a varias partes de un producto, y también si se ha realizado algún cambio en el título; sin embargo, no debe asignarse un ISBN distinto a un producto del que no se haya cambiado ni la edición, ni la forma, ni el editor, cuando solo se haya cambiado el precio o cuando dicho producto haya solo sufrido ligeras modificaciones, como la corrección de faltas de impresión;
para cualquier modificación de la forma de un producto (libro en tapa dura, libro en rústica, versión en línea, etc.).

En el caso de volúmenes múltiples, se asigna un ISBN a cada uno de los volúmenes y un ISBN conjunto para todos ellos. El ISBN conjunto y el de cada uno de los respectivos volúmenes deben figurar en el reverso de la portada de cada volumen (página de copyright).

N. B.:
Asimismo, puede asignarse un ISBN a un capítulo distinto en una obra, siempre y cuando este constituya un conjunto terminado. También pueden identificarse con un ISBN partes distintas (por ejemplo, un capítulo) de publicaciones monográficas, tiradas separadas o artículos extraídos de recursos continuados disponibles por separado.

Cuando una publicación la publiquen conjuntamente o como coedición dos o varios editores, cada uno de ellos puede asignarle su propio ISBN y registrarlo en la página del copyright. No obstante, en la publicación solo debe aparecer un ISBN en forma de código de barras.

También debe asignarse un ISBN a las publicaciones en hojas sueltas con un fin determinado (es decir, no destinadas a aparecer indefinidamente). Sin embargo, no debe atribuirse un ISBN a las publicaciones en hojas sueltas actualizadas continuamente (recursos integrados) o a las partes individuales actualizadas.

Colocación y presentación del ISBN

Desde el 1 de enero de 2007, el número ISBN, que siempre debe figurar en el propio objeto, incluye trece dígitos estructurados en cinco grupos (separados por un guion) y precedidos por las siglas ISBN seguidas de un espacio:

primer grupo: prefijo o código de barras EAN (European Article Numbering) que identifica el producto «libro» (los prefijos actualmente disponibles son el 978 y el 979);
segundo grupo: identificador de grupo (92 = organizaciones internacionales);
tercer grupo: prefijo editorial (código de autor);
cuarto grupo: número de título;
quinto grupo: dígito de comprobación o posición de control.
ISBN 978-92-79-00077-5
Publicaciones impresas

En las publicaciones impresas, el ISBN debe colocarse en el reverso de la portada de la publicación junto con todos los otros identificadores (véase el ejemplo en el punto 5.3.1). Si esto no fuera posible, debe aparecer al pie de la portada o junto con los créditos de la publicación (o copyright).

También debe aparecer en la parte inferior de la página IV de cubierta (y en la parte inferior de la sobrecubierta) (véase el ejemplo en el punto 5.1.1).

N. B.:
En el caso de una coedición, el ISBN del coeditor puede también aparecer en la parte inferior de la página IV de cubierta y/o en la parte inferior de la sobrecubierta en forma de código de barras.
Publicaciones electrónicas u otras formas de productos no impresos

En las publicaciones en línea, el ISBN debe figurar en la página o en la pantalla que muestre el título o su equivalente (por ejemplo, en la pantalla inicial que aparece al acceder al contenido o en la pantalla en la que aparecen los créditos).

En cualquier otro producto (CD-ROM, DVD, etc.), el ISBN debe aparecer en cualquiera de las etiquetas permanentemente fijadas  al producto o, si esto no fuera posible, en la parte inferior del dorso del embalaje permanente del objeto (caja, funda, marco, etc.).

El ISBN también debe aparecer en todos los metadatos incluidos en la publicación o en el producto.

See also the A quick reference guide.

En el caso de una publicación en diferentes formatos, si estos se reúnen en un solo lote, solo se precisa un ISBN; si estos se distribuyen por separado, a cada versión debe asignársele un ISBN. Además, todos los ISBN deben aparecer juntos en cada versión, con una indicación abreviada del formato, como en el siguiente ejemplo:

Print
PDF
EPUB
HTML
ISBN 978-951-45-9693-3
ISBN 978-951-45-9694-0
ISBN 978-951-45-9695-7
ISBN 978-951-45-9696-4

El ISBN también debe figurar en cualquier material que acompañe a la publicación.

Enlaces útiles para el ISBN
Agencia del ISBN (España):
https://agenciaisbn.es
Agencia Internacional del ISBN: Manual del usuario del ISBN
https://www.isbn-international.org/es/content/manual-del-usuario-del-isbn
GS1 [hasta enero de 2015: EAN.UCC]:
• https://www.gs1.org/ (en)
• https://www.aecoc.es/ (España)
ISO 2108:2017 [UNE-ISO 2108:2018]: «Número normalizado internacional del libro (ISBN)»:
https://www.iso.org/standard/36563.html
https://www.une.org/encuentra-tu-norma/busca-tu-norma/norma?c=N0061279
Real Decreto 2063/2008, de 12 de diciembre, por el que se desarrolla la Ley 10/2007, de 22 de junio, de la Lectura, del Libro y de las Bibliotecas en lo relativo al ISBN:
https://www.boe.es/boe/dias/2009/01/12/pdfs/BOE-A-2009-504.pdf
Las normas ISO, de la Organización Internacional de Normalización (ISO), se pueden conseguir solicitándolas a:
https://www.iso.org/members.html
Las normas UNE (Una Norma Española), de la Asociación Española de Normalización y Certificación (AENOR), se pueden conseguir solicitándolas a:
https://www.aenor.es/
Preguntas más frecuentes sobre el ISBN:
• http://www.culturaydeporte.gob.es/cultura-mecd/areas-cultura/libro/bases-de-datos-del-isbn.html [Ministerio de Educación, Cultura y Deporte (España)]
• https://www.isbn.org/isbn_spanish

4.4.2. Número internacional normalizado de publicaciones seriadas (ISSN)

Los recursos continuados (publicaciones seriadas y recursos integrados permanentes; véase el punto 4.3.2) deben identificarse con un número internacional normalizado de publicaciones seriadas (ISSN), asignado por la Oficina de Publicaciones.

La asignación de un ISSN no posee significado o valor jurídico alguno en cuanto a la propiedad de los derechos de la obra en cuestión ni a su contenido.

Un ISSN se asigna de manera única:

para toda la vida útil de un título;
para cada versión lingüística;
para cada edición (mensual, anual, etc.);
para cada soporte distinto.

En el caso de volúmenes múltiples, se asigna un ISSN al título clave, independientemente del número de volúmenes que lo compongan. También puede asignarse un ISSN a una colección monográfica como tal (en ese caso, se asigna un ISBN a cada volumen de la colección).

El ISSN se relaciona de manera permanente con un «título clave», creado por la red del ISSN al registrar el recurso. El título clave es único para cualquier recurso continuado particular.

Un nuevo ISSN (y un nuevo título clave) debe asignarse a un recurso continuado:

para cualquier modificación importante del título;
para cualquier modificación de soporte.

Debe atribuirse un ISSN propio (y, por tanto, un título clave particular) a cualquier suplemento o a cualquier subserie que eventualmente acompañe a un recurso continuado.

Colocación y presentación del ISSN

Un ISSN se compone de dos grupos de cuatro dígitos (cifras arábigas) separados por un guion, precedidos por las siglas ISSN seguidas de un espacio. El último elemento (elemento de control) puede ser una X:

ISSN 0251-1479
ISSN 1831-855X

El ISSN debe aparecer claramente en la primera entrega de una publicación seriada y en cualquier entrega siguiente, así como en cada versión de un recurso integrado permanente.

Cuando un ISSN va acompañado de otro identificador (como un ISBN en el caso de un volumen de una colección), los dos números deben aparecer juntos, y cada uno debe estar identificado por el prefijo exigido (ISBN, ISSN, DOI, etc.).

Si un recurso continuado está dotado de varios ISSN por tener diferentes títulos (como el título de una colección principal y los títulos de sus subcolecciones), todos los ISSN deben figurar en el citado recurso, con una distinción (por ejemplo, con el título completo o abreviado entre paréntesis).

See also the A quick reference guide.

En el caso de una publicación en diferentes soportes (con asignación de ISSN y de títulos clave diferentes), los ISSN relacionados pueden aparecer en los recursos continuados, estableciendo una distinción entre ellos, como en el ejemplo siguiente:

Print
HTML
ISSN 1562-6585
ISSN 1063-7710

En el caso de las obras impresas, el ISSN debe aparecer en cada publicación, en la esquina superior derecha de la cubierta o, en ausencia de cubierta, de manera clara y bien visible, preferentemente, en el orden siguiente: portada, cabecera, mancheta, contracubierta, colofón o páginas con información editorial.

En el caso de las obras en soporte electrónico (obras en línea, CD-ROM, etc.), debe figurar en la página de la pantalla en la que figura el título (pantalla de portada) o, en su defecto, en el menú principal y, a ser posible, en cualquier etiqueta fija de manera permanente a la publicación. Si no fuera posible presentar el ISSN en el producto o en su etiqueta, este debe figurar en la caja que lo contenga.

En el caso de los recursos en línea, el ISSN debe aparecer también en los metadatos (en el identificador o en el elemento equivalente de los metadatos).

El ISSN de enlace (ISSN-L)

Con arreglo a la norma ISO 3297:2020 (ISSN) [UNE-ISO 3297:2008], un ISSN de enlace (ISSN-L) se asigna a un recurso continuado (véase el punto 4.3.2) para reagrupar los diferentes soportes físicos del citado recurso, independientemente del número de soportes (cada uno de ellos debe estar dotado de un ISSN distinto).

El ISSN-L se presenta como una secuencia de dos grupos de cuatro dígitos separados por un guion y precedidos por las siglas ISSN-L, seguidas de un espacio:

ISSN-L 0251-1479

Un ISSN-L debe modificarse cuando los títulos de todos los soportes físicos de un recurso sufren una modificación consecuente en el mismo momento. Entonces se asigna un nuevo ISSN a cada soporte distinto y un nuevo ISSN-L al conjunto.

Enlaces útiles para el ISSN

4.4.3. Identificador digital de objetos (DOI)

El identificador digital de objetos (DOI) es un sistema de identificación de un producto en un entorno digital destinado a garantizar la perennidad de los hiperenlaces. Puede aplicarse a:

una publicación en su totalidad;
una foto;
un cuadro;
un capítulo, etc.

Cada DOI es único y permanente. Un documento conserva su DOI a lo largo de su existencia y, si este documento se elimina, el DOI no se reutiliza.

El número DOI se compone de un prefijo y de un sufijo separados por una barra oblicua. Debe aparecer como se indica a continuación (precedido por las siglas «doi», en letras minúsculas, seguidas de dos puntos, sin espacio antes de la cifra):

doi:10.2788/14231

En principio, su localización sigue los mismos principios que el ISBN o el ISSN.

Enlaces útiles para el DOI
The International DOI Foundation (IDF):
https://www.doi.org
The DOI® handbook:
https://www.doi.org/hb.html

4.4.4. Número de catálogo

Además de los identificadores internacionales, a todas las obras realizadas por la Oficina de Publicaciones se les asigna un identificador interno, es decir, un número de catálogo.

Es una herramienta de gestión interna de la Oficina que se utiliza con fines de difusión. Sirve, entre otras razones, para repertoriar las publicaciones en los catálogos. También se utiliza como clave de identificación en diversas aplicaciones informáticas.

El número de catálogo se imprime en la esquina superior derecha de la página IV de cubierta o, en ausencia de esta, debe aparecer de manera bien visible en la obra.

Última actualización: 31.3.2022
Arriba
Página anteriorPágina siguiente