52006PC0464

Propuesta de Decisión del Consejo relativa a la posición que la Comunidad debe adoptar en el Consejo Internacional del Café sobre la prórroga del Convenio Internacional del Café, 2001 /* COM/2006/0464final */


[pic] | COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS |

Bruselas, 23.8.2006

COM(2006) 464 final

2006/0157 (ACC)

Propuesta de

DECISIÓN DEL CONSEJO

relativa a la posición que la Comunidad debe adoptar en el Consejo Internacional del Café sobre la prórroga del Convenio Internacional del Café, 2001

(presentada por la Comisión)

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

El Convenio Internacional del Café de 2001 se celebró en nombre de la Comunidad Europea mediante la Decisión 2001/877/CE del Consejo de 24 de septiembre de 2001. El Convenio entró en vigor provisionalmente el 1 de octubre de 2001 y definitivamente el 17 de mayo de 2005. Está previsto que termine el 24 de septiembre de 2007 salvo que se prorrogue.

En la reunión del Consejo Internacional del Café prevista para septiembre de 2006 en Londres, se podrá pedir a los miembros, según lo dispuesto en el artículo 52, apartado 2, del Convenio que aprueben una resolución para prorrogar el actual Convenio de 2001 por uno o más periodos que no superen seis años en total, con el fin de disponer de un plazo suficiente para negociar enmiendas o un Convenio que le suceda.

Las partes contratantes deberán notificar a la sede de las Naciones Unidas de Nueva York que aceptan una prórroga antes de que termine el actual Convenio. En el caso de la Comunidad Europea, la participación en el Convenio responde a su competencia exclusiva. Sin embargo, la Decisión 2001/877/2001 autoriza también a los Estados miembros a celebrar el Convenio del café de 2001 al mismo tiempo que la Comunidad con el fin de evitar determinadas dificultades temporales operativas. Por ello, puede ser también necesario que algunos Estados miembros inicien sus procedimientos internos de carácter constitucional para aceptar la prórroga del Convenio del café de 2001.

De acuerdo con la base jurídica, la decisión propuesta no cambia la contribución de la Comunidad Europea al presupuesto administrativo de la Organización Internacional del Café que se adeuda por cada año cafetero.

La finalidad de la presente propuesta es autorizar a la Comunidad Europea para que vote a favor de prorrogar el Acuerdo.

Por consiguiente, la Comisión propone que el Consejo adopte la Decisión adjunta

2006/0157 (ACC)

Propuesta de

DECISIÓN DEL CONSEJO

relativa a la posición que la Comunidad debe adoptar en el Consejo Internacional del Café sobre la prórroga del Convenio Internacional del Café, 2001

EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea y, en particular, su artículo 133 en relación con su artículo 300, apartado 2,

Vista la propuesta de la Comisión[1],

Considerando lo siguiente:

(1) El Convenio Internacional del Café de 2001 se firmó y celebró en nombre de la Comunidad Europea el 24 de septiembre de 2001 mediante la Decisión 2001/877/CE del Consejo[2].

(2) Según lo dispuesto en el artículo 52, apartados 1 y 2, el Convenio Internacional del Café de 2001 debe terminar el 30 de septiembre de 2007, salvo que se prorrogue más allá de tal fecha por decisión del Consejo Internacional del Café por uno o más periodos que no superen seis años en total.

(3) Las partes contratantes del Convenio Internacional del Café de 2001 deberán notificar a la sede de las Naciones Unidas de Nueva York si aceptan una prórroga del Convenio.

(4) La prórroga de este Acuerdo redunda en interés de la Comunidad Europea.

(5) Debería determinarse la posición de la Comunidad Europea en el Consejo Internacional del Café,

DECIDE:

Artículo único

La posición de la Comunidad Europea en el Consejo Internacional del Café será votar a favor de la prórroga del Convenio Internacional del Café, 2001, por uno o más periodos sin que se superen seis años y notificar esta prórroga al Secretario General de las Naciones Unidas.

Hecho en Bruselas, el [...]

Por el Consejo

El Presidente

FICHA FINANCIERA LEGISLATIVA

Este documento acompaña y complementa la exposición de motivos. Por ello, al cumplimentar esta ficha financiera legislativa, y sin perjuicio de su legibilidad, se procurará evitar la repetición de información contenida en la exposición de motivos. Antes de rellenar este impreso consulte las directrices específicas elaboradas con objeto de brindar orientaciones y aclarar los puntos que siguen.

1. NOMBRE DE LA PROPUESTA: Propuesta de Decisión del Consejo relativa a la posición que la Comunidad debe adoptar en el Consejo Internacional del Café sobre la prórroga del Convenio Internacional del Café, 2001

2. MARCO GPA/PPA (gestión/presupuestación por actividades)

Ámbitos políticos afectados y actividades asociadas:

Relaciones exteriores, desarrollo y relaciones con los países ACP. Obligaciones con respecto a las organizaciones internacionales de productos básicos.

3. LÍNEAS PRESUPUESTARIAS

3.1 Líneas presupuestarias (líneas operativas y líneas correspondientes de asistencia técnica y administrativa (antiguas líneas BA)), incluidas sus denominaciones:

21 07 04 Acuerdo sobre productos básicos

3.2 Duración de la acción y de la incidencia financiera:

Máximo de seis años, a menos que entretanto el Acuerdo sea renegociado

3.3 Características presupuestarias ( añádanse casillas es caso necesario ):

Línea presupuestaria | Tipo de gasto | Nuevo | Contribución de la AELC | Contribución de los países candidatos | Rúbrica de las perspectivas financieras |

Comp | Diff[3] | No | No | No | No [ 4 ] |

4. RESUMEN DE LOS RECURSOS

4.1 Recursos financieros

4.1.1 Resumen de los créditos de compromiso (CC) y de los créditos de pago (CP)

millones de euros (al tercer decimal)

Tipo de gasto | Sección nº | Año n | n + 1 | n + 2 | n + 3 | n + 4 | n + 5 y ss. | Total |

Gastos operativos[4] |

Créditos de compromiso (CC) | 8.1 | a | 1,250 | 1,312 | 1,378 | 1,447 | 1,519 | 1,595 | 8, 501* |

Créditos de pago (CP) | b | 1,250 | 1,312 | 1,378 | 1,447 | 1,519 | 1,595 | 8,501 |

* El cálculo tiene en cuenta un incremento medio anual del 5%. Gastos administrativos incluidos en el importe de referencia[5] |

Asistencia técnica y administrativa (CND)* | 8.2.4 | c |

* Ninguna necesidad de ayuda técnica y administrativa IMPORTE DE REFERENCIA TOTAL |

Créditos de compromiso | a +c | 1,250 | 1,312 | 1,378 | 1,447 | 1,519 | 1,595 | 8,501 |

Créditos de pago | b+c | 1,250 | 1,312 | 1,378 | 1,447 | 1,519 | 1,595 | 8,501 |

Gastos administrativos no incluidos en el importe de referencia[6] * Ninguna necesidad de ayuda técnica y administrativa |

Recursos humanos y gastos afines (CND) | 8.2.5 | d |

Costes administrativos, excepto recursos humanos y costes afines, no incluidos en el importe de referencia (CND) | 8.2.6 | e |

Coste financiero aproximado total de la intervención

TOTAL CC, incluido el coste de los recursos humanos | a+c+d+e | 1,250 | 1,312 | 1,378 | 1,447 | 1,519 | 1,595 | 8,501 |

TOTAL CP, incluido el coste de los recursos humanos | b+c+d+e | 1,250 | 1,312 | 1,378 | 1,447 | 1,519 | 1,595 | 8,501 |

Desglose de la cofinanciación

Ninguna cofinanciación

3.2.1. Compatibilidad con la programación financiera

X La propuesta es compatible con la programación financiera vigente.

( La propuesta requiere una reprogramación de la correspondiente rúbrica de las perspectivas financieras.

( La propuesta puede requerir la aplicación de las disposiciones del Acuerdo Interinstitucional[7] (relativas al instrumento de flexibilidad o a la revisión de las perspectivas financieras).

3.2.2. Incidencia financiera en los ingresos

X La propuesta no tiene incidencia financiera en los ingresos

( La propuesta tiene incidencia financiera; el efecto en los ingresos es el siguiente:

3.3. Recursos humanos equivalentes a tiempo completo (ETC) (incluidos funcionarios, personal temporal y externo) – véase el desglose en el punto 8.2.1.

Las necesidades de recursos humanos y administrativos se cubrirán dentro de la asignación de la Dirección General gestora en el marco del procedimiento de asignación anual.

4. CARACTERÍSTICAS Y OBJETIVOS

Las precisiones sobre el contexto de la propuesta han de figurar en la exposición de motivos. Esta sección de la ficha financiera legislativa debe contener la siguiente información adicional específica:

4.1. Realización necesaria a corto o largo plazo

Obligación de ser miembro del Convenio del Café en virtud de una decisión del Consejo.

4.2. Valor añadido de la participación comunitaria, coherencia de la propuesta con otros instrumentos financieros y posibles sinergias

La participación como miembro en la Organización Internacional del Café se deriva del planteamiento amplio seguido siempre por la Comunidad de firmar y concluir acuerdos sobre productos básicos internacionales una vez negociados, como forma de facilitar los intercambios y las relaciones comerciales entre importadores y exportadores. Esto facilita el desarrollo y responde al mandato de la DG DEV de contribuir a la elaboración de estrategias en varias políticas comunitarias tales como comercio, medio ambiente, agricultura y desarrollo sostenible, así como otras políticas con una dimensión exterior. En el caso particular de este Convenio Internacional, el Consejo también ha reconocido la competencia exclusiva a la Comisión sobre la base del artículo 133. Los principales objetivos del Convenio son: promover la cooperación internacional en asuntos relacionados con el café; constituir un foro para las consultas intergubernamentales; buscar un equilibrio razonable entre oferta y demanda de café a precios justos para los consumidores y remuneradores para los productores; facilitar el desarrollo y la transparencia del comercio internacional del café; impulsar a los miembros a desarrollar una economía del café viable. La naturaleza del actual Convenio es política, administrativa y económica. Consideramos que un indicador positivo claro para medir la realización de estos objetivos es la satisfacción unánime de los miembros para proseguir la cooperación internacional mediante el presente Convenio.

La propuesta es coherente con otros instrumentos financieros que garantizan la participación de la CE en las organizaciones internacionales. Ninguna sinergia posible en la actual etapa.

4.3. Objetivos de la propuesta, resultados esperados e indicadores correspondientes en el contexto de la gestión por actividades. En este marco, la actual propuesta responde al objetivo de desarrollar el papel de la Comisión como foco intelectual para el desarrollo y asegura la participación efectiva en el debate político internacional.

El indicador principal podrían considerarse las posiciones de la UE ante iniciativas internacionales importantes, convenios, foros y plataformas acordados con los Estados miembros. El indicador de impacto puede considerarse el reflejo de las posiciones de la UE en las cooperaciones, fondos y foros internacionales.

Con respecto a la propuesta, su objetivo es permitir a la Comisión, en nombre de la Comunidad, expresar la voluntad de una ampliación del Convenio del Café y así garantizar la continuidad de su vigencia durante un período no superior a seis años. El fin de prorrogar la validez dará tiempo para entablar una negociación con vistas a modificar el actual Convenio o para renegociar un nuevo instrumento jurídico antes de la expiración. Por lo tanto la Comisión tiene interés, dentro de sus propias competencias, en proponer la presente Decisión de conformidad con el mandato recibido por los Estados miembros.

Método de ejecución (indicativo)

Exponga el método o métodos[8] elegidos para la ejecución de la acción.

Gestión centralizada |

X directa, por la Comisión |

indirecta, por delegación en: |

agencias ejecutivas |

organismos creados por las Comunidades, como los previstos en el artículo 185 del Reglamento financiero |

organismos nacionales del sector público / organismos con misión de servicio público |

Gestión compartida o descentralizada |

con los Estados miembros |

con terceros países |

Gestión conjunta con organizaciones internacionales (especifíquese) |

Comentarios:

5. SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN

5.1 Sistema de seguimiento

Los servicios de la Comisión asisten regularmente a las sesiones del Consejo y del Comité financiero de la Organización Internacional del Café. Estas dos instancias cuentan con un mandato para proponer y aprobar el presupuesto administrativo y las contribuciones inherentes. El presupuesto administrativo, su utilización, el estado de gastos y las cuentas de la Organización Internacional del Café están a la disposición de los miembros.

5.2 Evaluación

5.2.1 Evaluación previa

Evaluación de la compatibilidad de la propuesta anual con nuestra política financiera

5.2.2 Medidas adoptadas sobre la base de una evaluación intermedia / posterior (enseñanzas extraídas de anteriores experiencias similares)

Esto se realiza, en caso necesario, en el momento de una renegociación

5.2.3 Condiciones y frecuencia de las evaluaciones futuras

6. Medidas antifraude

La Comisión se encargará de supervisar constantemente la gestión administrativa de los recursos financieros de la Organización Internacional del Café.

En caso necesario, la Organización está dispuesta a permitir el acceso de la OLAF a sus documentos y libros así como a todos los demás servicios financieros y de auditoría a petición de la Comisión.

7. DESGLOSE DE LOS RECURSOS

7.1. Objetivos de la propuesta en términos de coste financiero

Créditos de compromiso en millones de euros (al tercer decimal)

Año n | Año n+1 | Año n+2 | Año n+3 | Año n+4 | Año n+5 |

Funcionarios o agentes temporales[10] (XX 01 01) | A*/AD |

B*, C*/AST |

Personal financiado con cargo al artículo XX 01 02[11] |

Personal financiado con cargo al artículo XX 01 04/05[12] |

TOTAL |

7.2.2 Descripción de las tareas derivadas de la acción

Asistencia a reuniones, estudio de documentos, discusión con los Estados miembros en el Consejo y, finalmente, negociaciones en la Organización Internacional del Café.

7.2.3 Origen de los recursos humanos (estatutarios)

(Si consigna más de un origen, indique el número de puestos correspondientes a cada origen)

( Puestos actualmente asignados a la gestión del programa que se va a sustituir o ampliar

( Puestos preasignados en el ejercicio EPA/AP del año n

( Puestos que se solicitarán en el próximo procedimiento EPA/AP

( Puestos que se reasignan utilizando recursos existentes en el servicio gestor (reasignación interna)

( Puestos necesarios en el año n, pero no previstos en el ejercicio EPA/AP del año en cuestión

7.2.4 Otros gastos administrativos incluidos en el importe de referencia (XX 01 04/05 - Gastos de gestión administrativa)

Sin objeto

7.2.5 Coste financiero de los recursos humanos y costes asociados no incluidos en el importe de referencia

Las necesidades de recursos humanos y administrativos se cubrirán dentro de la asignación de la Dirección General gestora en el marco del procedimiento de asignación anual. El personal y los gastos administrativos están incluidos en la asignación normal de la DG.

[1] DO Cxxx p.xx

[2] DO L 326, 11.12.2001, p.22

[3] Créditos disociados.

[4] Gastos no cubiertos por el capítulo xx 01 del título xx correspondiente.

[5] Gastos correspondientes al artículo xx 01 04 del título xx.

[6] Gastos correspondientes al capítulo xx 01, excepto los artículos xx 01 04 y xx 01 05.

[7] Véanse los puntos 19 y 24 del Acuerdo Interinstitucional.

[8] Si se indica más de un método, facilítense detalles adicionales en el apartado «comentarios» de este punto.

[9] Según se describe en el punto 5.3.

[10] Coste NO cubierto por el importe de referencia.

[11] Coste NO cubierto por el importe de referencia.

[12] Coste incluido en el importe de referencia.