95/98/CE: Decisión de la Comisión, de 13 de marzo de 1995, por la que se concede a Suecia la calificación sanitaria de país en el que no se practica la vacunación contra la enfermedad de Newcastle
Diario Oficial n° L 075 de 04/04/1995 p. 0028 - 0028
DECISIÓN DE LA COMISIÓN de 13 de marzo de 1995 por la que se concede a Suecia la calificación sanitaria de país en el que no se practica la vacunación contra la enfermedad de Newcastle (Texto pertinente a los fines del EEE) (95/98/CE) LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS, Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea, Vista la Directiva 90/539/CEE del Consejo, de 15 de octubre de 1990, relativa a las condiciones de policía sanitaria que regulan los intercambios intracomunitarios y las importaciones de aves de corral y de huevos para incubar procedentes de países terceros (1), cuya última modificación la constituye el Acta de adhesión de Austria, de Finlandia y de Suecia y, en particular, el apartado 2 de su artículo 12, Considerando que en Suecia la vacunación de las aves de corral contra la enfermedad de Newcastle lleva más de un año prohibida; Considerando que las aves de corral reproductoras del citado país han sido sometidas al menos a un control anual para detectar la citada enfermedad; que las explotaciones del país no contienen aves que hayan sido vacunadas contra dicha enfermedad; Considerando que, dada la situación de la enfermedad de Newcastle, resulta apropiado determinar la calificación sanitaria de Suecia; Considerando que las medidas previstas en la presente Decisión se ajustan al dictamen del Comité veterinario permanente, HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN: Artículo 1 Suecia reúne las condiciones establecidas en el apartado 2 del artículo 12 de la Directiva 90/539/CEE. Artículo 2 Los destinatarios de la presente Decisión serán los Estados miembros. Hecho en Bruselas, el 13 de marzo de 1995. Por la Comisión Franz FISCHLER Miembro de la Comisión