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4.12.2010 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
L 318/42 |
DECISIÓN DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO
de 24 de noviembre de 2010
relativa a la movilización del Fondo de Solidaridad de la Unión Europea, de conformidad con el apartado 26 del Acuerdo interinstitucional, de 17 de mayo de 2006, entre el Parlamento Europeo, el Consejo y la Comisión sobre disciplina presupuestaria y buena gestión financiera
(2010/745/UE)
EL PARLAMENTO EUROPEO Y EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,
Visto el Acuerdo Interinstitucional, de 17 de mayo de 2006, entre el Parlamento Europeo, el Consejo y la Comisión sobre disciplina presupuestaria y buena gestión financiera (1) y, en particular, su punto 26,
Visto el Reglamento (CE) no 2012/2002 del Consejo, de 11 de noviembre de 2002, por el que se crea el Fondo de Solidaridad de la Unión Europea (2),
Vista la propuesta de la Comisión Europea,
Considerando lo siguiente:
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(1) |
La Unión Europea ha creado un Fondo de Solidaridad de la Unión Europea («el Fondo») para solidarizarse con la población de las regiones afectadas por las catástrofes. |
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(2) |
El Acuerdo Interinstitucional de 17 de mayo de 2006 permite la movilización del Fondo dentro de un límite máximo anual de 1000 millones EUR. |
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(3) |
El Reglamento (CE) no 2012/2002 contiene las disposiciones que rigen la movilización del Fondo. |
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(4) |
Irlanda ha presentado una solicitud para movilizar el Fondo, en relación con una catástrofe causada por graves inundaciones. |
HAN ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:
Artículo 1
En el marco del presupuesto general de la Unión Europea para el ejercicio presupuestario 2010, se movilizará una suma de 13 022 500 EUR en créditos de compromiso y de pago con cargo al Fondo de Solidaridad.
Artículo 2
La presente Decisión se publicará en el Diario Oficial de la Unión Europea.
Hecho en Estrasburgo, el 24 de noviembre de 2010.
Por el Parlamento Europeo
El Presidente
J. BUZEK
Por el Consejo
El Presidente
O. CHASTEL