14.3.2015   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

L 70/45


DECISIÓN (UE) 2015/431 DEL CONSEJO

de 10 de marzo de 2015

por la que se modifica la Decisión 1999/70/CE, relativa a los auditores externos de los bancos centrales nacionales, por lo que respecta a los auditores externos del Lietuvos bankas

EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

Visto el Protocolo (no 4) sobre los Estatutos del Sistema Europeo de Bancos Centrales y del Banco Central Europeo anejo al Tratado de la Unión Europea y al Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea y, en particular, su artículo 27, apartado 1,

Vista la Recomendación del Banco Central Europeo BCE/2014/58, de 16 de diciembre de 2014, al Consejo de la Unión Europea, sobre el auditor externo del Lietuvos bankas (1),

Considerando lo siguiente:

(1)

Las cuentas del Banco Central Europeo (BCE) y de los bancos centrales nacionales del Eurosistema son controladas por auditores externos independientes, recomendados por el Consejo de Gobierno del BCE y aprobados por el Consejo de la Unión Europea.

(2)

En virtud del artículo 1 de la Decisión 2014/509/UE del Consejo (2), Lituania reúne las condiciones necesarias para la adopción del euro, y la excepción en favor de Lituania a que se refiere el artículo 4 del Acta de adhesión de 2003 (3) se suprime con efectos a partir del 1 de enero de 2015.

(3)

El Consejo de Gobierno del BCE ha recomendado que UAB PricewaterhouseCoopers sea nombrada auditor externo de Lietuvos bankas para los ejercicios financieros de 2015 a 2017.

(4)

Procede seguir la recomendación del Consejo de Gobierno del BCE y modificar en consecuencia la Decisión 1999/70/CE del Consejo (4).

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

Artículo 1

En el artículo 1 de la Decisión 1999/70/CE se añade el siguiente apartado:

«19.   UAB PricewaterhouseCoopers queda designada como auditor externo de Lietuvos bankas para los ejercicios financieros de 2015 a 2017.»

.

Artículo 2

La presente Decisión surtirá efecto el día de su notificación.

Artículo 3

El destinatario de la presente Decisión es el Banco Central Europeo.

Hecho en Bruselas, el 10 de marzo de 2015.

Por el Consejo

El Presidente

J. REIRS


(1)   DO C 465 de 24.12.2014, p. 1.

(2)  Decisión 2014/509/UE del Consejo, de 23 de julio de 2014, relativa a la adopción del euro por Lituania el 1 de enero de 2015 (DO L 228 de 31.7.2014, p. 29).

(3)   DO L 236 de 23.9.2003, p. 33.

(4)  Decisión 1999/70/CE del Consejo, de 25 de enero de 1999, relativa a los auditores externos de los bancos centrales nacionales (DO L 22 de 29.1.1999, p. 69).