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Diario Oficial
de la Unión Europea

ES

Serie L


2024/639

7.3.2024

RECOMENDACIÓN (UE) 2024/639 DE LA COMISIÓN

de 18 de diciembre de 2023

sobre la coherencia de las medidas tomadas por Bélgica con el objetivo de alcanzar la neutralidad climática de la Unión y con el fin de garantizar avances en materia de adaptación

(Los textos en lenguas francesa y neerlandesa son los únicos auténticos)

LA COMISIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, y en particular su artículo 292,

Visto el Reglamento (UE) 2021/1119 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 30 de junio de 2021, por el que se establece el marco para lograr la neutralidad climática y se modifican los Reglamentos (CE) n.o 401/2009 y (UE) 2018/1999 (1), y en particular su artículo 7, apartado 2,

Considerando lo siguiente:

(1)

De conformidad con el Reglamento (UE) 2021/1119 («Legislación europea sobre el clima»), la Comisión debe evaluar la coherencia de las medidas nacionales con el objetivo de alcanzar la neutralidad climática y con el fin de garantizar avances en materia de adaptación. La Comisión evaluó la coherencia de las medidas de Bélgica con estos objetivos (2). Las recomendaciones formuladas a continuación se basan en esa evaluación. Bélgica debe tener debidamente en cuenta las presentes recomendaciones y darles seguimiento, de conformidad con la Legislación europea sobre el clima.

(2)

Si bien las emisiones netas de gases de efecto invernadero de la Unión [incluidas las procedentes del uso de la tierra, el cambio de uso de la tierra y la silvicultura (UTCUTS) y excluido el transporte internacional] muestran globalmente una constante tendencia a la baja —en consonancia, en líneas generales, con la trayectoria lineal que conduce al cumplimiento del objetivo climático de la Unión para 2030, correspondiente al-55 %, y del objetivo de neutralidad climática de la Unión para 2050—, el ritmo de reducción de las emisiones debe acelerarse y la actuación de los Estados miembros es esencial. Los avances en los distintos Estados miembros han sido desiguales, y existen varios retos sectoriales y deficiencias que deben subsanarse sin más demora. Es capital contar con estrategias fiables a largo plazo para lograr la transformación económica necesaria que permita avanzar hacia el objetivo de neutralidad climática de la Unión.

(3)

Las comunidades más vulnerables son aquellas con una elevada probabilidad de verse afectadas por el cambio climático. Las diferencias en términos de exposición y vulnerabilidad a las repercusiones climáticas existentes entre las regiones y los grupos socioeconómicos agravan las desigualdades y vulnerabilidades preexistentes. La resiliencia justa debe reducir el reparto desigual de la carga del riesgo climático y garantizar la equidad en la distribución de los beneficios de la adaptación. En Bélgica, la región de Valonia y el Gobierno federal no informaron de que se hubieran realizado progresos en la participación de las partes interesadas especialmente vulnerables en el diseño y la aplicación de las políticas de adaptación,

RECOMIENDA A BÉLGICA QUE ADOPTE MEDIDAS PARA:

Coherencia de las medidas nacionales con el objetivo de neutralidad climática

1.

Actualizar y aumentar el nivel de ambición y la calidad de la estrategia nacional a largo plazo, aclarando el objetivo de neutralidad climática de Bélgica a largo plazo y justificando las reducciones de emisiones de Bélgica y el aumento de los objetivos de absorción en sectores concretos con políticas y medidas creíbles.

Coherencia de las medidas nacionales con el fin de garantizar avances en materia de adaptación

2.

Continuar involucrando en la formulación y aplicación de la política de adaptación de Bélgica a los grupos de partes interesadas que sean especialmente vulnerables a los efectos del cambio climático. Documentar los procesos y los resultados de dichas consultas.

Hecho en Bruselas, el 18 de diciembre de 2023.

Por la Comisión

Wopke HOEKSTRA

Miembro de la Comisión


(1)   DO L 243 de 9.7.2021, p. 1.

(2)  Informe de situación de la Acción por el Clima de la UE de 2023 [COM(2023) 653 final] y documento de trabajo de los servicios de la Comisión titulado Assessment of progress on climate adaptation in the individual Member States according to the European Climate Law [«Evaluación de los avances en la adaptación al cambio climático en los distintos Estados miembros de conformidad con la Legislación europea sobre el clima», el documento original está en inglés] [SWD(2023) 932].


ELI: http://data.europa.eu/eli/reco/2024/639/oj

ISSN 1977-0685 (electronic edition)