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5.4.2023 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 125/169 |
P9_TA(2022)0306
Proyecto de presupuesto rectificativo n.o 2/2022 — Consignación del excedente del ejercicio financiero 2021
Resolución del Parlamento Europeo, de 13 de septiembre de 2022, sobre la Posición del Consejo sobre el proyecto de presupuesto rectificativo n.o 2/2022 de la Unión Europea para el ejercicio 2022 — Consignación del excedente del ejercicio financiero 2021 (11467/2022 — C9-0297/2022 — 2022/0119(BUD))
(2023/C 125/18)
El Parlamento Europeo,
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Visto el artículo 314 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, |
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Visto el artículo 106 bis del Tratado constitutivo de la Comunidad Europea de la Energía Atómica, |
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Visto el Reglamento (UE, Euratom) 2018/1046 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de julio de 2018, sobre las normas financieras aplicables al presupuesto general de la Unión, por el que se modifican los Reglamentos (UE) n.o 1296/2013, (UE) n.o 1301/2013, (UE) n.o 1303/2013, (UE) n.o 1304/2013, (UE) n.o 1309/2013, (UE) n.o 1316/2013, (UE) n.o 223/2014 y (UE) n.o 283/2014 y la Decisión n.o 541/2014/UE y por el que se deroga el Reglamento (UE, Euratom) n.o 966/2012 (1), y en particular su artículo 44, |
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Visto el presupuesto general de la Unión Europea para el ejercicio 2022, adoptado definitivamente el 24 de noviembre de 2021 (2), |
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Visto el Reglamento (UE, Euratom) 2020/2093 del Consejo, de 17 de diciembre de 2020, por el que se establece el marco financiero plurianual para el período 2021-2027 (3) (Reglamento sobre el MFP), |
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Visto el Acuerdo Interinstitucional, de 16 de diciembre de 2020, entre el Parlamento Europeo, el Consejo de la Unión Europea y la Comisión Europea sobre disciplina presupuestaria, cooperación en materia presupuestaria y buena gestión financiera, así como sobre nuevos recursos propios, en particular una hoja de ruta para la introducción de nuevos recursos propios (4), |
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Vista la Decisión (UE, Euratom) 2020/2053 del Consejo, de 14 de diciembre de 2020, sobre el sistema de recursos propios de la Unión Europea y por la que se deroga la Decisión 2014/335/UE, Euratom (5), |
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Visto el proyecto de presupuesto rectificativo n.o 2/2022 adoptado por la Comisión el 12 de abril de 2022 (COM(2022)0250), |
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Vista la Posición sobre el proyecto de presupuesto rectificativo n.o 2/2022, adoptada por el Consejo el 18 de julio de 2022 y transmitida al Parlamento Europeo el 16 de agosto de 2022 (11467/2022 — C9-0297/2022), |
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Vistos los artículos 94 y 96 de su Reglamento interno, |
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Visto el informe de la Comisión de Presupuestos (A9-0226/2022), |
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A. |
Considerando que el proyecto de presupuesto rectificativo n.o 2/2022 tiene por objeto consignar en el presupuesto para 2022 el excedente del ejercicio 2021, que asciende a 3 227 100 000 EUR; |
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B. |
Considerando que los componentes principales de este excedente son un resultado positivo en los ingresos de 2 574 800 000 EUR y una infrautilización del presupuesto para gastos de 652 300 000 EUR; |
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C. |
Considerando que, en el lado de los ingresos, el excedente se debe principalmente a un importe de derechos de aduana superior a lo previsto (1 688 700 000 EUR) al igual que importes de ingresos financieros, intereses de demora y multas superiores a lo previsto (1 110 800 000 EUR) puestos a disposición del presupuesto de la Unión en los últimos meses del ejercicio; |
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D. |
Considerando que, en el lado de los gastos, la infraejecución en los pagos de la Comisión asciende a 81 000 000 EUR para 2021 y a 250 000 000 EUR para las prórrogas de 2020 (de los cuales 183 millones corresponden al Instrumento de Asistencia Urgente), y que la infraejecución por parte de las demás instituciones asciende a 117 000 000 EUR para 2021 y a 77 000 000 EUR para las prórrogas; |
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1. |
Toma nota del proyecto de presupuesto rectificativo n.o 2/2022 presentado por la Comisión que se destina únicamente a la consignación presupuestaria del excedente de 2021, por un importe de 3 227 100 000 EUR, de conformidad con el artículo 18, apartado 3, del Reglamento Financiero; observa que este excedente de 3 227 100 000 EUR en 2021 es especialmente elevado; insiste, en este sentido, en que la Comisión debe respetar el principio de buena gestión financiera en su ejecución del presupuesto de conformidad con el artículo 317 del TFUE y el artículo 33 del Reglamento Financiero; |
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2. |
Lamenta que 183 000 000 EUR destinados a la adquisición de vacunas contra la COVID-19 en 2021 no se gastaran según lo previsto por la Comisión ni se reasignaran a otras necesidades; |
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3. |
Reitera su posición de que todos los instrumentos presupuestarios de la Unión disponibles, incluido el excedente presupuestario, deben activarse para seguir proporcionando a Ucrania y a países de primera línea el mayor apoyo económico y financiero posible y para reforzar ulteriormente las capacidades de solidaridad de la Unión a fin de contrarrestar las consecuencias sociales, energéticas, agrarias y económicas para la Unión y su ciudadanía de la guerra rusa contra Ucrania; advierte de que para atender estas imperiosas necesidades será necesario un mayor apoyo procedente del presupuesto de la Unión y está dispuesto a respaldar los oportunos aumentos de dicho presupuesto para el ejercicio 2022 mediante presupuestos rectificativos en el futuro, y pide a la Comisión que presente, cuando proceda, presupuestos rectificativos al objeto de movilizar créditos complementarios para dar respuesta a estos retos; pide, en este contexto, a los Estados miembros que dediquen las importantes reducciones previstas de sus contribuciones basadas en la RNB derivadas del excedente de 2021 a la presupuestación de acciones destinadas a combatir las graves consecuencias de esta guerra de agresión ilegal, no provocada e injustificada contra Ucrania; |
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4. |
Observa que, según la Comisión, las multas en asuntos de competencia en 2021 ascendieron a 957 000 000 EUR; reitera que, además de cualquier excedente derivado de la infraejecución, el presupuesto de la Unión debería ser autorizado a reutilizar los ingresos procedentes de multas o vinculados a retrasos en los pagos sin la correspondiente reducción de las contribuciones basadas en la RNB; |
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5. |
Aprueba la Posición del Consejo sobre el proyecto de presupuesto rectificativo n.o 2/2022; |
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6. |
Encarga a su presidenta que declare que el presupuesto rectificativo n.o 3/2022 ha quedado definitivamente adoptado y disponga su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea; |
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7. |
Encarga a su presidenta que transmita la presente Resolución al Consejo, a la Comisión, a las demás instituciones y a los órganos interesados, así como a los Parlamentos nacionales. |
(1) DO L 193 de 30.7.2018, p. 1.
(2) DO L 45 de 24.2.2022, p. 1.
(3) DO L 433 I de 22.12.2020, p. 11.