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29.9.2017 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 327/11 |
Notificación previa de una concentración
(Asunto M.8623 — Borealis/OTPP/SSE/Maple)
Asunto que podría ser tramitado conforme al procedimiento simplificado
(Texto pertinente a efectos del EEE)
(2017/C 327/05)
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1. |
El 18 de septiembre de 2017, la Comisión recibió la notificación de un proyecto de concentración de conformidad con lo dispuesto en el artículo 4 del Reglamento (CE) n.o 139/2004 del Consejo (1). La presente notificación concierne a las siguientes empresas:
SSE Plc («SSE»), Ontario Teachers’ Pension Plan Board («OTPP») y Borealis European Holdings BV («Borealis») adquieren, a tenor de lo dispuesto en el artículo 3, apartado 1, letra b), y en el artículo 3, apartado 4, del Reglamento de concentraciones, el control conjunto de Maple Topco Limited («Maple»). La concentración se realiza mediante un contrato de gestión o cualquier otro medio. |
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2. |
Las actividades comerciales de las empresas concernidas son:
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3. |
Tras un examen preliminar, la Comisión considera que la operación notificada podría entrar en el ámbito de aplicación del Reglamento de concentraciones. No obstante, se reserva su decisión definitiva al respecto. Con arreglo a la Comunicación de la Comisión sobre el procedimiento simplificado para tramitar determinadas concentraciones en virtud del Reglamento (CE) n.o 139/2004 del Consejo (2), el presente asunto podría ser tramitado conforme al procedimiento simplificado establecido en dicha Comunicación. |
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4. |
La Comisión invita a los terceros interesados a que le presenten sus posibles observaciones sobre la operación propuesta. Las observaciones deberán obrar en poder de la Comisión en un plazo máximo de 10 días a partir de la fecha de la presente publicación, indicando siempre la siguiente referencia: M.8623 — Borealis/OTPP/SSE/Maple Las observaciones podrán enviarse por correo electrónico, fax o correo postal a la siguiente dirección:
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(1) DO L 24 de 29.1.2004, p. 1 («Reglamento de concentraciones»).
(2) DO C 366 de 14.12.2013, p. 5.