«Interpretación del artículo 1, apartados 1 y 2, de la Directiva 83/183/CEE del Consejo, relativa a las franquicias fiscales aplicables a importaciones definitivas de bienes personales de los particulares procedentes de un Estado miembro – Impuesto de matriculación (“autovero”) – Impuesto sobre el consumo o impuesto especial relativo a la utilización de un vehículo – Impuestos de matriculación – Doble imposición»