COMISIÓN EUROPEA
Bruselas, 3.8.2015
COM(2015) 384 final
INFORME DE LA COMISIÓN AL PARLAMENTO EUROPEO Y AL CONSEJO
sobre el ejercicio de la delegación de poderes a la Comisión para adoptar
medidas de ejecución, de conformidad con el artículo 112 bis de la
Directiva 2009/65/CE, de 13 de julio de 2009
INFORME DE LA COMISIÓN AL PARLAMENTO EUROPEO Y AL CONSEJO
sobre el ejercicio de la delegación de poderes a la Comisión para adoptar
medidas de ejecución, de conformidad con el artículo 112 bis de la
Directiva 2009/65/CE, de 13 de julio de 2009
1. Introducción
La Directiva 2009/65/CE, de 13 de julio de 2009, por la que se coordinan las disposiciones legales, reglamentarias y administrativas sobre determinados organismos de inversión colectiva en valores mobiliarios (OICVM) otorga poderes a la Comisión para adoptar los actos delegados a que se refieren los artículos 12, 14, 23, 33, 43, 51, 60, 61, 62, 64, 75, 78, 81, 95 y 111 de dicha Directiva. Estos poderes se otorgaron a la Comisión por un período de cuatro años a partir del 4 de enero de 2011, es decir, hasta el 4 de enero de 2015.
2. Base jurídica del informe
De conformidad con el artículo 112 bis de la Directiva 2009/65/CE, la Comisión tenía que elaborar un informe sobre estos poderes delegados a más tardar seis meses antes del final del período de cuatro años y, por lo tanto, antes del 4 de julio de 2014.
3. Ejercicio de la delegación
La Comisión ha ejercido los poderes mediante cuatro actos de ejecución adoptados el 1 de julio de 2010:
Reglamento (UE) nº 583/2010 de la Comisión
, de 1 de julio de 2010, por el que se establecen disposiciones de aplicación de la Directiva 2009/65/CE del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que atañe a los datos fundamentales para el inversor y a las condiciones que deben cumplirse al facilitarse esos datos o el folleto en un soporte duradero distinto del papel o a través de un sitio web.
Reglamento (UE) nº 584/2010 de la Comisión
, de 1 de julio de 2010, por el que se establecen disposiciones de aplicación de la Directiva 2009/65/CE del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que atañe a la forma y el contenido del escrito de notificación y el certificado del OICVM normalizados, el uso de la comunicación electrónica entre las autoridades competentes a efectos de notificación, los procedimientos para las verificaciones in situ y las investigaciones y el intercambio de información entre las autoridades competentes.
Directiva 2010/42/UE de la Comisión
, de 1 de julio de 2010, por la que se establecen disposiciones de aplicación de la Directiva 2009/65/CE del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que atañe a determinadas disposiciones relativas a las fusiones de fondos, las estructuras de tipo principal-subordinado y el procedimiento de notificación.
Directiva 2010/43/UE de la Comisión
, de 1 de julio de 2010, por la que se establecen disposiciones de aplicación de la Directiva 2009/65/CE del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que atañe a los requisitos de organización, los conflictos de intereses, la conducta empresarial, la gestión de riesgos y el contenido de los acuerdos celebrados entre depositarios y sociedades de gestión.
El cuadro que figura a continuación indica qué actos contienen las disposiciones de ejecución adoptadas en virtud de los poderes específicos:
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Poderes con arreglo a la Directiva 2009/65/UE
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Acto de ejecución; artículo
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Artículo 12
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Ejecutado mediante los capítulos 2 y 3, artículos 4 a 21 de la Directiva 2010/43/UE.
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Artículo 14
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Ejecutado mediante los capítulos 2, 3 y 4, artículos 4 a 29 de la Directiva 2010/43/UE.
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Artículo 23
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Ejecutado mediante el capítulo 5, artículos 30 a 37 de la Directiva 2010/43/UE.
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Artículo 33
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Ejecutado mediante el capítulo 5, artículos 30 a 37 de la Directiva 2010/43/UE.
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Artículo 43
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Ejecutado mediante el capítulo 2, artículos 3 a 7 de la Directiva 2010/42/UE.
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Artículo 51
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Ejecutado mediante el capítulo 6, artículos 38 a 45 de la Directiva 2010/43/UE.
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Artículo 60
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Ejecutado mediante el capítulo 3, artículos 8 a 23, 25 y 28 de la Directiva 2010/42/UE.
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Artículo 61
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Ejecutado mediante el capítulo 3, artículos 24 y 26 de la Directiva 2010/42/UE.
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Artículo 62
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Ejecutado mediante el capítulo 3, artículo 27 de la Directiva 2010/42/UE.
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Artículo 64
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Ejecutado mediante el capítulo 3, artículo 29 de la Directiva 2010/42/UE.
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Artículo 75
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Ejecutado mediante el Reglamento (UE) nº 583/2010.
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Artículo 78
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Ejecutado mediante el Reglamento (UE) nº 583/2010.
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Artículo 81
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Ejecutado mediante el Reglamento (UE) nº 583/2010.
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Artículo 95
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Ejecutado mediante el capítulo 4, artículos 30 a 33 de la Directiva 2010/42/UE.
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Artículo 111
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Sin ejercer, al tratarse de un artículo que solo prevé la posibilidad de adoptar modificaciones técnicas de la Directiva.
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4. Conclusión
Mediante el presente informe, la Comisión cumple la obligación de presentar informes prevista en el artículo 112 bis de la Directiva 2014/91/UE, por la que se modifica la Directiva 2009/65/CE.
La Comisión invita al Consejo y al Parlamento Europeo a tomar nota del presente informe.