Bruselas, 3.8.2015

COM(2015) 384 final

INFORME DE LA COMISIÓN AL PARLAMENTO EUROPEO Y AL CONSEJO

sobre el ejercicio de la delegación de poderes a la Comisión para adoptar
medidas de ejecución, de conformidad con el artículo 112 bis de la
Directiva 2009/65/CE, de 13 de julio de 2009


INFORME DE LA COMISIÓN AL PARLAMENTO EUROPEO Y AL CONSEJO

 

sobre el ejercicio de la delegación de poderes a la Comisión para adoptar
medidas de ejecución, de conformidad con el artículo 112
bis de la
Directiva 2009/65/CE, de 13 de julio de 2009

1. Introducción

La Directiva 2009/65/CE, de 13 de julio de 2009, por la que se coordinan las disposiciones legales, reglamentarias y administrativas sobre determinados organismos de inversión colectiva en valores mobiliarios (OICVM) otorga poderes a la Comisión para adoptar los actos delegados a que se refieren los artículos 12, 14, 23, 33, 43, 51, 60, 61, 62, 64, 75, 78, 81, 95 y 111 de dicha Directiva. Estos poderes se otorgaron a la Comisión por un período de cuatro años a partir del 4 de enero de 2011, es decir, hasta el 4 de enero de 2015.

2. Base jurídica del informe

De conformidad con el artículo 112 bis de la Directiva 2009/65/CE, la Comisión tenía que elaborar un informe sobre estos poderes delegados a más tardar seis meses antes del final del período de cuatro años y, por lo tanto, antes del 4 de julio de 2014.

3. Ejercicio de la delegación

La Comisión ha ejercido los poderes mediante cuatro actos de ejecución adoptados el 1 de julio de 2010:

Reglamento (UE) nº 583/2010 de la Comisión , de 1 de julio de 2010, por el que se establecen disposiciones de aplicación de la Directiva 2009/65/CE del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que atañe a los datos fundamentales para el inversor y a las condiciones que deben cumplirse al facilitarse esos datos o el folleto en un soporte duradero distinto del papel o a través de un sitio web.

Reglamento (UE) nº 584/2010 de la Comisión , de 1 de julio de 2010, por el que se establecen disposiciones de aplicación de la Directiva 2009/65/CE del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que atañe a la forma y el contenido del escrito de notificación y el certificado del OICVM normalizados, el uso de la comunicación electrónica entre las autoridades competentes a efectos de notificación, los procedimientos para las verificaciones in situ y las investigaciones y el intercambio de información entre las autoridades competentes.

Directiva 2010/42/UE de la Comisión , de 1 de julio de 2010, por la que se establecen disposiciones de aplicación de la Directiva 2009/65/CE del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que atañe a determinadas disposiciones relativas a las fusiones de fondos, las estructuras de tipo principal-subordinado y el procedimiento de notificación.

Directiva 2010/43/UE de la Comisión , de 1 de julio de 2010, por la que se establecen disposiciones de aplicación de la Directiva 2009/65/CE del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que atañe a los requisitos de organización, los conflictos de intereses, la conducta empresarial, la gestión de riesgos y el contenido de los acuerdos celebrados entre depositarios y sociedades de gestión.

El cuadro que figura a continuación indica qué actos contienen las disposiciones de ejecución adoptadas en virtud de los poderes específicos:

Poderes con arreglo a la Directiva 2009/65/UE

Acto de ejecución; artículo

Artículo 12

Ejecutado mediante los capítulos 2 y 3, artículos 4 a 21 de la Directiva 2010/43/UE.

Artículo 14

Ejecutado mediante los capítulos 2, 3 y 4, artículos 4 a 29 de la Directiva 2010/43/UE.

Artículo 23

Ejecutado mediante el capítulo 5, artículos 30 a 37 de la Directiva 2010/43/UE.

Artículo 33

Ejecutado mediante el capítulo 5, artículos 30 a 37 de la Directiva 2010/43/UE.

Artículo 43

Ejecutado mediante el capítulo 2, artículos 3 a 7 de la Directiva 2010/42/UE.

Artículo 51

Ejecutado mediante el capítulo 6, artículos 38 a 45 de la Directiva 2010/43/UE.

Artículo 60

Ejecutado mediante el capítulo 3, artículos 8 a 23, 25 y 28 de la Directiva 2010/42/UE.

Artículo 61

Ejecutado mediante el capítulo 3, artículos 24 y 26 de la Directiva 2010/42/UE.

Artículo 62

Ejecutado mediante el capítulo 3, artículo 27 de la Directiva 2010/42/UE.

Artículo 64

Ejecutado mediante el capítulo 3, artículo 29 de la Directiva 2010/42/UE.

Artículo 75

Ejecutado mediante el Reglamento (UE) nº 583/2010.

Artículo 78

Ejecutado mediante el Reglamento (UE) nº 583/2010.

Artículo 81

Ejecutado mediante el Reglamento (UE) nº 583/2010.

Artículo 95

Ejecutado mediante el capítulo 4, artículos 30 a 33 de la Directiva 2010/42/UE.

Artículo 111

Sin ejercer, al tratarse de un artículo que solo prevé la posibilidad de adoptar modificaciones técnicas de la Directiva.



4. Conclusión

Mediante el presente informe, la Comisión cumple la obligación de presentar informes prevista en el artículo 112 bis de la Directiva 2014/91/UE, por la que se modifica la Directiva 2009/65/CE.

La Comisión invita al Consejo y al Parlamento Europeo a tomar nota del presente informe.