COMISIÓN EUROPEA
Bruselas, 3.9.2025
COM(2025) 356 final
ANEXO
de la
Propuesta de Decisión del Consejo
relativa a la firma, en nombre de la Unión Europea, y a la aplicación provisional del Acuerdo de Asociación entre la Unión Europea y sus Estados miembros, por una parte, y el Mercado Común del Sur, la República Argentina, la República Federativa de Brasil, la República del Paraguay y la República Oriental del Uruguay, por otra
ANEXO 20-A
COBERTURA DE LA UNIÓN EUROPEA EN MATERIA DE CONTRATACIÓN PÚBLICA
Apéndice 20-A-1
ENTIDADES DE LA ADMINISTRACIÓN CENTRAL
Con sujeción a las notas del presente apéndice y a las notas generales del apéndice 20-A-7, el capítulo 20 se aplica a las entidades contratantes de la Unión Europea y sus Estados miembros especificados en el presente apéndice si el valor es igual o superior a:
a)
130 000 derechos especiales de giro (DEG) para las mercancías que se especifican en el apéndice 20-A-4 y los servicios que se especifican en el apéndice 20-A-5; o
b)
5 000 000 DEG para servicios de construcción y concesiones de obras especificados en el apéndice 20-A-6.
1.
ENTIDADES DE LA UNIÓN EUROPEA
a)
El Consejo de la Unión Europea;
b)
La Comisión Europea;
c)
El Servicio Europeo de Acción Exterior (SEAE).
2.
ENTIDADES CONTRATANTES DE LOS ESTADOS MIEMBROS DE LA UNIÓN EUROPEA
BÉLGICA
A.
Federale Overheidsdiensten (FOD) — Services publics fédéraux (SPF):
1.
FOD Kanselarij van de Eerste Minister — SPF Chancellerie du Premier Ministre;
2.
FOD Kanselarij Personeel en Organisatie — SPF Personnel et Organisation;
3.
FOD Budget en Beheerscontrole — SPF Budget et Contrôle de la Gestion;
4.
FOD Informatie- en Communicatietechnologie (Fedict) — SPF Technologie de l'Information et de la Communication (Fedict);
5.
FOD Buitenlandse Zaken, Buitenlandse Handel en Ontwikkelingssamenwerking — SPF Affaires étrangères, Commerce extérieur et Coopération au Développement;
6.
FOD Binnenlandse Zaken — SPF Intérieur;
7.
FOD Financiën — SPF Finances;
8.
FOD Mobiliteit en Vervoer — SPF Mobilité et Transports;
9.
FOD Werkgelegenheid, Arbeid en sociaal overleg — SPF Emploi, Travail et Concertation sociale;
10.
FOD Sociale Zekerheid en Openbare Instellingen van sociale Zekerheid — SPF Sécurité Sociale et Institutions publiques de Sécurité Sociale;
11.
FOD Volksgezondheid, Veiligheid van de Voedselketen en Leefmilieu — SPF Santé publique, Sécurité de la Chaîne alimentaire et Environnement;
12.
FOD Justitie — SPF Justice;
13.
FOD Economie, KMO, Middenstand en Energie — SPF Economie, PME, Classes moyennes et Energie;
14.
Ministerie van Landsverdediging — Ministère de la Défense;
15.
Programmatorische Overheidsdienst Maatschappelijke Integratie, Armoedsbestrijding en sociale Economie — Service public de Programmation Intégration sociale, Lutte contre la pauvreté et Economie sociale;
16.
Programmatorische federale Overheidsdienst Duurzame Ontwikkeling — Service public fédéral de Programmation Développement durable, y
17.
Programmatorische federale Overheidsdienst Wetenschapsbeleid — Service public fédéral de Programmation Politique scientifique.
B.
Regie der Gebouwen — Régie des Bâtiments:
1.
Rijksdienst voor sociale Zekerheid — Office national de Sécurité sociale;
2.
Rijksinstituut voor de sociale Verzekeringen der Zelfstandigen — Institut national d'Assurance sociales pour travailleurs indépendants;
3.
Rijksinstituut voor Ziekte- en Invaliditeitsverzekering — Institut national d'Assurance Maladie-Invalidité;
4.
Rijksdienst voor Pensioenen — Office national des Pensions;
5.
Hulpkas voor Ziekte-en Invaliditeitsverzekering — Caisse auxiliaire d'Assurance Maladie-Invalidité;
6.
Fonds voor Beroepsziekten — Fond des Maladies professionnelles;
7.
Rijksdienst voor Arbeidsvoorziening — Office national de l'Emploi, y
8.
De Post — La Poste
.
BULGARIA
1.
Администрация на Народното събрание (Administración de la Asamblea Nacional);
2.
Администрация на Президента (Administración del Presidente);
3.
Администрация на Министерския съвет (Administración del Consejo de Ministros);
4.
Конституционен съд (Tribunal Constitucional);
5.
Българска народна банка (Banco Nacional de Bulgaria);
6.
Министерство на външните работи (Ministerio de Asuntos Exteriores);
7.
Министерство на вътрешните работи (Ministerio del Interior);
8.
Министерство на извънредните ситуации (Ministerio de Situaciones de Emergencia);
9.
Министерство на държавната администрация и административната реформа (Ministerio de la Administración del Estado y de la Reforma Administrativa);
10.
Министерство на земеделието и храните (Ministerio de Agricultura y Alimentación);
11.
Министерство на здравеопазването (Ministerio de Sanidad);
12.
Министерство на икономиката и енергетиката (Ministerio de Economía y Energía);
13.
Министерство на културата (Ministerio de Cultura);
14.
Министерство на образованието и науката (Ministerio de Educación y Ciencia);
15.
Министерство на околната среда и водите (Ministerio de Medio Ambiente y Aguas);
16.
Министерство на отбраната (Ministerio de Defensa);
17.
Министерство на правосъдието (Ministerio de Justicia);
18.
Министерство на регионалното развитие и благоустройството (Ministerio de Desarrollo Regional y Obras Públicas);
19.
Министерство на транспорта (Ministerio de Transporte);
20.
Министерство на труда и социалната политика (Ministerio de Trabajo y Política Social);
21.
Министерство на финансите (Ministerio de Hacienda);
22.
държавни агенции, държавни комисии, изпълнителни агенции и други държавни институции, създадени със закон или с постановление на Министерския съвет, които имат функции във връзка с осъществяването на изпълнителната власт (Agencias estatales, comisiones nacionales, agencias ejecutivas y otras autoridades públicas creadas por ley o por decreto del Consejo de Ministros y cuya función está relacionada con el ejercicio del poder ejecutivo);
23.
Агенция за ядрено регулиране (Agencia de Regulación Nuclear);
24.
Държавна комисия за енергийно и водно регулиране (Comisión Nacional de Regulación de la Energía y las Aguas);
25.
Държавна комисия по сигурността на информацията (Comisión Estatal de Seguridad de la Información);
26.
Комисия за защита на конкуренцията (Comisión de Defensa de la Competencia);
27.
Комисия за защита на личните данни (Comisión de Protección de Datos Personales);
28.
Комисия за защита от дискриминация (Comisión de Protección contra la Discriminación);
29.
Комисия за регулиране на съобщенията (Comisión de Regulación de las Comunicaciones);
30.
Комисия за финансов надзор (Comisión de Supervisión Financiera);
31.
Патентно ведомство на Република България (Oficina de Patentes de la República de Bulgaria);
32.
Сметна палата на Република България (Oficina Nacional de Auditoría de la República de Bulgaria);
33.
Агенция за приватизация (Agencia de Privatización);
34.
Агенция за следприватизационен контрол (Agencia de Control Post-privatización);
35.
Български институт по метрология (Instituto Búlgaro de Metrología);
36.
Държавна агенция "Архиви (Agencia Estatal «Archives»);
37.
Държавна агенция "Държавен резерв и военновременни запаси" (Agencia Estatal «Reserva del Estado y Reservas para Tiempos de Guerra»);
38.
Държавна агенция за бежанците (Agencia Estatal para los Refugiados);
39.
Държавна агенция за българите в чужбина (Agencia Estatal para los Búlgaros en el Extranjero);
40.
Държавна агенция за закрила на детето (Agencia Estatal de Protección de la Infancia);
41.
Държавна агенция за информационни технологии и съобщения (Agencia Estatal para la Tecnología de la Información y las Comunicaciones);
42.
Държавна агенция за метрологичен и технически надзор (Agencia Estatal de Vigilancia Metrológica y Técnica);
43.
Държавна агенция за младежта и спорта (Agencia Estatal de Juventud y Deportes);
44.
Държавна агенция по туризма (Agencia Estatal de Turismo);
45.
Държавна комисия по стоковите борси и тържища (Comisión Estatal de los Mercados y Bolsas de Materias Primas);
46.
Институт по публична администрация и европейска интеграция (Instituto de Administración Pública e Integración Europea);
47.
Национален статистически институт (Instituto Nacional de Estadística);
48.
Агенция "Митници" (Agencia de Aduanas);
49.
Агенция за държавна и финансова инспекция (Agencia de Inspección de las Finanzas Públicas);
50.
Агенция за държавни вземания (Agencia de Cobro de Deudas del Estado);
51.
Агенция за социално подпомагане (Agencia de Asistencia Social);
52.
Държавна агенция "Национална сигурност" (Agencia Estatal «Seguridad Nacional»);
53.
Агенция за хората с увреждания (Agencia para las Personas con Discapacidad);
54.
Агенция по вписванията (Agencia del Registro);
55.
Агенция по енергийна ефективност (Agencia de Eficiencia Energética);
56.
Агенция по заетостта (Agencia de Empleo);
57.
Агенция по геодезия, картография и кадастър (Agencia de Geodesia, Cartografía y Catastro);
58.
Агенция по обществени поръчки (Agencia de Contratación Pública);
59.
Българска агенция за инвестиции (Agencia de Inversión Búlgara);
60.
Главна дирекция "Гражданска въздухоплавателна администрация" (Dirección General «Administración de Aviación Civil»);
61.
Дирекция за национален строителен контрол (Dirección de Supervisión Nacional de Obras);
62.
Държавна комисия по хазарта (Comisión Estatal de Juegos de Azar);
63.
Изпълнителна агенция "Автомобилна администрация" (Agencia Ejecutiva «Administración de Automóviles»);
64.
Изпълнителна агенция "Борба с градушките" (Agencia Ejecutiva «Lucha contra el Granizo»);
65.
Изпълнителна агенция "Българска служба за акредитация" (Agencia Ejecutiva «Servicio Búlgaro de Certificación»);
66.
Изпълнителна агенция "Главна инспекция по труда" (Agencia Ejecutiva «Inspección General de Trabajo»);
67.
Изпълнителна агенция "Железопътна администрация" (Agencia Ejecutiva «Administración Ferroviaria»);
68.
Изпълнителна агенция "Морска администрация" (Agencia Ejecutiva «Administración Marítima»);
69.
Изпълнителна агенция "Национален филмов център" (Agencia Ejecutiva «Centro Nacional de Cinematografía»);
70.
Изпълнителна агенция "Пристанищна администрация" (Agencia Ejecutiva «Administración Portuaria»);
71.
Изпълнителна агенция "Проучване и поддържане на река Дунав" (Agencia Ejecutiva «Exploración y Conservación del Danubio»);
72.
Фонд "Републиканска пътна инфраструктура" (Fondo Nacional de Infraestructuras);
73.
Изпълнителна агенция за икономически анализи и прогнози (Agencia Ejecutiva de Anásis y Previsión Económicos);
74.
Изпълнителна агенция за насърчаване на малките и средни предприятия (Agencia Ejecutiva de Fomento de la Pequeña y Mediana Empresa);
75.
Изпълнителна агенция по лекарствата (Agencia Ejecutiva de Medicamentos);
76.
Изпълнителна агенция по лозата и виното (Agencia Ejecutiva sobre el Vino y la Viticultura);
77.
Изпълнителна агенция по околна среда (Agencia Ejecutiva de Medio Ambiente);
78.
Изпълнителна агенция по почвените ресурси (Agencia Ejecutiva de Recursos del Suelo);
79.
Изпълнителна агенция по рибарство и аквакултури (Agencia Ejecutiva de Pesca y Acuicultura);
80.
Изпълнителна агенция по селекция и репродукция в животновъдството (Agencia Ejecutiva de Selección y Reproducción Ganadera);
81.
Изпълнителна агенция по сортоизпитване, апробация и семеконтрол (Agencia Ejecutiva de Pruebas de Variedades Vegetales, Inspección del Suelo y Control de Semillas);
82.
Изпълнителна агенция по трансплантация (Agencia Ejecutiva de Trasplantes);
83.
Изпълнителна агенция по хидромелиорации (Agencia Ejecutiva de Mejora Hídrica);
84.
Комисията за защита на потребителите (Comisión de Protección de los Consumidores);
85.
Контролно-техническата инспекция (Inspección de Control Técnico);
86.
Национална агенция за приходите (Agencia del Tesoro Público);
87.
Национална ветеринарномедицинска служба (Servicio Veterinario Nacional);
88.
Национална служба по зърното и фуражите (Servicio Nacional de Protección de las Plantas);
89.
Национална служба по зърното и фуражите (Servicio Nacional de Cereales y Piensos), y
90.
Държавна агенция по горите (Agencia Forestal Estatal).
CHEQUIA
1.
Ministerstvo dopravy (Ministerio de Transporte);
2.
Ministerstvo financí (Ministerio de Hacienda);
3.
Ministerstvo kultury (Ministerio de Cultura);
4.
Ministerstvo obrany (Ministerio de Defensa);
5.
Ministerstvo pro místní rozvoj (Ministerio de Desarrollo Regional);
6.
Ministerstvo práce a sociálních věcí (Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales);
7.
Ministerstvo průmyslu a obchodu (Ministerio de Industria y Comercio);
8.
Ministerstvo spravedlnosti (Ministerio de Justicia);
9.
Ministerstvo školství, mládeže a tělovýchovy (Ministerio de Educación, Juventud y Deporte);
10.
Ministerstvo vnitra (Ministerio del Interior);
11.
Ministerstvo zahraničních věcí (Ministerio de Asuntos Exteriores);
12.
Ministerstvo zdravotnictví (Ministerio de Sanidad);
13.
Ministerstvo zemědělství (Ministerio de Agricultura);
14.
Ministerstvo životního prostředí (Ministerio de Medio Ambiente);
15.
Poslanecká sněmovna PČR (Cámara de Diputados del Parlamento de la República Checa);
16.
Senát PČR (Senado del Parlamento de la República Checa);
17.
Kancelář prezidenta (Oficina del Presidente);
18.
Český statistický úřad (Instituto de Estadística Checo);
19
Český úřad zeměměřičský a katastrální (Oficina Checa de Inspección, Cartografía y Catastro);
20.
Úřad průmyslového vlastnictví (Oficina de la Propiedad Industrial);
21.
Úřad pro ochranu osobních údajů (Oficina de Protección de Datos Personales);
22.
Bezpečnostní informační služba (Servicio de Información de Seguridad);
23.
Národní bezpečnostní úřad (Autoridad Nacional de Seguridad);
24.
Česká akademie věd (Academia de Ciencias de la República Checa);
25.
Vězeňská služba (Servicios Penitenciarios);
26.
Český báňský úřad (Autoridad Minera Checa);
27.
Úřad pro ochranu hospodářské soutěže (Oficina de Protección de la Competencia);
28.
Správa státních hmotných rezerv (Administración de Reservas Materiales del Estado);
29.
Státní úřad pro jadernou bezpečnost (Oficina Estatal de Seguridad Nuclear);
30.
Energetický regulační úřad (Oficina de Reglamentación de la Energía);
31.
Úřad vlády České republiky (Oficina del Gobierno de la República Checa);
32.
Ústavní soud (Tribunal Constitucional);
33.
Nejvyšší soud (Tribunal Supremo);
34.
Nejvyšší správní soud (Tribunal Supremo Administrativo);
35.
Nejvyšší státní zastupitelství (Oficina Superior de la Fiscalía);
36.
Nejvyšší kontrolní úřad (Oficina Superior de Auditoría);
37.
Kancelář Veřejného ochránce práv (Oficina del Defensor del Pueblo);
38.
Grantová agentura České republiky (Agencia de Subvención de la República Checa);
39.
Státní úřad inspekce práce (Oficina de Inspección Laboral del Estado), y
40.
Český telekomunikační úřad (Oficina Checa de Telecomunicaciones);
DINAMARCA
1.
Folketinget (Parlamento danés);
2.
Rigsrevisionen (Oficina Nacional de Auditoría);
3.
Statsministeriet (Oficina del Primer Ministro);
4.
Udenrigsministeriet (Ministerio de Asuntos Exteriores);
5.
Beskæftigelsesministeriet - 5 styrelser og institutioner (Ministerio de Empleo: cinco agencias e instituciones);
6.
Domstolsstyrelsen (Administración de los Tribunales);
7.
Finansministeriet - 5 styrelser og institutioner (Ministerio de Hacienda: cinco agencias e instituciones);
8.
Finansministeriet - 5 styrelser og institutioner (Ministerio de Finanzas: cinco agencias e instituciones);
9.
Ministeriet for Sundhed og Forebyggelse - Adskillige styrelser og institutioner, herunder Statens Serum Institut (Ministerio del Interior y de Sanidad: varias agencias e instituciones, incluido el Statens Serum Institut);
10.
Justitsministeriet - Rigspolitichefen, anklagemyndigheden samt 1 direktorat og et antal styrelser (Ministerio de Justicia y Comisario de Policía: una dirección y varias agencias);
11.
Kirkeministeriet - 10 stiftsøvrigheder (Ministerio de Asuntos Eclesiásticos: diez autoridades diocesas);
12.
Kulturministeriet - 4 styrelser samt et antal statsinstitutioner (Ministerio de Cultura: cuatro departamentos y varias instituciones);
13.
Miljøministeriet - 5 styrelser (Ministerio de Medio Ambiente: cinco agencias);
14.
Ministeriet for Flygtninge, Invandrere og Integration - 1 styrelse (Ministerio de Refugiados, Inmigración e Integración: una agencia);
15.
Ministeriet for Fødevarer, Landbrug og Fiskeri - 4 direktorater og institutioner (Ministerio de Alimentación, Agricultura y Pesca: cuatro direcciones e instituciones);
16.
Ministeriet for Videnskab, Teknologi og Udvikling – Adskillige styrelser og institutioner, Forskningscenter Risø og Statens uddannelsesbygninger (Ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovación: varias agencias e instituciones, incluido el Laboratorio Nacional Risoe y Edificios Nacionales daneses de Investigación y Educación);
17.
Skatteministeriet - 1 styrelse og institutioner (Ministerio de Finanzas: una agencia y varias instituciones);
18.
Velfærdsministeriet - 3 styrelser og institutioner (Ministerio de Bienestar: tres agencias y varias instituciones);
19.
Transportministeriet - 7 styrelser og institutioner, herunder Øresundsbrokonsortiet (Ministerio de Transportes: siete agencias e instituciones, incluido el Øresundsbrokonsortiet);
20.
Undervisningsministeriet - 3 styrelser, 4 undervisningsinstitutioner og 5 andre institutioner (Ministerio de Educación: tres agencias, cuatro centros educativos y otras cinco instituciones);
21.
Økonomi- og Erhvervsministeriet - Adskillige styrelser og institutioner (Ministerio de Economía y Empresa: varias agencias e instituciones), y
22.
Klima- og Energiministeriet - 3 styrelser og institutioner (Ministerio de Clima y Energía: tres agencias e instituciones).
ALEMANIA
1.
Auswärtiges Amt (Ministerio Federal de Asuntos Exteriores);
2.
Bundeskanzleramt (Cancillería Federal);
3.
Bundesministerium für Arbeit und Soziales (Ministerio Federal de Trabajo y Asuntos Sociales);
4.
Bundesministerium für Wissenschaft und Forschung (Ministerio Federal de Ciencia e Investigación);
5.
Bundesministerium für Ernährung, Landwirtschaft und Verbraucherschutz (Ministerio Federal de Alimentación, Agricultura y Protección de los Consumidores);
6.
Bundesministerium der Finanzen (Ministerio Federal de Hacienda);
7.
Bundesministerium des Innern (Ministerio Federal del Interior: solo Protección Civil);
8.
Bundesministerium für Gesundheit (Ministerio Federal de Sanidad);
9.
Bundesministerium für Familie, Senioren, Frauen und Jugend (Ministerio Federal de Familia, Tercera Edad, Mujer y Juventud);
10.
Bundesministerium der Justiz (Ministerio Federal de Justicia);
11.
Bundesministerium für Verkehr, Bau und Stadtentwicklung (Ministerio Federal de Transportes, Edificación y Asuntos Urbanos);
12.
Bundesministerium für Wirtschaft und Technologie (Ministerio Federal de Economía y Tecnología);
13.
Bundesministerium für wirtschaftliche Zusammenarbeit und Entwicklung (Ministerio Federal de Cooperación Económica y Desarrollo);
14.
Bundesministerium der Verteidigung (Ministerio Federal de Finanzas), y
15.
Bundesministerium für Umwelt, Naturschutz und Reaktorsicherheit (Ministerio Federal de Medio Ambiente, Protección de la Naturaleza y Seguridad de los Reactores);
ESTONIA
1.
Vabariigi Presidendi Kantselei (Oficina del Presidente de la República de Estonia);
2.
Eesti Vabariigi Riigikogu (Parlamento de la República de Estonia);
3.
Eesti Vabariigi Riigikohus (Tribunal Supremo de la República de Estonia);
4.
Riigikontroll (Oficina de Auditoría Estatal de la República de Estonia);
5.
Õiguskantsler (Canciller Jurídico);
6.
Riigikantselei (Cancillería del Estado);
7.
Rahvusarhiiv (Archivos Nacionales de Estonia);
8.
Haridus- ja Teadusministeerium (Ministerio de Educación e Investigación);
9.
Justiitsministeerium (Ministerio de Justicia);
10.
Kaitseministeerium (Ministerio de Defensa);
11.
Keskkonnaministeerium (Ministerio de Medio Ambiente);
12.
Kultuuriministeerium (Ministerio de Cultura);
13.
Majandus- ja Kommunikatsiooniministeerium (Ministerio de Economía y Comunicaciones);
14.
Põllumajandusministeerium (Ministerio de Agricultura);
15.
Rahandusministeerium (Ministerio de Hacienda);
16.
Siseministeerium (Ministerio del Interior);
17.
Sotsiaalministeerium (Ministerio de Asuntos Sociales);
18.
Välisministeerium (Ministerio de Asuntos Exteriores);
19.
Keeleinspektsioon (Inspección Lingüística);
20.
Riigiprokuratuur (Oficina de la Fiscalía);
21.
Teabeamet (Consejo de Información);
22.
Maa-amet (Consejo Territorial de Estonia);
23.
Keskkonnainspektsioon (Inspección del Medio Ambiente);
24.
Metsakaitse- ja Metsauuenduskeskus (Centro de Protección de los Bosques y la Silvicultura);
25.
Muinsuskaitseamet (Consejo de Patrimonio);
26.
Patendiamet (Oficina de Patentes);
27.
Tehnilise Järelevalve Amet (Autoridad de Vigilancia Técnica de Estonia);
28.
Tarbijakaitseamet (Consejo de Protección de los Consumidores);
29.
Riigihangete Amet (Oficina de Contratación Pública);
30.
Taimetoodangu Inspektsioon (Inspección de la Producción Vegetal);
31.
Põllumajanduse Registrite ja Informatsiooni Amet (Consejo de Información y Registros Agrícolas);
32.
Veterinaar- ja Toiduamet (Consejo de Veterinaria y Alimentación);
33.
Konkurentsiamet (Autoridad de la Competencia de Estonia);
34.
Maksu- ja Tolliamet (Consejo de Impuestos y Aduanas);
35.
Statistikaamet (Estadísticas de Estonia);
36.
Kaitsepolitseiamet (Consejo de la Policía de Seguridad);
37.
Kodakondsus- ja Migratsiooniamet (Consejo de Nacionalidad y Migración);
38.
Piirivalveamet (Consejo Nacional de Guardia de Fronteras);
39.
Politseiamet (Consejo de Policía Nacional);
40.
Eesti Kohtuekspertiisi ja Instituut (Centro de Servicios Forenses);
41.
Keskkriminaalpolitsei (Policía Central Criminal);
42.
Päästeamet (Consejo de Protección Civil);
43.
Andmekaitse Inspektsioon (Servicio de Inspección para la Protección de Datos de Estonia);
44.
Ravimiamet (Agencia de Medicamentos);
45.
Sotsiaalkindlustusamet (Consejo de Seguridad Social);
46.
Tööturuamet (Consejo de Mercado de Trabajo);
47.
Tervishoiuamet (Consejo de Asistencia Sanitaria);
48.
Tervisekaitseinspektsioon (Inspección de Protección Sanitaria);
49.
Tööinspektsioon (Inspección de Trabajo);
50.
Lennuamet (Administración de la Aviación Civil de Estonia);
51.
Maanteeamet (Administración de Carreteras de Estonia);
52.
Veeteede Amet (Administración Marítima);
53.
Julgestuspolitsei (Policía Central de Aplicación de la Ley);
54.
Kaitseressursside Amet (Agencia de los Recursos de Defensa), y
55.
Kaitseväe Logistikakeskus (Centro Logístico de las Fuerzas de Defensa).
IRLANDA
1.
President's Establishment (Oficina de la Presidencia);
2.
Houses of the Oireachtas (Parlamento);
3.
Department of the Taoiseach (primer ministro);
4.
Central Statistics Office (Oficina Central de Estadística);
5.
Department of Finance (Departamento de Finanzas);
6.
Office of the Comptroller and Auditor General (Oficina del Interventor y Auditor General);
7.
Office of the Revenue Commissioners (Oficina de la Administración Tributaria);
8.
Office of Public Works (Oficina de Obras Públicas);
9.
State Laboratory (Laboratorio Estatal);
10.
Office of the Attorney General (Oficina del Fiscal General);
11.
Office of the Director of Public Prosecutions (Oficina del Director de la Fiscalía Pública);
12.
Valuation Office (Oficina de Valoración);
13.
Commission for Public Service Appointments (Comisión de Nombramientos de la Función Pública);
14.
Office of the Ombudsman (Oficina del Defensor del Pueblo);
15.
Chief State Solicitor's Office (Oficina del Principal Abogado del Estado);
16.
Department of Justice, Equality and Law Reform (Ministerio de Justicia, Igualdad y Reforma Legislativa);
17.
Courts Service (Servicio de la Administración de Justicia);
18.
Prisons Service (Servicio Penitenciario);
19.
Office of the Commissioners of Charitable Donations and Bequests (Oficina de los Comisados para Donaciones y Legados Benéficos);
20.
Department of the Environment, Heritage and Local Government (Departamento de Medio Ambiente, Patrimonio y Gobierno Local);
21.
Department of Education and Science (Departamento de Educación y Ciencia);
22.
Department of Communications, Energy and Natural Resources (Departamento de Comunicaciones, Energía y Recursos Naturales);
23.
Department of Agriculture, Fisheries and Food (Departamento de Agricultura, Pesca y Alimentación);
24.
Department of Transport (Departamento de Transportes);
25.
Department of Health and Children (Departamento de Salud e Infancia);
26.
Department of Enterprise, Trade and Employment (Ministerio de Empresa, Comercio y Empleo);
27.
Department of Arts, Sports and Tourism (Departamento de Artes, Deporte y Turismo);
28.
Department of Defence (Departamento de Defensa);
29.
Department of Foreign Affairs (Departamento de Asuntos Exteriores);
30.
Department of Social and Family Affairs (Departamento de Asuntos Sociales y Familia);
31.
Department of Community, Rural and Gaeltacht (Gaelic-speaking regions) Affairs (Departamento de Asuntos Comunitarios, Rurales y Gaeltacht [regiones de lengua gaélica]);
32.
Arts Council (Consejo de las Artes); y
33.
National Gallery (Galería Nacional).
GRECIA
1.
Υπουργείο Εσωτερικών (Ministerio del Interior);
2.
Υπουργείο Εξωτερικών (Ministerio de Asuntos Exteriores);
3.
Υπουργείο Οικονομίας και Οικονομικών (Ministerio de Economía y Hacienda);
4.
Υπουργείο Ανάπτυξης (Ministerio de Desarrollo);
5.
Υπουργείο Δικαιοσύνης (Ministerio de Justicia);
6.
Υπουργείο Εθνικής Παιδείας και θρησκευμάτων (Ministerio de Educación y Religión);
7.
Υπουργείο Πολιτισμού (Ministerio de Cultura);
8.
Υπουργείο Υγείας και Κοινωνικής Αλληλεγγύης (Ministerio de Sanidad y Solidaridad Social);
9.
Υπουργείο Περιβάλλοντος, Χωροταξίας και Δημοσίων Έργων (Ministerio de Medio Ambiente, Ordenación Territorial y Obras Públicas)
10.
Υπουργείο Απασχόλησης και Κοινωνικής Προστασίας (Ministerio de Empleo y Protección Social);
11.
Υπουργείο Μεταφορών και Επικοινωνιών (Ministerio de Transportes y Comunicaciones);
12.
Υπουργείο Αγροτικής Ανάπτυξης και Τροφίμων (Ministerio de Desarrollo Rural y Alimentación);
13.
Υπουργείο Εμπορικής Ναυτιλίας, Αιγαίου και Νησιωτικής Πολιτικής (Ministerio de la Marina Mercante, del Mar Egeo y de Política Insular);
14.
Υπουργείο Μακεδονίας- Θράκης (Ministerio de Macedonia y Tracia);
15.
Γενική Γραμματεία Επικοινωνίας (Secretaría General de Comunicación);
16.
Γενική Γραμματεία Ενημέρωσης (Secretaría General de Información);
17.
Γενική Γραμματεία Νέας Γενιάς (Secretaría General de Juventud);
18.
Γενική Γραμματεία Ισότητας (Secretaría General de Igualdad);
19.
Γενική Γραμματεία Κοινωνικών Ασφαλίσεων (Secretaría General de la Seguridad Social);
20.
Γενική Γραμματεία Απόδημου Ελληνισμού (Secretaría General para los Griegos Residentes en el Extranjero);
21.
Γενική Γραμματεία Βιομηχανίας (Secretaría General de Industria);
22.
Γενική Γραμματεία Έρευνας και Τεχνολογίας (Secretaría General de Investigación y Tecnología);
23.
Γενική Γραμματεία Αθλητισμού (Secretaría General de Deportes);
24.
Γενική Γραμματεία Δημοσίων Έργων (Secretaría General de Obras Públicas);
25.
Γενική Γραμματεία Εθνικής Στατιστικής Υπηρεσίας Ελλάδος (Servicio Nacional de Estadística);
26.
Εθνικό Συμβούλιο Κοινωνικής Φροντίδας (Consejo de Bienestar Nacional);
27.
Οργανισμός Εργατικής Κατοικίας (Organización de Vivienda de los Trabajadores);
28.
Εθνικό Τυπογραφείο (Oficina Nacional de Publicaciones);
29
Γενικό Χημείο του Κράτους (Laboratorio Estatal General);
30.
Ταμείο Εθνικής Οδοποιίας (Fondo Griego de Carreteras);
31.
Εθνικό Καποδιστριακό Πανεπιστήμιο Αθηνών (Universidad de Atenas);
32.
Αριστοτέλειο Πανεπιστήμιο Θεσσαλονίκης (Universidad de Salónica);
33.
Δημοκρίτειο Πανεπιστήμιο Θράκης (Universidad de Tracia);
34.
Πανεπιστήμιο Αιγαίου (Universidad del Egeo);
35.
Πανεπιστήμιο Ιωαννίνων (Universidad de Ioannina);
36.
Πανεπιστήμιο Πατρών (Universidad de Patras);
37.
Πανεπιστήμιο Μακεδονίας (Universidad de Macedonia);
38.
Πολυτεχνείο Κρήτης (Escuela Politécnica de Creta);
39.
Σιβιτανίδειος Δημόσια Σχολή Τεχνών και Επαγγελμάτων (Escuela Técnica Sivitanidios);
40.
Αιγινήτειο Νοσοκομείο (Hospital Eginitio);
41.
Αρεταίειο Νοσοκομείο (Hospital Areteio);
42.
Εθνικό Κέντρο Δημόσιας Διοίκησης (Centro Nacional de Administración Pública);
43.
Οργανισμός Διαχείρισης Δημοσίου Υλικού (Α.Ε. Organización de Gestión Material Pública);
44.
Οργανισμός Γεωργικών Ασφαλίσεων (Organización de Seguros Agrícolas);
45.
Οργανισμός Σχολικών Κτιρίων (Organización de Construcción de Escuelas);
46.
Γενικό Επιτελείο Στρατού (Estado Mayor de las Fuerzas Terrestres);
47.
Γενικό Επιτελείο Ναυτικού (Estado Mayor de la Marina);
48.
Γενικό Επιτελείο Αεροπορίας (Estado Mayor de las Fuerzas Aéreas);
49.
Ελληνική Επιτροπή Ατομικής Ενέργειας (Comisión Griega para la Energía Atómica);
50.
Γενική Γραμματεία Εκπαίδευσης Ενηλίκων (Secretaría General de Educación Complementaria);
51.
Γενική Γραμματεία Εμπορίου (Secretaría General de Comercio), y
52.
Ελληνικά Ταχυδρομεία (Servicio de Correos Griego — EL. TA).
ESPAÑA
1.
Presidencia de Gobierno;
2.
Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación;
3.
Ministerio de Justicia;
4.
Ministerio de Defensa;
5.
Ministerio de Economía y Hacienda;
6.
Ministerio del Interior;
7.
Ministerio de Fomento;
8.
Ministerio de Educación y Ciencia;
9.
Ministerio de Industria, Turismo y Comercio;
10.
Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales;
11.
Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación;
12.
Ministerio de la Presidencia;
13.
Ministerio de Administraciones Públicas;
14.
Ministerio de Cultura;
15.
Ministerio de Sanidad y Consumo;
16.
Ministerio de Medio Ambiente, y
17.
Ministerio de Vivienda.
FRANCIA
A.
Ministères (Ministerios):
1.
Services du Premier Ministre;
2.
Ministère chargé de la santé, de la jeunesse et des sports;
3.
Ministère chargé de l'intérieur, de l'outre-mer et des collectivités territoriales;
4.
Ministère chargé de la justice;
5.
Ministère chargé de la défense;
6.
Ministère chargé des affaires étrangères et européennes;
7.
Ministère chargé de l'éducation nationale;
8.
Ministère chargé de l'économie, des finances et de l'emploi;
9.
Secrétariat d'État aux transports;
10.
Secrétariat d'État aux entreprises et au commerce extérieur;
11.
Ministère chargé du travail, des relations sociales et de la solidarité;
12.
Ministère chargé de la culture et de la communication;
13.
Ministère chargé du budget, des comptes publics et de la fonction publique;
14.
Ministère chargé de l'agriculture et de la pêche;
15.
Ministère chargé de l'enseignement supérieur et de la recherche;
16.
Ministère chargé de l'écologie, du développement et de l'aménagement durables;
17.
Secrétariat d'État à la fonction publique;
18.
Ministère chargé du logement et de la ville;
19.
Secrétariat d'État à la coopération et à la francophonie;
20.
Secrétariat d'État à l'outre-mer;
21.
Secrétariat d'État à la jeunesse et aux sports et de la vie associative;
22.
Secrétariat d'État aux anciens combattants;
23.
Ministère chargé de l'immigration, de l'intégration, de l'identité nationale et du co-développement;
24.
Secrétariat d'État en charge de la prospective et de l'évaluation des politiques publiques;
25.
Secrétariat d'État aux affaires européennes;
26.
Secrétariat d'État aux affaires étrangères et aux droits de l'homme;
27.
Secrétariat d'État à la consommation et au tourisme;
28.
Secrétariat d'État à la politique de la ville;
29.
Secrétariat d'État à la solidarité;
30.
Secrétariat d'État en charge de l'emploi;
31.
Secrétariat d'État en charge du commerce, de l'artisanat, des PME, du tourisme et des services;
32.
Secrétariat d'État en charge du développement de la région-capitale, y
33.
Secrétariat d'État en charge de l'aménagement du territoire.
B.
Établissements publics nationaux (Entidades públicas nacionales):
1.
Académie de France à Rome;
2.
Académie de marine;
3.
Académie des sciences d'outre-mer;
4.
Agence Centrale des Organismes de Sécurité Sociale (A.C.O.S.S.);
5.
Agences de l'eau;
6.
Agence nationale de l'accueil des étrangers et des migrations;
7.
Agence Nationale pour l'Amélioration des Conditions de Travail (ANACT);
8.
Agence Nationale pour l'Amélioration de l'Habitat (ANAH);
9.
Agence nationale pour la cohésion sociale et l'égalité des chances;
10.
Agence Nationale pour l'Indemnisation des Français d'Outre-Mer (ANIFOM);
11.
Assemblée Permanente des Chambres d'Agriculture (APCA);
12.
Bibliothèque nationale de France;
13.
Bibliothèque nationale et universitaire de Strasbourg;
14.
Caisse des dépôts et consignations;
15.
Caisse Nationale des Autoroutes (CNA);
16.
Caisse Nationale Militaire de Sécurité Sociale (CNMSS);
17.
Caisse de garantie du logement locatif social;
18.
Casa de Velázquez;
19.
Centre d'enseignement zootechnique;
20.
Centre hospitalier national des Quinze-Vingts;
21.
Centre international d'études supérieures en sciences agronomiques — Montpellier Sup Agro;
22.
Centre des liaisons européennes et internationales de sécurité sociale;
23.
Centre des monuments nationaux;
24.
Centre national d'art et de culture Georges Pompidou;
25.
Centre national de la cinématographie;
26.
Institut national supérieur de formation et de recherche pour l'éducation des jeunes handicapés et les enseignements adaptés;
27.
Centre national d'Études et d'expérimentation du Machinisme Agricole, du Génie Rural, des Eaux et des Forêts (CEMAGREF);
28.
Ecole nationale supérieure de Sécurité Sociale;
29.
Centre national du livre;
30.
Centre national de documentation pédagogique;
31.
Centre National des Oeuvres Universitaires et Scolaires (CNOUS);
32.
Centre national professionnel de la propriété forestière;
33.
Centre National de la Recherche Scientifique (C.N.R.S);
34.
Centres d'Éducation Populaire et de Sport (CREPS);
35.
Centres Régionaux des Oeuvres Universitaires (CROUS);
36.
Collège de France;
37.
Conservatoire de l'espace littoral et des rivages lacustres;
38.
Conservatoire national des arts et métiers;
39.
Conservatoire national supérieur de musique et de danse de Paris;
40.
Conservatoire national supérieur de musique et de danse de Lyon;
41.
Conservatoire national supérieur d'art dramatique;
42.
École centrale de Lille;
43.
École centrale de Lyon;
44.
École centrale des arts et manufactures;
45.
École française d'archéologie d'Athènes;
46.
École française d'Extrême-Orient;
47.
École française de Rome;
48.
École des hautes études en sciences sociales;
58.
École nationale d'administration;
59.
École Nationale de l'Aviation Civile (ENAC);
60.
École nationale des Chartes;
61.
École nationale d'équitation;
62.
École nationale du génie de l'eau et de l'environnement de Strasbourg;
63.
Écoles nationales d'ingénieurs;
64.
École nationale d'ingénieurs des industries des techniques agricoles et alimentaires de Nantes;
65.
Écoles nationales d'ingénieurs des travaux agricoles;
66.
École nationale de la magistrature;
67.
Écoles nationales de la marine marchande;
68.
École Nationale de la Santé Publique (ENSP);
69.
École nationale de ski et d'alpinisme;
70.
École nationale supérieure des arts décoratifs;
71.
École nationale supérieure des arts et industries textiles Roubaix;
72.
Écoles nationales supérieures d'arts et métiers;
73.
École nationale supérieure des beaux-arts;
74.
École nationale supérieure de céramique industrielle;
75.
École Nationale Supérieure de l'Électronique et de ses Applications (ENSEA);
76.
École nationale supérieure des sciences de l'information et des bibliothécaires;
77.
Écoles nationales vétérinaires;
78.
École nationale de voile;
79.
Écoles normales supérieures;
80.
École polytechnique;
81.
École de viticulture, Avize, Marne;
82.
Établissement national d'enseignement agronomique de Dijon;
83.
Établissement National des Invalides de la Marine (ENIM);
84.
Établissement national de bienfaisance Koenigswarter;
85.
Fondation Carnegie;
86.
Fondation Singer-Polignac;
87.
Haras nationaux;
88.
Hôpital national de Saint-Maurice;
89.
Institut français d'archéologie orientale du Caire;
90.
Institut géographique national;
91.
Institut national des appellations d'origine;
92.
Institut national d'enseignement supérieur et de recherche agronomique et agroalimentaire de Rennes;
93.
Institut National d'Études Démographiques (I.N.E.D);
94.
Institut national d'horticulture;
95.
Institut national de la jeunesse et de l'éducation populaire;
96.
Institut national des jeunes aveugles — Paris;
97.
Institut national des jeunes sourds — Bordeaux;
98.
Institut national des jeunes sourds — Chambéry;
99.
Institut national des jeunes sourds — Metz;
100.
Institut national des jeunes sourds — Paris;
101.
Institut National de Physique Nucléaire et de Physique des Particules (I.N.P.N.P.P);
102.
Institut national de la propriété industrielle;
103.
Institut National de la Recherche Agronomique (I.N.R.A);
104.
Institut National de la Recherche Pédagogique (I.N.R.P);
105.
Institut National de la Santé et de la Recherche Médicale (I.N.S.E.R.M);
106.
Institut national des sciences de l'univers;
107.
Institut national des sports et de l'éducation physique;
108.
Instituts nationaux polytechniques;
109.
Instituts nationaux des sciences appliquées;
110.
Institut National de Recherche en Informatique et en Automatique (INRIA);
111.
Institut National de Recherche sur les Transports et leur Sécurité (INRETS);
112.
Institut de recherche pour le développement;
113.
Instituts régionaux d'administration;
114.
Institut des sciences et des industries du vivant et de l'environnement — Agro Paris Tech;
115.
Institut supérieur de mécanique de Paris;
116.
Institut universitaires de Formation des Maîtres;
117.
Musée de l'armée;
118.
Musée Gustave-Moreau;
119.
Musée national de la marine;
120.
Musée national J.-J.-Henner;
121.
Musée national de la Légion d'honneur;
122.
Musée de la Poste;
123.
Muséum national d'histoire naturelle;
124.
Musée Auguste-Rodin;
125.
Observatoire de Paris;
126.
Office français de protection des réfugiés et apatrides;
127.
Office National des Anciens Combattants et des Victimes de Guerre (ONAC);
128.
Office national de la chasse et de la faune sauvage;
129.
Office national de l'eau et des milieux aquatiques;
130.
Office National d'Information sur les Enseignements et les Professions (ONISEP);
131.
Office universitaire et culturel français pour l'Algérie;
132.
Palais de la découverte;
133.
Parcs nationaux, y
134.
Universités.
C.
Autre organisme public national (otros organismos públicos):
1.
Union des Groupements d'Achats Publics (UGAP);
2.
Agence Nationale Pour l'Emploi (A.N.P.E);
3.
Autorité indépendante des marchés financiers;
4.
Caisse Nationale des Allocations Familiales (CNAF);
5.
Caisse Nationale d'Assurance Maladie des Travailleurs Salariés (CNAMS), y
6.
Caisse Nationale d'Assurance-Vieillesse des Travailleurs Salariés (CNAVTS).
CROACIA
1.
Hrvatski sabor (Parlamento croata);
2.
Predsjednik Republike Hrvatske (Presidente de la República de Croacia);
3.
Ured predsjednika Republike Hrvatske (Oficina del Presidente de la República de Croacia);
4.
Ured predsjednika Republike Hrvatske po prestanku obnašanja dužnosti (Oficina del Presidente de la República de Croacia tras la Expiración de su Mandato);
5.
Vlada Republike Hrvatske (Gobierno de la República de Croacia);
6.
Uredi Vlade Republike Hrvatske (Oficinas del Gobierno de la República de Croacia);
7.
Ministarstvo gospodarstva (Ministerio de Economía);
8.
Ministarstvo regionalnoga razvoja i fondova Europske unije (Ministerio de Desarrollo Regional y Fondos de la UE);
9.
Ministarstvo financija (Ministerio de Hacienda);
10.
Ministarstvo obrane (Ministerio de Defensa);
11.
Ministarstvo vanjskih i europskih poslova (Ministerio de Asuntos Exteriores y Asuntos Europeos);
12.
Ministarstvo unutarnjih poslova (Ministerio del Interior);
13.
Ministarstvo pravosuđa (Ministerio de Justicia);
14.
Ministarstvo uprave (Ministerio de Administración Pública);
15.
Ministarstvo poduzetništva i obrta (Ministerio de Iniciativa Empresarial e Industrias Artesanales);
16.
Ministarstvo rada i mirovinskog sustava (Ministerio de Trabajo y Régimen de Pensiones);
17.
Ministarstvo pomorstva, prometa i infrastrukture (Ministerio de Asuntos Marítimos, Transportes e Infraestructuras);
18.
Ministarstvo poljoprivrede (Ministerio de Agricultura);
19.
Ministarstvo turizma (Ministerio de Turismo);
20.
Ministarstvo zaštite okoliša i prirode (Ministerio de Medio Ambiente y Protección de la Naturaleza);
21.
Ministarstvo graditeljstva i prostornoga uređenja (Ministerio de Construcción y Ordenación del Territorio);
22.
Ministarstvo branitelja (Ministerio de Asuntos de Veteranos);
23.
Ministarstvo socijalne politike i mladih (Ministerio de Política Social y Juventud);
24.
Ministarstvo zdravlja (Ministerio de Sanidad);
25.
Ministarstvo znanosti, obrazovanja i sporta (Ministerio de Ciencia, Educación y Deporte);
26.
Ministarstvo kulture (Ministerio de Cultura);
27.
Državne upravne organizacije (Organizaciones de la Administración del Estado);
28.
Uredi državne uprave u županijama (Oficinas Comarcales de la Administración del Estado);
29.
Ustavni sud Republike Hrvatske (Tribunal Constitucional de la República de Croacia);
30.
Vrhovni sud Republike Hrvatske (Tribunal Supremo de la República de Croacia);
31.
Sudovi (Tribunales);
32.
Državno sudbeno vijeće (Consejo General del Poder Judicial);
33.
Državna odvjetništva (Abogacía del Estado);
34.
Državnoodvjetničko vijeće (Fiscalía General del Estado);
35.
Pravobraniteljstva (Defensor del Pueblo);
36.
Državna komisija za kontrolu postupaka javne nabave (Comisión Estatal para la Supervisión de los Procedimientos de Contratación Pública);
37.
Hrvatska narodna banka (Banco Nacional de Croacia);
38.
Državne agencije i uredi (Agencias y oficinas estatales), y
39.
Državni ured za reviziju (Oficina de Auditoría Estatal).
ITALIA
A.
Órganos contratantes:
1.
Presidenza del Consiglio dei Ministri (Presidencia del Consejo de Ministros);
2.
Ministero degli Affari Esteri (Ministerio de Asuntos Exteriores);
3.
Ministero dell'Interno (Ministerio del Interior);
4.
Ministero della Giustizia e Uffici giudiziari, esclusi i giudici di Pace (Ministerio de Justicia y Oficinas Judiciales, excepto los giudici di pace [Jueces de Paz]);
5.
Ministero della Difesa (Ministerio de Defensa);
6.
Ministero dell'Economia e delle Finanze (Ministerio de Economía y Hacienda);
7.
Ministero dello Sviluppo Economico (Ministerio de Desarrollo Económico);
8.
Ministero del Commercio internazionale (Ministerio de Comercio Internacional);
9.
Ministero delle Comunicazioni (Ministerio de Comunicaciones);
10.
Ministero delle Politiche Agricole e Forestali (Ministerio de Política Agrícola y Forestal);
11.
Ministero dell'Ambiente e Tutela del Territorio e del Mare (Ministerio de Medio Ambiente y Protección del Territorio y del Mar);
12.
Ministero delle Infrastrutture (Ministerio de Infraestructuras);
13.
Ministero dei Trasporti (Ministerio de Transportes);
14.
Ministero del Lavoro e delle politiche sociali e della Previdenza sociale (Ministerio de Trabajo, Política Social y Seguridad Social);
15.
Ministero della Solidarietà sociale (Ministerio de Solidaridad Social);
16.
Ministero della Salute (Ministerio de Sanidad);
17.
Ministero dell' Istruzione dell' università e della ricerca (Ministerio de Educación, Universidades e Investigación), y
18.
Ministero per i Beni e le Attività culturali comprensivo delle sue articolazioni periferiche (Ministerio de Patrimonio y Cultura, incluidas sus entidades subordinadas).
B.
Otros organismos públicos nacionales:
1.
CONSIP (Concessionaria Servizi Informatici Pubblici)
.
CHIPRE
1.
Προεδρία και Προεδρικό Μέγαρο (Presidencia y Palacio Presidencial);
2.
Γραφείο Συντονιστή Εναρμόνισης (Oficina del Coordinador de Armonización);
3.
Υπουργικό Συμβούλιο (Consejo de Ministros);
4.
Βουλή των Αντιπροσώπων (Cámara de Representantes);
5.
Δικαστική Υπηρεσία (Servicio Judicial);
6.
Νομική Υπηρεσία της Δημοκρατίας (Oficina Judicial de la República);
7.
Ελεγκτική Υπηρεσία της Δημοκρατίας (Oficina de Auditoría de la República);
8.
Επιτροπή Δημόσιας Υπηρεσίας (Comisión de Servicios Públicos);
9.
Επιτροπή Εκπαιδευτικής Υπηρεσίας (Comisión del Servicio de Enseñanza);
10.
Γραφείο Επιτρόπου Διοικήσεως (Oficina del Comisario para la Administración [Defensor del Pueblo]);
11.
Επιτροπή Προστασίας Ανταγωνισμού (Comisión de Defensa de la Competencia);
12.
Υπηρεσία Εσωτερικού Ελέγχου (Servicio de Auditoría Interna);
13.
Γραφείο Προγραμματισμού (Oficina de Planificación);
14.
Γενικό Λογιστήριο της Δημοκρατίας (Tesoro de la República);
15.
Γραφείο Επιτρόπου Προστασίας Δεδομένων Προσωπικού Χαρακτήρα (Oficina del Comisario de Protección de Datos de Carácter Personal);
16.
Γραφείο Εφόρου Δημοσίων Ενισχύσεων (Oficina del Comisario de Ayudas Públicas);
17.
Αναθεωρητική Αρχή Προσφορών (Organismo de Evaluación de Licitaciones);
18.
Υπηρεσία Εποπτείας και Ανάπτυξης Συνεργατικών Εταιρειών (Autoridad de Desarrollo y Supervisión de Sociedades Cooperativas);
19.
Υπηρεσία Εποπτείας και Ανάπτυξης Συνεργατικών Εταιρειών (Organismo de Supervisión de los Refugiados);
20.
Υπουργείο Άμυνας (Ministerio de Defensa);
21.
Υπουργείο Γεωργίας, φυσικών πόρων και Περιβάλλοντος (Ministerio de Agricultura, Recursos Naturales y Medio Ambiente):
a)
Τμήμα Γεωργίας (Departamento de Agricultura);
b)
Κτηνιατρικές Υπηρεσίες (Servicios Veterinarios);
c)
Τμήμα Δασών (Departamento Forestal);
d)
Τμήμα Αναπτύξεως Υδάτων (Departamento de Desarrollo del Agua);
e)
Τμήμα Γεωλογικής Επισκόπησης (Departamento de Inspección Geológica);
f)
Μετεωρολογική Υπηρεσία (Servicio Meteorológico);
g)
Τμήμα Αναδασμού (Departamento de Concentración Parcelaria);
h)
Υπηρεσία Μεταλλείων (Servicio de Minas);
i)
Ινστιτούτο Γεωργικών Ερευνών (Instituto de Investigación Agraria), y
j)
Τμήμα Αλιείας και Θαλάσσιων Ερευνών (Departamento de Pesca e Investigación Marina);
22.
Υπουργείο Δικαιοσύνης και Δημοσίας Τάξεως (Ministerio de Justicia y Orden Público):
a)
Αστυνομία (Policía);
b)
Πυροσβεστική Υπηρεσία Κύπρου (Bomberos de Chipre), y
c)
Τμήμα Φυλακών (Departamento de Prisiones);
23.
Υπουργείο Εμπορίου, Βιομηχανίας και Τουρισμού (Ministerio de Comercio, Industria y Turismo):
a)
Τμήμα Εφόρου Εταιρειών και Επίσημου Παραλήπτη (Departamento del Registrador Mercantil y del Síndico);
24.
Υπουργείο Εργασίας και Κοινωνικών Ασφαλίσεων (Ministerio de Trabajo y Seguridad Social):
a)
Τμήμα Εργασίας (Departamento de Trabajo);
b)
Τμήμα Κοινωνικών Ασφαλίσεων (Departamento de Seguridad Social);
c)
Τμήμα Υπηρεσιών Κοινωνικής Ευημερίας (Departamento de Servicios de Asistencia Social);
d)
Κέντρο Παραγωγικότητας Κύπρου (Centro de Productividad de Chipre);
e)
Ανώτερο Ξενοδοχειακό Ινστιτούτο Κύπρου (Instituto Superior de Hoteles de Chipre);
f)
Ανώτερο Τεχνολογικό Ινστιτούτο (Instituto Técnico Superior);
g)
Τμήμα Επιθεώρησης Εργασίας (Departamento de Inspección del Trabajo), y
h)
Τμήμα Εργασιακών Σχέσεων (Departamento de Relaciones Laborales);
25.
Υπουργείο Εσωτερικών (Ministerio del Interior):
a)
Επαρχιακές Διοικήσεις (Administraciones Regionales);
b)
Τμήμα Πολεοδομίας και Οικήσεως (Departamento de Urbanismo y Vivienda);
c)
Τμήμα Αρχείου Πληθυσμού και Μεταναστεύσεως (Departamento de Registro Civil y Migración);
d)
Τμήμα Κτηματολογίου και Χωρομετρίας (Departamento del Catastro);
e)
Γραφείο Τύπου και Πληροφοριών (Oficina de Información y Prensa);
f)
Πολιτική Άμυνα (Defensa Civil);
g)
Υπηρεσία Μέριμνας και Αποκαταστάσεων Εκτοπισθέντων (Servicio para la Asistencia y la Rehabilitación de las Personas Desplazadas), y
h)
Υπηρεσία Ασύλου (Servicio de Asilo);
26.
Υπουργείο Εξωτερικών (Ministerio de Asuntos Exteriores);
27.
Υπουργείο Οικονομικών (Ministerio de Hacienda):
a)
Τελωνεία (Aduanas e Impuestos);
b)
Τμήμα Εσωτερικών Προσόδων (Departamento de Hacienda);
c)
Στατιστική Υπηρεσία (Servicio Estadístico);
d)
Τμήμα Κρατικών Αγορών και Προμηθειών (Departamento de Adquisiciones Públicas);
e)
Τμήμα Δημόσιας Διοίκησης και Προσωπικού (Departamento de Administración Pública y Personal);
f)
Κυβερνητικό Τυπογραφείο (Oficina Estatal de Publicaciones), y
g)
Τμήμα Υπηρεσιών Πληροφορικής (Departamento de Servicios de Tecnología de la Información);
28.
Υπουργείο Παιδείας και Πολιτισμού (Ministerio de Educación y Cultura);
29.
Υπουργείο Συγκοινωνιών και Έργων (Ministerio de Comunicaciones y Construcción):
a)
Τμήμα Δημοσίων Έργων (Departamento de Obras Públicas);
b)
Τμήμα Αρχαιοτήτων (Departamento de Antigüedades);
c)
Τμήμα Πολιτικής Αεροπορίας (Departamento de Aviación Civil);
d)
Τμήμα Εμπορικής Ναυτιλίας (Departamento de la Marina Mercante);
e)
Τμήμα Ταχυδρομικών Υπηρεσιών (Departamento de Servicios Postales);
f)
Τμήμα Οδικών Μεταφορών (Departamento de Transporte por Carretera);
g)
Τμήμα Ηλεκτρομηχανολογικών Υπηρεσιών (Departamento de Servicios Eléctricos y Mecánicos), y
h)
Τμήμα Ηλεκτρονικών Επικοινωνιών (Departamento de Telecomunicaciones Electrónicas);
30.
Υπουργείο Υγείας (Ministerio de Sanidad):
a)
Φαρμακευτικές Υπηρεσίες (Servicios Farmacéuticos);
b)
Γενικό Χημείο (Laboratorio General);
c)
Ιατρικές Υπηρεσίεςκαι Υπηρεσίες Δημόσιας Υγείας (Servicios Médicos y de Salud Pública);
d)
Οδοντιατρικές Υπηρεσίες (Servicios Dentales), y
e)
Υπηρεσίες Ψυχικής Υγείας (Servicios de Salud Mental).
LETONIA
A.
Ministerios, secretarías de ministerios para asuntos especiales y sus instituciones subordinadas:
1.
Aizsardzības ministrija un tās padotībā esošās iestādes (Ministerio de Defensa e instituciones subordinadas);
2.
Ārlietu ministrija un tas padotībā esošās iestādes (Ministerio de Asuntos Exteriores e instituciones subordinadas);
3.
Ekonomikas ministrija un tās padotībā esošās iestādes (Ministerio de Economía e instituciones subordinadas);
4.
Finanšu ministrija un tās padotībā esošās iestādes (Ministerio de Hacienda e instituciones subordinadas);
5.
Iekšlietu ministrija un tās padotībā esošās iestādes (Ministerio del Interior e instituciones subordinadas);
6.
Izglītības un zinātnes ministrija un tās padotībā esošās iestādes (Ministerio de Educación y Ciencia, e instituciones subordinadas);
7.
Kultūras ministrija un tas padotībā esošās iestādes (Ministerio de Cultura e instituciones subordinadas);
8.
Labklājības ministrija un tās padotībā esošās iestādes (Ministerio de Bienestar e instituciones subordinadas);
9.
Satiksmes ministrija un tās padotībā esošās iestādes (Ministerio de Transporte e instituciones subordinadas);
10.
Tieslietu ministrija un tās padotībā esošās iestādes (Ministerio de Justicia e instituciones subordinadas);
11.
Veselības ministrija un tās padotībā esošās iestādes (Ministerio de Sanidad e instituciones subordinadas);
12.
Vides aizsardzības un reģionālās attīstības ministrija un tās padotībā esošās iestādes (Ministerio de Medio ambiente y Desarrollo regional, e instituciones subordinadas);
13.
Zemkopības ministrija un tās padotībā esošās iestādes (Ministerio de Agricultura e instituciones subordinadas), y
14.
Īpašu uzdevumu ministra sekretariāti un to padotībā esošās iestādes (Ministerios para Asuntos Especiales e instituciones subordinadas);
B.
Otras instituciones estatales:
1.
Augstākā tiesa (Tribunal Supremo);
2.
Centrālā vēlēšanu komisija (Comisión Electoral Central);
3.
Finanšu un kapitāla tirgus komisija (Comisión del Mercado Financiero y de Capitales);
4.
Latvijas Banka (Banco de Letonia);
5.
Prokuratūra un tās pārraudzībā esošās iestādes (Fiscalía e instituciones bajo su supervisión);
6.
Saeimas un tās padotībā esošās iestādes (Parlamento e instituciones subordinadas);
7.
Satversmes tiesa (Tribunal Constitucional);
8.
Valsts kanceleja un tās pārraudzībā esošās iestādes (Cancillería e instituciones bajo su supervisión);
9.
Valsts kontrole (Oficina de Auditoría Estatal);
10.
Valsts prezidenta kanceleja (Gabinete del Presidente), y
11.
Citas valsts iestādes, kuras nav ministriju padotībā (Otras instituciones estatales no subordinadas a los Ministerios):
a)
Tiesībsarga birojs (Oficina del Defensor del Pueblo), y
b)
Nacionālā radio un televīzijas padome (Consejo Nacional de Radio y Televisión);
LITUANIA
1.
Prezidentūros kanceliarija (Oficina del Presidente);
2.
Seimo kanceliarija (Oficina del Parlamento) y Seimui atskaitingos institucijos (Instituciones responsables ante el Parlamento lituano):
a)
Lietuvos mokslo taryba (Consejo Científico);
b)
Seimo kontrolierių įstaiga (Defensor del Pueblo);
c)
Valstybės kontrolė (Oficina Nacional de Auditoría);
d)
Specialiųjų tyrimų tarnyba (Servicio de Investigación Especial);
e)
Valstybės saugumo departamentas (Departamento de Seguridad Estatal);
f)
Konkurencijos taryba (Consejo de la Competencia);
g)
Lietuvos gyventojų genocido ir rezistencijos tyrimo centras (Centro de Investigación sobre el Genocidio y la Resistencia);
h)
Vertybinių popierių komisija (Comisión del Mercado de Valores de Lituania);
i)
Ryšių reguliavimo tarnyba (Autoridad Reguladora de las Comunicaciones);
j)
Nacionalinė sveikatos taryba (Consejo Nacional de Salud);
k)
Etninės kultūros globos taryba (Consejo para la Protección de la Cultura Étnica);
l)
Lygių galimybių kontrolieriaus tarnyba (Oficina del Defensor del Pueblo para la Igualdad de Oportunidades);
m)
Valstybinė kultūros paveldo komisija (Comisión Nacional del Patrimonio Cultural);
n)
Vaiko teisių apsaugos kontrolieriaus įstaiga (Institución del Defensor de los Derechos de los Niños);
o)
Valstybinė kainų ir energetikos kontrolės komisija (Comisión de Regulación Estatal de los Precios de los Recursos Energéticos);
p)
Valstybinė lietuvių kalbos komisija (Comisión Nacional de la Lengua Lituana);
q)
Vyriausioji rinkimų komisija (Comité Electoral Central);
r)
Vyriausioji tarnybinės etikos komisija (Comisión Principal de Ética Oficial), y
s)
Žurnalistų etikos inspektoriaus tarnyba (Oficina del Inspector de Ética de los Periodistas);
3.
Vyriausybės kanceliarija (Oficina del Gobierno) y Vyriausybei atskaitingos institucijos (Instituciones dependientes del Gobierno):
a)
Ginklų fondas (Fondo de Armamento);
b)
Informacinės visuomenės plėtros komitetas (Comité de Desarrollo de la Sociedad de la Información);
c)
Kūno kultūros ir sporto departamentas (Departamento de Educación Física y Deporte);
d)
Lietuvos archyvų departamentas (Departamento Lituano de Archivos);
e)
Mokestinių ginčų komisija (Comisión de Contenciosos Fiscales);
f)
Statistikos departamentas (Departamento de Estadística);
g)
Tautinių mažumų ir išeivijos departamentas (Departamento de las Minorías Nacionales y los Lituanos que Viven en el Extranjero);
h)
Valstybinė tabako ir alkoholio kontrolės tarnyba (Servicio Nacional de Control del Tabaco y el Alcohol);
i)
Viešųjų pirkimų tarnyba (Oficina de Contratación Pública);
j)
Valstybinė atominės energetikos saugos inspekcija (Inspección Estatal de Seguridad Nuclear);
k)
Valstybinė duomenų apsaugos inspekcija (Inspección Nacional de Protección de Datos);
l)
Valstybinė lošimų priežiūros komisija (Comisión Estatal de Control de Juegos);
m)
Valstybinė maisto ir veterinarijos tarnyba (Servicio Estatal de Alimentación y Veterinaria);
n)
Vyriausioji administracinių ginčų komisija (Comisión de Contenciosos Administrativos);
o)
Draudimo priežiūros komisija (Comisión de Supervisión de Seguros);
p)
Lietuvos valstybinis mokslo ir studijų fondas (Fundación de Ciencia y Estudios de Lituania);
q)
Konstitucinis Teismas (Tribunal Constitucional), y
r)
Lietuvos bankas (Banco de Lituania);
4.
Aplinkos ministerija (Ministerio de Medio Ambiente) e Įstaigos prie Aplinkos ministerijos (instituciones dependientes del Ministerio de Medio Ambiente):
a)
Generalinė miškų urėdija (Dirección General de Bosques Estatales);
b)
Lietuvos geologijos tarnyba (Servicio Geológico de Lituania);
c)
Lietuvos hidrometeorologijos tarnyba (Servicio Hidrometereológico de Lituania);
d)
Lietuvos standartizacijos departamentas (Consejo Lituano de Normas);
e)
Nacionalinis akreditacijos biuras (Oficina Nacional de Acreditación Lituana);
f)
Valstybinė metrologijos tarnyba (Servicio de Metrología del Estado);
g)
Valstybinė saugomų teritorijų tarnyba (Servicio Estatal de Áreas Protegidas), y
h)
Valstybinė teritorijų planavimo ir statybos inspekcija (Inspección de Construcción y Planificación del Territorio del Estado);
5.
Finansų ministerija (Ministerio de Hacienda) e
Įstaigos prie Finansų ministerijos (instituciones dependientes del Ministerio de Hacienda):
a)
Muitinės departamentas (Aduanas de Lituania);
b)
Valstybės dokumentų technologinės apsaugos tarnyba (Servicio de Seguridad Tecnológica de los Documentos Estatales);
c)
Valstybinė mokesčių inspekcija (Inspección Tributaria Estatal), y
d)
Finansų ministerijos mokymo centras (Centro de Formación del Ministerio de Hacienda);
6.
Krašto apsaugos ministerija (Ministerio de Defensa Nacional) e Įstaigos prie Krašto apsaugos ministerijos (instituciones dependientes del Ministerio de Defensa Nacional):
a)
Antrasis operatyvinių tarnybų departamentas (Departamento de Segunda Investigación);
b)
Centralizuota finansų ir turto tarnyba (Servicio de la Propiedad y Financiación Centralizada);
c)
Karo prievolės administravimo tarnyba (Servicio de Gestión de la Matrícula Militar);
d)
Krašto apsaugos archyvas (Servicio de Archivos Nacionales de Defensa);
e)
Krizių valdymo centras (Centro de Gestión de Crisis);
f)
Mobilizacijos departamentas (Departamento de Movilización);
g)
Ryšių ir informacinių sistemų tarnyba (Servicio de Sistemas de Comunicación e Información);
h)
Infrastruktūros plėtros departamentas (Departamento de Desarrollo de Infraestructuras);
i)
Valstybinis pilietinio pasipriešinimo rengimo centras (Centro de la Resistencia Civil);
j)
Lietuvos kariuomenė (Fuerzas Armadas Lituanas), y
k)
Krašto apsaugos sistemos kariniai vienetai ir tarnybos (Unidades militares y servicios del Sistema Nacional de Defensa);
7.
Kultūros ministerija (Ministerio de Cultura) e Įstaigos prie Kultūros ministerijos (instituciones dependientes del Ministerio de Cultura):
a)
Kultūros paveldo departamentas (Departamento de Patrimonio Cultural Lituano), y
b)
Valstybinė kalbos inspekcija (Comisión Lingüística del Estado);
8.
Socialinės apsaugos ir darbo ministerija (Ministerio de Trabajo y Seguridad Social) e Įstaigos prie Socialinės apsaugos ir darbo ministerijos (instituciones dependientes del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social):
a)
Garantinio fondo administracija (Administración del Fondo de Garantía);
b)
Valstybės vaiko teisių apsaugos ir įvaikinimo tarnyba (Servicio Nacional de Protección de los Derechos de la Infancia y la Adopción);
c)
Lietuvos darbo birža (Instituto Lituano de Empleo);
d)
Lietuvos darbo rinkos mokymo tarnyba (Autoridad de Formación para el Mercado de Trabajo de Lituania);
e)
Trišalės tarybos sekretoriatas (Secretaría del Consejo Tripartito);
f)
Socialinių paslaugų priežiūros departamentas (Departamento de Control de los Servicios Sociales);
g)
Darbo inspekcija (Inspección de Trabajo);
h)
Valstybinio socialinio draudimo fondo valdyba (Consejo del Fondo Estatal de Seguridad Social);
i)
Neįgalumo ir darbingumo nustatymo tarnyba (Servicio de Establecimiento de la Capacidad de Trabajo y la Discapacidad);
j)
Ginčų komisija (Comisión de Conflictos);
k)
Techninės pagalbos neįgaliesiems centras (Centro Estatal de Técnicas de Compensación para las Personas con Discapacidad), y
l)
Neįgaliųjų reikalų departamentas (Departamento de Asuntos de las Personas con Discapacidad);
9.
Susisiekimo ministerija (Ministerio de Transportes y Comunicaciones) e Įstaigos prie Susisiekimo ministerijos (instituciones dependientes del Ministerio de Transportes y Comunicaciones):
a)
Lietuvos automobilių kelių direkcija (Administración Lituana de Carreteras);
b)
Valstybinė geležinkelio inspekcija (Inspección Estatal de Ferrocarriles);
c)
Valstybinė kelių transporto inspekcija (Inspección de Transporte por Carretera), y
d)
Pasienio kontrolės punktų direkcija (Dirección de los Puntos de Control en Frontera);
10.
Sveikatos apsaugos ministerija (Ministerio de Sanidad) e Įstaigos prie Sveikatos apsaugos ministerijos (instituciones dependientes del Ministerio de Sanidad):
a)
Valstybinė akreditavimo sveikatos priežiūros veiklai tarnyba (Agencia Estatal de Acreditación Sanitaria);
b)
Valstybinė ligonių kasa (Caja Estatal del Seguro de Enfermedad);
c)
Valstybinė medicininio audito inspekcija (Inspección Estatal de Auditoría Médica);
d)
Valstybinė vaistų kontrolės tarnyba (Agencia Estatal de Control de los Medicamentos);
e)
Valstybinė teismo psichiatrijos ir narkologijos tarnyba (Servicio Lituano de Narcología y Psiquiatría Forense);
f)
Valstybinė visuomenės sveikatos priežiūros tarnyba (Servicio Estatal de Sanidad Pública);
g)
Farmacijos departamentas (Departamento de Farmacia);
h)
Sveikatos apsaugos ministerijos Ekstremalių sveikatai situacijų centras (Centro de Emergencia de Salud del Ministerio de Sanidad);
i)
Lietuvos bioetikos komitetas (Comisión de Bioética de Lituania), y
j)
Radiacinės saugos centras (Centro de Protección contra la Radiación);
11.
Švietimo ir mokslo ministerija (Ministerio de Educación y Ciencia) and Įstaigos prie Švietimo ir mokslo ministerijos (instituciones dependientes del Ministerio de Educación y Ciencia):
a)
Nacionalinis egzaminų centras (Centro de Examen Nacional), y
b)
Studijų kokybės vertinimo centras (Centro de Evaluación de la Calidad en la Enseñanza Superior);
12.
Teisingumo ministerija (Ministerio de Justicia) e Įstaigos prie Teisingumo ministerijos (instituciones dependientes del Ministerio de Justicia):
a)
Kalėjimų departamentas (Departamento de Establecimientos Penitenciarios);
b)
Nacionalinė vartotojų teisių apsaugos taryba (Consejo Nacional de Protección de los Derechos de los Consumidores), y
c)
Europos teisės departamentas (Departamento de Derecho Europeo);
13.
Ūkio ministerija (Ministerio de Economía) e Įstaigos prie Ūkio ministerijos (instituciones dependientes del Ministerio de Economía):
a)
Įmonių bankroto valdymo departamentas (Departamento de Gestión de Empresas en Quiebra);
b)
Valstybinė energetikos inspekcija (Inspección Estatal de Energía);
c)
Valstybinė ne maisto produktų inspekcija (Inspección Estatal de Productos No Alimenticios), y
d)
Valstybinis turizmo departamentas (Departamento Estatal de Turismo de Lituania);
14.
Užsienio reikalų ministerija (Ministerio de Asuntos Exteriores):
a)
Diplomatinės atstovybės ir konsulinės įstaigos užsienyje bei atstovybės prie tarptautinių organizacijų (Misiones diplomáticas y consulares, así como representaciones ante organizaciones internacionales);
15.
Vidaus reikalų ministerija (Ministerio del Interior) e Įstaigos prie Vidaus reikalų ministerijos (instituciones dependientes del Ministerio del Interior):
a)
Asmens dokumentų išrašymo centras (Centro de Personalización de los Documentos de Identidad);
b)
Finansinių nusikaltimų tyrimo tarnyba (Servicio de Investigación de Delitos Financieros);
c)
Gyventojų registro tarnyba (Servicio de Registro de Residentes);
d)
Policijos departamentas (Departamento de Policía);
e)
Priešgaisrinės apsaugos ir gelbėjimo departamentas (Departamento de Prevención de Incendios y Salvamento);
f)
Turto valdymo ir ūkio departamentas (Departamento de Economía y Gestión de la Propiedad);
g)
Vadovybės apsaugos departamentas (Departamento de Protección de Vips);
h)
Valstybės sienos apsaugos tarnyba (Departamento de Guardia de Fronteras del Estado);
i)
Valstybės tarnybos departamentas (Departamento de la Función Pública);
j)
Informatikos ir ryšių departamentas (Departamento de Tecnología de la Información y Comunicaciones);
k)
Migracijos departamentas (Departamento de Migración);
l)
Sveikatos priežiūros tarnyba (Departamento de Asistencia Sanitaria), y
m)
Bendrasis pagalbos centras (Centro de Respuesta de Emergencia);
16.
Žemės ūkio ministerija (Ministerio de Agricultura) e Įstaigos prie Žemės ūkio ministerijos (instituciones dependientes del Ministerio de Agricultura):
a)
Nacionalinė mokėjimo agentūra (Agencia Nacional de Pagos);
b)
Nacionalinė žemės tarnyba (Servicio Nacional de Tierras);
c)
Valstybinė augalų apsaugos tarnyba (Servicio Estatal de Protección Fitosanitaria);
d)
Valstybinė gyvulių veislininkystės priežiūros tarnyba (Servicio Estatal de Supervisión de la Cría de Animales);
e)
Valstybinė sėklų ir grūdų tarnyba (Servicio Estatal de Semillas y Cereales), y
f)
Žuvininkystės departamentas (Departamento de Pesca);
17.
Teismai (Tribunales):
a)
Lietuvos Aukščiausiasis Teismas (Tribunal Supremo de Lituania);
b)
Lietuvos apeliacinis teismas (Tribunal de Apelación de Lituania);
c)
Lietuvos vyriausiasis administracinis teismas (Tribunal Supremo Administrativo de Lituania);
d)
Apygardų teismai (Tribunales de condado);
e)
Apygardų administraciniai teismai (Tribunales administrativos de condado);
f)
Apylinkių teismai (Tribunales de distrito);
g)
Nacionalinė teismų administracija (Administración Nacional de los Tribunales), y
h)
Generalinė prokuratūra (Oficina del Fiscal);
LUXEMBURGO
1.
Ministère des Affaires Étrangères et de l’Immigration: Direction de la Défense (Armée);
2.
Ministère de l’Agriculture, de la Viticulture et du Développement Rural: Administration des Services Techniques de l'Agriculture;
3.
Ministère de l’Éducation nationale et de la Formation professionnelle: Lycée d'Enseignement Secondaire et d'Enseignement Secondaire Technique;
4.
Ministère de l’Environnement: Administration de l'Environnement;
5.
Ministère de la Famille et de l’Intégration: Maisons de retraite;
6.
Ministère de la Fonction publique et de la Réforme administrative: Service Central des Imprimés et des Fournitures de l'État — Centre des Technologies de l'informatique de l'État;
7.
Ministère de l’Intérieur et de l’Aménagement du territoire: Police Grand-Ducale Luxembourg — Inspection générale de Police;
8.
Ministère de la Justice: Établissements Pénitentiaires;
9.
Ministère de la Santé: Centre hospitalier neuropsychiatrique, y
10.
Ministère des Travaux publics: Bâtiments Publics – Ponts et Chaussées.
HUNGRÍA
1.
Nemzeti Erőforrás Minisztérium (Ministerio de Recursos Nacionales);
2.
Vidékfejlesztési Minisztérium (Ministerio de Desarrollo Rural);
3.
Nemzeti Fejlesztési Minisztérium (Ministerio de Desarrollo Nacional);
4.
Honvédelmi Minisztérium (Ministerio de Defensa);
5.
Közigazgatási és Igazságügyi Minisztérium (Ministerio de Administración Pública y Justicia);
6.
Nemzetgazdasági Minisztérium (Ministerio de Economía Nacional);
7.
Külügyminisztérium (Ministerio de Asuntos Exteriores);
8.
Miniszterelnöki Hivatal (Ministerio de la Presidencia);
9.
Belügyminisztérium (Ministerio del Interior), y
10.
Központi Szolgáltatási Főigazgatóság (Dirección de Servicios Centrales).
MALTA
1.
Uffiċċju tal-Prim Ministru (Gabinete del Primer Ministro);
2.
Ministeru għall-Familja u Solidarjeta' Soċjali (Ministerio de Familia y Solidaridad Social);
3.
Ministeru ta' l-Edukazzjoni Zghazagh u Impjieg (Ministerio de Educación, Juventud y Empleo);
4.
Ministeru tal-Finanzi (Ministerio de Hacienda);
5.
Ministeru tar-Riżorsi u l-Infrastruttura (Ministerio de Recursos e Infraestructura);
6.
Ministeru tat-Turiżmu u Kultura (Ministerio de Turismo y Cultura);
7.
Ministeru tal-Ġustizzja u l-Intern (Ministerio de Justicia e Interior);
8.
Ministeru għall-Affarijiet Rurali u l-Ambjent (Ministerio de Asuntos Rurales y Medio Ambiente);
9.
Ministeru għal Għawdex (Ministerio para el Gozo);
10.
Ministeru tas-Saħħa, l-Anzjani u Kura fil-Kommunita' (Ministerio de Sanidad, Tercera Edad y Atención Comunitaria);
11.
Ministeru ta' l-Affarijiet Barranin (Ministerio de Asuntos Exteriores);
12.
Ministeru għall-Investimenti, Industrija u Teknologija ta' Informazzjoni (Ministerio de Inversiones, Industria y Tecnología de la Información);
13.
Ministeru għall-Kompetittivà u Komunikazzjoni (Ministerio de Competitividad y Comunicaciones);
14.
Ministeru għall-Iżvilupp Urban u Toroq (Ministerio de Desarrollo Urbano y Carreteras);
15.
L-Uffiċċju tal-President (Gabinete del Presidente), y
16.
Uffiċċju ta 'l-iskrivan tal-Kamra tad-Deputati (Oficina del Secretario de la Cámara de Representantes).
PAÍSES BAJOS
1.
Ministerie van Algemene Zaken (Ministerio de Asuntos Generales):
a)
Bestuursdepartement (Departamentos de Políticas Centrales y de Personal);
b)
Bureau van de Wetenschappelijke Raad voor het Regeringsbeleid (Consejo Consultivo sobre Política del Gobierno), y
c)
Rijksvoorlichtingsdienst (Servicio de Información del Gobierno de los Países Bajos);
2.
Ministerie van Binnenlandse Zaken en Koninkrijksrelaties (Ministerio del Interior):
a)
Bestuursdepartement (Departamentos de Políticas Centrales y de Personal);
b)
Centrale Archiefselectiedienst (CAS) (Servicio Central de Selección de Archivos);
c)
Algemene Inlichtingen- en Veiligheidsdienst (AIVD) (Servicio General de Información y Seguridad);
d)
Agentschap Basisadministratie Persoonsgegevens en Reisdocumenten (BPR) (Agencia de Registros Personales y Documentos de Viaje), y
e)
Agentschap Korps Landelijke Politiediensten (Agencia de Servicios de la Policía Nacional);
3.
Ministerie van Buitenlandse Zaken (Ministerio de Asuntos Exteriores):
a)
Directoraat-generaal Regiobeleid en Consulaire Zaken (DGRC) (Dirección General de Política Regional y Asuntos Consulares);
b)
Directoraat-generaal Politieke Zaken (DGPZ) (Dirección General de Asuntos Políticos);
c)
Directoraat-generaal Internationale Samenwerking (DGIS) (Dirección General de Cooperación Internacional);
d)
Directoraat-generaal Europese Samenwerking (DGES) (Dirección General de Cooperación Europea);
e)
Centrum tot Bevordering van de Import uit Ontwikkelingslanden (CBI) (Centro para el Fomento de las Importaciones procedentes de Países en Desarrollo);
f)
Centrale diensten ressorterend onder S/PlvS (Servicios de apoyo dependientes de la Secretaría General y de la Vicesecretaría General), y
g)
Buitenlandse Posten (ieder afzonderlijk) (las distintas misiones extranjeras);
4.
Ministerie van Defensie (Ministerio de Defensa):
a)
Bestuursdepartement (Departamentos de Políticas Centrales y de Personal);
b)
Commando Diensten Centra (CDC) (Comando de Apoyo);
c)
Defensie Telematica Organisatie (DTO) (Organización Telemática de Defensa);
d)
Centrale directie van de Defensie Vastgoed Dienst (Dirección Central del Servicio Inmobiliario de Defensa);
e)
De afzonderlijke regionale directies van de Defensie Vastgoed Dienst (Direcciones Regionales del Servicio inmobiliario de Defensa);
f)
Defensie Materieel Organisatie (DMO) (Organización de Material de Defensa);
g)
Landelijk Bevoorradingsbedrijf van de Defensie Materieel Organisatie (Agencia de Abastecimiento Nacional de la Organización de Material de Defensa);
h)
Logistiek Centrum van de Defensie Materieel Organisatie (Centro de Logística de la Organización de Material de Defensa);
i)
Marinebedrijf van de Defensie Materieel Organisatie (Centro de Mantenimiento de la Organización de Material de Defensa), y
j)
Defensie Pijpleiding Organisatie (DPO) (Organización de Canalización de Defensa);
5.
Ministerie van Economische Zaken (Ministerio de Asuntos Económicos):
a)
Bestuursdepartement (Departamentos de Políticas Centrales y de Personal);
b)
Centraal Planbureau (CPB) (Oficina para el Análisis de la Política Económica de los Países Bajos);
c)
Bureau voor de Industriële Eigendom (BIE) (Oficina de la Propiedad Industrial);
d)
SenterNovem (SenterNovem: Agencia para la Innovación Sostenible);
e)
Staatstoezicht op de Mijnen (SodM) (Supervisión Estatal de Minas);
f)
Nederlandse Mededingingsautoriteit (NMa) (Autoridad de Competencia de los Países Bajos);
g)
Economische Voorlichtingsdienst (EVD) (Agencia de Comercio Exterior de los Países Bajos);
h)
Agentschap Telecom (Agencia de Radiocomunicaciones);
i)
Kenniscentrum Professioneel & Innovatief Aanbesteden, Netwerk voor Overheidsopdrachtgevers (PIANOo) (Contratación Pública Profesional e Innovadora, Red de Poderes Adjudicadores), y
j)
Octrooicentrum Nederland (Oficina de Patentes de los Países Bajos);
6.
Ministerie van Financiën (Ministerio de Hacienda):
a)
Bestuursdepartement (Departamentos de Políticas Centrales y de Personal);
b)
Belastingdienst Automatiseringscentrum (Centro Informático Fiscal y Aduanero);
c)
Belastingdienst (Administración Tributaria y Aduanera);
d)
De afzonderlijke Directies der Rijksbelastingen (las distintas divisiones de la Administración Fiscal y de Aduanas en los Países Bajos);
e)
Fiscale Inlichtingen- en Opsporingsdienst (incl. Economische Controle dienst [ECD]) (Servicio de Información e Investigación Fiscal, incluido el Servicio de Investigación Económica);
f)
Belastingdienst Opleidingen (Centro de Formación en Impuestos y Aduanas), y
g)
Dienst der Domeinen (Servicio de la Propiedad Estatal);
7.
Ministerie van Justitie (Ministerio de Justicia):
a)
Bestuursdepartement (Departamentos de Políticas Centrales y de Personal);
b)
Dienst Justitiële Inrichtingen (Agencia de Centros Penitenciarios);
c)
Raad voor de Kinderbescherming (Agencia de Protección y Cuidado de Menores);
d)
Centraal Justitie Incasso Bureau (Agencia Central de Recaudación de Multas);
e)
Openbaar Ministerie (Fiscalía);
f)
Immigratie en Naturalisatiedienst (Servicio de Inmigración y Naturalización), y
g)
Nederlands Forensisch Instituut (Instituto Forense de los Países Bajos);
8.
Ministerie van Landbouw, Natuur en Voedselkwaliteit (Ministerio de Agricultura, Naturaleza y Calidad de los Alimentos):
a)
Bestuursdepartement (Departamentos de Políticas Centrales y de Personal);
b)
Dienst Regelingen (DR) (Servicio Nacional para la Aplicación de la Reglamentación [Agencia]);
c)
Agentschap Plantenziektenkundige Dienst (PD) (Servicio de Protección de las Plantas [Agencia]);
d)
Algemene Inspectiedienst (AID) (Servicio de Inspección General);
e)
Dienst Landelijk Gebied (DLG) (Servicio de la Administración para el Desarrollo Rural Sostenible), y
f)
Voedsel en Waren Autoriteit (VWA) (Autoridad de Seguridad de los Alimentos y los Productos de Consumo);
9.
Ministerie van Onderwijs, Cultuur en Wetenschappen (Ministerio de Educación, Cultura y Ciencia):
a)
Bestuursdepartement (Departamentos de Políticas Centrales y de Personal);
b)
Inspectie van het Onderwijs (Inspección de Educación);
c)
Erfgoedinspectie (Inspección del Patrimonio);
d)
Centrale Financiën Instellingen (Agencia Central de Financiación de las Instituciones);
e)
Nationaal Archief (Archivo Nacional);
f)
Adviesraad voor Wetenschaps- en Technologiebeleid (Consejo Consultivo para las Políticas en materia de Ciencia y Tecnología);
g)
Onderwijsraad (Consejo de Educación), y
h)
Raad voor Cultuur (Consejo de Cultura);
10.
Ministerie van Sociale Zaken en Werkgelegenheid (Ministerio de Asuntos Sociales y Empleo):
a)
Bestuursdepartement (Departamentos de Políticas Centrales y de Personal);
b)
Inspectie Werk en Inkomen (Inspección de Trabajo e Ingresos), y
c)
Agentschap SZW (Agencia SZW);
11.
Ministerie van Verkeer en Waterstaat (Ministerio de Transporte, Obras Públicas y Gestión del Agua):
a)
Bestuursdepartement (Departamentos de Políticas Centrales y de Personal);
b)
Directoraat-Generaal Transport en Luchtvaart (Dirección General de Transportes y Aviación Civil);
c)
Directoraat-generaal Personenvervoer (Dirección General de Transporte de Viajeros);
d)
Directoraat-generaal Water (Dirección General de Asuntos Hídricos);
e)
Centrale diensten (Servicios Centrales);
f)
Shared services Organisatie Verkeer en Watersaat (Organización de Servicios Compartidos para el Transporte y la Gestión del Agua);
g)
Koninklijke Nederlandse Meteorologisch Instituut KNMI (Real Instituto Meteorológico de los Países Bajos);
h)
Rijkswaterstaat, Bestuur (Consejo de Obras Públicas y Gestión del Agua);
i)
De afzonderlijke regionale Diensten van Rijkswaterstaat (Servicios regionales de la Dirección General de Obras Públicas y Gestión del Agua);
j)
De afzonderlijke specialistische diensten van Rijkswaterstaat (Servicios especializados de la Dirección General de Obras Públicas y Gestión del Agua);
k)
Adviesdienst Geo-Informatie en ICT (Consejo Consultivo de Información Geográfica y TIC);
l)
Adviesdienst Verkeer en Vervoer (AVV) (Consejo Consultivo para el Tráfico y el Transporte);
m)
Bouwdienst (Servicio para la Construcción);
n)
Rijksinstituut voor Kust en Zee (RIKZ) (Instituto Nacional para la Gestión Costera y Marina);
o)
Rijksinstituut voor Integraal Zoetwaterbeheer en Afvalwaterbehandeling (RIZA) (Instituto Nacional para la Gestión del Agua dulce y Tratamiento del Agua);
p)
Toezichthouder Beheer Eenheid Lucht (Unidad de Gestión «Aire»);
q)
Toezichthouder Beheer Eenheid Water (Unidad de Gestión «Agua»), y
r)
Toezichthouder Beheer Eenheid Land (Unidad de Gestión «Tierra»);
12.
Ministerie van Volkshuisvesting, Ruimtelijke Ordening en Milieubeheer (Ministerio de Vivienda, Ordenación Territorial y Medio Ambiente):
a)
Bestuursdepartement (Departamentos de Políticas Centrales y de Personal);
b)
Directoraat-generaal Wonen, Wijken en Integratie (Dirección General de Vivienda, Comunidades e Integración);
c)
Directoraat-generaal Ruimte (Dirección General de Ordenación Territorial);
d)
Directoraat-general Milieubeheer (Dirección General de Protección del Medio Ambiente);
e)
Rijksgebouwendienst (Agencia de Edificios de la Administración), y
f)
VROM Inspectie (Inspección);
13.
Ministerie van Volksgezondheid, Welzijn en Sport (Ministerio de Salud, Bienestar y Deportes):
a)
Bestuursdepartement (Departamentos de Políticas Centrales y de Personal);
b)
Inspectie Gezondheidsbescherming, Waren en Veterinaire Zaken (Inspección de Protección Sanitaria y Sanidad Veterinaria);
c)
Inspectie Gezondheidszorg (Inspección de Asistencia Sanitaria);
d)
Inspectie Jeugdhulpverlening en Jeugdbescherming (Inspección de Asistencia y Protección de la Juventud);
e)
Rijksinstituut voor de Volksgezondheid en Milieu (RIVM) (Instituto Nacional de Salud Pública y Medio Ambiente);
f)
Sociaal en Cultureel Planbureau (Oficina de Planificación Social y Cultural), y
g)
Agentschap t.b.v. het College ter Beoordeling van Geneesmiddelen (Agencia del Consejo de Evaluación de Medicamentos);
14.
Tweede Kamer der Staten-Generaal (Segunda Cámara de los Estados Generales);
15.
Eerste Kamer der Staten-Generaal (Primera Cámara de los Estados Generales);
16.
Raad van State (Consejo de Estado);
17.
Algemene Rekenkamer (Tribunal de Justicia de los Países Bajos);
18.
Nationale Ombudsman (Defensor del Pueblo);
19.
Kanselarij der Nederlandse Orden (Cancillería de la Orden de los Países Bajos);
20.
Kabinet der Koningin (Gabinete de la Reina), y
21.
Raad voor de Rechtspraak en de Rechtbanken (Consejo de Gestión y Asesoramiento Judicial y Tribunales de Justicia);
AUSTRIA
1.
Entidades contempladas en la actualidad:
a)
Bundeskanzleramt (Cancillería Federal);
b)
Bundesministerium für europäische und internationale Angelegenheiten (Ministerio Federal de Asuntos Europeos e Internacionales);
c)
Bundesministerium für Finanzen (Ministerio Federal de Hacienda);
d)
Bundesministerium für Gesundheit (Ministerio Federal de Sanidad);
e)
Bundesministerium für Inneres (Ministerio Federal del Interior);
f)
Bundesministerium für Justiz (Ministerio Federal de Justicia);
g)
Bundesministerium für Landesverteidigung und Sport (Ministerio Federal de Defensa y Deporte);
h)
Bundesministerium für Land- und Forstwirtschaft, Umwelt und Wasserwirtschaft (Ministerio Federal de Agricultura y Bosques, Medio Ambiente y Gestión del Agua);
i)
Bundesministerium für Arbeit, Soziales und Konsumentenschutz (Ministerio Federal de Trabajo, Asuntos Sociales y Protección de los Consumidores);
j)
Bundesministerium für Unterricht, Kunst und Kultur (Ministerio Federal de Educación, Arte y Cultura);
k)
Bundesministerium für Verkehr, Innovation und Technologie (Ministerio Federal de Transporte, Innovación y Tecnología);
l)
Bundesministerium für Wirtschaft, Familie und Jugend (Ministerio Federal de Economía, Familia y Juventud);
m)
Bundesministerium für Wissenschaft und Forschung (Ministerio Federal de Ciencia e Investigación);
n)
Bundesamt für Eich- und Vermessungswesen (Oficina Federal de Calibración y Medición);
o)
Österreichische Forschungs- und Prüfzentrum Arsenal Gesellschaft m.b.H (Centro Austríaco de Investigación y Ensayo Arsenal S. L.);
p)
Bundesanstalt für Verkehr (Instituto Federal de Tráfico);
q)
Bundesbeschaffung G.m.b.H (Contratación Federal S. L.), y
r)
Bundesrechenzentrum G.m.b.H (Centro Federal de Tratamiento de Datos S. L.), y
2.
Todas las demás autoridades públicas centrales, incluidas sus subdivisiones locales y regionales, siempre que no tengan carácter industrial o comercial.
POLONIA
1.
Kancelaria Prezydenta RP (Gabinete del Presidente);
2.
Kancelaria Sejmu RP (Cancillería del Parlamento);
3.
Kancelaria Senatu RP (Cancillería del Senado);
4.
Kancelaria Prezesa Rady Ministrów (Cancillería del Primer Ministro);
5.
Sąd Najwyższy (Tribunal Supremo);
6.
Naczelny Sąd Administracyjny (Tribunal Supremo Administrativo);
7.
Trybunat Konstytucyjny (Tribunal Constitucional);
8.
Najwyższa Izba Kontroli (Cámara Suprema de Control);
9.
Biuro Rzecznika Praw Obywatelskich (Oficina del Defensor de los Derechos Humanos);
10.
Biuro Rzecznika Praw Dziecka (Oficina del Defensor de los Derechos de los Niños);
11.
Ministerstwo Pracy i Polityki Społecznej (Ministerio de Trabajo y Política Social);
12.
Ministerstwo Finansów (Ministerio de Hacienda);
13.
Ministerstwo Gospodarki (Ministerio de Economía);
14.
Ministerstwo Rozwoju Regionalnego (Ministerio de Desarrollo Regional);
15.
Ministerstwo Kultury i Dziedzictwa Narodowego (Ministerio de Cultura y Patrimonio Nacional);
16.
Ministerstwo Edukacji Narodowej (Ministerio de Educación Nacional);
17.
Ministerstwo Obrony Narodowej (Ministerio de Defensa Nacional);
18.
Ministerstwo Rolnictwa i Rozwoju Wsi (Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural);
19.
Ministerstwo Skarbu Państwa (Ministerio del Tesoro Público);
20.
Ministerstwo Sprawiedliwości (Ministerio de Justicia);
21.
Ministerstwo Transportu, Budownictwa i Gospodarki Morskiej (Ministerio de Transportes, Obras Públicas y Economía Marítima);
22.
Ministerstwo Nauki i Szkolnictwa Wyższego (Ministerio de Ciencia y Educación Superior);
23.
Ministerstwo Środowiska (Ministerio de Medio Ambiente);
24.
Ministerstwo Spraw Wewnętrznych (Ministerio del Interior);
25.
Ministrestwo Administracji i Cyfryzacji (Ministerio de Administración y Digitalización);
26.
Ministerstwo Spraw Zagranicznych (Ministerio de Asuntos Exteriores);
27.
Ministerstwo Zdrowia (Ministerio de Sanidad);
28.
Ministerstwo Sportu i Turystyki (Ministerio de Deportes y Turismo);
29.
Urząd Patentowy Rzeczypospolitej Polskiej (Oficina de Patentes de la República de Polonia);
30.
Urząd Regulacji Energetyki (Autoridad Reguladora de la Energía de Polonia);
31.
Urząd do Spraw Kombatantów i Osób Represjonowanych (Oficina de Antiguos Combatientes y Víctimas de la Represión);
32.
Urząd Transportu Kolejowego (Oficina de Transporte Ferroviario);
33.
Urząd do Spraw Cudzoziemców (Oficina de Extranjería);
34.
Urząd Zamówień Publicznych (Oficina de Contratación Pública);
35.
Urząd Ochrony Konkurencji i Konsumentów (Oficina de Competencia y Protección de los Consumidores);
36.
Urząd Lotnictwa Cywilnego (Servicio de Aviación Civil);
37.
Urząd Komunikacji Elektronicznej (Oficina de Comunicaciones Electrónicas);
38.
Wyższy Urząd Górniczy (Autoridad Minera Estatal);
39.
Główny Urząd Miar (Oficina Principal de Medidas);
40.
Główny Urząd Geodezji i Kartografii (Oficina Principal de Geodesia y Cartografía);
41.
Główny Urząd Nadzoru Budowlanego (Oficina General de Control de la Construcción);
42.
Główny Urząd Statystyczny (Oficina Estadística Principal);
43.
Krajowa Rada Radiofonii i Telewizji (Consejo Nacional de Radio y Televisión);
44.
Generalny Inspektor Ochrony Danych Osobowych (Inspector General de la Protección de Datos Personales);
45.
Państwowa Komisja Wyborcza (Comisión Electoral Estatal);
46.
Państwowa Inspekcja Pracy (Inspección Nacional de Trabajo);
47.
Rządowe Centrum Legislacji (Centro de Legislación del Gobierno);
48.
Narodowy Fundusz Zdrowia (Fondo Nacional de Salud);
49.
Polska Akademia Nauk (Academia Polaca de Ciencias);
50.
Polskie Centrum Akredytacji (Centro Polaco de Acreditación);
51.
Polskie Centrum Badań i Certyfikacji (Centro de Ensayos y Certificación de Polonia);
52.
Polski Komitet Normalizacyjny (Comité de Normalización de Polonia);
53.
Zakład Ubezpieczeń Społecznych (Instituto de la Seguridad Social);
54.
Komisja Nadzoru Finansowego (Autoridad de Supervisión Financiera de Polonia);
55.
Naczelna Dyrekcja Archiwów Państwowych (Oficina Central de Archivos del Estado);
56.
Kasa Rolniczego Ubezpieczenia Społecznego (Fondo del Seguro Social Agrícola);
57.
Generalna Dyrekcja Dróg Krajowych i Autostrad (Dirección General de Carreteras y Autopistas Nacionales);
58.
Główny Inspektorat Ochrony Roślin i Nasiennictwa (Servicio Principal de Inspección para la Protección de Plantas y Semillas);
59.
Komenda Główna Państwowej Straży Pożarnej (Sede Nacional del Estado del Servicio de Incendios);
60.
Komenda Główna Policji (Policía Nacional Polaca);
61.
Komenda Główna Straży Granicznej (Mando Principal de la Guardia Fronteriza);
62.
Główny Inspektorat Jakości Handlowej Artykułów Rolno-Spożywczych (Servicio Principal de Inspección de la Calidad Comercial de los Productos Agroalimentarios);
63.
Główny Inspektorat Ochrony Środowiska (Servicio Principal de Inspección de la Protección del Medio Ambiente);
64.
Główny Inspektorat Transportu Drogowego (Servicio Principal de Inspección del Transporte por Carretera);
65.
Główny Inspektorat Farmaceutyczny (Servicio Principal de Inspección Farmacéutica);
66.
Główny Inspektorat Sanitarny (Inspección Sanitaria Principal);
67.
Główny Inspektorat Weterynarii (Servicio Principal de Inspección Veterinaria);
68.
Agencja Bezpieczeństwa Wewnętrznego (Agencia de Seguridad Interior);
69.
Agencja Wywiadu (Agencia de Inteligencia Exterior);
70.
Agencja Mienia Wojskowego (Agencia de Propiedad Militar);
71.
Agencja Restrukturyzacji i Modernizacji Rolnictwa (Agencia de Reestructuración y Modernización de la Agricultura);
72.
Agencja Rynku Rolnego (Agencia del Mercado Agrícola);
73.
Agencja Nieruchomości Rolnych (Agencia de la Propiedad Agrícola);
74.
Państwowa Agencja Atomistyki (Organismo Nacional de la Energía Atómica);
75.
Narodowy Bank Polski (Banco Nacional de Polonia);
76.
Narodowy Fundusz Ochrony Środowiska i Gospodarki Wodnej (Fondo Nacional para la Protección del Medio Ambiente y la Gestión de los Recursos Hídricos);
77.
Państwowy Fundusz Rehabilitacji Osób Niepełnosprawnych (Fondo Nacional de Rehabilitación de Personas con Discapacidad), y
78.
Instytut Pamięci Narodowej - Komisja Ścigania Zbrodni Przeciwko Narodowi Polskiemu (Instituto de la Memoria Nacional, Comisión de Persecución de Crímenes contra la Nación Polaca);
PORTUGAL
1.
Presidência do Conselho de Ministros (Presidencia del Consejo de Ministros);
2.
Ministério das Finanças (Ministerio de Hacienda);
3.
Ministério da Defesa Nacional (Ministerio de Defensa);
4.
Ministério dos Negócios Estrangeiros e das Comunidades Portuguesas (Ministerio de Asuntos Exteriores y de las Comunidades Portuguesas);
5.
Ministério da Administração Interna (Ministerio del Interior);
6.
Ministério da Justiça (Ministerio de Justicia);
7.
Ministério da Economia (Ministerio de Economía);
8.
Ministério da Agricultura, Desenvolvimento Rural e Pescas (Ministerio de Agricultura, Desarrollo Rural y Pesca);
9.
Ministério da Educação (Ministerio de Educación);
10.
Ministério da Ciência e do Ensino Superior (Ministerio de Ciencia y Educación Universitaria);
11.
Ministério da Cultura (Ministerio de Cultura);
12.
Ministério da Saúde (Ministerio de Salud);
13.
Ministério do Trabalho e da Solidariedade Social (Ministerio de Trabajo y Solidaridad Social);
14.
Ministério das Obras Públicas, Transportes e Habitação (Ministerio de Obras Públicas, Transportes y Vivienda);
15.
Ministério das Cidades, Ordenamento do Território e Ambiente (Ministerio de Ciudades, Ordenación Territorial y Medio Ambiente);
16.
Ministério para a Qualificação e o Emprego (Ministerio de Cualificación y Empleo);
17.
Presidença da Republica (Presidencia de la República);
18.
Tribunal Constitucional (Tribunal Constitucional);
19.
Tribunal de Contas (Tribunal de Cuentas), y
20.
Provedoria de Justiça (Defensor del Pueblo);
RUMANÍA
1.
Administraţia Prezidenţială (Administración Presidencial);
2.
Senatul României (Senado Rumano);
3.
Camera Deputaţilor (Cámara de los Diputados);
4.
Inalta Curte de Casaţie şi Justiţie (Tribunal Supremo);
5.
Curtea Constituţională (Tribunal Constitucional);
6.
Consiliul Legislativ (Consejo Legislativo);
7.
Curtea de Conturi (Tribunal de Cuentas);
8.
Consiliul Superior al Magistraturii (Consejo Superior de la Magistratura);
9.
Parchetul de pe lângă Înalta Curte de Casaţie şi Justiţie (Fiscalía del Tribunal Supremo);
10.
Secretariatul General al Guvernului (Secretaría General del Gobierno);
11.
Cancelaria primului ministru (Cancillería del Primer Ministro);
12.
Ministerul Afacerilor Externe (Ministerio de Asuntos Exteriores);
13.
Ministerul Economiei şi Finanţelor (Ministerio de Economía y Hacienda);
14.
Ministerul Justiţiei (Ministerio de Justicia);
15.
Ministerul Apărării (Ministerio de Defensa);
16.
Ministerul Internelor şi Reformei Administrative (Ministerio del Interior y de la Reforma Administrativa);
17.
Ministerul Muncii, Familiei şi Egalităţii de Sanse (Ministerio de Trabajo y de Igualdad de Oportunidades);
18.
Ministerul pentru Intreprinderi Mici şi Mijlocii, Comerţ, Turism şi Profesii Liberale (Ministerio de las Pequeñas y Medianas Empresas, Comercio, Turismo y Profesiones Liberales);
19.
Ministerul Agriculturii şi Dezvoltării Rurale (Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural);
20.
Ministerul Transporturilor (Ministerio de Transporte);
21.
Ministerul Dezvoltării, Lucrărilor Publice şi Locuinţei (Ministerio de Desarrollo, Obras Públicas y Vivienda);
22.
Ministerul Educaţiei Cercetării şi Tineretului (Ministerio de Educación, Investigación y Juventud);
23.
Ministerul Sănătăţii Publice (Ministerio de Salud Pública);
24.
Ministerul Culturii şi Cultelor (Ministerio de Cultura y Asuntos Religiosos);
25.
Ministerul Comunicaţiilor şi Tehnologiei Informaţiei (Ministerio de Comunicaciones y Tecnologías de la Información);
26.
Ministerul Mediului şi Dezvoltării Durabile (Ministerio de Medio Ambiente y Desarrollo Sostenible);
27.
Serviciul Român de Informaţii (Servicio de Inteligencia Rumano);
28.
Serviciul Român de Informaţii Externe (Servicio Rumano de Información Exterior);
29.
Serviciul de Protecţie şi Pază (Servicio de Protección y Vigilancia);
30.
Serviciul de Telecomunicaţii Speciale (Servicio de Telecomunicaciones Especiales);
31.
Consiliul Naţional al Audiovizualului (Consejo Nacional Audiovisual);
32.
Direcţia Naţională Anticorupţie (Dirección Nacional de Lucha contra la Corrupción);
33.
Inspectoratul General de Poliţie (Inspección General de Policía);
34.
Autoritatea Naţională pentru Reglementarea şi Monitorizarea Achiziţiilor Publice (Autoridad Nacional de Reglamentación y Supervisión de la Contratación Pública);
35.
Autoritatea Naţională de Reglementare pentru Serviciile Comunitare de Utilităţi Publice (ANRSC) (Autoridad Nacional de Regulación de los Servicios Públicos Comunitarios);
36.
Autoritatea Naţională Sanitară Veterinară şi pentru Siguranţa Alimentelor (Autoridad Nacional de Sanidad Veterinaria y Seguridad Alimentaria);
37.
Autoritatea Naţională pentru Protecţia Consumatorilor (Autoridad Nacional de Protección de los Consumidores);
38.
Autoritatea Navală Română (Autoridad Naval Rumana);
39.
Autoritatea Feroviară Română (Autoridad Ferroviaria Rumana);
40.
Autoritatea Rutieră Română (Autoridad de Carreteras Rumana);
41.
Autoritatea Naţională pentru Protecţia Drepturilor Copilului-şi Adopţie (Autoridad Nacional de Protección de los Derechos de los Niños y Adopción);
42.
Autoritatea Naţională pentru Persoanele cu Handicap (Autoridad Nacional para las Personas con Discapacidad);
43.
Autoritatea Naţională pentru Tineret (Autoridad Nacional de la Juventud);
44.
Autoritatea Naţională pentru Cercetare Stiinţifica (Autoridad Nacional de Investigación Científica);
45.
Autoritatea Naţională pentru Comunicaţii (Autoridad Nacional de Comunicaciones);
46.
Autoritatea Naţională pentru Serviciile Societăţii Informaţionale (Autoridad Nacional de Servicios de la Sociedad de la Información);
47.
Autoritatea Electorală Permanente (Autoridad Electoral Permanente);
48.
Agenţia pentru Strategii Guvernamentale (Agencia para las Estrategias Gubernamentales);
49.
Agenţia Naţională a Medicamentului (Agencia Nacional de Medicamentos);
50.
Agenţia Naţională pentru Sport (Agencia Nacional de Deportes);
51.
Agenţia Naţională pentru Ocuparea Forţei de Muncă (Agencia Nacional de Empleo);
52.
Agenţia Naţională de Reglementare în Domeniul Energiei (Autoridad Nacional de Regulación de la Energía Eléctrica);
53.
Agenţia Română pentru Conservarea Energiei (Agencia Rumana para la Conservación de la Energía);
54.
Agenţia Naţională pentru Resurse Minerale (Agencia Nacional de Recursos Minerales);
55.
Agenţia Română pentru Investiţii Străine (Agencia Rumana de Inversión Extranjera);
56.
Agenţia Naţională a Funcţionarilor Publici (Agencia Nacional de Funcionarios Públicos), y
57.
Agenţia Naţională de Administrare Fiscală (Agencia Nacional de Administración Fiscal);
ESLOVENIA
1.
Predsednik Republike Slovenije (Presidente de la República de Eslovenia);
2.
Državni zbor (Asamblea Nacional);
3.
Državni svet (Consejo Nacional);
4.
Varuh človekovih pravic (Defensor del Pueblo);
5.
Ustavno sodišče (Tribunal Constitucional);
6.
Računsko sodišče (Tribunal de Cuentas);
7.
Državna revizijska komisja (Comisión Nacional de Revisión);
8.
Slovenska akademija znanosti in umetnosti (Academia Eslovena de las Ciencias y las Artes);
9.
Vladne službe (Servicios Gubernamentales);
10.
Ministrstvo za finance (Ministerio de Hacienda);
11.
Ministrstvo za notranje zadeve (Ministerio del Interior);
12.
Ministrstvo za zunanje zadeve (Ministerio de Asuntos Exteriores);
13.
Ministrstvo za obrambo (Ministerio de Defensa);
14.
Ministrstvo za pravosodje (Ministerio de Justicia);
15.
Ministrstvo za gospodarstvo (Ministerio de Economía);
16.
Ministrstvo za kmetijstvo, gozdarstvo in prehrano (Ministerio de Agricultura, Silvicultura y Alimentación);
17.
Ministrstvo za promet (Ministerio de Transporte);
18.
Ministrstvo za okolje, prostor in energijo (Ministerio de Medio Ambiente, Ordenación Territorial y Energía);
19.
Ministrstvo za delo, družino in socialne zadeve (Ministerio de Trabajo, Familia y Asuntos Sociales);
20.
Ministrstvo za zdravje (Ministerio de Sanidad);
21.
Ministrstvo za visoko šolstvo, znanost in tehnogijo (Ministerio de Enseñanza Superior, Ciencia y Tecnología);
22.
Ministrstvo za kulturo (Ministerio de Cultura);
23.
Ministerstvo za javno upravo (Ministerio de Administración Pública);
24.
Vrhovno sodišče Republike Slovenije (Tribunal Supremo de la República de Eslovenia);
25.
Višja sodišča (Tribunales superiores);
26.
Okrožna sodišča (Tribunales de distrito);
27.
Okrajna sodišča (Tribunales de condado);
28.
Vrhovno tožilstvo Republike Slovenije (Fiscal General de la República de Eslovenia);
29.
Okrožna državna tožilstva (fiscales de distrito);
30.
Družbeni pravobranilec Republike Slovenije (Abogado Social de la República de Eslovenia);
31.
Državno pravobranilstvo Republike Slovenije (Abogado Nacional de la República de Eslovenia);
32.
Upravno sodišče Republike Slovenije (Tribunal de lo Contencioso-Administrativo de la República de Eslovenia);
33.
Senat za prekrške Republike Slovenije (Senado de Infracciones Menores de la República de Eslovenia);
34.
Višje delovno in socialno sodišče v Ljubljani (Tribunal Superior Laboral y de lo Social);
35.
Delovna in sodišča (Tribunales laborales), y
36.
Upravne note (unidades administrativas locales);
ESLOVAQUIA
Ministerios y otras autoridades de la administración pública central definidos en la Ley n.º 575/2001 Rec. sobre la estructura de las actividades del Gobierno y de las autoridades de la Administración central del Estado:
1.
Ministerstvo hospodárstva Slovenskej republiky (Ministerio de Economía de la República Eslovaca);
2.
Ministerstvo financií Slovenskej republiky (Ministerio de Finanzas de la República Eslovaca);
3.
Ministerstvo dopravy, výstavby a regionálneho rozvoja Slovenskej republiky (Ministerio de Transportes, Construcción y Desarrollo Regional de la República Eslovaca);
4.
Ministerstvo pôdohospodárstva a rozvoja vidieka Slovenskej republiky (Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural de la República Eslovaca);
5.
Ministerstvo vnútra Slovenskej republiky (Ministerio del Interior de la República Eslovaca);
6.
Ministerstvo obrany Slovenskej republiky (Ministerio de Defensa de la República Eslovaca);
7.
Ministerstvo spravodlivosti Slovenskej republiky (Ministerio de Justicia de la República Eslovaca);
8.
Ministerstvo zahraničných vecí Slovenskej republiky (Ministerio de Asuntos Exteriores de la República Eslovaca);
9.
Ministerstvo práce, sociálnych vecí a rodiny Slovenskej republiky (Ministerio de Trabajo, Asuntos Sociales y Familia de la República Eslovaca);
10.
Ministerstvo životného prostredia Slovenskej republiky (Ministerio de Medio Ambiente de la República Eslovaca);
11.
Ministerstvo školstva, vedy, výskumu a športu Slovenskej republiky (Ministerio de Educación, Ciencia, Investigación y Deporte de la República Eslovaca);
12.
Ministerstvo kultúry Slovenskej republiky (Ministerio de Cultura de la República Eslovaca);
13.
Ministerstvo zdravotníctva Slovenskej republiky (Ministerio de Sanidad de la República Eslovaca);
14.
Úrad vlády Slovenskej republiky (Oficina del Gobierno de la República Eslovaca);
15.
Protimonopolný úrad Slovenskej republiky (Oficina Antimonopolio de la República Eslovaca);
16.
Štatistický úrad Slovenskej republiky (Oficina de Estadística de la República Eslovaca);
17.
Úrad geodézie, kartografie a katastra Slovenskej republiky (Oficina de Topografía, Cartografía y Catastro de la República Eslovaca);
18.
Úrad pre normalizáciu, metrológiu a skúšobníctvo Slovenskej republiky (Oficina Eslovaca de Normalización, Metrología y Ensayos);
19.
Úrad pre verejné obstarávanie (Oficina de Contratación Pública);
20.
Úrad priemyselného vlastníctva Slovenskej republiky (Oficina de la Propiedad Industrial de la República Eslovaca);
21.
Národný bezpečnostný úrad (Autoridad Nacional de Seguridad);
22.
Kancelária Prezidenta Slovenskej republiky (Oficina del Presidente de la República Eslovaca);
23.
Národná rada Slovenskej republiky (Consejo Nacional de la República Eslovaca);
24.
Ústavný súd Slovenskej republiky (Tribunal Constitucional de la República Eslovaca);
25.
Najvyšší súd Slovenskej republiky (Tribunal Supremo de la República Eslovaca);
26.
Generálna prokuratúra Slovenskej republiky (Ministerio Fiscal de la República Eslovaca);
27.
Najvyšší kontrolný úrad Slovenskej republiky (Oficina Superior de Auditoría de la República Eslovaca);
28.
Telekomunikačný úrad Slovenskej republiky (Oficina de Telecomunicaciones de la República Eslovaca);
29.
Poštový úrad (Oficina de Regulación Postal);
30.
Úrad na ochranu osobných údajov (Oficina para la Protección de Datos Personales);
31.
Kancelária verejného ochrancu práv (Oficina del Defensor del Pueblo), y
32.
Úrad pre finančný trh (Oficina del Mercado Financiero);
FINLANDIA
1.
Oikeuskanslerinvirasto – Justitiekanslersämbetet (Oficina del Procurador General de Justicia);
2.
Liikenne- ja Viestintäministeriö – Kommunikationsministeriet (Ministerio de Transporte y Comunicaciones):
a)
Viestintävirasto – Kommunikationsverket (Autoridad Finlandesa de Regulación de las Comunicaciones);
3.
Maa- ja Metsätalousministeriö – Jord- Och Skogsbruksministeriet (Ministerio de Agricultura y Silvicultura):
a)
Elintarviketurvallisuusvirasto – Livsmedelssäkerhetsverket (Autoridad Finlandesa de Seguridad Alimentaria), y
b)
Maanmittauslaitos – Lantmäteriverket (Instituto Nacional de Agrimensura de Finlandia);
4.
Oikeusministeriö – Justitieministeriet (Ministerio de Justicia):
a)
Tietosuojavaltuutetun toimisto – Dataombudsmannens byrå (Oficina del Defensor de la Protección de Datos);
b)
Tuomioistuimet – Domstolar (Tribunales de justicia);
c)
Korkein oikeus – Högsta domstolen (Tribunal Supremo);
d)
Korkein hallinto-oikeus – Högsta förvaltningsdomstolen (Tribunal Supremo Administrativo);
e)
Hovioikeudet – hovrätter (Tribunales de apelación);
f)
Käräjäoikeudet – tingsrätter (Tribunales de distrito);
g)
Hallinto-oikeudet – förvaltningsdomstolar (Tribunales administrativos);
h)
Markkinaoikeus – Marknadsdomstolen (Tribunal Mercantil);
i)
Työtuomioistuin – Arbetsdomstolen (Tribunal Laboral);
j)
Vakuutusoikeus – Försäkringsdomstolen (Tribunal de Seguros);
k)
Kuluttajariitalautakunta – Konsumenttvistenämnden (Oficina de Reclamaciones de los Consumidores), y
l)
Vankeinhoitolaitos – Fångvårdsväsendet (Servicio Penitenciario);
5.
Opetusministeriö – Undervisningsministeriet (Ministerio de Educación):
a)
Opetushallitus – Utbildningsstyrelsen (Consejo Nacional de Educación), y
b)
Valtion elokuvatarkastamo – Statens filmgranskningsbyrå (Consejo de la Clasificación Cinematográfica de Finlandia);
6.
Puolustusministeriö – Försvarsministeriet (Ministerio de Defensa):
a)
Puolustusvoimat – Försvarsmakten (Fuerzas Armadas Finlandesas);
7.
Sisäasiainministeriö – Inrikesministeriet (Ministerio del Interior):
a)
Keskusrikospoliisi – Centralkriminalpolisen (Policía Criminal Central);
b)
Liikkuva poliisi – Rörliga polisen (Policía Nacional de Tráfico);
c)
Rajavartiolaitos – Gränsbevakningsväsendet (Guardia de Fronteras), y
d)
Valtion turvapaikanhakijoiden vastaanottokeskukset – Statliga förläggningar för asylsökande (centros de acogida para solicitantes de asilo);
8.
Sosiaali- Ja Terveysministeriö – Social- Och Hälsovårdsministeriet (Ministerio de Asuntos Sociales y Sanidad):
a)
Työttömyysturvalautakunta – Besvärsnämnden för utkomstskyddsärenden (Consejo de Apelación de Desempleo);
b)
Sosiaaliturvan muutoksenhakulautakunta – Besvärsnämnden för socialtrygghet (Tribunal de Apelación);
c)
Lääkelaitos – Läkemedelsverket (Agencia Nacional de Medicamentos);
d)
Terveydenhuollon oikeusturvakeskus – Rättsskyddscentralen för hälsovården (Autoridad Nacional de Asuntos Medicolegales), y
e)
Säteilyturvakeskus – Strålsäkerhetscentralen (Centro Finlandés de Protección Radiológica y Seguridad Nuclear);
9.
Työ- Ja Elinkeinoministeriö – Arbets- Och Näringsministeriet (Ministerio de Empleo y Economía):
a)
Kuluttajavirasto – Konsumentverket (Agencia Finlandesa de Protección de los Consumidores);
b)
Kilpailuvirasto – Konkurrensverket (Autoridad Finlandesa de Competencia);
c)
Patentti- ja rekisterihallitus – Patent- och registerstyrelsen (Consejo Nacional de Patentes y Registro);
d)
Valtakunnansovittelijain toimisto – Riksförlikningsmännens byrå (Oficina Nacional de Mediación), y
e)
Työneuvosto – Arbetsrådet (Consejo de Trabajo);
10.
Ulkoasiainministeriö – utrikesministeriet (Ministerio de Asuntos Exteriores);
11.
Valtioneuvoston kanslia – statsrådets kansli (Oficina del Primer Ministro);
12.
Valtiovarainministeriö – finansministeriet (Ministerio de Hacienda):
a)
Valtiokonttori – Statskontoret (Tesoro Público);
b)
Verohallinto – Skatteförvaltningen (Administración Fiscal);
c)
Tullilaitos – Tullverket (Aduanas), y
d)
Väestörekisterikeskus – Befolkningsregistercentralen (Centro de Registro de la Población);
13.
Ympäristöministeriö – Miljöministeriet (Ministerio de Medio Ambiente):
a)
Suomen ympäristökeskus — Finlands miljöcentral (Instituto Finlandés de Medioambiente), y
14.
Valtiontalouden Tarkastusvirasto – Statens Revisionsverk (Oficina Nacional de Auditoría);
SUECIA
1.
Akademien för de fria konsterna (Real Academia de Bellas Artes);
2.
Allmänna reklamationsnämnden (Consejo Nacional de Reclamaciones de los Consumidores);
3.
Arbetsdomstolen (Tribunal Laboral);
4.
Arbetsförmedlingen (Servicios de Empleo de Suecia);
5.
Arbetsgivarverk, statens (Agencia Nacional de Empleadores Estatales);
6.
Arbetslivsinstitutet (Instituto Nacional para la Vida Laboral);
7.
Arbetsmiljöverket (Autoridad Sueca del Entorno Laboral);
8.
Arkitekturmuseet (Museo de Arquitectura);
9.
Ljud och bildarkiv, statens (Archivo Nacional de Sonido e Imágenes en Movimiento Grabados);
10.
Barnombudsmannen (Oficina del Defensor del Pueblo para la Infancia);
11.
Beredning för utvärdering av medicinsk metodik, statens (Consejo Sueco de Evaluación Tecnológica en la Asistencia Sanitaria);
12.
Kungliga Biblioteket (Biblioteca Real);
13.
Biografbyrå, statens (Consejo Nacional de Censura Cinematográfica);
14.
Biografiskt lexikon, svenskt (Diccionario de Biografía Sueca);
15.
Bokföringsnämnden (Consejo Sueco de Normas de Contabilidad);
16.
Bolagsverket (Registro Mercantil);
17.
Bostadskreditnämnd, statens (BKN) (Consejo Nacional de Garantías Crediticias para la Vivienda);
18.
Boverket (Consejo Nacional para la Vivienda);
19.
Brottsförebyggande rådet (Consejo Nacional para la Prevención de la Delincuencia);
20.
Brottsoffermyndigheten (Autoridad de Apoyo e Indemnización a las Víctimas de Delitos);
21.
Centrala studiestödsnämnden (Consejo Nacional de Ayuda a los Estudiantes);
22.
Datainspektionen (Consejo de Inspección de Datos);
23.
Departementen (Ministerios [Departamentos gubernamentales]);
24.
Domstolsverket (Administración de Tribunales Nacionales);
25.
Elsäkerhetsverket (Consejo Nacional de Seguridad Eléctrica);
26.
Exportkreditnämnden (Consejo de Garantía de Créditos a la Exportación);
27.
Finansinspektionen (Autoridad de Supervisión Financiera);
28.
Fiskeriverket (Consejo Nacional de Pesca);
29.
Folkhälsoinstitut, statens (Instituto Nacional de Salud Pública);
30.
Forskningsrådet för miljö, areella näringar och samhällsbyggande, Formas (Consejo Sueco de Investigación para el Medio Ambiente);
31.
Fortifikationsverket (Administración Nacional de Fortificaciones);
32.
Medlingsinstitutet (Oficina Nacional de Mediación);
33.
Försvarets materielverk (Administración de Materiales de Defensa);
34.
Försvarets radioanstalt (Instituto Nacional de Radiodefensa);
35.
Försvarshistoriska museer, statens (Museos Suecos de Historia Militar);
36.
Försvarshögskolan (Colegio Nacional de Defensa);
37.
Försvarsmakten (Fuerzas Armadas Suecas);
38.
Försäkringskassan (Oficina de la Seguridad Social);
39.
Geologiska undersökning, Sveriges (Encuesta Geológica de Suecia);
40.
Geotekniska institut, statens (Instituto Geotécnico);
41.
Glesbygdsverket (Agencia Nacional de Desarrollo Rural);
42.
Grafiska institutet och institutet för högre kommunikations- och reklamutbildning (Instituto Gráfico y Escuela Superior de Comunicaciones);
43.
Granskningsnämnden för Radio och TV (Comisión de Radiodifusión Sueca);
44.
Handelsflottans kultur- och fritidsråd (Servicio de Marinos del Gobierno de Suecia);
45.
Handikappombudsmannen (Defensor del Pueblo para las Personas con Discapacidad);
46.
Haverikommission, statens (Consejo de Investigación de Accidentes);
47.
Hovrätterna (Tribunales de Apelación) (6);
48.
Hyres- och arendenämnder (Tribunales regionales de alquiler y licitaciones) (12);
49.
Hälso- och sjukvårdens ansvarsnämnd (Comisión de Responsabilidad Médica);
50.
Högskoleverket (Agencia Nacional de Educación Superior);
51.
Högsta domstolen (Tribunal Supremo);
52.
Institut för psykosocial miljömedicin, statens (Instituto Nacional de Factores Psicosociales y Salud);
53.
Institut för tillväxtpolitiska studier (Instituto Nacional de Estudios Regionales);
54.
Institutet för rymdfysik (Instituto Sueco de Física Espacial);
55.
Migrationsverket (Agencia Sueca de Inmigración);
56.
Jordbruksverk, statens (Consejo Sueco de Agricultura);
57.
Justitiekanslern (Oficina del Procurador General de Justicia);
58.
Jämställdhetsombudsmannen (Oficina del Defensor del Pueblo para la Igualdad de Oportunidades);
59.
Kammarkollegiet (Consejo Judicial Nacional de Terrenos y Fondos Públicos);
60.
Kammarrätterna (Tribunales de Apelación de lo Contencioso-Administrativo) (4);
61.
Kemikalieinspektionen (Inspección Nacional de Sustancias Químicas);
62.
Kommerskollegium (Oficina de Comercio);
63.
Verket för innovationssystem (VINNOVA) (Agencia Sueca de Sistemas de Innovación);
64.
Konjunkturinstitutet (Instituto Nacional de Investigación Económica);
65.
Konkurrensverket (Autoridad Sueca de Competencia);
66.
Konstfack (Colegio de Artes, Artesanía y Diseño);
67.
Konsthögskolan (Colegio de Bellas Artes);
68.
Nationalmuseum (Museo Nacional de Bellas Artes);
69.
Konstnärsnämnden (Comité de Becas Artísticas);
70.
Konstråd, statens (Consejo Nacional de Arte);
71.
Konsumentverket (Consejo Nacional de Políticas de los Consumidores);
72.
Kriminaltekniska laboratorium, statens (Laboratorio Nacional de Ciencias Forenses);
73.
Kriminalvården (Servicio Penitenciario y de Libertad Condicional);
74.
Kriminalvårdsnämnden (Consejo Nacional para la Concesión de la Libertad Condicional);
75.
Kronofogdemyndigheten (Servicio de cobro ejecutivo de Suecia);
76.
Kulturråd, statens (Consejo Nacional de Asuntos Culturales);
77.
Kustbevakningen (Guardia Costera de Suecia);
78.
Lantmäteriverket (Dirección Nacional del Catastro);
79.
Livrustkammaren/Skoklosters slott/ Hallwylska museet (Armería Real);
80.
Livsmedelsverk, statens (Administración Nacional de Alimentación);
81.
Lotteriinspektionen (Consejo Nacional de Juegos);
82.
Läkemedelsverket (Dirección Nacional de Medicamentos y Farmacia);
83.
Länsrätterna (Tribunales Administrativos de Condado) (24);
84.
Länsstyrelserna (Consejos Administrativos de Condado) (24);
85.
Pensionsverk, statens (Consejo Nacional de Funcionarios y Pensiones del Estado);
86.
Marknadsdomstolen (Tribunal Mercantil);
87.
Meteorologiska och hydrologiska institut, Sveriges (Instituto Meteorológico e Hidrológico de Suecia);
88.
Moderna museet (Museo Moderna);
89.
Musiksamlingar, statens (Colecciones Nacionales Suecas de Música);
90.
Naturhistoriska riksmuseet (Museo de Historia Natural);
91.
Naturvårdsverket (Agencia Nacional de Protección del Medio Ambiente);
92.
Nordiska Afrikainstitutet (Instituto Escandinavo de Estudios Africanos);
93.
Nordiska högskolan för folkhälsovetenskap (Escuela Nórdica de Salud Pública);
94.
Notarienämnden (Comisión de Notarios);
95.
Myndigheten för internationella adoptionsfrågor (Consejo Nacional Sueco para las Adopciones Dentro del País);
96.
Verket för näringslivsutveckling (NUTEK) (Agencia Sueca para el Crecimiento Económico y Regional);
97.
Ombudsmannen mot etnisk diskriminering (Oficina del Defensor del Pueblo en materia de discriminación étnica);
98.
Patentbesvärsrätten (Tribunal de Apelación en materia de Patentes);
99.
Patent- och registreringsverket (Oficina de Patentes y Registro);
100.
Personadressregisternämnd statens, SPAR-nämnden (Consejo del Registro Sueco de Dirección de Población);
101.
Polarforskningssekretariatet (Secretaría Sueca de Investigación Polar);
102.
Presstödsnämnden (Consejo de Subvenciones a la Prensa);
103.
Radio- och TV-verket (Autoridad Sueca de Radio y Televisión);
104.
Regeringskansliet (Oficinas gubernamentales);
105.
Regeringsrätten (Tribunal Supremo Administrativo);
106.
Riksantikvarieämbetet (Consejo Central de Antigüedades Nacionales);
107.
Riksarkivet (Archivos Nacionales);
108.
Riksbanken (Banco de Suecia);
109.
Riksdagsförvaltningen (Oficina de Administración Parlamentaria);
110.
Riksdagens ombudsmän, JO (Defensores del pueblo parlamentarios);
111.
Riksdagens revisorer (Auditores parlamentarios);
112.
Riksgäldskontoret (Oficina Nacional de Deuda);
113.
Rikspolisstyrelsen (Dirección General de la Policía Nacional);
114.
Riksrevisionen (Oficina Nacional de Auditoría);
115.
Riksutställningar, Stiftelsen (Servicio de Exposiciones Itinerantes);
116.
Rymdstyrelsen (Consejo Nacional Espacial);
117.
Forskningsrådet för arbetsliv och socialvetenskap (Consejo Sueco para la Vida Laboral y la Investigación Social);
118.
Räddningsverk, statens (Consejo Nacional de Servicios de Salvamento);
119.
Rättshjälpsmyndigheten (Autoridad Regional de Asistencia Jurídica);
120.
Rättsmedicinalverket (Consejo Nacional de Medicina Forense);
121.
Sameskolstyrelsen och sameskolor (Consejo Escolar Sami [Lapp], Escuelas Sami [Lapp]);
122.
Sjöfartsverket (Administración Marítima Nacional);
123.
Maritima museer, statens (Museos Marítimos Nacionales);
124.
Skatteverket (Agencia Tributaria Sueca);
125.
Skogsstyrelsen (Consejo Nacional Forestal);
126.
Skolverk, statens (Agencia Nacional de Educación);
127.
Smittskyddsinstitutet (Instituto Sueco para el Control de las Enfermedades Infecciosas);
128.
Socialstyrelsen (Consejo Nacional de Salud y Bienestar);
129.
Sprängämnesinspektionen (Inspección Nacional de Explosivos y Productos Inflamables);
130.
Statistiska centralbyrån (Estadísticas de Suecia);
131.
Statskontoret (Agencia de Desarrollo Administrativo);
132.
Strålsäkerhetsmyndigheten (Autoridad Sueca de Seguridad Radiológica);
133.
Styrelsen för internationellt utvecklings- samarbete, SIDA (Autoridad Sueca de Cooperación Internacional para el Desarrollo);
134.
Styrelsen för psykologiskt försvar (Consejo Nacional de Defensa Psicológica y Evaluación de la Conformidad);
135.
Styrelsen för ackreditering och teknisk kontroll (Consejo Sueco de Acreditación);
136.
Svenska Institutet, stiftelsen (Instituto Sueco);
137.
Talboks- och punktskriftsbiblioteket (Biblioteca de audiolibros y publicaciones en braille);
138.
Tingsrätterna (tribunales de primera instancia y tribunales municipales) (97);
139.
Tjänsteförslagsnämnden för domstolsväsendet (Comité de Propuestas de Nombramiento de Jueces);
140.
Totalförsvarets pliktverk (Junta de Reclutaminento de las Fuerzas Armadas);
141.
Totalförsvarets forskningsinstitut (Agencia Sueca de Investigaciones de Defensa);
142.
Tullverket (Administración Sueca de Aduanas);
143.
Turistdelegationen (Autoridad Sueca de Turismo);
144.
Ungdomsstyrelsen (Consejo Nacional de Asuntos de la Juventud);
145.
Universitet och högskolor (Universidades y colegios universitarios);
146.
Utlänningsnämnden (Comisión de Extranjería);
147.
Utsädeskontroll, statens (Instituto Nacional de Análisis y Certificación de Semillas);
148.
Vatten- och avloppsnämnd, statens (Tribunal Nacional de Abastecimiento de Agua y Alcantarillado);
149.
Verket för högskoleservice (VHS) (Agencia Nacional de Enseñanza Superior);
150.
Verket för näringslivsutveckling (NUTEK) (Agencia Sueca para el Desarrollo Económico y Regional);
151.
Vetenskapsrådet' (Consejo Sueco de Investigación);
152.
Veterinärmedicinska anstalt, statens (Instituto Nacional Veterinario);
153.
Väg- och transportforskningsinstitut, statens (Instituto Nacional Sueco de Investigación de Carreteras y Transportes);
154.
Växtsortnämnd, statens (Consejo Nacional de Variedades Vegetales);
155.
Åklagarmyndigheten (Fiscalía General Sueca), y
156.
Krisberedskapsmyndigheten (Agencia Sueca de Gestión de Emergencias);
Notas del apéndice 20-A-1
1.
Las entidades adjudicadoras de los Estados miembros de la Unión Europea comprenden cualquiera de sus entidades subordinadas que no tenga una personalidad jurídica distinta.
2.
La contratación pública por parte de las entidades en los ámbitos de la defensa y la seguridad solo está cubierta en lo que respecta a los materiales no sensibles y no bélicos que figuran en el apéndice 20-A-4.
3.
El artículo 20.25 no será aplicable a los proveedores y prestadores de servicios de Argentina mencionados en la nota 1 del apéndice 20-B-7, en relación con la adjudicación de contratos en la Unión Europea a proveedores o prestadores de servicios de Estados del MERCOSUR signatarios distintos de Argentina que sean pequeñas o medianas empresas de conformidad con el Derecho de la Unión Europea hasta que la Unión Europea acepte que Argentina ya no aplica medidas diferenciadas en favor de las pequeñas y medianas empresas nacionales.
Apéndice 20-A-2
ENTIDADES DE LA ADMINISTRACIÓN SUBCENTRAL
1.
El capítulo 20 no cubre las entidades de la administración subcentral. No obstante, la Unión Europea está dispuesta a proporcionar cobertura a las entidades de la administración subcentral en las condiciones siguientes:
Notas aplicables a Argentina, Brasil y Uruguay:
1.
Si el apéndice 20-C-2 y las excepciones de las notas generales del apéndice 20-C-7 se modifican de manera que se garantice un acceso satisfactorio a la contratación pública por las entidades centrales y subcentrales de Brasil, el apéndice 20-A-2 se modificará para proporcionar el nivel correspondiente de cobertura por parte de la Unión Europea.
2.
Si Argentina o Uruguay proporcionan una cobertura satisfactoria de las entidades subcentrales de conformidad con los apéndices 20-B-2 y 20-E-2, respectivamente, el presente apéndice se modificará para proporcionar el nivel correspondiente de cobertura por parte de la Unión Europea.
3.
Si las consultas con Argentina o Uruguay sobre la cobertura a nivel subcentral de conformidad con los apéndices 20-B-2 y 20-E-2, respectivamente, no conducen a un resultado satisfactorio en los plazos especificados en ellos, la Unión Europea y el Estado del MERCOSUR signatario cuya cobertura no se considere satisfactoria celebrarán consultas con vistas a evaluar las consecuencias para el capítulo 20.
Apéndice 20-A-3
TODAS LAS DEMÁS ENTIDADES
El capítulo 20 no contempla otras entidades.
Apéndice 20-A-4
MERCANCÍAS
1.
Salvo que se disponga lo contrario en el presente anexo, y con sujeción a las notas generales del apéndice 20-A-7, el capítulo 20 cubre la contratación pública de todas las mercancías adquiridas por las entidades contratantes que se especifican en los apéndices 20-A-1 a 20-A-3.
2.
En el caso de las mercancías adquiridas por los ministerios y agencias de defensa para el desarrollo de actividades en materia de defensa o seguridad en Bélgica, Bulgaria, Chequia, Dinamarca, Alemania, Estonia, Irlanda, Grecia, España, Francia, Croacia, Italia, Chipre, Letonia, Lituania, Luxemburgo, Hungría, Malta, Países Bajos, Austria, Polonia, Portugal, Rumanía, Eslovenia, Eslovaquia, Finlandia y Suecia, el capítulo 20 cubre únicamente las mercancías que se describen en los capítulos de la nomenclatura combinada (NC) que se concretan a continuación:
Capítulo 25:
Sal; azufre; tierras y piedras; yesos, cales y cementos
Capítulo 26:
Minerales metalíferos, escorias y cenizas
Capítulo 27:
Combustibles minerales, aceites minerales y productos de su destilación; materias bituminosas; ceras minerales
excepto:
ex 27.10: carburantes especiales.
Capítulo 28:
Productos químicos inorgánicos; compuestos inorgánicos u orgánicos de metal precioso, de elementos radiactivos, de metales de las tierras raras o de isótopos
excepto:
ex 2808: explosivos;
ex 2813: explosivos;
ex 2814: gases lacrimógenos;
ex 2825: explosivos;
ex 2829: explosivos;
ex 2834: explosivos;
ex 2844: productos tóxicos;
ex 2845: productos tóxicos;
ex 2847: explosivos;
ex 2852: productos tóxicos; o
ex 2853: productos tóxicos.
Capítulo 29:
Productos químicos orgánicos
excepto:
ex 2904: explosivos;
ex 2905: explosivos;
ex 2908: explosivos;
ex 2909: explosivos;
ex 2912: explosivos;
ex 2913: explosivos;
ex 2914: productos tóxicos;
ex 2915: productos tóxicos;
ex 2916: productos tóxicos;
ex 2920: productos tóxicos;
ex 2921: productos tóxicos;
ex 2922: productos tóxicos;
ex 2933: explosivos;
ex 2926: productos tóxicos; o
ex 2928: explosivos.
Capítulo 30:
Productos farmacéuticos.
Capítulo 31:
Abonos.
Capítulo 32:
Extractos curtientes o tintóreos; taninos y sus derivados; pigmentos y demás materias colorantes; pinturas y barnices; mástiques; tintas.
Capítulo 33:
Aceites esenciales y resinoides; preparaciones de perfumería, de tocador o de cosmética.
Capítulo 34:
Jabón, agentes de superficie orgánicos, preparaciones para lavar, preparaciones lubricantes, ceras artificiales, ceras preparadas, productos de limpieza, velas y artículos similares, pastas para modelar, «ceras para odontología» y preparaciones para odontología a base de yeso fraguable.
Capítulo 35:
Materias albuminoideas; productos a base de almidón o de fécula modificados; colas; enzimas.
Capítulo 37:
Productos fotográficos o cinematográficos.
Capítulo 38:
Productos diversos de las industrias químicas.
excepto:
ex 3824: productos tóxicos.
Capítulo 39:
Plástico y sus manufacturas.
excepto:
ex 3912: explosivos.
Capítulo 40:
Caucho y sus manufacturas.
excepto:
ex 4011: neumáticos a prueba de balas.
Capítulo 41:
Pieles (excepto la peletería) y cueros.
Capítulo 42:
Manufacturas de cuero; artículos de talabartería o guarnicionería; artículos de viaje, bolsos de mano (carteras) y continentes similares; manufacturas de tripa.
Capítulo 43:
Peletería y confecciones de peletería; peletería facticia o artificial.
Capítulo 44:
Madera y manufacturas de madera; carbón vegetal.
Capítulo 45:
Corcho y sus manufacturas.
Capítulo 46:
Manufacturas de espartería o de cestería; artículos de cestería y mimbre.
Capítulo 47:
Pasta de madera o de las demás materias fibrosas celulósicas; papel o cartón para reciclar (desperdicios y desechos).
Capítulo 48:
Papel y cartón; manufacturas de pasta de celulosa, de papel o cartón.
Capítulo 49:
Productos editoriales, de la prensa y de las demás industrias gráficas; textos manuscritos o mecanografiados y planos.
Capítulo 65:
Sombreros, demás tocados, y sus partes.
Capítulo 66:
Paraguas, sombrillas, quitasoles, bastones, bastones asiento, látigos, fustas, y sus partes.
Capítulo 67:
Plumas y plumón preparados y artículos de plumas o plumón; flores artificiales; manufacturas de cabello.
Capítulo 68:
Manufacturas de piedra, yeso fraguable, cemento, amianto (asbesto), mica o materias análogas.
Capítulo 69:
Productos cerámicos.
Capítulo 70:
Vidrio y sus manufacturas.
Capítulo 71:
Perlas finas (naturales) o cultivadas, piedras preciosas o semipreciosas, metales preciosos, chapados de metal precioso (plaqué) y manufacturas de estas materias; bisutería; monedas.
Capítulo 73:
Manufacturas de fundición, de hierro o acero.
Capítulo 74:
Cobre y sus manufacturas.
Capítulo 75:
Níquel y sus manufacturas.
Capítulo 76:
Aluminio y sus manufacturas.
Capítulo 78:
Plomo y sus manufacturas.
Capítulo 79:
Cinc y sus manufacturas.
Capítulo 80:
Estaño y sus manufacturas.
Capítulo 81:
Los demás metales comunes, cermets y sus manufacturas.
Capítulo 82:
Herramientas y útiles, artículos de cuchillería y cubiertos de mesa, de metal común; partes de estos artículos, de metal común;
excepto:
ex 8207: herramientas de metal común; o
ex 8209: herramientas y partes de estos artículos, de metal común.
Capítulo 83:
Manufacturas diversas de metal común.
Capítulo 84:
Reactores nucleares, calderas, máquinas, aparatos y artefactos mecánicos; partes de estas máquinas o aparatos;
excepto:
8407: motores;
8408: motores;
ex 8411: otros motores;
ex 8412: otros motores;
ex 8458: máquinas;
ex 8486: máquinas;
ex 8471: máquinas automáticas de tratamiento de la información;
ex 8473: piezas de maquinaria de la partida 8471; o
ex 8401: reactores nucleares.
Capítulo 85:
Máquinas, aparatos y material eléctrico, y sus partes; aparatos de grabación o reproducción de sonido, aparatos de grabación o reproducción de imagen y sonido en televisión, y las partes y accesorios de estos aparatos;
excepto:
ex 8517: equipo de telecomunicaciones;
ex 8525: aparatos emisores; o
ex 8527: aparatos emisores.
Capítulo 86:
Vehículos y material para vías férreas o similares, y sus partes; material fijo de vías férreas o similares y sus partes; aparatos mecánicos, incluso electromecánicos, de señalización para vías de comunicación;
excepto:
ex 8601: locomotoras blindadas eléctricas;
ex 8603: las demás locomotoras blindadas;
ex 8605: vagones; o
ex 8604: vagones taller.
Capítulo 87:
Vehículos automóviles, tractores, velocípedos y demás vehículos terrestres, y sus partes y accesorios;
excepto:
8710: tanques y demás vehículos automóviles blindados;
8701: tractores;
ex 8702: vehículos militares;
ex 8705: vehículos para reparaciones;
ex 8711: motocicletas; o
ex 8716: remolques.
Capítulo 89:
Barcos y demás estructuras flotantes;
excepto:
ex 8906: buques de guerra.
Capítulo 90:
Instrumentos y aparatos de óptica, fotografía o cinematografía, de medida, control o precisión; instrumentos y aparatos medicoquirúrgicos; partes y accesorios de estos instrumentos o aparatos;
excepto:
ex 9005: binoculares;
ex 9013: instrumentos diversos, láseres;
ex 9014: telémetros;
ex 9028: instrumentos de medida eléctricos y electrónicos;
ex 9030: instrumentos de medida eléctricos y electrónicos;
ex 9031: instrumentos de medida eléctricos y electrónicos;
ex 9012: microscopios;
ex 9018: instrumentos médicos;
ex 9019: aparatos para mecanoterapia;
ex 9021: artículos ortopédicos; o
ex 9022: aparatos de rayos X.
Capítulo 91:
Aparatos de relojería y sus partes.
Capítulo 92:
Instrumentos musicales; sus partes y accesorios.
Capítulo 94:
Muebles; artículos de cama, colchones, somieres, cojines y artículos rellenos similares; aparatos de alumbrado no expresados ni comprendidos en otra parte; anuncios, letreros y placas indicadoras luminosos y artículos similares; construcciones prefabricadas;
excepto:
ex 9401: asientos de aeronaves.
Capítulo 96:
Manufacturas diversas.
3.
En relación con Argentina, el presente capítulo no cubre la contratación de las siguientes mercancías:
a)
complementos alimenticios incluidos en la NC 2106.90 (Preparaciones alimenticias no expresadas ni comprendidas en otra parte) y en el CPV 33616 (Vitaminas) o 33617 (Suplementos minerales);
b)
concentrado de factor VIII incluido en la NC 3002 (Sangre humana; sangre animal preparada para usos terapéuticos, profilácticos o de diagnóstico; antisueros (sueros con anticuerpos), demás fracciones de la sangre y productos inmunológicos, incluso modificados u obtenidos por procesos biotecnológicos; vacunas, toxinas, cultivos de microorganismos (excepto las levaduras) y productos similares; cultivos de células, incluso modificadas: – Antisueros (sueros con anticuerpos), demás fracciones de la sangre y productos inmunológicos, incluso modificados u obtenidos por procesos biotecnológicos; y en el CPV 336515 (Inmunosueros e inmunoglobulinas);
c)
interferón beta, peginterferón alfa-2-a, basiliximab (DCI), bevacizumab (DCI), daclizumab (DCI), etanercept (DCI), gemtuzumab ozogamicina (DCI), oprelvekin (DCI), rituximab (DCI) y trastuzumab (DCI); incluidos en la NC 3002.15 (Productos inmunológicos dosificados o acondicionados para la venta al por menor) y en el CPV 336515 (Inmunosueros e inmunoglobulinas) o 33652 (Agentes antineoplásicos e inmunomoduladores);
d)
vacunas para uso en medicina incluidas en la NC 3002.41 y en el CPV 336516;
e)
medicamentos constituidos por productos mezclados entre sí, preparados para usos terapéuticos o profilácticos, sin dosificar ni acondicionar para la venta al por menor, incluidos en la NC 3003 y en el CPV 336 (Medicamentos);
f)
medicamentos constituidos por productos mezclados o sin mezclar, preparados para usos terapéuticos o profilácticos, dosificados, incluidos los administrados por vía transdérmica) o acondicionados para la venta al por menor, comprendidos en la NC 3004 y en el CPV 336 (Medicamentos);
g)
guatas, gasas, vendas y artículos análogos (por ejemplo: apósitos, esparadrapos, sinapismos), impregnados o recubiertos de sustancias farmacéuticas o acondicionados para la venta al por menor con fines médicos, quirúrgicos, odontológicos o veterinarios, incluidos en la NC 3005 y en el CPV 331411 (Apósitos; clips, suturas y ligaduras);
h)
productos farmacéuticos mencionados en la nota 4 del CAPÍTULO 30 de la nomenclatura NC (incluidos también los reactivos para la determinación del grupo sanguíneo) incluidos en la NC 3006 y en el CPV 331411 (Apósitos; clips, suturas y ligaduras), 33696 (Reactivos y medios de contraste), 3369711 (Cementos para la reconstrucción de huesos), 331418 (Productos consumibles dentales), 33141623 (Botiquines de primeros auxilios), 3364142 (Anticonceptivos químicos) o 33695 (Todos los demás productos no terapéuticos);
i)
esterilizadores médicos, quirúrgicos o de laboratorio incluidos en la NC 8419.20 y en el CPV 33191 (Aparatos para esterilización, desinfección e higiene);
j)
instrumentos y aparatos de medicina, cirugía, odontología o veterinaria, incluidos los de centellografía y demás aparatos electromédicos, así como los aparatos para pruebas visuales, incluidos en la CN 9018 y en el CPV 331 (Equipamiento médico);
excepto los incluidos en:
la NC 9018.19 (Los demás instrumentos y aparatos de medicina, cirugía, odontología o veterinaria, incluidos los de centellografía y demás aparatos electromédicos, así como los aparatos para pruebas visuales);
la NC 9018.20 (Aparatos de rayos ultravioletas o infrarrojos);
la NC 9018.41.00 (Tornos dentales, incluso combinados con otros equipos dentales sobre basamento común);
la NC 9018.50.90 (Los demás instrumentos y aparatos de oftalmología: ópticos);
la NC 9018.90.84 (solo incubadoras para bebés y aparatos para medir la presión arterial);
el CPV 331583 (Aparatos de rayos ultravioletas para uso médico);
el CPV 3313151 (Taladros dentales);
el CPV 33122 (Aparatos de oftalmología); o
el CPV 33152 (Incubadoras);
k)
Aparatos de mecanoterapia; aparatos para masajes; aparatos de sicotecnia; aparatos de ozonoterapia, oxigenoterapia o aerosolterapia, aparatos respiratorios de reanimación y demás aparatos de terapia respiratoria incluidos en la NC 9019 y en el CPV 33154 (Aparatos de mecanoterapia), 33155 (Aparatos para fisioterapia), 33157 (Aparatos para pruebas objetivas psicológicas), o 33156 (Aparatos respiratorios y de oxigenoterapia);
l)
Artículos y aparatos de ortopedia, incluidas las fajas y vendajes medicoquirúrgicos y las muletas; tablillas, férulas u otros artículos y aparatos para fracturas; artículos y aparatos de prótesis; audífonos y demás aparatos que lleve la propia persona o se le implanten para compensar un defecto o incapacidad incluidos en la NC 9021 y en el CPV 331417 (Material ortopédico);
excepto los incluidos en:
la NC 9021.21 (Dientes artificiales);
la NC 9021.31.00 (Prótesis articulares);
la NC 9021.40.00 (Audífonos, excepto sus partes y accesorios);
la NC 9021.90 (Los demás aparatos para compensar un defecto o incapacidad);
el CPV 3314182 (Dientes);
el CPV 3314175 (Prótesis articulares); o
el CPV 33185 (Audífonos);
m)
aparatos de rayos X y aparatos que utilicen radiaciones alfa, beta gamma o demás radiaciones ionizantes, incluso para uso médico, quirúrgico, odontológico o veterinario, incluidos los aparatos de radiografía o radioterapia, tubos de rayos X y demás dispositivos generadores de rayos X, generadores de tensión, consolas de mando, pantallas, mesas, sillones y soportes similares para examen o tratamiento; incluidos en la NC 9022 y en el CPV 33151 (Aparatos y material para radioterapia); y
n)
densímetros, areómetros, pesalíquidos e instrumentos flotantes similares, termómetros, pirómetros, barómetros, higrómetros y sicrómetros incluso registradores o combinados entre sí incluidos en la NC 9025 y en el CPV 38411 (Hidrómetros), 38412 (Termómetros), 38413 (Pirómetros), 38414 (Higrómetros) o 38415 (Sicrómetros).
4.
En relación con Brasil, en la medida en que estas estén cubiertas en el presente apéndice, se excluyen todas las mercancías del sector sanitario.
Apéndice 20-A-5
Servicios, DISTINTOS DE LOS SERVICIOS DE CONSTRUCCIÓN
Con sujeción a las notas del presente apéndice y de las notas generales del apéndice 20-A-7, el capítulo 20 cubre, con respecto a la contratación pública por parte de las entidades contratantes especificadas en los apéndices 20-A-1 a 20-A-3, los siguientes servicios, distintos de los servicios de construcción, identificados de conformidad con la Clasificación Central de Productos Provisional (CCP) de las Naciones Unidas, tal como figura en el documento MTN.GNS/W/120.
|
Servicios
|
Número de referencia CCP
|
|
Servicios de mantenimiento y reparación
|
6112, 6122, 633, 886
|
|
Servicios de transporte por vía terrestre, incluidos los servicios de furgones blindados, y servicios de mensajería, excepto los de transporte de correo
|
712 (excepto 71235), 7512, 87304
|
|
Servicios de transporte aéreo de pasajeros y carga, excepto los de transporte de correo postal
|
73 (excepto 7321)
|
|
Transporte de correo por vía terrestre, excepto por ferrocarril, y por vía aérea
|
71235, 7321
|
|
Servicios de telecomunicaciones
|
752
|
|
Servicios financieros
|
ex 81
|
|
a)
Servicios de seguros
|
812, 814
|
|
b)
Servicios bancarios y de inversión***
|
|
|
Servicios de informática y servicios conexos
|
84
|
|
Servicios de contabilidad, auditoría y teneduría de libros
|
862
|
|
Servicios de investigación de mercados y encuestas de la opinión pública
|
864
|
|
Servicios de consultores en administración y servicios relacionados
|
865, 866****
|
|
Servicios de arquitectura; servicios de ingeniería y servicios integrados de ingeniería; servicios de planificación urbana y de arquitectura paisajística; servicios conexos de consultores en ciencia y tecnología; servicios de ensayos y análisis técnicos
|
867
|
|
Servicios de publicidad
|
871
|
|
Servicios de limpieza de edificios y servicios de administración de bienes raíces
|
874, 82201 a 82206
|
|
Servicios editoriales y de imprenta, por tarifa o por contrato
|
88442
|
|
Servicios de alcantarillado, eliminación de desperdicios, saneamiento y servicios similares
|
94
|
Notas del apéndice 20-A-5
1.
La contratación pública por parte de las entidades contratantes que figuran en los apéndices 20-A-1, 20-A-2 y 20-A-3 de cualquiera de los servicios cubiertos por el presente apéndice solamente constituirá una contratación pública cubierta con respecto al proveedor de servicios del MERCOSUR en la medida en que el MERCOSUR haya contemplado ese servicio con arreglo a los apéndices 20-B-5, 20-C-5, 20-D-5 o 20-E-5, respectivamenente.
2.
El capítulo 20 no se aplica a los servicios que las entidades deban adquirir de otra entidad en razón de un derecho exclusivo establecido por una disposición legal, reglamentaria o administrativa publicada.
3.
Con respecto a los servicios bancarios y de inversión, el capítulo 20 no es aplicable a la contratación o adquisición públicas de servicios de organismos fiscales o de depositario, servicios de liquidación y gestión para instituciones financieras reguladas, o servicios relacionados con la venta, amortización y distribución de deuda pública, incluidos los préstamos y los bonos, pagarés y otros valores del Estado.
En Suecia, los pagos a agencias gubernamentales, así como los pagos que estas efectúen, se harán a través del sistema de giro postal de Suecia (Postgiro).
4.
En lo referente a los servicios comprendidos en el número 866 de la CCP, el capítulo 20 no se aplica a los servicios de arbitraje y conciliación.
5.
En relación con Brasil, en la medida en que estos estén cubiertos en el presente apéndice, se excluyen todos los servicios del sector sanitario.
Apéndice 20-A-6
Servicios de construcción Y CONCESIONES DE OBRAS
A.
Servicios de construcción:
1.
Con sujeción a las notas generales del apéndice 20-A-7, el capítulo 20 cubre todos los servicios de construcción, que figuran en la división 51 de la Clasificación Central de Productos Provisional, contratados por las entidades contratantes que se especifican en los apéndices 20-A-1 a 20-A-3.
2.
Un «contrato de servicios de construcción» es un contrato que tiene por objeto la realización de obras públicas o la construcción de edificios, sea cual fuere el medio empleado, a tenor de la división 51 de la CCP.
3.
La contratación pública por parte de las entidades contratantes que figuran en los apéndices 20-A-1 a 20-A-3 de cualquiera de los servicios de construcción cubiertos por el apéndice 20-A-6 solamente constituirá una contratación pública cubierta con respecto al proveedor de servicios de construcción del Estado del MERCOSUR signatario en la medida en que el Estado del MERCOSUR signatario de que se trate haya contemplado ese servicio de construcción con arreglo a los apéndices 20-B-6, 20-C-6, 20-D-6 o 20-E-6, respectivamenente.
B.
Concesiones de obras:
1.
Los contratos de concesiones de obras adjudicados por las entidades contratantes que se especifican en el apéndice 20-A-1 estarán sujetos a lo dispuesto en los artículos 20.6 y 20.11, limitados a los proveedores de servicios de construcción de Argentina y Brasil, siempre que su valor sea igual o superior a 5 000 000 (cinco millones) DEG.
2.
A efectos del presente apéndice, se entenderá por «contrato de concesión de obras» todo contrato a título oneroso celebrado por escrito, en virtud del cual una entidad contratante confíe la ejecución de obras a uno o más operadores económicos, cuya contrapartida sea bien el derecho a explotar las obras objeto del contrato únicamente, o este mismo derecho en conjunción con un pago. La adjudicación de una concesión de obras implicará la transferencia a los operadores económicos de un riesgo operativo derivado de la explotación de dichas obras, incluidos el riego de demanda o el de oferta, o ambos. No debe garantizarse la recuperación de las inversiones realizadas ni de los costes de explotación de las obras.
Apéndice 20-A-7
NOTAS GENERALES
1.
Se aplicarán las siguientes notas:
a)
el capítulo 20 no se aplicará a: la contratación pública de productos agrícolas adquiridos para fomentar programas de apoyo a la agricultura o programas de alimentación humana. (p. ej., ayuda alimentaria, incluida la ayuda urgente);
b)
el capítulo 20 no se aplicará a la contratación pública para la adquisición, el desarrollo, la producción o la coproducción de material de programas por parte de los organismos de radiodifusión televisiva y los contratos de compra de tiempo de emisión;
c)
los contratos adjudicados por las entidades contratantes que figuran en los apéndices 20-A-1 y 20-A-2 en relación con actividades en los ámbitos del agua potable, la energía, el transporte y el sector postal no están contemplados en el capítulo 20, a menos que figuren en el apéndice 20-A-3, y
d)
en cuanto a las Islas Åland (Ahvenanmaa), se aplican las condiciones específicas del Protocolo n.º 2, sobre las Islas Åland, del Tratado de Adhesión de Finlandia a la Unión Europea, hecho en Bruselas el 26 de julio de 1994.
2.
El anexo 20-A se aplicará a los bienes, servicios y proveedores de bienes y servicios de Paraguay a partir del primer día del segundo mes siguiente a la fecha de aplicación del anexo 20-D. Si Paraguay no realiza la notificación por escrito a que se refiere el anexo 20-D, el anexo 20-A no se aplicará a las mercancías, servicios y proveedores de mercancías y servicios de Paraguay.
________________
ANEXO 20-B
ARGENTINA
Apéndice 20-B-1
ENTIDADES DE LA ADMINISTRACIÓN CENTRAL
Con sujeción a las notas generales del apéndice 20-B-7, el capítulo 20 se aplicará a la contratación realizada por las entidades argentinas que figuran en el presente apéndice si el valor de la contratación estimado de conformidad con el artículo 20.4 es igual o superior a los siguientes umbrales:
a)
Para mercancías y servicios:
i)
desde la fecha de entrada en vigor del presente Acuerdo hasta el final del año 5 (cinco) después de su fecha de entrada en vigor: 800 000 (ochocientos mil) DEG;
ii)
desde el año 6 (seis) hasta el final del año 10 (diez) después de la fecha de entrada en vigor del presente Acuerdo: 500 000 (quinientos mil) DEG;
iii)
desde el año 11 (once) hasta el final del año 15 (quince) después de la fecha de entrada en vigor del presente Acuerdo: 300 000 (trescientos mil) DEG;
iv)
a partir del año 16 (dieciséis) después de la entrada en vigor del presente Acuerdo y en adelante: 130 000 (ciento treinta mil) DEG.
b)
Para servicios de construcción
i)
desde la fecha de entrada en vigor del presente Acuerdo hasta el final del año 5 (cinco) después de su fecha de entrada en vigor: 8 000 000 (ocho millones) DEG;
ii)
a partir del año 6 (seis) después de la entrada en vigor del presente Acuerdo y en adelante: 5 000 000 (cinco millones) DEG.
El capítulo 20 se aplica a las entidades de la administración de Argentina que se enumeran a continuación:
1.
Administración central
El capítulo 20 se aplica a todas las entidades de la administración central que se enumeran a continuación, incluidas sus entidades centralizadas subordinadas (secretarías, subsecretarías, direcciones nacionales, direcciones simples y organismos desconcentrados)
, salvo que estén expresamente excluidas:
–
Presidencia de la Nación (excepto la Agencia Federal de Inteligencia);
–
Jefatura de Gabinete de Ministros;
–
Ministerio del Interior, Obras Públicas y Vivienda;
–
Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto;
–
Ministerio de Justicia y Derechos Humanos;
–
Ministerio de Seguridad;
–
Ministerio de Defensa;
–
Ministerio de Hacienda;
–
Ministerio de Producción y Trabajo;
–
Ministerio de Transporte;
–
Ministerio de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología;
–
Ministerio de Salud y Desarrollo Social, y
–
Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca.
2.
Entidades descentralizadas
–
Sindicatura General de la Nación;
–
Instituto Nacional del Agua;
–
Dirección Nacional del Registro Nacional de las Personas;
–
Dirección Nacional de Migraciones;
–
Tribunal de Tasaciones de la Nación;
–
Instituto Nacional de Asuntos Indígenas;
–
Instituto Nacional contra la Discriminación, la Xenofobia y el Racismo;
–
Centro Internacional para la Promoción de los Derechos Humanos;
–
Comisión Nacional de Valores;
–
Superintendencia de Seguros de la Nación;
–
Superintendencia de Servicios de Salud;
–
Tribunal Fiscal de la Nación;
–
Unidad de Información Financiera;
–
Instituto Nacional de Tecnología Industrial;
–
Instituto Nacional de la Propiedad Industrial;
–
Instituto Nacional de Tecnología Agropecuaria;
–
Instituto Nacional de Investigación y Desarrollo Pesquero;
–
Instituto Nacional de Vitivinicultura;
–
Instituto Nacional de Semillas;
–
Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria;
–
Instituto Nacional de Promoción Turística;
–
Dirección Nacional de Vialidad;
–
Comisión Nacional de Regulación del Transporte;
–
Organismo Regulador del Sistema Nacional de Aeropuertos;
–
Administración Nacional de Aviación Civil;
–
Junta de Investigación de Accidentes de Aviación Civil;
–
Servicio Geológico Minero Argentino;
–
Ente Nacional Regulador del Gas;
–
Ente Nacional Regulador de la Electricidad;
–
Ente Nacional de Comunicaciones;
–
Comisión Nacional de Evaluación y Acreditación Universitaria (CONEAU);
–
Consejo Nacional de Investigaciones Científicas y Técnicas (CONICET);
–
Biblioteca Nacional «Dr. Mariano Moreno»;
–
Instituto Nacional del Teatro;
–
Fondo Nacional de las Artes;
–
Superintendencia de Riesgos del Trabajo;
–
Instituto Nacional Central Único Coordinador de Ablación e Implante;
–
Administración Nacional de Laboratorios e Institutos de Salud Dr. Carlos Malbrán;
–
Instituto Nacional de Rehabilitación Psicofísica del Sur Dr. Juan Otimio Tesone;
–
Administración de Parques Nacionales;
–
Instituto Nacional de Asociativismo y Economía Social, y
–
Teatro Nacional Cervantes.
3.
Instituciones de seguridad social
–
Caja de Retiros, Jubilaciones y Pensiones de la Policía Federal Argentina;
–
Instituto de Ayuda Financiera para pago de Retiros y Pensiones Militares, y
–
Administración Nacional de la Seguridad Social.
Apéndice 20-B-2
ENTIDADES DE LA ADMINISTRACIÓN SUBCENTRAL
Argentina iniciará un procedimiento de consulta interna con sus Gobiernos provinciales y el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, con el fin de garantizar un nivel satisfactorio de cobertura a nivel subcentral. Las consultas se llevarán a cabo con el fin de implicar a todas las entidades de dichos gobiernos subcentrales. La cobertura se considerará satisfactoria si incluye a los gobiernos subcentrales que generen al menos el 65 % (sesenta y cinco por ciento) de su PIB nacional
.
Argentina concluirá estas consultas a más tardar 2 (dos) años después de la fecha de entrada en vigor del presente Acuerdo y notificará inmediatamente a la Unión Europea los resultados de dichas consultas.
Siempre que se haya alcanzado la cobertura satisfactoria establecida en el párrafo primero del presente apéndice, el Consejo Conjunto adoptará una decisión para modificar el presente apéndice en consecuencia.
Si las consultas a nivel subcentral no conducen a un resultado satisfactorio dentro del plazo estipulado, la Unión Europea y Argentina celebrarán consultas con vistas a evaluar las consecuencias para el capítulo 20.
Apéndice 20-B-3
OTRAS ENTIDADES
El capítulo 20 no contempla otras entidades.
Apéndice 20-B-4
MERCANCÍAS
Con sujeción a las notas del presente apéndice y a las notas generales del apéndice 20-B-7, el capítulo 20 cubre todas las contrataciones públicas de mercancías realizadas por las entidades argentinas que figuran en el apéndice 20-B-1, a excepción de las mercancías que corresponden al Sistema Armonizado (SA) que se enumeran a continuación:
–
8528: Monitores y proyectores, que no incorporen aparato receptor de televisión; aparatos receptores de televisión, incluso con aparato receptor de radiodifusión o de grabación o reproducción de sonido o imagen incorporado.
–
9403: Los demás muebles y sus partes.
–
8415: Máquinas y aparatos para acondicionamiento de aire que comprenden un ventilador con motor y los dispositivos adecuados para modificar la temperatura y la humedad, aunque no regulen separadamente el grado higrométrico.
–
940130: Asientos giratorios de altura ajustable.
–
4802: Papel y cartón, sin estucar ni recubrir, de los tipos utilizados para escribir, imprimir u otros fines gráficos y papel y cartón para tarjetas o cintas para perforar (sin perforar), en bobinas (rollos) o en hojas de forma cuadrada o rectangular, de cualquier tamaño, excepto el papel de las partidas 48.01 o 48.03; papel y cartón hechos a mano (hoja a hoja).
–
3215: Tintas de imprimir, tintas de escribir o de dibujar y demás tintas, incluso concentradas o sólidas.
–
4901: Libros, folletos e impresos similares, incluso en hojas sueltas.
Notas del apéndice 20-B-4:
La contratación pública por parte de los siguientes ministerios de las siguientes mercancías expresadas en el Sistema Armonizado (SA) quedan excluidas del capítulo 20:
Ministerio de Defensa y Ministerio de Seguridad:
–
61: Prendas y complementos (accesorios), de vestir, de punto.
–
62: Prendas y complementos (accesorios), de vestir, excepto los de punto.
–
4203: Prendas y complementos (accesorios), de vestir, de cuero natural o cuero regenerado.
–
64: Calzado, polainas y artículos análogos; partes de estos artículos.
–
6506.10: Solo cascos antibalas.
–
6307.90.90: Solo chalecos antibalas;
–
Equipos militares.
–
8904: Remolcadores y barcos empujadores.
–
8906: Los demás barcos, incluidos los navíos de guerra y barcos de salvamento excepto los de remo.
Ministerio de Seguridad:
–
8702: Vehículos automóviles para transporte de diez o más personas, incluido el conductor.
–
8703: Automóviles de turismo y demás vehículos automóviles concebidos principalmente para transporte de personas (excepto los de la partida 8702), incluidos los del tipo familiar (break o station wagon) y los de carreras.
–
8704: Vehículos automóviles para transporte de mercancías.
–
8705: Vehículos automóviles para usos especiales, excepto los diseñados principalmente para transporte de personas o mercancías (por ejemplo: coches para reparaciones [auxilio mecánico], camiones grúa, camiones de bomberos, camiones hormigonera, coches barredera, coches esparcidores, coches taller, coches radiológicos).
–
8903: Solo embarcaciones.
Ministerio de Salud y Desarrollo Social:
–
2005: Las demás hortalizas preparadas o conservadas (excepto en vinagre o en ácido acético), sin congelar, excepto los productos de la partida 20.06.
–
0402: Leche y nata (crema), concentradas o con adición de azúcar u otro edulcorante.
–
1006: Arroz.
–
1902: Pastas alimenticias, incluso cocidas o rellenas (de carne u otras sustancias) o preparadas de otra forma, tales como espaguetis, fideos, macarrones, tallarines, lasañas, ñoquis, ravioles, canelones; cuscús, incluso preparado.
–
2106.90.30: Complementos alimenticios.
–
3002.12.23: Concentrado de factor VIII.
–
3002.15.10: Interferón beta; peginterferón alfa-2-a.
–
3002.15.20: Basiliximab (DCI); bevacizumab (DCI); daclizumab (DCI); etanercept (DCI); gemtuzumab ozogamicin (DCI); oprelvekin (DCI); rituximab (DCI); trastuzumab (DCI).
–
3002.20: Vacunas para uso en medicina.
–
3003: Medicamentos (excepto los productos de las partidas 30.02, 30.05 o 30.06) constituidos por productos mezclados entre sí, preparados para usos terapéuticos o profilácticos, sin dosificar ni acondicionar para la venta al por menor.
–
3004: Medicamentos (excepto los productos de las partidas 30.02, 30.05 o 30.06) constituidos por productos mezclados o sin mezclar, preparados para usos terapéuticos o profilácticos, dosificados (incluidos los administrados por vía transdérmica) o acondicionados para la venta al por menor.
–
3005: Guatas, gasas, vendas y artículos análogos (por ejemplo: apósitos, esparadrapos, sinapismos), impregnados o recubiertos de sustancias farmacéuticas o acondicionados para la venta al por menor con fines médicos, quirúrgicos, odontológicos o veterinarios.
–
3006: Preparaciones y artículos farmacéuticos a que se refiere la nota 4 del capítulo del SA correspondiente;
–
8419.20: Esterilizadores médicos, quirúrgicos o de laboratorio.
–
9018: Instrumentos y aparatos de medicina, cirugía, odontología o veterinaria, incluidos los de centellografía y demás aparatos electromédicos, así como los aparatos para pruebas visuales.
–
9019: Aparatos para mecanoterapia; aparatos para masajes; aparatos de sicotecnia; aparatos de ozonoterapia, oxigenoterapia o aerosolterapia, aparatos respiratorios de reanimación y demás aparatos de terapia respiratoria.
–
9021: Artículos y aparatos de ortopedia, incluidas las fajas y vendajes medicoquirúrgicos y las muletas; tablillas, férulas u otros artículos y aparatos para fracturas; artículos y aparatos de prótesis; audífonos y demás aparatos que lleve la propia persona o se le implanten para compensar un defecto o incapacidad.
–
9022: Aparatos de rayos X y aparatos que utilicen radiaciones alfa, beta o gamma, incluso para uso médico, quirúrgico, odontológico o veterinario, incluidos los aparatos de radiografía o radioterapia, tubos de rayos X y demás dispositivos generadores de rayos X, generadores de tensión, consolas de mando, pantallas, mesas, sillones y soportes similares para examen o tratamiento.
–
9025: Densímetros, areómetros, pesalíquidos e instrumentos flotantes similares, termómetros, pirómetros, barómetros, higrómetros y sicrómetros, incluso registradores o combinados entre sí.
Apéndice 20-B-5
SERVICIOS
Con sujeción a las notas generales del apéndice 20-B-7, el capítulo 20 cubre todas las contrataciones públicas de los servicios que figuran a continuación, realizadas por las entidades argentinas enumeradas en el apéndice 20-B-1. Los servicios que figuran a continuación se identifican de conformidad con la Clasificación Central de Productos Provisional (CCP) de las Naciones Unidas, tal como figura en el documento MTN.GNS/W/120.
LISTA DE CLASIFICACIÓN SECTORIAL DE LOS SERVICIOS
SECTORES Y SUBSECTORES
CCP CORRESPONDIENTE
1.
SERVICIOS PRESTADOS A LAS EMPRESAS
Sección B
A.
Servicios profesionales
a.
Servicios de contabilidad, auditoría y teneduría de libros
862
B.
Servicios de informática y servicios conexos
a.
Servicios de consultores en instalación de equipos de informática
841
b.
Servicios de aplicación de programas de informática
842
c.
Servicios de procesamiento de datos
843
d.
Servicios de bases de datos
844
e.
Otros
845+849
F.
Otros servicios prestados a las empresas
a.
Servicios de publicidad
871
b.
Servicios de investigación de mercados y encuestas de la opinión pública
864
c.
Servicios de consultores en administración
865
d.
Servicios relacionados con los de los consultores en administración
866
e.
Servicios de ensayos y análisis técnicos
8676
h.
Servicios relacionados con la minería
883+5115
m.
Servicios de consultores en ciencia y tecnología relacionados con la ingeniería
8675
n.
Servicios de mantenimiento y reparación de equipo (con exclusión de las embarcaciones, las aeronaves y demás equipos de transporte)
663+8861-8866
o.
Servicios de limpieza de edificios
874
p.
Servicios fotográficos (excepto otros servicios especializados de fotografía y servicios de procesamiento de películas) (CCP 87504 y 87506)
875
q.
Servicios de empaque
876
r.
Servicios editoriales y de imprenta
88442
s.
Servicios prestados con ocasión de asambleas o convenciones
87909
2.
SERVICIOS DE COMUNICACIONES
B.
Servicios de mensajeros
7512
C.
Servicios de telecomunicaciones: no incluye el suministro de instalaciones por satélite para satélites artificiales geoestacionarios en los servicios fijos por satélite.
a.
Servicios de telefonía vocal
7521
b.
Servicios de transmisión de datos con conmutación de paquetes
7523
c.
Servicios de transmisión de datos con conmutación de circuitos
7523**
d.
Servicios de télex
7523**
e.
Servicios de telégrafo
7522
f.
Servicios de facsímil
7521**+7529**
g.
Servicios de circuitos privados arrendados
7522**+7523**
h.
Correo electrónico
7523**
i.
Correo vocal
7523**
j.
Recuperación de información en línea y de bases de datos
7523**
k.
Intercambio electrónico de datos (IED)
7523**
l.
Servicios de facsímil ampliados/de valor añadido, incluidos los de almacenamiento y retransmisión y los de almacenamiento y recuperación
7523**
m.
Conversión de códigos y protocolos
n. a.
n.
Procesamiento de datos y/o información en línea (con inclusión del procesamiento de transacción)
843**
o.
Otros
6.
SERVICIOS RELACIONADOS CON EL MEDIO AMBIENTE
A.
Servicios de alcantarillado
9401
B.
Servicios de eliminación de desperdicios
9402
C.
Servicios de saneamiento y servicios similares
9403
9.
SERVICIOS DE TURISMO Y SERVICIOS RELACIONADOS CON LOS VIAJES
A.
Hoteles y restaurantes (incluidos los servicios de catering)
641-643
B.
Servicios de agencias de viajes y organización de viajes en grupo
7471
C.
Servicios de guías turísticos
7472
Apéndice 20-B-6
SERVICIOS DE CONSTRUCCIÓN Y CONCESIONES DE OBRAS
1.
SERVICIOS DE CONSTRUCCIÓN
Con sujeción a las notas de este apéndice y a las notas generales del apéndice 20-B-7, el capítulo 20 cubre todas las contrataciones públicas de los servicios de construcción que figuran en la división 51 de la Clasificación Central de Productos Provisional, realizadas por las entidades argentinas enumeradas en el apéndice 20-B-1.
2.
CONCESIONES DE OBRAS
Cuando sean concedidas por entidades enumeradas en el apéndice 20-B-1 y con sujeción a los umbrales aplicables a los contratos de servicios de construcción especificados en el apéndice 20-B-1, los únicos artículos del capítulo 20 que se aplican a los contratos de concesiones de obras son el artículo 20.6 y el artículo 20.11.
A efectos del presente apartado, se entenderá por contratos de concesiones de obras todo acuerdo contractual cuyo objetivo principal sea emprender la construcción o rehabilitación de infraestructuras físicas, plantas, edificios, instalaciones u otras obras de propiedad pública, y en virtud del cual una entidad contratante concede a un proveedor, mediante un contrato y por un período de tiempo determinado, la propiedad temporal o el derecho a controlar, explotar y exigir el pago por el uso de dichas obras durante el período de vigencia del contrato.
Nota del apéndice 20-B-6:
Para los contratos públicos de mercancías relacionados con un contrato de servicios de construcción, incluidos los contratos de concesiones de obras, Argentina se reserva el derecho de aplicar preferencias de precios con arreglo a su legislación a las siguientes mercancías, expresadas en el Sistema Armonizado (SA), durante los siguientes períodos transitorios:
–
SA 8410
y SA 8504
: desde la fecha de entrada en vigor del presente Acuerdo hasta el fin del año 9 (nueve) después de la fecha de entrada en vigor; no se aplicará ninguna preferencia de precios a partir del año 10 (diez) después de la entrada en vigor del presente Acuerdo y en adelante, y
–
SA 8414
y SA 8428
: desde la fecha de entrada en vigor del presente Acuerdo hasta el final del año 4 (cuatro) después de la fecha de entrada en vigor; no se aplicará ninguna preferencia de precios a partir del año 5 (cinco) después de la entrada en vigor del presente Acuerdo y en adelante,
Apéndice 20-B-7
NOTAS GENERALES
Las siguientes notas generales se aplican al capítulo 20:
1.
El capítulo 20 no se aplicará a ninguna forma de preferencia o ventaja dirigida a las pymes
. La preferencia o ventaja podrá incluir cualquier preferencia de precios, el derecho a mejorar la oferta original o el derecho exclusivo a suministrar una mercancía o servicio. Las empresas de la Unión Europea registradas como microempresas, pequeñas y medianas empresas en Argentina tendrán acceso en las mismas condiciones a las preferencias o ventajas mencionadas. Para mayor seguridad, las empresas de la Unión Europea pueden registrarse como microempresas, pequeñas y medianas empresas en Argentina de conformidad con los requisitos establecidos en la legislación aplicable pertinente.
2.
El capítulo 20 no se aplica a la contratación pública precomercial destinada a promover el desarrollo de soluciones innovadoras para las necesidades del sector público. La contratación pública precomercial incluye la idea del producto, el diseño de soluciones, la creación de prototipos, el desarrollo original y la validación o el ensayo de un conjunto limitado de primeros productos.
Cada 3 (tres) años después de la fecha de entrada en vigor del presente Acuerdo, Argentina informará a la Unión Europea sobre la contratación pública precomercial llevada a cabo durante ese período.
3.
El capítulo 20 no se aplica a la concesión de servicios.
4.
El capítulo 20 no se aplica a la contratación pública de mercancías y servicios de establecimientos de producción de agricultores familiares o cooperativas de agricultores familiares inscritos en un registro nacional de agricultores familiares adjudicado el Gobierno nacional para el suministro de alimentos en hospitales, escuelas, comedores comunitarios, instituciones del sistema penitenciario nacional, fuerzas armadas y otras instituciones públicas del Gobierno nacional.
5.
No obstante lo dispuesto en el artículo 20.14, apartado 5), Argentina podrá excluir a un proveedor si:
a)
si existe una acusación confirmada contra el proveedor por delitos contra la propiedad, contra la administración pública, o contra la confianza pública y la buena fe, o contra el lavado de activos u otros delitos financieros, o por delitos establecidos en la Convención Interamericana contra la Corrupción, adoptada en la tercera sesión plenaria, celebrada el 29 de marzo de 1996; o
b)
el proveedor es:
i)
un agente o funcionario del sector público argentino; o
ii)
una empresa en la que dicho agente o funcionario tiene una participación suficiente para controlar el proceso de toma de decisiones de la empresa.
Para mayor seguridad, en las contrataciones en el marco del régimen de asociaciones público-privadas, la referencia a la quiebra en el artículo 20.14, apartado 5, letra a), incluye los procedimientos de insolvencia en curso.
6.
Argentina se reserva el derecho de adjudicar contratos por medios distintos de los procedimientos de licitación pública o selectiva en los siguientes casos:
a)
cuando la contratación pública para la reparación de máquinas, vehículos, equipos o motores cuyo desarme, transferencia o examen previo es esencial para determinar la reparación necesaria y la adopción de otro procedimiento de contratación resultase ser más cara; esta excepción no podrá utilizarse para reparaciones comunes de mantenimiento de dichos artículos;
b)
en la contratación pública realizada entre jurisdicciones y entidades del Gobierno nacional, o entre dichas jurisdicciones y entidades y entidades provinciales o municipales o entidades del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, así como con empresas en las que Argentina tenga una participación mayoritaria, siempre que la finalidad de la contratación sea la prestación de servicios de seguridad, logística o salud;
c)
en la contratación pública realizada entre jurisdicciones y entidades del gobierno nacional y universidades nacionales, y
d)
en el caso de obras complementarias que sean esenciales para la ejecución de una obra pública en curso (servicios de construcción), que no hubieran podido preverse en el proyecto original y que no pudieran incluirse en el contrato correspondiente; el valor de los contratos adjudicados para dichas obras complementarias no superará los límites establecidos por la legislación argentina, que en ningún caso superará el 50 % (cincuenta por ciento) del valor del contrato principal.
7.
El capítulo 20 no se aplica a la contratación pública realizada fuera del territorio de Argentina para su consumo fuera de dicho territorio.
8.
No obstante lo dispuesto en el artículo 20.11 (Condiciones compensatorias), cuando las entidades enumeradas en el apéndice 20-B-1 lleven a cabo una contratación pública cubierta por el capítulo 20, Argentina podrá solicitar o imponer, de conformidad con su legislación, cualquier tipo de condición compensatoria de hasta el 50 % (cincuenta por ciento) del valor de la contratación, incluido que el proveedor seleccionado adquiera mercancías y servicios locales relacionados con el objeto de la contratación.
Desde el año 11 (once) hasta el final del año 15 (quince) después de la fecha de entrada en vigor del presente Acuerdo, Argentina solo podrá solicitar o imponer condiciones compensatorias de hasta el 35 % (treinta y cinco por ciento) del valor de la contratación.
Las limitaciones establecidas en los párrafos primero y segundo del presente apartado no se aplicarán a las contrataciones realizadas por el Ministerio de seguridad o el Ministerio de defensa.
A partir del año 16 (dieciséis) después de la fecha de entrada en vigor del presente Acuerdo, las condiciones compensatorias no superarán el 20 % (veinte por ciento) del valor de la contratación.
Las condiciones compensatorias se indicarán en el anuncio de contratación pública prevista, se especificarán en el pliego de condiciones y se aplicarán de la misma manera entre todos los proveedores participantes.
Cada 3 (tres) años después de la fecha de entrada en vigor del presente Acuerdo, Argentina informará a la Unión Europea sobre el uso de condiciones compensatorias durante ese período.
9.
No obstante lo dispuesto en el artículo 20.13, apartado 1, para las entidades contratantes cubiertas por el apéndice 20-B-1, Argentina podrá aplicar un período transitorio de hasta 18 (dieciocho) meses a partir de la fecha de entrada en vigor del presente Acuerdo. Durante este período transitorio, dichas entidades facilitarán sus anuncios de contratación pública prevista a través de enlaces en un portal electrónico de acceso gratuito.
ANEXO 20-C
COBERTURA DE BRASIL EN MATERIA DE CONTRATACIÓN PÚBLICA
Apéndice 20-C-1
ENTIDADES DE LA ADMINISTRACIÓN CENTRAL
Lista de Brasil
Salvo disposición en contrario, el capítulo 20 se aplica a las entidades que se enumeran a continuación, incluidos sus respectivos organismos relacionados, cuando el valor de la contratación sea igual o superior a:
Para mercancías y servicios
–
Desde la fecha de entrada en vigor del presente Acuerdo hasta el final del año 7 (siete) después de su entrada en vigor: 216 000 DEG.
–
A partir del año ocho después de la entrada en vigor del presente Acuerdo: 130 000 DEG.
Para servicios de construcción
–
Desde la fecha de entrada en vigor del presente Acuerdo hasta el final del año 7 (siete) después de su entrada en vigor: 8 000 000 DEG.
–
A partir del año ocho después de la entrada en vigor del presente Acuerdo: 5 000 000 DEG.
1.
Poder ejecutivo:
–
Advocacia-Geral da União
–
Casa Civil da Presidência da República
–
Controladoria-Geral da União
–
Gabinete de Segurança Institucional da Presidência da República
–
Presidência da República
–
Secretaria de Comunicação Social da Presidência da República
–
Secretaria de Relações Institucionais da Presidência da República
–
Secretaria-Geral da Presidência da República
–
Vice-Presidência da República
–
Ministério da Agricultura e Pecuária
–
Ministério da Ciência, Tecnologia e Inovação
–
Ministério da Cultura
–
Ministério da Defesa
–
Ministério da Educação
–
Ministério da Fazenda
–
Ministério da Gestão e da Inovação em Serviços Públicos
–
Ministério da Igualdade Racial
–
Ministério da Integração e do Desenvolvimento Regional
–
Ministério da Justiça e Segurança Pública
–
Ministério da Pesca e Aquicultura
–
Ministério da Previdência Social
–
Ministério da Saúde
–
Ministério das Cidades
–
Ministério das Comunicações
–
Ministério das Mulheres
–
Ministério das Relações Exteriores
–
Ministério de Minas e Energia
–
Ministério de Portos e Aeroportos
–
Ministério do Desenvolvimento Agrário e Agricultura Familiar
–
Ministério do Desenvolvimento e Assistência Social, Família e Combate à Fome
–
Ministério do Desenvolvimento, Indústria, Comércio e Serviços
–
Ministério do Empreendedorismo, da Microempresa e da Empresa de Pequeno Porte
–
Ministério do Esporte
–
Ministério do Meio Ambiente e Mudança do Clima
–
Ministério do Planejameno e Orçamento
–
Ministério do Trabalho e Emprego
–
Ministério do Turismo
–
Ministério dos Direitos Humanos e da Cidadania
–
Ministério dos Povos Indígenas
–
Ministério dos Transportes
2.
Poder judicial:
–
Conselho Nacional de Justiça
–
Defensoria Pública da União
–
Justiça do Distrito Federal e dos Territórios
–
Justiça do Trabalho (Tribunais Regionais do Trabalho)
–
Justiça Eleitoral (Tribunais Regionais Eleitorais)
–
Justiça Federal (Tribunais Regionais Federais)
–
Ministério Público da União
–
Superior Tribunal de Justiça – STJ
–
Superior Tribunal de Justiça Militar – STM
–
Supremo Tribunal Federal – STF
–
Tribunal Superior do Trabalho
–
Tribunal Superior Eleitoral – TSE
3.
Poder legislativo:
–
Câmara dos Deputados
–
Senado Federal
–
Tribunal de Contas da União
Notas del apéndice 20-C-1
a)
No se incluyen en el presente apéndice las siguientes entidades: INCRA (Instituto Nacional de Colonização e Reforma Agrária); AEB (Agência Espacial Brasileira); CNEN (Comissão Nacional de Energia Nuclear), e INPI (Instituto Nacional da Propriedade Industrial).
b)
Cuando los contratos sean adjudicados por la Presidência da República, el Ministério da Gestão e da Inovação em Serviços Públicos, el Ministério das Relações Exteriores y el Ministério da Justiça e Segurança Pública, el capítulo 20 no se aplicará a los servicios relacionados con la tecnología de la información, como el desarrollo y el mantenimiento de programas informáticos utilizados en el cifrado de comunicaciones, el almacenamiento y el mantenimiento de bases de datos que contengan información personal de ciudadanos brasileños, derivadas de solicitudes de documentos y pasaportes; el desarrollo y el mantenimiento de programas informáticos responsables del proceso de preparación de los documentos expedidos por el servicio diplomático a los ciudadanos brasileños; la elaboración de pasaportes (CCP 32610); y servicios relacionados con las actividades de delimitación.
c)
En los contratos adjudicados por el Ministério da Defesa, Ministério da Justiça y el Ministério da Educação, el capítulo 20 no se aplicará a los siguientes códigos de la Nomenclatura Común del MERCOSUR (NCM): 61051000 («camisas de algodón, de punto, para hombres»), 61061000 («camisas, blusas, blusas camiseras, de punto, para mujeres, de algodón»), 61091000 («camisetas, incluidas las interiores de punto, de algodón»), 61099000 («camisetas, incluidas las interiores de punto, de las demás materias textiles»), 61102000 («suéteres [jerseys], pulóveres, cárdigan, chalecos y artículos similares, de punto, de algodón»), 62034200 («trajes, conjuntos, chaquetas [sacos], pantalones largos, pantalones con peto, pantalones cortos [calzones] y «shorts», para hombres, de algodón), 62052000 («camisas de algodón para hombres»).
d)
En los contratos adjudicados por el Ministério da Educação, Ministério da Justiça, Ministério da Saúde y sus respectivos organismos relacionados, Brasil se reserva el derecho de recurrir a la licitación restringida para la contratación de mercancías prestados por un organismo o entidad que integre la Administración Pública, tal como se define en el Decreto-ley n.º 200, de 25 de febrero de 1967, y que haya sido creado para este fin específico, antes de la entrada en vigor de la nueva Ley sobre licitaciones 14.133/21, a condición de que el precio contratado sea compatible con el precio de mercado.
Apéndice 20-C-2
ENTIDADES DE LA ADMINISTRACIÓN SUBCENTRAL
Salvo disposición en contrario, el capítulo 20 abarca la contratación pública por parte de las entidades enumeradas en este apéndice, con sujeción a los siguientes umbrales:
Umbrales:
Mercancías
216 000 DEG
Servicios
216 000 DEG
Servicios de construcción
8 000 000 DEG
Lista de entidades:
1.
ACRE
Todas las entidades del poder ejecutivo, incluidos sus respectivos organismos relacionados. Para mayor seguridad, los «organismos relacionados» comprenden todos los organismos y agencias subordinados de Derecho público con personalidad jurídica propia dentro de la estructura de las entidades que se incluyen en el presente apéndice.
2.
AMAPÁ
Todas las entidades del poder ejecutivo, incluidos sus respectivos organismos relacionados. Para mayor seguridad, los «organismos relacionados» comprenden todos los organismos y agencias subordinados de Derecho público con personalidad jurídica propia dentro de la estructura de las entidades que se incluyen en el presente apéndice.
3.
AMAZONAS
A.
Todas las entidades del poder ejecutivo, incluidos sus respectivos organismos subordinados. Para mayor seguridad, los «organismos subordinados» comprenden todos los organismos y agencias subordinados de Derecho público con personalidad jurídica propia dentro de la estructura de las entidades que se incluyen en el presente apéndice.
B.
En el caso de las entidades enumeradas en Amazonas en este apéndice, el presente Acuerdo no cubre la contratación de:
a)
bienes o servicios artísticos o culturales;
b)
bienes y servicios relacionados con la economía medioambiental de la selva amazónica.
4.
CEARÁ
Todas las entidades del poder ejecutivo, incluidos sus respectivos organismos relacionados. Para mayor seguridad, los «organismos relacionados» comprenden todos los organismos y agencias subordinados de Derecho público con personalidad jurídica propia dentro de la estructura de las entidades que se incluyen en el presente apéndice.
5.
DISTRITO FEDERAL
A)
Poder ejecutivo:
1.
Administración regional de Arniqueira (Administração Regional da Arniqueira);
2.
Administración regional de Candangolândia (Administração Regional da Candangolândia);
3.
Administración regional de Águas Claras (Administração Regional de Águas Claras);
4.
Administración regional de Brazlândia (Administração Regional de Brazlândia);
5.
Administración regional de Ceilândia (Administração Regional de Ceilândia);
6.
Administración regional de Planaltina (Administração Regional de Planaltina);
7.
Administración regional de Samambaia (Administração Regional de Samambaia);
8.
Administración regional de Santa Maria (Administração Regional de Santa Maria);
9.
Administración regional de São Sebastião (Administração Regional de São Sebastião);
10.
Administración regional de Sobradinho (Administração Regional de Sobradinho);
11.
Administración regional de Sobradinho 2 (Administração Regional de Sobradinho 2);
12.
Administración regional de Taguatinga (Administração Regional de Taguatinga);
13.
Administración regional de Vicente Pires (Administração Regional de Vicente Pires);
14.
Administración regional de Cruzeiro (Administração Regional do Cruzeiro);
15.
Administración regional de Fercal (Administração Regional do Fercal);
16.
Administración regional de Gama (Administração Regional do Gama);
17.
Administración regional de Guará (Administração Regional do Guará);
18.
Administración regional de Itapoã (Administração Regional do Itapoã);
19.
Administración regional de Jardim Botânico (Administração Regional do Jardim Botânico);
20.
Administración regional de Lago Norte (Administração Regional do Lago Norte);
21.
Administración regional de Lago Sul (Administração Regional do Lago Sul);
22.
Administración regional de N. Bandeirante (Administração Regional do N. Bandeirante);
23.
Administración regional de Paranoá (Administração Regional do Paranoá);
24.
Administración regional de Park Way (Administração Regional do Park Way);
25.
Administración regional de Plano Piloto (Administração Regional do Plano Piloto);
26.
Administración regional de Recanto das Emas (Administração Regional do Recanto das Emas);
27.
Administración regional de Riacho Fundo 1 (Administração Regional do Riacho Fundo 1);
28.
Administración regional de Riacho Fundo 2 (Administração Regional do Riacho Fundo 2);
29.
Administración Regional del Sector de la Industria Complementaria y el Suministro (SCIA) y de la ciudad estructural (Administração Regional do SCIA e Estrutural);
30.
Administración Regional del Sector de la Industria Complementaria y el Suministro, SIA (Administração Regional do SIA);
31.
Administración Regional de Sol Nascente and Pôr do Sol (Administração Regional do Sol Nascente e Pôr do Sol);
32.
Administración regional de Sudoeste/Octogonal (Administração Regional do Sudoeste/Octogonal);
33.
Administración regional de Varjão (Administração Regional do Varjão);
34.
Casa Militar (Casa Militar);
35.
Cuerpo Militar de Bomberos del Distrito Federal (Corpo de Bombeiros Militar do Distrito Federal);
36.
Fundación Jardín Botánico de Brasilia (Fundação Jardim Botânico de Brasília);
37.
Universidad del Distrito Federal (Universidade do Distrito Federal, UnDF);
38.
Policía civil del Distrito Federal (Polícia Civil do Distrito Federal);
39.
Policía militar del Distrito Federal (Polícia Militar do Distrito Federal);
40.
Fiscalía General del Distrito Federal (Procuradoria-Geral do Distrito Federal) (nota 5.3.b);
41.
Oficina de Comunicaciones del Distrito Federal (Secretaria de Comunicação do Distrito Federal);
42.
Oficina Estatal de Administración Penitenciaria (Secretaria de Estado da Administração Penitenciária);
43.
Oficina Estatal de Agricultura, Suministro Alimentario y Desarrollo Rural (Secretaria de Estado da Agricultura, Abastecimento e Desenvolvimento Rural);
44.
Oficina Estatal de Asuntos Civiles (Secretaria de Estado da Casa Civil);
45.
Oficina Estatal de Juventud y Jóvenes Adultos (Secretaria de Estado da Juventude);
46.
Oficina Estatal de la Mujer (Secretaria de Estado da Mulher);
47.
Oficina Estatal de Seguridad Pública (Secretaria de Estado da Segurança Pública);
48.
Oficina Estatal de las Ciudades (Secretaria de Estado das Cidades);
49.
Oficina Estatal de Atención a la Comunidad (Secretaria de Estado de Atendimento à Comunidade);
50.
Oficina Estatal de Ciencia, Tecnología e Innovación (Secretaria de Estado de Ciência, Tecnologia e Inovação);
51.
Oficina Estatal de Cultura y Economía Creativa (Secretaria de Estado de Cultura e Economia Criativa) (nota 5.3.a.);
52.
Oficina Estatal de Desarrollo del Área Metropolitana (Secretaria de Estado de Desenvolvimento da Região Metropolitana);
53.
Oficina Estatal de Desarrollo Económico (Secretaria de Estado de Desenvolvimento Econômico);
54.
Oficina Estatal de Desarrollo Social (Secretaria de Estado de Desenvolvimento Social);
55.
Oficina Estatal de Desarrollo Urbano y de la Vivienda (Secretaria de Estado de Desenvolvimento Urbano e Habitação);
56.
Oficina Estatal de Economía (Secretaria de Estado de Economia);
57.
Oficina Estatal de Educación (Secretaria de Estado de Educação);
58.
Oficina Estatal de Deporte y Ocio (Secretaria de Estado de Esporte e Lazer);
59.
Oficina Estatal del Gobierno (Secretaria de Estado de Governo);
60.
Oficina Estatal de Justicia y Ciudadanía (Secretaria de Estado de Justiça e Cidadania);
61.
Oficina Estatal de Obras e Infraestructura (Secretaria de Estado de Obras e Infraestrutura);
62.
Oficina Estatal de Protección de Ordenación Urbana (Secretaria de Estado de Proteção da Ordem Urbanística);
63.
Oficina Estatal de Relaciones Institucionales (Secretaria de Estado de Relações Institucionais);
64.
Oficina Estatal de Relaciones Parlamentarias (Secretaria de Estado de Relações Parlamentares);
65.
Oficina Estatal de Trabajo (Secretaria de Estado de Trabalho);
66.
Oficina Estatal de Transporte y Movilidad (Secretaria de Estado de Transporte e Mobilidade);
67.
Oficina Estatal de Turismo (Secretaria de Estado de Turismo);
68.
Oficina Estatal de Medio Ambiente (Secretaria de Estado do Meio Ambiente);
69.
Oficina Extraordinaria de Asistencia Familiar (Secretaria de Extraordinária da Família);
70.
Oficina de Proyectos Especiales (Secretaria de Projetos Especiais);
71.
Oficina Extraordinaria para las Personas con Discapacidad (Secretaria Extraordinária da Pessoa com Deficiência).
B)
Poder legislativo:
Tribunal de Cuentas del Distrito Federal (Tribunal de Contas do Distrito Federal).
C)
En el caso de las entidades enumeradas en Distrito Federal, el presente Acuerdo no cubre:
a)
la contratación por la Oficina Estatal de Cultura y Economía Creativa (Secretaria de Estado de Cultura e Economia Criativa) de servicios culturales y artísticos;
b)
la contratación por la Fiscalía General del Distrito Federal (Procuradoria-Geral do Distrito Federal) de los siguientes servicios: tecnologías de la información, comunicación, consultoría en gestión e investigación y desarrollo.
6.
GOIÁS
Todas las entidades del poder ejecutivo, incluidos sus respectivos organismos relacionados. Para mayor seguridad, los «organismos relacionados» comprenden todos los organismos y agencias subordinados de Derecho público con personalidad jurídica propia dentro de la estructura de las entidades que se incluyen en el presente apéndice.
7.
MARANHÃO
Todas las entidades del poder ejecutivo, incluidos sus respectivos organismos relacionados. Para mayor seguridad, los «organismos relacionados» comprenden todos los organismos y agencias subordinados de Derecho público con personalidad jurídica propia dentro de la estructura de las entidades que se incluyen en el presente apéndice.
8.
MATO GROSSO
Todas las entidades del poder ejecutivo, incluidos sus respectivos organismos relacionados. Para mayor seguridad, los «organismos relacionados» comprenden todos los organismos y agencias subordinados de Derecho público con personalidad jurídica propia dentro de la estructura de las entidades que se incluyen en el presente apéndice.
9.
MINAS GERAIS
A)
Poder ejecutivo:
1.
Agencia para el Desarrollo del Área Metropolitana de Belo Horizonte (Agência de Desenvolvimento da Região Metropolitana de Belo Horizonte);
2.
Agencia para el Desarrollo del Área Metropolitana de Vale do Aço (Agência de Desenvolvimento da Região Metropolitana do Vale do Aço);
3.
Agencia Reguladora de Servicios de Abastecimento de Água y Alcantarillado de Aguas Sanitarias en el estado de Minas Gerais (Agência Reguladora de Serviços de Abastecimento de Água e de Esgotamento Sanitário do Estado de Minas Gerais);
4.
Consejo Estatal de Educación (Conselho Estadual de Educação);
5.
Oficina General de Cuentas del Estado (Controladoria Geral do Estado);
6.
Cuerpo Militar de Bomberos de Minas Gerais (Corpo de Bombeiros Militar de Minas Gerais);
7.
Empresa de Asistencia Técnica y Extensión Rural en el Estado de Minas Gerais (Empresa de Assistência Técnica e Extensão Rural do Estado de Minas Gerais);
8.
Fundación Clóvis Salgado (Fundação Clóvis Salgado);
9.
Fundación de Apoyo a la Investigación del Estado de Minas Gerais (Fundação de Amparo à Pesquisa do Estado de Minas Gerais);
10.
Fundación de Arte de Ouro Preto (Fundação de Arte de Ouro Preto);
11.
Fundación para la Educación Laboral de Minas Gerais (Fundação de Educação para o Trabalho de Minas Gerais);
12.
Fundación Educativa Caio Martins (Fundação Educacional Caio Martins);
13.
Fundación Estatal de Medio Ambiente (Fundação Estadual do Meio Ambiente);
14.
Fundación Helena Antipoff (Fundação Helena Antipoff);
15.
Fundación João Pinheiro (Fundação João Pinheiro);
16.
Oficina Militar del Gobernador (Gabinete Militar do Governador);
17.
Instituto de Seguridad Social de los Funcionarios del Estado de Minas Gerais (Instituto de Previdência dos Servidores do Estado de Minas Gerais);
18.
Instituto de Seguridad Social de los Funcionarios Militares de Minas Gerais (Instituto de Previdência dos Servidores Militares do Estado de Minas Gerais);
19.
Instituto Estatal de Bosques (Instituto Estadual de Florestas);
20.
Instituto de Gestión del Agua de Minas Gerais (Instituto Mineiro de Gestão das Águas);
21.
Registro Mercantil del Estado de Minas Gerais (Junta Comercial do Estado de Minas Gerais);
22.
Oficina Estatal del Defensor del Pueblo (Ouvidoria Geral do Estado);
23.
Policía civil del Estado de Minas Gerais (Polícia Civil do Estado de Minas Gerais);
24.
Policía militar del Estado de Minas Gerais (Polícia Militar do Estado de Minas Gerais);
25.
Oficina de Cultura y Turismo (Secretaria de Cultura e Turismo);
26.
Oficina de Desarrollo Económico (Secretaria de Desenvolvimento Econômico);
27.
Oficina de Desarrollo Social (Secretaria de Desenvolvimento Social);
28.
Oficina de Educación (Secretaria de Educação);
29.
Oficina de Gobierno (Secretaria de Governo);
30.
Oficina de Infraestructura y Movilidad (Secretaria de Infraestrutura e Mobilidade);
31.
Oficina de Medio Ambiente y Desarrollo Sostenible (Secretaria de Meio Ambiente e Desenvolvimento Sustentável);
32.
Oficina de Planificación y Gestión (Secretaria de Planejamento e Gestão);
33.
Universidad del Estado de Minas Gerais (Universidade do Estado de Minas Gerais);
34.
Universidad Estatal de Montes Claros (Universidade Estadual de Montes Claros);
35.
Secretaría de Agricultura, Ganadería y Abastecimiento (Secretaria de Agricultura, Pecuária e Abastecimento) (nota 9.4).
B)
Poder legislativo:
Tribunal de Cuentas de Minas Gerais (Tribunal de Contas de Minas Gerais).
C)
Otros:
Defensoría Pública del Estado de Minas Gerais (Defensoria Pública do Estado de Minas Gerais).
D)
En el caso de las entidades enumeradas en Minas Gerais, el presente Acuerdo no cubre la contratación de servicios o servicios de construcción por parte de la Secretaría de Agricultura, Ganadería y Abastecimiento (Secretaria de Agricultura, Pecuária e Abastecimento).
10.
PARÁ
Todas las entidades del poder ejecutivo, incluidos sus respectivos organismos subordinados. Para mayor seguridad, los «organismos subordinados» comprenden todos los organismos y agencias subordinados de Derecho público con personalidad jurídica propia dentro de la estructura de las entidades que se incluyen en el presente apéndice.
11.
PARAÍBA
Todas las entidades del poder ejecutivo, incluidos sus respectivos organismos relacionados. Para mayor seguridad, los «organismos relacionados» comprenden todos los organismos y agencias subordinados de Derecho público con personalidad jurídica propia dentro de la estructura de las entidades que se incluyen en el presente apéndice.
12.
PARANÁ
A)
Poder ejecutivo:
Todas las entidades del poder ejecutivo, incluidos sus respectivos organismos relacionados. Para mayor seguridad, los «organismos relacionados» comprenden todos los organismos y agencias subordinados de Derecho público con personalidad jurídica propia dentro de la estructura de las entidades que se incluyen en el presente apéndice.
B)
Poder judicial:
Tribunal de Justicia del Estado de Paraná (Tribunal de Justiça do Paraná).
C)
Poder legislativo:
–
Asamblea Legislativa (Assembleia Legislativa);
–
Tribunal de Cuentas del Estado de Paraná (Tribunal de Contas do Estado do Paraná).
D)
Otros:
–
Ministerio Público del Estado (Ministério Público Estadual);
–
Oficina Estatal de Defensa Pública (Defensoria Pública do Estado).
13.
PERNAMBUCO
Poder ejecutivo:
–
Oficina de Administración del Estado y Central de Contratación del Estado (Secretaria de Administração do Estado e Central de Licitações do Estado);
–
Oficina de Rendición de Cuentas del Gobierno (Secretaria da Controladoria Geral do Estado);
–
Oficina del Procurador General del Estado (Procuradoria-Geral do Estado).
14.
RIO DE JANEIRO
A)
Poder ejecutivo:
Todas las entidades del poder ejecutivo, incluidos sus respectivos organismos relacionados. Para mayor seguridad, los «organismos relacionados» comprenden todos los organismos y agencias subordinados de Derecho público con personalidad jurídica propia dentro de la estructura de las entidades que se incluyen en el presente apéndice.
B)
Poder legislativo:
Tribunal de Cuentas del Estado de Río de Janeiro (Tribunal de Contas do Estado do Rio de Janeiro).
C)
Otros:
Fiscalía del Estado (Ministério Público Estadual).
15.
RIO GRANDE DO NORTE
Todas las entidades del poder ejecutivo, incluidos sus respectivos organismos relacionados. Para mayor seguridad, los «organismos relacionados» comprenden todos los organismos y agencias subordinados de Derecho público con personalidad jurídica propia dentro de la estructura de las entidades que se incluyen en el presente apéndice.
16.
RIO GRANDE DO SUL
A)
Poder ejecutivo:
1.
Ministerio de Asuntos Civiles (Casa Civil);
2.
Agencia Estatal de Regulación de los Servicios Públicos Delegados de Rio Grande do Sul (Agência Estadual de Regulação dos Serviços Públicos Delegados do Rio Grande do Sul);
3.
Brigada Militar (Brigada Militar);
4.
Casa Militar y Defensa Civil (Casa Militar e Defesa Civil);
5.
Cuerpo de Bomberos Militar (Corpo de Bombeiros Militar);
6.
Departamento Independiente de Carreteras (Departamento Autônomo de Estradas de Rodagem);
7.
Departamento Estatal de Tráfico (Departamento Estadual de Trânsito);
8.
Oficina de Desarrollo de Proyectos (Escritório de Desenvolvimento de Projetos);
9.
Fundación de Apoyo a la Investigación del Estado de Rio Grande do Sul (Fundação de Amparo à Pesquisa do Estado de Rio Grande do Sul);
10.
Fundación para la Asistencia Social y Educativa (Fundação de Atendimento Sócio-Educativo);
11.
Fundación de Protección Especial de Rio Grande do Sul (Fundação de Proteção Especial do Rio Grande do Sul);
12.
Fundación Escuela Técnica Liberato Salzano Vieira da Cunha (Fundação Escola Técnica Liberato Salzano Vieira da Cunha);
13.
Fundación Estatal de Planificación Metropolitana y Regional (Fundação Estadual de Planejamento Metropolitano e Regional);
14.
Fundación Estatal para la Protección del Medio Ambiente (Fundação Estadual de Proteção Ambiental);
15.
Fundación de Trabajo y Acción Social de Rio Grande do Sul (Fundação Gaúcha do Trabalho e Ação Social);
16.
Fundación Orquesta Sinfónica de Porto Alegre (Fundação Orquestra Sinfônica de Porto Alegre);
17.
Fundación de Teatro São Pedro (Fundação Teatro São Pedro);
18.
Fundación Zoobotánica (Fundação Zoobotânica);
19.
Oficina del Gobernador (Gabinete do Governador);
20.
Oficina del Vicegobernador (Gabinete do Vice-Governador);
21.
Instituto del Arroz de Rio Grande do Sul (Instituto Rio Grandense do Arroz);
22.
Instituto General de Exámenes Periciales(Instituto-Geral de Perícias);
23.
Instituti de Seguridad Social del Estado de Rio Grande do Sul (Instituto de Previdência do Estado do Rio Grande do Sul);
24.
Registro de Servicios, Industrial y Comercial de Río Grande do Sul (Junta Comercial, Industrial e Serviços do Rio Grande do Sul);
25.
Polícia Civil (Polícia Civil);
26.
Oficina del Procurador General del Estado (Procuradoria-Geral do Estado);
27.
Oficina de Administración Penitenciaria (Secretaria da Administração Penitenciária);
28.
Oficina de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural (Secretaria da Agricultura, Pecuária e Desenvolvimento Rural);
29.
Oficina de Cultura (Secretaria da Cultura);
30.
Oficina de Educación (Secretaria da Educação);
31.
Departamento del Tesoro (Secretaria da Fazenda) (nota 16.2.c);
32.
Oficina de Seguridad Pública (Secretaria da Segurança Pública) (nota 16.2.b);
33.
Oficina de Coordinación y Apoyo a los Municipios (Secretaria de Articulação e Apoio Aos Municípios);
34.
Oficina de Comunicación (Secretaria de Comunicação);
35.
Oficina de Desarrollo Económico y Turismo (Secretaria de Desenvolvimento Econômico e Turismo);
36.
Oficina de Innovación, Ciencia y Tecnología (Secretaria de Inovação, Ciência e Tecnologia);
37.
Oficina de Justicia, Ciudadanía y Derechos Humanos (Secretaria de Justiça, Cidadania e Direitos Humanos);
38.
Oficina de Logística y Transporte (Secretaria de Logística e Transportes);
39.
Oficina de Obras y Vivienda (Secretaria de Obras e Habitação);
40.
Oficina de Planificación, Gobernanza y Gestión (Secretaria de Planejamento, Governança e Gestão);
41.
Oficina Extraordinaria de Asociaciones (Secretaria Extraordinária de Parcerias);
42.
Oficina de Trabajo y Asistencia Social (Secretaria de Trabalho e Assistência Social);
43.
Oficina de Deporte y Ocio (Secretaria do Esporte e Lazer);
44.
Oficina de Medio Ambiente e Infraestructura (Secretaria do Meio Ambiente e Infraestrutura);
45.
Oficina extraordinaria de Relaciones Federativas e Internacionales (Secretaria Extraordinária de Relações Federativas e Internacionais);
46.
Subdelegación del Parque Estatal de Exposiciones de Assis Brasil (Subsecretaria do Parque Estadual de Exposições Assis Brasil);
47.
Oficina del Superintendente de Porto do Rio Grande (Superintendência do Porto do Rio Grande);
48.
Oficina del Superintendente de Servicios Penitenciarios (Superintendência dos Serviços Penitenciários);
49.
Universidad Estatal Rio Grande do Sul (Universidade Estadual do Rio Grande do Sul).
B)
En el caso de las entidades enumeradas en Rio Grande do Sul, el presente Acuerdo no cubre:
a)
la contratación de alimentos para el sistema penitenciario;
b)
la contratación de vehículos automóviles por la Oficina de Seguridad Pública (Secretaria da Segurança Pública);
c)
la contratación por el Departamento del Tesoro (Secretaria da Fazenda) que incluya datos e información sensibles o datos e información protegidos por normas en materia de secreto o de seguridad nacional;
d)
la contratación pública de servicios de transporte para las autoridades públicas, incluido el alquiler de vehículos aéreos y terrestres.
17.
RONDÔNIA
Poder ejecutivo:
Oficina Estatal de Desarrollo Económico (Secretaria de Desenvolvimento Econômico).
18.
RORAIMA
A)
Poder ejecutivo:
1.
Comité Permanente de Licitación (Comissão Permanente de Licitação, CPL)
2.
Comisión Sectorial de Licitaciones de la Secretaría de Estado de Infraestructuras (Comissão Setorial de Licitação da Secretaria de Estado da Infraestrutura, CSL/SEINF)
3.
Comisión Sectorial de Licitaciones de la Secretaría de Estado de Educación y Deporte (Comissão Setorial de Licitação da Secretaria de Estado da Educação e Desporto, CSL/SEED)
4.
Comité de Licitación del Departamento Estatal de Tráfico de Roraima (Comissão de Licitação do Departamento Estadual de Trânsito de Roraima)
5.
Comité de Licitación del Instituto de la Seguridad Social del Estado de Roraima (Comissão de Licitação do Instituto de Previdência do Estado de Roraima)
6.
Comité de Licitación del Instituto de Pesos y Medidas del Estado de Roraima (Comissão de Licitação do Instituto de Pesos e Medidas do Estado de Roraima)
7.
Comité de Licitación del Instituto de Apoyo a la Ciencia, la Tecnología y la Innovación del Estado de Roraima (Comissão de Licitação do Instituto de Amparo à Ciência, Tecnologia e Inovação do Estado de Roraima)
8.
Comité de Licitación de la Universidad Estatal de Roraima (Comissão de Licitação da Universidade Estadual de Roraima)
9.
Comité de Licitación de la Fundación Estatal para el Medio Ambiente y los Recursos Hídricos (Comissão de Licitação da Fundação Estadual do Meio Ambiente e Recursos Hídricos)
10.
Comité de Licitación de la Agencia de Defensa Agrícola de Roraima (Comissão de Licitação da Agência de Defesa Agropecuária de Roraima)
11.
Comisión de Licitación del Registro Mercantil del Estado de Roraima (Comissão de Licitação da Junta Comercial do Estado de Roraima)
12.
Comité de la Universidad Virtual de Roraima (Comissão de Licitação da Universidade Virtual de Roraima)
13.
Comisión de Licitación del Instituto de Tierras y Colonización del Estado de Roraima (Comissão de Licitação do Instituto de Terras e Colonização do Estado de Roraima)
B)
Poder judicial:
Tribunal de Justicia del Estado de Roraima (Tribunal de Justiça de Roraima, TJ/RR)
19.
SANTA CATARINA
Todas las entidades del poder ejecutivo, incluidos sus respectivos organismos relacionados. Para mayor seguridad, los «organismos relacionados» comprenden todos los organismos y agencias subordinados de Derecho público con personalidad jurídica propia dentro de la estructura de las entidades que se incluyen en el presente apéndice.
20.
SÃO PAULO
Todas las entidades del poder ejecutivo, incluidos sus respectivos organismos relacionados. Para mayor seguridad, los «organismos relacionados» comprenden todos los organismos y agencias subordinados de Derecho público con personalidad jurídica propia dentro de la estructura de las entidades que se incluyen en el presente apéndice.
21.
TOCANTINS
Todas las entidades del poder ejecutivo, incluidos sus respectivos organismos relacionados. Para mayor seguridad, los «organismos relacionados» comprenden todos los organismos y agencias subordinados de Derecho público con personalidad jurídica propia dentro de la estructura de las entidades que se incluyen en el presente apéndice.
Apéndice 20-C-3
OTRAS ENTIDADES
El capítulo 20 no cubre la contratación pública realizada por otras entidades de Brasil.
Apéndice 20-C-4
MERCANCÍAS
Salvo disposición en contrario, el capítulo 20 cubre todas las contrataciones de mercancías realizadas por las entidades que se enumeran en los apéndices 20-C-1 y 20-C-2, con excepción de las mercancías enumeradas a continuación, como figuran en la clasificación brasileña de contratación CATMAT (Catálogo de Materiais).
|
3695
|
06786
|
Equipos especializados para trabajar la madera
|
|
3710
|
|
Equipos para la preparación del suelo
|
|
3720
|
|
Equipos para la recolección
|
|
3740
|
11339
|
Equipos de pulverización
|
|
3805
|
|
Equipos de excavación y movimiento de tierras
|
|
3810
|
|
Grúas y excavadoras
|
|
3820
|
|
Equipos de minería, perforación de roca y tierra y equipos relacionados
|
|
3825
|
|
Equipo de desbroce y limpieza en carreteras
|
|
3830
|
|
Accesorios para camiones y tractores
|
|
3895
|
06670
|
Equipos para compactación de asfalto
|
|
4120
|
13768
|
Acondicionadores de aire
|
|
6670
|
|
Básculas
|
|
6810
|
|
Productos químicos
|
|
6820
|
|
Tintes
|
|
6830
|
|
Gases comprimidos y licuados
|
|
6840
|
|
Plaguicidas y desinfectantes
|
|
6850
|
|
Productos químicos especiales diversos
|
|
8820
|
47643
|
Animales vivos no criados para la alimentación
|
Apéndice 20-C-5
SERVICIOS
Salvo disposición en contrario, el capítulo 20 cubre la contratación realizada por las entidades que se enumeran en el apéndice 20-C-1 y en el apéndice 20-C-2 de los siguientes servicios. Los servicios enumerados a continuación se identifican de conformidad con el documento MTN.GNS/W/120, de 10 de julio de 1991, de la OMC, y la Clasificación Central de Productos Provisional de los Informes Estadísticos de las Naciones Unidas, serie M, número 77.
|
SECTORES Y SUSECTORES
|
CORRESPONDENCIA EN LA CCP
|
|
1.
Servicios prestados a las empresas
|
Sección B
|
|
A.
Servicios profesionales
|
|
|
d.
Servicios de arquitectura
|
8671: Servicios de arquitectura
|
|
e.
Servicios de ingeniería
|
8672: Servicios de ingeniería
|
|
f.
Servicios integrados de ingeniería
|
8673: Servicios integrados de ingeniería
|
|
g.
Servicios de planificación urbana y de arquitectura paisajista
|
8674: Servicios de planificación urbana y de arquitectura paisajística
|
|
F.
Otros servicios prestados a las empresas
|
|
|
b.
Servicios de investigación de mercados y encuestas de la opinión pública
|
864: Servicios de investigación de mercados y encuestas de la opinión pública
|
|
c.
Servicios de consultores en administración
|
865: Servicios de consultores en administración
|
|
d.
Servicios relacionados con los de los consultores en administración
|
86601: Servicios de administración de proyectos, excepto de construcción
|
|
e.
Servicios de ensayos y análisis técnicos.
|
8676: Servicios de ensayos y análisis técnicos
|
|
f.
Servicios
relacionados con la agricultura, la caza y la silvicultura
|
881: Servicios relacionados con la agricultura, la caza y la silvicultura
|
|
|
8811: Servicios relacionados con la agricultura
|
|
|
8812: Servicios relacionados con la cría de animales
|
|
|
8813: Servicios relacionados con la caza
|
|
|
8814: Servicios relacionados con la silvicultura y la extracción de madera
|
|
g.
Servicios relacionados con la pesca
|
882: Servicios relacionados con la pesca
|
|
o.
Servicios de limpieza de edificios
|
8740: Servicios de limpieza de edificios
|
|
q.
Servicios de empaque
|
8760: Servicios de empaque
|
|
s.
Servicios prestados con ocasión de asambleas o convenciones
|
87909: Servicios prestados con ocasión de asambleas o convenciones
|
|
6.
Servicios relacionados con el medio ambiente
|
|
|
A.
Servicios de alcantarillado
|
9401: Servicios de alcantarillado
|
Notas del apéndice 20-C-5
Brasil se reserva el derecho de recurrir a la licitación restringida para la contratación de servicios prestados por un organismo o entidad que integre la Administración Pública, tal como se define en el Decreto-ley n.º 200, de 25 de febrero de 1967, y que haya sido creado para este fin específico, antes de la entrada en vigor de la nueva Ley sobre licitaciones 14.133/21, a condición de que el precio contratado sea compatible con el precio de mercado.
Apéndice 20-C-6
SERVICIOS DE CONSTRUCCIÓN Y CONCESIONES DE OBRAS PÚBLICAS
1
SERVICIOS DE CONSTRUCCIÓN
Todos los servicios enumerados en la división 51 de la Clasificación Central de Productos Provisional (CCP).
2.
CONCESIONES DE OBRAS
Cuando sean adjudicadas por entidades enumeradas en los apéndices 20-C-1 y 20-C-2 y con sujeción a los umbrales aplicables a los contratos de servicios de construcción especificados en los apéndices 20-C-1 y 20-C-2, el único artículo del capítulo 20 del presente Acuerdo que se aplica a los contratos de concesiones de obras es el artículo 20.6. A efectos del presente apartado, se entenderá por contratos de concesiones de obras todo acuerdo contractual cuyo objetivo principal sea emprender la construcción o rehabilitación de infraestructuras físicas, plantas, edificios, instalaciones u otras obras de propiedad pública, y en virtud del cual una entidad contratante concede a un proveedor, mediante un contrato y por un período de tiempo determinado, la propiedad temporal o el derecho a controlar, explotar y exigir el pago por el uso de dichas obras durante el período de vigencia del contrato.
Apéndice 20-C-7
NOTAS GENERALES
Salvo disposición en contrario, las siguientes notas generales se aplican al capítulo 20:
1.
El capítulo 20 no se aplica a:
a)
las contrataciones realizadas fuera del territorio de Brasil para su consumo fuera del territorio de dicha Parte;
b)
los contratos relacionados con la delegación de servicios, como autorizaciones, permisos y concesiones, excepto en el caso de las concesiones de obras, que están cubiertas por el punto 2 del apéndice 20-C-6;
c)
la contratación pública de mercancías y servicios adquiridos en el marco de programas de seguridad alimentaria y nutricional y de alimentación escolar que apoyen a los agricultores familiares o a las cooperativas agrícolas familiares que lleven un registro específico, de conformidad con las leyes y reglamentos brasileños;
d)
la contratación relacionada con el Sistema Único de Salud (SUS) brasileño.
2.
La prohibición de condiciones compensatorias que se establece en el artículo 20.11, no se aplicará a Brasil si las condiciones y su evaluación no son discriminatorias entre los posibles licitadores, se definen claramente en los pliegos de la contratación y se indican en el anuncio de contratación pública prevista.
3.
Brasil se reserva el derecho de aplicar márgenes de preferencia a las mercancías manufacturadas y servicios nacionales, tal como se establece en la legislación federal brasileña. Se informará a la Unión Europea en un plazo de 30 (treinta) días después de que el Gobierno adopte una decisión sobre las mercancías y servicios que puedan incluirse en esta categoría.
4.
Brasil se reserva el derecho de aplicar márgenes de preferencia en los precios, así como políticas de reserva de cuotas de hasta el 25 % del objeto de la contratación, en favor de sus microempresas y pequeñas empresas.
5.
Brasil se reserva el derecho de llevar a cabo un procedimiento de licitación restringida para la adquisición de mercancías y servicios de instituciones brasileñas sin ánimo de lucro que se dediquen a la asistencia social, los servicios públicos o los servicios sociales de interés público.
6.
Además de la posibilidad de llevar a cabo una licitación restringida para la contratación pública precomercial destinada a promover el desarrollo de soluciones innovadoras para las necesidades del sector público establecidas en el artículo 20.20, apartado 1, letra e), Brasil podrá, siempre que se invoque dicha disposición, recurrir al procedimiento de licitación restringida para las compras posteriores de las mismas mercancías y servicios desarrollados en el marco de dicho acuerdo por el desarrollador nacional del prototipo o de la primera mercancía o servicio.
7.
Brasil aplicará el artículo 20.3, apartado 2, en el plazo máximo de 3 (tres) años a partir de la fecha de entrada en vigor del presente Acuerdo.
________________
ANEXO 20-D
PARAGUAY
NOTA SOBRE LA APLICACIÓN DEL ANEXO 20-D
ENTRE LA UNIÓN EUROPEA Y PARAGUAY
La aplicación del anexo 20-D de Paraguay estará supeditada a la recepción por parte de la Unión Europea, en el plazo de 3 (tres) años a partir de la fecha de entrada en vigor del presente Acuerdo, de una notificación escrita de Paraguay en la que manifieste su consentimiento para aplicar dicho anexo a más tardar (tres) años después de la fecha de entrada en vigor del presente Acuerdo.
Apéndice 20-D-1
ENTIDADES DE LA ADMINISTRACIÓN CENTRAL
El capítulo 20 se aplicará a la contratación realizada por las entidades paraguayas que figuran en el presente apéndice si el valor de la contratación estimado de conformidad con el artículo 20.4 del Acuerdo es igual o superior a los siguientes umbrales:
a)
Para mercancías y servicios:
i)
Desde la fecha de entrada en vigor del presente Acuerdo hasta el fin del año 10 (diez) después de su entrada en vigor: 1 067 568 (un millón sesenta y siete mil quinientos sesenta y ocho) DEG.
ii)
desde el año 11 (once) hasta el final del año 15 (quince) después de la fecha de entrada en vigor del presente Acuerdo: 850 000 (ochocientos cincuenta mil) DEG.
iii)
desde el año 16 (dieciséis) hasta el final del año 18 (dieciocho) después de la fecha de entrada en vigor del presente Acuerdo: 650 000 (seiscientos cincuenta mil) DEG.
iv)
a partir del año 19 (diecinueve) después de la entrada en vigor del presente Acuerdo y en adelante: 580 000 (quinientos ochenta mil) DEG.
b)
Para servicios de construcción
El presente apéndice no cubre los servicios de construcción.
Lista de Paraguay
El capítulo 20 se aplica a las entidades de la Administración central de Paraguay que se enumeran a continuación:
A)
ADMINISTRACIÓN CENTRAL
1.
Ministerio de Relaciones Exteriores (MRE);
2.
Ministerio de Justicia (MJ);
3.
Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social (MTESS);
4.
Ministerio de Industria y Comercio (MIC);
5.
Ministerio de la Mujer (Min. Mujer);
6.
Ministerio de Economía y Finanzas (MEF);
7.
Vicepresidencia de la República (VPR);
8.
Ministerio de Desarrollo Social (MDS);
9.
Ministerio del Ambiente y Desarrollo Sostenible (MADES);
10.
Secretaría Nacional por los Derechos Humanos de las Personas con Discapacidad (SENADIS);
11.
Secretaría Nacional de la Juventud (SNJ);
12.
Auditoría General del Poder Ejecutivo;
13.
Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología (CONACYT);
14.
Instituto Nacional de Estadística (INE);
15.
Escribanía Mayor de Gobierno;
16.
Procuraduría General de la República (PGR);
17.
Secretaría de Políticas Lingüísticas (SPL);
18.
Secretaría de Prevención de Lavado de Dinero (SEPRELAD);
19.
Secretaría Nacional Anticorrupción (SENAC);
20.
Secretaría Nacional Antidrogas (SENAD);
21.
Secretaría Nacional de Turismo (SENATUR);
22.
Ministerio de Tecnologías de la Información y Comunicación (MITIC);
23.
Ministerio de la Niñez y la Adolescencia (MNA);
24.
Secretaría de Desarrollo para Repatriados y Refugiados Connacionales (SEDERREC).
B)
PODER LEGISLATIVO
1.
Congreso Nacional.
C)
PODER JUDICIAL
1.
Ministerio Público (MP);
2.
Consejo de la Magistratura (CM);
3.
Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados (JEM);
4.
Ministerio de la Defensa Pública (MDP).
D)
ENTIDADES AUTÓNOMAS Y AUTÁRQUICAS
1.
Instituto Nacional de Tecnología, Normalización y Metrología (INTN);
2.
Instituto Nacional de Desarrollo Rural y de la Tierra (INDERT);
3.
Instituto Paraguayo del Indígena (INDI);
4.
Dirección de Beneficencia y Ayuda Social (DIBEN);
5.
Dirección Nacional de Correos del Paraguay (DINACOPA);
6.
Dirección Nacional de Ingresos Tributarios (DNIT);
7.
Dirección Nacional de Propiedad Intelectual (DINAPI);
8.
Instituto Paraguayo de Tecnología Agraria (IPTA);
9.
Servicio Nacional de Calidad y Sanidad Vegetal y de Semillas (SENAVE);
10.
Fondo Nacional de la Cultura y las Artes (FONDEC);
11.
Instituto Forestal Nacional (INFONA);
12.
Instituto Paraguayo de Artesanía (IPA);
13.
Agencia Nacional de Evaluación y Acreditación de la Educación Superior (ANEAES);
14.
Agencia Nacional de Tránsito y Seguridad Vial (ANTSV);
15.
Autoridad Reguladora Radiológica y Nuclear (ARRN);
16.
Comisión Nacional de Competencia (CONACOM);
17.
Consejo Nacional de Educación Superior (CONES);
18.
Dirección Nacional de Transporte (DINATRAN);
19.
Secretaría de Defensa del Consumidor y el Usuario (SEDECO);
20.
Secretaría Nacional de Cultura;
21.
Defensoría del Pueblo;
22.
Mecanismo Nacional de Prevención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes (MNP).
E)
ENTIDADES FINANCIERAS
1.
Banco Nacional de Fomento (BNF);
2.
Crédito Agrícola de Habilitación (CAH);
3.
Agencia Financiera de Desarrollo (AFD);
4.
Caja de Préstamos del Ministerio de Defensa Nacional;
5.
Instituto Nacional de Cooperativismo (INCOOP).
F)
CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA
G)
ENTIDADES PÚBLICAS DE LA SEGURIDAD SOCIAL
1.
Caja de Jubilaciones y Pensiones del Personal de la ANDE;
2.
Caja de Jubilaciones y Pensiones del Personal Municipal;
3.
Caja de Seguridad Social de Empleados y Obreros Ferroviarios.
H)
UNIVERSIDADES
1.
Universidad Nacional de Canindeyú;
2.
Universidad Nacional de Concepción;
3.
Universidad Nacional de Itapúa;
4.
Universidad Nacional de Pilar.
Apéndice 20-D-2
El capítulo 20 se aplicará a la contratación realizada por las entidades paraguayas que figuran en el presente apéndice si el valor de la contratación estimado de conformidad con el artículo 20.4 del Acuerdo es igual o superior a los siguientes umbrales:
a)
Para mercancías y servicios
i)
Desde la fecha de entrada en vigor del presente Acuerdo hasta el fin del año 10 (diez) después de su entrada en vigor: 1 067 568 (un millón sesenta y siete mil quinientos sesenta y ocho) DEG.
ii)
desde el año 11 (once) hasta el final del año 15 (quince) después de la fecha de entrada en vigor del presente Acuerdo: 850 000 (ochocientos cincuenta mil) DEG.
iii)
desde el año 16 (dieciséis) hasta el final del año 18 (dieciocho) después de la fecha de entrada en vigor del presente Acuerdo: 650 000 (seiscientos cincuenta mil) DEG.
iv)
a partir del año 19 (diecinueve) después de la entrada en vigor del presente Acuerdo y en adelante: 580 000 (quinientos ochenta mil) DEG.
b)
Para servicios de construcción
El presente apéndice no cubre los servicios de construcción.
Lista de Paraguay
ENTIDADES DE LA ADMINISTRACIÓN SUBCENTRAL
Gobiernos departamentales
1.
Gobernación del Departamento de Concepción;
2.
Gobernación del Departamento de San Pedro;
3.
Gobernación del Departamento de Cordillera;
4.
Gobernación del Departamento de Guairá;
5.
Gobernación del Departamento de Caaguazú;
6.
Gobernación del Departamento de Caazapá;
7.
Gobernación del Departamento de Itapúa;
8.
Gobernación del Departamento de Misiones;
9.
Gobernación del Departamento de Paraguarí;
10.
Gobernación del Departamento de Alto Paraná;
11.
Gobernación del Departamento de Central;
12.
Gobernación del Departamento de Ñeembucú;
13.
Gobernación del Departamento de Amambay;
14.
Gobernación del Departamento de Canindeyú;
15.
Gobernación del Departamento de Boquerón;
16.
Gobernación del Departamento de Presidente Hayes;
17.
Gobernación del Departamento de Alto Paraguay.
Apéndice 20-D-3
OTRAS ENTIDADES
El capítulo 20 no contempla otras entidades.
Apéndice 20-D-4
MERCANCÍAS
Salvo disposición en contrario, el capítulo 20 cubre todas las contrataciones de mercancías realizadas por las entidades que se enumeran en los apéndices 20-D-1 y 20-D-2, a excepción de las mercancías que corresponden al SA que se enumeran a continuación:
|
Nomenclatura del SA
2017
|
Descripción
|
|
02.02
|
Carne de animales de la especie bovina, congelada
|
|
02.03
|
Carne de animales de la especie porcina, fresca, refrigerada o congelada
|
|
04
|
Leche y productos lácteos; huevos de ave; miel natural; productos comestibles de origen animal no expresados ni comprendidos en otra parte
|
|
15.15
|
Las demás grasas y aceites vegetales fijos (incluido el aceite de jojoba), y sus fracciones, incluso refinados, pero sin modificar químicamente
|
|
15.16
|
Grasas y aceites, animales o vegetales, y sus fracciones, parcial o totalmente hidrogenados, interesterificados, reesterificados o elaidinizados, incluso refinados, pero sin preparar de otro modo:
|
|
1517.10.00
|
Margarina, excepto la margarina líquida
|
|
1601.00.00
|
Embutidos y productos similares de carne, despojos o sangre; preparaciones alimenticias a base de estos productos
|
|
17.01
|
Azúcar de caña o de remolacha y sacarosa químicamente pura, en estado sólido
|
|
19.02
|
Pastas alimenticias, incluso cocidas o rellenas (de carne u otras sustancias) o preparadas de otra forma, tales como espaguetis, fideos, macarrones, tallarines, lasañas, ñoquis, ravioles o canelones; cuscús, incluso preparado
|
|
19.04
|
Productos a base de cereales obtenidos por inflado o tostado (por ejemplo: hojuelas o copos de maíz); cereales (excepto el maíz) en grano o en forma de copos u otro grano trabajado (excepto la harina, grañones y sémola), precocidos o preparados de otro modo, no expresados ni comprendidos en otra parte
|
|
19.05
|
Productos de panadería, pastelería o galletería, incluso con adición de cacao; hostias, sellos vacíos de los tipos utilizados para medicamentos, obleas para sellar, pastas secas de harina, almidón o fécula, en hojas, y productos similares
|
|
2008.11.00
|
Cacahuates (cacahuetes, maníes)
|
|
20.09
|
Jugos de frutas u otros frutos (incluido el mosto de uva) o de hortalizas, sin fermentar y sin adición de alcohol, incluso con adición de azúcar u otro edulcorante
|
|
2101.20.20
|
De yerba mate
|
|
2201.10.00
|
Agua mineral y agua gaseada
|
|
2804.30.00
|
Nitrógeno
|
|
2804.40.00
|
Oxígeno
|
|
30
|
Productos farmacéuticos
|
|
32.08
|
Pinturas y barnices a base de polímeros sintéticos o naturales modificados, dispersos o disueltos en un medio no acuoso; disoluciones definidas en la nota 4 del capítulo 20
|
|
32.09
|
Pinturas y barnices a base de polímeros sintéticos o naturales modificados, dispersos o disueltos en un medio acuoso
|
|
32.14
|
Masilla, cementos de resina y demás mástiques; plastes (enduidos) utilizados en pintura; plastes (enduidos) no refractarios de los tipos utilizados en albañilería
|
|
32.15
|
Tintas de imprimir, tintas de escribir o de dibujar y demás tintas, incluso concentradas o sólidas
|
|
34.01
|
Jabón; productos y preparaciones orgánicos tensoactivos usados como jabón, en barras, panes, trozos o piezas troqueladas o moldeadas, aunque contengan jabón; productos y preparaciones orgánicos tensoactivos para el lavado de la piel, líquidos o en crema, acondicionados para la venta al por menor, aunque contengan jabón; papel, guata, fieltro y tela sin tejer, impregnados, recubiertos o revestidos de jabón o de detergentes
|
|
39.17
|
Tubos y accesorios de tubería [por ejemplo: juntas, codos, empalmes (racores)], de plástico
|
|
39.23
|
Artículos para el transporte o envasado, de plástico; tapones, tapas, cápsulas y demás dispositivos de cierre, de plástico
|
|
39.25
|
Artículos para la construcción, de plástico, no expresados ni comprendidos en otra parte
|
|
3926.10.00
|
Artículos de oficina y artículos escolares
|
|
4011.40.00
|
De los tipos utilizados en motocicletas
|
|
44.18
|
Obras y piezas de carpintería para construcciones, incluidos los tableros celulares, los tableros ensamblados para revestimiento de suelo y tablillas para cubierta de tejados o fachadas («singles» y «shakes»), de madera
|
|
48.19
|
Cajas, sacos (bolsas), bolsitas, cucuruchos y demás envases de papel, cartón, guata de celulosa o napa de fibras de celulosa; cartonajes de oficina, tienda o similares
|
|
48.20
|
Libros registro, libros de contabilidad, talonarios (de notas, pedidos o recibos), agendas, bloques, memorandos, bloques de papel de cartas y artículos similares, cuadernos, carpetas de mesa, clasificadores, encuadernaciones (de hojas móviles u otras), carpetas y cubiertas para documentos y demás artículos escolares, de oficina o de papelería, incluso los formularios en paquetes o plegados («manifold»), aunque lleven papel carbón (carbónico), de papel o cartón; álbumes para muestras o para colecciones y cubiertas para libros, de papel o cartón
|
|
48.21
|
Etiquetas de todas clases, de papel o cartón, incluso impresas
|
|
49.01
|
Libros, folletos e impresos similares, incluso en hojas sueltas
|
|
49.11
|
Los demás impresos, incluidas las estampas, grabados y fotografías
|
|
61
|
Prendas y complementos (accesorios), de vestir, de punto
|
|
63.02
|
Ropa de cama, de mesa, de tocador o cocina
|
|
70.07
|
Vidrio de seguridad constituido por vidrio templado o contrachapado
|
|
72.14
|
Barras de hierro o acero sin alear, simplemente forjadas, laminadas o extrudidas, en caliente, así como las sometidas a torsión después del laminado
|
|
72.15
|
Las demás barras de hierro o acero sin alear
|
|
72.16
|
Perfiles de hierro o acero sin alear
|
|
72.17
|
Alambre de hierro o acero sin alear
|
|
73.05
|
Los demás tubos (por ejemplo: soldados o remachados) de sección circular con diámetro exterior superior a 406,4 mm, de hierro o acero
|
|
73.07
|
Accesorios de tubería [por ejemplo: empalmes (rácores), codos, manguitos], de fundición, de hierro o acero
|
|
73.08
|
Construcciones y sus partes (por ejemplo: puentes y sus partes, compuertas de esclusas, torres, castilletes, pilares, columnas, armazones para techumbre, techados, puertas y ventanas y sus marcos, contramarcos y umbrales, cortinas de cierre, barandillas), de fundición, hierro o acero (excepto las construcciones prefabricadas de la partida 94.06); chapas, barras, perfiles, tubos y similares, de fundición, hierro o acero, preparados para la construcción
|
|
7309.00
|
Depósitos, cisternas, cubas y recipientes similares para cualquier materia (excepto gas comprimido o licuado), de fundición, hierro o acero, de capacidad superior a 300 l, sin dispositivos mecánicos ni térmicos, incluso con revestimiento interior o calorífugo
|
|
7310
|
Depósitos, barriles, tambores, bidones, latas o botes, cajas y recipientes similares, para cualquier materia (excepto gas comprimido o licuado), de fundición, hierro o acero, de capacidad inferior o igual a 300 l, sin dispositivos mecánicos ni térmicos, incluso con revestimiento interior o calorífugo
|
|
7311.00.00
|
Recipientes para gas comprimido o licuado, de fundición, hierro o acero
|
|
7313.00.00
|
Alambre de púas, de hierro o acero; alambre (simple o doble) y fleje, torcidos, incluso con púas, de hierro o acero, de los tipos utilizados para cercar
|
|
73.14
|
Telas metálicas (incluidas las continuas o sin fin), redes y rejas, de alambre de hierro o acero; chapas y tiras, extendidas (desplegadas), de hierro o acero
|
|
73.17.00
|
Puntas, clavos, chinchetas (chinches), grapas apuntadas, onduladas o biseladas (excepto los de la partida 83.05), y artículos similares, de fundición, hierro o acero, incluso con cabeza de otras materias (excepto de cabeza de cobre)
|
|
8303.00.00
|
Cajas de caudales, puertas blindadas y compartimientos para cámaras acorazadas, cofres y cajas de seguridad y artículos similares, y sus partes, de metal común
|
|
83.11
|
Alambres, varillas, tubos, placas, electrodos y artículos similares, de metal común o de carburo metálico, recubiertos o rellenos de decapantes o de fundentes, para soldadura o depósito de metal o de carburo metálico; alambres y varillas, de polvo de metal común aglomerado, para la metalización por proyección
|
|
8701.95.90
|
Tractores (excepto las carretillas tractor de la partida 87.09). Los demás, con motor de potencia. Superior a 130 kW
|
|
8703.22
|
Los demás vehículos únicamente con motor de émbolo (pistón) alternativo, de encendido por chispa. De cilindrada superior a 1000 cm3 pero inferior o igual a 1500 cm3
|
|
8703.23
|
Los demás vehículos únicamente con motor de émbolo (pistón) alternativo, de encendido por chispa. De cilindrada superior a 1500 cm3 pero inferior o igual a 3000 cm3
|
|
8704.21.90
|
Vehículos automóviles para transporte de mercancías. Los demás, con motor de émbolo (pistón) de encendido por compresión (diésel o semi-diésel). De peso total con carga máxima inferior o igual a 5 t
|
|
8704.22.90
|
Vehículos automóviles para transporte de mercancías. Los demás, con motor de émbolo (pistón) de encendido por compresión (diésel o semi-diésel). De peso total con carga máxima superior a 5 t pero inferior o igual a 20 t
|
|
8704.31.90
|
Vehículos automóviles para transporte de mercancías. Los demás, con motor de émbolo (pistón) de encendido por chispa. De peso total con carga máxima inferior o igual a 5 t
|
|
8711.20.20
|
Motocicletas cuya cilindrada es superior a 125 cm3
|
|
8711.20.10
|
Motocicletas cuya cilindrada es inferior o igual a 125 cm3
|
Apéndice 20-D-5
SERVICIOS
El capítulo 20 cubre las contrataciones públicas de los servicios que se enumeran a continuación, realizadas por las entidades enumeradas en los apéndices 20-D-1 y 20-D-2, que se identifican de conformidad con el documento MTN.GNS/W/120, de 10 de julio de 1991, de la OMC, y la Clasificación Central de Productos Provisional de los Informes Estadísticos de las Naciones Unidas, serie M, número 77.
|
SECTORES Y SUBSECTORES
|
CCP correspondiente
|
|
1.
SERVICIOS PRESTADOS A LAS EMPRESAS
|
|
|
B.
Servicios de informática y servicios conexos
|
Sección B
|
|
a.
Servicios de consultores en instalación de equipos de informática
|
84100
|
|
b.
Servicios de análisis de sistemas
|
84220
|
|
c.
Servicios de procesamiento de datos
|
843
|
|
d.
Servicios de bases de datos
|
844
|
|
C.
Servicios de investigación y desarrollo
|
|
|
b.
Servicios de investigación y desarrollo en ciencias sociales y humanidades
|
852
|
|
F.
Otros servicios prestados a las empresas
|
|
|
b.
Servicios de encuestas de opinión pública
|
86402
|
|
c.
Servicios de consultores en administración
|
865
|
|
d.
Servicios relacionados con los de los consultores en administración
|
866
|
|
h.
Servicios relacionados con la minería
|
883+5115
|
|
n.
Servicios de mantenimiento y reparación de equipo (con exclusión de los buques, las aeronaves y demás equipo de transporte)
|
663+8861-8866
|
|
s.
Servicios prestados con ocasión de asambleas o convenciones
|
87909*
|
|
2.
SERVICIOS DE COMUNICACIONES
|
|
|
C.
Servicios de telecomunicaciones
|
|
|
4.
SERVICIOS DE DISTRIBUCIÓN
|
|
|
B.
Servicios de comercio al por mayor
|
622
|
|
C.
Servicios comerciales al por menor
|
631+632 6111 +6113+6121
|
|
D.
Servicios de franquicia
|
8929
|
|
7.
SERVICIOS FINANCIEROS
|
|
|
C.
Servicios de reaseguro y retrocesión
|
81299*
|
|
9.
SERVICIOS DE TURISMO Y RELACIONADOS CON LOS VIAJES
|
|
|
A.
Hoteles y restaurantes (incluidos los servicios externos de suministro de alimentos por contrato)
|
641-643
|
|
C.
Servicios de guías de turismo
|
7472
|
Apéndice 20-D-6
SERVICIOS DE CONSTRUCCIÓN
El presente apéndice no cubre los servicios de construcción.
Apéndice 20-D-7
NOTAS GENERALES
Las siguientes notas generales se aplican al capítulo 20.
1.
En las licitaciones públicas nacionales convocadas por las entidades que figuran en los apéndices 20-D-1- y 20-D-2, Paraguay se reserva el derecho de aplicar programas de apoyo a la producción y al empleo sobre la base de contratos celebrados por el Estado paraguayo. Por lo que respecta a los programas de apoyo a la producción y al empleo nacional, Paraguay podrá:
a)
durante 18 (dieciocho) años a partir de la fecha de entrada en vigor del presente Acuerdo, aplicar un margen de preferencia de precios del 20 % (veinte por ciento) a los productos y servicios de origen nacional:
i)
en el caso de los productos, cuando la mano de obra, las materias primas y los insumos procedentes de Paraguay representen un porcentaje igual o superior al 40 % (cuarenta por ciento), y
ii)
en el caso de las obras viales, las construcciones, los servicios de mantenimiento, el transporte, los seguros, la consultoría y otros en general cuando más del 70 % (setenta por ciento) del personal del proveedor sea de nacionalidad paraguaya;
b)
durante 10 (diez) años a partir de la fecha de entrada en vigor del presente Acuerdo, utilizar programas de apoyo para estimular la innovación y la investigación científica y tecnológica, incluidas las condiciones compensatorias, siempre que sus condiciones y su evaluación no sean discriminatorias, se indiquen en el anuncio de contratación pública prevista y estén claramente definidas en los pliegos de la contratación;
2.
El capítulo 20 no se aplicará cuando el objeto de la oferta se refiera a políticas nacionales destinadas a: educación, servicios de salud pública incluidos en programas aprobados por el Ministerio de Sanidad, programas de seguridad alimentaria y nutricional y de alimentación escolar, y programas de agricultura familiar, con arreglo a la legislación paraguaya.
3.
El capítulo 20 no se aplica a:
a)
las compras de instituciones de propiedad estatal y otras instituciones públicas que no figuran en los apéndices 20-D-1 y 20-D-2 de Paraguay;
b)
los contratos de delegación de servicios, tales como autorizaciones, permisos y concesiones, incluida la concesión de obras públicas;
c)
los acuerdos no contractuales o cualquier forma de asistencia proporcionada por una Parte o por una empresa pública, incluida la contratación en el marco de programas financiados con préstamos de organizaciones financieras internacionales, donaciones, ampliaciones de capital, incentivos fiscales, subvenciones, garantías, acuerdos, cooperación y suministro público de mercancías y servicios a personas o gobiernos a nivel regional, provincial o local;
d)
los contratos firmados con el único fin de prestar asistencia extranjera;
e)
las contrataciones públicas realizadas fuera del territorio de la Parte para su consumo fuera del territorio de la Parte;
f)
la adquisición de servicios de agencias o servicios de depósitos fiscales, servicios de liquidación y administración para instituciones financieras reguladas, ni a los servicios de venta y distribución de deuda pública; o
g)
la contratación pública realizada entre entidades públicas, estén o no incluidas en el apéndice 20-D-1, siempre que el objeto del contrato no se subcontrate a un tercero que no sea una entidad pública y siempre que el objeto del contrato se refiera a mercancías y servicios logísticos, sociales y educativos.
________________
ANEXO 20-E
URUGUAY
Apéndice 20-E-1
ENTIDADES DE LA ADMINISTRACIÓN CENTRAL
a)
Umbrales para mercancías y servicios:
i)
Desde la fecha de entrada en vigor del presente Acuerdo hasta el fin del año 10 (diez) después de su fecha de entrada en vigor: 211 951 (doscientos once mil novecientos cincuenta y uno) DEG;
ii)
desde el año 11 (once) hasta el final del año 15 (quince) después de la fecha de entrada en vigor del presente Acuerdo: 200 000 (doscientos mil) DEG, y
iii)
a partir del año 16 (dieciséis) después de la entrada en vigor del presente Acuerdo y en adelante: 130 000 (ciento treinta mil) DEG.
b)
Umbrales para servicios de construcción:
5 652 032 (cinco millones seiscientos cincuenta y dos mil treinta y dos) DEG para los servicios de construcción o de obras públicas que se especifican en el apéndice 20-E-6.
Lista de Uruguay
Salvo disposición en contrario, el capítulo 20 se aplicará a las entidades que se enumeran a continuación:
Poder ejecutivo:
a)
Presidencia de la República
b)
Ministerio de Defensa Nacional
c)
Ministerio del Interior
d)
Ministerio de Economía y Finanzas
e)
Ministerio de Relaciones Exteriores
f)
Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca
g)
Ministerio de Industria, Energía y Minería
h)
Ministerio de Turismo
i)
Ministerio de Transporte y Obras Públicas
j)
Ministerio de Educación y Cultura
k)
Ministerio de Salud Pública
l)
Ministerio de Trabajo y Seguridad Social
m)
Ministerio de Vivienda y Ordenamiento Territorial
n)
Ministerio de Desarrollo Social
o)
Ministerio de Ambiente
Poder legislativo:
a)
Cámara de Senadores;
b)
Cámara de Representantes;
c)
Asamblea General;
d)
Comisión Permanente;
e)
Comisión Administrativa.
Poder judicial:
a)
Suprema Corte de Justicia;
b)
Tribunales de Apelaciones;
c)
Juzgados Letrados de Primera Instancia;
d)
Juzgados de Paz Departamentales de la Capital;
e)
Juzgados de Faltas;
f)
Juzgados de Paz Departamentales del Interior;
g)
Juzgados de Paz de las Ciudades, Villas o Pueblos del Interior;
h)
Juzgados de Paz Rurales.
Otros:
a)
Corte Electoral
b)
Tribunal de Cuentas
c)
Tribunal de lo Contencioso Administrativo
Notas relativas a la lista de entidades que figuran en el apéndice 20-E-1:
1.
La contratación de mercancías y servicios por parte de la Presidencia de Uruguay no incluye la contratación realizada por la Unidad Operativa Central del Plan Nacional de Integración Socio-Habitacional Juntos, establecida por la Ley n.º 18.829, de 24 de octubre de 2011.
2.
Las compras realizadas por el Ministerio de Defensa Nacional y por el Ministerio del Interior no incluyen las siguientes mercancías:
a)
material nuclear de guerra;
b)
equipos de extinción de incendios;
c)
municiones y explosivos;
d)
misiles;
e)
aeronaves y componentes para aeronaves;
f)
equipos de despegue, aterrizaje y servicios de escala de aeronaves;
g)
embarcaciones y equipos marítimos, y
h)
armamento.
La contratación de mercancías realizada por el Ministerio de Defensa Nacional y por el Ministerio del Interior no está cubierta por la sección 2 (Productos alimenticios, bebidas y tabaco; textiles, prendas de vestir y productos de cuero) de la Clasificación Central de Productos [CCP], versión 1.0) de las Naciones Unidas.
Apéndice 20-E-2
ENTIDADES DE LA ADMINISTRACIÓN SUBCENTRAL
1.
Uruguay iniciará un procedimiento de consulta interna con sus gobiernos departamentales, con el fin de garantizar un nivel satisfactorio de cobertura a nivel subcentral. Las consultas se llevarán a cabo con el fin de implicar a todas las entidades de los gobiernos departamentales. La cobertura se considerará satisfactoria si incluye a los gobiernos departamentales que generen al menos el 65 % (sesenta y cinco por ciento) de su PIB nacional.
2.
Uruguay concluirá estas consultas a más tardar 2 (dos) años después de la fecha de entrada en vigor del presente Acuerdo y notificará inmediatamente a la Unión Europea los resultados de dichas consultas.
3.
Siempre que se haya alcanzado la cobertura satisfactoria establecida en el párrafo 1, el Consejo de Comercio adoptará una decisión para modificar el presente apéndice en consecuencia.
Apéndice 20-E-3
OTRAS ENTIDADES
Entidades autónomas:
1.
Administración Nacional de Educación Pública (ANEP)
2.
Banco Central del Uruguay (BCU)
3.
Banco de la República Oriental del Uruguay (BROU)
4.
Banco de Seguros del Estado (BSE)
5.
Consejo Directivo Central (CODICEN)
6.
Instituto Nacional de Colonización (INC)
7.
Universidad de la República (UDELAR)
8.
Universidad Tecnológica (UTEC)
Servicios descentralizados:
1.
Administración Nacional de Correos (ANC)
2.
Instituto Uruguayo de Meteorología (INUMET)
Notas relativas a la lista de entidades que figura más arriba (apéndice 20-E-3)
1.
Las compras de la Administración Nacional de Educación Pública no incluyen las que se realizan para la adquisición, ejecución o reparación de mercancías, o los servicios de arrendamiento, para el mantenimiento y la mejora de las infraestructuras de los centros docentes bajo su dependencia.
2.
Las compras realizadas por la Universidad de la República no incluyen las que se realizan para la adquisición, ejecución, reparación o alquiler de bienes o servicios para la investigación científica.
Apéndice 20-E-4
MERCANCÍAS
El capítulo 20 se aplica a toda la contratación pública de mercancías adquiridas por entidades incluidas en el anexo 20-E, salvo que se especifique lo contrario en los apéndices 20-E-1 a 20-E-7.
Apéndice 20-E-5
SERVICIOS
El capítulo 20 se aplica a toda la contratación pública de servicios contratados por las entidades incluidas en la lista de Uruguay del anexo 20-E, salvo que se especifique lo contrario en los apéndices 20-E-1 a 20-E-7.
Apéndice 20-E-6
SERVICIOS DE CONSTRUCCIÓN
El capítulo 20 se aplica a toda la contratación pública de servicios contratados por las entidades incluidas en la lista de Uruguay del anexo 20-E, salvo que se especifique lo contrario en los apéndices 20-E-1 a 20-E-7.
Apéndice 20-E-7
NOTAS GENERALES
Las siguientes notas generales se aplican al capítulo 20.
1.
El capítulo 20 no se aplica a:
a)
las compras de petróleo crudo y sus derivados, los aceites básicos, los aceites lubricantes y sus respectivos gastos de flete;
b)
las compras de energía;
c)
las compras de ganado por selección, en el caso de especímenes con características especiales;
d)
la contratación de servicios financieros;
e)
los contratos de delegación de servicios, tales como autorizaciones, permisos y concesiones, incluida la concesión de obras públicas;
f)
los contratos celebrados en el marco del programa de contratación pública para el desarrollo y de la Ley de agricultura familiar y pesca artesanal;
g)
la adquisición de servicios de agencias o servicios de depósitos fiscales, servicios de liquidación y administración para instituciones financieras reguladas, ni a los servicios de venta y distribución de deuda pública;
h)
la contratación pública por una entidad a otra entidad o empresa del Estado de Uruguay, esté o no incluida en los apéndices 20-E-1, 20-E-2 y 20-E-3;
i)
la contratación de instituciones sin fines de lucro que se dediquen a la asistencia social, la enseñanza, la investigación y el desarrollo institucional; o
j)
las contrataciones públicas realizadas fuera del territorio de Uruguay para su consumo fuera del territorio de la Parte.
2.
No obstante lo dispuesto en el presente Convenio, Uruguay podrá conceder, en los contratos de servicios de construcción u obras públicas, un margen de preferencia en el precio de las ofertas, que podrá estar condicionado a la contratación de nacionales, de acuerdo con los requisitos de cualificación establecidos en la legislación uruguaya.
Esta condición se indicará en el anuncio de contratación pública prevista y se definirá claramente en el pliego de condiciones;
Excepciones al procedimiento de licitación pública
Las entidades podrán adjudicar contratos por medios distintos de los procedimientos de licitación pública, en los siguientes casos:
a)
en el caso de servicios de construcción u obras públicas, cuando se requieran servicios de construcción adicionales a los contratados originalmente, para responder a circunstancias imprevistas y que sean necesarios para cumplir los objetivos del contrato en el que se basan; el valor total de los contratos adjudicados para tales servicios adicionales de construcción u obras públicas no podrá superar el 50 % (cincuenta por ciento) del importe del contrato principal, y
b)
cuando una entidad requiera servicios de consultoría relacionados con asuntos de carácter confidencial cuya divulgación quepa esperar razonablemente que perjudique la información confidencial del sector público, cause graves perturbaciones económicas o, de otro modo, sea contraria al interés público.
________________
ANEXO 20-F
PUBLICACIÓN DE INFORMACIÓN Y ANUNCIOS POR PARTE DE LA UNIÓN
Apéndice 20-F-1
Medios para la publicación de información sobre contratación pública
Este apéndice enumera los medios electrónicos o impresos utilizados por la Unión Europea y sus Estados miembros para la publicación de las leyes, reglamentos, decisiones judiciales, resoluciones administrativas de aplicación general, cláusulas contractuales estándar y procedimientos a que se refiere el artículo 20.12, en relación con la contratación pública cubierta por el capítulo 20.
1.
A NIVEL DE LA UNIÓN EUROPEA
Información en el sistema de contratación pública de la Unión Europea:
a)
https://simap.ted.europa.eu/
b)
El Diario Oficial de la Unión Europea
2.
ESTADOS MIEMBROS DE LA UNIÓN EUROPEA
BÉLGICA
a)
Leyes, reglamentos reales, reglamentos ministeriales y circulares ministeriales:
le Moniteur Belge.
b)
Decisiones judiciales:
Pasicrisie.
BULGARIA
a)
Disposiciones legales y reglamentarias:
Държавен вестник (Boletín Oficial del Estado).
b)
Decisiones judiciales:
http://www.sac.government.bg.
c)
Resoluciones administrativas de aplicación general y todo procedimiento:
http://www.aop.bg, y
http://www.cpc.bg.
CHEQUIA
a)
Disposiciones legales y reglamentarias:
Recopilación de leyes de la República Checa.
b)
Resoluciones de la Oficina de Protección de la Competencia:
Recopilación de resoluciones de la Oficina de Protección de la Competencia.
DINAMARCA
a)
Disposiciones legales y reglamentarias:
Lovtidende.
b)
Decisiones judiciales:
Ugeskrift for Retsvaesen.
c)
Resoluciones y procedimientos administrativos:
Ministerialtidende.
d)
Resoluciones de la Sala de Recursos Danesa para la Contratación Pública:
Kendelser fra Klagenævnet for Udbud.
ALEMANIA
a)
Disposiciones legales y reglamentarias:
Bundesgesetzblatt, y
Bundesanzeiger.
b)
Decisiones judiciales:
Entscheidungsammlungen des: Bundesverfassungsgerichts; Bundesgerichtshofs;
Bundesverwaltungsgerichts, Bundesfinanzhofs sowie der Oberlandesgerichte.
ESTONIA
a)
Disposiciones legales y reglamentarias, y resoluciones administrativas de aplicación general:
Riigi Teataja: http://www.riigiteataja.ee.
b)
Procedimientos relativos a la contratación pública:
https://riigihanked.riik.ee.
IRLANDA
a)
Disposiciones legales y reglamentarias:
Iris Oifigiuil (Boletín Oficial del Gobierno de Irlanda).
GRECIA
Epishmh efhmerida eurwpaikwn koinothtwn (Boletín Oficial del Gobierno de Grecia);
ESPAÑA
a)
Disposiciones legales y reglamentarias:
Boletín Oficial del Estado.
b)
Decisiones judiciales:
Sin publicación oficial.
FRANCIA
a)
Disposiciones legales y reglamentarias:
Journal Officiel de la République française.
b)
Decisiones judiciales:
Recueil des arrêts du Conseil d'État, y
Revue des marchés publics.
CROACIA
Narodne novine: http://www.nn.hr.
ITALIA
a)
Disposiciones legales y reglamentarias:
Gazzetta Ufficiale.
b)
Decisiones judiciales:
Sin publicación oficial.
CHIPRE
a)
Disposiciones legales y reglamentarias:
Επίσημη Εφημερίδα της Δημοκρατίας (Boletín Oficial de la República).
b)
Decisiones judiciales:
Αποφάσεις Ανωτάτου Δικαστηρίου 1999 – Τυπογραφείο της Δημοκρατίας (Decisiones del Tribunal Supremo, Oficina de publicaciones).
LETONIA
a)
Disposiciones legales y reglamentarias:
Latvijas vēstnesis (Boletín Oficial).
LITUANIA
a)
Disposiciones legales, reglamentarias y administrativas:
Teisės aktų registras (Registro de Actos Jurídicos).
b)
Decisiones judiciales:
Boletín del Tribunal Supremo del Tribunal de Lituania: «Teismų praktikaa», y
Boletín del Tribunal Supremo Administrativo de Lituania: «Administracinių teismų praktika».
LUXEMBURGO
a)
Disposiciones legales y reglamentarias:
Memorial.
b)
Decisiones judiciales:
Pasicrisie.
HUNGRÍA
a)
Disposiciones legales y reglamentarias:
Magyar Közlöny (Boletín Oficial de la República de Hungría).
b)
Decisiones judiciales:
Közbeszerzési Értesítő - a Közbeszerzések Tanácsa Hivatalos Lapja (Boletín de Contratación Pública, Diario Oficial del Consejo de Contratación Pública).
MALTA
a)
Disposiciones legales y reglamentarias:
Boletín del Gobierno.
PAÍSES BAJOS
a)
Disposiciones legales y reglamentarias:
Nederlandse Staatscourant o Staatsblad.
b)
Decisiones judiciales:
Sin publicación oficial.
AUSTRIA
a)
Disposiciones legales y reglamentarias:
Österreichisches Bundesgesetzblatt, y
Amtsblatt zur Wiener Zeitung.
b)
Decisiones judiciales:
Entscheidungen des Verfassungsgerichtshofes, Verwaltungsgerichtshofes, Obersten Gerichtshofes, der Oberlandesgerichte, des Bundesverwaltungsgerichtes und der Landesverwaltungsgerichte.
POLONIA
a)
Disposiciones legales y reglamentarias:
Dziennik Ustaw Rzeczypospolitej Polskiej (Diario de Legislación, República de Polonia).
b)
Decisiones judiciales:
«Zamówienia publiczne w orzecznictwie. Wybrane orzeczenia zespołu arbitrów i SąduOkręgowego w Warszawie» (Selección de sentencias de los grupos especiales de arbitraje y del Tribunal Regional de Varsovia).
PORTUGAL
a)
Disposiciones legales y reglamentarias:
Diário da República Portuguesa 1a Série A e 2a série.
b)
Publicaciones judiciales:
Boletim do Ministério da Justiça;
Colectânea de Acordos do Supremo Tribunal Administrativo, y
Colectânea de Jurisprudencia Das Relações.
RUMANÍA
a)
Disposiciones legales y reglamentarias:
Monitorul Oficial al României (Boletín Oficial de Rumanía).
b)
Decisiones judiciales, resoluciones administrativas de aplicación general y todo procedimiento:
http://www.anrmap.ro.
ESLOVENIA
a)
Disposiciones legales y reglamentarias:
Boletín Oficial de la República de Eslovenia.
b)
Decisiones judiciales:
Sin publicación oficial.
ESLOVAQUIA
a)
Disposiciones legales y reglamentarias:
Zbierka zakonov (Recopilación de Legislación).
b)
Decisiones judiciales:
Sin publicación oficial.
FINLANDIA
Suomen Säädöskokoelma - Finlands Författningssamling (Recopilación de Legislación de Finlandia).
SUECIA
Svensk Författningssamling (Recopilación de Legislación Sueca).
Apéndice 20-F-2
MEDIOS PARA LA PUBLICACIÓN DE ANUNCIOS
Este apéndice enumera los medios electrónicos o impresos utilizados por la Unión Europea y sus Estados miembros para la publicación de anuncios de conformidad con el artículo 20.12, en relación con la contratación pública cubierta por el capítulo 20.
1.
A NIVEL DE LA UNIÓN EUROPEA
Suplemento del Diario Oficial de la Unión Europea y su versión electrónica:
a)
TED (tenders electronically daily, licitaciones electrónicas diarias) http://ted.europa.eu
b)
(también accesible desde el portal: http://simap.ted.europa.eu/index_en.html).
2.
ESTADOS MIEMBROS DE LA UNIÓN EUROPEA
BÉLGICA
a)
Diario Oficial de la Unión Europea;
b)
Le Bulletin des Adjudications, y
c)
Otras publicaciones en prensa especializada.
BULGARIA
a)
Diario Oficial de la Unión Europea;
b)
Държавен вестник (Boletín Oficial del Estado): http://dv.parliament.bg, y
c)
Registro de contratación pública: http://www.aop.bg.
CHEQUIA
Diario Oficial de la Unión Europea
DINAMARCA
Diario Oficial de la Unión Europea
ALEMANIA
Diario Oficial de la Unión Europea
ESTONIA
Diario Oficial de la Unión Europea
IRLANDA
a)
Diario Oficial de la Unión Europea, y
b)
eTenders (www.eTenders.gov.ie).
GRECIA
a)
Diario Oficial de la Unión Europea; y
b)
Publicación en la prensa diaria, financiera, regional y especializada.
ESPAÑA
Diario Oficial de la Unión Europea.
FRANCIA
a)
Diario Oficial de la Unión Europea, y
b)
Bulletin officiel des annonces des marchés publics.
CROACIA
a)
Diario Oficial de la Unión Europea, y
b)
Elektronički oglasnik javne nabave Republike Hrvatske (anuncios electrónicos clasificados sobre contratación pública de la República de Croacia).
ITALIA
Diario Oficial de la Unión Europea.
CHIPRE
a)
Diario Oficial de la Unión Europea,
b)
Boletín Oficial de la República; y
c)
Prensa diaria local.
LETONIA
a)
Diario Oficial de la Unión Europea, y
b)
Latvijas vēstnesis (Boletín Oficial).
LITUANIA
a)
Diario Oficial de la Unión Europea;
b)
Centrinė viešųjų pirkimų informacinė sistema (Portal Central de la Contratación Pública), y
c)
Suplemento informativo «Informaciniai pranešimai» del Boletín Oficial («Valstybės žinios») de la República de Lituania.
LUXEMBURGO
a)
Diario Oficial de la Unión Europea, y
b)
Prensa diaria.
HUNGRÍA
a)
Diario Oficial de la Unión Europea, y
b)
Közbeszerzési Értesítő - a Közbeszerzések Tanácsa Hivatalos Lapja (Boletín de Contratación Pública, Diario Oficial del Consejo de Contratación Pública).
MALTA
a)
Diario Oficial de la Unión Europea, y
b)
Boletín del Gobierno.
PAÍSES BAJOS
Diario Oficial de la Unión Europea.
AUSTRIA
a)
Diario Oficial de la Unión Europea, y
b)
Amtsblatt zur Wiener Zeitung.
POLONIA
a)
Diario Oficial de la Unión Europea, y
b)
Biuletyn Zamówień Publicznych (Boletín de Contratación Pública).
PORTUGAL
Diario Oficial de la Unión Europea.
RUMANÍA
a)
Diario Oficial de la Unión Europea,
b)
Monitorul Oficial al României (Boletín Oficial de Rumanía), y
c)
Sistema Electrónico de Contratación Pública: http://www.e-licitatie.ro.
ESLOVENIA
a)
Diario Oficial de la Unión Europea, y
b)
Portal javnih naročil: http://www.enarocanje.si/?podrocje=portal.
ESLOVAQUIA
a)
Diario Oficial de la Unión Europea, y
b)
Vestnik verejneho obstaravania (Diario de Contratación Pública).
FINLANDIA
a)
Diario Oficial de la Unión Europea, y
b)
Julkiset hankinnat Suomessa ja ETA-alueella, Virallisen lehden liite (Contratación Pública en Finlandia y en el EEE, Suplemento del Boletín Oficial de Finlandia).
SUECIA
Diario Oficial de la Unión Europea.
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ANEXO 20-G
PUBLICACIÓN DE INFORMACIÓN Y ANUNCIOS POR PARTE DE ARGENTINA
Apéndice 20-G-1
MEDIOS PARA LA PUBLICACIÓN DE INFORMACIÓN SOBRE CONTRATACIONES PÚBLICAS
La información contemplada en el apartado 1, letra c) del artículo 20.12 se publica en los siguientes sitios web:
−
Boletín Oficial de la República Argentina
−
Oficina Nacional de Contrataciones
Apéndice 20-G-2
MEDIOS PARA LA PUBLICACIÓN DE ANUNCIOS
La información contemplada en el apartado 1, letra d) del artículo 20.12 se publica en los siguientes sitios web:
−
Boletín Oficial de la República Argentina
−
Participación Público-Privada
−
Portal de Compras Públicas de la República Argentina (COMPR.AR)
−
Portal Electrónico de Contratación de Obra Pública (CONTRAT.AR)
________________
ANEXO 20-H
PUBLICACIÓN DE INFORMACIÓN Y ANUNCIOS POR PARTE DE BRASIL
Apéndice 20-H-1
MEDIOS PARA LA PUBLICACIÓN DE INFORMACIÓN SOBRE CONTRATACIONES PÚBLICAS
La información contemplada en el apartado 1, letra c) del artículo 20.12 se publica en los siguientes sitios web:
https://www.gov.br/pncp/pt-br
Los anuncios de contratación pública prevista se publicarán en el Portal Nacional de Compras Públicas (PNCP) de Brasil, de conformidad con las leyes brasileñas, más concretamente con el Código Civil brasileño (10.406, de 10 de enero de 2002) y la Ley brasileña de contratación pública (14.133, 1 de abril de 2021).
Apéndice 20-H-2
MEDIOS PARA LA PUBLICACIÓN DE ANUNCIOS
La información contemplada en el apartado 1, letra d) del artículo 20.12 se publica en los siguientes sitios web:
https://www.gov.br/compras/pt-br/
https://www.gov.br/pncp/pt-br
________________
ANEXO 20-I
PUBLICACIÓN DE INFORMACIÓN Y ANUNCIOS POR PARTE DE PARAGUAY
Apéndice 20-I-1
MEDIOS PARA LA PUBLICACIÓN DE INFORMACIÓN SOBRE CONTRATACIONES PÚBLICAS
La información contemplada en el apartado 1, letra c) del artículo 20.12 se publica en los siguientes sitios web:
Sitio web de la:
Dirección Nacional de Contrataciones Públicas
Apéndice 20-I-2
MEDIOS PARA LA PUBLICACIÓN DE ANUNCIOS
La información contemplada en el apartado 1, letra d) del artículo 20.12 se publica en los siguientes sitios web:
Sitio web de la:
Dirección Nacional de Contrataciones Públicas
________________
ANEXO 20-J
PUBLICACIÓN DE INFORMACIÓN Y ANUNCIOS POR PARTE DE URUGUAY
Apéndice 20-J-1
MEDIOS PARA LA PUBLICACIÓN DE INFORMACIÓN SOBRE CONTRATACIONES PÚBLICAS
La información contemplada en el apartado 1, letra c) del artículo 20.12 se publica en los siguientes sitios web:
−
Sitio web de la Agencia de Compras y Contrataciones del Estado (ACCE)
Apéndice 20-J-2
MEDIOS PARA LA PUBLICACIÓN DE ANUNCIOS
La información contemplada en el apartado 1, letra d) del artículo 20.12 se publica en los siguientes sitios web:
−
Sitio web de la Agencia de Compras y Contrataciones del Estado (ACCE)
________________
ANEXO 20-K
RESÚMENES DE ANUNCIOS
Cada resumen incluirá:
a)
el objeto de la contratación pública;
b)
la fecha límite para la presentación de ofertas o, en su caso, la fecha límite para la presentación de solicitudes de participación en la contratación pública o de inclusión en una lista de uso múltiple; y
c)
la dirección en la cual pueden solicitarse los documentos relativos a la contratación pública.
________________
ANEXO 20-L
ANUNCIO EN EL QUE SE INVITA A LOS PROVEEDORES INTERESADOS
A SOLICITAR SU INCLUSIÓN EN UNA LISTA DE USO MÚLTIPLE
Cada anuncio en el que se invita a los proveedores interesados a solicitar su inclusión en una lista de uso múltiple incluirá:
a)
una descripción de las mercancías o los servicios, o de las categorías de los mismos, para los que podrá utilizarse la lista;
b)
las condiciones de participación que deberán reunir los proveedores para su inclusión en la lista y los métodos que la entidad contratante utilizará para verificar que cada proveedor reúne las condiciones;
c)
el nombre y la dirección de la entidad contratante, así como la demás información necesaria para ponerse en contacto con ella y para obtener toda la documentación pertinente en relación con la lista;
d)
el plazo de validez de la lista y los medios para su renovación o terminación o, si no se indica plazo de validez, una indicación del método por el cual se notificará la finalización del uso de la lista, y
e)
una indicación de que la lista podrá ser utilizada para las contrataciones públicas cubiertas por el capítulo 20.
________________
ANEXO 20-M
PLAZOS
Plazo para la presentación de solicitudes de participación en caso de licitación selectiva
1.
Las entidades contratantes que utilicen el método de licitación selectiva establecerán para la presentación de solicitudes de participación una fecha límite que no será, en principio, inferior a 25 (veinticinco) días a contar a partir de la fecha de la publicación del anuncio de contratación pública prevista. Cuando una situación de urgencia debidamente motivada por la entidad contratante haga imposible respetar ese plazo, este podrá reducirse a un mínimo de 10 (diez) días.
Plazos de presentación de las ofertas
2.
Salvo lo dispuesto en los apartados 3, 4, 6 y 7, la entidad contratante establecerá una fecha límite para la presentación de ofertas que será, como mínimo, 40 (cuarenta) días posterior a la fecha en que:
a)
se publique el anuncio de contratación pública prevista, cuando se trate de una licitación pública; o
b)
en el caso de una licitación selectiva, la entidad notifique a los proveedores que serán invitados a presentar ofertas, independientemente de que la entidad utilice o no una lista de uso múltiple.
Casos en los que puede acortarse el plazo de licitación (pública y selectiva)
3.
La entidad contratante podrá acortar el plazo de presentación de ofertas establecido en el apartado 2 hasta un plazo mínimo de 10 (diez) días en caso de que:
a)
la entidad contratante haya publicado un anuncio de contratación programada conforme a lo dispuesto en el apartado 3 del artículo 20.13, con una antelación mínima de 40 (cuarenta) días y máxima de 12 (doce) meses con respecto a la publicación del anuncio de contratación pública prevista, y en el anuncio de contratación programada figure:
i)
una descripción de la contratación pública;
ii)
las fechas límite aproximadas para la presentación de ofertas o de solicitudes de participación;
iii)
la dirección en la cual pueden obtenerse los documentos relativos a la contratación pública; y
iv)
toda la información de que se disponga que se requiera en el anexo 20-O para el anuncio de contratación pública prevista;
b)
para contrataciones recurrentes, la entidad contratante señale, en el anuncio inicial de contratación pública prevista, que en los anuncios subsiguientes se indicarán los plazos de presentación de ofertas de conformidad con el presente apartado; o
c)
una situación de urgencia debidamente motivada por la entidad contratante haga imposible respetar el plazo para la presentación de ofertas establecido de conformidad con el apartado 2.
4.
La entidad contratante podrá acortar el plazo de presentación de ofertas establecido en el apartado 2 en 5 (cinco) días cuando se dé cada una de las siguientes circunstancias:
a)
si el anuncio de contratación pública prevista se publica por medios electrónicos;
b)
si todo el pliego de condiciones está disponible por vía electrónica a partir de la fecha de la publicación del anuncio de contratación pública prevista, y
c)
la entidad contratante acepte recibir las ofertas por medios electrónicos.
5.
En ningún caso la aplicación del apartado 4, conjuntamente con el apartado 3, dará lugar a la reducción del plazo para la presentación de ofertas, establecido en el apartado 2, a menos de 10 (diez) días contados a partir de la fecha de publicación del anuncio de contratación pública prevista.
6.
Sin perjuicio de lo establecido en cualquier otra disposición del presente anexo, cuando una entidad contratante adquiera mercancías o servicios comerciales, o cualquier combinación de estos, podrá acortar el plazo de presentación de ofertas establecido en el apartado 2 a:
a)
un mínimo de 13 (trece) días, a condición de que se publique por medios electrónicos, al mismo tiempo, , tanto el anuncio de la contratación pública prevista como el pliego de condiciones; y
b)
un mínimo de 10 (diez) días, si la entidad también acepta ofertas de mercancías o servicios comerciales por medios electrónicos.
7.
Cuando una entidad contratante que figure en los apéndices 20-A-2, 20-A-3, 20-B-2, 20-B-3, 20-C-2, 20-C-3, 20-D-2, 20-D-3, 20-E-2 y 20-E-3 haya seleccionado a todos los proveedores cualificados o a un número limitado de ellos, la entidad contratante y los proveedores seleccionados podrán fijar de mutuo acuerdo el plazo para la presentación de ofertas. A falta de acuerdo, el período no será inferior a 10 (diez) días.
________________
ANEXO 20-N
FÓRMULA DE AJUSTE DE LOS UMBRALES
En el caso de la Unión Europea:
a)
Los umbrales serán calculados cada 2 (dos) años, entrando en vigor cada ajuste el 1 de enero.
b)
El cálculo de los valores de los umbrales se basará en el promedio de los valores diarios del tipo de cambio de los derechos especiales de giro (en lo sucesivo, «DEG») respecto del Euro durante los 24 (veinticuatro) meses anteriores al 31 de agosto que preceda a la revisión con efectos desde el 1 de enero. El valor de los umbrales así revisado, cuando fuere necesario, se redondeará a la baja a la unidad de millar más próxima en Euros. La fuente de datos para el tipo de cambio es el Fondo Monetario Internacional (en lo sucesivo, «FMI»), y
c)
La Unión Europea pondrá a disposición del público el valor de los nuevos umbrales calculados antes de que dichos umbrales entren en vigor.
Para los Estados del MERCOSUR signatarios:
a)
Cada Estado del MERCOSUR signatario calculará y convertirá el valor de los umbrales en su moneda nacional, utilizando los tipos de conversión del FMI. Los tipos de conversión se determinarán tomando el promedio de los valores de sus respectivas monedas nacionales en términos de DEG publicados mensualmente por el FMI en las «Estadísticas financieras internacionales», durante el período de los 2 (dos) años precedentes al 1 de octubre del año anterior a la entrada en vigor de los umbrales. Los umbrales convertidos se aplicarán a partir del 1 de enero del año siguiente y se fijarán para 1 (uno) año, y
b)
Cada uno de los Estados del MERCOSUR signatarios pondrá a disposición del público el valor de los nuevos umbrales, en su moneda nacional, calculados antes de que dichos umbrales entren en vigor.
________________
ANEXO 20-O
ANUNCIO DE CONTRATACIÓN PÚBLICA PREVISTA
Cada anuncio de contratación pública prevista incluirá:
a)
el nombre y la dirección de la entidad contratante y demás información necesaria para entrar en contacto con la entidad contratante para obtener todos los documentos pertinentes relacionados con la contratación pública y, en su caso, su coste y las condiciones de pago;
b)
la descripción de la contratación pública cubierta, incluidas la naturaleza y cantidad de las mercancías o los servicios objeto de la contratación pública, o, cuando no se conozca la cantidad, la cantidad estimada;
c)
el método de contratación pública que se utilizará y si conlleva negociación o subasta electrónica;
d)
la dirección y la fecha límite para la presentación de ofertas;
e)
la lengua o lenguas en que podrán presentarse las ofertas o las solicitudes de participación, en caso de que puedan presentarse en una lengua que no sea oficial en la Parte de la entidad contratante;
f)
en el caso de los contratos recurrentes, a ser posible, una estimación del calendario de los anuncios de contratación pública prevista subsiguientes;
g)
la descripción de todas las opciones;
h)
el calendario para la entrega de las mercancías o los servicios, o la duración del contrato;
i)
en su caso, la dirección y la fecha límite para la presentación de solicitudes de participación en la licitación;
j)
una lista y una breve descripción de las condiciones para la participación de los proveedores, y
k)
cuando, de conformidad con el artículo 20.15, una entidad contratante pretenda seleccionar un número limitado de proveedores cualificados para invitarlos a licitar, los criterios que se seguirán para seleccionarlos y, en su caso, cualquier limitación del número de proveedores que pueden ofertar.
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