COMISIÓN EUROPEA
Bruselas, 23.6.2021
COM(2021) 349 final
2021/0169(NLE)
Propuesta de
DECISIÓN DE EJECUCIÓN DEL CONSEJO
relativa a la aprobación de la evaluación del plan de recuperación y resiliencia de Bélgica
{SWD(2021) 172 final}
COMISIÓN EUROPEA
Bruselas, 23.6.2021
COM(2021) 349 final
2021/0169(NLE)
Propuesta de
DECISIÓN DE EJECUCIÓN DEL CONSEJO
relativa a la aprobación de la evaluación del plan de recuperación y resiliencia de Bélgica
{SWD(2021) 172 final}
2021/0169 (NLE)
Propuesta de
DECISIÓN DE EJECUCIÓN DEL CONSEJO
relativa a la aprobación de la evaluación del plan de recuperación y resiliencia de Bélgica
EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,
Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,
Visto el Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2021, por el que se establece el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia 1 , y en particular su artículo 20,
Vista la propuesta de la Comisión Europea,
Considerando lo siguiente:
(1)La pandemia de COVID-19 ha tenido un efecto perturbador en la economía de Bélgica. En 2019, el producto interior bruto per cápita (PIB) de Bélgica fue el 133 % de la media de la Unión. Según las previsiones de la Comisión de primavera de 2021, el PIB real de Bélgica descendió un 6,3 % en 2020 y se espera que disminuya en un 2,0 % acumulado en 2020 y 2021. Entre los aspectos más duraderos que tienen repercusiones en los resultados económicos a medio plazo se incluyen, en particular, la elevada ratio de deuda pública, una presión fiscal sobre el trabajo relativamente alta, tasas de inactividad y desempleo estructurales comparativamente elevadas y un entorno empresarial que no siempre favorece el espíritu emprendedor.
(2)El 9 de julio de 2019 y el 20 de julio de 2020, el Consejo dirigió recomendaciones a Bélgica en el contexto del Semestre Europeo. En concreto, el Consejo recomendó tomar todas las medidas necesarias para combatir la pandemia, sostener la economía y respaldar la posterior recuperación de forma eficaz y, cuando las condiciones económicas lo permitan, aplicar políticas fiscales destinadas a lograr una situación fiscal prudente a medio plazo y garantizar la sostenibilidad de la deuda, al mismo tiempo que se fomenta la inversión. También en relación con las finanzas públicas, el Consejo recomendó continuar con las reformas para garantizar la sostenibilidad fiscal de los sistemas de asistencia de larga duración y de pensiones, entre otras cosas limitando las posibilidades de salida anticipada del mercado laboral, y mejorar la composición y la eficiencia del gasto público, en particular mediante revisiones del gasto, así como la coordinación de las políticas fiscales por parte de todos los niveles de gobierno a fin de crear un margen para la inversión pública. Además, el Consejo ha recomendado a Bélgica que refuerce la resiliencia general del sistema sanitario y garantice el suministro de material médico esencial, y que mitigue el impacto social y sobre el empleo de la crisis, en particular promoviendo medidas activas eficaces para el mercado laboral y fomentando el desarrollo de capacidades. Asimismo, el Consejo ha recomendado a Bélgica que garantice la aplicación efectiva de las medidas destinadas a proporcionar liquidez para ayudar a las pymes y a los trabajadores autónomos, así como a mejorar el entorno empresarial, entre otras cosas reduciendo la carga reguladora y administrativa para incentivar el espíritu empresarial y eliminar los obstáculos a la competencia en los servicios, en particular los de telecomunicaciones, los minoristas y los profesionales. Con respecto a la inversión, el Consejo recomendó anticipar los proyectos de inversión pública que se encuentran en una fase avanzada de desarrollo y promover la inversión privada para impulsar la recuperación económica y centrar la inversión en la transición verde y digital, en particular en la infraestructura para el transporte sostenible, incluida la mejora de la infraestructura ferroviaria, la producción y el uso limpios y eficientes de la energía, la economía circular, la digitalización y la infraestructura digital, como las redes 5G y Gigabit, y la investigación y la innovación. En el ámbito del transporte, el Consejo recomendó además a Bélgica que hiciera frente a los crecientes retos de la movilidad mediante el refuerzo de los incentivos y la eliminación de las barreras para aumentar la oferta y la demanda del transporte colectivo y de baja emisión. Por último, en el ámbito del empleo y la educación y la formación, el Consejo recomendó a Bélgica que eliminara los aspectos desincentivadores del trabajo y que reforzara la eficacia de las políticas activas del mercado laboral, en particular para los trabajadores poco cualificados, los de mayor edad y las personas de origen migrante, que mejorara el rendimiento y la inclusividad de los sistemas de educación y formación y que resolviera las inadecuaciones de las capacidades. Tras evaluar los avances en la aplicación de estas recomendaciones específicas por país en el momento de la presentación del plan de recuperación y resiliencia, la Comisión considera que se han logrado avances sustanciales con respecto a la recomendación específica sobre la adopción de todas las medidas necesarias —en consonancia con la cláusula general de salvaguardia del Pacto de Estabilidad y Crecimiento— para hacer frente de forma eficaz a la pandemia, sosteniendo la economía y apoyando la consiguiente recuperación.
(3)[La recomendación del Consejo relativa a la política económica de la zona del euro recomendó a los Estados miembros de la zona del euro que tomaran medidas, a través por ejemplo de sus planes de recuperación y resiliencia, con el fin de garantizar, entre otras cosas, una orientación de las políticas que apoye la recuperación y siga mejorando la convergencia, la resiliencia y un crecimiento sostenible e integrador. La recomendación del Consejo también recomendó reforzar los marcos institucionales nacionales, garantizar la estabilidad macrofinanciera, completar la UEM y fortalecer el papel internacional del euro.] [If the Council recommendation is not adopted by the time of the CID adoption, please remove the recital]
(4)El 30 de abril de 2021, Bélgica presentó su plan nacional de recuperación y resiliencia a la Comisión, de conformidad con el artículo 18, apartado 1, del Reglamento (UE) 2021/241. Dicha presentación se realizó tras un proceso de consulta de las autoridades locales y regionales, los interlocutores sociales, las organizaciones de la sociedad civil, las organizaciones juveniles y otras partes interesadas pertinentes, llevado a cabo de conformidad con el marco jurídico nacional. La apropiación nacional de los planes de recuperación y resiliencia es condición esencial para su ejecución con éxito y su incidencia duradera a escala nacional, así como para su credibilidad a escala europea. De conformidad con el artículo 19 de dicho Reglamento, la Comisión ha evaluado la pertinencia, la eficacia, la eficiencia y la coherencia del plan de recuperación y resiliencia, de conformidad con las directrices de evaluación del anexo V de dicho Reglamento.
(5)Los planes de recuperación y resiliencia deben perseguir los objetivos generales del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia establecido por el Reglamento (UE) 2021/241 y del Instrumento de Recuperación de la Unión Europea establecido mediante el Reglamento (UE) 2020/2094 del Consejo con el fin de apoyar la recuperación tras la crisis de la COVID-19. Deben promover la cohesión económica, social y territorial de la Unión contribuyendo a los seis pilares a que se refiere el artículo 3 del Reglamento (UE) 2021/241.
(6)La aplicación de los planes de recuperación y resiliencia de los Estados miembros constituirá un esfuerzo coordinado de inversión y reformas en toda la Unión. Mediante la aplicación coordinada y simultánea de estas reformas e inversiones y la ejecución de proyectos transfronterizos, estas reformas e inversiones se reforzarán mutuamente y generarán externalidades positivas en toda la Unión. Por esta razón, una tercera parte del impacto del Mecanismo en el crecimiento y la creación de empleo de los Estados miembros provendrá de beneficios indirectos de otros Estados miembros.
Respuesta equilibrada que contribuye a los seis pilares
(7)De conformidad con el artículo 19, apartado 3, letra a), y el anexo V, sección 2.1, del Reglamento (UE) 2021/241, el plan de recuperación y resiliencia representa en gran medida (calificación A) una respuesta integral y adecuadamente equilibrada ante la situación económica y social, y contribuye así de forma adecuada a los seis pilares a que se refiere el artículo 3 del Reglamento (UE) 2021/241, teniendo en cuenta los retos específicos y la asignación financiera del Estado miembro correspondiente.
(8)El plan incluye medidas que contribuyen a los seis pilares y una buena parte de sus componentes aborda varios pilares. Este enfoque contribuye a garantizar que cada pilar se aborde de forma integral y coherente. Además, habida cuenta de los retos específicos de Bélgica, se considera que la especial atención prestada al crecimiento inteligente, sostenible e integrador, junto con la ponderación global de los distintos pilares, está adecuadamente equilibrada.
(9)El plan prevé la adopción de un amplio abanico de medidas relacionadas con el clima y más de la mitad de los componentes contribuyen a la transición ecológica. Estas medidas incluyen el aumento de la eficiencia energética de los edificios, las nuevas tecnologías emergentes, la adaptación al cambio climático y una infraestructura de transporte sostenible, que representan importantes oportunidades para ayudar a lograr los objetivos energéticos y climáticos para 2030. El plan aborda los retos digitales en varios ámbitos y prácticamente dos terceras partes de los componentes contribuyen a abordar esos retos. Las reformas, tanto a escala federal como regional, se destinan a eliminar los escollos en la regulación que entorpecen el despliegue de la infraestructura 5G y de conectividad ultrarrápida, como la fibra. Las inversiones incluidas en el plan de recuperación y resiliencia belga se centran en la digitalización de la Administración pública, así como del sistema judicial, y en la mejora de las competencias digitales. Se esperan significativas ganancias de eficiencia y mejoras de la calidad de los procesos en cuestión.
(10)El plan abarca extensamente el tercer pilar del crecimiento inteligente, sostenible e integrador y, prácticamente, todos sus componentes contribuyen directamente a él. El plan debería tener repercusiones positivas en las inversiones públicas y privadas, particularmente mediante inversiones en infraestructura digital y de transporte, viviendas sociales, renovación de la eficiencia energética de los edificios e investigación e innovación. Al contribuir a una economía más ecológica y digital, el plan favorece el crecimiento sostenible y la resiliencia económica. La considerable inversión en la digitalización de la Administración pública y del sistema judicial debería contribuir a la creación de un entorno favorable para las empresas y, por consiguiente, a apoyar la recuperación económica. Asimismo, el plan ayuda a abordar las inadecuaciones de capacidades al reforzar los sistemas de educación y formación. El enfoque en la mejora de las capacidades digitales y la promoción del acceso al mercado laboral para los grupos vulnerables deberían tener repercusiones positivas en el empleo y contribuir a la ejecución del pilar europeo de derechos sociales.
Hacer frente a la totalidad o una parte significativa de los retos determinados en las correspondientes recomendaciones específicas por país
(11)De conformidad con el artículo 19, apartado 3, letra b), y el anexo V, sección 2.2, del Reglamento (UE) 2021/241, se espera que el plan de recuperación y resiliencia contribuya a hacer frente de manera efectiva (calificación A) a la totalidad o a una parte significativa de los retos determinados en las correspondientes recomendaciones específicas por país, incluidos sus aspectos fiscales, dirigidas al Estado miembro en cuestión, o a los retos señalados en otros documentos pertinentes adoptados oficialmente por la Comisión en el marco del Semestre Europeo.
(12)Puede considerarse que las recomendaciones relacionadas con la respuesta de la política fiscal inmediata a la pandemia quedan fuera del ámbito del plan de Bélgica, a pesar de que el Estado miembro ha respondido en general de manera adecuada y suficiente a la necesidad inmediata de apoyar la economía por medios fiscales en 2020 y 2021, de conformidad con la cláusula general de salvaguardia. Por otra parte, la recomendación de progresar suficientemente hacia el objetivo presupuestario a medio plazo en 2020 ya no es pertinente, debido a la finalización del ejercicio presupuestario correspondiente y a la activación, en marzo de 2020, de la cláusula general de salvaguardia del Pacto de Estabilidad y Crecimiento en el contexto de la crisis causada por la pandemia.
(13)El plan incluye un amplio conjunto de reformas e inversiones que se refuerzan mutuamente y que contribuyen a abordar de forma efectiva la totalidad o una parte significativa de los retos económicos y sociales descritos en las recomendaciones específicas por país dirigidas a Bélgica en 2019 y en 2020 en el contexto del Semestre Europeo, en particular en los ámbitos de la calidad y la sostenibilidad de las finanzas públicas, las pensiones, el mercado laboral, así como las políticas de educación y capacidades, la I+D y la innovación, la transición ecológica y digital y el entorno empresarial.
(14)El plan incluye reformas fiscales estructurales pertinentes que se prevé mejoren la calidad y sostenibilidad de las finanzas públicas. Estas reformas incluyen la integración sistemática de las revisiones del gasto en los ciclos de planificación presupuestaria de todos los niveles de gobierno para mejorar la calidad y eficiencia del gasto público. Asimismo, una reforma de las pensiones pretende mejorar la sostenibilidad financiera y social del sistema de pensiones, en un contexto de aumento del gasto público en pensiones.
(15)El plan también incluye reformas e inversiones que abordan los retos del mercado laboral a largo plazo. Se trata de medidas dirigidas a promover políticas activas del mercado laboral más eficaces, mejorar el funcionamiento del mercado laboral y hacer frente a la discriminación en el mercado laboral. El plan también incluye inversiones para reforzar la integración social y en el mercado laboral de los grupos más vulnerables, incluidas las personas de origen migrante, las mujeres, las personas con discapacidades, los reclusos y las personas en riesgo de exclusión digital. Asimismo, las inversiones y reformas incluidas en el plan están destinadas a mejorar el rendimiento de los sistemas educativos y reducir la escasez de capacidades mediante acciones de formación y activación que permitan abordar las necesidades actuales y futuras del mercado laboral, con especial énfasis en las capacidades digitales.
(16)El plan contribuye significativamente a abordar el reto de la transición ecológica. Incluye inversiones públicas a gran escala en la renovación de la eficiencia energética de los edificios, incluidas las viviendas sociales, y respalda las inversiones privadas en eficiencia energética mediante subvenciones. Las inversiones también se centran en la producción y el uso limpios y eficientes de energía, principalmente por parte de los sectores industriales, e incluyen la electrificación de procesos, el hidrógeno renovable y bajo en carbono como materia prima y vector energético, la captura y el almacenamiento de CO2 con inversiones en el transporte de CO2 e hidrógeno (H2) y la investigación preindustrial para aplicaciones industriales que utilicen H2 y CO2, las redes de calefacción renovable, así como la infraestructura destinada a facilitar la conexión de energía eólica marina con la red. El plan contribuye a acelerar la ecologización del transporte mediante inversiones en infraestructuras para el uso de bicicletas y para peatones, así como servicios de transporte público, como autobuses ecológicos, infraestructuras de tranvía y metro suburbano, y un transporte ferroviario más eficiente y accesible, e incluye obras de infraestructuras para favorecer el cambio modal de la carretera al ferrocarril y las vías de navegación interior. El plan también incluye una reforma del régimen de tributación para los vehículos de empresa, enfocado hacia la electrificación del transporte por carretera, complementado con medidas para acelerar el lanzamiento de la infraestructura de carga para vehículos eléctricos en toda Bélgica y fomentar el despliegue de flotas de autobuses principalmente eléctricos y más limpios, así como con un presupuesto de movilidad mejorado para apoyar el cambio modal.
(17)El plan también contribuye significativamente a abordar el reto de la transición digital. Incluye medidas para mejorar la conectividad digital en toda Bélgica mediante inversiones adicionales en el desarrollo de redes de fibra óptica de muy alta velocidad y también para el despliegue y la conectividad 5G. El plan incluye inversiones y reformas significativas destinadas a la digitalización de la Administración pública, incluido el sistema de justicia, para mejorar la eficiencia de sus procesos internos y de sus interacciones con la ciudadanía y las empresas, en particular mediante la pasarela digital única y la inversión en la digitalización del sistema de seguridad social. Las medidas relacionadas con la digitalización en el plan también tienen el objetivo de contribuir a abordar los retos de reducción de la carga reguladora y administrativa, la eliminación de obstáculos a la competencia y la mejora del entorno empresarial.
(18)Se introducen inversiones significativas para potenciar la investigación y la innovación, en particular, mediante la implementación de procesos de producción más eficientes basados en tecnologías energéticas emergentes, el desarrollo de procesos de producción alternativos en medicina nuclear para el tratamiento del cáncer y medidas para reforzar las cibercapacidades de las pequeñas y medianas empresas y para combatir la ciberdelincuencia. El plan también incluye medidas destinadas a promover la economía circular y una mejor gestión de los recursos mediante el establecimiento de una nueva infraestructura de reciclaje que permita cerrar los eslabones faltantes en las diferentes cadenas de valor y el desarrollo de alternativas de uso para sustancias químicas nocivas, y para las asociaciones en pro de la innovación.
Contribución al potencial de crecimiento, la creación de empleo y la resiliencia económica, social e institucional
(19)De conformidad con el artículo 19, apartado 3, letra c), y el anexo V, sección 2.3, del Reglamento (UE) 2021/241, se espera que el plan de recuperación y resiliencia incida muy significativamente (calificación A) a la hora de reforzar el potencial de crecimiento, la creación de empleo y la resiliencia económica, social e institucional del Estado miembro, contribuyendo a la aplicación del pilar europeo de derechos sociales, a través también del fomento de políticas destinadas a la infancia y la juventud, y mitigar el impacto económico y social de la crisis de la COVID-19, reforzando así la cohesión económica, social y territorial y la convergencia en la Unión.
(20)Las simulaciones realizadas por los servicios de la Comisión muestran que el plan puede aumentar el PIB de Bélgica entre un 0,5 % y un 0,9 % de aquí a 2026 2 . El plan de recuperación y resiliencia de Bélgica incluye un gran paquete de inversiones y reformas que se prevé aborden las vulnerabilidades del país ante las crisis y refuercen su resiliencia económica, institucional y social. Las reformas destinadas a aumentar la calidad del gasto público y eliminar las barreras para una mayor participación en el mercado laboral, combinadas con considerables inversiones en la renovación de edificios, la movilidad sostenible, la digitalización, la formación y el perfeccionamiento profesional, la investigación, el desarrollo y la innovación afrontan los retos detectados en esos ámbitos y se prevé que mejoren la competitividad y productividad del país, al tiempo que allanan el camino hacia la transición ecológica y la transformación digital de la economía.
(21)Se prevé que las reformas e inversiones en la renovación de la eficiencia energética de los edificios, en la formación y el perfeccionamiento profesional, en una movilidad sostenible y en la digitalización de los servicios públicos, incluido el sistema de justicia, serán las que contribuyan principalmente al crecimiento y al empleo. Otros grandes ámbitos de intervención son la ciberseguridad y el 5G, la economía circular, la descarbonización de la industria, con especial énfasis en las tecnologías energéticas emergentes, como la producción y el uso de hidrógeno limpio, los sectores económicos con perspectiva de futuro, como la medicina nuclear, la sanidad, la cultura y la gestión hidrológica.
(22)El plan de recuperación y resiliencia incluye medidas destinadas a abordar los retos sociales y de empleo pertinentes, señalados en las recomendaciones específicas por país y sometidos a seguimiento mediante el cuadro de indicadores sociales. Estas medidas tienen potencial para contribuir a la ejecución del pilar europeo de derechos sociales. Se prevén medidas específicas para ayudar a promover la integración en el mercado laboral, especialmente para los grupos vulnerables. Este objetivo debería lograrse mediante cambios en las responsabilidades y el funcionamiento de los servicios de empleo públicos regionales, su modernización y un apoyo más personalizado a los solicitantes de empleo vulnerables. El plan incluye reformas para hacer frente a la discriminación en el mercado laboral, medida especialmente pertinente para hacer frente a la baja tasa de empleo de las personas de origen migrante. Se espera que las reformas de los planes de subvención de la energía contribuyan a aliviar la pobreza energética, aunque en el plan no se presente una estrategia global para abordar esa cuestión. El plan también incluye inversiones en infraestructuras sociales, incluidas la renovación y construcción de viviendas sociales y guarderías. Estas inversiones también contribuyen a la cohesión social.
(23)Para promover el acceso al mercado laboral y abordar las inadecuaciones de las capacidades, el plan pretende modernizar los sistemas de educación y formación, principalmente mediante inversiones en equipos e infraestructura. Las reformas e inversiones se centran en ampliar y aumentar la transparencia de la oferta y los incentivos de formación, por ejemplo, mediante la creación de cuentas de aprendizaje individuales y la inversión en la infraestructura educativa y de formación. Además, algunas de las medidas están destinadas a reforzar la inclusión digital de los grupos vulnerables, mediante la combinación de la facilitación de equipos digitales con la formación en competencias digitales.
No causar un perjuicio significativo
(24)De conformidad con el artículo 19, apartado 3, letra d), y el anexo V, sección 2.4, del Reglamento (UE) 2021/241, se espera que el plan de recuperación y resiliencia garantice que ninguna de las medidas de ejecución de las reformas y los proyectos de inversión incluidos en el plan de recuperación y resiliencia cause un perjuicio significativo a los objetivos medioambientales (calificación A) en el sentido del artículo 17 del Reglamento (UE) 2020/852 del Parlamento Europeo y del Consejo 3 (principio de «no causar un perjuicio significativo»).
(25)Las medidas del plan de recuperación y resiliencia de Bélgica se han evaluado en relación con el principio de «no causar un perjuicio significativo». Bélgica proporcionó justificaciones de acuerdo con la Guía técnica sobre la aplicación del principio de «no causar un perjuicio significativo» de la Comisión Europea (2021/C 58/01). En los casos en que el análisis detectó un posible riesgo, se realizó una evaluación más detallada en la que se verificó la ausencia de un perjuicio significativo previsible o se establecieron los hitos adecuados para abordar dichos riesgos. En particular, para algunas medidas respecto de las que se publicarán convocatorias de proyectos en el futuro, como las incluidas en el ámbito de las tecnologías energéticas emergentes, se establecieron unos hitos adecuados para garantizar que los criterios de elegibilidad de las convocatorias de proyectos excluyan toda actividad que pueda causar un perjuicio significativo para los objetivos medioambientales.
Contribución a la transición ecológica, incluida la biodiversidad
(26)De conformidad con el artículo 19, apartado 3, letra e), y el anexo V, sección 2.5, del Reglamento (UE) 2021/241, el plan de recuperación y resiliencia contiene medidas que contribuyen en gran medida (calificación A) a la transición ecológica, incluida la biodiversidad, o a hacer frente a los retos derivados de esa transición. Las medidas de apoyo a los objetivos climáticos ascienden a un importe que representa el 49,6 % de la asignación total del plan, calculado con arreglo a la metodología del anexo VI del Reglamento (UE) 2021/241. De conformidad con el artículo 17 del Reglamento (UE) 2021/241, el plan de recuperación y resiliencia es coherente con la información recogida en el Plan Nacional Integrado de Energía y Clima 2030.
(27)Un total de diez componentes (de diecisiete) contienen medidas que contribuyen al objetivo climático. Las renovaciones para aumentar la eficiencia energética de los edificios públicos, las viviendas privadas y sociales representan una parte importante de esta contribución. El plan incluye inversiones en medios de transporte colectivos y de baja emisión y una reforma para la creación de un régimen de tributación más ecológico para los vehículos de empresa. Se prevé que las inversiones en I+D e innovación, en particular en tecnologías energéticas alternativas, incluido el hidrógeno, e infraestructuras faciliten la transición hacia una economía de baja emisión de carbono. Está previsto que las reformas e inversiones en el ámbito de la renovación de la eficiencia energética de los edificios y en vehículos y movilidad ecológicos contribuyan al avance hacia los objetivos de descarbonización y transición energética de Bélgica que se establecen en su Plan Nacional Integrado de Energía y Clima de 2030.
(28)En cuanto a la dimensión medioambiental, se espera que el plan contribuya directamente a la preservación de la biodiversidad mediante inversiones en zonas protegidas, operaciones de restauración ecológica, infraestructuras ecológicas, una gestión forestal más resiliente y la creación de humedales. La ejecución de estas medidas se prevé que tenga una incidencia duradera en el almacenamiento de CO2 y que, junto con las medidas de gestión hidrológica, refuerce la adaptación al cambio climático. Otras inversiones en infraestructuras de reciclaje, apoyo de proyectos de diseño ecológico y uso optimizado de materiales se dirigen a mejorar la economía circular en Bélgica.
Contribución a la transición digital
(29)De conformidad con el artículo 19, apartado 3, letra f), y el anexo V, sección 2.6, del Reglamento (UE) 2021/241, el plan de recuperación y resiliencia contiene medidas que contribuyen en gran medida (calificación A) a la transición digital o a hacer frente a los retos derivados de esa transición. Las medidas de apoyo a los objetivos digitales ascienden a un importe que representa el 26,6 % de la asignación total del plan, calculado con arreglo a la metodología del anexo VII del Reglamento (UE) 2021/241.
(30)Un total de once componentes (de diecisiete) contienen medidas que se prevé contribuyan al objetivo de transición digital dentro de una amplia estrategia transversal. El plan contiene reformas críticas a escala federal y regional que pretenden eliminar los escollos de la regulación que entorpecen el despliegue del 5G y de redes de muy alta capacidad, como la fibra. El plan también incluye inversiones públicas en conectividad, como el despliegue de fibra en determinadas zonas blancas y una mayor conectividad de las escuelas en la región de Valonia. En el plan se hace un seguimiento de la aplicación de la «caja de herramientas de conectividad». Las importantes inversiones y reformas incluidas en el plan se destinan a la administración electrónica entre las distintas entidades, e incluyen la modernización de la infraestructura digital obsoleta, el sistema de gestión de expedientes judiciales y la seguridad de la red del poder judicial. Se espera que el plan promueva el uso de datos abiertos por parte de las administraciones públicas. Otras inversiones están destinadas a la digitalización de sectores específicos, como el sistema sanitario, el turismo, el transporte, la energía, los medios de comunicación y la cultura. El plan pretende mejorar el equipamiento digital y la conectividad de las escuelas en todo el territorio belga. Las inversiones incluidas en el plan también se prevé que contribuyan a una mejor ciberresiliencia y seguridad global de la ciudadanía, las empresas y las administraciones públicas. Asimismo, el plan promueve el despliegue de un uso de la inteligencia artificial centrado en las personas.
(31)Las medidas también abordan los retos relacionados con los niveles de capacidades digitales de la población y, en particular, están destinadas a aumentar la inclusión digital, así como el reciclaje y el perfeccionamiento profesionales de la mano de obra para contribuir a abordar los problemas de escasez y promover la integración en el mercado laboral. Asimismo, también se prevé que el plan ayude a mejorar el rendimiento digital de los jóvenes en los sistemas de educación primaria, secundaria y superior. Se han incluido reformas e inversiones destinadas a ayudar a las empresas a cosechar los beneficios de la transición digital mediante el desarrollo de un centro de innovación tecnológica y digital y la inversión en I+D relacionada con la digitalización. El plan también incluye algunas medidas destinadas a crear un sector digital cada vez más ecológico.
Incidencia duradera
(32)De conformidad con el artículo 19, apartado 3, letra g), y el anexo V, sección 2.7, del Reglamento (UE) 2021/241, se espera que el plan de recuperación y resiliencia tenga una incidencia duradera, en gran medida (calificación A), en Bélgica.
(33)El plan contiene inversiones que se espera tengan una incidencia duradera en apoyo de la transición ecológica y digital de la economía. Las medidas relacionadas con la digitalización en el plan están diseñadas, entre otros aspectos, para aumentar el nivel de digitalización de las instituciones pertinentes, lo cual se espera tenga una incidencia duradera en la calidad de los servicios, el entorno empresarial y el uso óptimo de los datos del gobierno. Estas medidas afectan a ámbitos esenciales como el sistema judicial, la seguridad social, el sistema sanitario, la ciberresiliencia del país o las plataformas para mejorar las interacciones entre las administraciones públicas y la ciudadanía o las empresas. El plan contribuye, además, a aumentar el nivel de inversiones en I+D para lograr el objetivo del 3 % del PIB, y a incrementar la productividad. Se prevé que las inversiones y políticas pertinentes, como las destinadas a descarbonizar la economía mediante la mejora de la eficiencia energética y a implantar una infraestructura digital puntera, contribuyan a la mejora de la competitividad y el potencial de crecimiento del país.
(34)En general, se espera que las reformas propuestas en el plan contribuyan a afrontar los principales retos de Bélgica y que sus repercusiones se hagan sentir a largo plazo, aunque la incidencia de algunas de ellas, como la del sistema de pensiones, dependerá de su ejecución. Se espera que las reformas relacionadas con la calidad del gasto público, la participación en el mercado laboral y la eliminación de los escollos de la regulación que entorpecen el despliegue del 5G produzcan efectos duraderos. En el campo de la fiscalidad, se espera que la reforma del sistema de vehículos de empresa contribuya a la descarbonización del transporte. Si bien el plan se refiere a una propuesta de reforma tributaria de amplio alcance, que podría repercutir en los aspectos desincentivadores del trabajo y en la transición ecológica, se echa en falta un firme compromiso con su aprobación. La incidencia duradera del plan también puede intensificarse a través de las sinergias entre el plan y otros programas financiados por los fondos de la política de cohesión, que permitirán afrontar con solvencia los retos territoriales, profundamente arraigados, y promover un desarrollo equilibrado.
Seguimiento y ejecución
(35)De conformidad con el artículo 19, apartado 3, letra h), y el anexo V, sección 2.8, del Reglamento (UE) 2021/241, las disposiciones propuestas en el plan de recuperación y resiliencia son adecuadas (calificación A) para garantizar un seguimiento y una ejecución efectivos del plan de recuperación y resiliencia, incluidos el calendario, los hitos y objetivos previstos y los indicadores correspondientes.
(36)La estructura de la gobernanza y las disposiciones organizativas propuestas por las autoridades belgas para la ejecución del plan belga garantizan la participación de los actores responsables en el seguimiento, la notificación y el seguimiento administrativo de las reformas e inversiones bajo su responsabilidad. La coordinación interfederal entre las entidades involucradas está garantizada a escala política y administrativa. El seguimiento de los indicadores descrito por las autoridades belgas es suficientemente claro y completo para garantizar que su realización pueda ser objeto de rastreo y verificación. Los hitos y objetivos deben representar, principalmente, los elementos clave de las medidas y, como tales, pueden considerarse pertinentes para su ejecución. Los mecanismos de verificación, la recogida de datos y las responsabilidades descritas en el plan parecen suficientemente sólidos para justificar de forma adecuada las solicitudes de desembolso una vez cumplidos los hitos y objetivos. Los hitos y objetivos también son pertinentes para las medidas ya ejecutadas que son subvencionables según el artículo 17, apartado 2, del Reglamento. Para justificar una solicitud de desembolso se requiere el logro de estos mitos y objetivos a lo largo del tiempo.
(37)Los Estados miembros deben garantizar que el apoyo financiero en el marco del Mecanismo se comunique y reconozca conforme al artículo 34 del Reglamento (UE) 2021/241. Se podrá solicitar asistencia técnica en virtud del Instrumento de Apoyo Técnico para ayudar a los Estados miembros en la ejecución de su plan.
Costes
(38)De conformidad con el artículo 19, apartado 3, letra i), y el anexo V, sección 2.9, del Reglamento (UE) 2021/241, la justificación proporcionada en el plan sobre el importe de los costes totales estimados del plan de recuperación y resiliencia es, en una medida moderada (calificación B), razonable y verosímil, está en consonancia con el principio de coste-eficacia y guarda proporción con las repercusiones económicas y sociales previstas a escala nacional.
(39)La información y las pruebas sobre los costes presentadas en el plan son en su mayor parte detalladas y claras para la mayoría de medidas. Para una amplia mayoría de medidas, se facilita información detallada suficiente y pruebas exhaustivas de que el coste total estimado del plan es razonable y verosímil. En casi todos los casos, Bélgica facilitó información sobre proyectos de inversión anteriores, reales o similares, o sobre datos comparativos sobre los factores principales que determinan los costes y que permiten justificar la mayor parte de las estimaciones de costes. Para la mayoría de proyectos, la información sobre costes incluye pruebas fehacientes claras o referencias pertinentes que justifican los costes unitarios de referencia. No obstante, la especificidad y la pertinencia de las justificaciones de costes facilitadas no son uniformes a lo largo de todo el plan. Para determinadas medidas, la presentación de información adicional con estimaciones y justificaciones más detalladas podría haber aumentado el nivel de garantía en cuanto a la razonabilidad y verosimilitud de los costes. Por último, el coste total estimado del plan de recuperación y resiliencia está en consonancia con el principio de coste-eficacia y guarda proporción con las repercusiones económicas y sociales previstas a escala nacional.
Protección de los intereses financieros
(40)De conformidad con el artículo 19, apartado 3, letra j), y el anexo V, sección 2.10, del Reglamento (UE) 2021/241, las disposiciones propuestas en el plan de recuperación y resiliencia y las medidas adicionales incluidas en la presente Decisión son adecuadas (calificación A) para prevenir, detectar y corregir la corrupción, el fraude y los conflictos de intereses en la utilización de los fondos proporcionados en el marco de dicho Reglamento, y se espera que esas disposiciones eviten de manera eficaz la doble financiación procedente del Reglamento y de otros programas de la Unión. Esto se entiende sin perjuicio de la aplicación de otros instrumentos y herramientas para promover y hacer cumplir la legislación de la UE, en particular para prevenir, detectar y corregir la corrupción, el fraude y los conflictos de intereses, y para proteger las finanzas de la Unión de acuerdo con el Reglamento (UE, Euratom) 2020/2092 del Parlamento Europeo y del Consejo.
(41)El plan describe de forma adecuada el sistema implantado para su ejecución. El marco global representa un sistema de control interno sólido en el que se distribuyen claramente los roles y responsabilidades a las entidades implicadas competentes. A escala federal, la Secretaría de Estado para la Recuperación y las Inversiones Estratégicas coordina la ejecución del plan, mientras que la Conferencia Interministerial realiza un seguimiento a escala política y el Comité de Seguimiento Interfederal, a escala administrativa. El plan belga determina los diferentes organismos responsables de la ejecución, el seguimiento y el control de los proyectos en cada una de las seis entidades (Estado federal, región Flamenca, región de Valonia, región de Bruselas-Capital, comunidad francesa y comunidad germanófona).
(42)Cada entidad es responsable de recopilar los datos de los proyectos bajo su responsabilidad y de garantizar la actualización regular de su avance en sus herramientas de seguimiento. En relación con la auditoría, las entidades a tal fin designadas también son responsables de la auditoría de los fondos de la UE en régimen de gestión compartida y son independientes de las entidades que ejecutan el plan. El plan establece los diferentes procedimientos de control de cada entidad para la prevención, detección y corrección del fraude, la corrupción y el conflicto de intereses al utilizar los fondos facilitados de conformidad con el Reglamento (UE) 2021/241.
(43)En general, las disposiciones propuestas por Bélgica en el plan de recuperación y resiliencia para prevenir, detectar y corregir la corrupción, el fraude y los conflictos de intereses al utilizar los fondos previstos de conformidad con el Mecanismo, incluidas las disposiciones destinadas a evitar la doble financiación de conformidad con el Mecanismo y otros programas de la Unión, se consideran suficientes, siempre que los hitos relativos al sistema de registro para el seguimiento de la ejecución del Mecanismo y las disposiciones de coordinación adecuadas para evitar la doble financiación se cumplan antes de la primera solicitud de pago.
Coherencia del plan
(44)De conformidad con el artículo 19, apartado 3, letra k), y el anexo V, sección 2.11, del Reglamento (UE) 2021/241, el plan incluye en una medida moderada (calificación B) medidas para la ejecución de reformas y proyectos de inversión pública que constituyen actuaciones coherentes.
(45)El plan incluye una serie de reformas e inversiones propicias a los objetivos de estimular la recuperación de la economía belga, contribuir a su transición ecológica y digital y aumentar su resiliencia en el camino hacia un crecimiento más sostenible e integrador. Las medidas individuales incluidas en el plan son coherentes con los objetivos globales anunciados. El plan no presenta incoherencias ni contradicciones en el contenido de los diferentes componentes. Algunas medidas se refuerzan mutuamente y son complementarias, también entre los diferentes niveles de gobierno. No obstante, en algunos casos, el potencial de algunas inversiones podría haberse reforzado mediante reformas complementarias de mayor alcance. Por ejemplo, aunque el plan contiene varias inversiones y reformas enfocadas a una renovación de la eficiencia energética de los edificios, no existe un compromiso en firme para renovar el sistema tributario de la energía y así incentivar más inversiones en eficiencia energética en las renovaciones de edificios. Si bien el plan apoya el despliegue de hidrógeno renovable, solo apoya de forma limitada el aumento de la producción de energías renovables. Las medidas para aumentar el empleo y mejorar el rendimiento del mercado laboral no van acompañadas de medidas concretas para reducir los aspectos desincentivadores del trabajo del sistema tributario.
Igualdad
(46)El plan incluye una serie de medidas que se espera contribuyan a abordar los retos en el ámbito de la igualdad de género y la igualdad de oportunidades para todos. El Instituto para la Igualdad de Mujeres y Hombres de Bélgica considera que el 52 % de las medidas de inversión del plan tendrán posibles repercusiones positivas en la igualdad de género. Entre otras, se incluyen medidas destinadas a atraer a más mujeres hacia los estudios de ciencia, tecnología, ingeniería y matemáticas y a aumentar la tasa de empleo de las mujeres. Aunque el plan se queda corto a la hora de definir un enfoque integral y holístico para los grupos vulnerables, los objetivos de igualdad de oportunidades para todos se reflejan en medidas de varios ámbitos del plan, como la educación, la vivienda social, la inclusión en el mercado laboral, la movilidad y la inclusión digital. Incluyen reformas del marco normativo para las pruebas de detección de casos de discriminación y las herramientas y los conocimientos disponibles en la Administración que podrían contribuir a una mayor tasa de empleo de las personas de origen migrante. Otras medidas pertinentes incluyen las inversiones previstas para aumentar la accesibilidad de las estaciones de ferrocarril a las personas con movilidad reducida y las inversiones en viviendas sociales equipadas con tecnologías asistenciales para facilitar una vida independiente a las personas con discapacidad o a las personas de mayor edad.
Autoevaluación de la seguridad
(47)No se ha proporcionado una autoevaluación de seguridad porque Bélgica no la ha considerado apropiada, de conformidad con el artículo 18, apartado 4, letra g), del Reglamento (UE) 2021/241.
Proyectos transfronterizos y multinacionales
(48)El plan contiene varias medidas de inversión con una importante dimensión transfronteriza y acordes con los objetivos del nuevo modelo de industria para Europa. Una parte destacada de las inversiones (a escala federal, de la región Flamenca y de la región de Valonia), que, de forma conjunta, se centran en promover la cadena de valor industrial en el campo del hidrógeno, debería formar parte de los proyectos importantes de interés común europeo (PIICE) transfronterizos sobre el hidrógeno. Asimismo, el proyecto de inversión «Red central para el H2 y el CO2» del nivel federal debería dar lugar a interconexiones con los países vecinos en las redes de transporte de H2 y CO2 iniciales que se construirán en el marco del plan. Asimismo, la medida de inversión «Isla energética marina» del nivel federal pretende desarrollar un centro energético marino multifuncional («isla energética») en el Mar del Norte, que, entre otras cosas, aspira a facilitar la integración y una mayor importación de energías renovables en el Mar del Norte y la zona circundante, mediante la conexión con otros países o regiones. Finalmente, una medida para reforzar la I+D se destina a financiar la participación de las empresas de la región Flamenca en el PIICE sobre microelectrónica proyectado.
Proceso de consulta
(49)En el plan se describe que Bélgica ha consultado a una amplia variedad de partes interesadas en el proceso de adopción del plan para aumentar la implicación nacional en este. A escala federal, se consultó a un gran número de partes interesadas, incluidos los interlocutores sociales, la sociedad civil y el Instituto para la Igualdad de Mujeres y Hombres de Bélgica. El gobierno federal creó un comité consultor integrado por el Consejo Económico Central y el Consejo Federal de Desarrollo Sostenible y que reúne a los interlocutores sociales y la sociedad civil (organizaciones medioambientales, organizaciones para la cooperación al desarrollo, organizaciones de consumidores, organizaciones juveniles y universidades) que facilitaron asesoramiento en diferentes fases del proceso de preparación del plan. Asimismo, se consultó al Instituto para la Igualdad de Mujeres y Hombres de Bélgica a la hora de evaluar el impacto del plan en la igualdad de género y formular recomendaciones. Las administraciones regionales y locales consultaron a los interlocutores sociales acerca de sus proyectos de reformas e inversiones respectivos, y también intercambiaron opiniones con los parlamentos regionales.
(50)Bélgica se compromete a seguir cooperando con los interlocutores sociales y la sociedad civil durante la ejecución del plan. Con vistas a asegurar la implicación de los agentes pertinentes, es crucial lograr la participación de todas las autoridades locales y regionales y de todas las partes interesadas, incluidos los interlocutores sociales, durante la ejecución de las inversiones y las reformas incluidas en el plan.
Evaluación positiva
(51)Tras la evaluación positiva de la Comisión acerca del plan de recuperación y resiliencia de Bélgica, con la conclusión de que el plan cumple satisfactoriamente los criterios de evaluación establecidos en el Reglamento (UE) 2021/241, de conformidad con su artículo 20, apartado 2, y su anexo V, la presente Decisión debe establecer las reformas y los proyectos de inversión necesarios para la ejecución del plan, los hitos, objetivos e indicadores pertinentes, así como el importe que la Unión facilita para la ejecución del plan en forma de ayudas financieras no reembolsables.
Contribución financiera
(52)El coste total estimado del plan de recuperación y resiliencia de Bélgica asciende a 5 924 952 328 EUR. Dado que el plan de recuperación y resiliencia cumple satisfactoriamente los criterios de evaluación establecidos en el Reglamento (UE) 2021/241 y, además, dado que el importe de los costes totales estimados del plan de recuperación y resiliencia es (ligeramente) superior a la contribución financiera máxima disponible para Bélgica, la contribución financiera asignada al plan de recuperación y resiliencia de Bélgica debe ser igual al importe total de la contribución financiera disponible para Bélgica/importe de los costes totales estimados del plan de recuperación y resiliencia.
(53)De conformidad con el artículo 11, apartado 2, del Reglamento (UE) 2021/241, el cálculo de la contribución financiera máxima para Bélgica debe actualizarse a más tardar el 30 de junio de 2022. Como consecuencia de ello, de conformidad con el artículo 23, apartado 1, de dicho Reglamento, ahora debe ponerse a disposición de Bélgica un importe de cara a la firma del compromiso jurídico a más tardar el 31 de diciembre de 2022. En caso necesario, a raíz de la actualización de la contribución financiera máxima, el Consejo, a propuesta de la Comisión, deberá modificar la presente Decisión para incluir la contribución financiera máxima actualizada sin demora.
(54)Las ayudas que han de otorgarse deben financiarse con cargo a los empréstitos de la Comisión en nombre de la Unión sobre la base del artículo 5 de la Decisión (UE, Euratom) 2020/2053 del Consejo. Las ayudas se abonarán en tramos una vez que Bélgica haya cumplido de forma satisfactoria los hitos y objetivos pertinentes determinados en relación con la ejecución del plan de recuperación y resiliencia.
(55)Bélgica ha solicitado una prefinanciación del 13 % de la contribución financiera. Dicho importe debe ponerse a disposición de Bélgica a reserva de la entrada en vigor del acuerdo de financiación previsto en el artículo 23, apartado 1, del Reglamento (UE) 2021/241 y de conformidad con dicho acuerdo.
(56)La presente Decisión debe entenderse sin perjuicio del resultado de cualquier procedimiento relativo a la concesión de fondos de la Unión en el marco de cualquier otro programa de la Unión distinto del Reglamento (UE) 2021/241 o de los procedimientos relativos a las distorsiones del funcionamiento del mercado interior que puedan incoarse, en particular en virtud de los artículos 107 y 108 del Tratado. No exime a los Estados miembros de la obligación de notificar a la Comisión los posibles casos de ayudas estatales con arreglo al artículo 108 del Tratado.
HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:
Artículo 1
Aprobación de la evaluación del plan de recuperación y resiliencia
Queda aprobada la evaluación del plan de recuperación y resiliencia de Bélgica sobre la base de los criterios establecidos en el artículo 19, apartado 3, del Reglamento (UE) 2021/241. En el anexo de la presente Decisión se establecen las reformas y los proyectos de inversión en el marco del plan de recuperación y resiliencia, las disposiciones tomadas para el seguimiento y la ejecución del plan de recuperación y resiliencia y su correspondiente calendario, incluidos los hitos y objetivos pertinentes, los indicadores pertinentes en relación con el cumplimiento de los hitos y objetivos previstos, y las disposiciones adoptadas para facilitar a la Comisión acceso completo a los correspondientes datos subyacentes.
Artículo 2
Contribución financiera
1.La Unión deberá poner a disposición de Bélgica una contribución financiera en forma de ayuda no reembolsable por importe de 5 923 953 327 EUR 4 . Un importe de 3 645 626 483 EUR estará disponible para ser objeto de un compromiso jurídico a más tardar el 31 de diciembre de 2022. A reserva de la actualización prevista en el artículo 11, apartado 2, del Reglamento (UE) 2021/241, que calcula un importe para Bélgica igual o superior a dicho importe, estará disponible un importe adicional de 2 278 326 843 EUR para ser objeto de un compromiso jurídico desde el 1 de enero de 2023 hasta el 31 de diciembre de 2023.
2.La Comisión pondrá a disposición de Bélgica la contribución financiera de la Unión en tramos de conformidad con el anexo de la presente Decisión. En concepto de pago de prefinanciación, se desembolsará un importe de 770 113 932 EUR, equivalente al 13 % de la contribución financiera. La Comisión podrá desembolsar la prefinanciación y los tramos en una o varias cuotas. La cuantía de las cuotas dependerá de la disponibilidad de financiación.
3.La prefinanciación se desembolsará a reserva de la entrada en vigor del acuerdo de financiación previsto en el artículo 23, apartado 1, del Reglamento (UE) 2021/241 y de conformidad con dicho acuerdo. La prefinanciación se liquidará mediante deducción proporcional del pago de los tramos.
4.El desembolso de los tramos de conformidad con el acuerdo de financiación estará supeditado a la disponibilidad de fondos y a una decisión de la Comisión, adoptada de conformidad con el artículo 24 del Reglamento (UE) 2021/241, en la que se acredite que Bélgica ha cumplido satisfactoriamente los hitos y objetivos pertinentes determinados en relación con la ejecución del plan de recuperación y resiliencia. A reserva de la entrada en vigor de los compromisos jurídicos a que se refiere el apartado 1, para poder optar al pago, los hitos y objetivos deberán alcanzarse a más tardar el 31 de agosto de 2026.
Artículo 3
Destinatario
El destinatario de la presente Decisión es el Reino de Bélgica.
Hecho en Bruselas, el
Por el Consejo
El Presidente