Bruselas, 16.3.2023

COM(2023) 150 final

2023/0080(BUD)

Propuesta de

PROYECTO DE PRESUPUESTO RECTIFICATIVO N.º 1
AL PRESUPUESTO GENERAL DE 2023

Cambios técnicos derivados de los acuerdos políticos alcanzados en varias propuestas legislativas, entre las cuales, REPowerEU, el Mecanismo de Ajuste en Frontera por Carbono y el programa de Conectividad Segura de la Unión


Vistos:

–el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, y en particular su artículo 314, en relación con el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea de la Energía Atómica, y en particular su artículo 106 bis,

–la Decisión (UE, Euratom) 2020/2053 del Consejo, de 14 de diciembre de 2020, sobre el sistema de recursos propios de la Unión Europea 1 , que entró en vigor el 1 de junio de 2021,

–el Reglamento (UE, Euratom) 2018/1046 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de julio de 2018, sobre las normas financieras aplicables al presupuesto general de la Unión […] 2 , y en particular su artículo 44,

–el presupuesto general de la Unión Europea para el ejercicio financiero 2023, aprobado el 23 de noviembre de 2022 3 ,

La Comisión Europea presenta al Parlamento Europeo y al Consejo el proyecto de presupuesto rectificativo n.º 1 al presupuesto de 2023.

CAMBIOS EN EL ESTADO DE INGRESOS Y DE GASTOS POR SECCIÓN

Los cambios en el estado general de ingresos, y particularmente en la sección III, están disponibles en EUR-Lex ( https://eur-lex.europa.eu/budget/www/index-es.htm ).

Índice

1.    Introducción    

2.    REPowerEU    

3.    Mecanismo de Ajuste en Frontera por Carbono    

4.    Programa de Conectividad Segura de la Unión    

5.    Agencias descentralizadas    

5.1    Autoridad de Lucha contra el Blanqueo de Capitales (ALBC)    

5.2    Agencia de la Unión Europea para la Cooperación de los Reguladores de la Energía (ACER)    

5.3    Agencia de Apoyo al Organismo de Reguladores Europeos de las Comunicaciones Electrónicas (Oficina del ORECE)    

5.4    Agencia Europea de Sustancias y Mezclas Químicas (ECHA)    

6.    Agencias ejecutivas    

6.1    Agencia Ejecutiva Europea en los ámbitos de la Salud y Digital (HADEA)    

7.    Supervisor Europeo de Protección de Datos (SEPD)    

8.    Financiación    

9.    Cuadro sinóptico por rúbricas del MFP    



EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

1.Introducción

El objetivo del proyecto de presupuesto rectificativo n.º 1 para el año 2023 (PPR n.º 1) es introducir los cambios técnicos necesarios en el presupuesto de 2023 derivados de los acuerdos políticos alcanzados sobre varias propuestas legislativas, en particular en relación con REPowerEU, el Mecanismo de Ajuste en Frontera por Carbono (MAFC) y el Programa de Conectividad Segura de la Unión.

En particular, el PPR n.º 1 abarca los siguientes elementos:

·el ajuste de la nomenclatura presupuestaria y de los comentarios tras la adopción del plan REPowerEU 4 y del Reglamento 5 con modificaciones específicas del Reglamento sobre el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia (MRR) 6 , la Directiva sobre los regímenes de comercio de derechos de emisión 7 y el Reglamento sobre la Reserva de Adaptación al Brexit 8 ;

·la transferencia de la línea operativa del Mecanismo de Ajuste en Frontera por Carbono de la Rúbrica 1 a la Rúbrica 3 del marco financiero plurianual (MFP), en consonancia con el acuerdo final alcanzado en diciembre de 2022 por el Parlamento Europeo y el Consejo sobre el establecimiento de dicho Mecanismo, ajustando al mismo tiempo la dotación de personal y otros créditos administrativos de la Rúbrica 7 con arreglo a la ficha de financiación legislativa revisada;

·el refuerzo del programa de conectividad segura espacial por un importe de 50 millones EUR en créditos de compromiso, con el fin de completar la financiación del programa para el período hasta finales de 2027 9 ;

·la adaptación de la contribución de la UE o el personal de la Autoridad de Lucha contra el Blanqueo de Capitales (ALBC), la Agencia de la Unión Europea para la Cooperación de los Reguladores de la Energía (ACER), la Agencia de apoyo al Organismo de Reguladores Europeos de las Comunicaciones Electrónicas (ORECE) y la Agencia Europea de Sustancias y Mezclas Químicas (ECHA) para tener en cuenta los cambios en sus mandatos;

·la adaptación de la plantilla de personal de la Agencia Ejecutiva en los ámbitos de la Salud y Digital (HADEA) para tener en cuenta un cambio menor en la estructura del personal de la agencia ejecutiva;

·el aumento del nivel de los créditos del Supervisor Europeo de Protección de Datos (SEPD) para financiar los gastos jurídicos a raíz de un aumento de los litigios relativos a la aplicación del Reglamento general de protección de datos 10 .

En conjunto, el impacto neto del PPR n.º 1 en los gastos supone un aumento de 52,6 millones EUR en créditos de compromiso. No se solicitan créditos de pago adicionales.

2.REPowerEU

El contexto geopolítico ha cambiado considerablemente desde la adopción del Reglamento por el que se establece el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia (MRR) 11 . Para hacer frente a los nuevos retos, el 18 de mayo de 2022 la Comisión propuso reforzar la capacidad del MRR a través del plan REPowerEU.

El Reglamento 12 sobre la creación de capítulos específicos de REPowerEU en los planes de recuperación y resiliencia define objetivos específicos de REPowerEU que deben abordarse mediante las inversiones y reformas que deben incluirse en los planes de recuperación y resiliencia existentes. Además, el Reglamento prevé fuentes adicionales de financiación específica para financiar las medidas pertinentes. Esto incluye los ingresos adicionales procedentes de la subasta de derechos de emisión del régimen de comercio de derechos de emisión en virtud de la Directiva 2003/87/CE, así como de las transferencias voluntarias de la Reserva de Adaptación al Brexit. La ayuda financiera adicional relacionada con los capítulos de REPowerEU se desembolsará como complemento de la contribución financiera inicial del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia y, en su caso, de la ayuda en forma de préstamo, con arreglo a un calendario común de tramos.

El 1 de febrero de 2023 13 , la Comisión publicó nuevas orientaciones sobre los planes de recuperación y resiliencia. Con el fin de garantizar un rápido despliegue de las medidas REPowerEU, los Estados miembros deben esforzarse por presentar sus planes de recuperación y resiliencia modificados, que incluyen capítulos de REPowerEU, a más tardar el 30 de abril de 2023. Esto es anterior al plazo legal del 31 de agosto de 2023, teniendo en cuenta que el plazo para comprometer los importes disponibles en el marco del 30 % restante de la asignación de subvención es finales de 2023. Con el fin de que la Comisión pueda contraer los compromisos presupuestarios a su debido tiempo tras la adopción de las decisiones de ejecución del Consejo, la Comisión propone realizar todas las adaptaciones adicionales necesarias en la nomenclatura presupuestaria y en los comentarios presupuestarios en el PPR n.º 1. En consecuencia, la Comisión propone crear una nueva línea presupuestaria 16 02 04 «Mecanismo de Recuperación y Resiliencia — Contribución con cargo a la Reserva de Adaptación al Brexit» como sigue:

EUR

Línea presupuestaria

Denominación

Créditos de compromiso

Créditos de pago

Sección III - Comisión

16 02 04

Mecanismo de Recuperación y Resiliencia - Contribución con cargo a la Reserva de Adaptación al Brexit

p.m.

p.m.

Total    

p.m.

p.m.

Además, se propone suprimir la línea presupuestaria 08 03 05 «Mecanismo de Recuperación y Resiliencia — Contribución del Feader» e incluir estimaciones con respecto a la financiación adicional con cargo a los regímenes de comercio de derechos de emisión REPowerEU para el capítulo 06 02 «Mecanismo de Recuperación y Resiliencia e Instrumento de Apoyo Técnico».

Los comentarios presupuestarios correspondientes figuran en el anexo presupuestario.

3.Mecanismo de Ajuste en Frontera por Carbono

La propuesta inicial de la Comisión para el establecimiento del Mecanismo de Ajuste en Frontera por Carbono 14 se basaba en un modelo de gobernanza descentralizada con una participación sustancial de los Estados miembros en la aplicación del mecanismo. Tal como se establece en la ficha de financiación legislativa original que acompaña a la propuesta, ello habría requerido el desarrollo de un sistema informático relativamente modesto (que la Comisión propuso financiar en el proyecto de presupuesto de 2023 con cargo a la rúbrica operativa 1 «Mercado único, innovación y economía digital») y unos recursos humanos limitados en la Comisión (un máximo de ocho puestos de la plantilla de personal a plena velocidad de crucero, que se financiarán con cargo a la Rúbrica 7 «Administración Pública europea»).

Sin embargo, el acuerdo final alcanzado por el Parlamento Europeo y el Consejo en diciembre de 2022 sobre el establecimiento del Mecanismo se basa en un modelo de gobernanza centralizada, que requiere una fuerte participación de la Comisión en la aplicación y el desarrollo y el mantenimiento de un sistema informático sustancial. Al mismo tiempo, los colegisladores no escogieron la opción de financiar el Mecanismo de Ajuste en Frontera por Carbono con cargo a los ingresos afectados externos procedentes del régimen de comercio de derechos de emisión. Por lo tanto, el aumento de los costes del sistema informático deberá financiarse con cargo al margen dentro del techo de gastos de la Rúbrica 3 («Recursos naturales y medio ambiente»), mientras que el personal adicional de la Comisión tendrá que financiarse en el marco de la Rúbrica 7.

El 1 de febrero de 2023, la Comisión remitió una ficha de financiación legislativa revisada al Parlamento Europeo y al Consejo, que establece el impacto presupuestario del nuevo modelo de gobernanza para el período 2023-2027. La Comisión propone incluir el impacto para el ejercicio 2023 en el PPR n.º 1, con algunas pequeñas reducciones de créditos en comparación con las estimaciones de la ficha de financiación legislativa revisada para 2023. En particular, dada la necesidad de acelerar los preparativos para la creación del sistema informático, la Comisión ha podido cubrir 7,7 millones EUR de las necesidades del Mecanismo de Ajuste en Frontera por Carbono identificadas en la ficha de financiación legislativa revisada con créditos disponibles en el marco de los programas Aduana y Fiscalis en 2023.

En consecuencia, la Comisión propone crear una nueva línea presupuestaria para el Mecanismo de Ajuste en Frontera por Carbono en la Rúbrica 3 con un importe de 4,1 millones EUR en créditos de compromiso y 1,6 millones EUR en créditos de pago, respectivamente, y suprimir la línea presupuestaria existente en la Rúbrica 1, añadiendo al mismo tiempo los créditos al margen correspondiente de la Rúbrica 1 de la siguiente manera:

EUR

Línea presupuestaria

Denominación

Créditos de compromiso

Créditos de pago

Sección III - Comisión

30 02 02

Créditos disociados (Reserva para el artículo 03 20 03 02 del presupuesto)

-2 250 000

-2 250 000

09 20 04 01

Mecanismo de Ajuste en Frontera por Carbono

4 150 000

1 565 679

Total    

1 900 000

-684 321

Por lo que se refiere a la dotación de personal, la Comisión estaba plenamente preparada para abordar las necesidades iniciales de personal de hasta ocho puestos en el marco del modelo de gobernanza descentralizada mediante la reasignación y las nuevas prioridades de los recursos dentro de la institución, en consonancia con la política de estabilidad del personal aplicada por la Comisión desde el inicio del actual MFP. Sin embargo, se estima que se necesitarán 90 personas para garantizar la gestión centralizada del Mecanismo de Ajuste en Frontera por Carbono a plena velocidad de crucero, de los cuales, 16 puestos y cuatro puestos externos en 2023. Asimismo, dado que la Comisión ha satisfecho las necesidades de otros ámbitos prioritarios en el marco de su política estable de personal durante los últimos años, como la respuesta a la COVID-19, la crisis energética y el amplio trabajo en relación con Ucrania, no es posible encontrar un número tan elevado de personal mediante redistribución sin poner en peligro otras actividades esenciales en curso. Esta es la razón por la que la Comisión emitió una declaración unilateral sobre la financiación de los recursos humanos para el Mecanismo de Ajuste en Frontera por Carbono el 1 de febrero de 2023:

«La Comisión recuerda que el acuerdo final alcanzado por los colegisladores sobre el establecimiento del Mecanismo de Ajuste en Frontera por Carbono ha evolucionado significativamente en términos de los recursos humanos necesarios para su aplicación en la Comisión, en comparación con la ficha de financiación legislativa que acompañaba a la propuesta original [COM(2021) 564 final de 14.7.2021], que se basaba en un modelo descentralizado de ejecución.

Los recursos humanos adicionales de la Comisión requeridos por el acuerdo final aprobado por los colegisladores no permitirán a la Comisión respetar el principio de estabilidad del personal y requerirán recursos adicionales, que deberán ser autorizados por el Parlamento Europeo y el Consejo durante el procedimiento presupuestario anual junto con los créditos presupuestarios correspondientes.

Sin ningún medio adicional, como los ingresos afectados externos procedentes de los regímenes de comercio de derechos de emisión, no es fácil encontrar las opciones para financiar los costes administrativos necesarios (personal e informática) del MAFC. La Rúbrica 7 «Administración Pública europea» del marco financiero plurianual 2021-2027 se basó en el principio de estabilidad del personal, y no hay margen para financiar funcionarios adicionales.

El margen de la Rúbrica 3 «Recursos naturales y medio ambiente» puede, en principio, acomodar los gastos relacionados con las tecnologías de la información, dentro de sus límites. La reducción de las disponibilidades en la rúbrica limitará la capacidad del presupuesto de la UE para financiar nuevas prioridades políticas».

En este contexto, la Comisión solicita ahora 16 puestos adicionales en su plantilla de personal operativo y cuatro agentes contractuales en 2023, así como un importe correspondiente de 1,5 millones EUR para cubrir los gastos administrativos correspondientes de la Rúbrica 7, asumiendo la hipótesis de contrataciones a mediados de año como media.

Este personal adicional llevará a cabo tareas relacionadas tanto con la ejecución del Mecanismo de Ajuste en Frontera por Carbono como con el proyecto informático. En este sentido, 12 puestos AD harán frente a la carga de trabajo de 2023 relacionada con varios actos delegados y de ejecución, la metodología para calcular las emisiones implícitas, la supervisión de la responsabilidad financiera y los contratos e informes. También se necesitará personal de la Comisión para revisar y evaluar el funcionamiento del sistema del Mecanismo de Ajuste en Frontera por Carbono e implementar el sistema informático. Además, la importancia estratégica, la magnitud y la complejidad del proyecto informático del Mecanismo de Ajuste en Frontera por Carbono requieren un equipo informático específico del Mecanismo de Ajuste en Frontera por Carbono estimado en un total de 15 ETC para gestionar la ejecución y las operaciones globales del proyecto. La Comisión ya ha reasignado internamente siete ETC con este fin. Otros ocho ETC, de los cuales cuatro puestos AD y cuatro agentes contractuales, son, por tanto, necesarios en 2023.

EUR

Línea presupuestaria

Denominación

Créditos de compromiso

Créditos de pago

Sección III - Comisión

20 01 02 01

Retribución e indemnizaciones — Sede y oficinas de representación

764 000

764 000

20 01 02 02

Gastos e indemnizaciones vinculadas a la contratación, los traslados y el cese definitivo — Sede y oficinas de representación

181 000

181 000

20 02 01 01

Agentes contractuales

122 591

122 591

20 02 06 01

Gastos de misión y de representación

75 000

75 000

20 02 06 02

Reuniones, grupos de expertos y gastos de conferencias

 200 000

 200 000

20 02 06 03

Reuniones de comités

27 000 

27 000 

20 02 06 04

Estudios y asesoría

 100 000

 100 000

Total    

1 469 591

1 469 591

En el anexo presupuestario figura la plantilla de personal actualizada.

4.Programa de Conectividad Segura de la Unión

En el diálogo tripartito final del 23 de noviembre de 2022, los colegisladores acordaron aumentar la financiación de la iniciativa de conectividad segura de la Unión en 50 millones EUR del margen no asignado dentro del techo de gastos de la Rúbrica 1. Para aplicar este acuerdo, la Comisión propone incluir en el PPR n.º 1 un importe de 50 millones EUR en créditos de compromiso, lo que contribuirá a la puesta en marcha de los procedimientos de contratación pública en 2023. El nivel actual de créditos de pago en el presupuesto de 2023 se considera suficiente para financiar las necesidades de pago de este año.

EUR

Línea presupuestaria

Denominación

Créditos de compromiso

Créditos de pago

Sección III - Comisión

04 03 01

Conectividad Segura de la Unión — Contribución con cargo a la Rúbrica 1

50 000 000

0

Total    

50 000 000

0

5.Agencias descentralizadas

5.1    Autoridad de Lucha contra el Blanqueo de Capitales (ALBC)

La propuesta de la Comisión de crear la Autoridad de Lucha contra el Blanqueo de Capitales 15 (ALBC) preveía el inicio de las actividades en 2023. De conformidad con el artículo 49 del Reglamento Financiero, el importe previsto de 1 085 270 EUR para 2023 se consignó en la reserva (título «Créditos provisionales»). Sin embargo, debido a la prolongación de las negociaciones sobre la propuesta, las actividades no comenzarán en 2023, por lo que el importe de la reserva puede cancelarse. El margen de la Rúbrica 1 aumentará en consecuencia.

EUR

Línea presupuestaria

Denominación

Créditos de compromiso

Créditos de pago

Sección III - Comisión

30 02 02

Créditos disociados (Reserva para el artículo 03 10 05 del presupuesto)

- 1 085 270

- 1 085 270

Total    

- 1 085 270

- 1 085 270

5.2    Agencia de la Unión Europea para la Cooperación de los Reguladores de la Energía (ACER)

Se propone ampliar el mandato de la Agencia de la Unión Europea para la Cooperación de los Reguladores de la Energía (ACER) mediante las dos nuevas iniciativas siguientes.

En primer lugar, el refuerzo, a través del Reglamento del Consejo, de la solidaridad mediante una mejor coordinación de las compras y los intercambios de gas a través de las fronteras y un índice de referencia fiable 16 , hace recaer sobre la Agencia de la Unión Europea para la Cooperación de los Reguladores de la Energía la responsabilidad de crear una herramienta objetiva de evaluación de precios y, pasado un período de tiempo, también un índice de referencia, de las importaciones de GNL en la UE mediante la recopilación de información en tiempo real sobre todas las transacciones diarias. Para que la Agencia pueda llevar a cabo sus nuevas tareas, la Comisión propone aumentar la contribución de la UE a la ACER en 1,83 millones EUR en 2023. Esto incluye la financiación de cinco puestos adicionales en la plantilla de personal de la Agencia. Se propone que el aumento de la contribución de la UE a la ACER se compense con créditos correspondientes al programa MCE-Energía.

En segundo lugar, el Reglamento del Consejo por el que se establece un mecanismo de corrección del mercado para proteger a los ciudadanos y la economía frente a precios excesivamente elevados 17 establece que la ACER apoyará el seguimiento, la activación y la suspensión del mecanismo de corrección del mercado. Esto implica tareas adicionales, incluidas las relativas al funcionamiento de los mercados de materias primas y a la seguridad del suministro, que actualmente no forman parte del papel de la Comisión. Para que la Agencia pueda llevar a cabo sus nuevas tareas, la Comisión propone aumentar la contribución de la UE a la ACER en 942 000 millones EUR en 2023. Esto incluye la financiación de seis puestos adicionales en la plantilla de personal de la Agencia. Se propone que el aumento de la contribución de la UE a la ACER se compense con créditos correspondientes al programa MCE-Energía.

El impacto global en los gastos es el siguiente:

EUR

Línea presupuestaria

Denominación

Créditos de compromiso

Créditos de pago

Sección III - Comisión

02 10 06

Agencia de la Unión Europea para la Cooperación de los Reguladores de la Energía (ACER)

2 772 000

2 772 000

02 03 02

MCE-Energía

- 2 772 000

- 2 772 000

Total    

0

0

En el anexo presupuestario figura la plantilla de personal actualizada.

5.3    Agencia de Apoyo al Organismo de Reguladores Europeos de las Comunicaciones Electrónicas (Oficina del ORECE)

A raíz de las dificultades encontradas por la Agencia de Apoyo al Organismo de Reguladores Europeos de las Comunicaciones Electrónicas (Oficina del ORECE) para asignar un número suficiente de puestos de agente temporal a sus funciones administrativas y de gestión básicas, la Comisión propone añadir un puesto en la plantilla de personal. El puesto adicional en la plantilla de personal se financiará en el marco de la contribución actual de la UE.

En el anexo presupuestario figura la plantilla de personal actualizada.

5.4    Agencia Europea de Sustancias y Mezclas Químicas (ECHA)

La propuesta de la Comisión de un Reglamento relativo a las pilas y baterías y sus residuos 18 proponía asignar nuevas tareas a la Agencia Europea de Sustancias y Mezclas Químicas — Directivas medioambientales y convenios internacionales (ECHA), que previsiblemente exigiría un importe de 602 000 EUR en 2023, compensado por el programa LIFE. De conformidad con el artículo 49 del Reglamento Financiero, este importe se consignó en la reserva (título «Créditos provisionales»). Sin embargo, tras la circulación de una ficha de financiación legislativa revisada, la incidencia financiera correspondiente se pospone a 2024. Por consiguiente, la Comisión propone devolver la asignación de 2023 al programa LIFE del siguiente modo:

EUR

Línea presupuestaria

Denominación

Créditos de compromiso

Créditos de pago

Sección III - Comisión

30 02 02

Créditos disociados (Reserva para el artículo 09 10 01 del presupuesto)

- 602 000

- 602 000

09 02 02

Economía circular y calidad de vida

602 000

602 000

Total    

0

0

6.Agencias ejecutivas

6.1    Agencia Ejecutiva Europea en los ámbitos de la Salud y Digital (HADEA)

La plantilla de personal de la Agencia Ejecutiva en los ámbitos de la Salud y Digital (HADEA) debe modificarse para dar cabida a un cambio en la estructura del personal de la Agencia. Por lo tanto, se solicita un ascenso neutro desde el punto de vista presupuestario de un puesto AST a un puesto AD, sin incidencia en los gastos administrativos de la Agencia para 2023.

En el anexo presupuestario figura la plantilla de personal actualizada.

7.Supervisor Europeo de Protección de Datos (SEPD)

El papel del Supervisor Europeo de Protección de Datos en la aplicación del Reglamento general de protección de datos 19 requiere un refuerzo de su presupuesto de 300 000 EUR con el fin de financiar las tasas judiciales tras un aumento de los litigios.

Dado que las autoridades nacionales competentes en la protección de datos están desarrollando sus actividades de ejecución, más litigios requieren la intervención del Comité Europeo de Protección de Datos (CEPD), una responsabilidad única en el panorama de la gobernanza normativa digital de la UE. Las decisiones vinculantes del Comité Europeo de Protección de Datos desempeñan un papel clave a la hora de garantizar la aplicación correcta y coherente del Reglamento General de Protección de Datos por parte de las autoridades nacionales de control. Las decisiones vinculantes se refieren a cuestiones transfronterizas a gran escala y, en general, abordan cuestiones complejas en relación con las operaciones de tratamiento realizadas por agentes principales. Por lo tanto, se impugnan ante el Tribunal General. Las acciones del responsable del tratamiento objeto de la investigación se consideran inadmisibles a raíz del auto del Tribunal General de 7 de diciembre de 2022 en el asunto T-709/21, WhatsApp/CEPD. Sin embargo, dicho auto ha sido recurrido, lo que significa que el recurso del Comité Europeo de Protección de Datos respecto a esta vía de litigio aún no es definitivo y dependerá de si el Tribunal de Justicia confirmará el auto del Tribunal General.

En breve se pondrán en marcha más acciones y, a más tardar en marzo de 2023, el Comité Europeo de Protección de Datos tendrá que tratar nueve litigios en paralelo. Las observaciones del Comité Europeo de Protección de Datos para los procedimientos requieren la asistencia de un bufete de abogados, ya que generalmente abordan cuestiones jurídicas nuevas o complejas sobre la interpretación y la aplicación del Derecho de la UE y del Reglamento General de Protección de Datos que requieren una parte de tareas vinculadas con procesos contenciosos. El nivel total de créditos necesarios para la asistencia jurídica en 2023 se estima en 600 000 EUR. Tras una evaluación exhaustiva del margen de reasignación interna dentro del título 3 del presupuesto del Supervisor Europeo de Protección de Datos, podrán reasignarse 150 000 EUR procedentes de otras líneas presupuestarias. Por consiguiente, y teniendo también en cuenta el nivel inicial de créditos de 150 000 EUR disponibles en la línea presupuestaria correspondiente, se propone aumentar el nivel de créditos para este fin en 300 000 EUR.

EUR

Línea presupuestaria

Denominación

Créditos de compromiso

Créditos de pago

Sección IX - Supervisor Europeo de Protección de Datos

3 0 4 5

Consultores externos y estudios

300 000

300 000

Total    

300 000

300 000

8.Financiación

En conjunto, el impacto neto del PPR n.º 1 en los gastos supone un aumento de 52,6 millones EUR en créditos de compromiso. No se solicitan créditos de pago adicionales.



9.Cuadro sinóptico por rúbricas del MFP

En EUR

 

Presupuesto para 2023

Proyecto de presupuesto rectificativo n.º 1/2023

Presupuesto de 2023 (incluido PPR n.º 1/2023)

CC

CP

CC

CP

CC

CP

1.

Mercado único, innovación y economía digital

21 548 391 859

20 901 427 344

46 664 730

-3 335 270

21 595 056 589

20 898 092 074

 

Parte correspondiente al Instrumento de Flexibilidad

 

 

 

 

 

 

 

Techo

21 727 000 000

 

 

 

21 727 000 000

 

 

Margen

178 608 141

 

-46 664 730

 

131 943 411

 

2.

Cohesión, resiliencia y valores

70 586 704 063

58 058 661 399

 

 

70 586 704 063

58 058 661 399

 

Parte correspondiente al Instrumento de Flexibilidad

182 220 073

 

 

 

182 220 073

 

 

Parte correspondiente al Instrumento de Margen Único según lo dispuesto en el artículo 11.1.a)

280 000 000

 

 

 

280 000 000

 

 

Techo

70 137 000 000

 

 

 

70 137 000 000

 

 

Margen

12 516 010

 

 

 

12 516 010

 

2a.

Cohesión económica, social y territorial

62 926 483 990

50 874 959 229

 

 

62 926 483 990

50 874 959 229

 

Parte correspondiente al Instrumento de Flexibilidad

 

 

 

 

 

 

 

Techo

62 939 000 000

 

 

 

62 939 000 000

 

 

Margen

12 516 010

 

 

 

12 516 010

 

2b.

Resiliencia y valores

7 660 220 073

7 183 702 170

 

 

7 660 220 073

7 183 702 170

 

Parte correspondiente al Instrumento de Flexibilidad

182 220 073

 

 

 

182 220 073

 

 

Parte correspondiente al Instrumento de Margen Único según lo dispuesto en el artículo 11.1.a)

280 000 000

 

 

 

280 000 000

 

 

Techo

7 198 000 000

 

 

 

7 198 000 000

 

 

Margen

 

 

 

 

 

 

3.

Recursos naturales y medio ambiente

57 259 258 225

57 455 744 586

4 150 000

1 565 679

57 263 408 225

57 457 310 265

 

Parte correspondiente al Instrumento de Flexibilidad

 

 

 

 

 

 

 

Techo

57 295 000 000

 

 

 

57 295 000 000

 

 

Margen

35 741 775

 

-4 150 000

 

31 591 775

 

 

Parte correspondiente a los gastos en concepto de ayudas relacionadas con el mercado y pagos directos

40 692 211

40 698 181 356

 

 

40 692 211

40 698 181 356

 

Subtecho del FEAGA

41 518 000 000

 

 

 

41 518 000 000

 

 

Diferencia de redondeo excluida para calcular el submargen

800 000

 

 

 

800 000

 

 

Transferencia neta entre el FEAGA y el Feader

-825 800 000

 

 

 

-825 800 000

 

 

Saldo neto disponible para los gastos del FEAGA (subtecho corregido mediante transferencias entre el FEAGA y el Feader)

40 693 000 000

 

 

 

40 693 000 000

 

 

Submargen del FEAGA

789 000

 

 

 

789 000

 

4.

Migración y Gestión de las Fronteras

3 727 311 518

3 038 380 252

 

 

3 727 311 518

3 038 380 252

 

Parte correspondiente al Instrumento de Flexibilidad

 

 

 

 

 

 

 

Techo

3 814 000 000

 

 

 

3 814 000 000

 

 

Margen

86 688 482

 

 

 

86 688 482

 

5.

Seguridad y Defensa

2 116 636 829

1 208 374 612

 

 

2 116 636 829

1 208 374 612

 

Parte correspondiente al Instrumento de Flexibilidad

170 636 829

 

 

 

170 636 829

 

 

Techo

1 946 000 000

 

 

 

1 946 000 000

 

 

Margen

 

 

 

 

 

 

6.

Vecindad y resto del mundo

17 211 879 478

13 994 937 845

 

 

17 211 879 478

13 994 937 845

 

Parte correspondiente al Instrumento de Flexibilidad

882 879 478

 

 

 

882 879 478

 

 

Techo

16 329 000 000

 

 

 

16 329 000 000

 

 

Margen

 

 

 

 

 

 

7.

Administración Pública europea

11 311 349 927

11 311 349 927

1 769 591

1 769 591

11 313 119 518

11 313 119 518

 

Parte correspondiente al Instrumento de Flexibilidad

 

 

 

 

 

 

 

Techo

11 419 000 000

 

 

 

11 419 000 000

 

 

Margen

107 650 073

 

-1 769 591

 

105 880 482

 

 

Parte correspondiente a los gastos administrativos de las Instituciones

8 743 830 451

8 743 830 451

1 769 591

1 769 591

8 745 600 042

8 745 600 042

 

Subtecho

8 772 000 000

 

 

 

8 772 000 000

 

 

Submargen

28 169 549

 

-1 769 591

 

26 399 958

 

Créditos para las rúbricas

183 761 531 899

165 968 875 965

52 584 321

0

183 814 116 220

165 968 875 965

 

Techo

182 667 000 000

168 575 000 000

 

 

182 667 000 000

168 575 000 000

 

Parte correspondiente al Instrumento de Flexibilidad

1 235 736 380

948 114 733

 

 

1 235 736 380

948 114 733

 

Parte correspondiente al Instrumento de Margen Único según lo dispuesto en el artículo 11.1.a)

280 000 000

 

 

 

280 000 000

 

 

Margen

421 204 481

3 554 238 768

-52 584 321

0

368 620 160

3 554 238 768

 

Instrumentos especiales temáticos

2 855 153 029

2 679 794 000

 

 

2 855 153 029

2 679 794 000

Total créditos

186 616 684 928

168 648 669 965

52 584 321

0

186 669 269 249

168 648 669 965

(1)    Decisión (UE, Euratom) 2020/2053 del Consejo, de 14 de diciembre de 2020, sobre el sistema de recursos propios de la Unión Europea y por el que se deroga la Decisión 2014/335/UE, Euratom (DO L 424 de 15.12.2020).
(2)    Reglamento (UE, Euratom) 2018/1046 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de julio de 2018, sobre las normas financieras aplicables al presupuesto general de la Unión, por el que se modifican los Reglamentos (UE) n.º 1296/2013, (UE) n.º 1301/2013, (UE) n.º 1303/2013, (UE) n.º 1304/2013, (UE) n.º 1309/2013, (UE) n.º 1316/2013, (UE) n.º 223/2014 y (UE) n.º 283/2014 y la Decisión n.º 541/2014/UE y por el que se deroga el Reglamento (UE, Euratom) n.º 966/2012 (DO L 193 de 30.7.2018, p. 1).
(3)    DO L 58 de 23.2.2023.
(4)    COM(2022) 230 de 18.5.2022.
(5)    COM(2022) 231 de 18.5.2022.
(6)    DO L 57 de 18.2.2021.
(7)    Directiva 2003/87/CE.
(8)    DO L 357 de 8.10.2021.
(9)    COM(2022) 57 de 15.2.2022.
(10)    DO L 119 de 4.5.2016.
(11)    DO L 57 de 18.2.2021.
(12)    COM(2022) 230 de 18.5.2022.
(13)      C(2023)876 Anexo.
(14)    COM(2021) 564 de 14.7.2021.
(15)    COM(2021) 421 de 20.07.2021.
(16)    DO 335 de 29.12.2022, p. 1.
(17)    DO 335 de 29.12.2022, p. 45.
(18)    COM(2020) 798 de 10.12.2020.
(19)    DO L 119 de 4.5.2016.