31997D0131

97/131/CE: Decisión del Consejo de 17 de diciembre de 1996 relativa a la celebración de un Acuerdo en forma de canje de notas sobre la aplicación provisional del Acuerdo entre la Comunidad Europea y Nueva Zelanda sobre medidas sanitarias aplicables al comercio de animales vivos y productos animales

Diario Oficial n° L 057 de 26/02/1997 p. 0001 - 0001


DECISIÓN DEL CONSEJO de 17 de diciembre de 1996 relativa a la celebración de un Acuerdo en forma de canje de notas sobre la aplicación provisional del Acuerdo entre la Comunidad Europea y Nueva Zelanda sobre medidas sanitarias aplicables al comercio de animales vivos y productos animales (97/131/CE)

EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,

Vista la propuesta de la Comisión,

Considerando que la Comunidad Europea y Nueva Zelanda entablaron negociaciones para determinar las medidas sanitarias aplicables al comercio de animales y productos animales;

Considerando que, como consecuencia de dichas negociaciones, se firmó un Acuerdo el 17 de diciembre de 1996;

Considerando que, a fin de evitar una interrupción en el comercio y hasta tanto ambas Partes se notifiquen la finalización de sus respectivos procedimientos de ratificación de dicho Acuerdo, tal como se prevé en el párrafo segundo del apartado 1 de su artículo 18, ambas Partes han acordado aplicar provisionalmente al Acuerdo a partir del 1 de enero de 1997 con arreglo a lo dispuesto en el Acuerdo en forma de canje de notas;

Considerando que procede aprobar dicho Acuerdo,

DECIDE:

Artículo 1

Queda aprobado, en nombre de la Comunidad, el Acuerdo en forma de canje de notas relativo a la aplicación provisional del Acuerdo entre la Comunidad Europea y Nueva Zelanda sobre medidas sanitarias aplicables al comercio de animales vivos y productos animales.

El texto del Acuerdo en forma de canje de notas se adjunta a la presente Decisión.

Artículo 2

Se autoriza al Presidente del Consejo para que designe a la persona facultada para firmar el Acuerdo en forma de canje de notas a fin de obligar a la Comunidad.

Artículo 3

La presente Decisión se publicará en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas.

Hecho en Bruselas, el 17 de diciembre de 1996.

Por el Consejo

El Presidente

I. YATES