7.12.2004   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

L 360/12


REGLAMENTO (CE) N o 2083/2004 DE LA COMISIÓN

de 6 de diciembre de 2004

que modifica los Reglamentos (CE) no 1432/94 y (CE) no 1458/2003, por los que se establecen disposiciones de aplicación del régimen de certificados de importación en el sector de la carne de porcino

LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,

Visto el Reglamento (CEE) no 2759/75 del Consejo, de 29 de octubre de 1975, por el que se establece la organización común de mercados en el sector de la carne de porcino (1), y, en particular, el apartado 2 de su artículo 8 y el apartado 1 de su artículo 11,

Visto el Reglamento (CE) no 1095/96 del Consejo, de 18 de junio de 1996, relativo a la aplicación de las concesiones que figuran en la lista CXL elaborada a raíz de la conclusión de las negociaciones enmarcadas en el apartado 6 del artículo XXIV del GATT (2), y, en particular, su artículo 1,

Considerando lo siguiente:

(1)

A fin de simplificar la gestión de los contingentes de importación y permitir su tratamiento informático, es conveniente introducir en el Reglamento (CE) no 1432/94 de la Comisión, de 22 de junio de 1994, por el que se establecen las disposiciones de aplicación en el sector de la carne de porcino del régimen de importación establecido en el Reglamento (CE) no 774/94 del Consejo, relativo a la apertura y modo de gestión de determinados contingentes arancelarios comunitarios de carne de porcino y determinados productos agrícolas (3), y en el Reglamento (CE) no 1458/2003 de la Comisión, de 18 de agosto de 2003, relativo a la apertura y al modo de gestión de contingentes arancelarios en el sector de la carne de porcino (4), una referencia consistente en el número de orden con el que se designa cada contingente.

(2)

Por lo tanto, conviene modificar en consecuencia los Reglamentos (CE) no 1432/94 y (CE) no 1458/2003.

(3)

Las medidas previstas en el presente Reglamento se ajustan al dictamen del Comité de gestión de la carne de porcino.

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Artículo 1

El Reglamento (CE) no 1432/94 se modificará como sigue:

1)

La primera frase de la letra b) del artículo 3 se sustituirá por el texto siguiente:

«b)

las solicitudes de certificado deberán incluir el número de orden y podrán referirse a los dos códigos de la nomenclatura combinada (NC) diferentes y originarios de un único país;».

2)

Los anexos se sustituirán por el texto que figura en el anexo I del presente Reglamento.

Artículo 2

Los anexos I a IV del Reglamento (CE) no 1458/2003 se sustituirán por el texto que figura en el anexo II del presente Reglamento.

Artículo 3

El presente Reglamento entrará en vigor el séptimo día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.

El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

Hecho en Bruselas, el 6 de diciembre de 2004.

Por la Comisión

Mariann FISCHER BOEL

Miembro de la Comisión


(1)   DO L 282 de 1.11.1975, p. 1; Reglamento cuya última modificación la constituye el Reglamento (CE) no 258/2004 de la Comisión (DO L 44 de 14.2.2004, p. 14).

(2)   DO L 146 de 20.6.1996, p. 1.

(3)   DO L 156 de 23.6.1994, p. 14; Reglamento cuya última modificación la constituye el Reglamento (CE) no 1006/2001 (DO L 140 de 24.5.2001, p. 13).

(4)   DO L 208 de 19.8.2003, p. 3.


ANEXO I

«ANEXO I

DERECHO DE ADUANA DEL 0 %

(en toneladas)

Número de orden

Código NC

Del 1 de enero al 31 de diciembre

09.4046

0203 19 13

0203 29 15

7 000

ANEXO II

Aplicación del Reglamento (CE) no 1432/94

COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS — DG AGRI/D/2 — Sector de la carne de porcino

Solicitud de certificados de importación con derecho de aduana del 0 %

Fecha

Período

Estado miembro:

 

 

Expedidor:

 

 

Persona responsable:

 

 

Teléfono:

 

 

Fax:

 

 


Destinatario: DG AGRI/D/2 — Fax (32-2) 298 87 94

Número de orden

Cantidad solicitada

09.4046

 

ANEXO III

Aplicación del Reglamento (CE) no 1432/94

COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS — DG AGRI/D/2 — Sector de la carne de porcino

Solicitud de certificados de importación

Fecha

Período

Estado miembro:

 

 


Número de orden

Código NC

Solicitante (nombre y dirección)

Cantidad (toneladas)

09.4046

 

 

 

Total en toneladas por producto

 

ANEXO IV

Comunicación de las importaciones reales

Estado miembro: …

Aplicación del artículo … del Reglamento (CE) no …

Cantidades de productos realmente importadas: …

A la DG AGRI/D/2 — Fax (32-2) 298 87 94

Número de orden

Cantidad realmente importada

País de origen

 

 

 

»

ANEXO II

«ANEXO I

Número de orden

Grupo

Código NC

Designación del producto

Derechos de aduana

(euros por tonelada)

Cantidad en toneladas a partir del 1 de julio de 2000

09.4038

G2

ex 0203 19 55

ex 0203 29 55

Chuleteros y jamones deshuesados, frescos, refrigerados o congelados

250

34 000

09.4039

G3

ex 0203 19 55

ex 0203 29 55

“Filet mignon”, refrigerado o congelado

300

5 000

09.4071

G4

1601 00 91

Embutidos, secos o para untar, sin cocer

747

3 000

1601 00 99

Los demás

502

09.4072

G5

1602 41 10

Las demás preparaciones y conservas de carne, de despojos o de sangre

784

6 100

1602 42 10

646

1602 49 11

784

1602 49 13

646

1602 49 15

646

1602 49 19

428

1602 49 30

375

1602 49 50

271

09.4073

G6

0203 11 10

0203 21 10

Canales o medias canales, frescas, refrigeradas o congeladas

268

15 000

09.4074

G7

0203 12 11

Trozos frescos, refrigerados o congelados, deshuesados y sin deshuesar, excepto el “filet mignon”, presentados solos

389

5 500

0203 12 19

300

0203 19 11

300

0203 19 13

434

0203 19 15

233

ex 0203 19 55

434

0203 19 59

434

0203 22 11

389

0203 22 19

300

0203 29 11

300

0203 29 13

434

0203 29 15

233

ex 0203 29 55

434

0203 29 59

434

ANEXO II

Aplicación del Reglamento (CE) no 1458/2003 — Importaciones GATT

COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS — DG AGRI/D/2 — Sector de la carne de porcino

Solicitud de certificados de importación

Fecha

Período

Estado miembro:

 

 

Expedidor:

 

 

Persona responsable:

 

 

Teléfono:

 

 

Fax:

 

 


Destinatario: DG AGRI/D/2 — Fax (32-2) 298 87 94

Número de orden

Número de grupo

Cantidad solicitada

09.4038

G2

 

09.4039

G3

 

09.4071

G4

 

09.4072

G5

 

09.4073

G6

 

09.4074

G7

 

ANEXO III

Aplicación del Reglamento (CE) no 1458/2003 — Importaciones GATT

COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS — DG AGRI/D/2 — Sector de la carne de porcino

Solicitud de certificados de importación

Fecha

Período

Estado miembro:

 

 


(en toneladas)

Número de orden

Número de grupo

Código NC

Solicitante

(nombre y dirección)

Cantidad

País de origen

09.4038

G2

 

 

 

 

Total

 


(en toneladas)

Número de orden

Número de grupo

Código NC

Solicitante

(nombre y dirección)

Cantidad

País de origen

09.4039

G3

 

 

 

 

Total

 


(en toneladas)

Número de orden

Número de grupo

Código NC

Solicitante

(nombre y dirección)

Cantidad

País de origen

09.4071

G4

 

 

 

 

Total

 


(en toneladas)

Número de orden

Número de grupo

Código NC

Solicitante

(nombre y dirección)

Cantidad

País de origen

09.4072

G5

 

 

 

 

Total

 


(en toneladas)

Número de orden

Número de grupo

Código NC

Solicitante

(nombre y dirección)

Cantidad

País de origen

09.4073

G6

 

 

 

 

Total

 


(en toneladas)

Número de orden

Número de grupo

Código NC

Solicitante

(nombre y dirección)

Cantidad

País de origen

09.4074

G7

 

 

 

 

Total

 

ANEXO IV

Comunicación de las importaciones reales

Estado miembro: …

Aplicación del artículo … del Reglamento (CE) no …

Cantidades de productos realmente importadas: …

A la DG AGRI/D/2 — Fax (32-2) 298 87 94

Número de orden

Cantidad realmente importada

País de origen

 

 

 

»