COMISIÓN EUROPEA
Bruselas, 18.4.2018
COM(2018) 196 final
ANEXO
de la
Propuesta de Decisión del Consejo
relativa a la celebración del Acuerdo de Libre Comercio entre la Unión Europea y la República de Singapur
COMISIÓN EUROPEA
Bruselas, 18.4.2018
COM(2018) 196 final
ANEXO
de la
Propuesta de Decisión del Consejo
relativa a la celebración del Acuerdo de Libre Comercio entre la Unión Europea y la República de Singapur
ANEXO 8-A
LISTA DE COMPROMISOS ESPECÍFICOS DE LA UNIÓN
ARTÍCULO ÚNICO
La lista de compromisos específicos de la Unión figura en los apéndices 8-A-1 a 8-A-3.
Apéndice 8-A-1
UNIÓN
LISTA DE COMPROMISOS ESPECÍFICOS DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 8.7
(LISTA DE COMPROMISOS ESPECÍFICOS)
(SUMINISTRO TRANSFRONTERIZO DE SERVICIOS)
1. La lista de compromisos que figura a continuación indica los sectores de servicios liberalizados en virtud del artículo 8.7 (Lista de compromisos específicos), así como las limitaciones de acceso a los mercados y de trato nacional, establecidas mediante reservas, aplicables a los servicios y proveedores de servicios de Singapur en dichos sectores. La lista consta de los siguientes elementos:
a) la primera columna indica el sector o subsector en que la Unión asume el compromiso y el ámbito de la liberalización al que se aplican las reservas, y
b) en la segunda columna se describen las reservas aplicables.
No está comprometida la prestación transfronteriza de servicios en sectores o subsectores cubiertos por el presente Acuerdo que no figuren en la lista que figura a continuación.
2. Para identificar los distintos sectores y subsectores:
a) por «CCP» se entiende la Clasificación Central de Productos a que se hace referencia en la nota a pie de página 23 del artículo 8.21 (Servicios informáticos), y
b) por «CCP ver. 1.0» se entiende la Clasificación Central de Productos según lo establecido en la Oficina de Estadística de las Naciones Unidas, Informes estadísticos, Serie M, N.º 77, CCP ver. 1.0, 1998.
3. La lista que figura a continuación no incluye las medidas relativas a los requisitos y procedimientos de cualificación, las normas técnicas y los requisitos y procedimientos de autorización cuando no constituyen una limitación de acceso a los mercados o de trato nacional en el sentido de los artículos 8.5 (Acceso al mercado) y 8.6 (Trato nacional). Dichas medidas (por ejemplo, la necesidad de obtener una licencia, las obligaciones de servicio universal, la necesidad de obtener el reconocimiento de las cualificaciones en sectores regulados y la necesidad de superar exámenes específicos, incluidos los exámenes de idiomas) son de aplicación en cualquier caso a los servicios y proveedores de servicios de Singapur, incluso en caso de que no figuren en la lista.
4. La lista que figura a continuación se entiende sin perjuicio de la viabilidad del suministro transfronterizo de servicios previsto en la letra a) del artículo 8.4 (Definiciones) en determinados sectores y subsectores de servicios y sin perjuicio de la existencia de monopolios públicos y derechos exclusivos según lo descrito en la lista de compromisos sobre establecimiento.
5. De conformidad con el apartado 2, letra a), del artículo 8.1 (Objetivo y ámbito de aplicación), la lista que figura a continuación no incluye medidas relativas a las subvenciones otorgadas por una Parte.
6. Los derechos y las obligaciones que emanan de la lista que figura a continuación no tendrán eficacia directa y, por consiguiente, no conferirán derechos directamente a las personas físicas ni jurídicas.
7. El término «inversor» mencionado en la presente lista de compromisos se entenderá como el término «empresario» definido en la letra c) del artículo 8.8 (Definiciones).
8. En la lista que figura a continuación se utilizan las abreviaturas siguientes:
AT Austria
BE Bélgica
BG Bulgaria
CY Chipre
CZ Chequia
DE Alemania
DK Dinamarca
UE Unión Europea, incluidos todos sus Estados miembros
ES España
EE Estonia
FI Finlandia
FR Francia
EL Grecia
HR Croacia
HU Hungría
IE Irlanda
IT Italia
LV Letonia
LT Lituania
LU Luxemburgo
MT Malta
NL Países Bajos
PL Polonia
PT Portugal
RO Rumanía
SK Eslovaquia
SI Eslovenia
SE Suecia
UK Reino Unido
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Sector o subsector |
Descripción de las reservas |
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TODOS LOS SECTORES |
Bienes inmuebles Modos 1 y 2 Todos los Estados miembros excepto AT, BG, CY, CZ, DK, EL, FI, HU, IE, IT, LT, MT, PL, RO, SI y SK: Ninguna AT: La adquisición, compra y alquiler o arrendamiento de bienes inmuebles por personas físicas y personas jurídicas extranjeras exige autorización de la administración regional competente (Länder), a quien corresponde examinar si ello afecta a intereses económicos, sociales o culturales importantes. BG: Las personas jurídicas extranjeras y los ciudadanos extranjeros con residencia permanente en el extranjero pueden adquirir la propiedad de edificios y derechos de propiedad limitados 1 de bienes inmuebles sujetos al permiso del Ministerio de Finanzas. El requisito de permiso no se aplica a las personas que han hecho inversiones en Bulgaria. Los ciudadanos extranjeros con residencia permanente en el extranjero, las personas jurídicas y las empresas extranjeras en que la participación extranjera asegura una mayoría en la adopción de decisiones o bloquea la adopción de decisiones pueden adquirir derechos de propiedad de bienes inmuebles en las regiones geográficas específicas designadas por el Consejo de Ministros previa obtención de un permiso. |
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CY: Sin consolidar. CZ: Pueden adquirir terrenos agrícolas y forestales las personas físicas y jurídicas extranjeras con residencia permanente en la República Checa. Hay normas específicas para los terrenos agrícolas y forestales de propiedad estatal. DK: Limitaciones a la compra de bienes inmuebles por personas físicas y jurídicas no residentes. Limitaciones a la adquisición de predios agrícolas por personas físicas y jurídicas extranjeras. EL: De conformidad con la Ley n.º 1892/90, los ciudadanos necesitan la autorización del Ministerio de Defensa para adquirir tierras en zonas próximas a las fronteras. Conforme a las prácticas administrativas, la autorización para las inversiones directas se obtiene con facilidad. FI: (Islas Åland): Restricciones al derecho de las personas físicas que no posean la ciudadanía regional de Åland, y de las personas jurídicas, a adquirir y poseer bienes inmuebles en las Islas Åland sin autorización de las autoridades competentes de estas. Restricciones al derecho de establecimiento y de suministro de servicios de las personas físicas que no posean la ciudadanía regional de Åland, y de las personas jurídicas, sin autorización de las autoridades competentes de las islas Åland. |
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HU: Limitaciones a la adquisición de terrenos y bienes inmuebles por inversores extranjeros 2 . IE: Se requiere el consentimiento previo y otorgado por escrito de la Comisión de Tierras para la adquisición de cualquier participación en la propiedad de tierras en Irlanda por sociedades nacionales o extranjeras o por nacionales extranjeros. Cuando tales tierras se destinen a usos industriales (distintos de la agricultura), este requisito se puede obviar mediante un certificado expedido al efecto por el Ministerio de Empresas, Comercio y Empleo. Esta disposición no se aplica a las tierras situadas dentro de los límites de las ciudades. IT: La compra de bienes inmuebles por personas físicas y jurídicas extranjeras está sujeta a una condición de reciprocidad. LT: Sin consolidar en relación con la adquisición de tierras 3 . MT: Los requisitos de la legislación y la reglamentación de Malta en relación con la adquisición de bienes inmuebles seguirán siendo de aplicación. PL: La adquisición directa o indirecta de bienes inmuebles por extranjeros (personas físicas o jurídicas extranjeras) requiere una autorización. Sin consolidar por lo que se refiere a la adquisición de bienes de propiedad estatal (es decir, la reglamentación que rige el proceso de privatizaciones). |
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RO: Las personas físicas que no tienen la ciudadanía rumana ni residencia en Rumanía, así como las personas jurídicas que no tienen la nacionalidad rumana ni su sede en Rumanía, no pueden adquirir la propiedad de ninguna clase de parcelas mediante actos inter vivos. SI: Las personas jurídicas establecidas en Eslovenia con participación de capital extranjero pueden adquirir bienes inmuebles en territorio esloveno. Las sucursales 4 establecidas en Eslovenia por personas extranjeras solo pueden adquirir los bienes inmobiliarios, excepto terrenos, necesarios para la realización de las actividades económicas para las que se establecen. SK: Rigen limitaciones a la adquisición de inmuebles por personas físicas y jurídicas extranjeras. Las personas jurídicas extranjeras pueden adquirir bienes inmuebles mediante el establecimiento de personas jurídicas eslovacas o la participación en empresas mixtas. Sin consolidar por lo que respecta a la tierra. |
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1. SERVICIOS PRESTADOS A LAS EMPRESAS |
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A. Servicios profesionales |
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Modos 1 y 2 AT, CY, ES, EL, LT, MT y SK: La plena admisión en el Colegio de Abogados, obligatoria para la práctica del Derecho interno (UE y Estado miembro), está sujeta al requisito de nacionalidad. |
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(con exclusión de los servicios de asesoría, documentación y certificación jurídicos prestados por juristas a los que se encomiendan funciones públicas, como notarios, huissiers de justice u officiers publics et ministériels) |
BE y FI: La plena admisión en el Colegio de Abogados, obligatoria para los servicios de representación legal, está sujeta al requisito de nacionalidad, junto con el requisito de residencia. En BE se aplican cuotas para la representación ante la Cour de Cassation en causas no penales. BG: Los abogados de Singapur solo pueden prestar servicios de representación legal de un nacional de Singapur sujeta a la reciprocidad y la cooperación con un abogado búlgaro. Requisito de residencia permanente para los servicios de mediación legal. FR: El acceso de los abogados a la profesión de avocat auprès de la Cour de Cassation y avocat auprès du Conseil d'Etat está sometido a cuotas y al requisito de nacionalidad. HR: Sin consolidar para la práctica del Derecho croata. HU: La plena admisión en el Colegio de Abogados está sujeta al requisito de nacionalidad, junto con el requisito de residencia. Para los abogados extranjeros, el ámbito de las actividades jurídicas está limitado a la prestación de asesoramiento jurídico. LV: Requisito de nacionalidad para los abogados jurados, a los que está reservada la representación legal en procesos penales. DK: La comercialización de servicios de asesoramiento jurídico está limitada a los abogados con autorización de Dinamarca para el ejercicio profesional y las sociedades de servicios jurídicos registradas en Dinamarca. Se debe aprobar un examen sobre el Derecho danés para obtener la autorización de Dinamarca para el ejercicio profesional. SE: La admisión en el Colegio de Abogados, necesaria solo para utilizar el título sueco advokat, está sujeta a un requisito de residencia. |
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b) 1. Servicios de contabilidad y teneduría de libros (CCP 86212 excepto servicios de auditoría, CCP 86213, CCP 86219 y CCP 86220) |
Modo 1 FR, HU, IT, MT, RO y SI: Sin consolidar. AT: Requisito de nacionalidad para la representación ante las autoridades competentes. Modo 2 Ninguna |
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b)
2. Servicios de auditoría
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Modo 1 BE, BG, CY, DE, ES, FI, FR, EL, HU, IE, IT, LU, MT, NL, PT, RO y UK: Sin consolidar. AT: Requisito de nacionalidad para la representación ante las autoridades competentes y para desempeñar los servicios de auditoría contemplados en las leyes específicas austríacas (p. ej. ley sobre sociedades anónimas, reglamento de la Bolsa, ley sobre banca, etc.). HR: Las empresas extranjeras de auditoría podrán prestar servicios de auditoría en el territorio de Croacia si han establecido una sucursal. SE: Solo los auditores autorizados en Suecia pueden prestar servicios de auditoría legal en determinadas entidades jurídicas, como las sociedades de responsabilidad limitada, entre otras. Solo esas personas pueden ser accionistas y constituir sociedades colectivas para el ejercicio cualificado de la auditoría (con fines oficiales). Se requiere la residencia para la autorización. LT: El informe del auditor se debe preparar en colaboración con un auditor acreditado para ejercer en Lituania. Modo 2 Ninguna |
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c) Servicios de asesoramiento tributario (CCP 863) 7 |
Modo 1 AT: Requisito de nacionalidad para la representación ante las autoridades competentes. CY: Los agentes fiscales deben estar debidamente autorizados por el Ministerio de Finanzas. La autorización está sujeta a una prueba de necesidades económicas. Los criterios aplicados son análogos a los de la concesión de autorización para inversiones extranjeras (enumerados en la sección horizontal). Ya que estos criterios son aplicables a este subsector, se toma siempre en consideración la situación del empleo en el subsector. BG, MT, RO y SI: Sin consolidar. Modo 2 Ninguna |
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d) Servicios de arquitectura y e) Servicios de planificación urbana y de arquitectura paisajista (CCP 8671 y CCP 8674) |
Modo 1 AT: Sin consolidar, excepto para los servicios de planificación. BE, BG, CY, EL, IT, MT, PL, PT y SI: Sin consolidar. DE: Aplicación de las normas nacionales sobre honorarios y retribuciones para todos los servicios prestados desde el extranjero. HR: Las personas físicas y jurídicas pueden prestar servicios de arquitectura previa aprobación del Colegio de Arquitectos de Croacia. Los dibujos y modelos o proyectos elaborados en el extranjero deben ser reconocidos (validados) por una persona física o jurídica autorizada en Croacia en lo que respecta a su compatibilidad con el Derecho croata. Sin consolidar para la planificación urbana. HU y RO: Sin consolidar por lo que se refiere a los servicios de arquitectura paisajista. Modo 2 Ninguna |
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f) Servicios de ingeniería y g) Servicios integrados de ingeniería (CCP 8672 y CCP 8673) |
Modo 1 AT y SI: Sin consolidar, excepto los servicios de planificación pura. BG, CY, EL, IT, MT y PT: Sin consolidar. HR: Las personas físicas y jurídicas pueden prestar servicios de ingeniería previa aprobación del Colegio de Ingenieros de Croacia. Los dibujos y modelos o proyectos elaborados en el extranjero deben ser reconocidos (validados) por una persona física o jurídica autorizada en Croacia en lo que respecta a su compatibilidad con el Derecho croata. Modo 2 Ninguna |
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h) Servicios médicos (incluidos los psicólogos) y dentales (CCP 9312 y parte de CCP 85201) |
Modo 1 AT, BE, BG, CY, DE, DK, EE, ES, FI, FR, EL, IE, IT, LU, MT, NL, PT, RO, SK y UK: Sin consolidar. SI: Sin consolidar para los servicios de medicina social, sanidad, epidemiología y médicos/ecológicos; suministro de sangre, preparados de sangre y trasplantes y autopsias. HR: Sin consolidar, excepto para la telemedicina. Modo 2 Ninguna |
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i) Servicios de veterinaria (CCP 932) |
Modo 1 AT, BE, BG, CY, CZ, DE, DK, EE, ES, FR, EL, HU, IE, IT, LV, MT, NL, PT, RO, SI y SK: Sin consolidar. UK: Sin consolidar, excepto para los servicios veterinarios de laboratorio y técnicos prestados a los cirujanos veterinarios, así como el asesoramiento, la orientación y la información generales (por ejemplo, la asistencia en cuestiones de nutrición y de comportamiento y el cuidado de animales de compañía). Modo 2 Ninguna |
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j) 1. Servicios proporcionados por parteras (parte de CCP 93191) j) 2. Servicios prestados por enfermeros, fisioterapeutas y personal paramédico (parte de CCP 93191) |
Modo 1 AT, BE, BG, CY, CZ, DE, DK, EE, ES, FR, EL, HU, IE, IT, LV, LT, LU, MT, NL, PT, RO, SI, SK y UK: Sin consolidar. FI y PL: Sin consolidar excepto para los enfermeros. HR: Sin consolidar, excepto para la telemedicina. Modo 2 Ninguna |
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k) Venta al por menor de productos farmacéuticos, médicos y ortopédicos (CCP 63211) y otros servicios prestados por farmacéuticos 8 |
Modo 1 AT, BE, BG, DE, CY, DK, ES, FI, FR, EL, IE, IT, LU, MT, NL, PL, PT, RO, SE, SK, SI, UK y CZ: Sin consolidar. LV y LT: Sin consolidar, excepto para las ventas por correspondencia. HU: Sin consolidar, excepto para CCP 63211. Modo 2 Ninguna |
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B. Servicios de informática y servicios conexos (CCP 84) |
Modos 1 y 2: Ninguna |
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C. Servicios de investigación y desarrollo |
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Servicios de investigación y desarrollo de las ciencias sociales y las humanidades (CCP 852, excepto para los servicios psicológicos) 9 |
Ninguna |
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Servicios de investigación y desarrollo de las ciencias naturales (CCP 851) Servicios interdisciplinarios de investigación y desarrollo (CCP 853) |
UE: Para los servicios de I+D financiados con fondos públicos, solo pueden concederse derechos exclusivos o autorizaciones a los nacionales de los Estados miembros de la Unión y a las personas jurídicas de la Unión que tengan su sede principal en la Unión. |
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D. Servicios inmobiliarios 10 |
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a) Relativos a bienes raíces propios o arrendados (CCP 821) |
Modo 1 BG, CY, CZ, EE, HU, IE, LV, LT, MT, PL, RO, SK y SI: Sin consolidar. HR: Se exige presencia comercial. Modo 2 Ninguna DK: El título de «agente inmobiliario» solo podrá ser utilizado por quienes hayan sido admitidos en el registro de agentes inmobiliarios. En la sección 25, apartado 2, de la Ley sobre la venta de bienes inmuebles, se establecen los requisitos necesarios para ser admitido en el registro. |
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Entre otras cosas, dicha Ley exige que el solicitante sea residente en Dinamarca o en la Unión, el Espacio Económico Europeo o Suiza. Además, deberán tenerse en cuenta algunos requisitos de conocimientos teóricos y prácticos, tal como se establece en las directrices de la Autoridad Danesa de Empresa y Construcción. La Ley sobre la venta de bienes inmuebles solo es aplicable cuando se trate de consumidores daneses. Podrá ser aplicable otra legislación relativa al acceso de los extranjeros a la compra y la venta de bienes inmuebles en Dinamarca, como los requisitos de residencia. |
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b) A comisión o por contrato (CCP 822) |
Modo 1 BG, CY, CZ, EE, HU, IE, LV, LT, MT, PL, RO, SK y SI: Sin consolidar. HR: Se exige presencia comercial. DK: El título de «agente inmobiliario» solo podrá ser utilizado por quienes hayan sido admitidos en el registro de agentes inmobiliarios. En la sección 25, apartado 2, de la Ley sobre la venta de bienes inmuebles, se establecen los requisitos necesarios para ser admitido en el registro. Entre otras cosas, dicha Ley exige que el solicitante sea residente en Dinamarca o en la Unión, el Espacio Económico Europeo o Suiza. Además, deberán tenerse en cuenta algunos requisitos de conocimientos teóricos y prácticos, tal como se establece en las directrices de la Autoridad Danesa de Empresa y Construcción. La Ley sobre la venta de bienes inmuebles solo es aplicable cuando se trate de consumidores daneses. Podrá ser aplicable otra legislación relativa al acceso de los extranjeros a la compra y la venta de bienes inmuebles en Dinamarca, como los requisitos de residencia. |
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Modo 2 Ninguna |
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E. Servicios de arrendamiento o alquiler sin operarios |
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a) De buques (CCP 83103) |
Modo 1 BG, CY, DE, HU, MT y RO: Sin consolidar. Modo 2 Ninguna |
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b) De aeronaves (CCP 83104) |
Modo 1 BG, CY, CZ, HU, LV, MT, PL, RO y SK: Sin consolidar. Modo 2 BG, CY, CZ, LV, MT, PL, RO y SK: Sin consolidar. AT, BE, DE, DK, ES, EE, FI, FR, EL, HU, IE, IT, LT, LU, NL, PT, SI, SE y UK: Las aeronaves utilizadas por compañías aéreas de la Unión deben estar registradas en el Estado miembro de la Unión que haya otorgado la autorización a la compañía aérea o en otro lugar de la Unión. Pueden otorgarse exoneraciones para contratos de arrendamiento de corto plazo o en casos excepcionales. |
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c) De otros medios de transporte (CCP 83101, CCP 83102 y CCP 83105) |
Modo 1 BG, CY, HU, LV, MT, PL, RO y SI: Sin consolidar. Modo 2 Ninguna Modos 1 y 2 HR: Se excluye el cabotaje. |
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d) De otra maquinaria y equipo (CCP 83106, CCP 83107, CCP 83108 y CCP 83109) |
Modo 1 BG, CY, CZ, HU, MT, PL, RO y SK: Sin consolidar. Modo 2 Ninguna |
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e) De efectos personales y enseres domésticos (CCP 832) |
Modos 1 y 2 BE, BG, CY, CZ, DE, DK, ES, FI, FR, EL, HU, IE, IT, LU, MT, NL, PL, PT, RO, SI, SE, SK y UK: Sin consolidar. EE: Sin consolidar, excepto para los servicios de arrendamiento con o sin opción de compra de cintas de vídeo ya grabadas para su utilización en el hogar con fines de esparcimiento. |
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f)
Arrendamiento de equipos de telecomunicaciones
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Modos 1 y 2 Ninguna |
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F. Otros servicios prestados a las empresas |
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a) Publicidad (CCP 871) |
Modos 1 y 2 Ninguna |
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b) Investigación de mercados y encuestas de la opinión pública (CCP 864) |
Modos 1 y 2 Ninguna |
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c) Servicios de consultores en administración (CCP 865) |
Modos 1 y 2 Ninguna |
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d) Servicios relacionados con los de los consultores en administración (CCP 866) |
Modos 1 y 2 HU: Sin consolidar para los servicios de arbitraje y conciliación (CCP 86602). |
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e)
Servicios de ensayos y análisis técnicos
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Modo 1 IT: Sin consolidar en lo que se refiere a las profesiones de biólogo y analista químico. BG, CY, CZ, MT, PL, RO, SK y SE: Sin consolidar. Modo 2 BG, CY, CZ, MT, PL, RO, SK y SE: Sin consolidar. |
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f) Servicios de asesoramiento y consultoría relacionados con la agricultura, la caza y la silvicultura (parte de CCP 881) |
Modo 1 IT: Sin consolidar en lo que se refiere a las actividades reservadas a los agrónomos y los periti agrari. EE, MT y RO: Sin consolidar. Modo 2 Ninguna |
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g) Servicios de asesoramiento y consultoría relacionados con la pesca (parte de CCP 882) |
Modo 1 LV, MT, RO y SI: Sin consolidar. Modo 2 Ninguna |
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h) Servicios de asesoramiento y consultoría relacionados con las manufacturas (parte de CCP 884 y parte de CCP 885) |
Modos 1 y 2 Ninguna |
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i) Servicios de colocación y suministro de personal |
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i) 1. Búsqueda de personal ejecutivo (CCP 87201) |
Modo 1 AT, BG, CY, CZ, DE, EE, ES, FI, HR, IE, LV, LT, MT, PL, PT, RO, SK, SI y SE: Sin consolidar. Modo 2 AT, BG, CY, CZ, EE, FI, HR, LV, LT, MT, PL, RO, SK y SI: Sin consolidar. |
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i) 2. Servicios de colocación (CCP 87202) |
Modo 1 AT, BE, BG, CY, CZ, DE, DK, EE, ES, EL, FI, FR, HR, IE, IT, LU, LV, LT, MT, NL, PL, PT, RO, SI, SE, SK y UK: Sin consolidar. Modo 2 AT, BG, CY, CZ, EE, FI, HR, LV, LT, MT, PL, RO, SI y SK: Sin consolidar. |
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i) 3. Servicios de colocación de personal de apoyo para oficinas (CCP 87203) |
Modo 1 AT, BG, CY, CZ, DE, EE, FI, FR, HR, IT, IE, LV, LT, MT, NL, PL, PT, RO, SE, SK y SI: Sin consolidar. Modo 2 AT, BG, CY, CZ, EE, FI, HR, LV, LT, MT, PL, RO, SK y SI: Sin consolidar. |
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i) 4. Servicios de colocación de personal doméstico, de otros trabajadores para la industria o el comercio, de personal de enfermería y de otro tipo de personal (CCP 87204, 87205, 87206 y 87209) |
Modos 1 y 2 Todos los Estados miembros excepto HU: Sin consolidar. HU: Ninguna |
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j) 1. Servicios de investigación (CCP 87301) |
Modos 1 y 2 BE, BG, CY, CZ, DE, DK, ES, EE, FI, FR, EL, HR, HU, IE, IT, LV, LT, LU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SI y UK: Sin consolidar. |
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j) 2. Servicios de seguridad (CCP 87302, CCP 87303, CCP 87304 y CCP 87305) |
Modo 1 HU: Sin consolidar para CCP 87304 y CCP 87305. BE, BG, CY, CZ, ES, EE, FI, FR, HR, IT, LV, LT, MT, PT, PL, RO, SI y SK: Sin consolidar. DK: Requisitos de residencia y nacionalidad para los miembros del Consejo de Administración. Sin consolidar para el suministro de servicios de guardia de aeropuertos. Modo 2 HU: Sin consolidar para CCP 87304 y CCP 87305. BG, CY, CZ, EE, LV, LT, MT, PL, RO, SI y SK: Sin consolidar. |
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k) Servicios conexos de consultores en ciencia y tecnología (CCP 8675) |
Modo 1 BE, BG, CY, DE, DK, ES, FR, EL, IE, IT, LU, MT, NL, PL, PT, RO, SI y UK: Sin consolidar para los servicios de exploración. HR: Los servicios de consultoría geológica, geodésica y minera de base, así como los servicios conexos de consultoría relacionados con la protección del medio ambiente en el territorio de Croacia solo pueden llevarse a cabo conjuntamente con o por mediación de personas jurídicas del país. Modo 2 Ninguna |
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l) 1. Mantenimiento y reparación de embarcaciones (parte de CCP 8868) |
Modo 1 En el caso de embarcaciones de transporte marítimo: BE, BG, CY, DE, DK, ES, FI, FR, HR, EL, IE, IT, LT, MT, NL, PL, PT, RO, SE, SI y UK: Sin consolidar. En el caso de embarcaciones de transporte por vías navegables interiores: UE excepto EE, HU y LV: Sin consolidar. Modo 2 Ninguna |
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l) 2. Mantenimiento y reparación de equipo de transporte por ferrocarril (parte de CCP 8868) |
Modo 1 AT, BE, BG, DE, CY, CZ, DK, ES, FI, FR, EL, HR, IE, IT, LT, LV, LU, MT, NL, PL, PT, RO, SE, SI, SK y UK: Sin consolidar. Modo 2 Ninguna |
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l) 3. Mantenimiento y reparación de vehículos de motor, motocicletas, vehículos para la nieve y equipo de transporte por carretera (CCP 6112, CCP 6122, parte de CCP 8867 y parte de CCP 8868) |
Modos 1 y 2 Ninguna |
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l) 4. Mantenimiento y reparación de aeronaves y sus partes (parte de CCP 8868) |
Modo 1 BE, BG, CY, CZ, DE, DK, ES, FI, FR, EL, HR, IE, IT, LT, LU, MT, NL, PT, RO, SK, SI, SE y UK: Sin consolidar. Modo 2 Ninguna |
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l) 5. Servicios de mantenimiento y reparación de productos metálicos, de maquinaria (que no sea para oficina), de equipo (que no sea para oficina ni para transporte) y de artículos domésticos y personales 11 (CCP 633, CCP 7545, CCP 8861, CCP 8862, CCP 8864, CCP 8865 y CCP 8866) |
Modos 1 y 2 Ninguna |
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m) Servicios de limpieza de edificios (CCP 874) |
Modo 1 AT, BE, BG, CY, CZ, DE, DK, ES, EE, FI, FR, HR, EL, IE, IT, LU, LV, MT, NL, PL, PT, RO, SI, SE, SK y UK: Sin consolidar. Modo 2 Ninguna |
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n) Servicios fotográficos (CCP 875) |
Modo 1 BG, EE, MT y PL: Sin consolidar para el suministro de servicios aerofotográfícos. HR y LV: Sin consolidar para los servicios de fotografía especializada (CCP 87504) Modo 2 Ninguna |
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o) Servicios de empaque (CCP 876) |
Modos 1 y 2 Ninguna |
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p) Servicios editoriales y de imprenta (CCP 88442) |
Modos 1 y 2 Ninguna |
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q) Servicios prestados con ocasión de asambleas o convenciones (parte de CCP 87909) |
Modos 1 y 2 Ninguna |
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r) 1. Servicios de traducción e interpretación (CCP 87905) |
Modo 1 PL: Sin consolidar para los servicios de interpretación jurada. HR: Sin consolidar para los documentos oficiales. HU y SK: Sin consolidar para la traducción e interpretación oficiales. Modo 2 Ninguna |
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r) 2. Servicios de decoración de interiores y otros servicios especializados de diseño (CCP 87907) |
Modo 1 DE: Aplicación de las normas nacionales sobre honorarios y retribuciones para todos los servicios prestados desde el extranjero. Modo 2 Ninguna |
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r) 3. Servicios de agencias de cobranza (CCP 87902) |
Modos 1 y 2 BE, BG, CY, CZ, DE, DK, ES, EE, FI, FR, EL, HR, HU, IE, IT, LT, LU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SI, SE y UK: Sin consolidar. |
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r) 4. Servicios de información crediticia (CCP 87901) |
Modos 1 y 2 BE, BG, CY, CZ, DE, DK, ES, EE, FI, FR, EL, HR, HU, IE, IT, LT, LU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SI, SE y UK: Sin consolidar. |
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r) 5. Servicios de copia y reproducción (CCP 87904) 12 |
Modo 1 AT, BE, BG, CY, CZ, DE, DK, ES, EE, FI, FR, EL, HR, HU, IE, IT, LT, LU, MT, NL, PL, PT, RO, SI, SE, SK y UK: Sin consolidar. Modo 2 Ninguna |
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r) 6. Servicios de asesoramiento relacionados con las telecomunicaciones (CCP 7544) |
Modos 1 y 2 Ninguna |
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r) 7. Servicios de contestación de llamadas telefónicas (CCP 87903) |
Modos 1 y 2 Ninguna |
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2. SERVICIOS DE COMUNICACIONES |
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A. Servicios relativos al despacho 13 de objetos de correspondencia 14 con arreglo a la siguiente lista de subsectores, para destinos nacionales o extranjeros. i) Despacho de comunicaciones escritas con destinatario específico en cualquier tipo de medio físico 15 , incluidos el servicio postal híbrido y la publicidad directa; ii) Despacho de paquetes y bultos con destinatario específico 16 ; |
Modos 1 y 2 Ninguna |
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iii) Despacho de productos periodísticos con destinatario específico 17 ; iv) Despacho de los objetos mencionados en los incisos i) a iii) como correo certificado o asegurado; v) Servicios de envío urgentes 18 de los objetos mencionados en los incisos i) a iii); vi) Despacho de objetos sin destinatario específico; y vii) Intercambio de documentos 19 . |
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Los subsectores i), iv) y v) pueden quedar, sin embargo, excluidos cuando entran en el ámbito de los servicios que pueden quedar reservados a los objetos de correspondencia cuyo precio es inferior al quíntuplo de la tarifa pública básica, siempre que tengan un peso inferior a 100 gramos 20 , y al servicio de correo certificado utilizado en los procedimientos judiciales o administrativos. (parte de CCP 751, parte de CCP 71235 21 y parte de CCP 73210 22 ) |
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B. Servicios de telecomunicaciones Estos servicios no engloban la actividad económica consistente en el suministro del contenido que necesitan los servicios de telecomunicaciones para su transporte. |
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a) Todos los servicios que consisten en la transmisión y recepción de señales a través de cualquier medio electromagnético 23 , con exclusión de la difusión 24 |
Modos 1 y 2 Ninguna |
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3. SERVICIOS DE CONSTRUCCIÓN Y SERVICIOS DE INGENIERÍA CONEXOS (CCP 511, CCP 512, CCP 513, CCP 514, CCP 515, CCP 516, CCP 517 y CCP 518) |
Modos 1 y 2 Ninguna |
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4. SERVICIOS DE DISTRIBUCIÓN (excluida la distribución de armas, municiones, explosivos y demás material de guerra) A. Servicios de comisionistas a) Servicios de comisionistas de vehículos de motor, motocicletas y vehículos para la nieve y sus partes y accesorios (parte de CCP 61111, parte de CCP 6113 y parte de CCP 6121) |
Modos 1 y 2 UE excepto AT, SI y FI: Sin consolidar para distribución de productos químicos y de metales (y piedras) preciosos. AT: Sin consolidar para la distribución de artículos pirotécnicos, artículos inflamables, dispositivos de explosión y sustancias tóxicas. AT y BG: Sin consolidar para la distribución de productos para uso médico, como aparatos médicos y quirúrgicos, sustancias médicas y objetos para uso médico. HR: Sin consolidar para los productos derivados del tabaco. |
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b) Otros servicios de comisionistas (CCP 621) B. Servicios comerciales al por mayor a) Servicios comerciales al por mayor de vehículos de motor, motocicletas y vehículos para la nieve y sus partes y accesorios (parte de CCP 61111, parte de CCP 6113 y parte de CCP 6121) b) Servicios comerciales al por mayor de equipos terminales de telecomunicación (parte de CCP 7542) c) Otros servicios comerciales al por mayor (CCP 622, excluidos los servicios comerciales al por mayor de productos energéticos 25 ) |
Modo 1 AT, BG, FR, PL y RO: Sin consolidar para la distribución de tabaco y productos derivados del tabaco. IT: Para los servicios comerciales al por mayor, monopolio estatal del tabaco. BG, FI, PL y RO: Sin consolidar para la distribución de bebidas alcohólicas. SE: Sin consolidar para la venta de bebidas alcohólicas al por menor. AT, BG, CZ, FI, RO, SK y SI: Sin consolidar para la distribución de productos farmacéuticos. BG, HU y PL: Sin consolidar para los servicios de corredores de mercancías. FR: Para los servicios de comisionistas, sin consolidar en lo que se refiere a comerciantes e intermediarios que actúan en diecisiete mercados de interés nacional de alimentos frescos. Sin consolidar para el comercio al por mayor de productos farmacéuticos. MT: Sin consolidar para los servicios de comisionistas. BE, BG, CY, DE, DK, ES, FR, EL, IE, IT, LU, MT, NL, PL, PT, SK y UK: Para los servicios comerciales al por menor, sin consolidar, excepto en lo que se refiere a las ventas por correspondencia. |
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C. Servicios comerciales al por menor 26 Servicios comerciales al por menor de vehículos de motor, motocicletas y vehículos para la nieve y sus partes y accesorios (CCP 61112, parte de CCP 6113 y parte de CCP 6121) Servicios comerciales al por menor de equipos terminales de telecomunicación (parte de CCP 7542) Servicios comerciales al por menor de productos alimenticios (CCP 631) Servicios comerciales al por menor de otros productos (no energéticos), excepto de productos farmacéuticos, médicos y ortopédicos 27 (CCP 632, excluidas la CCP 63211 y la CCP 63297) D. Servicios de franquicia (CCP 8929) |
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5. SERVICIOS DE ENSEÑANZA (servicios de financiación privada únicamente) |
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A. Servicios de enseñanza primaria (CCP 921) |
Modo 1 BG, CY, FI, FR, HR, IT, MT, RO, SE y SI: Sin consolidar. Modo 2 CY, FI, HR, MT, RO, SE y SI: Sin consolidar. |
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B. Servicios de enseñanza secundaria (CCP 922) |
Modo 1 BG, CY, FI, FR, HR, IT, MT, RO y SE: Sin consolidar. Modo 2 CY, FI, MT, RO y SE: Sin consolidar. Modos 1 y 2 LV: Sin consolidar para los servicios de enseñanza secundaria técnica y profesional de tipo escolar para estudiantes con discapacidad (CCP 9224). |
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C. Servicios de enseñanza superior (CCP 923) |
Modo 1 AT, BG, CY, FI, MT, RO y SE: Sin consolidar. FR: Requisito de nacionalidad. Sin embargo, los nacionales de Singapur pueden obtener autorización de las autoridades competentes para establecer y dirigir instituciones de enseñanza y para enseñar. IT: Requisito de nacionalidad para los proveedores de servicios autorizados a expedir títulos reconocidos oficialmente. Modo 2 AT, BG, CY, FI, MT, RO y SE: Sin consolidar. Modos 1 y 2 CZ y SK: Sin consolidar para los servicios de enseñanza superior, excepto en el caso de los servicios de enseñanza técnica y profesional postsecundaria (CCP 92310). |
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D. Servicios de enseñanza para adultos (CCP 924) |
Modos 1 y 2 CY, FI, MT, RO y SE: Sin consolidar. Modo 1 AT: Sin consolidar para los servicios de enseñanza para adultos mediante emisiones radiofónicas o televisivas. |
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E. Otros servicios de enseñanza (CCP 929) |
Modos 1 y 2 AT, BE, BG, CY, DE, DK, ES, EE, FI, FR, EL, HU, IE, IT, LV, LT, LU, MT, NL, PL, PT, RO, SI, SE y UK: Sin consolidar. Modo 1 HR: Ninguna para la educación por correspondencia o la educación por vía telemática. |
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6. SERVICIOS RELACIONADOS CON EL MEDIO AMBIENTE A. Servicios de alcantarillado (CCP 9401) 28 B. Gestión de residuos sólidos peligrosos, excluido el transporte transfronterizo de residuos peligrosos a) Servicios de eliminación de desperdicios (CCP 9402) b) Servicios de saneamiento y servicios similares (CCP 9403) C. Protección del aire ambiental y del clima (CCP 9404) 29 |
Modo 1 UE: Sin consolidar, excepto los servicios de consultores. Modo 2 Ninguna |
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D. Recuperación y limpieza de suelos y aguas a) Tratamiento y recuperación de suelos y aguas contaminadas (parte de CCP 94060) 30 E. Disminución del ruido y de la vibración (CCP 9405) F. Protección de la biodiversidad y del paisaje a) Servicios de protección de la naturaleza y el paisaje (parte de CCP 9406) G. Otros servicios ambientales y auxiliares (CCP 94090) |
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7. SERVICIOS FINANCIEROS |
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A. Servicios de seguros y relacionados con los seguros |
Modos 1 y 2 AT, BE, CZ, DE, DK, ES, FI, FR, EL, HU, IE, IT, LU, NL, PL, PT, RO, SK, SE, SI y UK: Sin consolidar para los servicios de seguros directos, excepto para el seguro de riesgos relacionados con: a) transporte marítimo, aviación comercial y lanzamiento y transporte espacial (incluidos satélites), que cubran alguno o la totalidad de los siguientes elementos: las mercancías objeto de transporte, el vehículo que transporte las mercancías y la responsabilidad civil que pueda derivarse de los mismos; y b) las mercancías en tránsito internacional. AT: Se prohíben las actividades de promoción y la intermediación en nombre de una filial no establecida en la Unión o de una sucursal no establecida en Austria (excepto en materia de reaseguros y retrocesión). Los seguros obligatorios de transporte aéreo, excepto en el caso de los seguros de transporte aéreo comercial internacional, solo pueden ser suscritos por filiales establecidas en la Unión o sucursales establecidas en Austria. El impuesto sobre las primas es mayor cuando se trata de contratos de seguro (excepto los contratos de reaseguro y retrocesión) suscritos por filiales no establecidas en la Unión o sucursales no establecidas en Austria. Se pueden establecer excepciones al pago del impuesto sobre las primas más elevado. |
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DK: El seguro obligatorio de transporte aéreo solo puede ser suscrito por compañías establecidas en la Unión. Ninguna persona ni sociedad (incluidas las compañías de seguros) puede promover con fines comerciales los seguros directos para personas residentes en Dinamarca, buques de Dinamarca o bienes ubicados en Dinamarca, salvo las compañías de seguros autorizadas por la legislación de Dinamarca o por las autoridades competentes de Dinamarca. DE: Las pólizas de seguro obligatorio de transporte aéreo solo pueden ser suscritas por filiales establecidas en la Unión o sucursales establecidas en Alemania. Si una compañía de seguros extranjera ha establecido una sucursal en Alemania, podrá firmar contratos de seguros en Alemania relacionados con el transporte internacional solo a través de la sucursal establecida en Alemania. FR: El seguro de riesgos relacionados con el transporte terrestre solo puede ser suscrito por compañías de seguros establecidas en la Unión. PL: Sin consolidar, excepto en lo que se refiere a los reaseguros, la retrocesión y el seguro de mercancías en el comercio internacional. PT: El seguro de transporte aéreo y marítimo, incluido el seguro de mercancías, aeronaves, cascos y responsabilidad civil, solo puede ser suscrito por compañías establecidas en la Unión. Solo las personas y empresas establecidas en la Unión pueden actuar en Portugal como intermediarios de esas operaciones de seguros. RO: Únicamente se permite el reaseguro en el mercado internacional si el riesgo no puede reasegurarse en el mercado interior. |
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Modo 1 AT, BE, CZ, DE, DK, ES, FI, FR, EL, HU, IE, IT, LU, NL, PT, RO, SK, SE, SI y UK: Sin consolidar para los servicios directos de intermediación de seguros, excepto para el seguro de riesgos relacionados con: a) transporte marítimo, aviación comercial y lanzamiento y transporte espacial (incluidos satélites), que cubran alguno o la totalidad de los siguientes elementos: las mercancías objeto de transporte, el vehículo que transporte las mercancías y la responsabilidad civil que pueda derivarse de los mismos; y b) las mercancías en tránsito internacional. BG: Sin consolidar para los seguros directos, excepto en lo que se refiere a los servicios ofrecidos por proveedores extranjeros a extranjeros en el territorio de Bulgaria. El seguro de transporte, que abarca las mercancías, los propios vehículos y la responsabilidad por riesgos situados en Bulgaria no puede ser suscrito directamente por compañías de seguros extranjeras. Una compañía de seguros extranjera puede celebrar contratos de seguro solamente a través de una sucursal en la Unión. Sin consolidar para el seguro de depósitos y sistemas similares de compensaciones, así como regímenes de seguro obligatorios. CY, LV y MT: Sin consolidar para los servicios de seguros directos, excepto para el seguro de riesgos relacionados con: a) transporte marítimo, aviación comercial y lanzamiento y transporte espacial (incluidos satélites), que cubran alguno o la totalidad de los siguientes elementos: las mercancías objeto de transporte, el vehículo que transporte las mercancías y la responsabilidad civil que pueda derivarse de los mismos; y b) las mercancías en tránsito internacional. |
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LT: Sin consolidar para los servicios de seguros directos, excepto para el seguro de riesgos relacionados con: a) transporte marítimo, aviación comercial y lanzamiento y transporte espacial (incluidos satélites), que cubran alguno o la totalidad de los siguientes elementos: las mercancías objeto de transporte, el vehículo que transporte las mercancías y la responsabilidad civil que pueda derivarse de los mismos; y b) mercancías en tránsito internacional, excepto las que utilicen el transporte terrestre cuando el riesgo esté situado en Lituania. LV, LT, PL y BG: Sin consolidar para la intermediación de seguros. FI: Solamente los aseguradores que tengan su oficina principal en la Unión o una sucursal en Finlandia pueden ofrecer servicios de seguros directos (incluido el coaseguro). La prestación de servicios de correduría de seguros queda condicionada al establecimiento de una sede permanente de actividad en la Unión. HU: Solo se permite el suministro de servicios de seguro directo en el territorio de Hungría por compañías de seguros no establecidas en la Unión a través de una sucursal registrada en Hungría. IT: Sin consolidar para la profesión actuarial. Solo las compañías de seguros establecidas en la Unión pueden suscribir seguros de transporte de mercancías, seguros de vehículos como tales y seguros de responsabilidad civil respecto de riesgos situados en Italia. Esta reserva no se aplica al transporte internacional de bienes importados en Italia. SE: Solo se permite el suministro de servicios de seguro directo a través de un asegurador autorizado en Suecia, siempre que el proveedor de servicios extranjero y la compañía de seguros sueca pertenezcan a un mismo grupo de sociedades o tengan un acuerdo de cooperación entre ellos. |
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ES: Por lo que se refiere a los servicios actuariales, requisito de residencia y tres años de experiencia pertinente. Modo 2 AT, BE, BG, CZ, CY, DE, DK, ES, FI, FR, EL, HU, IE, IT, LU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SE, SI y UK: Sin consolidar para la intermediación. BG: En el caso de seguros directos, las personas físicas y jurídicas búlgaras, así como las personas extranjeras que desempeñan una actividad mercantil en el territorio de Bulgaria, pueden suscribir contratos de seguros, con respecto a su actividad en Bulgaria, únicamente con los proveedores que estén autorizados a realizar actividades de seguros en ese país. La indemnización en virtud del seguro resultante de estos contratos será abonada en Bulgaria. Sin consolidar para el seguro de depósitos y sistemas similares de compensaciones, así como regímenes de seguro obligatorios. HR: Sin consolidar para los servicios de seguros directos y los servicios de intermediación de seguros directos, excepto: a) seguros de vida: para la capacidad de los extranjeros residentes en Croacia para obtener seguros de vida; b) seguros distintos de los seguros de vida: i) para la capacidad de los extranjeros residentes en Croacia de obtener seguros distintos de los de vida, excepto la responsabilidad automovilística; |
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ii) – seguros de riesgos personales o inmobiliarios no disponibles en la República de Croacia; – empresas que suscriben seguros en el extranjero en relación con obras de inversión en el extranjero, incluido el equipo para las obras; – para garantizar la devolución de préstamos extranjeros (seguro colateral); – seguros de riesgos personales o inmobiliarios de empresas de propiedad al 100 % y empresas conjuntas que realizan una actividad económica en un país extranjero, si se realiza de conformidad con las normas de dicho país o lo exige su registro; – los buques en construcción y revisión, si se estipula en el contrato celebrado con el cliente extranjero (comprador); c) seguros marítimos, aéreos y de transporte. IT: Solo las compañías de seguros establecidas en la Unión pueden suscribir seguros de transporte de mercancías, seguros de vehículos como tales y seguros de responsabilidad civil respecto de riesgos situados en Italia. Esta reserva no se aplica al transporte internacional de bienes importados en Italia. |
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B. Servicios bancarios y otros servicios financieros (excluidos los seguros) Todos los subsectores que figuran a continuación |
Modo 1 AT, BE, BG, CZ, DE, DK, ES, FI, FR, EL, HU, IE, IT, LU, NL, PL, PT, SK, SE y UK: Sin consolidar, excepto para el suministro de información financiera y el procesamiento de datos financieros y para los servicios de asesoramiento y otros servicios auxiliares, con exclusión de la intermediación. BE: Se requiere el establecimiento en Bélgica para la prestación de servicios de asesoramiento en materia de inversiones. BG: Pueden aplicarse limitaciones y condiciones relativas al uso de la red de telecomunicaciones. CY: Sin consolidar, excepto para el intercambio comercial de valores transferibles, para el suministro de información financiera y el procesamiento de datos financieros y para los servicios de asesoramiento y otros servicios auxiliares, con exclusión de la intermediación. EE: Se requiere autorización de la Agencia de Supervisión financiera de Estonia e inscripción en el registro de la entidad con arreglo a la legislación estonia, como sociedad anónima, filial o sucursal. EE: Se requiere el establecimiento de una empresa de gestión especializada para desempeñar las actividades de gestión de fondos de inversión, y solo las empresas con domicilio social en la Unión pueden actuar como depositarios de los activos de los fondos de inversión. HR: Sin consolidar, excepto en el caso de los préstamos, servicios de arrendamiento financiero, servicios de pago y transferencia monetaria, garantías y avales, corretaje de cambios, suministro y transferencia de información financiera, y servicios de asesoramiento y otros servicios financieros auxiliares, salvo la intermediación. |
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LT: Se requiere el establecimiento de una empresa de gestión especializada para desempeñar las actividades de gestión de fondos comunes, de inversión o sociedades de inversión, y solo las empresas con domicilio social en la Unión pueden actuar como depositarios de los activos de los fondos de inversión. IE: Para la prestación de servicios de inversiones o de asesoramiento sobre inversiones se necesita: a) tener autorización en Irlanda, para lo que normalmente se requiere que la entidad esté constituida como sociedad anónima, asociación o un comerciante individual, en todos los casos con oficina principal/registrada en Irlanda (la autorización puede no requerirse en ciertos casos, por ejemplo si un proveedor de servicios de Singapur no tiene presencia comercial en Irlanda y no presta servicios a particulares), o b) tener autorización en otro Estado miembro de la Unión de conformidad con la Directiva de la UE sobre servicios de inversión. IT: Sin consolidar en lo que se refiere a los promotori di servizi finanziari (promotores de servicios financieros). LV: Sin consolidar, excepto para la participación en emisiones de toda clase de valores, para el suministro de información financiera y el procesamiento de datos financieros y para los servicios de asesoramiento y otros servicios auxiliares, con exclusión de la intermediación. LT: Se requiere presencia comercial para la administración de fondos de pensiones. MT: Sin consolidar, excepto para la aceptación de depósitos, los préstamos de todo tipo, el suministro y transferencia de información financiera y el procesamiento de datos financieros y para los servicios de asesoramiento y otros servicios auxiliares, con exclusión de la intermediación. |
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PL: Para el suministro y transferencia de información financiera y el procesamiento de datos financieros y de programas informáticos correspondientes, obligación de utilizar la red pública de telecomunicaciones o la red de otro operador autorizado. RO: Sin consolidar para el arrendamiento financiero, el intercambio comercial de instrumentos del mercado monetario, el cambio de divisas, los productos derivados, los tipos de cambio e instrumentos del mercado cambiario, los valores transferibles y otros instrumentos y activos financieros negociables, la participación en emisiones de toda clase de valores, la gestión de activos y los servicios de pago y compensación respecto de activos financieros. Solo se permiten los servicios de pago y transferencia monetaria por medio de un banco establecido en Rumanía. SI: a) Participación en emisiones de bonos del Tesoro, administración de fondos de pensiones: Sin consolidar. b) Todos los demás subsectores, excepto la participación en emisiones de bonos del Tesoro, la administración de fondos de pensiones, el suministro y la transferencia de información financiera y los servicios de asesoramiento y otros servicios financieros: Sin consolidar, excepto la aceptación de créditos (préstamos de todo tipo), y la aceptación de garantías y compromisos de instituciones de crédito extranjeras por entidades jurídicas nacionales y empresas individuales. Las personas extranjeras solo pueden ofrecer valores extranjeros a través de bancos y corredores de bolsa nacionales. Los miembros de la Bolsa de Eslovenia deben estar constituidos en Eslovenia o ser sucursales de empresas o bancos extranjeros de inversión. |
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Modo 2 BG: Pueden aplicarse limitaciones y condiciones relativas al uso de la red de telecomunicaciones. PL: Para el suministro y transferencia de información financiera y el procesamiento de datos financieros y de programas informáticos correspondientes, obligación de utilizar la red pública de telecomunicaciones o la red de otro operador autorizado. |
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8.
SERVICIOS SOCIALES Y DE SALUD
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A. Servicios de hospital (CCP 9311) C. Servicios de instituciones residenciales de salud distintos de los servicios de hospital (CCP 93193) |
Modo 1 AT, BE, BG, DE, CY, CZ, DK, ES, EE, FI, FR, EL, HR, IE, IT, LV, LT, MT, LU, NL, PL, PT, RO, SI, SE, SK y UK: Sin consolidar. Modo 2 Ninguna |
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D. Servicios sociales (CCP 933) |
Modo 1 AT, BE, BG, CY, CZ, DE, DK, EE, ES, EL, FI, FR, HR, HU, IE, IT, LU, MT, PL, PT, RO, SE, SI, SK y UK: Sin consolidar. Modo 2 BE: Sin consolidar, excepto para los establecimientos de descanso y para convalecientes y residencias para ancianos. |
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9. SERVICIOS DE TURISMO Y SERVICIOS RELACIONADOS CON LOS VIAJES |
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A.
Hoteles, restaurantes y servicios de suministro de comidas desde el exterior por encargo (CCP 641, CCP 642 y CCP 643)
excluidos los servicios de suministro de comidas desde el exterior por encargo en los servicios de transporte aéreo |
Modo 1 AT, BE, BG, CY, CZ, DE, DK, ES, FR, EL, IE, IT, LV, LT, LU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SI, SE y UK: Sin consolidar, excepto para los servicios de suministro de comidas desde el exterior por encargo. HR: Sin consolidar. Modo 2 Ninguna |
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B. Servicios de agencias de viajes y organización de viajes en grupo (incluidos los organizadores de viajes en grupo) (CCP 7471) |
Modo 1 BG y HU: Sin consolidar. Modo 2 Ninguna |
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C. Servicios de guías de turismo (CCP 7472) |
Modo 1 BG, CY, CZ, HU, IT, LT, MT, PL, SK y SI: Sin consolidar. Modo 2 Ninguna |
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10. SERVICIOS DE ESPARCIMIENTO, CULTURALES Y DEPORTIVOS (excepto los servicios audiovisuales) |
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A. Servicios de espectáculos (incluidos los de teatro, bandas y orquestas, circos y discotecas) (CCP 9619) |
Modo 1 BE, BG, CY, CZ, DE, DK, ES, EE, FI, FR, EL, HR, HU, IE, IT, LV, LT, LU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SI y UK: Sin consolidar. Modo 2 CY, CZ, FI, HR, MT, PL, RO, SK y SI: Sin consolidar. BG: Sin consolidar excepto para los servicios artísticos de productores de teatro, grupos de cantantes, bandas y orquestas (CCP 96191); los servicios proporcionados por autores, compositores, escultores, artistas del espectáculo y otros artistas, a título individual (CCP 96192); y los servicios auxiliares del teatro (CCP 96193). EE: Sin consolidar para otros servicios de espectáculos (CCP 96199) excepto para los servicios relativos al cine y el teatro. LT y LV: Sin consolidar, excepto para los servicios relativos al funcionamiento del cine y el teatro (parte de CCP 96199). |
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B. Servicios de agencias de noticias y de prensa (CCP 962) |
Modo 1 BG, CY, CZ, EE, HU, LT, MT, RO, PL, SI y SK: Sin consolidar. Modo 2 BG, CY, CZ, HU, LT, MT, PL, RO, SI y SK: Sin consolidar. |
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C. Servicios de bibliotecas, archivos, museos y otros servicios culturales (CCP 963) |
Modo 1 BE, BG, CY, CZ, DE, DK, ES, EE, FI, FR, EL, HR, HU, IE, IT, LT, LV, LU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SI, SE y UK: Sin consolidar. Modo 2 BE, BG, CY, CZ, DE, DK, ES, FI, FR, EL, HR, HU, IE, IT, LT, LV, LU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SI, SE y UK: Sin consolidar. |
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D. Servicios deportivos (CCP 9641) |
Modos 1 y 2 AT: Sin consolidar para servicios de escuelas de esquí y de guías de montaña. BG, CZ, HR, LV, MT, PL, RO y SK: Sin consolidar. Modo 1 CY y EE: Sin consolidar. |
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E. Servicios de parques de recreo y playas (CCP 96491) |
Modos 1 y 2 Ninguna |
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11. SERVICIOS DE TRANSPORTE |
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A. Transporte marítimo a) Transporte internacional de pasajeros (CCP 7211 menos el transporte de cabotaje nacional 31 ). b) Transporte internacional de carga (CCP 7212 menos el transporte de cabotaje nacional 32 ). |
Modos 1 y 2 Ninguna |
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B. Transporte por vías navegables interiores a) Transporte de pasajeros (CCP 7221 menos el transporte de cabotaje nacional 33 ). b) Transporte de carga (CCP 7222 menos el transporte de cabotaje nacional 34 ). |
Modos 1 y 2 UE: Las medidas basadas en acuerdos existentes o futuros sobre el acceso a las vías navegables interiores (incluidos los acuerdos a raíz de la conexión Rin-Main-Danubio) reservan algunos derechos de tráfico a los operadores establecidos en los países correspondientes que cumplan los criterios de nacionalidad respecto a la propiedad. Rigen los Reglamentos de aplicación del Convenio de Mannheim para la Navegación del Rin. AT: Requisito de nacionalidad para constituir una compañía naviera por personas físicas. En caso de constitución como persona jurídica, requisito de nacionalidad para la mayoría de los directores gerentes, de los miembros del consejo de administración y de la junta de supervisión. Se requiere domicilio social o establecimiento permanente en Austria. Además, la mayoría de las acciones de la compañía debe estar en posesión de ciudadanos de la Unión. BG, CY, CZ, EE, FI, HR, HU, LT, MT, RO, SE, SI y SK: Sin consolidar. |
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C. Transporte por ferrocarril a) Transporte de pasajeros (CCP 7111) b) Transporte de carga (CCP 7112) |
Modo 1 UE: Sin consolidar. Modo 2 Ninguna |
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D. Transporte por carretera a) Transporte de pasajeros (CCP 7121 y CCP 7122) b) Transporte de carga (CCP 7123, excluido el transporte de objetos postales y de correos por cuenta propia 35 ). |
Modo 1 UE: Sin consolidar. Modo 2 Ninguna |
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E. Transporte por tuberías de mercancías que no sean combustible 36 (CCP 7139) |
Modo 1: UE: Sin consolidar. Modo 2: AT, BE, BG, CY, CZ, DE, DK, ES, EE, FI, FR, EL, IE, IT, LV, LU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SI, SE y UK: Sin consolidar. |
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12. SERVICIOS AUXILIARES DEL TRANSPORTE 37 |
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A. Servicios auxiliares del transporte marítimo a) Servicios de almacenamiento (parte de CCP 742) b) Servicios de despacho de aduana 38 c) Servicios de estaciones y depósitos de contenedores 39 |
Modo 1 UE: Sin consolidar 40 para los servicios de tracción o remolque. AT, BG, CY, CZ, DE, EE, HU, LT, MT, PL, RO, SI y SK: Sin consolidar para el alquiler de embarcaciones con tripulación. SE: Ninguna, excepto para los servicios de remolque y tracción y el alquiler de embarcaciones con tripulación, en los que SE tiene limitaciones sobre cabotaje y pabellón. |
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d) Servicios de agencias marítimas 41 e) Servicios de expedición de cargamentos marítimos 42 f) Alquiler de embarcaciones con tripulación (CCP 7213) g) Servicios de remolque y tracción (CCP 7214) h) Servicios de apoyo relacionados con el transporte marítimo (parte de CCP 745) i) Otros servicios de apoyo y auxiliares (parte de CCP 749) |
HR: Sin consolidar, excepto para los servicios de agencias de transporte de carga. Modo 2 Ninguna |
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B. Servicios auxiliares del transporte por vías navegables interiores a) Servicios de carga y descarga (parte de CCP 741) b) Servicios de almacenamiento (parte del CCP 742) c) Servicios de agencias de transporte de carga (parte de CCP 748) d) Alquiler de embarcaciones con tripulación (CCP 7223) e) Servicios de remolque y tracción (CCP 7224) f) Servicios auxiliares del transporte por vías navegables interiores (parte de CCP 745) g) Otros servicios de apoyo y auxiliares (parte de CCP 749) |
Modos 1 y 2 UE: Las medidas basadas en acuerdos existentes o futuros sobre el acceso a las vías navegables interiores (incluidos los acuerdos a raíz de la conexión Rin-Main-Danubio) reservan algunos derechos de tráfico a los operadores establecidos en los países correspondientes que cumplan los criterios de nacionalidad respecto a la propiedad. Rigen los Reglamentos de aplicación del Convenio de Mannheim para la Navegación del Rin. UE: Sin consolidar para los servicios de tracción o remolque. HR: Sin consolidar. Modo 1 AT, BG, CY, CZ, DE, EE, FI, HU, LV, LT, MT, RO, SK y SI: Sin consolidar para el alquiler de embarcaciones con tripulación. SE: Ninguna, excepto para los servicios de remolque y tracción y el alquiler de embarcaciones con tripulación, en los que SE tiene limitaciones sobre cabotaje y pabellón. |
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C. Servicios auxiliares del transporte ferroviario a) Servicios de carga y descarga (parte de CCP 741) b) Servicios de almacenamiento (parte del CCP 742) c) Servicios de agencias de transporte de carga (parte de CCP 748) d) Servicios de remolque y tracción (CCP 7113) e) Servicios auxiliares del transporte por ferrocarril (CCP 743) f) Otros servicios de apoyo y auxiliares (parte de CCP 749) |
Modo 1 UE: Sin consolidar para los servicios de tracción o remolque. HR: Sin consolidar, excepto para los servicios de agencias de transporte de carga. Modo 2 Ninguna |
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D. Servicios auxiliares del transporte por carretera a) Servicios de carga y descarga (parte de CCP 741) b) Servicios de almacenamiento (parte del CCP 742) c) Servicios de agencias de transporte de carga (parte de CCP 748) d) Alquiler de vehículos comerciales de carretera con conductor (CCP 7124) e) Servicios de apoyo relacionados con los servicios de transporte por carretera (CCP 744) f) Otros servicios de apoyo y auxiliares (parte de CCP 749) |
Modo 1 AT, BG, CY, CZ, EE, HU, LV, LT, MT, PL, RO, SK, SI y SE: Sin consolidar para el alquiler de vehículos comerciales de carretera con conductor. HR: Sin consolidar, excepto para los servicios de agencias de transporte de mercancías y los servicios auxiliares del transporte por carretera sujetos a autorización. Modo 2 Ninguna |
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F. Servicios auxiliares del transporte por tuberías de mercancías que no sean combustible 43 a) Servicios de almacenamiento de mercancías que no sean combustible transportadas por tuberías (parte de CCP 742) |
Modo 1 AT, BE, BG, CY, CZ, DE, DK, ES, FI, FR, EL, HR, IE, IT, LT, LU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SI, SE y UK: Sin consolidar. Modo 2 Ninguna |
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13. OTROS SERVICIOS DE TRANSPORTE |
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Suministro de servicios de transporte combinado |
Todos los Estados miembros excepto AT, BG, CY, CZ, EE, HR, HU, LT, LV, MT, PL, RO, SE, SI y SK: Ninguna, sin perjuicio de las limitaciones de la presente lista de compromisos que afecten a todos los medios de transporte. AT, BG, CY, CZ, EE, HR, HU, LT, LV, MT, PL, RO, SE, SI y SK: Sin consolidar. |
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14. SERVICIOS DE ENERGÍA |
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A. Servicios relacionados con la minería (CCP 883) 44 |
Modos 1 y 2 Ninguna |
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B. Transporte de combustible por tuberías (CCP 7131) |
Modo 1 UE: Sin consolidar. Modo 2 AT, BE, BG, CY, CZ, DE, DK, ES, EE, FI, FR, EL, IE, IT, LV, LU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SI, SE y UK: Sin consolidar. |
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C. Servicios de almacenamiento de combustible transportado por tuberías (parte de CCP 742) |
Modo 1 AT, BE, BG, CY, CZ, DE, DK, ES, FI, FR, EL, HR, IE, IT, LT, LU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SI, SE y UK: Sin consolidar. Modo 2 Ninguna |
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D. Servicios de comercio al por mayor de combustibles sólidos, líquidos y gaseosos y productos similares (CCP 62271) y servicios comerciales al por mayor de electricidad, vapor y agua caliente |
Modo 1 UE: Sin consolidar para los servicios comerciales al por mayor de electricidad, vapor y agua caliente. Modo 2 Ninguna |
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E. Venta al por menor de carburante (CCP 613) |
Modo 1 UE: Sin consolidar. Modo 2 Ninguna |
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F. Venta al por menor de gasóleo, gas envasado, carbón y madera (CCP 63297) y venta al por menor de electricidad, gas (no envasado), vapor y agua caliente |
Modo 1 UE: Sin consolidar para los servicios comerciales al por menor de electricidad, gas (no envasado), vapor y agua caliente. BE, BG, CY, CZ, DE, DK, ES, FR, EL, IE, IT, LU, MT, NL, PL, PT, SK y UK: Sin consolidar para la venta al por menor de gasóleo, gas envasado, carbón y madera, excepto en lo que se refiere a las ventas por correspondencia (ninguna en el caso de las ventas por correspondencia). Modo 2 Ninguna |
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G. Servicios relacionados con la distribución de energía (CCP 887) |
Modo 1 UE: Sin consolidar, excepto para los servicios de consultoría (ninguna para los servicios de consultoría). Modo 2 Ninguna |
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15. OTROS SERVICIOS NO INCLUIDOS EN OTRA PARTE |
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a) Servicios de lavado, limpieza y teñido (CCP 9701) |
Modo 1 UE: Sin consolidar. Modo 2 Ninguna |
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b) Servicios de peluquería (CCP 97021) |
Modo 1 UE: Sin consolidar. Modo 2 Ninguna |
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c) Servicios de tratamiento de belleza, de manicura y de pedicura (CCP 97022) |
Modo 1 UE: Sin consolidar. Modo 2 Ninguna |
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d) Otros servicios de tratamiento de belleza n.c.o.p. (CCP 97029) |
Modo 1 UE: Sin consolidar. Modo 2 Ninguna |
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e) Servicios de tratamientos termales y masajes no terapéuticos, en la medida en que se presten como servicios de bienestar físico y de relajación y no con una finalidad médica o de rehabilitación 45 (CCP Ver. 1.0 97230) |
Modo 1 UE: Sin consolidar. Modo 2 Ninguna |
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f) Servicios de conexión de telecomunicaciones (CCP 7543) |
Modos 1 y 2 Ninguna |
Apéndice 8-A-2
UNIÓN
LISTA DE COMPROMISOS ESPECÍFICOS DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 8.12
(LISTA DE COMPROMISOS ESPECÍFICOS)
(ESTABLECIMIENTO)
1. La lista de compromisos que figura a continuación indica las actividades económicas liberalizadas en virtud del artículo 8.12 (Lista de compromisos específicos), así como las limitaciones de acceso a los mercados y de trato nacional, establecidas mediante reservas, aplicables a los establecimientos y empresarios de Singapur en dichas actividades. La lista consta de los siguientes elementos:
a) la primera columna indica el sector o subsector en que la Unión asume el compromiso y el ámbito de la liberalización al que se aplican las reservas, y
b) en la segunda columna se describen las reservas aplicables.
No es objeto de compromiso el establecimiento en sectores o subsectores que entran en el ámbito de aplicación del presente Acuerdo pero que no se mencionan en la lista que figura más abajo.
2. Para identificar los distintos sectores y subsectores:
a) por CIIU Rev. 3.1 se entiende la Clasificación Industrial Internacional Uniforme de todas las actividades económicas según la definición de la Oficina de Estadística de las Naciones Unidas, Informes estadísticos, Serie M, N.º 4, CIIU Rev. 3.1, 2002;
b) por «CCP» se entiende la Clasificación Central de Productos a que se hace referencia en la nota a pie de página 23 del artículo 8.21 (Servicios de informática), y
c) por «CCP ver. 1.0» se entiende la Clasificación Central de Productos según lo establecido en la Oficina de Estadística de las Naciones Unidas, Informes estadísticos, Serie M, N.º 77, CCP ver. 1.0, 1998.
3. La lista que figura a continuación no incluye las medidas relativas a los requisitos y procedimientos de cualificación, las normas técnicas y los requisitos y procedimientos de autorización cuando no constituyen una limitación de acceso a los mercados o de trato nacional en el sentido de los artículos 8.10 (Acceso al mercado) y 8.11 (Trato nacional). Dichas medidas (por ejemplo, la necesidad de obtener una autorización, las obligaciones de servicio universal, la necesidad de obtener el reconocimiento de las cualificaciones en sectores regulados, la necesidad de superar exámenes específicos, incluidos los exámenes de idiomas, y el requisito no discriminatorio de que determinadas actividades no pueden emprenderse en zonas de protección del medio ambiente o de interés histórico o artístico particular) son de aplicación en cualquier caso a los inversores de Singapur, incluso aunque no figuren en la lista.
4. De conformidad con el apartado 2, letra a), del artículo 8.1 (Objetivo y ámbito de aplicación), la lista que figura a continuación no incluye medidas relativas a las subvenciones otorgadas por una Parte.
5. No obstante lo dispuesto en el artículo 8.10 (Acceso al mercado), no es necesario indicar en la lista de compromisos sobre establecimiento que figura a continuación los requisitos no discriminatorios relativos al tipo de forma jurídica de un establecimiento para que la Unión los mantenga o adopte.
6. Los derechos y obligaciones que emanan de la siguiente lista no tendrán eficacia directa y, por consiguiente, no confieren derechos directamente a las personas físicas ni jurídicas.
7. El término «inversor» mencionado en la presente lista de compromisos se entenderá como el término «empresario» definido en la letra c) del artículo 8.8 (Definiciones).
8. Cuando la Unión mantenga una reserva que requiera que un proveedor de servicios sea ciudadano, nacional, residente permanente o residente en su territorio como condición para el suministro de un servicio en su territorio, una reserva que figure en la lista de compromisos del apéndice 8-A-3 con arreglo al artículo 8.13 (Ámbito de aplicación y definiciones) por lo que respecta a la circulación temporal de personas físicas funcionará como una reserva con respecto a los compromisos sobre establecimiento adoptados en el presente apéndice de conformidad con el artículo 8.12 (Lista de compromisos), en la medida en que sea aplicable.
9. En la lista que figura a continuación se utilizan las abreviaturas siguientes:
AT Austria
BE Bélgica
BG Bulgaria
CY Chipre
CZ Chequia
DE Alemania
DK Dinamarca
UE Unión Europea, incluidos todos sus Estados miembros
ES España
EE Estonia
FI Finlandia
FR Francia
EL Grecia
HR Croacia
HU Hungría
IE Irlanda
IT Italia
LV Letonia
LT Lituania
LU Luxemburgo
MT Malta
NL Países Bajos
PL Polonia
PT Portugal
RO Rumanía
SK Eslovaquia
SI Eslovenia
SE Suecia
UK Reino Unido
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Sector o subsector |
Descripción de las reservas |
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TODOS LOS SECTORES |
Bienes inmuebles Todos los Estados miembros excepto AT, BG, CY, CZ, DK, EE, EL, FI, HR, HU, IE, IT, LV, LT, MT, PL, RO, SI y SK: Ninguna AT: La adquisición, compra y alquiler o arrendamiento de bienes inmuebles por personas físicas y personas jurídicas extranjeras exige autorización de la administración regional competente (Länder), a quien corresponde examinar si ello afecta a intereses económicos, sociales o culturales importantes. BG: Las personas físicas y jurídicas extranjeras (incl. a través de una sucursal) no pueden adquirir propiedad inmobiliaria. Las personas jurídicas búlgaras con participación extranjera no pueden adquirir la propiedad de predios agrícolas. Las personas jurídicas extranjeras y los ciudadanos extranjeros con residencia permanente en el extranjero pueden adquirir la propiedad de edificios y derechos de propiedad limitados 46 de bienes inmuebles sujetos al permiso del Ministerio de Finanzas. El requisito de permiso no se aplica a las personas que han hecho inversiones en Bulgaria. Los ciudadanos extranjeros con residencia permanente en el extranjero, las personas jurídicas y las empresas extranjeras en que la participación extranjera asegura una mayoría en la adopción de decisiones o bloquea la adopción de decisiones pueden adquirir derechos de propiedad de bienes inmuebles en las regiones geográficas específicas designadas por el Consejo de Ministros previa obtención de un permiso. |
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CY: Sin consolidar. CZ: Pueden adquirir terrenos agrícolas y forestales las personas físicas y jurídicas extranjeras con residencia permanente en la República Checa. Hay normas específicas para los terrenos agrícolas y forestales de propiedad estatal. DK: Limitaciones a la compra de bienes inmuebles por personas físicas y jurídicas no residentes. Limitaciones a la adquisición de predios agrícolas por personas físicas y jurídicas extranjeras. EE: Sin consolidar por lo que respecta a la adquisición de predios agrícolas y bosques 47 . EL: De conformidad con la Ley n.º 1892/90, los ciudadanos necesitan la autorización del Ministerio de Defensa para adquirir tierras en zonas próximas a las fronteras. Conforme a las prácticas administrativas, la autorización para las inversiones directas se obtiene con facilidad. FI: (Islas Åland): Restricciones al derecho de las personas físicas que no posean la ciudadanía regional de Åland, y de las personas jurídicas, a adquirir y poseer bienes inmuebles en las Islas Åland sin autorización de las autoridades competentes de estas. Restricciones al derecho de establecimiento y de suministro de servicios de las personas físicas que no posean la ciudadanía regional de Åland, y de las personas jurídicas, sin autorización de las autoridades competentes de las islas Åland. |
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HR: Sin consolidar en relación con la adquisición de bienes inmuebles por parte de proveedores de servicios no establecidos e incorporados en Croacia. Está autorizada la adquisición de los bienes inmuebles necesarios para la prestación de servicios por parte de las empresas establecidas e incorporadas en Croacia como personas jurídicas. La adquisición de los bienes inmuebles necesarios para la prestación de servicios por parte de las sucursales necesita la aprobación del Ministerio de Justicia. Las personas físicas o jurídicas extranjeras pueden adquirir terrenos agrícolas. HU: Limitaciones a la adquisición de terrenos y bienes inmuebles por inversores extranjeros 48 . IE: Se requiere el consentimiento previo y otorgado por escrito de la Comisión de Tierras para la adquisición de cualquier participación en la propiedad de tierras en Irlanda por sociedades nacionales o extranjeras o por nacionales extranjeros. Cuando tales tierras se destinen a usos industriales (distintos de la agricultura), este requisito se puede obviar mediante un certificado expedido al efecto por el Ministerio de Empresas, Comercio y Empleo. Esta disposición no se aplica a las tierras situadas dentro de los límites de las ciudades. IT: La compra de bienes inmuebles por personas físicas y jurídicas extranjeras está sujeta a una condición de reciprocidad. LV: Sin consolidar en relación con la adquisición de tierras; autorizado el arrendamiento de tierras por un período no superior a 99 años. LT: Sin consolidar en relación con la adquisición de tierras 49 . |
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MT: Los requisitos de la legislación y la reglamentación de Malta en relación con la adquisición de bienes inmuebles seguirán siendo de aplicación. PL: La adquisición directa o indirecta de bienes inmuebles por extranjeros (personas físicas o jurídicas extranjeras) requiere una autorización. Sin consolidar por lo que se refiere a la adquisición de bienes de propiedad estatal (es decir, la reglamentación que rige el proceso de privatizaciones). RO: Las personas físicas que no tienen la ciudadanía rumana ni residencia en Rumanía, así como las personas jurídicas que no tienen la nacionalidad rumana ni su sede en Rumanía, no pueden adquirir la propiedad de ninguna clase de parcelas mediante actos inter vivos. SI: Las personas jurídicas establecidas en Eslovenia con participación de capital extranjero pueden adquirir bienes inmuebles en territorio esloveno. Las sucursales 50 establecidas en Eslovenia por personas extranjeras solo pueden adquirir los bienes inmobiliarios, excepto terrenos, necesarios para la realización de las actividades económicas para las que se establecen. SK: Rigen limitaciones a la adquisición de inmuebles por personas físicas y jurídicas extranjeras. Las personas jurídicas extranjeras pueden adquirir bienes inmuebles mediante el establecimiento de personas jurídicas eslovacas o la participación en empresas mixtas. Sin consolidar por lo que respecta a la tierra. |
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TODOS LOS SECTORES |
Directores gerentes y auditores AT: Los directores gerentes de sucursales de personas jurídicas deben tener residencia en Austria. Las personas físicas encargadas, en el seno de una persona jurídica o de una sucursal, del cumplimiento de la Ley de Comercio de Austria deben ser residentes en el país. FI: Los extranjeros que se propongan desarrollar una actividad comercial a título de empresarios privados necesitan una licencia de comercio y deben tener residencia permanente en la Unión. Para todos los sectores, excepto los servicios de telecomunicaciones, es aplicable el requisito de residencia y de nacionalidad para el director gerente de una sociedad anónima. En el caso de los servicios de telecomunicaciones, residencia permanente para el director gerente. FR: El director gerente de una actividad industrial, comercial o artesanal, si no es titular de un permiso de residencia, necesita autorización especial. RO: La mayoría de los auditores de las empresas comerciales y de sus suplentes serán ciudadanos rumanos. SE: El director gerente de una persona jurídica o de una sucursal debe residir en Suecia. |
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TODOS LOS SECTORES |
Servicios públicos UE: Las actividades económicas consideradas servicios públicos a nivel nacional o local pueden estar sujetas a monopolio público o a derechos exclusivos otorgados a agentes privados 51 . 52 |
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TODOS LOS SECTORES |
Tipos de establecimiento UE: El trato otorgado a las filiales (de empresas de Singapur) constituidas de conformidad con las leyes de los Estados miembros de la Unión y que tienen su domicilio social, administración central o sede principal en el territorio de la Unión no se extiende a las sucursales o agencias establecidas en los Estados miembros de la Unión por sociedades de Singapur 53 . |
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BG: El establecimiento de sucursales está sujeto a autorización. EE: Al menos la mitad de los miembros de la junta directiva deberán residir en la Unión. FI: Los singapurenses que se propongan desarrollar una actividad comercial en el país como socios de una sociedad personal finlandesa comanditaria o colectiva necesitan una licencia de comercio y deben tener residencia permanente en la Unión. Para todos los sectores, excepto los servicios de telecomunicaciones, se exige la nacionalidad y la residencia al menos para la mitad de los miembros ordinarios y suplentes del órgano de administración. No obstante, pueden concederse excepciones a determinadas empresas. Para los servicios de telecomunicaciones, se exige que la mitad de los fundadores y la mitad de los miembros del órgano de administración tengan la residencia permanente. Si el fundador es una persona jurídica, dicha persona jurídica está también sujeta al requisito de residencia. Las empresas de Singapur que se propongan desarrollar una actividad empresarial o comercial mediante el establecimiento de una sucursal en Finlandia necesitan una licencia de comercio. Las empresas de Singapur o las personas físicas que no sean ciudadanos de la Unión necesitan autorización para ser socios fundadores de sociedades anónimas. IT: El acceso a las actividades industriales, comerciales y artesanales está sujeto a un permiso de residencia y a autorización especial para desarrollar las actividades. |
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BG y PL: La gama de operaciones de una oficina de representación solo podrá abarcar la publicidad y las actividades de promoción de la sociedad matriz extranjera representada por la oficina. PL: Con la excepción de los servicios financieros, sin consolidar por lo que se refiere a las sucursales. Los inversores de Singapur solo pueden emprender y dirigir actividades económicas en forma de sociedad en comandita, sociedad anónima en comandita, sociedad de responsabilidad limitada, y sociedad anónima (en caso de servicios jurídicos solo en forma de sociedad personal y sociedad en comandita). RO: El administrador único o el presidente del órgano de administración, así como la mitad de los administradores de las sociedades mercantiles serán ciudadanos rumanos, a menos que se estipule lo contrario en el contrato de empresa o en sus estatutos. La mayoría de los auditores de las empresas comerciales y de sus suplentes serán ciudadanos rumanos. |
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SE: Las sociedades de Singapur (que no hayan constituido una persona jurídica en Suecia) deben efectuar sus intercambios comerciales a través de una sucursal establecida en Suecia con dirección independiente y contabilidad separada. Las obras de construcción cuya duración sea inferior a un año están exceptuadas del requisito de establecer una sucursal o designar un representante residente. Las sociedades de responsabilidad limitada (o las sociedades anónimas) pueden ser creadas por uno o más fundadores. El fundador o los fundadores deben residir en Suecia o ser entidades jurídicas suecas. Las sociedades colectivas solo pueden ser fundadoras si todos sus socios residen en Suecia. Para el establecimiento de todos los demás tipos de entidades jurídicas rigen condiciones análogas. El 50 %, como mínimo, de los miembros del Consejo de Administración deben residir en Suecia. Los extranjeros o ciudadanos suecos no residentes en Suecia que deseen realizar intercambios comerciales en Suecia deben designar a un representante residente responsable de tales actividades y registrarlo ante la administración local. El requisito de residencia podrá no exigirse si se demuestra que no es necesario en un caso determinado. SK: Las personas físicas de Singapur que hayan de inscribirse en el Registro de Comercio como personas autorizadas para actuar en nombre de un empresario deben presentar el permiso de residencia en Eslovaquia. |
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TODOS LOS SECTORES |
Inversiones DK: El establecimiento de sucursales por parte de sociedades extranjeras fuera de la Unión depende de si el país en cuestión lo ha acordado en un acuerdo internacional. La planificación minorista en Dinamarca está regulada por la Ley de Planificación y contempla criterios de tamaño y emplazamiento de las tiendas de comercio al por menor. La normativa de tamaño y emplazamiento se basa únicamente en cuestiones de medio ambiente. Las empresas extranjeras de venta al por menor, por lo tanto, no necesitan una autorización ni un permiso especial antes de invertir en Dinamarca. ES: La inversión en España por gobiernos extranjeros y entidades públicas extranjeras 54 , ya sea directamente o a través de empresas u otras entidades controladas directa o indirectamente por gobiernos extranjeros, requiere la autorización previa del gobierno. BG: En las empresas donde la parte pública (estatal o municipal) del capital social exceda del 30 %, la transferencia de estas acciones a terceros requiere autorización. Ciertas actividades económicas relacionadas con la explotación o el uso de propiedad estatal o pública están sujetas a las concesiones otorgadas conforme a las disposiciones de la Ley de concesiones. Los inversores extranjeros no pueden participar en privatizaciones. Los inversores extranjeros y las personas jurídicas búlgaras controladas por participaciones de Singapur necesitan autorización para: |
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a) la prospección, el desarrollo o la extracción de recursos naturales del mar territorial, la plataforma continental o la zona económica exclusiva, y b) la adquisición de participaciones de control en empresas dedicadas a cualquiera de las actividades especificadas en la letra a). FR: Las adquisiciones de Singapur que excedan del 33,33 % de las acciones o los derechos de voto de empresas francesas existentes, o del 20 % cuando se trata de sociedades francesas con cotización pública, están sujetas a las siguientes reglamentaciones: – es libre la inversión de menos de 7,6 millones de euros en empresas francesas cuyo volumen de negocio no exceda de 76 millones de euros, después de un plazo de quince días a partir de la notificación previa y de la verificación de tales sumas; – vencido un plazo de un mes después de la notificación previa, se considera tácitamente concedida la autorización para otras inversiones a menos que el Ministerio de Economía, en casos excepcionales, ejerza su derecho de aplazar la inversión. La participación de extranjeros en las empresas recientemente privatizadas puede limitarse a un monto variable, fijado en cada caso por el gobierno de Francia, respecto del capital ofrecido al público. Para establecerse en ciertas actividades comerciales, industriales o artesanales se requiere una autorización especial si el director gerente no es titular de un permiso de residencia permanente. |
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FI: La adquisición por parte de singapurenses de acciones que aseguren más de un tercio de los derechos de voto de una gran compañía o empresa finlandesa (con más de mil empleados o un volumen de negocio superior a 168 millones EUR o un balance total 55 superior a 168 millones EUR) está supeditada a la aprobación de las autoridades finlandesas; la aprobación solo podrá denegarse si están en juego intereses nacionales importantes. Estas limitaciones no se aplican a los servicios de telecomunicaciones. HU: Sin consolidar para la participación de Singapur en empresas recientemente privatizadas. IT: Pueden concederse o mantenerse derechos exclusivos en favor de empresas recientemente privatizadas. El derecho de voto en estas empresas puede restringirse en ciertos casos. Durante un período de cinco años a partir de la entrada en vigor del presente Acuerdo, la adquisición de participaciones importantes en el capital de sociedades que actúan en las esferas de la defensa, los servicios de transporte, las telecomunicaciones y la energía puede estar sujeta a la aprobación de las autoridades competentes. |
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TODOS LOS SECTORES |
Zonas geográficas FI: En las Islas Åland, existen limitaciones al derecho de establecimiento de las personas físicas que no posean la ciudadanía regional de Åland, y de las personas jurídicas, sin autorización de las autoridades competentes de dichas islas. |
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1. AGRICULTURA, GANADERÍA, CAZA Y SILVICULTURA |
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A. Agricultura, ganadería y caza (CIIU Rev. 3.1: 011, 012, 013, 014 y 015) con exclusión de los servicios de asesoría y consulta 56 |
AT, HR, HU, MT, RO y SI: Sin consolidar por lo que se refiere a las actividades agrícolas. CY: Solo se permite la participación de los inversores de Singapur hasta un 49 %. FR: El establecimiento de empresas agrícolas y ganaderas por ciudadanos de Singapur y la adquisición de viñedos por inversores de Singapur están sujetos a autorización. IE: El establecimiento en actividades de molienda seca por parte de residentes de Singapur está sujeto a autorización. |
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B. Silvicultura y explotación forestal (CIIU Rev 3.1:020) con exclusión de los servicios de asesoría y consulta 57 |
BG: Sin consolidar para las actividades de extracción de madera. |
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2. PESCA Y ACUICULTURA (CIIU Rev 3.1: 0501 y 0502) con exclusión de los servicios de asesoría y consulta 58 |
Sin consolidar. |
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3. Explotación de minas y canteras 59 A. Extracción de carbón y lignito; extracción de turba (CIIU Rev 3.1: 10) B. Extracción de petróleo crudo y gas natural 60 (CIIU Rev 3.1: 1110) C. Extracción de minerales metalíferos (CIIU Rev 3.1: 13) D. D. Explotación de otras minas y canteras (CIIU Rev 3.1: 14) |
UE: Sin consolidar para las personas jurídicas controladas 61 por personas físicas o jurídicas de un país no perteneciente a la Unión que represente más de un 5 % de las importaciones de petróleo o gas natural de la Unión Sin consolidar para el establecimiento directo de sucursales (se requiere la constitución). Sin consolidar para la extracción de petróleo crudo y gas natural. |
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4. Industrias manufactureras 62 |
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A. Elaboración de productos alimenticios y bebidas (CIIU Rev 3.1: 15) |
Ninguna |
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B. Elaboración de productos de tabaco (CIIU Rev 3.1: 16) |
Ninguna |
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C. Fabricación de productos textiles (CIIU Rev 3.1: 17) |
Ninguna |
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D. Fabricación de prendas de vestir; adobo y teñido de pieles (CIIU Rev 3.1: 18) |
Ninguna |
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E. Curtido y adobo de cueros; fabricación de maletas, bolsos de mano, artículos de talabartera y guarnicionaría, y calzado (CIIU Rev 3.1: 19) |
Ninguna |
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F. Producción de madera y fabricación de productos de madera y corcho, excepto muebles; fabricación de artículos de paja y de materiales trenzables (CIIU Rev 3.1: 20) |
Ninguna |
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G. Fabricación de papel y de productos de papel (CIIU Rev 3.1: 21) |
Ninguna |
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H. Actividades de edición e impresión y de reproducción de grabaciones 63 (CIIU Rev 3.1: 22, excluidas las actividades de edición e impresión a comisión o por contrato 64 ) |
IT: Requisito de nacionalidad para los propietarios de empresas editoriales y de imprenta HR: Requisito de residencia. |
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I.
Coquerías
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Ninguna |
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J. Fabricación de productos de la refinación del petróleo 65 (CIIU Rev 3.1: 232) |
UE: Sin consolidar para las personas jurídicas controladas 66 por personas físicas o jurídicas de un país no perteneciente a la Unión que represente más de un 5 % de las importaciones de petróleo o gas natural de la Unión Sin consolidar para el establecimiento directo de sucursales (se requiere la constitución). |
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K. Fabricación de sustancias y productos químicos diferentes de los explosivos (CIIU Rev 3.1: 24 excluida la fabricación de explosivos) |
Ninguna |
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L. Fabricación de productos de caucho y plástico (CIIU Rev 3.1: 25) |
Ninguna |
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M. Fabricación de otros productos minerales no metálicos (CIIU Rev 3.1: 26) |
Ninguna |
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N. Fabricación de metales comunes (CIIU Rev 3.1: 27) |
Ninguna |
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O. Fabricación de productos elaborados de metal, excepto maquinaria y equipo (CIIU Rev 3.1: 28) |
Ninguna |
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P. Fabricación de maquinaria |
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a) Fabricación de maquinaria de uso general (CIIU Rev 3.1: 291) |
Ninguna |
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b) Fabricación de maquinaria para usos especiales excepto armas y municiones (CIIU Rev 3.1: 2921, 2922, 2923, 2924, 2925, 2926 y 2929) |
Ninguna |
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c) Fabricación de aparatos domésticos n.c.o.p. (CIIU Rev 3.1: 293) |
Ninguna |
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d) Fabricación de maquinaria de oficina, contabilidad e informática (CIIU Rev 3.1: 30) |
Ninguna |
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e) Fabricación de maquinaria y aparatos eléctricos n.c.o.p. (CIIU Rev 3.1: 31) |
Ninguna |
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f) Fabricación de equipo y aparatos de radio, televisión y comunicaciones (CIIU Rev 3.1: 32) |
Ninguna |
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Q. Fabricación de instrumentos médicos, ópticos y de precisión y fabricación de relojes (CIIU Rev 3.1: 33) |
Ninguna |
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R. Fabricación de vehículos automotores, remolques y semirremolques (CIIU Rev 3.1: 34) |
Ninguna |
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S. Fabricación de otros tipos de equipo de transporte (no militar) (CIIU Rev 3.1: 35 excluida la fabricación de buques de guerra, aviones de combate y demás equipos de transporte para uso militar) |
Ninguna |
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T. Fabricación de muebles; industrias manufactureras n.c.o.p.(CIIU Rev 3.1: 361 y 369) |
Ninguna |
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U. Reciclado (CIIU Rev 3.1: 37) |
Ninguna |
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5. PRODUCCIÓN, TRANSMISIÓN Y DISTRIBUCIÓN POR CUENTA PROPIA DE ELECTRICIDAD, GAS, VAPOR Y AGUA CALIENTE 67 (excluida la generación de energía eléctrica de origen nuclear) |
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A. Generación de energía eléctrica; transmisión y distribución de electricidad por cuenta propia (parte de CIIU Rev 3.1: 4010) 68 |
UE: Sin consolidar. |
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B. Producción de vapor y agua caliente; distribución de vapor y agua caliente por cuenta propia (parte de CIIU Rev 3.1: 4020) 69 |
UE: Sin consolidar. |
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C. Producción de vapor y agua caliente; distribución de vapor y agua caliente por cuenta propia (parte de CIIU Rev. 3.1: 4030) 70 |
UE: Sin consolidar para las personas jurídicas controladas 71 por personas físicas o jurídicas de un país no perteneciente a la Unión que represente más de un 5 % de las importaciones de petróleo o gas natural de la Unión. Sin consolidar para el establecimiento directo de sucursales (se requiere la constitución). |
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6. SERVICIOS PRESTADOS A LAS EMPRESAS |
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A. Servicios profesionales |
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AT: La participación de abogados singapurenses (que deberán estar plenamente facultados para ejercer en Singapur) en el capital social y en los beneficios de explotación de un despacho de abogados no podrá ser superior al 25 %. Tampoco podrán tener una influencia decisiva en la toma de decisiones. |
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(con exclusión de los servicios de asesoría, documentación y certificación jurídicos prestados por juristas a los que se encomiendan funciones públicas, como notarios, huissiers de justice u officiers publics et ministériels) |
BE: Se aplican cuotas para la representación ante la Cour de Cassation en causas no penales. FR: El acceso de los abogados a la profesión de avocat auprès de la Cour de Cassation y avocat auprès du Conseil d’Etat está sometido a cuotas. DK: Solo pueden poseer participación en las sociedades de asesoramiento jurídico de Dinamarca los abogados con autorización de Dinamarca para el ejercicio profesional. Solo pueden formar parte del consejo de administración o del personal directivo de una sociedad de servicios jurídicos de Dinamarca los abogados con autorización de Dinamarca para el ejercicio profesional. Se debe aprobar un examen sobre el Derecho danés para obtener la autorización de Dinamarca para el ejercicio profesional. FR: Determinados tipos de forma jurídica (association d'avocats y société en participation d'avocat) están reservados para los abogados plenamente admitidos en el Colegio de Abogados de Francia. En un despacho de abogados que suministre servicios con respecto al Derecho francés o de la Unión, al menos un 75 % de socios que representen un 75 % de las acciones deberán ser abogados plenamente admitidos en el Colegio de Abogados de Francia. HR: Solo pueden representar a las partes ante los órganos jurisdiccionales los miembros del Colegio de Abogados de Croacia (odvjetnici). Requisito de ciudadanía para la adhesión al Colegio de Abogados. HU: La presencia comercial debe adoptar la forma de asociación con un abogado húngaro (ügyvéd) o un bufete de abogados (ügyvédi iroda) o una oficina de representación. |
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PL: Aunque los abogados de la Unión disponen de otros tipos de forma jurídica, los abogados extranjeros solo tienen acceso a formas jurídicas de sociedad personal y sociedad comanditaria. |
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b) 1. Servicios de contabilidad y teneduría de libros CCP 86212 excepto «servicios de auditoría», CCP 86213, CCP 86219 y CCP 86220) |
AT: La participación de contables singapurenses (que deberán tener autorización de conformidad con las leyes de Singapur) en el capital social y en los beneficios de explotación de una entidad jurídica austriaca no podrá ser superior al 25 %, si no son miembros del Colegio Profesional de Austria. CY: El acceso está sujeto a una prueba de necesidades económicas. Criterios principales: situación del empleo en el subsector. DK: Para asociarse con contables autorizados de Dinamarca, los contables extranjeros deben obtener la autorización del Organismo de Comercio y Sociedades Comerciales de Dinamarca. |
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b) 2. Servicios de auditoría (CCP 86211 y 86212, salvo los servicios de contabilidad) |
AT: La participación de auditores singapurenses (que deberán tener autorización de conformidad con el Derecho de Singapur) en el capital social y en los beneficios de explotación de una entidad jurídica austriaca no podrá ser superior al 25 %, si no son miembros del Colegio Profesional de Austria. CY: El acceso está sujeto a una prueba de necesidades económicas. Criterios principales: situación del empleo en el subsector. CZ y SK: Al menos el 60 % de las acciones de capital o del derecho de voto está reservado a nacionales. DK: Para asociarse con contables autorizados de Dinamarca, los contables extranjeros deben obtener la autorización del Organismo de Comercio y Sociedades Comerciales de Dinamarca. |
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HR: Ninguna, salvo que las auditorías solo pueden ser llevadas a cabo por personas jurídicas. LV: En una sociedad comercial de auditores jurados, más del 50 % de acciones de capital con derecho a voto deberán ser propiedad de auditores jurados o sociedades comerciales de auditores jurados de la Unión. LT: Como mínimo, el 75 % de las acciones debe pertenecer a auditores o empresas de auditoría de la Unión. SE: Solo los auditores autorizados en Suecia pueden prestar servicios de auditoría legal en determinadas entidades jurídicas, como las sociedades de responsabilidad limitada, entre otras. Solo esas personas pueden ser accionistas y constituir sociedades colectivas para el ejercicio cualificado de la auditoría (con fines oficiales). Solo los auditores aprobados o autorizados en Suecia podrán utilizar los títulos de «auditor aprobado» y «auditor autorizado» y los auditores de asociaciones económicas cooperativas otras empresas determinadas que no sean contables certificados o aprobados deberán ser residentes en el Espacio Económico Europeo, a no ser que el gobierno o un organismo público designado por el gobierno en un caso aparte establezca otra cosa. Se requiere la residencia para la aprobación. |
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c) Servicios de asesoramiento tributario (CCP 863) 74 |
AT: La participación en el capital social de una entidad jurídica austriaca de los asesores fiscales singapurenses (quienes deberán tener autorización de conformidad con las leyes de Singapur) en el capital social y en los beneficios de explotación de una entidad jurídica austriaca no podrá ser superior al 25 %. Esta limitación rige únicamente para los profesionales que no sean miembros del colegio profesional de Austria. CY: El acceso está sujeto a una prueba de necesidades económicas. Criterios principales: situación del empleo en el subsector. |
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d) Servicios de arquitectura y e) Servicios de planificación urbana y de arquitectura paisajista (CCP 8671 y CCP 8674) |
BG: Para proyectos de importancia nacional o regional, los inversores singapurenses deberán actuar en asociación o como subcontratistas de los inversores locales. LV: En relación con los servicios de arquitectura, son necesarios tres años de práctica de proyectista en Letonia y título universitario para recibir la licencia que habilita a intervenir en las correspondientes actividades con la plena responsabilidad jurídica y los derechos necesarios para firmar un proyecto. FR: Solo pueden prestarse servicios a través de una SEL (sociedad anónima, de responsabilidad limitada o comanditaria por acciones) o SCP. |
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f) Servicios de ingeniería y g) Servicios integrados de ingeniería (CCP 8672 y CCP 8673) |
BG: Para proyectos de importancia nacional o regional, los inversores singapurenses deberán actuar en asociación o como subcontratistas de los inversores locales. |
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h) Servicios médicos (incluidos los psicólogos) y dentales (CCP 9312 y parte de CCP 85201) |
CY, EE, FI y MT: Sin consolidar. AT: Sin consolidar, salvo en el caso de los servicios dentales y de los psicólogos y psicoterapeutas, y ninguna por lo que respecta a los servicios dentales y a los psicólogos y psicoterapeutas. DE: Prueba de necesidades económicas para los médicos y dentistas autorizados a atender a los afiliados de sistemas públicos de seguros. Criterios principales: la escasez de médicos y dentistas en la región en cuestión. FR: Aunque los inversores de la Unión disponen de otros tipos de forma jurídica, los inversores singapurenses solo tienen acceso a formas jurídicas de société d'exercice libéral y société civile professionnelle. HR: Todas las personas que presten servicios directamente a pacientes o traten a pacientes necesitan una licencia de la cámara profesional. LV: Prueba de necesidades económicas. Criterios principales: la escasez de médicos y dentistas en la región en cuestión. |
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BG y LT: El suministro del servicio está sujeto a una autorización basada en un plan de servicios de salud establecido en función de las necesidades, teniendo en cuenta la población y los servicios médicos y dentales ya existentes. SI: Sin consolidar para los servicios de medicina social, sanidad, epidemiología y médicos/ecológicos; suministro de sangre, preparados de sangre y trasplantes y autopsias. UK: El establecimiento de médicos del Servicio Nacional de Salud está sujeto a la planificación de los recursos humanos profesionales. |
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i) Servicios de veterinaria (CCP 932) |
AT, CY, EE, MT y SI: Sin consolidar. BG: Prueba de necesidades económicas. Criterios principales: población y densidad de las empresas existentes. HU: Prueba de necesidades económicas. Criterios principales: condiciones del mercado de trabajo en el sector. FR: Suministro a través de una société d’exercice libérale o una société civile professionnelle únicamente. PL: Los extranjeros pueden solicitar permiso para ejercer. |
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j) 1. Servicios proporcionados por parteras (parte de CCP 93191) |
BG, CZ, FI, HU, MT, SI y SK: Sin consolidar. FR: Aunque los inversores de la Unión disponen de otros tipos de forma jurídica, los inversores singapurenses solo tienen acceso a formas jurídicas de société d'exercice libéral y société civile professionnelle. LT: Se podrá solicitar una prueba de necesidades económicas. Criterios principales: situación del empleo en el subsector. HR: Todas las personas que presten servicios directamente a pacientes o traten a pacientes necesitan una licencia de la cámara profesional. |
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j) 2. Servicios prestados por enfermeros, fisioterapeutas y personal paramédico (parte de CCP 93191) |
AT: Solo se permiten inversores extranjeros en las actividades siguientes: enfermeros, fisioterapeutas, profesionales de la terapia ocupacional, logoterapeutas y especialistas en dietética y nutrición. BG y MT: Sin consolidar. FI y SI: Sin consolidar para fisioterapeutas y personal paramédico. FR: Aunque los inversores de la Unión disponen de otros tipos de forma jurídica, los inversores singapurenses solo tienen acceso a formas jurídicas de société d'exercice libéral y société civile professionnelle. |
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LT: Se podrá solicitar una prueba de necesidades económicas. Criterios principales: situación del empleo en el subsector. LV: Prueba de necesidades económicas para fisioterapeutas y personal paramédico extranjeros. Criterios principales: situación del empleo en la región en cuestión. HR: Todas las personas que presten servicios directamente a pacientes o traten a pacientes necesitan una licencia de la cámara profesional. |
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k) Venta al por menor de productos farmacéuticos, médicos y ortopédicos (CCP 63211) y otros servicios prestados por farmacéuticos 75 |
AT, BG, CY, FI, MT, PL, RO, SE y SI: Sin consolidar. BE, DE, DK, EE, ES, FR, IT, HR, HU, IE, LV, PT y SK: La autorización está sujeta a una prueba de necesidades económicas. Criterios principales: población y densidad geográfica de las farmacias existentes. |
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B. Servicios de informática y servicios conexos (CCP 84) |
Ninguna |
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C. Servicios de Investigación y Desarrollo 76 |
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a) Servicios de I+D de las ciencias naturales (CCP 851) |
UE: Para los servicios de I+D financiados con fondos públicos, solo pueden concederse derechos exclusivos o autorizaciones a los nacionales de los Estados miembros de la Unión y a las personas jurídicas de la Unión que tengan su sede principal en la Unión. |
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b) Servicios de I+D de las ciencias sociales y las humanidades (CCP 852, excepto para los servicios psicológicos) 77 |
Ninguna |
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c) Servicios interdisciplinarios de I+D (CCP 853) |
UE: Para los servicios de I+D financiados con fondos públicos, solo pueden concederse derechos exclusivos o autorizaciones a los nacionales de los Estados miembros de la Unión y a las personas jurídicas de la Unión que tengan su sede principal en la Unión. |
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D. Servicios inmobiliarios 78 |
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a) Relativos a bienes raíces propios o arrendados (CCP 821) |
Ninguna, excepto DK: El título de «agente inmobiliario» solo podrá ser utilizado por quienes hayan sido admitidos en el registro de agentes inmobiliarios. En la sección 25, apartado 2, de la Ley sobre la venta de bienes inmuebles, se establecen los requisitos necesarios para ser admitido en el registro. Entre otras cosas, dicha Ley exige que el solicitante sea residente en Dinamarca o en la Unión, el Espacio Económico Europeo o Suiza. Además, deberán tenerse en cuenta algunos requisitos de conocimientos teóricos y prácticos, tal como se establece en las directrices de la Autoridad Danesa de Empresa y Construcción. La Ley sobre la venta de bienes inmuebles solo es aplicable cuando se trate de consumidores daneses. Podrá ser aplicable otra legislación relativa al acceso de los extranjeros a la compra y la venta de bienes inmuebles en Dinamarca, como los requisitos de residencia. |
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b) A comisión o por contrato (CCP 822) |
Ninguna |
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E. Servicios de arrendamiento o alquiler sin operarios |
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a) De buques (CCP 83103) |
AT, BE, BG, CY, CZ, DE, DK, ES, EE, FI, FR, EL, HU, IE, IT, LT, LU, LV, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SI, SE y UK: Sin consolidar por lo que se refiere al establecimiento de una empresa registrada con el fin de explotar una flota bajo el pabellón nacional del Estado de establecimiento. LT: Las embarcaciones deben ser propiedad de personas físicas lituanas o de compañías establecidas en Lituania. SE: Cuando exista participación singapurense en la propiedad de una embarcación, debe acreditarse que existe influencia sueca predominante para que pueda enarbolarse el pabellón de Suecia. |
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b) De aeronaves (CCP 83104) |
UE: Las aeronaves utilizadas por compañías aéreas de la Unión deben estar registradas en el Estado miembro de la Unión que haya otorgado la autorización a la compañía o en otro lugar de la Unión. La aeronave debe ser propiedad de personas físicas que cumplan determinados requisitos en materia de nacionalidad o de personas jurídicas que cumplan determinadas condiciones respecto de la propiedad del capital y el control (incluida la nacionalidad de los directores). Pueden otorgarse exoneraciones para contratos de arrendamiento de corto plazo o en casos excepcionales. |
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c) De otros medios de transporte (CCP 83101, CCP 83102 y CCP 83105) |
Ninguna |
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d) De otro tipo de maquinaria y equipo (CCP 83106, CCP 83107, CCP 83108 y CCP 83109) |
Ninguna |
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e) De efectos personales y enseres domésticos (CCP 832) |
Ninguna, excepto: BE y FR: Sin consolidar para CCP 83202. |
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f) Arrendamiento de equipos de telecomunicaciones (CCP 7541) |
Ninguna |
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F. Otros servicios prestados a las empresas |
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a) Publicidad (CCP 871) |
Ninguna |
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b) Investigación de mercado y encuestas de la opinión pública (CCP 864) |
Ninguna |
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c) Servicios de consultores en administración (CCP 865) |
Ninguna |
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d) Servicios relacionados con los de los consultores en administración (CCP 866) |
HU: Sin consolidar para los servicios de arbitraje y conciliación (CCP 86602). |
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e) Servicios de ensayos y análisis técnicos 79 (CCP 8676) |
Ninguna, excepto SK: Sin establecimiento directo de sucursales (se requiere la constitución). |
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f) Servicios de asesoramiento y consultoría relacionados con la agricultura, la caza y la silvicultura (parte de CCP 881) |
Ninguna |
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g) Servicios de asesoramiento y consultoría relacionados con la pesca (parte de CCP 882) |
Ninguna |
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h) Servicios de asesoramiento y consultoría relacionados con las manufacturas (parte de CCP 884 y parte de CCP 885) |
Ninguna |
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i) Servicios de colocación y suministro de personal |
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i) 1. Búsqueda de personal ejecutivo (CCP 87201) |
BG, CY, CZ, DE, EE, FI, HR, LV, LT, MT, PL, PT, RO, SK y SI: Sin consolidar. ES: Monopolio del Estado. |
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i) 2. Servicios de colocación (CCP 87202) |
AT, BG, CY, CZ, EE, FI, HR, LV, LT, MT, PL, PT, RO y SK: Sin consolidar. BE, ES, FR e IT: Monopolio del Estado. DE: La autorización está sujeta a una prueba de necesidades económicas. Criterios principales: situación y evolución del mercado laboral. |
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i) 3. Servicios de colocación de personal de apoyo para oficinas (CCP 87203) |
AT, BG, CY, CZ, DE, EE, FI, HR, LV, LT, MT, PL, PT, RO, SK y SI: Sin consolidar. IT: Monopolio del Estado. |
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i) 4. Servicios de agencias de modelos (parte de CCP 87209) |
Ninguna |
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i) 5. Servicios de colocación de personal doméstico, de otros trabajadores para la industria o el comercio, de personal de enfermería y de otro tipo de personal (CCP 87204, 87205, 87206 y 87209) |
Todos los Estados miembros excepto HU: Sin consolidar. HU: Ninguna |
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j) 1. Servicios de investigación (CCP 87301) |
BE, BG, CY, CZ, DE, ES, EE, FR, EL, HR, HU, IE, IT, LV, LT, LU, MT, NL, PL, PT, RO, SK y SI: Sin consolidar. |
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j) 2. Servicios de seguridad (CCP 87302, CCP 87303, CCP 87304 y CCP 87305) |
DK: Requisitos de residencia y nacionalidad para los miembros del órgano de administración. Sin consolidar para el suministro de servicios de guardia de aeropuertos. HR: Sin consolidar. BG, CY, CZ, EE, FI, LV, LT, MT, PL, RO, SI y SK: La licencia podrá concederse únicamente a los nacionales y a las organizaciones nacionales registradas. ES: El acceso está sujeto a autorización previa. Al otorgarla, el Consejo de Ministros tiene en cuenta condiciones tales como la competencia, la integridad profesional e independencia y la conveniencia de la protección suministrada para la seguridad de la población y el orden público. |
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k) Servicios conexos de consultores en ciencia y tecnología 80 (CCP 8675) |
FR: Se exige a los inversores extranjeros una autorización específica para los servicios de exploración y prospección. |
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l) 1. Mantenimiento y reparación de embarcaciones (parte de CCP 8868) |
Ninguna |
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l) 2. Mantenimiento y reparación de equipo de transporte por ferrocarril (parte de CCP 8868) |
LV: Monopolio del Estado. SE: Se aplica una prueba de necesidades económicas en caso de que un inversor pretenda establecer la infraestructura de sus propias terminales. Criterios principales: limitaciones de espacio y capacidad. |
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l) 3. Mantenimiento y reparación de vehículos de motor, motocicletas, vehículos para la nieve y equipo de transporte por carretera (CCP 6112, CCP 6122, parte de CCP 8867 y parte de CCP 8868) |
SE: Se aplica una prueba de necesidades económicas en caso de que un inversor pretenda establecer la infraestructura de sus propias terminales. Criterios principales: limitaciones de espacio y capacidad. |
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l) 4. Mantenimiento y reparación de aeronaves y sus partes (parte de CCP 8868) |
Ninguna |
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l) 5. Servicios de mantenimiento y reparación de productos de metal, de maquinaria (que no sea para oficina), de equipos (que no sean para oficina ni para transporte) y de enseres domésticos y personales 81 (CCP 633, CCP 7545, CCP 8861, CCP 8862, CCP 8864, CCP 8865 y CCP 8866) |
Ninguna |
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m) Servicios de limpieza de edificios (CCP 874) |
Ninguna |
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n) Servicios fotográficos (CCP 875) |
Ninguna |
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o) Servicios de empaque (CCP 876) |
Ninguna |
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p) Servicios editoriales y de imprenta (CCP 88442) |
LT y LV: Solo se otorgan derechos de establecimiento en el sector de servicios editoriales a personas jurídicas constituidas en esos países (no sucursales). PL: Requisito de nacionalidad para el editor jefe de periódicos y diarios. HR: Requisitos de residencia para los editores y la junta editorial. |
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q) Servicios prestados con ocasión de asambleas o convenciones (parte de CCP 87909) |
Ninguna |
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r) 1. Servicios de traducción e interpretación (CCP 87905) |
DK: Sin consolidar. PL: Sin consolidar para el suministro de servicios de interpretación jurada. BG, HU y SK: Sin consolidar para la traducción e interpretación oficiales. HR: Sin consolidar para servicios de traducción e interpretación para o ante los tribunales croatas. |
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r) 2. Servicios de decoración de interiores y otros servicios especializados de diseño (CCP 87907) |
Ninguna |
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r) 3. Servicios de agencias de cobranza (CCP 87902) |
IT y PT: Requisito de nacionalidad para inversores. DK: Los servicios de agencias de cobro de deudas se rigen por la Ley n.º 319, de 14 de mayo de 1997, relativa al cobro de deudas (con sus modificaciones posteriores). Dicha Ley contiene una serie de requisitos para los servicios de cobro de deudas en Dinamarca. En particular, la Ley establece normas para la autorización del agente de cobros y la aprobación del personal participante en el cobro de deudas, así como disposiciones relativas al cobro de deudas y a la revocación de la autorización del agente de cobros. |
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r) 4. Servicios de información crediticia (CCP 87901) |
BE: Requisito de nacionalidad en el caso de bancos de datos sobre préstamos personales. IT y PT: Requisito de nacionalidad para inversores. |
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r) 5. Servicios de copia y reproducción (CCP 87904) 82 |
Ninguna |
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r) 6. Servicios de asesoramiento relacionados con las telecomunicaciones (CCP 7544) |
Ninguna |
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r) 7. Servicios de contestación de llamadas telefónicas (CCP 87903) |
Ninguna |
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7. SERVICIOS DE COMUNICACIONES |
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A. Servicios postales y de correos (Servicios relativos al despacho 83 de objetos de correspondencia 84 con arreglo a la siguiente lista de subsectores, para destinos nacionales o extranjeros: i) Despacho de comunicaciones escritas con destinatario específico en cualquier tipo de medio físico 85 , incluidos el servicio postal híbrido y la publicidad directa; ii) Despacho de paquetes y bultos con destinatario específico 86 ; |
Ninguna |
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iii) Despacho de productos periodísticos con destinatario específico 87 ; iv) Despacho de los objetos mencionados en los incisos i) a iii) como correo certificado o asegurado; v) Servicios de envío urgentes 88 de los objetos mencionados en los incisos i) a iii); vi) Despacho de objetos sin destinatario específico; y vii) Intercambio de documentos 89 . |
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Los subsectores i), iv) y v) pueden quedar, sin embargo, excluidos cuando entran en el ámbito de los servicios que pueden quedar reservados a los objetos de correspondencia cuyo precio es inferior al quíntuplo de la tarifa pública básica, siempre que tengan un peso inferior a 100 gramos 90 , y al servicio de correo certificado utilizado en los procedimientos judiciales o administrativos. (parte de CCP 751, parte de CCP 71235 91 y parte de CCP 73210 92 ) |
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B. Servicios de telecomunicaciones Estos servicios no engloban la actividad económica consistente en el suministro del contenido que necesitan los servicios de telecomunicaciones para su transporte. |
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a) Todos los servicios que consisten en la transmisión y recepción de señales a través de cualquier medio electromagnético 93 , con exclusión de la difusión 94 |
Ninguna 95 |
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8. SERVICIOS DE CONSTRUCCIÓN Y SERVICIOS DE INGENIERÍA CONEXOS (CCP 511, CCP 512, CCP 513, CCP 514, CCP 515, CCP 516, CCP 517 y CCP 518) |
Ninguna |
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9. SERVICIOS DE DISTRIBUCIÓN (excluida la distribución de armas, municiones, explosivos y demás material de guerra) Todos los subsectores mencionados a continuación 96 |
AT: Sin consolidar para la distribución de artículos pirotécnicos, artículos inflamables, dispositivos de explosión y sustancias tóxicas. En el caso de la distribución de productos farmacéuticos y del tabaco, solo pueden concederse derechos exclusivos o autorizaciones a los nacionales de los Estados miembros de la Unión y a las personas jurídicas de la Unión que tengan su sede principal en la Unión. FI: Sin consolidar para la distribución de bebidas alcohólicas y productos farmacéuticos. HR: Sin consolidar para la distribución de productos derivados del tabaco. |
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A. Servicios de comisionistas |
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a) Servicios de comisionistas de vehículos de motor, motocicletas y vehículos para la nieve y sus partes y accesorios (parte de CCP 61111, parte de CCP 6113 y parte de CCP 6121) |
Ninguna |
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b) Otros servicios de comisionistas (CCP 621) |
Ninguna |
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B. Servicios comerciales al por mayor |
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a) Servicios comerciales al por mayor de vehículos de motor, motocicletas y vehículos para la nieve y sus partes y accesorios (parte de CCP 61111, parte de CCP 6113 y parte de CCP 6121) |
Ninguna |
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b) Servicios comerciales al por mayor de equipos terminales de telecomunicación (parte de CCP 7542) |
Ninguna |
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c) Otros servicios comerciales al por mayor (CCP 622, excluidos los servicios comerciales al por mayor de productos energéticos 97 ) |
FR e IT: Monopolio estatal del tabaco. FR: La autorización de farmacias al por mayor está sujeta a una prueba de necesidades económicas. Criterios principales: población y densidad de las farmacias existentes. |
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C. Servicios comerciales al por menor 98 Servicios comerciales al por menor de vehículos de motor, motocicletas y vehículos para la nieve y sus partes y accesorios (CCP 61112, parte de CCP 6113 y parte de CCP 6121) Servicios comerciales al por menor de equipos terminales de telecomunicación (parte de CCP 7542) |
ES, FR e IT: Monopolio estatal del tabaco. BE, BG, DK, FR, IT, MT y PT: La autorización para grandes almacenes (en el caso de FR, solo para comercios de especial volumen) está sujeta a una prueba de necesidades económicas. Criterios principales: el número de comercios ya existentes y el efecto sobre ellos, la densidad de población, la distribución geográfica, los efectos sobre las condiciones del tráfico y la creación de nuevos empleos. IE y SE: Sin consolidar para la venta de bebidas alcohólicas al por menor. |
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Servicios comerciales al por menor de productos alimenticios (CCP 631) Servicios comerciales al por menor de otros productos (no energéticos), excepto de productos farmacéuticos, médicos y ortopédicos 99 (CCP 632, excluidos CCP 63211 y CCP 63297) |
SE: La autorización respecto del comercio temporal de prendas de vestir, calzado y productos alimenticios que no se consumen en el lugar de su venta puede estar sujeta a una prueba de necesidades económicas. Criterios principales: efectos sobre los comercios ya existentes en la zona geográfica en cuestión. |
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D. Servicios de franquicia (CCP 8929) |
Ninguna |
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10. SERVICIOS DE ENSEÑANZA (servicios de financiación privada únicamente) |
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A. Servicios de enseñanza primaria (CCP 921) B. Servicios de enseñanza secundaria (CCP 922) C. Servicios de enseñanza superior (CCP 923) D. Servicios de enseñanza para adultos (CCP 924) |
UE: La participación de agentes privados en la red educativa está sujeta a concesión. AT: Sin consolidar para los servicios de enseñanza superior y de enseñanza para adultos mediante emisiones radiofónicas o televisivas. BG: Sin consolidar para los servicios de enseñanza primaria o secundaria por personas físicas extranjeras y asociaciones extranjeras y para los servicios de enseñanza superior. |
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CZ y SK: Requisito de nacionalidad para la mayoría de los miembros del órgano de administración. Sin consolidar para los servicios de enseñanza superior excepto en el caso de los servicios de enseñanza técnica y profesional postsecundaria (CCP 92310). CY, FI, MT, RO y SE: Sin consolidar. EL: Requisito de nacionalidad para la mayoría de los miembros del órgano de administración de las escuelas primarias y secundarias. Sin consolidar para los establecimientos de enseñanza superior que otorgan títulos oficiales reconocidos. ES e IT: Prueba de necesidades económicas para la apertura de universidades privadas autorizadas a expedir títulos o grados reconocidos. El trámite pertinente incluye una consulta del Parlamento. Criterios principales: población y densidad de los establecimientos existentes. HR: Sin consolidar para los servicios de enseñanza primaria (CCP 921). Para los servicios de enseñanza secundaria: Ninguna para las personas jurídicas. HU y SK: Las autoridades locales encargadas de conceder licencias pueden limitar la cantidad de escuelas establecidas (o las autoridades centrales en el caso de las escuelas secundarias y de otros establecimientos de enseñanza superior). |
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LV: Sin consolidar para los servicios de enseñanza relativos a los servicios de enseñanza técnica y profesional de tipo escolar para estudiantes con discapacidad (CCP 9224). SI: Sin consolidar para las escuelas primarias. Requisito de nacionalidad para la mayoría de los miembros del órgano de administración de las escuelas secundarias. |
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E. Otros servicios de enseñanza (CCP 929) |
AT, BE, BG, CY, DE, DK, ES, EE, FI, FR, EL, HU, IE, IT, LV, LT, LU, MT, NL, PL, PT, RO, SI, SE y UK: Sin consolidar. CZ y SK: La participación de agentes privados en la red educativa está sujeta a concesión. Requisito de nacionalidad para la mayoría de los miembros del órgano de administración. |
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11. SERVICIOS RELACIONADOS CON EL MEDIO AMBIENTE 100 A. Servicios de alcantarillado (CCP 9401) 101 B. Gestión de residuos sólidos peligrosos, excluido el transporte transfronterizo de residuos peligrosos a) Servicios de eliminación de desperdicios (CCP 9402) |
Ninguna |
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b) Servicios de saneamiento y servicios similares (CCP 9403) C. Protección del aire ambiental y del clima (CCP 9404) 102 D. Recuperación y limpieza de suelos y aguas a) Tratamiento y recuperación de suelos y aguas contaminadas (parte de CCP 9406) 103 E. Disminución del ruido y de la vibración (CCP 9405) F. Protección de la biodiversidad y del paisaje a) Servicios de protección de la naturaleza y el paisaje (parte de CCP 9406) G. Otros servicios ambientales y auxiliares (CCP 9409) |
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12. SERVICIOS FINANCIEROS |
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A. Servicios de seguros y relacionados con los seguros |
AT: Se denegará la licencia para el establecimiento de sucursales de aseguradores singapurenses si el asegurador no tiene, en Singapur, una forma jurídica que corresponda o sea comparable a una sociedad anónima o a una mutua de seguros. BG y ES: Antes de establecer una sucursal o agencia en Bulgaria o España para suministrar ciertas clases de seguros, el asegurador singapurense debe haber recibido autorización para actuar en las mismas clases de seguros en Singapur por un mínimo de cinco años. EL: El derecho de establecimiento no comprende la creación de oficinas de representación ni otra presencia permanente de las compañías de seguros, salvo cuando esas oficinas se establezcan como agencias, sucursales o casas centrales. FI: Al menos la mitad de los promotores y los miembros del órgano de administración y de la junta de supervisión de la compañía de seguros deben tener su lugar de residencia en la Unión, salvo si las autoridades competentes han concedido una exención. Los aseguradores singapurenses no pueden obtener una licencia como sucursal en Finlandia para proporcionar fondos de pensiones de afiliación obligatoria. IT: La autorización para el establecimiento de sucursales de compañías de seguros está sujeta en última instancia a la evaluación de las autoridades de supervisión. |
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BG y PL: Para la intermediación de seguros se exige que la sociedad esté constituida en el país (no sucursales). PT: Para establecer una sucursal en Portugal, las compañías de seguros singapurenses deben acreditar una experiencia previa de actividad de cinco años como mínimo. No se permite el establecimiento directo de sucursales para actividades de intermediación de seguros, que están reservadas a sociedades constituidas de conformidad con la legislación de un Estado miembro de la Unión. SK: Los nacionales singapurenses pueden establecer compañías de seguros en forma de sociedades anónimas o llevar a cabo actividades de seguros por mediación de sus filiales con domicilio social en Eslovaquia (no sucursales). SI: Los inversores extranjeros no pueden participar en compañías de seguros objeto de privatización. Solo pueden ser miembros de la institución de seguros mutuos las compañías establecidas en Eslovenia (no sucursales) y las personas físicas nacionales. Para prestar servicios de consultoría y liquidación de siniestros, se requiere la constitución como entidad jurídica (no sucursales). SE: Las empresas de intermediación en materia de seguros no constituidas en Suecia solo pueden establecerse a través de una sucursal. |
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B. Servicios bancarios y otros servicios financieros (excluidos los seguros) |
UE: Solo las empresas con domicilio social en la Unión pueden actuar como depositarias de los activos de los fondos de inversión. Se requiere el establecimiento de una empresa de gestión especializada que tenga su sede central y su domicilio social en el mismo Estado miembro de la Unión para desempeñar las actividades de gestión de fondos comunes, de inversión o sociedades de inversión. BG: Los fondos de pensiones se aplicarán mediante la participación en compañías de seguros de fondos de pensiones constituidas (no sucursales). El presidente de la junta directiva y el presidente del órgano de administración deberán residir de forma permanente en Bulgaria. CY: Únicamente los miembros (corredores) de la Bolsa de Valores de Chipre pueden emprender operaciones relacionadas con el corretaje de valores en Chipre. Una sociedad de corretaje solo puede registrarse como miembro de la Bolsa de Chipre si ha sido constituida y registrada de conformidad con la Ley de Sociedades de Chipre (no sucursales). HR: Ninguna, excepto para los servicios de pago y compensación, para los que la Agencia Depositaria Central (CDA) es el único proveedor en Croacia. Se concederá acceso a los servicios de la CDA a los no residentes de forma no discriminatoria. |
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HU: No se permite que las sucursales de entidades financieras extranjeras presten servicios de administración de activos para fondos de pensiones privados o de gestión del capital riesgo. Las juntas directivas de las instituciones financieras estarán constituidas al menos por dos miembros con ciudadanía húngara y residentes en Hungría, con arreglo a la reglamentación pertinente en materia cambiaria, que hayan tenido residencia permanente en Hungría durante al menos un año. IE: En el caso de los programas de inversión colectiva que adopten la forma de sociedades inversionistas por obligaciones o de sociedades de capital variable (distintas de los organismos de inversión colectiva en valores mobiliarios, OICVM), el fideicomisario/depositario y la sociedad de gestión deben estar constituidos en Irlanda o en otro Estado miembro de la Unión (no sucursales). En el caso de las sociedades de inversión en comandita simple, por lo menos un socio colectivo debe estar registrado en Irlanda. Para ser miembro de una bolsa de valores en Irlanda, una entidad debe: a) estar autorizada en Irlanda, para lo que se requiere que esté constituida como sociedad anónima o que sea una sociedad colectiva, en todos los casos con oficina principal / domicilio social en Irlanda, o b) estar autorizada en otro Estado miembro de la Unión de conformidad con la Directiva de la Unión relativa a los servicios de inversión. |
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IT: Con objeto de recibir autorización para administrar el sistema de liquidación de valores con un establecimiento en Italia, se requiere la constitución de una empresa en dicho país (no sucursales). Con objeto de recibir autorización para administrar los servicios de depositario central de valores con un establecimiento en Italia, se requiere la constitución de empresas en dicho país (no sucursales). En el caso de los programas de inversión colectiva distintos de los OICVM armonizados en virtud de las legislaciones de la Unión, la sociedad fideicomisaria/depositaria debe estar constituida en Italia o en otro Estado miembro de la Unión y establecerse a través de una sucursal en Italia. También se exige que las sociedades de gestión de OICVM no armonizadas con arreglo a las legislaciones de la Unión estén constituidas en Italia (no sucursales). Solo pueden llevar a cabo actividades de gestión de recursos de fondos de pensiones los bancos, las compañías de seguros, las sociedades de inversión y las sociedades que gestionen OICVM armonizadas de conformidad con la legislación de la Unión y que tengan su sede social oficial en la Unión, así como los OICVM constituidos en Italia. Para las actividades de venta puerta a puerta, los intermediarios deben recurrir a promotores autorizados de servicios financieros que sean residentes en el territorio de un Estado miembro de la Unión. Las oficinas de representación de intermediarios extranjeros no pueden llevar a cabo actividades destinadas a prestar servicios de inversiones. |
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LT: A efectos de administración de activos, se requiere la constitución de una compañía de gestión especializada (no sucursales). Solo pueden actuar como depositarias de los activos las empresas que tienen su domicilio social en Lituania. PT: Solo pueden administrar fondos de pensiones las sociedades especializadas constituidas en Portugal a tal efecto y las compañías de seguros establecidas en Portugal y autorizadas para suscribir seguros de vida o las entidades autorizadas para la administración de fondos de pensiones en otros Estados miembros de la Unión (sin consolidar para el establecimiento directo desde países no pertenecientes a la Unión). RO: No se permite que las sucursales de entidades financieras extranjeras presten servicios de administración de activos. SK: Pueden proporcionar servicios de inversión en Eslovaquia los bancos, compañías de inversión, fondos de inversión y agentes de valores que estén constituidos jurídicamente como sociedad anónima con un capital social conforme a lo dispuesto en la legislación (no sucursales). SI: Sin consolidar para la participación en bancos en proceso de privatización y los fondos de pensiones privados (fondos de pensiones no obligatorios). SE: Los fundadores de cajas de ahorros deben ser personas físicas residentes en la Unión. |
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13. SERVICIOS DE SALUD Y SERVICIOS SOCIALES 104 (servicios de financiación privada únicamente) |
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A. Servicios de hospital (CCP 9311) B. Servicios de ambulancia (CCP 93192) C. Servicios de instituciones residenciales de salud distintos de los servicios de hospital (CCP 93193) D. Servicios sociales (CCP 933) |
UE: La participación de agentes privados en la red sociosanitaria está sujeta a concesión. Se podrá aplicar una prueba de necesidades económicas. Criterios principales: la cantidad de los establecimientos ya existentes y el efecto sobre ellos, las infraestructuras de transporte, la densidad de población, la distribución geográfica y la creación de nuevos puestos de trabajo. AT y SI: Sin consolidar para los servicios de ambulancia. BG: Sin consolidar para los servicios hospitalarios y los servicios de instituciones residenciales de salud distintos de los servicios hospitalarios. CY, CZ, FI, MT, SE y SK: Sin consolidar. HU: Sin consolidar para los servicios sociales. PL: Sin consolidar para los servicios de ambulancia, los servicios de instituciones residenciales de salud distintos de los servicios hospitalarios y los servicios sociales. BE y UK: Sin consolidar para los servicios de ambulancia, los servicios de instituciones residenciales de salud distintos de los servicios hospitalarios y los servicios sociales distintos de los establecimientos de descanso y para convalecientes y los hogares para ancianos. |
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HR: Todas las personas que presten servicios directamente a pacientes o traten a pacientes necesitan una licencia de la cámara profesional. |
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14. SERVICIOS DE TURISMO Y SERVICIOS RELACIONADOS CON LOS VIAJES |
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A. Hoteles, restaurantes y servicios de suministro de comidas desde el exterior por encargo (CCP 641, CCP 642 y CCP 643) excluidos los servicios de suministro de comidas desde el exterior por encargo en los servicios de transporte aéreo |
BG: Se exige la constitución (no sucursales). IT: Se aplica una prueba de necesidades económicas a bares, cafés y restaurantes. Criterios principales: población y densidad de los establecimientos existentes. HR: La ubicación en zonas protegidas de peculiar interés histórico y artístico y en los parques nacionales o en paisajes protegidos está sujeta a la aprobación por el gobierno de la República de Croacia, que puede denegarla. |
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B. Servicios de agencias de viajes y organización de viajes en grupo (incluidos los organizadores de viajes en grupo) (CCP 7471) |
BG: Sin consolidar para el establecimiento directo de sucursales (se requiere la constitución). PT: Requisito de constitución de una sociedad comercial con sede social en Portugal (sin consolidar para las sucursales). |
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C. Servicios de guías de turismo (CCP 7472) |
Ninguna |
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15. SERVICIOS DE ESPARCIMIENTO, CULTURALES Y DEPORTIVOS (excepto los servicios audiovisuales) |
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A. Servicios de espectáculos (incluidos los de teatro, bandas y orquestas, circos y discotecas) (CCP 9619) |
CY, CZ, FI, MT, PL, RO, SI y SK: Sin consolidar. BG: Sin consolidar excepto en el caso de los servicios artísticos de productores de teatro, grupos de cantantes, bandas y orquestas (CCP 96191), los servicios proporcionados por autores, compositores, escultores, artistas del espectáculo y otros artistas, a título Individual (CCP 96192) y los servicios auxiliares de teatro (CCP 96193). EE: Sin consolidar para otros servicios de espectáculos (CCP 96199) excepto para los servicios relativos al cine y el teatro. LV: Sin consolidar, excepto para los servicios relativos al funcionamiento del cine y el teatro (parte de CCP 96199). |
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B. Servicios de agencias de noticias y de prensa (CCP 962) |
FR: La participación extranjera en empresas francesas que editen publicaciones en idioma francés no puede exceder del 20 % del capital o de derechos de voto de la sociedad. Agencias de prensa: Sin consolidar, salvo por el hecho de que las agencias de prensa singapurenses puedan establecer una sucursal o una oficina en Francia con la única finalidad de recoger noticias. Concretamente, dichas sucursales u oficinas no están autorizadas a distribuir noticias. BG, CY, CZ, EE, HU, LT, MT, RO, PL, SI y SK: Sin consolidar. PT: Las agencias de noticias constituidas en Portugal con la forma jurídica de Sociedade Anónima deben tener su capital en acciones nominativas. |
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C. Servicios de bibliotecas, archivos, museos y otros servicios culturales 105 (CCP 963) |
BE, BG, CY, CZ, DE, DK, ES, EE, FI, FR, EL, HR, HU, IE, IT, LV, LU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SI, SE y UK: Sin consolidar. AT y LT: La participación de agentes privados en la red de bibliotecas, archivos, museos y otros servicios culturales está sujeta a concesión o permiso. |
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D. Servicios deportivos (CCP 9641) |
AT y SI: Sin consolidar para servicios de escuelas de esquí y de guías de montaña. BG, CY, CZ, EE, LV, MT, PL, RO y SK: Sin consolidar. |
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E. Servicios de parques de recreo y playas (CCP 96491) |
Ninguna |
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16. SERVICIOS DE TRANSPORTE |
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A. Transporte marítimo 106 |
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a) Transporte internacional de pasajeros (CCP 7211 menos el transporte de cabotaje nacional 107 ). b) Transporte internacional de carga (CCP 7212 menos el transporte de cabotaje nacional 108 ). |
AT, BE, BG, CY, CZ, DE, DK, ES, EE, FI, FR, EL, HU, IE, IT, LT, LU, NL, PL, PT, RO, SK, SI, SE y UK: Sin consolidar para el establecimiento de una empresa registrada con el fin de explotar una flota bajo el pabellón nacional del Estado de establecimiento. |
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B. Transporte por vías navegables interiores |
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a) Transporte de pasajeros (CCP 7221 menos el transporte de cabotaje nacional 109 ). b) Transporte de carga (CCP 7222 menos el transporte de cabotaje nacional 110 ). |
UE: Las medidas basadas en acuerdos existentes o futuros sobre el acceso a las vías navegables interiores (incluidos los acuerdos a raíz de la conexión Rin-Main-Danubio) reservan algunos derechos de tráfico a los operadores establecidos en los países correspondientes que cumplan los criterios de nacionalidad respecto a la propiedad. Rigen los Reglamentos de aplicación del Convenio de Mannheim para la Navegación del Rin. AT, BE, BG, CY, CZ, DE, DK, ES, EE, FI, FR, EL, HU, IE, IT, LT, LU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SI, SE y UK: Sin consolidar para el establecimiento de una empresa registrada con el fin de explotar una flota bajo el pabellón nacional del Estado de establecimiento. SK: Sin consolidar para el establecimiento directo de sucursales (se requiere la constitución). |
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AT: Requisito de nacionalidad para constituir una compañía naviera por personas físicas. En caso de constitución como persona jurídica, requisito de nacionalidad para los miembros del órgano de administración y de la junta de supervisión. Se requiere domicilio social o establecimiento permanente en Austria. Además, la mayoría de las acciones de la compañía debe estar en posesión de ciudadanos de la Unión Europea. HR: Sin consolidar. BG: Sin consolidar para el establecimiento directo de sucursales (se requiere la constitución). HU: Podrá exigirse la participación del Estado en un establecimiento. FI: Los servicios solo los pueden prestar buques que operen con pabellón finlandés. |
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C. Transporte por ferrocarril 111 a) Transporte de pasajeros (CCP 7111) b) Transporte de carga (CCP 7112) |
BG y SK: Sin consolidar para el establecimiento directo de sucursales (se requiere la constitución). HR: Sin consolidar. |
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D. Transporte por carretera 112 |
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a) Transporte de pasajeros (CCP 7121 y CCP 7122) |
UE: Los inversores extranjeros no pueden prestar servicios de transporte dentro de un Estado miembro (cabotaje), con excepción del arrendamiento de servicios no regulares de autobuses con conductor. UE: Prueba de necesidades económicas para servicios de taxi. Criterios principales: el número de establecimientos ya existentes y el efecto sobre ellos, la densidad de población, la distribución geográfica, los efectos sobre las condiciones del tráfico y la creación de nuevos empleos. AT: Solo pueden concederse derechos exclusivos o autorizaciones a los nacionales de los Estados miembros de la Unión y a las personas jurídicas de la Unión que tengan su sede principal en la Unión. BG: Solo pueden concederse derechos exclusivos o autorizaciones a los nacionales de los Estados miembros de la Unión y a las personas jurídicas de la Unión que tengan su sede principal en la Unión. Sin consolidar para el establecimiento directo de sucursales (se requiere la constitución). FI y LV: Se necesita autorización, que no se concede a vehículos con matrícula extranjera. LV y SE: Las entidades establecidas deben utilizar vehículos con matrícula nacional. ES: Se requiere una prueba de necesidades económicas para CCP 7122. Criterios principales: demanda local |
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IT y PT: Prueba de necesidades económicas para servicios de grandes automóviles de lujo. Criterios principales: el número de establecimientos ya existentes y el efecto sobre ellos, la densidad de población, la distribución geográfica, los efectos sobre las condiciones del tráfico y la creación de nuevos empleos. ES, IE e IT: Prueba de necesidades económicas para servicios de autobuses interurbanos. Criterios principales: el número de establecimientos ya existentes y el efecto sobre ellos, la densidad de población, la distribución geográfica, los efectos sobre las condiciones del tráfico y la creación de nuevos empleos. FR: Sin consolidar para los servicios de autobuses interurbanos. |
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b) Transporte de carga 113 (CCP 7123, excluido el transporte de objetos de correspondencia y de mensajería por cuenta propia 114 ). |
AT y BG: Solo pueden concederse derechos exclusivos o autorizaciones a los nacionales de los Estados miembros de la Unión y a las personas jurídicas de la Unión que tengan su sede principal en la Unión. BG: Sin consolidar para el establecimiento directo de sucursales (se requiere la constitución). FI y LV: Se necesita autorización, que no se concede a vehículos con matrícula extranjera. LV y SE: Las entidades establecidas deben utilizar vehículos con matrícula nacional. IT y SK: Prueba de necesidades económicas. Criterios principales: demanda local. |
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E. Transporte por tuberías de mercancías que no sean combustible 115 116 (CCP 7139) |
AT: Solo pueden concederse derechos exclusivos a los nacionales de los Estados miembros de la Unión y a las personas jurídicas de la Unión que tengan su sede principal en la Unión. |
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17. SERVICIOS AUXILIARES DEL TRANSPORTE 117 |
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A. Servicios auxiliares del transporte marítimo 118 a) Servicios de almacenamiento (parte de CCP 742) |
AT, BE, BG, CY, CZ, DE, DK, ES, EE, FI, FR, EL, HU, IE, IT, LT, LU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SI, SE y UK: Sin consolidar para el establecimiento de una empresa registrada con el fin de explotar una flota bajo el pabellón nacional del Estado de establecimiento. |
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b) Servicios de despacho de aduana 119 c) Servicios de estaciones y depósitos de contenedores 120 d) Servicios de agencias marítimas 121 |
IT: Se requiere una prueba de necesidades económicas 122 para los servicios de carga y descarga del transporte marítimo. Criterios principales: la cantidad de los establecimientos ya existentes y el efecto sobre ellos, la densidad de población, la distribución geográfica y la creación de nuevos puestos de trabajo. Requisito de residencia para los servicios de raccomandatario marittimo. |
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e) Servicios de expedición de cargamentos marítimos 123 f) Alquiler de embarcaciones con tripulación (CCP 7213) g) Servicios de remolque y tracción (CCP 7214) h) Servicios de apoyo relacionados con el transporte marítimo (parte de CCP 745) i) Otros servicios de apoyo y auxiliares (incluidos los de suministro de comidas desde el exterior) (parte de CCP 749) |
BG: Sin consolidar para el establecimiento directo de sucursales (se requiere la constitución). En el caso de los servicios de agencia marítima, las compañías navieras singapurenses tienen el derecho de establecer sucursales que pueden actuar como agentes de sus sedes principales. Los servicios auxiliares del transporte marítimo que requieran el uso de embarcaciones solo pueden ser prestados por embarcaciones que operen con pabellón búlgaro. Requisito de nacionalidad. HR: Sin consolidar para los servicios de despacho de aduana, los servicios de estaciones y depósitos de contenedores, los servicios de agencias marítimas y los servicios de expedición de cargamentos marítimos. Para los servicios de carga y descarga, los servicios de almacenamiento, otros servicios de apoyo y complementarios (incluidos los servicios de suministro de comidas desde el exterior), los servicios de remolque o tracción y los servicios de apoyo relacionados con el transporte marítimo: Ninguna, excepto que las personas jurídicas extranjeras están obligadas a constituir en Croacia una empresa, a la que la autoridad portuaria debe otorgar una concesión a raíz de un procedimiento de licitación pública. El número de proveedores de servicios podrá limitarse en función de las limitaciones de las capacidades portuarias. |
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SI: Solo las personas jurídicas establecidas en Eslovenia (no sucursales) pueden realizar despacho de aduana. FI: Los servicios solo los pueden prestar buques que operen con pabellón finlandés. |
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B. Servicios auxiliares del transporte por vías navegables interiores 124 a) Servicios de carga y descarga (parte de CCP 741) b) Servicios de almacenamiento (parte del CCP 742) c) Servicios de agencias de transporte de carga (parte de CCP 748) |
UE: Las medidas basadas en acuerdos existentes o futuros sobre el acceso a las vías navegables interiores (incluidos los acuerdos a raíz de la conexión Rin-Main-Danubio) reservan algunos derechos de tráfico a los operadores establecidos en los países correspondientes que cumplan los criterios de nacionalidad respecto a la propiedad. Rigen los Reglamentos de aplicación del Convenio de Mannheim para la Navegación del Rin. AT, BE, BG, CY, CZ, DE, DK, ES, EE, FI, FR, EL, HU, IE, IT, LT, LU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SI, SE y UK: Sin consolidar para el establecimiento de una empresa registrada con el fin de explotar una flota bajo el pabellón nacional del Estado de establecimiento. |
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d) Alquiler de embarcaciones con tripulación (CCP 7223) e) Servicios de remolque y tracción (CCP 7224) f) Servicios auxiliares del transporte por vías navegables interiores (parte de CCP 745) g) Otros servicios de apoyo y auxiliares (parte de CCP 749) |
AT: Requisito de nacionalidad para constituir una compañía naviera por personas físicas. En caso de constitución como persona jurídica, requisito de nacionalidad para los miembros del órgano de administración y de la junta de supervisión. Se requiere domicilio social o establecimiento permanente en Austria. Además, la mayoría de las acciones de la compañía debe estar en posesión de ciudadanos de la Unión, excepto por lo que respecta a los servicios de almacenamiento, los servicios de agencias de transporte de carga y la inspección previa a la expedición. BG: Sin consolidar para el establecimiento directo de sucursales (se requiere la constitución). La participación en empresas búlgaras está limitada al 49 %. HU: Podrá exigirse la participación del Estado en un establecimiento, salvo en el caso de los servicios de almacenamiento. FI: Los servicios solo los pueden prestar buques que operen con pabellón finlandés. SI: Solo las personas jurídicas establecidas en Eslovenia (no sucursales) pueden realizar despacho de aduana. HR: Sin consolidar. |
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C. Servicios auxiliares del transporte ferroviario 125 a) Servicios de carga y descarga (parte de CCP 741) b) Servicios de almacenamiento (parte del CCP 742) c) Servicios de agencias de transporte de carga (parte de CCP 748) d) Servicios de remolque y tracción (CCP 7113) e) Servicios auxiliares del transporte por ferrocarril (CCP 743) f) Otros servicios de apoyo y auxiliares (parte de CCP 749) |
BG: Sin consolidar para el establecimiento directo de sucursales (se requiere la constitución). La participación en empresas búlgaras está limitada al 49 %. SI: Solo las personas jurídicas establecidas en Eslovenia (no sucursales) pueden realizar despacho de aduana. HR: Sin consolidar para los servicios de tracción o remolque. |
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D. Servicios auxiliares del transporte por carretera 126 a) Servicios de carga y descarga (parte de CCP 741) b) Servicios de almacenamiento (parte del CCP 742) c) Servicios de agencias de transporte de carga (parte de CCP 748) d) Alquiler de vehículos comerciales de carretera con conductor (CCP 7124) e) Servicios de apoyo relacionados con los servicios de transporte por carretera (CCP 744) f) Otros servicios de apoyo y auxiliares (parte de CCP 749) |
AT: Por lo que respecta al alquiler de vehículos comerciales de carretera con conductor, solo pueden concederse autorizaciones a los nacionales de los Estados miembros de la Unión y a las personas jurídicas de la Unión que tengan su sede principal en la Unión. Requisito de nacionalidad para las personas y accionistas habilitados para representar a personas jurídicas o sociedades colectivas. BG: Sin consolidar para el establecimiento directo de sucursales (se requiere la constitución). La participación en empresas búlgaras está limitada al 49 %. Requisito de nacionalidad. FI: Por lo que respecta al alquiler de vehículos comerciales de carretera con conductor, se necesita autorización, que no se concede a vehículos de matrícula extranjera. SI: Solo las personas jurídicas establecidas en Eslovenia (no sucursales) pueden realizar despacho de aduana. MT: Requisito de nacionalidad. HR: Sin consolidar para el alquiler de vehículos comerciales de carretera con conductor. |
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F. Servicios auxiliares del transporte por tuberías de mercancías que no sean combustible 127 a) Servicios de almacenamiento de mercancías que no sean combustible transportadas por tuberías 128 (parte de CCP 742) |
Ninguna, excepto AT: Requisito de nacionalidad para los directores gerentes. |
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18. OTROS SERVICIOS DE TRANSPORTE |
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Suministro de servicios de transporte combinado |
Todos los Estados miembros excepto AT, BG, CY, CZ, EE, HR, HU, LT, LV, MT, PL, RO, SE, SI y SK: Ninguna, sin perjuicio de las limitaciones de la presente lista de compromisos que afecten a todos los medios de transporte. AT, BG, CY, CZ, EE, HR, HU, LT, LV, MT, PL, RO, SE, SI y SK: Sin consolidar. |
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19. SERVICIOS DE ENERGÍA |
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Ninguna |
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B. Transporte de combustible por tuberías 131 (CCP 7131) |
AT, BE, BG, CY, CZ, DE, DK, ES, EE, FI, FR, EL, IE, IT, LV, LU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SI, SE y UK: Sin consolidar. |
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C. Servicios de almacenamiento de combustible transportado por tuberías 132 (parte de CCP 742) |
PL: Se puede prohibir a los inversores de los países proveedores de energía que controlen la actividad. Sin consolidar para el establecimiento directo de sucursales (se requiere la constitución). |
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D. Servicios de comercio al por mayor de combustibles sólidos, líquidos y gaseosos y productos similares (CCP 62271) y servicios comerciales al por mayor de electricidad, vapor y agua caliente 133 |
UE: Sin consolidar para los servicios comerciales al por mayor de electricidad, vapor y agua caliente. |
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E. Venta al por menor de carburante (CCP 613) F. Venta al por menor de gasóleo, gas envasado, carbón y madera (CCP 63297) y venta al por menor de electricidad, gas (no envasado), vapor y agua caliente 134 |
UE: Sin consolidar para los servicios de venta al por menor de carburante, electricidad, gas (no envasado), vapor y agua caliente. BE, BG, DK, FR, IT, MT y PT: La autorización para la venta al por menor de gasóleos, gas en botellas, carbón y madera en grandes almacenes (en el caso de FR, solo para comercios de especial volumen) está sujeta a una prueba de necesidades económicas. Criterios principales: el número de comercios ya existentes y el efecto sobre ellos, la densidad de población, la distribución geográfica, los efectos sobre las condiciones del tráfico y la creación de nuevos empleos. |
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G. Servicios relacionados con la distribución de energía 135 (CCP 887) |
AT, BE, BG, CY, CZ, DE, DK, ES, EE, FI, FR, EL, IE, HU, IT, LU, LT, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SE y UK: Sin consolidar, excepto en el caso de los servicios de consultoría, y ninguna para los servicios de consultoría. SI: Sin consolidar, excepto en el caso de los servicios relacionados con la distribución de gas, y ninguna para la distribución de gas. |
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20. OTROS SERVICIOS NO INCLUIDOS EN OTRA PARTE |
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a) Servicios de lavado, limpieza y teñido (CCP 9701) |
Ninguna |
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b) Servicios de peluquería (CCP 97021) |
IT: Prueba de necesidades económicas aplicada sobre una base de tratamiento nacional. La prueba de necesidades económicas, cuando se aplica, limita el número de empresas. Criterios principales: población y densidad de las empresas existentes. |
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c) Servicios de tratamiento de belleza, de manicura y de pedicura (CCP 97022) |
IT: Prueba de necesidades económicas aplicada sobre una base de tratamiento nacional. La prueba de necesidades económicas, cuando se aplica, limita el número de empresas. Criterios principales: población y densidad de las empresas existentes. |
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d) Otros servicios de tratamiento de belleza n.c.o.p. (CCP 97029) |
IT: Prueba de necesidades económicas aplicada sobre una base de tratamiento nacional. La prueba de necesidades económicas, cuando se aplica, limita el número de empresas. Criterios principales: población y densidad de las empresas existentes. |
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e) Servicios de tratamientos termales y masajes no terapéuticos, en la medida en que se presten como servicios de bienestar físico y de relajación y no con una finalidad médica o de rehabilitación 136 137 (CCP Ver. 1.0 97230) |
Ninguna |
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f) Servicios de conexión de telecomunicaciones (CCP 7543) |
Ninguna |
Apéndice 8-A-3
UNIÓN
LISTA DE COMPROMISOS ESPECÍFICOS DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 8.14
(PERSONAL CLAVE Y BECARIOS CON TITULACIÓN UNIVERSITARIA)
Y EL ARTÍCULO 8.15 (VENDEDORES DE SERVICIOS A EMPRESAS)
(PERSONAL CLAVE Y BECARIOS CON TITULACIÓN UNIVERSITARIA Y VENDEDORES DE SERVICIOS A EMPRESAS)
1. La lista de reservas que figura a continuación indica las actividades económicas liberalizadas en virtud del artículo 8.7 (Lista de compromisos específicos) y el artículo 8.12 (Lista de compromisos específicos) para las que se aplican limitaciones al personal clave y a los becarios con titulación universitaria de conformidad con el artículo 8.14 (Personal clave y becarios con titulación universitaria) y el artículo 8.15 (Vendedores de servicios a empresas) y especifica dichas limitaciones. La lista consta de los siguientes elementos:
a) en la primera columna se indica el sector o subsector en el que se aplican dichas limitaciones, y
b) en la segunda columna se describen las limitaciones aplicables.
La Unión no asume ningún compromiso con el personal clave en las actividades económicas que no están liberalizadas (permanecen sin consolidar) en virtud del artículo 8.12 (Lista de compromisos específicos).
2. Para identificar los distintos sectores y subsectores:
a) por «CIIU Rev. 3.1» se entiende la Clasificación Industrial Internacional Uniforme de todas las actividades económicas según la definición de la Oficina de Estadística de las Naciones Unidas, Informes estadísticos, Serie M, N.º 4, CIIU Rev. 3.1, 2002;
b) por «CCP» se entiende la Clasificación Central de Productos a que se hace referencia en la nota a pie de página 23 del artículo 8.21 (Servicios de informática), y
c) por «CCP ver. 1.0» se entiende la Clasificación Central de Productos según lo establecido en la Oficina de Estadística de las Naciones Unidas, Informes estadísticos, Serie M, N.º 77, CCP ver. 1.0, 1998.
3. Los compromisos en lo que respecta al personal clave y a los becarios con titulación universitaria no rigen en los casos en los que el objetivo o la consecuencia de su presencia temporal supone una interferencia o afecta de cualquier otro modo a los resultados de una controversia o negociación relacionada con la mano de obra o con la gestión.
4. La lista que figura a continuación no incluye medidas relativas a los requisitos y procedimientos de cualificación, las normas técnicas y los requisitos y procedimientos de autorización cuando no constituyan una limitación en el sentido de los artículos 8.14 (Personal clave y becarios con titulación universitaria) y 8.15 (Vendedores de servicios a empresas). Tales medidas (como pueden ser la necesidad de obtener una licencia, la necesidad de obtener el reconocimiento de las cualificaciones en sectores regulados, la necesidad de superar exámenes específicos —por ejemplo, exámenes de idiomas— o la necesidad de tener un domicilio legal en el territorio en el que se desempeña la actividad económica), aunque no figuren en la lista, son de aplicación en cualquier caso al personal clave y a los becarios con titulación universitaria de Singapur.
5. Todos los requisitos de las leyes y reglamentos de la Unión acerca de la entrada, la estancia, el trabajo y el régimen de seguridad social continuarán aplicándose, incluidas las reglamentaciones relativas a la duración de la estancia, los salarios mínimos y los convenios colectivos sobre salarios, aunque no se incluyan en la lista que figura a continuación.
6. De conformidad con el apartado 2, letra a), del artículo 8.1 (Objetivo y ámbito de aplicación), la lista que figura a continuación no incluye medidas relativas a las subvenciones otorgadas por una Parte.
7. La lista que figura a continuación se entiende sin perjuicio de la existencia de monopolios públicos y derechos exclusivos según lo descrito en la lista de compromisos sobre establecimiento.
8. En los sectores en que se apliquen pruebas de necesidades económicas, sus criterios principales serán la evaluación de la situación del mercado correspondiente en el Estado miembro de la Unión o en la región en que vaya a prestarse el servicio, también con respecto al número de proveedores de servicios existentes y la repercusión en los mismos.
9. Los derechos y obligaciones que emanan de la siguiente lista no tendrán eficacia directa y, por consiguiente, no confieren derechos directamente a las personas físicas ni jurídicas.
10. En la lista que figura a continuación se utilizan las abreviaturas siguientes:
AT Austria
BE Bélgica
BG Bulgaria
CY Chipre
CZ Chequia
DE Alemania
DK Dinamarca
UE Unión Europea, incluidos todos sus Estados miembros
ES España
EE Estonia
FI Finlandia
FR Francia
EL Grecia
HR Croacia
HU Hungría
IE Irlanda
IT Italia
LV Letonia
LT Lituania
LU Luxemburgo
MT Malta
NL Países Bajos
PL Polonia
PT Portugal
RO Rumanía
SK Eslovaquia
SI Eslovenia
SE Suecia
UK Reino Unido
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Descripción de las reservas |
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TODOS LOS SECTORES |
Prueba de necesidades económicas BG y HU: Se requiere una prueba de necesidades económicas para los becarios con titulación universitaria 138 . |
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TODOS LOS SECTORES |
Ámbito de las personas trasladadas dentro de la misma empresa BG: La cantidad de personas trasladadas dentro de la misma empresa no podrá superar el 10 % del número anual medio de los ciudadanos de la Unión empleados por la persona jurídica búlgara respectiva. Cuando estén empleadas menos de cien personas, el número de personas trasladadas dentro de una empresa podrá, sujeto a autorización, superar el 10 % del número total de empleados. HU: Sin consolidar para personas físicas que tengan como socio a una persona jurídica de Singapur. |
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TODOS LOS SECTORES |
Becarios con titulación universitaria Para AT, DE, ES, FR y HU, la formación debe estar relacionada con la titulación universitaria obtenida. |
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TODOS LOS SECTORES |
Directores gerentes y auditores AT: Los directores gerentes de sucursales de personas jurídicas deben tener residencia en Austria. Las personas físicas encargadas, en el seno de una persona jurídica o de una sucursal, del cumplimiento de la Ley de Comercio de Austria deben ser residentes en el país. FI: Los extranjeros que se propongan desarrollar una actividad comercial a título de empresarios privados necesitan una licencia de comercio y deben tener residencia permanente en la Unión. Para todos los sectores, excepto los servicios de telecomunicaciones, es aplicable el requisito de residencia para el director gerente de una sociedad anónima. En el caso de los servicios de telecomunicaciones, residencia permanente para el director gerente. FR: El director gerente de una actividad industrial, comercial o artesanal, si no es titular de un permiso de residencia, necesita autorización especial. RO: La mayoría de los auditores de las empresas comerciales y de sus suplentes serán ciudadanos rumanos. SE: El director gerente de una persona jurídica o de una sucursal debe residir en Suecia. |
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TODOS LOS SECTORES |
Reconocimiento UE: Las directivas de la Unión sobre el reconocimiento mutuo de la titulación solo se aplican a los ciudadanos de la Unión. El derecho a ejercer actividades profesionales reguladas en un Estado miembro de la Unión no otorga el derecho a ejercerlas en otro Estado miembro 139 . |
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4. Industrias manufactureras 140 |
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H.
Actividades de edición e impresión y de reproducción de grabaciones (CIIU Rev 3.1: 22), excluidas las actividades de edición e impresión a comisión o por contrato
141
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IT: Requisito de nacionalidad para los editores. HR: Requisito de residencia para los editores. PL: Requisito de nacionalidad para el editor jefe de diarios y periódicos. SE: Requisito de residencia para los editores y los propietarios de empresas editoriales y de imprentas. |
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6. SERVICIOS PRESTADOS A LAS EMPRESAS |
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A. Servicios profesionales |
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a) Servicios jurídicos (CCP 861) 142 |
AT, CY, ES, EL, LT, MT, RO y SK: La plena admisión en el Colegio de Abogados, obligatoria para la práctica del Derecho nacional, (Unión y Estado miembro), está sujeta al requisito de nacionalidad. En el caso de ES, las autoridades competentes pueden conceder exoneraciones. |
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(con exclusión de los servicios de asesoría, documentación y certificación jurídicos prestados por juristas a los que se encomiendan funciones públicas, como notarios, huissiers de justice u officiers publics et ministériels) |
BE y FI: La plena admisión en el Colegio de Abogados, obligatoria para los servicios de representación legal, está sujeta al requisito de nacionalidad, junto con el requisito de residencia. En BE se aplican cuotas para la representación ante la Cour de Cassation en causas no penales. BG: Los abogados singapurenses solo pueden prestar servicios de representación legal de un nacional singapurense y supeditada a la reciprocidad y la cooperación con un abogado búlgaro. Requisito de residencia permanente para los servicios de mediación legal. FR: El acceso de los abogados a la profesión de avocat auprès de la Cour de Cassation y avocat auprès du Conseil d'État está sometido a cuotas y al requisito de nacionalidad. HR: La plena admisión en el Colegio de Abogados, obligatoria para los servicios de representación legal, está sujeta al requisito de nacionalidad (la ciudadanía croata y la ciudadanía de un Estado miembro de la Unión). HU: La plena admisión en el Colegio de Abogados está sujeta al requisito de nacionalidad, junto con el requisito de residencia. Para los abogados extranjeros, el ámbito de las actividades jurídicas está limitado a la prestación de asesoramiento jurídico, que debe materializarse basándose en un contrato de colaboración celebrado con un abogado o un despacho de abogados de Hungría. |
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LV: Requisito de nacionalidad para los abogados jurados, a los que está reservada la representación legal en procesos penales. DK: La comercialización de los servicios de asesoramiento jurídico está restringida a los abogados con autorización de Dinamarca para el ejercicio profesional. Se debe aprobar un examen sobre el Derecho danés para obtener la autorización de Dinamarca para el ejercicio profesional. LU: Requisito de nacionalidad para el suministro de servicios jurídicos con respecto al Derecho luxemburgués y al Derecho de la Unión. SE: La admisión en el Colegio de Abogados, necesaria solo para utilizar el título sueco advokat, está sujeta a un requisito de residencia. |
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b) 1. Servicios de contabilidad y teneduría de libros CCP 86212 excepto «servicios de auditoría», CCP 86213, CCP 86219 y CCP 86220) |
FR: El suministro de servicios de contabilidad y teneduría de libros estará condicionado a una decisión del Ministerio de Economía, Hacienda e Industria de acuerdo con el Ministerio de Asuntos Exteriores. El requisito de residencia no puede exceder de cinco años. |
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b) 2. Servicios de auditoría (CCP 86211 y 86212, salvo los servicios de contabilidad) |
AT: Requisito de nacionalidad para la representación ante las autoridades competentes y para desempeñar los servicios de auditoría contemplados en las leyes específicas austríacas (p. ej. ley sobre sociedades anónimas, reglamento de la Bolsa, ley sobre banca, etc.). DK: Requisito de residencia. ES: Requisito de nacionalidad para auditores oficiales y para administradores, directores y socios de sociedades distintas de las comprendidas en la octava Directiva de la CEE sobre Derecho de sociedades. HR: Solo los auditores certificados que sean titulares de una licencia croata reconocida oficialmente por la Cámara de Auditores de Croacia pueden prestar servicios de auditoría. FI: Se exigirá la residencia para al menos uno de los auditores de las sociedades anónimas finlandesas. EL: Requisito de nacionalidad para los auditores nacionales. IT: Requisito de nacionalidad para administradores, directores y socios de sociedades distintas de las comprendidas en la octava Directiva de la CEE sobre Derecho de sociedades. Requisito de residencia para los auditores que actúan individualmente. SE: Solo los auditores autorizados en Suecia pueden prestar servicios de auditoría legal en determinadas entidades jurídicas, como las sociedades de responsabilidad limitada, entre otras. Se requiere la residencia para la aprobación. |
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c) Servicios de asesoramiento tributario (CCP 863) 143 |
AT: Requisito de nacionalidad para la representación ante las autoridades competentes. BG y SI: Requisito de nacionalidad para los especialistas. HU: Requisito de residencia. |
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d) Servicios de arquitectura y e) Servicios de planificación urbana y de arquitectura paisajista (CCP 8671 y CCP 8674) |
EE: Por lo menos uno de los responsables (gerente de proyecto o consultor) debe ser residente en Estonia. BG: Los especialistas extranjeros deberán tener una experiencia de dos años como mínimo en el campo de la construcción. Requisito de nacionalidad para los servicios de planificación urbana y de arquitectura paisajista. EL, HR, HU y SK: Requisito de residencia. FR: El uso del título profesional por profesionales cualificados en terceros países no es posible, excepto en el marco de los acuerdos de reconocimiento mutuo. |
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f) Servicios de ingeniería y g) Servicios integrados de ingeniería (CCP 8672 y CCP 8673) |
EE: Por lo menos uno de los responsables (gerente de proyecto o consultor) debe ser residente en Estonia. BG: Los especialistas extranjeros deberán tener una experiencia de dos años como mínimo en el campo de la construcción. HR y SK: Requisito de residencia. EL y HU: Requisito de residencia (para CCP 8673 el requisito de residencia solo es aplicable a los becarios con titulación universitaria). |
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h) Servicios médicos (incluidos los psicólogos) y dentales (CCP 9312 y parte de CCP 85201) |
CZ, IT y SK: Requisito de residencia. CZ, RO y SK: Se requiere autorización de las autoridades competentes para las personas físicas extranjeras. BE y LU: Se requiere autorización de las autoridades competentes para los becarios extranjeros con titulación universitaria. BG y MT: Requisito de nacionalidad. DE: Se puede exonerar el requisito de nacionalidad con carácter excepcional en caso de interés de la salud pública. DK: Pueden concederse autorizaciones limitadas para el desempeño de determinadas funciones por un máximo de dieciocho meses y se exige la residencia. FR: Requisito de nacionalidad. Sin embargo, es posible el acceso dentro de contingentes que se fijan anualmente. HR: Todas las personas que presten servicios directamente a pacientes o traten a pacientes necesitan una licencia de la cámara profesional. LV: La práctica de la profesión médica por extranjeros requiere la autorización de las autoridades sanitarias locales, sobre la base de las necesidades de médicos y dentistas en una región determinada. PL: El ejercicio de la medicina por extranjeros requiere autorización. Los médicos extranjeros tienen derechos limitados de elección en las cámaras profesionales. PT: Requisito de residencia para los psicólogos. |
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i) Servicios de veterinaria (CCP 932) |
BG, DE, EL, FR, HR y HU: Requisito de nacionalidad. CZ y SK: Requisito de residencia y de nacionalidad. IT: Requisito de residencia. PL: Requisito de nacionalidad. Los extranjeros pueden solicitar permiso para ejercer. |
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j) 1. Servicios proporcionados por parteras (parte de CCP 93191) |
AT: Las personas físicas pueden ejercer una actividad profesional en Austria a condición de que la persona en cuestión haya ejercido dicha profesión al menos durante los tres años anteriores al inicio de esa actividad profesional. BE y LU: Se requiere autorización de las autoridades competentes para los becarios extranjeros con titulación universitaria. CY, EE y RO: Se requiere autorización de las autoridades competentes para las personas físicas extranjeras. FR: Requisito de nacionalidad. Sin embargo, es posible el acceso dentro de contingentes que se fijan anualmente. IT: Requisito de residencia. LV: Sujeto a necesidades económicas, las cuales se determinan en función del total de parteras en una región determinada, autorizadas por las autoridades sanitarias locales. PL: Requisito de nacionalidad. Los extranjeros pueden solicitar permiso para ejercer. |
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SK: Requisito de residencia. HR: Todas las personas que presten servicios directamente a pacientes o traten a pacientes necesitan una licencia de la cámara profesional. |
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j) 2. Servicios prestados por enfermeros, fisioterapeutas y personal paramédico (parte de CCP 93191) |
AT: Solo se permiten inversores extranjeros en las actividades siguientes: enfermeros, fisioterapeutas, profesionales de la terapia ocupacional, logoterapeutas y especialistas en dietética y nutrición. Las personas físicas pueden ejercer una actividad profesional en Austria a condición de que la persona en cuestión haya ejercido dicha profesión al menos durante los tres años anteriores al inicio de esa actividad profesional. BE, FR y LU: Se requiere autorización de las autoridades competentes para los becarios extranjeros con titulación universitaria. SK: Requisito de residencia. HR: Todas las personas que presten servicios directamente a pacientes o traten a pacientes necesitan una licencia de la cámara profesional. CY, CZ, EE, RO y SK: Se requiere autorización de las autoridades competentes para las personas físicas extranjeras. |
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HU: Requisito de nacionalidad. DK: Pueden concederse autorizaciones limitadas para el desempeño de determinadas funciones por un máximo de dieciocho meses y se exige la residencia. CY, CZ, EL e IT: Sujeto a una prueba de necesidades económicas: la decisión está sujeta a las vacantes e insuficiencias en las regiones. LV: Sujeto a necesidades económicas, las cuales se determinan en función del total de enfermeras en una región determinada, autorizadas por las autoridades sanitarias locales. |
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k) Venta al por menor de productos farmacéuticos, médicos y ortopédicos (CCP 63211) y otros servicios prestados por farmacéuticos 144 |
FR: Requisito de nacionalidad. Sin embargo, dentro de contingentes determinados, es posible el acceso de nacionales singapurenses siempre que el proveedor de servicios posea un título francés de farmacia. DE, EL y SK: Requisito de nacionalidad. HU: Requisito de nacionalidad excepto en el caso de la venta al por menor de productos farmacéuticos, médicos y ortopédicos (CCP 63211). IT y PT: Requisito de residencia. SK: Requisito de residencia. |
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D. Servicios inmobiliarios 145 |
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a) Relativos a bienes raíces propios o arrendados (CCP 821) |
FR, HU, IT y PT: Requisito de residencia. LV, MT y SI: Requisito de nacionalidad. |
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b) A comisión o por contrato (CCP 822) |
DK: Requisito de residencia, salvo exoneración por el Organismo de Comercio y Sociedades Comerciales de Dinamarca. FR, HU, IT y PT: Requisito de residencia. LV, MT y SI: Requisito de nacionalidad. |
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E. Servicios de arrendamiento o alquiler sin operarios |
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e)
Relativos a efectos personales y enseres domésticos
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UE: Requisito de nacionalidad para especialistas y para becarios con titulación universitaria. |
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f)
Arrendamiento de equipos de telecomunicaciones
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UE: Requisito de nacionalidad para especialistas y para becarios con titulación universitaria. |
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F. Otros servicios prestados a las empresas |
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e) Servicios de ensayos y análisis técnicos (CCP 8676) |
IT y PT: Requisito de residencia para los biólogos y los analistas químicos. SK: Requisito de residencia. |
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f) Servicios de asesoramiento y consultoría relacionados con la agricultura, la caza y la silvicultura (parte de CCP 881) |
IT: Requisito de residencia para agrónomos y periti agrari. |
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j) 2. Servicios de seguridad (CCP 87302, CCP 87303, CCP 87304 y CCP 87305) |
BE: Requisito de nacionalidad y de residencia para el personal de dirección. BG, CY, CZ, EE, LV, LT, MT, PL, RO, SI y SK: Requisito de nacionalidad y de residencia. DK: Requisito de nacionalidad y de residencia para el personal de dirección y para los servicios de guardia de aeropuertos. ES y PT: Requisito de nacionalidad para el personal especializado. FR: Requisito de nacionalidad para los directores gerentes y directores. IT: Requisito de nacionalidad y de residencia para obtener la autorización necesaria para los servicios de guardias de seguridad y transporte de objetos de valor. |
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k) Servicios conexos de consultores en ciencia y tecnología (CCP 8675) |
BG: Requisito de nacionalidad para especialistas. DE: Requisito de nacionalidad para los agrimensores designados por autoridades públicas. FR: Requisito de nacionalidad para las operaciones de «agrimensura y topografía» relacionadas con la determinación de derechos de propiedad y el régimen inmobiliario. IT y PT: Requisito de residencia. |
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l) 1. Mantenimiento y reparación de embarcaciones (parte de CCP 8868) |
MT: Requisito de nacionalidad. |
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l) 2. Mantenimiento y reparación de equipo de transporte por ferrocarril (parte de CCP 8868) |
LV: Requisito de nacionalidad. |
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l) 3. Mantenimiento y reparación de vehículos de motor, motocicletas, vehículos para la nieve y equipo de transporte por carretera (CCP 6112, CCP 6122, parte de CCP 8867 y parte de CCP 8868) |
UE: Para el mantenimiento y reparación de vehículos automotores, motocicletas y vehículos para la nieve, requisito de nacionalidad para los especialistas y los becarios con titulación universitaria. |
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l) 5. Servicios de mantenimiento y reparación de productos metálicos, de maquinaria (que no sea para oficina), de equipo (que no sea para oficina ni para transporte) y de artículos domésticos y personales 146 (CCP 633, CCP 7545, CCP 8861, CCP 8862, CCP 8864, CCP 8865 y CCP 8866) |
UE: Requisito de nacionalidad para especialistas y para becarios con titulación universitaria, excepto en el caso de: BE, DE, DK, ES, FR, EL, HU, IE, IT, LU, MT, NL, PL, PT, RO, SE y UK para CCP 633, 8861 y 8866; BG para los servicios de reparación de artículos personales y domésticos (excepto joyas): CCP 63301, 63302, parte de 63303, 63304 y 63309; AT para CCP 633 y 8861-8866; EE, FI, LV y LT para CCP 633 y 8861-8866; CZ y SK para CCP 633 y 8861-8865; y SI para CCP 633, 8861 y 8866. |
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m) Servicios de limpieza de edificios (CCP 874) |
CY, EE, HR, MT, PL, RO y SI: Requisito de nacionalidad para especialistas. |
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n) Servicios fotográficos (CCP 875) |
HR y LV: Requisito de nacionalidad para servicios especializados de fotografía. PL: Requisito de nacionalidad para la prestación de servicios aerofotográficos. |
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p) Servicios editoriales y de imprenta (CCP 88442) |
HR: Requisito de residencia para los editores. SE: Requisito de residencia para los editores y los propietarios de empresas editoriales y de imprentas. |
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q) Servicios prestados con ocasión de asambleas o convenciones (parte de CCP 87909) |
SI: Requisito de nacionalidad. |
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r) 1. Servicios de traducción e interpretación (CCP 87905) |
FI: Requisito de residencia para los traductores jurados. DK: Requisito de residencia para los traductores públicos e intérpretes autorizados, salvo exoneración por el Organismo de Comercio y Sociedades Comerciales de Dinamarca. |
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r) 3. Servicios de agencias de cobranza (CCP 87902) |
BE, EL e IT: Requisito de nacionalidad. |
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r) 4. Servicios de información crediticia (CCP 87901) |
BE, EL e IT: Requisito de nacionalidad. |
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r) 5. Servicios de copia y reproducción (CCP 87904) 147 |
UE: Requisito de nacionalidad para especialistas y para becarios con titulación universitaria. |
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8. SERVICIOS DE CONSTRUCCIÓN Y SERVICIOS DE INGENIERÍA CONEXOS (CCP 511, CCP 512, CCP 513, CCP 514, CCP 515, CCP 516, CCP 517 y CCP 518) |
BG: Los especialistas extranjeros deberán tener una experiencia de dos años como mínimo en el campo de la construcción. |
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9. SERVICIOS DE DISTRIBUCIÓN (excluida la distribución de armas, municiones y material de guerra) |
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C. Servicios comerciales al por menor 148 |
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c) Servicios comerciales al por menor de productos alimenticios (CCP 631) |
FR: Requisito de nacionalidad para los comercios de productos de tabaco (buralistes). |
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10. SERVICIOS DE ENSEÑANZA (servicios de financiación privada únicamente) |
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A. Servicios de enseñanza primaria (CCP 921) |
FR: Requisito de nacionalidad. No obstante, los nacionales singapurenses pueden obtener autorización de las autoridades competentes para establecer y dirigir instituciones de enseñanza y para enseñar. IT: Requisito de nacionalidad para los proveedores de servicios autorizados a expedir títulos reconocidos oficialmente. EL: Requisito de nacionalidad para los profesores. |
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B. Servicios de enseñanza secundaria (CCP 922) |
FR: Requisito de nacionalidad. No obstante, los nacionales singapurenses pueden obtener autorización de las autoridades competentes para establecer y dirigir instituciones de enseñanza y para enseñar. IT: Requisito de nacionalidad para los proveedores de servicios autorizados a expedir títulos reconocidos oficialmente. EL: Requisito de nacionalidad para los profesores. LV: Requisito de nacionalidad para los servicios de enseñanza técnica y profesional de tipo escolar para estudiantes con discapacidad (CCP 9224). |
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C. Servicios de enseñanza superior (CCP 923) |
FR: Requisito de nacionalidad. No obstante, los nacionales singapurenses pueden obtener autorización de las autoridades competentes para establecer y dirigir instituciones de enseñanza y para enseñar. CZ y SK: Requisito de nacionalidad para los servicios de enseñanza superior excepto en el caso de los servicios de enseñanza técnica y profesional postsecundaria (CCP 92310). IT: Requisito de nacionalidad para los proveedores de servicios autorizados a expedir títulos reconocidos oficialmente. DK: Requisito de nacionalidad para profesores. |
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12. SERVICIOS FINANCIEROS |
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A. Servicios de seguros y relacionados con los seguros |
AT: La dirección de una sucursal debe estar constituida por dos personas físicas residentes en Austria. EE: Para los seguros directos, el órgano de gestión de una compañía de seguros constituida en sociedad anónima con participación de capital singapurense solo puede incluir a nacionales singapurenses en proporción a la participación singapurense, siempre que no representen más de la mitad de los miembros del órgano de gestión. El jefe del órgano de gestión de una filial o una compañía independiente debe residir en Estonia de forma permanente. ES: Requisito de residencia para la profesión actuarial (o, alternativamente, dos años de experiencia). HR: Requisito de residencia. IT: Requisito de residencia para la profesión actuarial. FI: En el caso de las compañías de seguros, los directores gerentes y al menos un auditor deben tener su lugar de residencia en la Unión, salvo que las autoridades competentes hayan concedido una exención. El agente general de las compañías de seguros singapurenses debe tener su lugar de residencia en Finlandia, a no ser que la compañía tenga su oficina principal en la Unión. |
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B. Servicios bancarios y otros servicios financieros (excluidos los seguros) |
BG: Se requiere la residencia permanente en Bulgaria para los directores ejecutivos y los gestores. FI: Los directores gerentes y al menos un auditor de las entidades crediticias deben tener su lugar de residencia en la Unión, salvo que la Agencia de Supervisión Financiera haya concedido una exención. El agente (persona particular) del mercado de derivados debe tener su lugar de residencia en la Unión. IT: Requisito de residencia en el territorio de un Estado miembro de la Unión para los promotori di servizi finanziari (promotores de servicios financieros). HR: Requisito de residencia. El consejo de administración deberá dirigir la actividad de una entidad de crédito desde el territorio de la República de Croacia. Al menos un miembro del consejo de administración debe dominar la lengua croata. LT: Al menos un gestor debe ser ciudadano de la Unión. PL: Requisito de nacionalidad para al menos uno de los ejecutivos del banco. |
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13.
SERVICIOS SOCIALES Y DE SALUD
A. Servicios de hospital (CCP 9311) B. Servicios de ambulancia (CCP 93192) C. Servicios de instituciones residenciales de salud distintos de los servicios de hospital (CCP 93193) E. Servicios sociales (CCP 933) |
FR: La autorización es necesaria para acceder a las funciones de gestión. Para la autorización se tiene en cuenta la disponibilidad de gestores locales. LV: Prueba de necesidades económicas para médicos, dentistas, parteras, enfermeros, fisioterapeutas y personal paramédico. PL: El ejercicio de la profesión médica por extranjeros requiere autorización. Los médicos extranjeros tienen derechos limitados de elección en las cámaras profesionales. HR: Todas las personas que presten servicios directamente a pacientes o traten a pacientes necesitan una licencia de la cámara profesional. |
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14. SERVICIOS DE TURISMO Y SERVICIOS RELACIONADOS CON LOS VIAJES |
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A. Hoteles, restaurantes y servicios de suministro de comidas desde el exterior por encargo (CCP 641, CCP 642 y CCP 643) excluidos los servicios de suministro de comidas desde el exterior por encargo en los servicios de transporte aéreo |
BG: El número de administradores extranjeros no debe exceder del número de administradores que son ciudadanos búlgaros, en caso de que la participación pública (estatal y/o municipal) en el capital de acciones ordinarias de una empresa búlgara exceda del 50 %. HR: Requisito de nacionalidad para los servicios de hostelería y de suministro de comidas desde el exterior en los hogares y las casas rurales. |
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B. Servicios de agencias de viajes y organización de viajes en grupo (incluidos los organizadores de viajes en grupo) (CCP 7471) |
BG: El número de administradores extranjeros no debe exceder del número de administradores que son ciudadanos búlgaros, en caso de que la participación pública (estatal y/o municipal) en el capital de acciones ordinarias de una empresa búlgara exceda del 50 %. HR: Aprobación del Ministerio de Turismo para el puesto de director de oficina. |
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C. Servicios de guías de turismo (CCP 7472) |
BG, CY, ES, FR, EL, HR, HU, IT, LT, MT, PL, PT y SK: Requisito de nacionalidad. |
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15. SERVICIOS DE ESPARCIMIENTO, CULTURALES Y DEPORTIVOS (excepto los servicios audiovisuales) |
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A. Servicios de espectáculos (incluidos los de teatro, bandas y orquestas, circos y discotecas) |
FR: La autorización es necesaria para acceder a las funciones de gestión. La autorización está sujeta a un requisito de nacionalidad cuando se precisa para un período superior a dos años. Los artistas han conseguido un contrato de empleo con una empresa de espectáculos autorizada. El permiso de trabajo se expide por un período no superior a nueve meses, renovable por la duración del contrato. La empresa de espectáculos debe pagar un impuesto a la Oficina de Migración Internacional. |
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16. SERVICIOS DE TRANSPORTE |
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A. Transporte marítimo |
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a) Transporte internacional de pasajeros (CCP 7211 menos el transporte de cabotaje nacional). b) Transporte internacional de carga (CCP 7212 menos el transporte de cabotaje nacional). |
UE: Requisito de nacionalidad para la tripulación de los buques. AT: Requisito de nacionalidad para la mayoría de los directores gerentes. |
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D. Transporte por carretera |
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a) Transporte de pasajeros (CCP 7121 y CCP 7122) |
AT: Requisito de nacionalidad para las personas y accionistas habilitados para representar a personas jurídicas o sociedades colectivas. DK y HR: Requisito de nacionalidad y de residencia para los gerentes. BG y MT: Requisito de nacionalidad. |
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b) Transporte de carga (CCP 7123, excluido el transporte de objetos de correspondencia y de mensajería por cuenta propia 149 ). |
AT: Requisito de nacionalidad para las personas y accionistas habilitados para representar a personas jurídicas o sociedades colectivas. BG y MT: Requisito de nacionalidad. HR: Requisito de nacionalidad y de residencia para los gerentes. |
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E. Transporte por tuberías de mercancías que no sean combustible 150 (CCP 7139) |
AT: Requisito de nacionalidad para los directores gerentes. |
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17. SERVICIOS AUXILIARES DEL TRANSPORTE 151 |
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A. Servicios auxiliares del transporte marítimo a) Servicios de almacenamiento (parte de CCP 742) b) Servicios de despacho de aduana c) Servicios de estaciones y depósitos de contenedores d) Servicios de agencias marítimas e) Servicios de expedición de cargamentos marítimos f) Alquiler de embarcaciones con tripulación (CCP 7213) |
AT: Requisito de nacionalidad para la mayoría de los directores gerentes. BG y MT: Requisito de nacionalidad. DK: Requisito de residencia para los servicios de despacho de aduana. EL: Requisito de nacionalidad para los servicios de despacho de aduana. IT: Requisito de residencia para los servicios de raccomandatario marittimo. |
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g) Servicios de remolque y tracción (CCP 7214) h) Servicios de apoyo relacionados con el transporte marítimo (parte de CCP 745) i) Otros servicios de apoyo y auxiliares (incluidos los servicios de suministro de comidas desde el exterior) (parte de CCP 749) |
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D. Servicios auxiliares del transporte por carretera d) Alquiler de vehículos comerciales de carretera con conductor (CCP 7124) |
AT: Requisito de nacionalidad para las personas y accionistas habilitados para representar a personas jurídicas o sociedades colectivas. BG y MT: Requisito de nacionalidad. |
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F. Servicios auxiliares del transporte por tuberías de mercancías que no sean combustible 152 a) Servicios de almacenamiento de mercancías que no sean combustible transportadas por tuberías (parte de CCP 742) |
AT: Requisito de nacionalidad para los directores gerentes. |
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19. SERVICIOS DE ENERGÍA |
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A. Servicios relacionados con la minería (CCP 883) 153 |
SK: Requisito de residencia. |
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20. OTROS SERVICIOS NO INCLUIDOS EN OTRA PARTE |
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a) Servicios de lavado, limpieza y teñido (CCP 9701) |
UE: Requisito de nacionalidad para especialistas y para becarios con titulación universitaria. |
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b) Servicios de peluquería (CCP 97021) |
UE: Requisito de nacionalidad para especialistas y para becarios con titulación universitaria. |
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c) Servicios de tratamiento de belleza, de manicura y de pedicura (CCP 97022) |
UE: Requisito de nacionalidad para especialistas y para becarios con titulación universitaria. |
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d) Otros servicios de tratamiento de belleza n.c.o.p. (CCP 97029) |
UE: Requisito de nacionalidad para especialistas y para becarios con titulación universitaria. |
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e) Servicios de tratamientos termales y masajes no terapéuticos, en la medida en que se presten como servicios de bienestar físico y de relajación y no con una finalidad médica o de rehabilitación 154 (CCP ver. 1.0 97230) |
UE: Requisito de nacionalidad para especialistas y para becarios con titulación universitaria. |
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ANEXO 8-B
LISTA DE COMPROMISOS ESPECÍFICOS DE SINGAPUR
ARTÍCULO ÚNICO
La lista de compromisos específicos de Singapur figura en los apéndices 8-B-1 a 8-B-2.
Apéndice 8-B-1
SINGAPUR
LISTA DE COMPROMISOS ESPECÍFICOS
NOTAS EXPLICATIVAS
1. La clasificación de sectores de servicios de esta lista se basa en la Clasificación Central de Productos (CCP) provisional de 1991 de la Oficina de Estadística de las Naciones Unidas, salvo indicación en contrario por ausencia de un número de CCP. El orden refleja la clasificación sectorial de servicios que figura en el documento MTN.GNS/W/120 del GATT, de 10 de julio de 1991. La lista de compromisos específicos sigue las directrices de los documentos del GATT MTN.GNS/W/164, de 3 de septiembre de 1993, y MTN.GNS/W/164/Add.1, de 30 de noviembre de 1993.
2. El uso de «**» junto a los códigos CCP indica que el compromiso específico de ese código no se extiende a toda la gama de los servicios que engloba ese código.
3. La clasificación de sectores de establecimiento de la presente lista se basa en la Clasificación Industrial Internacional Uniforme (CIIU), revisión 3, de la Oficina de Estadística de las Naciones Unidas. Si procede y es necesario, Singapur puede especificar la cobertura exacta del compromiso, si el compromiso no se ajusta exactamente al sistema de clasificación.
4. En la lista de compromisos que figura a continuación (en lo sucesivo, «la presente lista») se indican los sectores de servicios liberalizados en virtud de los artículos 8.7 (Lista de compromisos específicos) y 8.12 (Lista de compromisos específicos), y, mediante reservas, las limitaciones al acceso a los mercados y al trato nacional aplicables a los servicios y proveedores de servicios de la Unión en dichos sectores. La presente lista consta de los siguientes elementos:
a) una primera columna, en la que se indica el sector o subsector en el que Singapur asume el compromiso, así como el ámbito de la liberalización al que se aplican las reservas;
b) una segunda columna, en la que se describen las reservas aplicables a los artículos 8.5 (Acceso al mercado) y 8.10 (Acceso al mercado) en el sector o subsector indicado en la primera columna;
c) una tercera columna, en la que se describen las reservas aplicables a los artículos 8.6 (Trato nacional) y 8.11 (Trato nacional) en el sector o subsector indicado en la primera columna; y
d) una cuarta columna, en la que se describen los compromisos específicos sobre medidas que afectan al suministro transfronterizo de servicios y al establecimiento en sectores de servicios que no figuran en la lista establecida de conformidad con los artículos 8.5 (Acceso al mercado) y 8.10 (Acceso al mercado) y los artículos 8.6 (Trato nacional) y 8.11 (Trato nacional).
5. No obstante lo dispuesto en el artículo 8.10 (Acceso al mercado), no es necesario indicar en la presente lista los requisitos no discriminatorios relativos a los tipos de forma jurídica de un establecimiento para que Singapur los mantenga o adopte.
6. La presente lista no incluye las medidas relativas a los requisitos y procedimientos de cualificación, las normas técnicas y los requisitos de autorización cuando dichas medidas no constituyan una limitación al acceso a los mercados o al trato nacional a tenor de los artículos 8.5 (Acceso al mercado) y 8.10 (Acceso al mercado) y los artículos 8.6 (Trato nacional) y 8.11 (Trato nacional). Tales medidas (como pueden ser la necesidad de obtener una licencia, las obligaciones de servicio universal, la necesidad de obtener el reconocimiento de las cualificaciones en sectores regulados, la necesidad de superar exámenes específicos —por ejemplo, exámenes de idiomas— o la necesidad de tener un domicilio legal en el territorio en el que se desempeña la actividad económica), aunque no figuren en la lista, serán de aplicación en cualquier caso a los servicios y proveedores de servicios de la Unión.
7. De conformidad con el apartado 2, letra a), del artículo 8.1 (Objetivo y ámbito de aplicación), la presente lista no se aplicará a las subvenciones o ayudas proporcionadas por una Parte, incluidos los préstamos, las garantías y los seguros con respaldo de los gobiernos.
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Modos de suministro: 1) Suministro transfronterizo 2) Consumo en el extranjero 3) Presencia comercial 4) Presencia de personas físicas |
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Sector o subsector |
Limitaciones al acceso a los mercados |
Limitaciones al trato nacional |
Compromisos adicionales |
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COMPROMISOS/LIMITACIONES HORIZONTALES |
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TODOS LOS SECTORES INCLUIDOS EN LA PRESENTE LISTA |
i) Los préstamos en dólares de Singapur (SGD) concedidos por las instituciones financieras locales y extranjeras a no residentes, a empresas controladas por no residentes y a residentes para su utilización fuera de Singapur requieren autorización previa de la AMS. ii) Las instituciones financieras no extenderán facilidades de crédito en SGD a entidades financieras no residentes en caso de que existan indicios de que los ingresos netos en SGD puedan utilizarse para especular en dicha moneda. |
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Sin consolidar para las medidas que afectan al tipo de actividades que pueden llevarse a cabo en relación con los terrenos o con su utilización, que incluye, aunque no exclusivamente, la división en zonas del suelo, el uso del suelo y las políticas de planificación urbana. |
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Sin consolidar para las medidas que afectan a los bienes inmuebles. Esto incluye, entre otras, las medidas que afectan a la propiedad, la venta, la compra, la promoción y la gestión de bienes inmuebles. |
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Sin consolidar para las medidas que afectan a: i) la aplicación total o parcial al sector privado de los servicios prestados en el ejercicio de la autoridad gubernamental; ii) la venta de las participaciones en el capital social de una empresa y/o los activos de una empresa enteramente propiedad del Gobierno de Singapur; y iii) la venta de las participaciones en el capital social de una empresa y/o los activos de una empresa parcialmente propiedad del Gobierno de Singapur. |
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Sin consolidar para las medidas relativas a desinversiones del administrador y operador de aeropuertos. |
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Los inversores individuales, aparte del Gobierno de Singapur, estarán sujetos a los siguientes límites de participación en el capital social de las empresas y/o sus organismos sucesores que se enumeran a continuación: i) Singapore Technologies Engineering: 15 % ii) Singapore Power, Power Grid, Power Supply, Power Gas: 10 % iii) PSA Corporation: 5 % iv) Singapore Airlines: 5 % A los efectos de la presente lista, la propiedad de capital por parte de un inversor de estas empresas y/o sus organismos sucesores incluye tanto la participación directa como indirecta en el capital social. |
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La suma de las participaciones extranjeras en el grupo PSA Corporation y/o su organismo sucesor está sujeta a un límite del 49 %. El «agregado de participaciones extranjeras» se define como el número total de acciones propiedad de: i) cualquier persona que no es ciudadano de Singapur; ii) cualquier sociedad que no es propiedad en más del 50 % de ciudadanos de Singapur o del Gobierno de Singapur; y/o iii) cualquier otra empresa que no es propiedad o se encuentra bajo control del Gobierno de Singapur. |
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Sin consolidar para las medidas relativas a la retención de una participación del control por parte del Gobierno de Singapur en Singapore Technologies Engineering («la empresa») y/o su organismo sucesor, incluidos, aunque no exclusivamente, los controles sobre el nombramiento y cese de los miembros del Consejo de Administración, la venta de acciones y la disolución de la sociedad. |
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Sin consolidar para las medidas que afectan al sector de las armas y los explosivos, incluida la fabricación, el uso, la venta, el almacenamiento, el transporte, la importación, la exportación y la posesión de armas o explosivos. |
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1), 2), 3), 4) Los compromisos específicos de acceso al mercado de cualquier sector o subsector, a través de cualquiera de los modos de suministro, no deberán interpretarse de forma que anulen las limitaciones establecidas en el sector de los servicios financieros |
Cuando una persona obligada a registrarse con arreglo a la Ley de registro mercantil (Cap. 32, 2001 edición revisada) no reside habitualmente en Singapur o, en el caso de una sociedad, los directores o el Secretario de la sociedad no residen habitualmente en Singapur, un responsable local 155 deberá ser nombrado 156 . |
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La lista no incluye las medidas relativas a la admisibilidad o los requisitos y procedimientos de cualificación, las normas técnicas y los requisitos y procedimientos relativos a las solicitudes de permisos de trabajo. Dichas medidas (por ejemplo, la necesidad de obtener cualificaciones reconocidas o de cumplir determinados requisitos de salarios o experiencia), incluso si no están enumeradas a continuación, se aplican en todo caso al personal clave y los becarios con titulación universitaria de la UE. A los becarios con titulación universitaria de la UE se les pueden aplicar requisitos del mercado laboral. Los compromisos en lo que respecta al personal clave y a los becarios con titulación universitaria no rigen en los casos en los que el objetivo o la consecuencia de su presencia temporal supone una interferencia o afecta de cualquier otro modo a los resultados de una controversia o negociación relacionada con la mano de obra o con la gestión. |
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4) Presencia de personas físicas: Sin consolidar, excepto por lo que se refiere al compromiso de la sección D (Presencia temporal de personas físicas con fines empresariales) y con sujeción a las limitaciones específicas del sector. Becarios con titulación universitaria Sin consolidar para los sectores o subsectores que figuran a continuación: Servicios financieros |
4) Sin consolidar. |
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Modos de suministro: 1) Suministro transfronterizo 2) Consumo en el extranjero 3) Presencia comercial 4) Presencia de personas físicas |
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Sector o subsector |
Limitaciones al acceso a los mercados |
Limitaciones al trato nacional |
Compromisos adicionales |
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COMPROMISOS/LIMITACIONES RELATIVOS A SECTORES ESPECÍFICOS |
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1. SERVICIOS PRESTADOS A LAS EMPRESAS |
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A. Servicios profesionales |
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Servicios de arbitraje comercial internacional en relación con el Derecho internacional, el Derecho extranjero o el Derecho de Singapur (86190) |
1) Ninguna 2) Ninguna 3) Ninguna 4) Sin consolidar, excepto lo indicado en la sección horizontal. En relación con el arbitraje comercial internacional, los abogados de la UE pueden participar en procedimientos de arbitraje comercial internacional en Singapur en los casos autorizados por la Legal Profession Act (Ley de la profesión jurídica, capítulo 161). |
1) Ninguna 2) Ninguna 3) Ninguna 4) Sin consolidar, excepto lo indicado en la sección horizontal. En relación con el arbitraje comercial internacional, los abogados de la UE pueden participar en procedimientos de arbitraje comercial internacional en Singapur en los casos autorizados por la Legal Profession Act (Ley de la profesión jurídica, capítulo 161). |
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Servicios jurídicos (aparte de los servicios de arbitraje comercial internacional en relación con el Derecho internacional y los servicios jurídicos en relación con el Derecho del país de origen) (861**) |
1) Ninguna, excepto los requisitos de registro aplicables. 2) Ninguna 3) Ninguna, excepto los requisitos de registro aplicables. 4) Sin consolidar, excepto lo indicado en la sección horizontal y con sujeción a los requisitos de registro aplicables. |
1) Ninguna, excepto lo indicado en la columna de acceso al mercado. 2) Ninguna 3) Ninguna, excepto lo indicado en la columna de acceso al mercado. 4) Sin consolidar, excepto lo indicado en la sección horizontal y con sujeción a los requisitos de registro aplicables. |
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Servicios jurídicos en relación con el Derecho de Singapur 157 (861**) |
1) Ninguna, excepto que solo las personas admitidas en el Colegio de Abogados de Singapur, registradas como miembros de la Law Society de Singapur y titulares de un certificado de ejercicio profesional están autorizadas a prestar servicios jurídicos en relación con el Derecho de Singapur. |
1) Ninguna, excepto lo indicado en la columna de acceso al mercado. 2) Ninguna 3) Ninguna, excepto lo indicado en la columna de acceso al mercado. 4) Sin consolidar. |
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2) Ninguna 3) Solo las personas admitidas en el Colegio de Abogados de Singapur, registradas como miembros de la Law Society de Singapur y titulares de un certificado de ejercicio profesional están autorizadas a prestar servicios jurídicos en relación con el Derecho de Singapur. |
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Los gabinetes de abogados de la UE solo podrán proporcionar servicios jurídicos en relación con el derecho de Singapur mediante una empresa jurídica conjunta o alianza jurídica formal con un gabinete de abogados de Singapur y únicamente en la medida en que lo permita la legislación, las normas y las reglamentaciones sobre empresas jurídicas conjuntas o alianzas jurídicas formales, y sin perjuicio de las condiciones y requisitos relativos a las empresas jurídicas conjuntas o alianzas jurídicas formales. Sin embargo, Singapur modificará estas condiciones y restricciones en favor de los gabinetes de abogados de la UE como sigue: |
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i) el número mínimo de abogados de la UE residentes en Singapur que el gabinete de abogados de la UE está obligado a mantener en una empresa jurídica conjunta o alianza jurídica formal se reducirá de cinco a tres, de los cuales al menos dos serán socios en el capital o miembros del Consejo de Administración del gabinete de abogados de la UE; |
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ii) la experiencia pertinente mínima exigida a los tres abogados de la UE a que se refiere el inciso i) se considerará sobre una base agregada de quince años, en lugar de sobre la base de la experiencia individual de cinco años para cada abogado de la UE; iii) la experiencia pertinente mínima exigida a los abogados de la UE que trabajen en una empresa jurídica conjunta que desee presentar una solicitud para ejercer una actividad jurídica Singapur en virtud de la Legal Profession Act se reducirá de cinco a tres años; |
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4) Sin consolidar, excepto lo indicado en la sección horizontal. En relación con el arbitraje comercial internacional, los abogados de la UE pueden participar en procedimientos de arbitraje comercial internacional en Singapur en los casos autorizados por la Legal Profession Act (Ley de la profesión jurídica, capítulo 161). |
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Servicios de contabilidad, auditoría y teneduría de libros, excepto servicios de auditoría financiera (862**) |
1) Ninguna 2) Ninguna 3) Ninguna 4) Sin consolidar, excepto lo indicado en la sección horizontal. |
1) Ninguna 2) Ninguna 3) Ninguna 4) Sin consolidar. |
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Servicios de auditoría financiera (86211) |
1) Ninguna, excepto que los contables públicos deben ser residentes en Singapur o al menos uno de los socios de la empresa debe ser residente habitual en Singapur 2) Ninguna 3) Ninguna 4) Sin consolidar, excepto lo indicado en la sección horizontal. |
1) Ninguna, excepto que los contables públicos deben ser residentes en Singapur o al menos uno de los socios de la empresa debe ser residente habitual en Singapur 2) Ninguna 3) Como en el modo 1) 4) Sin consolidar. |
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Servicios de asesoramiento tributario (863) |
1) Ninguna 2) Ninguna 3) Ninguna 4) Sin consolidar, excepto lo indicado en la sección horizontal. |
1) Ninguna 2) Ninguna 3) Ninguna 4) Sin consolidar. |
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Servicios de arquitectura (8671) |
1) Ninguna 2) Ninguna 3) Ninguna 4) Sin consolidar, excepto lo indicado en la sección horizontal. |
1) Ninguna 2) Ninguna 3) Ninguna 4) Sin consolidar. |
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Servicios de ingeniería (8672) |
1) Ninguna 2) Ninguna 3) Ninguna 4) Sin consolidar, excepto lo indicado en la sección horizontal. |
1) Ninguna 2) Ninguna 3) Ninguna 4) Sin consolidar. |
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Servicios integrados de ingeniería (8673) |
1) Ninguna 2) Ninguna 3) Ninguna 4) Sin consolidar, excepto lo indicado en la sección horizontal. |
1) Ninguna 2) Ninguna 3) Ninguna 4) Sin consolidar. |
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Servicios de arquitectura paisajista (86742) |
1) Ninguna 2) Ninguna 3) Ninguna 4) Sin consolidar, excepto lo indicado en la sección horizontal. |
1) Ninguna 2) Ninguna 3) Ninguna 4) Sin consolidar. |
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Servicios médicos (93121 y 93122) |
1) Sin consolidar. 2) Ninguna 3) Ninguna 4) Sin consolidar, excepto lo indicado en la sección horizontal. El número de nuevos médicos extranjeros matriculados cada año puede limitarse dependiendo de la oferta total de médicos. |
1) Ninguna 2) Ninguna 3) Ninguna 4) Sin consolidar. |
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Servicios dentales (93123) |
1) Sin consolidar. 2) Ninguna 3) Ninguna 4) Sin consolidar, excepto lo indicado en la sección horizontal. El número de nuevos dentistas extranjeros matriculados cada año puede limitarse dependiendo de la oferta total de dentistas. |
1) Ninguna 2) Ninguna 3) Ninguna 4) Sin consolidar. |
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Servicios de veterinaria (932) |
1) Ninguna 2) Ninguna 3) Ninguna 4) Sin consolidar, excepto lo indicado en la sección horizontal. |
1) Ninguna 2) Ninguna 3) Ninguna 4) Sin consolidar. |
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Servicios proporcionados por parteras, enfermeros, fisioterapeutas y personal paramédico (93191**) |
1) Sin consolidar. 2) Ninguna 3) Ninguna 4) Sin consolidar, excepto lo indicado en la sección horizontal. |
1) Ninguna 2) Ninguna 3) Ninguna 4) Sin consolidar. |
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B. Servicios de informática y servicios conexos |
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Servicios de informática y servicios conexos (84) |
1) Ninguna 2) Ninguna 3) Ninguna 4) Sin consolidar, excepto lo indicado en la sección horizontal. |
1) Ninguna 2) Ninguna 3) Ninguna 4) Sin consolidar. |
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C. Servicios de investigación y desarrollo |
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Servicios de investigación y desarrollo de las ciencias naturales (851) |
1) Ninguna 2) Ninguna 3) Ninguna 4) Sin consolidar, excepto lo indicado en la sección horizontal. |
1) Ninguna 2) Ninguna 3) Ninguna 4) Sin consolidar. |
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Servicios de investigación y desarrollo de las ciencias sociales y humanidades, excepto investigación jurídica (852**) |
1) Ninguna 2) Ninguna 3) Ninguna 4) Sin consolidar, excepto lo indicado en la sección horizontal. |
1) Ninguna 2) Ninguna 3) Ninguna 4) Sin consolidar. |
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Servicios interdisciplinarios de investigación y desarrollo (CCP 853) |
1) Ninguna 2) Ninguna 3) Ninguna 4) Sin consolidar, excepto lo indicado en la sección horizontal. |
1) Ninguna 2) Ninguna 3) Ninguna 4) Sin consolidar. |
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D. Servicios inmobiliarios |
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Servicios de arrendamiento relativos a bienes inmuebles no residenciales propios o arrendados (82102) |
1) Ninguna 2) Ninguna 3) Ninguna 4) Sin consolidar, excepto lo indicado en la sección horizontal. |
1) Ninguna 2) Ninguna 3) Ninguna 4) Sin consolidar. |
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Servicios de administración de bienes inmuebles residenciales y no residenciales a comisión o por contrato (82201, 82202)
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1) Ninguna, excepto que solo Sentosa Development Corporation y/o su sucesora está autorizada a desarrollar y gestionar la isla de Sentosa y sus vías navegables. Sin embargo, previa aprobación, los promotores privados están autorizados a desarrollar determinados terrenos de Sentosa para fines comerciales, residenciales y recreativos. |
1) Ninguna, excepto que solo Sentosa Development Corporation y/o su sucesora está autorizada a desarrollar y gestionar la isla de Sentosa y sus vías navegables. Sin embargo, previa aprobación, los promotores privados están autorizados a desarrollar determinados terrenos de Sentosa para fines comerciales, residenciales y recreativos. |
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2) Ninguna 3) Ninguna, excepto que solo Sentosa Development Corporation está autorizada a desarrollar y gestionar la isla de Sentosa y sus vías navegables. Sin embargo, previa aprobación, los promotores privados están autorizados a desarrollar determinados terrenos de Sentosa para fines comerciales, residenciales y recreativos. 4) Sin consolidar, excepto lo indicado en la sección horizontal. |
2) Ninguna 3) Ninguna, excepto que solo Sentosa Development Corporation está autorizada a desarrollar y gestionar la isla de Sentosa y sus vías navegables. Sin embargo, previa aprobación, los promotores privados están autorizados a desarrollar determinados terrenos de Sentosa para fines comerciales, residenciales y recreativos. 4) Sin consolidar. |
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E. Servicios de arrendamiento o alquiler sin operarios |
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Servicios de arrendamiento o alquiler de buques sin tripulación
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1) Ninguna 2) Ninguna 3) Ninguna 4) Sin consolidar, excepto lo indicado en la sección horizontal. |
1) Ninguna 2) Ninguna 3) Ninguna 4) Sin consolidar. |
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Servicios de alquiler o arrendamiento de turismos, vehículos de transporte de mercancías y otros tipos de material de transporte terrestre sin conductor (83101, 83102 y 83105) |
1) Ninguna, excepto que está prohibido el alquiler de turismos, vehículos de transporte de mercancías y otros tipos de material de transporte terrestre sin conductor por residentes de Singapur con la intención de utilizar los vehículos en Singapur. 2) Ninguna 3) Ninguna 4) Sin consolidar, excepto lo indicado en la sección horizontal. |
1) Ninguna, excepto que está prohibido el alquiler de vehículos matriculados en el extranjero por residentes de Singapur con la intención de utilizarlos en Singapur 2) Ninguna 3) Ninguna 4) Sin consolidar. |
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Servicios de alquiler o arrendamiento de otro tipo de maquinaria y equipo (83106-83109) |
1) Ninguna 2) Ninguna 3) Ninguna 4) Sin consolidar, excepto lo indicado en la sección horizontal. |
1) Ninguna 2) Ninguna 3) Ninguna 4) Sin consolidar. |
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Servicios de arrendamiento con o sin opción de compra de efectos personales y enseres domésticos (832)
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1) Ninguna 2) Ninguna 3) Ninguna 4) Sin consolidar, excepto lo indicado en la sección horizontal. |
1) Ninguna 2) Ninguna 3) Ninguna 4) Sin consolidar. |
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F. Otros servicios prestados a las empresas |
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Servicios de publicidad (871) |
1) Ninguna 2) Ninguna 3) Ninguna 4) Sin consolidar, excepto lo indicado en la sección horizontal. |
1) Ninguna 2) Ninguna 3) Ninguna 4) Sin consolidar. |
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Servicios de investigación de mercados y encuestas de la opinión pública (864) |
1) Ninguna 2) Ninguna 3) Ninguna 4) Sin consolidar, excepto lo indicado en la sección horizontal. |
1) Ninguna 2) Ninguna 3) Ninguna 4) Sin consolidar. |
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Servicios de consultores en administración (865) |
1) Ninguna 2) Ninguna 3) Ninguna 4) Sin consolidar, excepto lo indicado en la sección horizontal. |
1) Ninguna 2) Ninguna 3) Ninguna 4) Sin consolidar. |
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Servicios relacionados con los de los consultores en administración (866) |
1) Ninguna 2) Ninguna 3) Ninguna 4) Sin consolidar, excepto lo indicado en la sección horizontal. |
1) Ninguna 2) Ninguna 3) Ninguna 4) Sin consolidar. |
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Servicios de ensayos y análisis técnicos, excepto los servicios de ensayo y análisis de: automóviles sociedades de clasificación animales, plantas y productos derivados de animales y plantas (8676 **) |
1) Ninguna 2) Ninguna 3) Ninguna 4) Sin consolidar, excepto lo indicado en la sección horizontal. |
1) Ninguna 2) Ninguna 3) Ninguna 4) Sin consolidar. |
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Servicios de ensayos y análisis técnicos de automóviles (8676**) |
1) Sin consolidar. 2) Ninguna 3) Ninguna 4) Sin consolidar, excepto lo indicado en la sección horizontal. |
1) Sin consolidar. 2) Ninguna 3) Ninguna 4) Sin consolidar. |
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Servicios de ensayos y análisis técnicos de animales, plantas y productos derivados de animales y plantas (8676**) |
1) Sin consolidar. 2) Ninguna 3) Ninguna 4) Sin consolidar, excepto lo indicado en la sección horizontal. |
1) Sin consolidar. 2) Ninguna 3) Ninguna 4) Sin consolidar, excepto lo indicado en la sección horizontal. |
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Servicios relacionados con la agricultura, la caza, la silvicultura y la pesca, excepto: servicios de contratistas de mano de obra agrícola; lucha contra incendios; servicios forestales, incluidos los servicios de daños forestales; y servicios relacionados con la extracción de madera |
1) Ninguna 2) Ninguna 3) Ninguna 4) Sin consolidar, excepto lo indicado en la sección horizontal. |
1) Ninguna 2) Ninguna 3) Ninguna 4) Sin consolidar. |
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pero incluidos los servicios de asesoramiento en servicios forestales, incluidos los servicios forestales y los relacionados con la explotación forestal (881** y 882**)
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Servicios relacionados con la minería (883 y 5115) |
1) Ninguna 2) Ninguna 3) Ninguna 4) Sin consolidar, excepto lo indicado en la sección horizontal. |
1) Ninguna 2) Ninguna 3) Ninguna 4) Sin consolidar. |
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Servicios relacionados con la industria (884 y 885, excepto
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1) Ninguna 2) Ninguna 3) Ninguna 4) Sin consolidar, excepto lo indicado en la sección horizontal. |
1) Ninguna 2) Ninguna 3) Ninguna 4) Sin consolidar. |
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Transporte, distribución, venta y servicios relacionados con la distribución de gas ciudad |
1) Sin consolidar. 2) Ninguna 3) Sin consolidar, excepto la venta de gas natural 4) Sin consolidar, excepto lo indicado en la sección horizontal. |
1) Sin consolidar. 2) Ninguna 3) Sin consolidar. 4) Sin consolidar. |
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Distribución de electricidad |
1) Sin consolidar. 2) Ninguna 3) Sin consolidar, excepto para el suministro de electricidad superior a 5 MW 4) Sin consolidar, excepto lo indicado en la sección horizontal. |
1) Sin consolidar. 2) Ninguna 3) Sin consolidar. 4) Sin consolidar. |
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Transporte de combustibles (7131) |
1) Sin consolidar. 2) Ninguna 3) Sin consolidar. 4) Sin consolidar, excepto lo indicado en la sección horizontal. |
1) Sin consolidar. 2) Ninguna 3) Sin consolidar. 4) Sin consolidar. |
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Servicios de prospección geológica, geofísica y otros tipos de prospección científica (86751) |
1) Sin consolidar. 2) Ninguna 3) Sin consolidar. 4) Sin consolidar, excepto lo indicado en la sección horizontal. |
1) Sin consolidar. 2) Ninguna 3) Sin consolidar. 4) Sin consolidar. |
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Servicios de colocación y suministro de personal (872) |
1) Ninguna 2) Ninguna 3) Ninguna 4) Sin consolidar, excepto lo indicado en la sección horizontal. |
1) Ninguna 2) Ninguna 3) Ninguna 4) Sin consolidar. |
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G. Servicios de investigación y seguridad |
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Servicios de investigaciones privadas (87301**) |
Limitación sobre acceso al mercado y trato nacional Todos los compromisos en este sector están sujetos a la Private Security Industry Act (Ley del sector de la seguridad privada). Esta Ley estipula que a los extranjeros no se les permite trabajar como investigadores privados, pero pueden participar en la gestión de la empresa. 1) Sin consolidar. 2) Ninguna 3) Ninguna 4) Sin consolidar, excepto lo indicado en la sección horizontal. |
1) Sin consolidar. 2) Ninguna 3) Ninguna 4) Sin consolidar. |
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Servicios de consultoría en seguridad (87302) |
1) Ninguna 2) Ninguna 3) Ninguna 4) Sin consolidar, excepto lo indicado en la sección horizontal. |
1) Ninguna 2) Ninguna 3) Ninguna 4) Sin consolidar. |
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Servicios de vigilancia de sistemas de alarma (87303) |
1) Ninguna 2) Ninguna 3) Ninguna 4) Sin consolidar, excepto lo indicado en la sección horizontal. |
1) Ninguna 2) Ninguna 3) Ninguna 4) Sin consolidar. |
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Servicios de guardas de seguridad desarmados (87305**) |
Limitación sobre acceso al mercado y trato nacional Todos los compromisos en este sector están sujetos a la Private Security Industry Act (Ley del sector de la seguridad privada). Esta Ley estipula que: – Los extranjeros están autorizados a crear agencias que faciliten servicios de guardas de seguridad desarmados, pero deben registrar una empresa con participación local. – En otras palabras, al menos dos de los directores deben ser ciudadanos de Singapur o residentes permanentes en Singapur. |
1) Sin consolidar. 2) Ninguna 3) Ninguna 4) Sin consolidar. |
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– Los directores extranjeros deben presentar un certificado de ausencia de condena penal de su país de origen o una declaración solemne ante un fedatario público local. – A los extranjeros no se les permite trabajar como guardas, pero pueden participar en la gestión de la empresa. 1) Sin consolidar. 2) Ninguna 3) Ninguna 4) Sin consolidar, excepto lo indicado en la sección horizontal. |
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Servicios de mantenimiento y reparación de equipo (con exclusión de los buques, las aeronaves y demás equipo de transporte) (633, 8861-8866**) |
1) Ninguna 2) Ninguna 3) Ninguna 4) Sin consolidar, excepto lo indicado en la sección horizontal. |
1) Ninguna 2) Ninguna 3) Ninguna 4) Sin consolidar. |
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Servicios de limpieza de edificios (874) |
1) Ninguna 2) Ninguna 3) Ninguna 4) Sin consolidar, excepto lo indicado en la sección horizontal. |
1) Ninguna 2) Ninguna 3) Ninguna 4) Sin consolidar. |
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Servicios fotográficos (875) |
1) Ninguna 2) Ninguna 3) Ninguna 4) Sin consolidar, excepto lo indicado en la sección horizontal. |
1) Ninguna 2) Ninguna 3) Ninguna 4) Sin consolidar. |
|
|
Servicios de empaque (876) |
1) Ninguna 2) Ninguna 3) Ninguna 4) Sin consolidar, excepto lo indicado en la sección horizontal. |
1) Ninguna 2) Ninguna 3) Ninguna 4) Sin consolidar. |
|
|
Servicios de gestión de convenciones y exhibiciones (87909**) |
1) Ninguna 2) Ninguna 3) Ninguna 4) Sin consolidar, excepto lo indicado en la sección horizontal. |
1) Ninguna 2) Ninguna 3) Ninguna 4) Sin consolidar. |
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|
Servicios de secretaría (87909**) |
1) Ninguna 2) Ninguna 3) Ninguna 4) Sin consolidar, excepto lo indicado en la sección horizontal. |
1) Ninguna 2) Ninguna 3) Ninguna 4) Sin consolidar. |
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Servicios de contestación de llamadas telefónicas (87903) Excluye los servicios con licencia y regulados al amparo de la Singapore Broadcasting Authority Act (Ley del organismo de radiodifusión de Singapur) |
1) Ninguna 2) Ninguna 3) Ninguna 4) Sin consolidar, excepto lo indicado en la sección horizontal. |
1) Ninguna 2) Ninguna 3) Ninguna 4) Sin consolidar. |
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Servicios de copia y reproducción (87904) |
1) Ninguna 2) Ninguna 3) Ninguna 4) Sin consolidar, excepto lo indicado en la sección horizontal. |
1) Ninguna 2) Ninguna 3) Ninguna 4) Sin consolidar. |
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Servicios de traducción e interpretación (87905) |
1) Ninguna 2) Ninguna 3) Ninguna 4) Sin consolidar, excepto lo indicado en la sección horizontal. |
1) Ninguna 2) Ninguna 3) Ninguna 4) Sin consolidar. |
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Servicios especializados de diseño (87907) |
1) Ninguna 2) Ninguna 3) Ninguna 4) Sin consolidar, excepto lo indicado en la sección horizontal. |
1) Ninguna 2) Ninguna 3) Ninguna 4) Sin consolidar. |
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2. SERVICIOS DE COMUNICACIONES |
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A. Servicios postales y de correos |
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Servicios postales 1. Servicios postales básicos; |
1) Sujeta a acuerdos comerciales con operadores autorizados. |
1) Ninguna 2) Ninguna 3) Ninguna |
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servicios para el transporte de un lugar a otro de cartas 158 (excepto cartas urgentes) que pesen 500 gramos o menos, incluidos los servicios accesorios de recepción, recogida, clasificación, envío, despacho y entrega de dichas cartas y otros servicios relativos a cualquiera de estos servicios y prestados conjuntamente con cualquiera de ellos. |
2) Ninguna 3) Todos los proveedores de servicios deben incorporarse como empresas de conformidad con la Ley de sociedades (Cap. 50) 159 . 4) Sin consolidar, excepto lo indicado en la sección horizontal. |
4) Sin consolidar. |
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2. Servicios postales urgentes; servicios para el transporte de un lugar a otro de cartas urgentes (incluidas las cartas urgentes locales 160 y las cartas urgentes internacionales 161 ) que pesen 500 gramos o menos, incluidos los servicios accesorios de recepción, recogida, clasificación, envío, despacho y entrega de dichas cartas urgentes y otros servicios relativos a cualquiera de estos servicios y prestados conjuntamente con cualquiera de ellos. |
1) Sujeta a acuerdos comerciales con operadores autorizados. 2) Ninguna 3) Ninguna 4) Sin consolidar, excepto lo indicado en la sección horizontal. |
1) Ninguna 2) Ninguna 3) Ninguna 4) Sin consolidar. |
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B. Servicios de correos |
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Servicios de correos Servicios de correos en el caso de documentos, paquetes y bultos, excluidas las cartas (tal como se han definido anteriormente) que pesen 500 gramos o menos. |
1) Ninguna 2) Ninguna 3) Ninguna 4) Sin consolidar, excepto lo indicado en la sección horizontal. |
1) Ninguna 2) Ninguna 3) Ninguna 4) Sin consolidar, excepto lo indicado en la sección horizontal. |
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C. Servicios de telecomunicaciones 162 |
Notas El número de licencias concedidas se limitará solo por limitaciones físicas y de recursos, como la disponibilidad de terrenos o de espectros de frecuencias. |
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1. Servicios básicos de telecomunicaciones 163 , incluida la reventa (sobre la base de instalaciones y servicios): a) Servicios conmutados públicos 164 (locales e internacionales) b) Servicios de circuitos alquilados (locales e internacionales) |
1) Sujeta a acuerdos comerciales con operadores autorizados. 2) Ninguna 3) Todos los proveedores de servicios deben incorporarse como empresas de conformidad con la Ley de sociedades (Cap. 50). 4) Sin consolidar, excepto lo indicado en la sección horizontal. |
1) Ninguna 2) Ninguna 3) Ninguna 4) Sin consolidar. |
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2. Servicios móviles 165 , incluida la reventa (sobre la base de instalaciones y servicios): a) Servicios públicos móviles de datos b) Servicios públicos de radiocomunicación troncales c) Servicios públicos de radiobúsqueda d) Servicios públicos de telefonía móvil celular |
1) Sujeta a acuerdos comerciales con operadores autorizados. 2) Ninguna 3) Todos los proveedores de servicios deben incorporarse como empresas de conformidad con la Ley de sociedades (Cap. 50). 4) Sin consolidar, excepto lo indicado en la sección horizontal. |
1) Ninguna 2) Ninguna 3) Ninguna 4) Sin consolidar. |
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3. Servicios de redes de valor añadido Abarca los siguientes servicios: – correo electrónico – correo vocal – extracción de información en línea y de bases de datos – intercambio electrónico de datos – procesamiento de información en línea y/o de datos |
1) Ninguna 2) Ninguna 3) Ninguna 4) Sin consolidar, excepto lo indicado en la sección horizontal. |
1) Ninguna 2) Ninguna 3) Ninguna 4) Sin consolidar. |
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3. SERVICIOS DE CONSTRUCCIÓN Y SERVICIOS DE INGENIERÍA CONEXOS |
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Servicios de construcción Consistentes en: – Trabajos generales de construcción para la edificación (CCP 512) – Trabajos generales de construcción para ingeniería civil (CCP 513) – Armado de construcciones prefabricadas y trabajos de instalación (CCP 514 + 516) – Trabajos de terminación de edificios (CCP 517) – Otros (CCP 511 + 515 + 518) |
1) Ninguna 2) Ninguna 3) Ninguna 4) Sin consolidar, excepto lo indicado en la sección horizontal. |
1) Ninguna 2) Ninguna 3) Ninguna 4) Sin consolidar. |
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4. SERVICIOS DE DISTRIBUCIÓN |
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A. Servicios de comisionistas |
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Servicios de comisionistas, excepto ventas a comisión o por contrato de productos médicos y farmacéuticos y cosméticos
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Limitaciones horizontales sobre acceso al mercado y trato nacional Salvo que se disponga lo contrario, los servicios de distribución de cualquier producto sujeto a una prohibición de importación o a la concesión no automática de una licencia de importación quedan excluidos del ámbito de aplicación de estos compromisos. 1) Ninguna 2) Ninguna 3) Ninguna 4) Sin consolidar, excepto lo indicado en la sección horizontal. |
1) Ninguna 2) Ninguna 3) Ninguna 4) Sin consolidar. |
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Ventas a comisión o por contrato de productos médicos y farmacéuticos y cosméticos no destinados al mercado de Singapur (62117**) |
Limitaciones horizontales sobre acceso al mercado y trato nacional Salvo que se disponga lo contrario, los servicios de distribución de cualquier producto sujeto a una prohibición de importación o a la concesión no automática de una licencia de importación quedan excluidos del ámbito de aplicación de estos compromisos. 1) Ninguna 2) Ninguna 3) Ninguna 4) Sin consolidar, excepto lo indicado en la sección horizontal. |
1) Ninguna 2) Ninguna 3) Ninguna 4) Sin consolidar. |
|
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Ventas a comisión o por contrato de productos médicos y farmacéuticos y cosméticos destinados al mercado de Singapur
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1) Sin consolidar. 2) Ninguna 3) Ninguna 4) Sin consolidar, excepto lo indicado en la sección horizontal. |
1) Sin consolidar. 2) Ninguna 3) Ninguna 4) Sin consolidar. |
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B. Servicios comerciales al por mayor |
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Servicios comerciales al por mayor, excepto productos médicos y farmacéuticos e instrumentos quirúrgicos y ortopédicos (622**) |
Limitaciones horizontales sobre acceso al mercado y trato nacional Salvo que se disponga lo contrario, los servicios de distribución de cualquier producto sujeto a una prohibición de importación o a la concesión no automática de una licencia de importación quedan excluidos del ámbito de aplicación de estos compromisos. 1) Ninguna 2) Ninguna 3) Ninguna 4) Sin consolidar, excepto lo indicado en la sección horizontal. |
1) Ninguna 2) Ninguna 3) Ninguna 4) Sin consolidar. |
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Comercio al por mayor de productos médicos y farmacéuticos y bienes médicos e instrumentos quirúrgicos y ortopédicos
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1) Sin consolidar. 2) Ninguna 3) Ninguna 4) Sin consolidar, excepto lo indicado en la sección horizontal. |
1) Sin consolidar. 2) Ninguna 3) Ninguna 4) Sin consolidar. |
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C. Servicios comerciales al por menor |
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Servicios comerciales al por menor no alimentarios, a excepción de: productos médicos y farmacéuticos (632**) |
Limitaciones horizontales sobre acceso al mercado y trato nacional Salvo que se disponga lo contrario, los servicios de distribución de cualquier producto sujeto a una prohibición de importación o a la concesión no automática de una licencia de importación quedan excluidos del ámbito de aplicación de estos compromisos. 1) Ninguna 2) Ninguna 3) Ninguna 4) Sin consolidar, excepto lo indicado en la sección horizontal. |
1) Ninguna 2) Ninguna 3) Ninguna 4) Sin consolidar. |
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Ventas al por menor de alimentos, bebidas y tabaco, excepto venta al por menor de productos del tabaco y venta al por menor de bebidas alcohólicas (6310*) |
Limitaciones horizontales sobre acceso al mercado y trato nacional Salvo que se disponga lo contrario, los servicios de distribución de cualquier producto sujeto a una prohibición de importación o a la concesión no automática de una licencia de importación quedan excluidos del ámbito de aplicación de estos compromisos. 1) Ninguna 2) Ninguna 3) Ninguna 4) Sin consolidar, excepto lo indicado en la sección horizontal. |
1) Ninguna 2) Ninguna 3) Ninguna 4) Sin consolidar. |
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Venta al por menor de productos farmacéuticos, médicos y ortopédicos (63211) |
1) Sin consolidar. 2) Ninguna 3) Ninguna 4) Sin consolidar, excepto lo indicado en la sección horizontal. |
1) Sin consolidar. 2) Ninguna 3) Ninguna 4) Sin consolidar. |
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Venta de vehículos de motor Solo: Servicios comerciales al por mayor de vehículos de motor (61111) Venta al por menor de vehículos de motor (61112) Venta de partes y accesorios de vehículos de motor (61130) Venta de motocicletas y vehículos para la nieve y de sus repuestos y accesorios (61210) |
1) Ninguna 2) Ninguna 3) Ninguna 4) Sin consolidar, excepto lo indicado en la sección horizontal. |
1) Ninguna 2) Ninguna 3) Ninguna 4) Sin consolidar. |
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D. Servicios de franquicia |
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Servicios de franquicia (8929**) |
1) Ninguna 2) Ninguna 3) Ninguna 4) Sin consolidar, excepto lo indicado en la sección horizontal. |
1) Ninguna 2) Ninguna 3) Ninguna 4) Sin consolidar. |
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5. SERVICIOS DE ENSEÑANZA |
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Servicios de enseñanza primaria (921**) |
Sin consolidar en el caso de los modos 1 – 4 para la prestación de servicios de enseñanza preescolar y primaria a ciudadanos de Singapur, incluidos los servicios de educación deportiva. En los demás casos, 1) Ninguna 2) Ninguna 3) Ninguna 4) Sin consolidar, excepto lo indicado en la sección horizontal. |
Sin consolidar en el caso de los modos 1 – 4 para la prestación de servicios de enseñanza preescolar y primaria a ciudadanos de Singapur, incluidos los servicios de educación deportiva. En los demás casos, 1) Ninguna 2) Ninguna 3) Ninguna 4) Sin consolidar. |
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Servicios generales de enseñanza secundaria y superior (9221** y 9222**) |
Sin consolidar en el caso de los modos 1 – 4 para la prestación de servicios de enseñanza secundaria general y superior (solo se aplica a las escuelas preuniversitarias y los centros preuniversitarios en el marco del sistema educativo de Singapur) a ciudadanos de Singapur, incluidos los servicios de educación deportiva. En los demás casos, 1) Ninguna 2) Ninguna 3) Ninguna 4) Sin consolidar, excepto lo indicado en la sección horizontal. |
Sin consolidar en el caso de los modos 1 – 4 para la prestación de servicios de enseñanza secundaria general y superior (solo se aplica a las escuelas preuniversitarias y los centros preuniversitarios en el marco del sistema educativo de Singapur) a ciudadanos de Singapur, incluidos los servicios de educación deportiva. En los demás casos, 1) Ninguna 2) Ninguna 3) Ninguna 4) Sin consolidar. |
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Servicios de enseñanza técnica y profesional postsecundaria (solo instituciones educativas no financiadas con fondos públicos) (92230*, 92240* y 92310) |
1) Ninguna 2) Ninguna 3) Ninguna 4) Sin consolidar, excepto lo indicado en la sección horizontal. |
1) Ninguna 2) Ninguna 3) Ninguna 4) Sin consolidar. |
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Otros servicios de enseñanza superior, con excepción de la formación de los médicos (solo las instituciones de enseñanza superior locales 166 estarán autorizadas a impartir programas de grado o de posgrado de formación de médicos en Singapur) (92390**) |
1) Ninguna 2) Ninguna 3) Ninguna 4) Sin consolidar, excepto lo indicado en la sección horizontal. |
1) Ninguna 2) Ninguna 3) Ninguna 4) Sin consolidar. |
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Servicios de enseñanza para adultos (92400) |
1) Ninguna 2) Ninguna 3) Ninguna 4) Sin consolidar, excepto lo indicado en la sección horizontal. |
1) Ninguna 2) Ninguna 3) Ninguna 4) Sin consolidar. |
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Otros servicios de enseñanza (92900) |
1) Ninguna 2) Ninguna 3) Ninguna 4) Sin consolidar, excepto lo indicado en la sección horizontal. |
1) Ninguna 2) Ninguna 3) Ninguna 4) Sin consolidar. |
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6. SERVICIOS RELACIONADOS CON EL MEDIO AMBIENTE |
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Servicios de alcantarillado (94010) |
1) Sin consolidar, excepto para los servicios de consultoría. 2) Ninguna 3) Sin consolidar. 4) Sin consolidar, excepto lo indicado en la sección horizontal. |
1) Sin consolidar, excepto para los servicios de consultoría. 2) Ninguna 3) Sin consolidar. 4) Sin consolidar. |
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Servicios de recogida de desperdicios, excepto gestión de residuos peligrosos (94020*) |
1) Sin consolidar, excepto para los servicios de consultoría. 2) Ninguna 3) Ninguna, excepto que el prestador del servicio de recogida de residuos deberá estar registrado en Singapur. El número de prestadores de servicios públicos de recogida de residuos está limitado por el número de sectores geográficos de Singapur. 4) Sin consolidar, excepto lo indicado en la sección horizontal. |
1) Sin consolidar, excepto para los servicios de consultoría. 2) Ninguna 3) Ninguna 4) Sin consolidar. |
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Servicios de eliminación de desperdicios, excepto servicios de vertederos y gestión de residuos peligrosos (94020*) |
1) Sin consolidar, excepto para los servicios de consultoría. 2) Ninguna 3) Ninguna, excepto que la empresa deberá estar registrada en Singapur. 4) Sin consolidar, excepto lo indicado en la sección horizontal. |
1) Sin consolidar, excepto para los servicios de consultoría. 2) Ninguna 3) Ninguna 4) Sin consolidar. |
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Gestión de residuos peligrosos, incluidas la recogida, la eliminación y el tratamiento de residuos peligrosos (94020*) |
1) Sin consolidar, excepto para los servicios de consultoría. 2) Ninguna 3) Ninguna, excepto que la empresa deberá estar registrada en Singapur. 4) Sin consolidar, excepto lo indicado en la sección horizontal. |
1) Sin consolidar, excepto para los servicios de consultoría. 2) Ninguna 3) Ninguna 4) Sin consolidar. |
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Servicios de saneamiento y servicios similares (94030) |
1) Sin consolidar, excepto para los servicios de consultoría. 2) Ninguna 3) Ninguna 4) Sin consolidar, excepto lo indicado en la sección horizontal. |
1) Sin consolidar, excepto para los servicios de consultoría. 2) Ninguna 3) Ninguna 4) Sin consolidar. |
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Servicios de la limpieza de gases de combustión (94040) |
1) Sin consolidar, excepto para los servicios de consultoría. 2) Ninguna 3) Ninguna 4) Sin consolidar, excepto lo indicado en la sección horizontal. |
1) Sin consolidar, excepto para los servicios de consultoría. 2) Ninguna 3) Ninguna 4) Sin consolidar. |
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Servicios de amortiguamiento de ruidos (94050) |
1) Sin consolidar, excepto para los servicios de consultoría. 2) Ninguna 3) Ninguna 4) Sin consolidar, excepto lo indicado en la sección horizontal. |
1) Sin consolidar, excepto para los servicios de consultoría. 2) Ninguna 3) Ninguna 4) Sin consolidar. |
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Servicios de protección de la naturaleza y el paisaje (94060) |
1) Sin consolidar, excepto para los servicios de consultoría. 2) Ninguna 3) Ninguna 4) Sin consolidar, excepto lo indicado en la sección horizontal. |
1) Sin consolidar, excepto para los servicios de consultoría. 2) Ninguna 3) Ninguna 4) Sin consolidar. |
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7. SERVICIOS FINANCIEROS |
Nota Todos los compromisos de la presente lista están sujetos a los compromisos horizontales de la lista de compromisos específicos de Singapur. Todos los compromisos de la presente lista también están sujetos a los requisitos de entrada, los criterios de admisión, la legislación interna, las directrices, las normas y reglamentos y los términos y condiciones de la Autoridad Monetaria de Singapur (AMS) o cualquier otra autoridad u organismo pertinente de Singapur, según los casos, siempre que no eludan las obligaciones que Singapur ha asumido con la misma. Las personas jurídicas que suministren servicios financieros estarán sujetas a limitaciones no discriminatorias en cuanto a la forma jurídica 167 . |
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A. SERVICIOS DE SEGUROS Y RELACIONADOS CON LOS SEGUROS |
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a) Servicios de seguros de vida, incluidos los de renta, invalidez, accidentes y salud |
1) Sin consolidar. 2) Ninguna 3) Estas medidas también constituyen limitaciones respecto al trato nacional. Al considerar la admisión de las aseguradoras en un programa de inversión del fondo central de previsión (Central Provident Fund Investment Scheme), el Consejo de Administración del fondo central de previsión toma en consideración los siguientes factores: a) si la aseguradora tiene un historial como mínimo de un año como aseguradora registrada en Singapur; |
1) Sin consolidar. 2) Ninguna 3) Ninguna 4) Sin consolidar, excepto lo indicado en la sección horizontal. |
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b) si la aseguradora da trabajo a un mínimo de tres responsables de gestión de fondos, uno de los cuales deberá tener al menos cinco años de experiencia en gestión de fondos; los otros dos pueden tener solo dos años de experiencia en gestión de fondos si: i) son analistas financieros (Chartered Financial Analyst) plenamente cualificados, o ii) son socios de la Sociedad de Actuarios (Society of Actuaries), o |
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iii) poseen un certificado en finanzas e inversiones (Certificate in Finance and Investments) del Instituto de Actuarios (Institute of Actuaries), o iv) poseen un título equivalente de cualquiera de las organizaciones profesionales de actuarios reconocidas en Singapur; y c) si la aseguradora gestiona al menos 500 millones SGD en fondos en Singapur. |
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A efectos de esta limitación, la definición de «responsables de la gestión de fondos» incluirá los gestores de carteras, los analistas financieros y los agentes de bolsa. 4) Sin consolidar, excepto lo indicado en la sección horizontal. |
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b) Servicios de seguros distintos de los seguros de vida, incluidos los de invalidez, accidentes a corto plazo y salud, y contratos de bonos de fidelidad, bonos de rendimiento o contratos similares de garantía |
1) Sin consolidar, salvo por el hecho de que las aseguradoras autorizadas o titulares de licencias para la prestación de servicios de seguros distintos de los seguros de vida en la Unión Europea pueden ofrecer seguros de riesgos de transporte marítimo, de aviación y de tránsito (MAT), incluidos: |
1) Tal como se indica en la columna de la AM. 2) Ninguna 3) Ninguna 4) Sin consolidar, excepto lo indicado en la sección horizontal. |
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i) transporte marítimo, aviación comercial y lanzamiento y transporte espacial (incluidos satélites), que cubran alguno o la totalidad de los siguientes elementos: las mercancías objeto de transporte, el vehículo que transporte las mercancías y la responsabilidad civil que pueda derivarse de los mismos; y ii) mercancías en tránsito internacional. 2) Estas medidas también constituyen limitaciones respecto al trato nacional. |
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Ninguna, excepto que el seguro obligatorio de responsabilidad civil para los vehículos de motor y la indemnización de los trabajadores solo podrá adquirirse en las aseguradoras titulares de una licencia 168 en Singapur. 3) Ninguna 4) Sin consolidar, excepto lo indicado en la sección horizontal. |
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c) Servicios de reaseguro y retrocesión |
1) Ninguna 2) Ninguna 3) Ninguna 4) Sin consolidar, excepto lo indicado en la sección horizontal. |
1) Ninguna 2) Ninguna 3) Ninguna 4) Sin consolidar, excepto lo indicado en la sección horizontal. |
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d) Servicios de intermediación de seguros, incluidos los de corredores y agencias |
1) Sin consolidar, excepto que los corredores autorizados o con licencia para proporcionar MAT y mediación de reaseguros en la UE pueden facilitar dichos servicios. 2) La colocación de los riesgos nacionales fuera de Singapur por parte de corredores está sujeta a la aprobación de la AMS, con excepción de los riesgos de reaseguro y los riesgos de seguros de responsabilidad marítima de los propietarios de buques asegurados por clubes de protección e indemnización y sociedades de transporte marítimo, de aviación y de tránsito asegurados por una aseguradora MAT autorizada. |
1) Tal como se indica en la columna de la AM. 2) Ninguna 3) Ninguna 4) Sin consolidar, excepto lo indicado en la sección horizontal. |
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3) Ninguna 4) Sin consolidar, excepto lo indicado en la sección horizontal. |
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e) Servicios auxiliares de los seguros, incluidos servicios actuariales, de tasación, de liquidación y de asesoramiento |
1) Ninguna 2) Ninguna 3) Ninguna 4) Sin consolidar, excepto lo indicado en la sección horizontal. |
1) Ninguna 2) Ninguna 3) Ninguna 4) Sin consolidar, excepto lo indicado en la sección horizontal. |
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B. SERVICIOS BANCARIOS Y OTROS SERVICIOS FINANCIEROS |
Nota Todos los compromisos de la presente lista están sujetos a los compromisos horizontales de la lista de compromisos específicos de Singapur. Todos los compromisos de la presente lista también están sujetos a los requisitos de entrada, los criterios de admisión, la legislación interna, las directrices, las normas y reglamentos y los términos y condiciones de la Autoridad Monetaria de Singapur (AMS) o cualquier otra autoridad u organismo pertinente de Singapur, según los casos, siempre que no eludan las obligaciones que Singapur ha asumido con la misma. Las personas jurídicas que suministren servicios financieros estarán sujetas a limitaciones no discriminatorias en cuanto a la forma jurídica 169 . |
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a) Aceptación de depósitos y otros fondos reembolsables del público |
1) Sin consolidar. 2) Ninguna 3) Estas medidas también constituyen limitaciones respecto al trato nacional. Solo pueden aceptar depósitos las entidades con licencia o autorización para funcionar como bancos, bancos de inversiones y entidades financieras. Esta medida no es discriminatoria. Los bancos extranjeros solo pueden operar desde una única oficina (excluida la infraestructura administrativa), a menos que se especifique otra cosa en la presente lista. No pueden crear cajeros automáticos externos ni redes de cajeros automáticos o nuevas sucursales a menos que se especifique otra cosa en la presente lista. Esto también constituye una limitación respecto al trato nacional. |
1) Sin consolidar. 2) Ninguna 3) Bancos comerciales Tal como se indica en la columna de acceso a los mercados. Bancos de inversiones Tal como se indica en la columna de acceso a los mercados. Entidades financieras Tal como se indica en la columna de acceso a los mercados. 4) Sin consolidar, excepto lo indicado en la sección horizontal. |
Bancos comerciales Si Singapur se compromete con países distintos de los Estados Unidos de América que tengan, como mínimo, una licencia de banco de servicios generales con privilegios de banco de servicios generales calificado (QFB), a ofrecer una o más nuevas licencias de banco de servicios generales con privilegios de QFB una vez que el presente Acuerdo haya entrado en vigor, se ofrecerá a la UE el mismo número de licencias adicionales de banco de servicios generales con privilegios de QFB. Además de la UE, solo Australia, China, los Estados Unidos de América, India y Malasia tienen una o más licencias de banco de servicios generales con privilegios de QFB. |
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Para ubicar los bancos y reubicar los bancos y las sucursales, es necesaria la autorización previa de la AMS. Esta limitación no se utilizará como un medio de discriminación arbitraria e injustificable contra los bancos de la UE o como una restricción encubierta del comercio de servicios que conceda una ventaja competitiva a las entidades locales. |
Si Singapur permite a un QFB extranjero (que no sea estadounidense), tener más de cincuenta puntos de servicio al cliente, debe concederse también el mismo privilegio a los QFB de la UE considerablemente arraigados. |
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Ninguna, excepto los siguientes servicios electrónicos de banca minorista: apertura de cuentas por nuevos clientes 170 , aceptación de depósitos, distribución de billetes o monedas de curso legal y solicitud de facilidades de crédito sin garantías 171 . Estas medidas no serán discriminatorias ni arbitrarias, ni incluirán ninguna prueba de necesidades económicas. En aras de la claridad, ninguna de estas medidas se aplicará a los bancos mayoristas, los bancos extraterritoriales y los bancos de inversiones. |
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A efectos de esta limitación, los servicios bancarios electrónicos se prestan a través de puntos de acceso que no han sido facilitados por el banco, como los servicios de banca minorista a través de móviles personales o de internet desde casa, con la evolución que puedan experimentar estas tecnologías. El establecimiento y el funcionamiento de los bancos comerciales extranjeros, los bancos de inversiones y las entidades financieras también están sujetos a las limitaciones que se enumeran en las actividades B, letras a) a l), y a las limitaciones siguientes: |
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Bancos comerciales No se concederá a los bancos extranjeros ninguna nueva licencia de banco de servicios generales (full bank), a menos que se especifique otra cosa en los compromisos adicionales. Se permitirá a los bancos de la UE con privilegios de banco de servicios generales calificado [qualifying full bank («QFB»)] crear un máximo de veinticinco puntos de atención al cliente adicionales (de los cuales diez, como máximo, podrán establecerse como sucursales), además del límite vigente para los bancos de la UE de veinticinco puntos de servicio al cliente, si y solo si la Autoridad ha determinado que el correspondiente banco de la UE está considerablemente arraigado en Singapur. |
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Para determinar si el banco de la UE está considerablemente arraigado en Singapur, la AMS tendrá en cuenta lo siguiente: a) el banco de la UE deberá incorporar, como mínimo, sus operaciones de banca minorista; b) la mayoría simple del consejo de la filial local del banco de la UE deberá estar constituida por singapurenses, residentes permanentes o una combinación de ambos; |
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c) la AMS considera que el banco de la UE y la sucursal local, en su caso, sirven a un amplio abanico de la comunidad local de Singapur y que, en principio, respetan las iniciativas clave de las asociaciones sectoriales; |
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d) la AMS considera que el banco de la UE está comprometido con la estabilidad financiera y el desarrollo a largo plazo de Singapur; por ejemplo, la AMS tendrá en cuenta el número de personas a las que el banco de la UE dará empleo en Singapur y su disposición a apoyar la estabilidad financiera de Singapur; |
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e) Singapur es uno de los mercados más importantes del banco de la UE y aporta una parte considerable de los beneficios y activos del grupo bancario de ámbito mundial del banco de la UE 172 ; f) las principales líneas de negocio tienen su sede en Singapur y sus principales responsables de la toma de decisiones son residentes en Singapur. |
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Para evitar dudas, la filial local deberá ser titular de la licencia de banco de servicios generales con privilegios de QFB y es la entidad que estaría autorizada a crear un máximo de veinticinco puntos de atención al cliente adicionales (de los cuales diez, como máximo, podrán establecerse como sucursales). |
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Los QFB podrán, con la autorización previa de la Autoridad, concertar cualquier acuerdo con un banco local para acceder a la red de cajeros automáticos del banco local, a fin de permitir que el titular de una tarjeta del QFB obtenga anticipos en efectivo de la cuenta de su tarjeta de crédito o débito, según proceda. Cuando el QFB realice tal solicitud de autorización, se le concedería sistemáticamente, siempre que se cumplan las condiciones que la Autoridad pueda imponer. |
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Los QFB pueden prestar servicios de adeudo en la red de Transferencia Electrónica de Fondos en el Punto de Venta (EFTPOS). Bancos mayoristas Previa solicitud a la Autoridad, se autorizará a doce bancos de la UE con licencia de banco mayorista a que gestione cada uno un máximo de dos puntos de servicio al cliente. Singapur se compromete a estudiar la posibilidad de aumentar el número de bancos que puedan beneficiarse de puntos de servicio al cliente una vez que estos hayan sido concedidos a doce bancos de la UE. |
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Entre el 1 de enero de 2013 y el 31 de diciembre de 2014, la Autoridad Monetaria de Singapur o el organismo que la suceda solo concederán un máximo de veinte nuevas licencias de banco mayorista. Tres años después de la fecha de entrada en vigor del presente Acuerdo, se eliminarán los límites cuantitativos sobre el número de licencias de banco mayorista para los bancos de la UE, tanto si realizan operaciones en Singapur como si no, y tales bancos podrán ser admitidos directamente como bancos mayoristas. |
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Los bancos mayoristas no están autorizados a: a) aceptar depósitos a plazo fijo en dólares singapurenses por un importe inferior a 250 000 SGD; b) gestionar cuentas de ahorro en dólares singapurenses sin la autorización previa de la AMS; c) gestionar cuentas corrientes en dólares singapurenses que devenguen intereses para personas físicas que sean residentes en Singapur; |
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d) emitir bonos y certificados de depósito negociables en dólares singapurenses, a menos que se cumplan los requisitos sobre el período de vencimiento mínimo, la denominación mínima o la categoría de inversores que figuran en las Directrices de Funcionamiento de los Bancos Mayoristas, publicadas por la Autoridad Monetaria de Singapur o por el organismo que la suceda. |
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Bancos extraterritoriales Los bancos extraterritoriales no están autorizados a: a) proporcionar, en dólares singapurenses, a residentes en Singapur que no sean bancos facilidades de crédito que superen un total de 500 millones SGD en un momento dado; b) ofrecer cuentas de ahorro; c) aceptar depósitos fijos o gestionar cuentas de ahorro en dólares singapurenses de residentes en Singapur que no sean bancos; |
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d) gestionar cuentas corrientes de residentes que no sean bancos, a menos que las cuentas se ofrezcan: i) en relación con facilidades de crédito concedidas, o con otros tratos comerciales con el cliente, o ii) a clientes de la sede central del banco; e) gestionar cuentas corrientes en dólares singapurenses que devenguen intereses para personas físicas que sean residentes en Singapur; |
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f) gestionar cuentas de ahorro en dólares singapurenses de no residentes en Singapur que no sean bancos; g) aceptar depósitos a plazo fijo en dólares singapurenses por un importe inferior a 250 000 SGD de no residentes que no sean bancos; |
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h) emitir bonos y certificados de depósito negociables en dólares singapurenses, a menos que se cumplan los requisitos sobre el período de vencimiento mínimo, la denominación mínima o la categoría de inversores que figuran en las Directrices de Funcionamiento de los Bancos Extraterritoriales, publicadas por la Autoridad Monetaria de Singapur o por el organismo que la suceda. |
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Ninguna persona extranjera, por sí sola o en concertación con otras, asumirá el control de un banco o una empresa constituidos en Singapur que pertenezca a una categoría de instituciones financieras aprobadas como sociedades financieras de cartera con arreglo a la sección 28 de la Ley sobre la Autoridad Monetaria de Singapur (denominadas «sociedad financiera de cartera») o aprobadas, designadas o reguladas de otro modo como sociedades financieras de cartera en virtud de otras leyes y reglamentos. |
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A Singapur le bastará con que una mayoría simple del consejo de administración de un banco de la UE esté compuesta por nacionales singapurenses, personas que residan en Singapur o una combinación ambos. |
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Es necesaria la autorización previa del Ministro para que una persona, ya sea por separado o conjuntamente con personas asociadas, pueda adquirir el control indirecto de acciones, así como acciones o el control del voto en unos porcentajes superiores al 5 %, el 12 % y el 20 % de las acciones en un banco o una sociedad financiera de cartera constituidos en Singapur, y para que un banco o una sociedad financiera de cartera constituidos en Singapur puedan fusionarse o ser adquiridos por cualquier otro organismo. |
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Para aprobar solicitudes que superen los valores umbral, el Ministro podrá imponer las condiciones que se consideren necesarias para evitar un control indebido, proteger el interés público y garantizar la integridad del sistema financiero. Por «persona extranjera» se entiende una persona que: en el caso de una persona física, no sea un ciudadano de Singapur, y en el caso de una sociedad, no esté controlada por ciudadanos de Singapur. |
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Bancos de inversiones Los bancos de inversiones solo pueden ejercer su actividad desde una única oficina (excluida la infraestructura administrativa). Esta medida no es discriminatoria. Para ubicar y reubicar los bancos de inversiones, es necesaria la autorización previa de la AMS. Esta limitación no se utilizará como un medio de discriminación arbitraria e injustificable contra los bancos de inversiones de la UE o como una restricción encubierta del comercio de servicios que conceda una ventaja competitiva a las entidades locales. |
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Con autorización de la AMS, los bancos de inversiones podrán obtener fondos en moneda extranjera de residentes y no residentes, gestionar cuentas de ahorro en moneda extranjera de no residentes y obtener fondos en dólares singapurenses de sus accionistas y de empresas controladas por sus accionistas, bancos y entidades financieras. Esta medida no es discriminatoria. |
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Entidades financieras No se concederá ninguna licencia para nuevas entidades financieras. Sin consolidar para la adquisición de acciones en entidades financieras y el traspaso o la venta a partes extranjeras de acciones extranjeras en entidades financieras existentes. |
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Las entidades financieras, tanto si son locales como de propiedad extranjera, solo podrán realizar transacciones en dólares singapurenses. Con autorización previa de la AMS, las entidades financieras admisibles también podrán realizar transacciones en moneda extranjera, oro u otros metales preciosos, así como adquirir acciones u obligaciones convertibles en moneda extranjera. 4) Sin consolidar, excepto lo indicado en la sección horizontal. |
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b) Préstamos de todo tipo, con inclusión de créditos personales, créditos hipotecarios, factoring y financiación de transacciones comerciales |
1) Sin consolidar. 2) Ninguna 3) Estas medidas también constituyen limitaciones respecto al trato nacional: i) Sin consolidar para el establecimiento de cajeros automáticos externos para entidades emisoras de tarjetas de crédito y de débito como medio para eludir las restricciones cuantitativas a los puntos de servicio al cliente. |
1) Ninguna 2) Ninguna 3) Tal como indica en la columna de la AM. 4) Sin consolidar, excepto lo indicado en la sección horizontal. |
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Las entidades financieras que concedan facilidades de crédito en dólares singapurenses (SGD) superiores a 5 millones SGD por entidad a entidades financieras no residentes o que organicen emisiones de capital o de obligaciones para no residentes deberán garantizar que, en caso de que los ingresos netos en SGD vayan a utilizarse fuera de Singapur, estos se permuten o se conviertan en moneda extranjera en el momento del pago con cargo al capital o antes de que sean girados al extranjero. |
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Las entidades financieras no concederán facilidades de crédito en SGD a entidades financieras no residentes en caso de que existan indicios de que los ingresos netos en SGD puedan utilizarse para especular en dicha moneda. Se entenderá el término «no residente» tal como se define en la Nota 757 de la AMS, publicada en virtud de la Ley bancaria. Los préstamos, en dólares singapurenses, de cada banco extraterritorial a residentes no podrán superar un importe total de 500 millones SGD. |
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Los bancos extraterritoriales no deben utilizar actividades de arrendamiento financiero ni sus bancos de inversiones para eludir el límite de préstamo de 500 millones SGD. ii) Se permite el establecimiento de entidades de crédito que no lleven a cabo actividades para las que es necesaria la autorización de la AMS. 4) Sin consolidar, excepto lo indicado en la sección horizontal. |
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c) Servicios financieros de arrendamiento con opción de compra |
1) Ninguna 2) Ninguna 3) Ninguna 4) Sin consolidar. |
1) Ninguna 2) Ninguna 3) Ninguna 4) Sin consolidar. |
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d) Servicios de pago y transferencia monetaria, con inclusión de tarjetas de crédito y de débito, cheques y giros bancarios |
1) Sin consolidar. 2) Ninguna 3) Estas medidas también constituyen limitaciones respecto al trato nacional. Se exige que la propiedad de los establecimientos de giros al extranjero corresponda mayoritariamente a ciudadanos de Singapur, salvo si el negocio es realizado por bancos y bancos de inversiones (es decir, que sean propietarios de más del 50 % de las acciones). Los giros bancarios solo pueden ser emitidos por bancos. Las limitaciones indicadas en la sección B, letra b), punto 3, también son aplicables a las actividades enumeradas en la letra B, letra d). 4) Sin consolidar, excepto lo indicado en la sección horizontal. |
1) Sin consolidar. 2) Ninguna 3) Ninguna 4) Sin consolidar, excepto lo indicado en la sección horizontal. |
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e) Garantías y compromisos |
1) Ninguna 2) Ninguna 3) Ninguna 4) Sin consolidar, excepto lo indicado en la sección horizontal. |
1) Ninguna 2) Ninguna 3) Ninguna 4) Sin consolidar, excepto lo indicado en la sección horizontal. |
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f) Intercambio comercial por cuenta propia o por cuenta de clientes, ya sea en intercambio, en un mercado extrabursátil o de otra forma, de lo siguiente: – instrumentos del mercado monetario (incluidos cheques, letras y certificados de depósito); |
1) Sin consolidar, excepto para los intercambios comerciales por cuenta propia de los productos enumerados en la sección B, letra f). Los intercambios comerciales de instrumentos del mercado monetario, divisas e instrumentos de tipo de cambio solo podrán realizarse con entidades financieras. 2) Ninguna |
1) Ninguna 2) Ninguna 3) Ninguna, excepto lo indicado en la actividad B, letra b). 4) Sin consolidar, excepto lo indicado en la sección horizontal. |
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– divisas – productos derivados, incluidos futuros y opciones; – instrumentos de los mercados cambiario y monetario, por ejemplo, «swaps» y acuerdos de tipo de interés a plazo – valores transferibles – otros instrumentos y activos financieros negociables, metal inclusive. |
3) La oferta de productos derivados en dólares singapurenses está sujeta al requisito indicado en la sección B, letra b), punto 3, inciso i). Se exige que la propiedad de los establecimientos de cambio de moneda, salvo si dicho negocio es realizado por bancos y bancos de inversiones y entidades financieras, corresponda mayoritariamente a ciudadanos de Singapur (es decir, que posean más del 50 % de las acciones). 4) Sin consolidar, excepto lo indicado en la sección horizontal. |
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g) Participación en emisiones de toda clase de valores, con inclusión de la subscripción y colocación como agentes y la prestación de servicios relacionados con esas emisiones |
1) Sin consolidar, excepto para la participación en emisiones de valores por cuenta propia, y el aseguramiento y la colocación de valores a través de sociedades de valores y bolsa, bancos o bancos de inversiones de Singapur. 2) Ninguna 3) Ninguna 4) Sin consolidar, excepto lo indicado en la sección horizontal. |
1) Ninguna 2) Ninguna 3) Ninguna, excepto lo indicado en la actividad B, letra b). 4) Sin consolidar, excepto lo indicado en la sección horizontal. |
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h) Corretaje de cambios |
1) Sin consolidar. 2) Ninguna 3) Ninguna 4) Sin consolidar, excepto lo indicado en la sección horizontal. |
1) Sin consolidar. 2) Ninguna 3) Ninguna 4) Sin consolidar, excepto lo indicado en la sección horizontal. |
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i) Administración de activos; por ejemplo, administración de fondos en efectivo o de carteras de valores, gestión de inversiones colectivas en todas sus formas, administración de fondos de pensiones, servicios de depósito y servicios fiduciarios |
1) Sin consolidar. 2) Ninguna 3) Estas medidas también constituyen limitaciones respecto al trato nacional. Ninguna, excepto: a) Solo el Central Depository Pte Ltd o el organismo que lo suceda están autorizados a prestar servicios de depositario en custodia de los valores anotados en cuenta. |
1) Sin consolidar. 2) Ninguna 3) Ninguna 4) Sin consolidar, excepto lo indicado en la sección horizontal. |
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b) Al considerar si las empresas de gestión de fondos (EGF) son admitidas en el Sistema de Inversión del Fondos de Pensión Central (CPFIS en sus siglas en inglés), el Consejo del Fondo de Pensión Central toma en consideración los factores siguientes: |
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i) si la EGF tiene un historial de al menos un año como titular de una licencia de servicios de mercados de capitales con arreglo a la Ley de valores e instrumentos financieros a plazos, Cap. 289 (o su equivalente con arreglo a la Ley del sector de los valores, Ley 15 de 1986), en el sector de la gestión de fondos de Singapur, mientras que el grupo en su conjunto tiene un historial de al menos tres años en gestión de fondos; |
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ii) si la EGF gestiona al menos 500 millones SGD en fondos en Singapur, y iii) si la EGF tiene, como mínimo, tres gestores de fondos, uno de los cuales deberá tener al menos cinco años de experiencia en gestión de fondos. |
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A efectos de esta limitación, la definición de «gestor de fondos» incluirá los gestores de carteras, los analistas financieros y los vendedores. El establecimiento o la explotación de mercados de valores e instrumentos financieros a plazos como intercambios, intercambios exentos o proveedores de sistemas comerciales reconocidos están sujetos a la autorización, incluida la imposición de las condiciones de autorización, de la Autoridad Monetaria de Singapur o el organismo que la suceda. 4) Sin consolidar, excepto lo indicado en la sección horizontal. |
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j) Servicios de pago y compensación respecto de activos financieros, con inclusión de valores, productos derivados y otros instrumentos negociables |
1) Sin consolidar, excepto el suministro de servicios de pago y compensación respecto de activos financieros que figuran únicamente en los intercambios en el extranjero. 2) Ninguna 3) Sin consolidar. 4) Sin consolidar, excepto lo indicado en la sección horizontal. |
1) Sin consolidar. 2) Ninguna 3) Sin consolidar. 4) Sin consolidar, excepto lo indicado en la sección horizontal. |
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k) Servicios de asesoramiento y otros servicios financieros auxiliares, con inclusión de informes y análisis de crédito, estudios y asesoramiento sobre inversiones y carteras de valores, y asesoramiento sobre adquisiciones y sobre reestructuración y estrategia de las empresas |
1) Se requiere presencia comercial para la prestación de servicios de estudios y asesoramiento sobre inversiones y carteras de valores. 2) Ninguna 3) Ninguna 4) Sin consolidar, excepto lo indicado en la sección horizontal. |
1) Ninguna 2) Ninguna 3) Ninguna 4) Sin consolidar, excepto lo indicado en la sección horizontal. |
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l) Suministro y transferencia de información financiera, y procesamiento de datos financieros y soporte lógico con ellos relacionado, por proveedores de otros servicios financieros |
1) Ninguna 2) Ninguna 3) Ninguna 4) Sin consolidar, excepto lo indicado en la sección horizontal. |
1) Ninguna 2) Ninguna 3) Ninguna 4) Sin consolidar, excepto lo indicado en la sección horizontal. |
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8. SERVICIOS SOCIALES Y DE SALUD |
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A. Servicios de hospital |
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Servicios de hospital, excepto: i) suministro de servicios de salud por centros sanitarios públicos o bajo control del sector público ii) inversiones en centros sanitarios públicos o bajo control del sector público (93110**) |
1) Ninguna 2) Ninguna 3) Ninguna 4) Sin consolidar, excepto lo indicado en la sección horizontal. |
1) Ninguna 2) Ninguna 3) Ninguna 4) Sin consolidar. |
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B. Otros servicios de salud humana |
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Servicios de ambulancia, excepto: i) suministro de servicios de salud por centros sanitarios públicos o bajo control del sector público ii) inversiones en centros sanitarios públicos o bajo control del sector público (93192**) |
1) Sin consolidar. 2) Ninguna 3) Ninguna 4) Sin consolidar, excepto lo indicado en la sección horizontal. |
1) Sin consolidar. 2) Ninguna 3) Ninguna 4) Sin consolidar. |
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Hospitales de cuidados agudos, residencias con asistencia médica y clínicas de reposo, tal como se definen en la Ley de hospitales y clínicas privados (cap. 248), gestionados sobre una base comercial (93193**) |
1) Sin consolidar. 2) Ninguna 3) Ninguna 4) Sin consolidar, excepto lo indicado en la sección horizontal. |
1) Sin consolidar. 2) Ninguna 3) Ninguna 4) Sin consolidar. |
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C. Servicios sociales (933) |
Limitación horizontal sobre acceso a los mercados y trato nacional Los servicios de supervisión obligatoria enumerados en el anexo quedan excluidos del ámbito de aplicación de estos compromisos. |
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Servicios sociales prestados a través de residencias para ancianos y personas con discapacidad (93311) Servicios sociales para niños y otros beneficiarios prestados a través de centros residenciales (93312) |
1) Sin consolidar. 2) Ninguna 3) Ninguna, excepto que el número total de instalaciones y de operaciones de servicios gestionadas por proveedores de servicios sin ánimo de lucro que financia parcialmente el Estado se limita a la cantidad que se fija en un plan director de los servicios sociales de Singapur que reciben financiación del Estado. 4) Sin consolidar, excepto lo indicado en la sección horizontal. |
1) Sin consolidar. 2) Ninguna, excepto que Singapur tiene poder discrecional para determinar si un proveedor de servicios no residente puede solicitar realizar negocios o realizar actividades de marketing en Singapur 3) Ninguna 4) Sin consolidar. |
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Servicios sociales sin alojamiento (9332) |
1) Sin consolidar. 2) Ninguna 3) Ninguna, excepto que el número total de instalaciones y de operaciones de servicios gestionadas por proveedores de servicios sin ánimo de lucro que financia parcialmente el Estado se limita a la cantidad que se fija en un plan director de los servicios sociales de Singapur que reciben financiación del Estado. 4) Sin consolidar, excepto lo indicado en la sección horizontal. |
1) Sin consolidar. 2) Ninguna, excepto que Singapur tiene poder discrecional para determinar si un proveedor de servicios no residente puede solicitar realizar negocios o realizar actividades de marketing en Singapur 3) Ninguna 4) Sin consolidar. |
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9. SERVICIOS DE TURISMO Y SERVICIOS RELACIONADOS CON LOS VIAJES |
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A. Hoteles y restaurantes (incluidos los servicios de suministro de comidas desde el exterior) |
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Hoteles y otros servicios de alojamiento (641) |
1) Ninguna 2) Ninguna 3) Ninguna 4) Sin consolidar, excepto lo indicado en la sección horizontal. |
1) Ninguna 2) Ninguna 3) Ninguna 4) Sin consolidar. |
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Servicios de restaurantes, excepto servicios de comidas en comedores gestionados por el gobierno 173 (642**) Servicios en establecimientos de bebidas para consumo en el propio local 174 (643**) |
1) Ninguna, excepto que solo un nacional de Singapur o un residente permanente en dicho país puede solicitar, a título personal, una licencia para gestionar un establecimiento alimentario en lugares como centros de venta ambulante, restaurantes y cafés. 2) Ninguna |
1) Ninguna, excepto que solo un nacional de Singapur o un residente permanente en dicho país puede solicitar, a título personal, una licencia para gestionar un establecimiento alimentario en lugares como centros de venta ambulante, restaurantes y cafés. 2) Ninguna |
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3) Ninguna, excepto que solo un nacional de Singapur o un residente permanente en dicho país puede solicitar, a título personal, una licencia para gestionar un establecimiento alimentario en lugares como centros de venta ambulante, restaurantes y cafés. Para prestar servicios de suministro de comidas desde el exterior con alimentos y bebidas en Singapur, los proveedores de servicios extranjeros deberán constituir una sociedad de responsabilidad limitada en Singapur, y solicitar una licencia de establecimiento alimentario a nombre de la sociedad de responsabilidad limitada. 4) Sin consolidar, excepto lo indicado en la sección horizontal. |
3) Ninguna, excepto que solo un nacional de Singapur o un residente permanente en dicho país puede solicitar, a título personal, una licencia para gestionar un establecimiento alimentario en lugares como centros de venta ambulante, restaurantes y cafés. Para prestar servicios de suministro de comidas desde el exterior con alimentos y bebidas en Singapur, los proveedores de servicios extranjeros deberán constituir una sociedad de responsabilidad limitada en Singapur, y solicitar una licencia de establecimiento alimentario a nombre de la sociedad de responsabilidad limitada. 4) Sin consolidar. |
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B. Servicios de agencias de viaje y organización de viajes en grupo |
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Servicios de agencias de viaje y organización de viajes en grupo (7471) |
1) Ninguna 2) Ninguna 3) Ninguna 4) Sin consolidar, excepto lo indicado en la sección horizontal. |
1) Ninguna 2) Ninguna 3) Ninguna 4) Sin consolidar. |
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C. Servicios de guías de turismo |
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Servicios de guías de turismo (7472) |
1) Ninguna 2) Ninguna 3) Ninguna 4) Sin consolidar, excepto lo indicado en la sección horizontal. |
1) Ninguna 2) Ninguna 3) Ninguna 4) Sin consolidar. |
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10. SERVICIOS DE ESPARCIMIENTO, CULTURALES Y DEPORTIVOS |
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A. Servicios de espectáculos incluidos los de teatro, bandas y orquestas, y circos) (9619) |
1) Ninguna 2) Ninguna 3) Ninguna 4) Sin consolidar, excepto lo indicado en la sección horizontal. |
1) Ninguna 2) Ninguna 3) Ninguna 4) Sin consolidar. |
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C. Servicios de bibliotecas, archivos, museos y otros servicios culturales |
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Servicios de bibliotecas (96311) |
1) Ninguna 2) Ninguna 3) Ninguna 4) Sin consolidar, excepto lo indicado en la sección horizontal. |
1) Ninguna 2) Ninguna 3) Ninguna 4) Sin consolidar. |
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|
Servicios de museos, incluida la conservación de lugares y edificios históricos (9632) |
1) Ninguna 2) Ninguna 3) Ninguna 4) Sin consolidar, excepto lo indicado en la sección horizontal. |
1) Ninguna 2) Ninguna 3) Ninguna 4) Sin consolidar. |
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|
Servicios de archivos, excepto los servicios especificados en la Ley sobre el Consejo del Patrimonio Nacional (9631**) |
1) Ninguna 2) Ninguna 3) Ninguna 4) Sin consolidar, excepto lo indicado en la sección horizontal. |
1) Ninguna 2) Ninguna 3) Ninguna 4) Sin consolidar. |
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D. Servicios deportivos y otros servicios de esparcimiento |
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|
Servicios deportivos y otros servicios de esparcimiento, excepto servicios de juegos de azar y apuestas
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1) Sin consolidar. 2) Ninguna 3) Ninguna 4) Sin consolidar, excepto lo indicado en la sección horizontal. |
1) Sin consolidar. 2) Ninguna 3) Ninguna 4) Sin consolidar. |
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11. SERVICIOS DE TRANSPORTE |
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A. Servicios de transporte marítimo |
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Transporte internacional (carga y pasajeros), excluido el transporte de cabotaje (7211** y 7212**) |
1) Ninguna 2) Ninguna 3) Ninguna, excepto sobre el registro de buques con pabellón de Singapur, tal como se especifica en la Ley de la marina mercante (cap. 179) 175 4) Sin consolidar, excepto lo indicado en la sección horizontal; sin consolidar para los traslados de tripulaciones de buques dentro de una misma empresa. |
1) Ninguna 2) Ninguna 3) Ninguna, excepto sobre el registro de buques con pabellón de Singapur, tal como se especifica en la Ley de la marina mercante (cap. 179) 176 4) Sin consolidar. |
De conformidad con las decisiones adoptadas en el Grupo de Negociación de la OMC sobre los servicios de transporte marítimo, en caso de que los siguientes servicios no estén cubiertos de otro modo por la obligación consagrada en el inciso ii) de la letra c) del artículo XXVIII del Acuerdo General sobre el Comercio de Servicios en el anexo 1B del Acuerdo de la OMC, se pondrán a disposición de operadores de transporte marítimo internacional en condiciones razonables y no discriminatorias: |
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– practicaje; – remolque y asistencia a los remolcadores; – aprovisionamiento y carga de combustible y de agua; – recogida de basuras y eliminación de residuos de lastre; – servicios del capitán del puerto; – ayudas a la navegación, – instalaciones de reparación de emergencia; – anclaje, y – otros servicios operativos en tierra esenciales para las operaciones de embarque, incluidos las comunicaciones, el agua y los suministros eléctricos. |
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Servicios marítimos auxiliares |
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Servicios de agencia marítima 177 (748**) |
1) Ninguna 2) Ninguna 3) Ninguna 4) Sin consolidar, excepto lo indicado en la sección horizontal. |
1) Ninguna 2) Ninguna 3) Ninguna 4) Sin consolidar, excepto lo indicado en la sección horizontal. |
|
|
Servicios de corretaje marítimo (748**) |
1) Ninguna 2) Ninguna 3) Ninguna 4) Sin consolidar, excepto lo indicado en la sección horizontal. |
1) Ninguna 2) Ninguna 3) Ninguna 4) Sin consolidar, excepto lo indicado en la sección horizontal. |
|
|
Remolque internacional (7214**) |
1) Ninguna 2) Ninguna 3) Ninguna 4) Sin consolidar, excepto lo indicado en la sección horizontal. |
1) Ninguna 2) Ninguna 3) Ninguna 4) Sin consolidar, excepto lo indicado en la sección horizontal. |
|
|
Servicios de almacenamiento (742**) |
1) Sin consolidar. 2) Ninguna, excepto los servicios de este tipo prestados por los operadores de las terminales públicas en el puerto. 3) Ninguna, excepto los servicios de este tipo prestados por los operadores de las terminales públicas en el puerto. 4) Sin consolidar, excepto lo indicado en la sección horizontal. |
1) Sin consolidar. 2) Ninguna, excepto los servicios de este tipo prestados por los operadores de las terminales públicas en el puerto. 3) Ninguna, excepto los servicios de este tipo prestados por los operadores de las terminales públicas en el puerto. 4) Sin consolidar, excepto lo indicado en la sección horizontal; |
|
|
Servicios de estaciones y depósitos de contenedores 178 |
1) Sin consolidar. 2) Ninguna, excepto los servicios de este tipo prestados por los operadores de las terminales públicas en el puerto. 3) Ninguna, excepto los servicios de este tipo prestados por los operadores de las terminales públicas en el puerto. 4) Sin consolidar, excepto lo indicado en la sección horizontal; |
1) Sin consolidar. 2) Ninguna, excepto los servicios de este tipo prestados por los operadores de las terminales públicas en el puerto. 3) Ninguna, excepto los servicios de este tipo prestados por los operadores de las terminales públicas en el puerto. 4) Sin consolidar, excepto lo indicado en la sección horizontal. |
|
|
Servicios de expedición de cargamentos 179 (748 y 749) |
1) Podrá exigirse el registro en la Administración. 2) Ninguna 3) Ninguna 4) Sin consolidar, excepto lo indicado en la sección horizontal. |
1) Ninguna 2) Ninguna 3) Ninguna 4) Sin consolidar, excepto lo indicado en la sección horizontal. |
|
|
Arrendamiento de embarcaciones con tripulación (7213) |
1) Ninguna 2) Ninguna 3) Ninguna 4) Sin consolidar, excepto lo indicado en la sección horizontal. |
1) Ninguna 2) Ninguna 3) Ninguna 4) Sin consolidar, excepto lo indicado en la sección horizontal. |
|
|
Otros servicios de apoyo y auxiliares (incluidos los servicios de suministro de comidas desde el exterior) (749**) |
1) Ninguna 2) Ninguna 3) Ninguna 4) Sin consolidar, excepto lo indicado en la sección horizontal. |
1) Ninguna 2) Ninguna 3) Ninguna 4) Sin consolidar, excepto lo indicado en la sección horizontal. |
|
|
Mantenimiento y reparación de embarcaciones (CCP 8868**) |
1) Sin consolidar. 2) Ninguna 3) Ninguna 4) Sin consolidar, excepto lo indicado en la sección horizontal. |
1) Sin consolidar. 2) Ninguna 3) Ninguna 4) Sin consolidar, excepto lo indicado en la sección horizontal. |
|
|
B. Servicios de transporte por ferrocarril |
|||
|
Mantenimiento y reparación de equipo de transporte ferroviario urbano y suburbano (8868**) |
1) Sin consolidar. 2) Ninguna 3) Ninguna 4) Sin consolidar, excepto lo indicado en la sección horizontal. |
1) Sin consolidar. 2) Ninguna 3) Ninguna 4) Sin consolidar. |
|
|
C. Servicios de transporte por carretera |
|||
|
Servicios de alquiler de automóviles con conductor (71222) Servicios de alquiler de autobuses y autocares con conductor (71223) Servicios de alquiler de vehículos comerciales de carga con conductor (71240) |
1) Sin consolidar. 2) Ninguna 3) Ninguna 4) Sin consolidar, excepto lo indicado en la sección horizontal. |
1) Sin consolidar. 2) Ninguna 3) Ninguna 4) Sin consolidar. |
|
|
Transporte de carga de: a) productos refrigerados (71231) b) líquidos o gases (71232) c) carga en contenedores (71233) d) mobiliario (71234) |
1) Sin consolidar. 2) Ninguna 3) Ninguna 4) Sin consolidar, excepto lo indicado en la sección horizontal. |
1) Sin consolidar. 2) Ninguna 3) Ninguna 4) Sin consolidar. |
|
|
Servicios de mantenimiento y reparación de vehículos de motor (61120) Servicios de mantenimiento y reparación de partes de vehículos de motor (88**) |
1) Ninguna 2) Ninguna 3) Ninguna 4) Sin consolidar, excepto lo indicado en la sección horizontal. |
1) Ninguna 2) Ninguna 3) Ninguna 4) Sin consolidar. |
|
|
Servicios de estacionamiento (74430) |
1) Ninguna 2) Ninguna 3) Ninguna 4) Sin consolidar, excepto lo indicado en la sección horizontal. |
1) Ninguna 2) Ninguna 3) Ninguna 4) Sin consolidar. |
|
|
D. Servicios auxiliares en relación con todos los modos de transporte, excepto el transporte marítimo |
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Servicios de almacenamiento, incluidos los servicios de estaciones y depósitos de contenedores (742) |
1) Sin consolidar. 2) Ninguna 3) Sin consolidar, excepto los servicios de almacenamiento para el transporte terrestre 4) Sin consolidar, excepto lo indicado en la sección horizontal. |
1) Sin consolidar. 2) Ninguna 3) Sin consolidar, excepto los servicios de almacenamiento para el transporte terrestre 4) Sin consolidar. |
|
|
12. OTROS SERVICIOS NO INCLUIDOS EN OTRA PARTE (95, 97, 98 y 99) |
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|
Servicios de lavado, limpieza y teñido (9701) |
1) Sin consolidar. 2) Ninguna 3) Ninguna 4) Sin consolidar, excepto lo indicado en la sección horizontal. |
1) Sin consolidar. 2) Ninguna 3) Ninguna 4) Sin consolidar. |
|
|
Servicios de peluquería y otros servicios de belleza (9702) |
1) Sin consolidar. 2) Ninguna 3) Ninguna 4) Sin consolidar, excepto lo indicado en la sección horizontal. |
1) Sin consolidar. 2) Ninguna 3) Ninguna 4) Sin consolidar. |
|
|
Servicios funerarios, incineración y sepultura, excepto los servicios de mantenimiento de cementerios y cuidado de las sepulturas (97030**) |
1) Sin consolidar. 2) Ninguna 3) Ninguna 4) Sin consolidar, excepto lo indicado en la sección horizontal. |
1) Sin consolidar. 2) Ninguna 3) Ninguna 4) Sin consolidar. |
|
|
Sector o subsector |
Limitaciones al acceso a los mercados |
Limitaciones al trato nacional |
Compromisos adicionales |
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COMPROMISOS/LIMITACIONES RELATIVOS A SECTORES ESPECÍFICOS |
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A. AGRICULTURA, GANADERÍA, CAZA Y SILVICULTURA |
|||
|
a) Agricultura, ganadería, caza y actividades de servicios conexas (CIIU Rev 3: 011, 012, 013, 014 y 015) |
Sin consolidar para las medidas que afectan a la ganadería porcina. |
||
|
b) Agricultura, ganadería, caza y actividades de servicios conexas (CIIU Rev 3: 020) |
Ninguna |
Ninguna |
|
|
B. PESCA |
|||
|
a) Pesca, explotación de criaderos de peces y granjas piscícolas; actividades de servicios relacionadas con la pesca (CIIU Rev 3: 050) |
Ninguna |
Ninguna |
|
|
C. EXPLOTACIÓN DE MINAS Y CANTERAS |
|||
|
a) Extracción de carbón y lignito; extracción de turba (CIIU Rev 3: 101, 102 y 103) |
Ninguna |
Ninguna |
|
|
b) Extracción de petróleo crudo y gas natural; actividades de servicios relacionadas con la extracción de petróleo y gas, excepto las actividades de prospección (CIIU Rev 3: 111 y 112) |
Ninguna |
Ninguna |
|
|
c) Extracción de minerales de uranio y torio (CIIU Rev 3: 120) |
Ninguna |
Ninguna |
|
|
d) Extracción de minerales metalíferos (CIIU Rev 3: 131 y 132) |
Ninguna |
Ninguna |
|
|
e) Explotación de otras minas y canteras (CIIU Rev 3: 141 y 142) |
Sin consolidar para las medidas que afectan a las canteras. |
||
|
D. INDUSTRIAS MANUFACTURERAS |
Sin consolidar para las medidas que afectan a la fabricación para la venta u otro objetivo comercial de las mercancías previstas en la Ley sobre el control de las manufacturas. Esta limitación se aplica a toda la sección «D. INDUSTRIAS MANUFACTURERAS». |
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|
a) Elaboración de productos alimenticios y bebidas (CIIU Rev 3: 151, 152, 153, 154 excepto la fabricación de chicles, 155 excepto 1551 y 1553) |
Ninguna |
Ninguna |
|
|
b) Fabricación de productos textiles (CIIU Rev 3: (171, 172 y 173) |
Ninguna |
Ninguna |
|
|
c) Fabricación de prendas de vestir; adobo y teñido de pieles (CIIU Rev 3: 181 y 182) |
Ninguna |
Ninguna |
|
|
d)
Curtido y adobo de cueros; fabricación de maletas, bolsos de mano, artículos de talabartería y guarnicionería, y calzado
|
Ninguna |
Ninguna |
|
|
e) Producción de madera y fabricación de productos de madera y corcho, excepto muebles; fabricación de artículos de paja y de materiales trenzables (CIIU Rev 3: 201 y 202) |
Ninguna |
Ninguna |
|
|
f) Fabricación de papel y de productos de papel (CIIU Rev 3: 210) |
Ninguna |
Ninguna |
|
|
g) Actividades de edición e impresión y de reproducción de grabaciones (CIIU Rev 3: (221, 222 y 223) |
Sin consolidar para las medidas en relación con la publicación de medios de comunicación impresos. Por «medios de comunicación impresos» se entiende cualquier publicación que contenga noticias, información, notificación de sucesos, o cualquier observación o comentario sobre los mismos, o sobre cualquier cuestión de interés público, impresa en cualquier lengua y publicada para su venta o su distribución gratuita con una periodicidad no superior a una semana. |
||
|
h) Fabricación de coque, productos de la refinación del petróleo y combustible nuclear (CIIU Rev 3: 231 y 232) |
Ninguna |
Ninguna |
|
|
i) Fabricación de sustancias y productos químicos (CIIU Rev 3: 24, excluida la fabricación de explosivos) |
Ninguna |
Ninguna |
|
|
j) Fabricación de productos de caucho y plástico (CIIU Rev 3: 251 y 252) |
Ninguna |
Ninguna |
|
|
k) Fabricación de otros productos minerales no metálicos (CIIU Rev 3: 261 y 269) |
Ninguna |
Ninguna |
|
|
l) Fabricación de metales comunes (CIIU Rev 3: 271, excepto la fabricación de productos de acero estirado, 272 y 273) |
Ninguna |
Ninguna |
|
|
m) Fabricación de productos elaborados de metal, excepto maquinaria y equipo (CIIU Rev 3: 281, excluida la fabricación de reactores nucleares, 289) |
Ninguna |
Ninguna |
|
|
n) Fabricación de maquinaria y equipo n.c.o.p. (CIIU Rev 3: 291, 292, excepto la fabricación de armas y municiones, y 293) |
Ninguna |
Ninguna |
|
|
o) Fabricación de maquinaria de oficina, contabilidad e informática (CIIU Rev 3: 300) |
Ninguna |
Ninguna |
|
|
p) Fabricación de maquinaria y aparatos eléctricos n.c.o.p. (CIIU Rev 3: 311, 312, 313, 314, 315 y 319) |
Ninguna |
Ninguna |
|
|
q) Fabricación de equipo y aparatos de radio, televisión y comunicaciones (CIIU Rev 3: 321, 322 y 323) |
Ninguna |
Ninguna |
|
|
r) Fabricación de instrumentos médicos, ópticos y de precisión y fabricación de relojes (CIIU Rev 3: 331, 332 y 333) |
Ninguna |
Ninguna |
|
|
s) Fabricación de vehículos automotores, remolques y semirremolques (CIIU Rev 3: 341, 342 y 343) |
Ninguna |
Ninguna |
|
|
t) Fabricación de otros tipos de equipo de transporte (CIIU Rev 3: 351, 352, 353 y 359) |
Ninguna |
Ninguna |
|
|
u) Fabricación de muebles; industrias manufactureras n.c.o.p.(CIIU Rev 3: 361 y 369) |
Ninguna |
Ninguna |
|
|
v) Reciclamiento (CIIU Rev 3: 371 y 372) |
Ninguna |
Ninguna |
|
|
E. SUMINISTRO DE ELECTRICIDAD, GAS Y AGUA |
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|
a) Electricidad y gas (CIIU Rev 3: 401 y 402) |
Ninguna, excepto: a) Los productores de energía solo podrán vender electricidad a través del mercado eléctrico al por mayor de Singapur y no estarán autorizados a vender directamente a los consumidores. La cantidad de energía suministrada acumulativamente por los productores de energía situados fuera de Singapur al mercado de la electricidad al por mayor de dicho país no excederá de 600 MW. b) Solo SP Services Ltd o el organismo que la suceda estarán autorizados a suministrar electricidad a: i) todos los consumidores domésticos de electricidad; ii) los consumidores no domésticos de electricidad cuyo consumo mensual medio sea inferior a 10 000 kWh, y iii) los consumidores a los que se suministre electricidad de baja tensión monofásica. |
||
|
c) Solo PowerAssets Ltd o el organismo que la suceda serán los titulares de la licencia, tal como se define en la Ley sobre electricidad. PowerAssets Ltd o el organismo que la suceda serán los propietarios y explotadores únicos de la red de transmisión y distribución de electricidad en Singapur. d) Solo City Gas Ltd y el organismo que la suceda estarán autorizados a producir y vender al por menor gas manufacturado. e) Solo City Gas Ltd y el organismo que la suceda estarán autorizados a transportar y distribuir gas manufacturado y gas natural. PowerAssets Ltd o el organismo que la suceda serán los propietarios y explotadores únicos de la red de transmisión y distribución del gasoducto de Singapur. |
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ANEXO DEL APÉNDICE 8-B-1:
TIPOS DE SERVICIOS SOCIALES EXCLUIDOS DE LA LISTA DE COMPROMISOS ESPECÍFICOS DE SINGAPUR
1. Servicios de supervisión obligatoria con alojamiento para los siguientes tipos de personas (9331):
a) mujeres y niñas detenidas en un lugar seguro con arreglo a la sección 160 de la Carta de la Mujer (cap. 353) (93312);
b) niños detenidos en un lugar seguro con arreglo a la sección 8 de la Ley sobre niños y jóvenes (cap. 38) (la «Ley NJ») (93312);
c) niños y jóvenes detenidos en un lugar de detención con arreglo al artículo 44, apartado 1, letra f), de la Ley NJ, o en una escuela aprobada 180 con arreglo al artículo 44, apartado 1, letra g), de la Ley NJ (93319);
d) niños y jóvenes admitidos en un hogar de supervisión obligatoria con arreglo a la sección 49, inciso ii), de la Ley NJ (93312);
e) personas en libertad condicional con obligatoriedad de residir en un centro aprobado con arreglo a la sección 12 de la Ley sobre libertad condicional de delincuentes (cap. 252) (93319).
2. Servicios de supervisión obligatoria sin alojamiento para los siguientes tipos de personas (9332):
a) niños y jóvenes bajo la supervisión de un asistente social designado con arreglo a la sección 49, inciso i), de la Ley NJ (93329);
b) personas en libertad condicional sin obligación de residir en un centro aprobado con arreglo a la sección 5 de la Ley sobre libertad condicional de delincuentes (93329).
Apéndice 8-B-2
SINGAPUR
LISTA DE COMPROMISOS ESPECÍFICOS – APÉNDICE SOBRE SERVICIOS FINANCIEROS
A. COMPROMISOS ESPECÍFICOS
Todos los compromisos de la presente lista están sujetos a los compromisos horizontales de la lista de compromisos específicos de Singapur. Todos los compromisos de la presente lista también están sujetos a los requisitos de entrada, los criterios de admisión, la legislación interna, las directrices, las normas y reglamentos y los términos y condiciones de la Autoridad Monetaria de Singapur (AMS) o cualquier otra autoridad u organismo pertinente de Singapur, según los casos, siempre que no eludan las obligaciones que Singapur ha asumido con la misma. Las personas jurídicas que suministren servicios financieros estarán sujetas a limitaciones no discriminatorias en cuanto a la forma jurídica 181 .
Relacionados con los seguros
1. Singapur no exigirá la clasificación o la aprobación de los productos de seguros distintos de los seguros de vida 182 , los productos relacionados con el Fondo de Provisión Central y los relacionados con inversiones. En caso de que se exija la clasificación o la aprobación de los productos, Singapur deberá permitir que se introduzca el producto, que Singapur considerará aprobado a no ser que se deniegue la aprobación del producto en un plazo razonable, procurando que no sea superior a treinta días. Singapur no mantendrá limitaciones en cuanto al número o la frecuencia de la introducción de los productos. Este compromiso específico no se aplicará en caso de que una institución financiera de la Unión trate de suministrar un nuevo servicio financiero con arreglo al artículo 8.53 (Nuevos servicios financieros).
Relacionados con la gestión de cartera
2. a) Singapur permitirá, de conformidad con el artículo 8.49 (Ámbito de aplicación y definiciones), que un proveedor de servicios financieros (que no sea una compañía fiduciaria o una compañía de seguros), constituido fuera de su territorio preste servicios de asesoramiento en materia de inversión y gestión de cartera, excepto: 1) servicios de custodia, 2) fideicomisos y 3) servicios de ejecución que no estén relacionados con la gestión de un sistema de inversión colectiva, destinados al gestor de un sistema de inversión colectiva, en caso de que dicho gestor esté:
i) situado en el territorio de Singapur, y
ii) vinculado al proveedor de servicios financieros.
b) A efectos del presente apartado:
i) «sistema de inversión colectiva» se define del mismo modo que en la sección 2 de la Ley de valores e instrumentos financieros a plazos (cap. 289), y
ii) por «vinculada» se entiende una sociedad vinculada tal como se define en la sección 6 de la Ley de sociedades (cap. 50).
Relacionados con tarjetas de crédito y de débito
3. Singapur tomará en consideración las solicitudes de acceso a las redes de cajeros automáticos explotadas por bancos locales de Singapur para las tarjetas de crédito y de débito de emisores no bancarios controlados por personas de la Unión Europea. En caso de que se aprueben tales solicitudes, a partir de entonces se autorizará a los emisores no bancarios a que negocien el acceso a las redes de cajeros automáticos explotadas comercialmente por bancos locales.
B. OTROS
1. a) Únicamente en el contexto de la futura liberalización de su subsector bancario y no a efectos de garantizar protección a proveedores de servicios financieros locales del subsector bancario, Singapur podrá imponer nuevas medidas no conformes sobre una base de trato de nación más favorecida. Dichas medidas podrán consistir, entre otras cosas, en:
i) requisitos sobre la composición de los consejos de administración de bancos y entidades financieras, y
ii) limitaciones sobre el número de puntos de servicio al cliente de las entidades financieras,
a condición de que tales medidas no conformes no vayan en menoscabo de los compromisos asumidos por Singapur, en la sección sobre servicios financieros de su lista de compromisos específicos, de liberalizar las restricciones cuantitativas sobre el número de licencias o sobre los puntos de servicio al cliente para los bancos de la Unión, o de establecer plazos que permitan a los bancos de la Unión acceder a cualquier red de cajeros automáticos de Singapur.
b) En caso de que un proveedor de servicios financieros de la Unión decida no participar en una futura liberalización como la descrita en la letra a), Singapur no aplicará ninguna nueva medida no conforme relacionada ni adoptará ninguna acción lesiva con respecto al proveedor de servicios financieros.
c) En caso de que Singapur imponga cualquier nueva medida no conforme descrita en la letra a), deberá:
i) notificar su intención a la Unión con una antelación mínima de tres meses respecto a la aplicación de la medida;
ii) consultar la medida con la Unión, así como tomar debidamente en consideración las opiniones que la Unión Europea haya expresado al respecto, y
iii) realizar ajustes compensatorios en la sección sobre servicios financieros de su lista de compromisos específicos con respecto a la misma clase de proveedores de servicios financieros del subsector bancario afectados por la medida, de manera que el nivel general de los compromisos sea más favorable al comercio en el subsector bancario que antes de la nueva medida 183 .
d) La letra a) no se aplicará a los compromisos que pueda asumir Singapur con respecto a licencias y puntos de servicio al cliente adicionales.
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