Comunicación de la Comisión con arreglo al apartado 3 del artículo 12 del Reglamento (CEE) n° 3831/90 del Consejo, de 20 de diciembre de 1990, relativo a la aplicación de preferencias arancelarias generalizadas para el año 1991 a ciertos productos industriales originarios de los países en vías de desarrollo [prorrogado, para 1994, por el Reglamento (CE) n° 3668/93]
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