7.2. Lenguas
7.2.1. Orden de las versiones lingüísticas y códigos ISO (textos multilingües)
Orden general
En los textos multilingües el orden de presentación de las versiones lingüísticas es el orden alfabético común de las denominaciones oficiales de las lenguas en su grafía original [los códigos utilizados corresponden a los códigos ISO 639-1, vigentes (código alfa-2)].
Este orden se utiliza, por ejemplo, para el título de una obra en una página de cubierta multilingüe, la secuencia de lenguas en una obra multilingüe, la página de inicio y las lenguas disponibles en un sitio web multilingüe, etc.
Nombre original (1) | Nombre en español | Código ISO (2) |
---|---|---|
български (*) | búlgaro | bg |
español (3) | español | es |
čeština | checo | cs |
dansk | danés | da |
Deutsch | alemán | de |
eesti keel | estonio | et |
ελληνικά (*) | griego | el |
English | inglés | en |
français | francés | fr |
Gaeilge | irlandés (4) | ga |
hrvatski | croata | hr |
italiano | italiano | it |
latviešu valoda | letón | lv |
lietuvių kalba | lituano | lt |
magyar | húngaro | hu |
Malti | maltés | mt |
Nederlands | neerlandés (5) | nl |
polski | polaco | pl |
português | portugués | pt |
română | rumano | ro |
slovenčina (slovenský jazyk) | eslovaco | sk |
slovenščina (slovenski jezik) | esloveno | sl |
suomi | finés (6) | fi |
svenska | sueco | sv |
(*)
Transcripción latina: български
= bulgarski; ελληνικά = elliniká.
(1)
Se escribe en mayúscula o minúscula la inicial respetando la
grafía de la denominación de origen.
(2)
Los códigos ISO relativos a las lenguas
se escriben en letras minúsculas; sin embargo, pueden transcribirse
también en letras mayúsculas por razones de presentación tipográfica.
(3)
Según la Constitución española, «el
castellano es la lengua española oficial del Estado». El término
«castellano» corresponde, así, a la denominación oficial de la lengua
y determina el lugar que esta ocupa en la clasificación general.
(4)
Se le denomina
también «gaélico», pero los dos términos no son sinónimos. Véase el punto 7.2.4.
(5)
Evítese el uso de «holandés» (impropio)
en lugar de «neerlandés».
(6)
El término «finés» se refiere a la lengua;
el término «finlandés» es el gentilicio y el adjetivo genérico (referido,
pues, a la entidad política, el espacio geográfico, etc.).
|
La regla enunciada es de estricta aplicación en las fórmulas finales (páginas de firmas) de Tratados y acuerdos.
Orden particular
Respecto a los documentos multilingües expedidos en el ámbito nacional en aplicación de textos adoptados por el Consejo (pasaporte, tarjeta sanitaria europea, etc.), el orden viene normalmente establecido en cada caso por un acto del Consejo, de manera que las lenguas más extendidas en los Estados miembros respectivos encabecen la clasificación; esto se traduce, como regla general, en lo siguiente: