3.7. Acuerdos internacionales
Los acuerdos internacionales pueden estar precedidos por un acto de Derecho derivado que, por lo general, los aprueban. Se adjuntan a estos actos (decisiones o reglamentos).
Puesto que estos actos han sido firmados por terceros países, el texto de estos actos no puede modificarse de ninguna manera.
En los acuerdos internacionales, el año, el mes y el día se escriben con todas sus letras (véase el punto 2.5).