28.2.2018   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

L 57/1


APROBACIÓN DEFINITIVA (UE, Euratom) 2018/251

del presupuesto general de la Unión Europea para el ejercicio 2018

EL PRESIDENTE DEL PARLAMENTO EUROPEO,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea y, en particular, su artículo 314,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea de la Energía Atómica y, en particular, su artículo 106 bis,

Vista la Decisión 2014/335/UE, Euratom del Consejo, de 26 de mayo de 2014, sobre el sistema de recursos propios de la Unión Europea (1),

Visto el Reglamento (UE, Euratom) n.o 966/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de octubre de 2012, sobre las normas financieras aplicables al presupuesto general de la Unión y por el que se deroga el Reglamento (CE, Euratom) n.o 1605/2002 del Consejo (2),

Visto el Reglamento (UE, Euratom) n.o 1311/2013 del Consejo, de 2 de diciembre de 2013, por el que se establece el marco financiero plurianual para el período 2014-2020 (3),

Visto el Acuerdo interinstitucional, de 2 de diciembre de 2013, entre el Parlamento Europeo, el Consejo y la Comisión sobre disciplina presupuestaria, cooperación en materia presupuestaria y buena gestión financiera (4),

Visto el proyecto de presupuesto general de la Unión Europea para el ejercicio 2018, adoptado por la Comisión el 29 de junio de 2017,

Vista la Posición sobre el proyecto de presupuesto general de la Unión Europea para el ejercicio 2018, adoptada por el Consejo el 4 de septiembre de 2017 y transmitida al Parlamento Europeo el 13 de septiembre de 2017,

Vista la nota rectificativa n.o 1/2018 al proyecto de presupuesto general de la Unión Europea para el ejercicio 2018, presentada por la Comisión el 16 de octubre de 2017,

Vista la Resolución aprobada por el Parlamento Europeo el 25 de octubre de 2017 sobre la Posición del Consejo relativa al proyecto de presupuesto general de la Unión Europea para el ejercicio 2018,

Vistas las enmiendas al proyecto de presupuesto general aprobadas por el Parlamento Europeo el 25 de octubre de 2017,

Vista la carta del presidente del Consejo, de 25 de octubre de 2017, por la que comunica que el Consejo no puede aceptar todas las enmiendas aprobadas por el Parlamento,

Vista la carta, de 30 de octubre de 2017, dirigida al presidente del Consejo, por la que se convoca al Comité de Conciliación,

Visto que el Comité de Conciliación ha alcanzado un acuerdo sobre un texto conjunto en el plazo de 21 días establecido en el artículo 314, apartado 6, del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

Vista la aprobación del texto conjunto por el Consejo el 30 de noviembre de 2017,

Vista la aprobación del texto conjunto por el Parlamento el 30 de noviembre de 2017,

Vistos los artículos 90 y 91 del Reglamento interno del Parlamento Europeo,

DECLARA:

Artículo único

El procedimiento previsto en el artículo 314 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea ha concluido, y el presupuesto general de la Unión Europea para el ejercicio 2018 ha quedado definitivamente aprobado.

Hecho en Bruselas, el 30 de noviembre de 2017.

El Presidente

A. TAJANI


(1)  DO L 168 de 7.6.2014, p. 105.

(2)  DO L 298 de 26.10.2012, p. 1.

(3)  DO L 347 de 20.12.2013, p. 884.

(4)  DO C 373 de 20.12.2013, p. 1.


SUMARIO

ESTADO GENERAL DE INGRESOS

A. Financiación del presupuesto general 12
B. Estado general de ingresos por línea presupuestaria 22
C. Plantilla de personal 164
D. Patrimonio inmobiliario 165

ESTADO DE INGRESOS Y DE GASTOS POR SECCIÓN

Sección I: Parlamento Europeo 172
— Estado de ingresos 173
— Estado de gastos 188
— Personal 249
Sección II: Consejo Europeo y Consejo 250
— Estado de ingresos 251
— Estado de gastos 268
— Personal 313
Sección III: Comisión 314
— Estado de ingresos 315
— Estado de gastos 1970
— Personal 1980
Sección IV: Tribunal de Justicia de la Unión Europea 2029
— Estado de ingresos 2030
— Estado de gastos 2042
— Personal 2077
Sección V: Tribunal de Cuentas 2078
— Estado de ingresos 2079
— Estado de gastos 2092
— Personal 2123
Sección VI: Comité Económico y Social Europeo 2125
— Estado de ingresos 2126
— Estado de gastos 2138
— Personal 2175
Sección VII: Comité europeo de las Regiones 2176
— Estado de ingresos 2177
— Estado de gastos 2190
— Personal 2224
Sección VIII: Defensor del Pueblo Europeo 2225
— Estado de ingresos 2226
— Estado de gastos 2242
— Personal 2271
Sección IX: Supervisor Europeo de Protección de Datos 2272
— Estado de ingresos 2273
— Estado de gastos 2286
— Personal 2319
Sección X: Servicio Europeo de Acción Exterior 2320
— Estado de ingresos 2321
— Estado de gastos 2338
— Personal 2382

SUMARIO

ESTADO GENERAL DE INGRESOS

A. Financiación del presupuesto general 12
B. Estado general de ingresos por línea presupuestaria 22

— Título 1:

Recursos propios 23

— Título 3:

Excedentes, saldos y ajustes 47

— Título 4:

Ingresos procedentes de las personas vinculadas a las instituciones y otros organismos de la Unión 65

— Título 5:

Ingresos procedentes del funcionamiento administrativo de las instituciones 79

— Título 6:

Contribuciones y restituciones relativas a acuerdos y programas de la Unión 93

— Título 7:

Intereses de demora y multas 142

— Título 8:

Empréstitos y préstamos 149

— Título 9:

Ingresos diversos 162
C. Plantilla de personal 164
D. Patrimonio inmobiliario 165

ESTADO DE INGRESOS Y DE GASTOS POR SECCIÓN

Sección I: Parlamento Europeo 172
— Estado de ingresos 173

— Título 4:

Ingresos procedentes de las personas vinculadas a las instituciones y otros organismos de la Unión 174

— Título 5:

Ingresos procedentes del funcionamiento administrativo de la institución 177

— Título 6:

Contribuciones y restituciones en el marco de los acuerdos y programas de la Unión 184

— Título 9:

Ingresos diversos 186
— Estado de gastos 188

— Título 1:

Personas vinculadas a la institución 190

— Título 2:

Inmuebles, mobiliario, material y gastos diversos de funcionamiento 212

— Título 3:

Gastos resultantes del ejercicio de funciones generales por parte de la institución 225

— Título 4:

Gastos resultantes del ejercicio de funciones específicas por parte de la institución 240

— Título 5:

La autoridad para los partidos políticos europeos y las fundaciones políticas europeas y comité de personalidades independientes 244

— Título 10:

Otros gastos 246
— Personal 249
Sección II: Consejo Europeo y Consejo 250
— Estado de ingresos 251

— Título 4:

Ingresos procedentes de las personas vinculadas a las instituciones y otros organismos de la unión 252

— Título 5:

Ingresos procedentes del funcionamiento administrativo de la institución 255

— Título 6:

Contribuciones y restituciones en el marco de los acuerdos y programas de la Unión 261

— Título 7:

Intereses de demora y multas 264

— Título 9:

Ingresos diversos 266
— Estado de gastos 268

— Título 1:

Personas vinculadas a la institución 269

— Título 2:

Inmuebles, equipo y gastos de funcionamiento 293

— Título 10:

Otros gastos 311
— Personal 313
Sección III: Comisión 314
— Ingresos 315

— Título 4:

Ingresos procedentes de personas vinculadas a las instituciones y otros organismos de la Unión 316

— Título 5:

Ingresos procedentes del funcionamiento administrativo de la institución 321

— Título 6:

Contribuciones y restituciones relativas a acuerdos y programas de la Unión 330

— Título 7:

Intereses de demora y multas 378

— Título 8:

Empréstitos y préstamos 385

— Título 9:

Ingresos diversos 392
RESUMEN GENERAL DE LOS CRÉDITOS (2018 Y 2017) Y DE LA EJECUCIÓN (2016) 394

— Título XX:

Gastos administrativos asignados a políticas 399

— Título 01:

Asuntos económicos y financieros 416

— Título 02:

Mercado interior, industria, emprendimiento y pymes 455

— Título 03:

Competencia 534

— Título 04:

Empleo, asuntos sociales e inclusión 539

— Título 05:

Agricultura y desarrollo rural 619

— Título 06:

Movilidad y transportes 703

— Título 07:

Medio ambiente 763

— Título 08:

Investigación e innovación 806

— Título 09:

Redes de comunicaciones, contenidos y tecnología 862

— Título 10:

Investigación directa 936

— Título 11:

Asuntos marítimos y pesca 965

— Título 12:

Estabilidad financiera, servicios financieros y unión de los mercados de capitales 1007

— Título 13:

Política regional y urbana 1022

— Título 14:

Fiscalidad y unión aduanera 1099

— Título 15:

Educación y cultura 1112

— Título 16:

Comunicación 1177

— Título 17:

Salud y seguridad alimentaria 1197

— Título 18:

Migración y asuntos de interior 1247

— Título 19:

Instrumentos de política exterior 1308

— Título 20:

Comercio 1342

— Título 21:

Cooperación internacional y desarrollo 1354

— Título 22:

Negociaciones en materia de vecindad y ampliación 1440

— Título 23:

Ayuda humanitaria y protección civil 1487

— Título 24:

Lucha contra el Fraude 1512

— Título 25:

Coordinación de las políticas de la comisión y asesoramiento jurídico 1519

— Título 26:

Administración 1530

— Título 27:

Presupuestos 1584

— Título 28:

Auditoría 1593

— Título 29:

Estadísticas 1597

— Título 30:

Pensiones y otros gastos conexos 1605

— Título 31:

Servicios lingüísticos 1618

— Título 32:

Energía 1629

— Título 33:

Justicia y consumidores 1675

— Título 34:

Acción por el clima 1711

— Título 40:

Reservas 1727

Anexos

— Espacio Económico Europeo 1736
— Lista de líneas presupuestarias abiertas a los países candidatos y, en su caso, a los posibles candidatos de los Balcanes Occidentales y algunos países asociados 1755
— Operaciones de empréstitos y préstamos — Empréstitos y préstamos garantizados por el presupuesto de la Unión (a título indicativo) 1758
— Información sobre instrumentos financieros de conformidad con el artículo 49, apartado 1, letra e), del reglamento financiero 1794
— Oficina de Publicaciones 1872
— Ingresos 1873
— Gastos 1878
— Oficina Europea de Lucha contra el Fraude 1891
— Ingresos 1892
— Gastos 1897
— Oficina Europea de Selección de Personal 1911
— Ingresos 1912
— Gastos 1917
— Oficina de Gestión y Liquidación de Derechos Individuales 1932
— Ingresos 1933
— Gastos 1938
— Oficina de Infraestructuras y Logística — Bruselas 1948
— Ingresos 1949
— Gastos 1954
— Oficina de Infraestructuras y Logística — Luxemburgo 1964
— Ingresos 1965
— Gastos 1970
— Personal 1980
Sección IV: Tribunal de Justicia de la Unión Europea 2029
— Estado de ingresos 2030

— Título 4:

Ingresos procedentes de las personas vinculadas a las instituciones y otros organismos de la Unión 2031

— Título 5:

Ingresos procedentes del funcionamiento administrativo de la institución 2034

— Título 9:

Ingresos diversos 2040
— Estado de gastos 2042

— Título 1:

Personas vinculadas a la institución 2043

— Título 2:

Inmuebles, mobiliario, equipos y gastos diversos de funcionamiento 2060

— Título 3:

Gastos resultantes del ejercicio de funciones específicas por parte de la institución 2073

— Título 10:

Otros gastos 2075
— Personal 2077
Sección V: Tribunal de Cuentas 2078
— Estado de ingresos 2079

— Título 4:

Ingresos procedentes de las personas vinculadas a las instituciones y otros organismos de la unión 2080

— Título 5:

Ingresos procedentes del funcionamiento administrativo de la institución 2083

— Título 9:

Ingresos diversos 2090
— Estado de gastos 2092

— Título 1:

Personas vinculadas a la institución 2093

— Título 2:

Inmuebles, mobiliario, material y gastos diversos de funcionamiento 2108

— Título 10:

Otros gastos 2121
— Personal 2123
Sección VI: Comité Económico y Social Europeo 2125
— Estado de ingresos 2126

— Título 4:

Ingresos procedentes de las personas vinculadas a las instituciones y otros organismos de la Unión 2127

— Título 5:

Ingresos procedentes del funcionamiento administrativo de la institución 2130

— Título 9:

Ingresos diversos 2136
— Estado de gastos 2138

— Título 1:

Personas vinculadas a la institución 2139

— Título 2:

Inmuebles, mobiliario, material y gastos diversos de funcionamiento 2157

— Título 10:

Otros gastos 2173
— Personal 2175
Sección VII: Comité europeo de las Regiones 2176
— Estado de ingresos 2177

— Título 4:

Ingresos procedentes de las personas vinculadas a las instituciones y a otros organismos de la Unión 2178

— Título 5:

Ingresos procedentes del funcionamiento administrativo de la institución 2181

— Título 9:

Ingresos diversos 2188
— Estado de gastos 2190

— Título 1:

Personas vinculadas a la institución 2191

— Título 2:

Inmuebles, mobiliario, material y gastos diversos de funcionamiento 2207

— Título 10:

Otros gastos 2222
— Personal 2224
Sección VIII: Defensor del Pueblo Europeo 2225
— Estado de ingresos 2226

— Título 4:

Ingresos procedentes de personas vinculadas a las instituciones y otros organismos de la Unión 2227

— Título 5:

Ingresos procedentes del funcionamiento administrativo de la institución 2231

— Título 6:

Contribuciones y restituciones en el marco de los acuerdos y programas de la Unión 2238

— Título 9:

Ingresos diversos 2240
— Estado de gastos 2242

— Título 1:

Gastos relativos a las personas vinculadas a la institución 2243

— Título 2:

Inmuebles, mobiliario, material y gastos diversos de funcionamiento 2256

— Título 3:

Gastos resultantes del ejercicio de funciones generales por parte de la institución 2263

— Título 10:

Otros gastos 2269
— Personal 2271
Sección IX: Supervisor Europeo de Protección de Datos 2272
— Estado de ingresos 2273

— Título 4:

Impuestos diversos, exacciones y cánones de la Unión 2274

— Título 5:

Ingresos procedentes del funcionamiento administrativo de la institución 2277

— Título 9:

Ingresos diversos 2284
— Estado de gastos 2286

— Título 1:

Gastos relativos a las personas vinculadas a la institución 2287

— Título 2:

Inmuebles, equipos y gastos vinculados al funcionamiento de la institución 2300

— Título 3:

Consejo Europeo de protección de datos 2305

— Título 10:

Otros gastos 2317
— Personal 2319
Sección X: Servicio Europeo de Acción Exterior 2320
— Estado de ingresos 2321

— Título 4:

Ingresos procedentes de las personas vinculadas a las instituciones y otros organismos de la unión 2322

— Título 5:

Ingresos procedentes del funcionamiento administrativo de la institución 2325

— Título 6:

Contribuciones y restituciones en el marco de los acuerdos y programas de la Unión 2332

— Título 7:

Intereses de demora y multas 2334

— Título 9:

Ingresos diversos 2336
— Estado de gastos 2338

— Título 1:

Personal de la sede 2339

— Título 2:

Edificios, material y gastos de funcionamiento en la sede 2353

— Título 3:

Delegaciones 2371

— Título 10:

Otros gastos 2380
— Personal 2382

A.   FINANCIACIÓN DEL PRESUPUESTO GENERAL

INTRODUCCIÓN

El presupuesto general de la Unión es el acto por el que se establecen y aprueban los ingresos y gastos previsibles de la Unión Europea y de la Comunidad Europea de la Energía Atómica que se consideran necesarios para un determinado ejercicio.

El presupuesto deberá atenerse, en su establecimiento y ejecución, a los principios de unidad, veracidad presupuestaria, anualidad, equilibrio, unidad de cuenta, universalidad, especialidad, buena gestión financiera y transparencia.

El principio de unidad y el principio de veracidad presupuestaria implican que todos los ingresos y gastos de la Unión, cuando estos corran a cargo del presupuesto, deberán recogerse en un único documento.

El principio de anualidad significa que los créditos consignados en el presupuesto, sean de compromiso o de pago, se autorizarán por un ejercicio presupuestario y se utilizarán, en principio, durante este mismo ejercicio.

Según el principio de equilibrio, las previsiones de ingresos de un ejercicio deben ser iguales a los créditos de pago de ese mismo ejercicio. Recurrir a empréstitos para cubrir un posible déficit presupuestario no es compatible con el sistema de recursos propios y, por tanto, no está permitido.

Según el principio de unidad de cuenta, el establecimiento, ejecución y rendición de cuentas del presupuesto se efectuará en euros.

El principio de universalidad significa que la totalidad de los ingresos debe cubrir la totalidad de los créditos de pago a reserva de determinados ingresos, fijados de manera restrictiva, que se afectan a gastos específicos. Los ingresos y los gastos se consignarán en el presupuesto por su importe íntegro, sin compensación entre sí.

El principio de especialidad presupuestaria significa que los créditos deben tener un destino determinado y deben afectarse a un objetivo específico, a fin de evitar toda confusión entre los mismos.

El principio de buena gestión financiera se define por referencia a los principios de economía, eficiencia y eficacia.

El presupuesto se elabora en cumplimiento del principio de transparencia garantizando una buena información sobre la ejecución presupuestaria y la contabilidad.

Con el fin de reforzar la transparencia de la gestión presupuestaria respecto de los objetivos de buena gestión financiera y, más concretamente, de eficiencia y eficacia, el presupuesto presenta los créditos y recursos según su afectación, es decir, por actividades (PA — «Provisión presupuestaria por actividades»).

Los gastos autorizados por el presente presupuesto alcanzan un importe total de 160 113 520 011 EUR en créditos de compromiso y 144 680 980 690 EUR en créditos de pago, lo que representa un índice de variación de + 0,18 % y de + 14,13 %, respectivamente, en comparación con el presupuesto de 2017.

Los ingresos presupuestarios alcanzan un total de 144 680 980 690 EUR. El tipo uniforme de referencia del recurso «IVA» se establece en un 0,30 % (excepto en el caso de Alemania, los Países Bajos y Suecia, para los cuales el tipo de referencia se ha fijado para el período 2014-2020 en un 0,15 %) mientras que el del recurso «RNB» se establece en un 0,6524 %. Los recursos propios tradicionales representan el 15,79 % de la financiación del presupuesto para 2018. El recurso «IVA» representa un 11,92 % y el recurso «RNB» un 71,01 %. Otros ingresos del ejercicio financiero se estiman en 1 848 645 936 EUR.

Los recursos propios necesarios para la financiación del presupuesto de 2018 ascienden a un 0,91 % del total de la RNB.

En los cuadros que figuran a continuación se detalla paso a paso el método empleado para calcular la financiación del presupuesto de 2018.

FINANCIACIÓN DEL PRESUPUESTO GENERAL

Créditos que se financiarán en el ejercicio 2018 con arreglo a lo dispuesto en el artículo 1 de la Decisión 2014/335/UE, Euratom del Consejo, de 26 de mayo de 2014, sobre el sistema de recursos propios de la Unión Europea

GASTOS

Descripción

Presupuesto de 2018

Presupuesto de 2017 (1)

Variación (%)

1.

Crecimiento inteligente e integrador

66 624 486 101

49 393 819 321

+34,88

2.

Crecimiento sostenible: recursos naturales

56 083 793 633

54 120 940 747

+3,63

3.

Seguridad y ciudadanía

2 980 707 175

3 224 307 287

–7,56

4.

Europa Global

8 906 075 154

9 055 843 969

–1,65

5.

Administración

9 666 318 627

9 394 599 816

+2,89

6.

Compensación

p.m.

p.m.

Instrumentos especiales

419 600 000

1 581 200 013

–73,46

Total de gastos  (2)

144 680 980 690

126 770 711 153

+14,13


INGRESOS

Descripción

Presupuesto de 2018

Presupuesto de 2017 (3)

Variación (%)

Ingresos diversos (títulos 4 a 9)

1 848 645 936

4 882 392 898

–62,14

Excedente disponible del ejercicio anterior (capítulo 3 0, artículo 3 0 0)

p.m.

6 404 529 791

Reembolso del excedente del Fondo de Garantía relativo a acciones exteriores (capítulos 3 0, artículo 3 0 2)

p.m.

p.m.

Saldo neto de recursos propios procedentes del IVA y de recursos propios PNB/RNB relativo a ejercicios anteriores (capítulos 3 1, 3 2 y 3 3)

p.m.

p.m.

Total de ingresos de los títulos 3 a 9

1 848 645 936

11 286 922 689

–83,62

Importe neto de los derechos de aduana y de las cotizaciones por el azúcar (capítulos 1 1 y 1 2)

22 844 000 000

20 507 300 000

+11,39

Recurso propio IVA al tipo uniforme (cuadros 1 y 2, capítulo 1 3)

17 249 560 050

16 620 148 350

+3,79

Resto a financiar con el recurso complementario (recurso propio RNB, cuadro 3, capítulo 1 4)

102 738 774 704

78 356 340 114

+31,12

Créditos que se financiarán mediante los recursos propios a los que se refiere el artículo 2 de la Decisión 2014/335/UE, Euratom (4)

142 832 334 754

115 483 788 464

+23,68

Total de los ingresos  (5)

144 680 980 690

126 770 711 153

+14,13


CUADRO 1

Cálculo de la nivelación de las bases armonizadas del impuesto sobre el valor añadido (IVA) conforme a lo dispuesto en el artículo 2, apartado 1, letra b), de la Decisión 2014/335/UE, Euratom

Estados miembros

1 % de la base «IVA» sin nivelar

1 % de la renta nacional bruta

Tipo de nivelación (en %)

1 % de la renta nacional bruta multiplicado por el tipo de nivelación

1 % de la base «IVA» nivelada (6)

Estados miembros con base «IVA» nivelada

 

(1)

(2)

(3)

(4)

(5)

(6)

Bélgica

1 875 386 000

4 450 833 000

50

2 225 416 500

1 875 386 000

 

Bulgaria

238 743 000

503 702 000

50

251 851 000

238 743 000

 

Chequia

732 794 000

1 792 468 000

50

896 234 000

732 794 000

 

Dinamarca

1 140 616 000

3 048 528 000

50

1 524 264 000

1 140 616 000

 

Alemania

13 953 667 000

33 995 907 000

50

16 997 953 500

13 953 667 000

 

Estonia

119 112 000

230 792 000

50

115 396 000

115 396 000

Estonia

Irlanda

860 539 000

2 431 496 000

50

1 215 748 000

860 539 000

 

Grecia

740 156 000

1 882 276 000

50

941 138 000

740 156 000

 

España

5 294 283 000

12 003 612 000

50

6 001 806 000

5 294 283 000

 

Francia

10 445 711 000

23 880 801 000

50

11 940 400 500

10 445 711 000

 

Croacia

299 825 000

483 272 000

50

241 636 000

241 636 000

Croacia

Italia

6 653 984 000

17 500 853 000

50

8 750 426 500

6 653 984 000

 

Chipre

125 263 000

185 558 000

50

92 779 000

92 779 000

Chipre

Letonia

113 835 000

279 697 000

50

139 848 500

113 835 000

 

Lituania

175 208 000

411 930 000

50

205 965 000

175 208 000

 

Luxemburgo

282 492 000

394 697 000

50

197 348 500

197 348 500

Luxemburgo

Hungría

525 608 000

1 239 469 000

50

619 734 500

525 608 000

 

Malta

71 317 000

104 602 000

50

52 301 000

52 301 000

Malta

Países Bajos

3 133 325 000

7 354 650 000

50

3 677 325 000

3 133 325 000

 

Austria

1 730 418 000

3 720 154 000

50

1 860 077 000

1 730 418 000

 

Polonia

1 992 720 000

4 681 410 000

50

2 340 705 000

1 992 720 000

 

Portugal

964 881 000

1 933 791 000

50

966 895 500

964 881 000

 

Rumanía

686 064 000

1 874 072 000

50

937 036 000

686 064 000

 

Eslovenia

200 037 000

429 322 000

50

214 661 000

200 037 000

 

Eslovaquia

300 056 000

865 923 000

50

432 961 500

300 056 000

 

Finlandia

962 168 000

2 268 419 000

50

1 134 209 500

962 168 000

 

Suecia

2 144 162 000

5 044 851 000

50

2 522 425 500

2 144 162 000

 

Reino Unido

11 550 289 000

24 483 615 000

50

12 241 807 500

11 550 289 000

 

Total

67 312 659 000

157 476 700 000

 

78 738 350 000

67 114 110 500

 


CUADRO 2

Desglose de los recursos propios procedentes del impuesto sobre el valor añadido (IVA) conforme a lo dispuesto en el artículo 2, apartado 1, letra b), de la Decisión 2014/335/UE, Euratom (capítulo 1 3)

Estado miembro

1 % de la base «IVA» nivelada

Tipo uniforme del recurso propio «IVA» (en %)

Recurso propio «IVA» al tipo uniforme

 

(1)

(2)

(3) = (1) × (2)

Bélgica

1 875 386 000

0,30

562 615 800

Bulgaria

238 743 000

0,30

71 622 900

Chequia

732 794 000

0,30

219 838 200

Dinamarca

1 140 616 000

0,30

342 184 800

Alemania

13 953 667 000

0,15

2 093 050 050

Estonia

115 396 000

0,30

34 618 800

Irlanda

860 539 000

0,30

258 161 700

Grecia

740 156 000

0,30

222 046 800

España

5 294 283 000

0,30

1 588 284 900

Francia

10 445 711 000

0,30

3 133 713 300

Croacia

241 636 000

0,30

72 490 800

Italia

6 653 984 000

0,30

1 996 195 200

Chipre

92 779 000

0,30

27 833 700

Letonia

113 835 000

0,30

34 150 500

Lituania

175 208 000

0,30

52 562 400

Luxemburgo

197 348 500

0,30

59 204 550

Hungría

525 608 000

0,30

157 682 400

Malta

52 301 000

0,30

15 690 300

Países Bajos

3 133 325 000

0,15

469 998 750

Austria

1 730 418 000

0,30

519 125 400

Polonia

1 992 720 000

0,30

597 816 000

Portugal

964 881 000

0,30

289 464 300

Rumanía

686 064 000

0,30

205 819 200

Eslovenia

200 037 000

0,30

60 011 100

Eslovaquia

300 056 000

0,30

90 016 800

Finlandia

962 168 000

0,30

288 650 400

Suecia

2 144 162 000

0,15

321 624 300

Reino Unido

11 550 289 000

0,30

3 465 086 700

Total

67 114 110 500

 

17 249 560 050


CUADRO 3

Determinación del tipo uniforme y reparto de los recursos basados en la renta nacional bruta conforme a lo dispuesto en el artículo 2, apartado 1, letra c), de la Decisión 2014/335/UE, Euratom (capítulo 1 4)

Estados miembros

1 % de la renta nacional bruta

Tipo uniforme de los recursos propios, «base complementaria»

Recursos propios, «base complementaria», al tipo uniforme

 

(1)

(2)

(3) = (1) × (2)

Bélgica

4 450 833 000

 

2 903 751 024

Bulgaria

503 702 000

 

328 618 305

Chequia

1 792 468 000

 

1 169 417 228

Dinamarca

3 048 528 000

 

1 988 878 554

Alemania

33 995 907 000

 

22 179 140 343

Estonia

230 792 000

 

150 570 131

Irlanda

2 431 496 000

 

1 586 323 054

Grecia

1 882 276 000

 

1 228 008 524

España

12 003 612 000

 

7 831 230 835

Francia

23 880 801 000

 

15 579 982 522

Croacia

483 272 000

 

315 289 647

Italia

17 500 853 000

 

11 417 664 921

Chipre

185 558 000

 

121 059 189

Letonia

279 697 000

0,6524062  (7)

182 476 056

Lituania

411 930 000

 

268 745 684

Luxemburgo

394 697 000

 

257 502 768

Hungría

1 239 469 000

 

808 637 255

Malta

104 602 000

 

68 242 993

Países Bajos

7 354 650 000

 

4 798 219 225

Austria

3 720 154 000

 

2 427 051 517

Polonia

4 681 410 000

 

3 054 180 887

Portugal

1 933 791 000

 

1 261 617 229

Rumanía

1 874 072 000

 

1 222 656 183

Eslovenia

429 322 000

 

280 092 333

Eslovaquia

865 923 000

 

564 933 530

Finlandia

2 268 419 000

 

1 479 930 609

Suecia

5 044 851 000

 

3 291 292 047

Reino Unido

24 483 615 000

 

15 973 262 111

Total

157 476 700 000

 

102 738 774 704


CUADRO 4

Cálculo de la retribución bruta de la contribución de la RNB de Dinamarca, Países Bajos y Suecia y su financiación, de conformidad con el artículo 2, apartado 5 de la Decisión 2014/335/UE, Euratom (capítulo 1 6)

Estado miembro

Reducción bruta

Cuotas de las bases «RNB»

Clave RNB aplicada a la reducción bruta

Financiación de la reducción

 

(1)

(2)

(3)

(4) = (1) + (3)

Bélgica

 

2,83

31 084 353

31 084 353

Bulgaria

 

0,32

3 517 825

3 517 825

Chequia

 

1,14

12 518 490

12 518 490

Dinamarca

– 141 559 436

1,94

21 290 739

– 120 268 697

Alemania

 

21,59

237 425 396

237 425 396

Estonia

 

0,15

1 611 838

1 611 838

Irlanda

 

1,54

16 981 424

16 981 424

Grecia

 

1,20

13 145 704

13 145 704

España

 

7,62

83 832 514

83 832 514

Francia

 

15,16

166 782 096

166 782 096

Croacia

 

0,31

3 375 143

3 375 143

Italia

 

11,11

122 224 918

122 224 918

Chipre

 

0,12

1 295 926

1 295 926

Letonia

 

0,18

1 953 387

1 953 387

Lituania

 

0,26

2 876 895

2 876 895

Luxemburgo

 

0,25

2 756 540

2 756 540

Hungría

 

0,79

8 656 378

8 656 378

Malta

 

0,07

730 534

730 534

Países Bajos

– 756 798 522

4,67

51 364 437

– 705 434 085

Austria

 

2,36

25 981 335

25 981 335

Polonia

 

2,97

32 694 690

32 694 690

Portugal

 

1,23

13 505 482

13 505 482

Rumanía

 

1,19

13 088 408

13 088 408

Eslovenia

 

0,27

2 998 359

2 998 359

Eslovaquia

 

0,55

6 047 555

6 047 555

Finlandia

 

1,44

15 842 504

15 842 504

Suecia

– 201 449 966

3,20

35 232 940

– 166 217 026

Reino Unido

 

15,55

170 992 114

170 992 114

Total

–1 099 807 924

100,00

1 099 807 924

0


CUADRO 5

Corrección de los desequilibrios presupuestarios en favor del Reino Unido correspondiente al ejercicio de 2017 conforme a lo dispuesto en el artículo 4 de la Decisión 2014/335/EU, Euratom (capítulo 1 5)

Descripción

Coeficiente (8) (%)

Importe

1.

Cuota porcentual del Reino Unido en el total de las bases IVA nocionales no niveladas

17,1194

 

2.

Cuota porcentual del Reino Unido (en %) en los gastos asignados ajustados a los gastos derivados de la ampliación

7,4429

 

3.

(1) – (2)

9,6765

 

4.

Total de gastos asignados

 

118 550 222 885

5

Gasto relacionado con la ampliación (9)

 

25 135 292 635

6.

Total de los gastos asignados ajustados a los gastos derivados de la ampliación = (4) – (5)

 

93 414 930 250

7.

Importe inicial de la corrección del Reino Unido = (3) × (6) × 0,66

 

5 965 942 623

8.

Ventaja del Reino Unido (10)

 

1 019 406 910

9.

Corrección de base del Reino Unido = (7) – (8)

 

4 946 535 713

10.

Beneficios excepcionales correspondientes a los recursos propios tradicionales (11)

 

–45 769 948

11.

Corrección en favor del Reino Unido = (9) – (10)

 

4 992 305 660


CUADRO 6

Cálculo de la financiación de la corrección en favor del Reino Unido por un importe de –4 992 305 660  EUR (capítulo 1 5)

Estados miembros

Cuotas de las bases «RNB»

Cuotas sin el Reino Unido

Cuotas sin Alemania, Países Bajos, Austria, Suecia y el Reino Unido

3/4 de la cuota de Alemania, Países Bajos, Austria y Suecia en la columna (2)

Columna (4) desglosada según la clave de la columna (3)

Clave de financiación

Clave de financiación aplicada a la corrección

 

(1)

(2)

(3)

(4)

(5)

(6) = (2) + (4) + (5)

(7)

Bélgica

2,83

3,35

5,37

 

1,52

4,86

242 848 053

Bulgaria

0,32

0,38

0,61

 

0,17

0,55

27 483 181

Chequia

1,14

1,35

2,16

 

0,61

1,96

97 801 325

Dinamarca

1,94

2,29

3,68

 

1,04

3,33

166 334 951

Alemania

21,59

25,56

0,00

–19,17

0,00

6,39

319 035 307

Estonia

0,15

0,17

0,28

 

0,08

0,25

12 592 561

Irlanda

1,54

1,83

2,93

 

0,83

2,66

132 668 215

Grecia

1,20

1,42

2,27

 

0,64

2,06

102 701 463

España

7,62

9,03

14,48

 

4,09

13,12

654 945 669

Francia

15,16

17,96

28,81

 

8,14

26,10

1 302 993 398

Croacia

0,31

0,36

0,58

 

0,16

0,53

26 368 472

Italia

11,11

13,16

21,12

 

5,97

19,13

954 888 235

Chipre

0,12

0,14

0,22

 

0,06

0,20

10 124 487

Letonia

0,18

0,21

0,34

 

0,10

0,31

15 260 935

Lituania

0,26

0,31

0,50

 

0,14

0,45

22 475 882

Luxemburgo

0,25

0,30

0,48

 

0,13

0,43

21 535 609

Hungría

0,79

0,93

1,50

 

0,42

1,35

67 628 382

Malta

0,07

0,08

0,13

 

0,04

0,11

5 707 334

Países Bajos

4,67

5,53

0,00

–4,15

0,00

1,38

69 019 868

Austria

2,36

2,80

0,00

–2,10

0,00

0,70

34 911 864

Polonia

2,97

3,52

5,65

 

1,60

5,12

255 428 883

Portugal

1,23

1,45

2,33

 

0,66

2,11

105 512 244

Rumanía

1,19

1,41

2,26

 

0,64

2,05

102 253 833

Eslovenia

0,27

0,32

0,52

 

0,15

0,47

23 424 831

Eslovaquia

0,55

0,65

1,04

 

0,30

0,95

47 246 822

Finlandia

1,44

1,71

2,74

 

0,77

2,48

123 770 345

Suecia

3,20

3,79

0,00

–2,84

0,00

0,95

47 343 511

Reino Unido

15,55

0,00

0,00

 

0,00

0,00

0

Total

100,00

100,00

100,00

–28,26

28,26

100,00

4 992 305 660

Los cálculos se efectúan con una precisión de 15 decimales.

CUADRO 7

Recapitulación de la financiación (12) del presupuesto general por tipo de recurso propio y por Estado miembro

Estado miembro

Recursos propios tradicionales (RPT)

 

Recursos propios basados en el IVA y la RNB, incluidos los ajustes

Total recursos propios (13)

Cotizaciones netas en el sector del azúcar (80 %)

Derechos de aduana netos (80 %)

Total de los recursos propios tradicionales netos (80 %)

Gastos de recaudación (20 % de los RPT brutos) (p.m.)

Recurso propio IVA

Recurso propios RNB

Reducciones en favor de: Dinamarca, Países Bajos, Austria y Suecia

Corrección del Reino Unido

«Contribuciones nacionales» totales

Cuota en las «contribuciones nacionales» totales (%)

 

(1)

(2)

(3) = (1) + (2)

(4)

(5)

(6)

(7)

(8)

(9) = (5) + (6) + (7) + (8)

(10)

(11) = (3) + (9)

Bélgica

p.m.

2 473 200 000

2 473 200 000

618 300 000

562 615 800

2 903 751 024

31 084 353

242 848 053

3 740 299 230

3,12

6 213 499 230

Bulgaria

p.m.

88 100 000

88 100 000

22 025 000

71 622 900

328 618 305

3 517 825

27 483 181

431 242 211

0,36

519 342 211

Chequia

p.m.

287 500 000

287 500 000

71 875 000

219 838 200

1 169 417 228

12 518 490

97 801 325

1 499 575 243

1,25

1 787 075 243

Dinamarca

p.m.

377 700 000

377 700 000

94 425 000

342 184 800

1 988 878 554

– 120 268 697

166 334 951

2 377 129 608

1,98

2 754 829 608

Alemania

p.m.

4 731 600 000

4 731 600 000

1 182 900 000

2 093 050 050

22 179 140 343

237 425 396

319 035 307

24 828 651 096

20,69

29 560 251 096

Estonia

p.m.

32 900 000

32 900 000

8 225 000

34 618 800

150 570 131

1 611 838

12 592 561

199 393 330

0,17

232 293 330

Irlanda

p.m.

305 400 000

305 400 000

76 350 000

258 161 700

1 586 323 054

16 981 424

132 668 215

1 994 134 393

1,66

2 299 534 393

Grecia

p.m.

177 100 000

177 100 000

44 275 000

222 046 800

1 228 008 524

13 145 704

102 701 463

1 565 902 491

1,31

1 743 002 491

España

p.m.

1 712 500 000

1 712 500 000

428 125 000

1 588 284 900

7 831 230 835

83 832 514

654 945 669

10 158 293 918

8,47

11 870 793 918

Francia

p.m.

1 749 800 000

1 749 800 000

437 450 000

3 133 713 300

15 579 982 522

166 782 096

1 302 993 398

20 183 471 316

16,82

21 933 271 316

Croacia

p.m.

52 600 000

52 600 000

13 150 000

72 490 800

315 289 647

3 375 143

26 368 472

417 524 062

0,35

470 124 062

Italia

p.m.

2 095 900 000

2 095 900 000

523 975 000

1 996 195 200

11 417 664 921

122 224 918

954 888 235

14 490 973 274

12,08

16 586 873 274

Chipre

p.m.

21 900 000

21 900 000

5 475 000

27 833 700

121 059 189

1 295 926

10 124 487

160 313 302

0,13

182 213 302

Letonia

p.m.

48 000 000

48 000 000

12 000 000

34 150 500

182 476 056

1 953 387

15 260 935

233 840 878

0,19

281 840 878

Lituania

p.m.

87 400 000

87 400 000

21 850 000

52 562 400

268 745 684

2 876 895

22 475 882

346 660 861

0,29

434 060 861

Luxemburgo

p.m.

22 000 000

22 000 000

5 500 000

59 204 550

257 502 768

2 756 540

21 535 609

340 999 467

0,28

362 999 467

Hungría

p.m.

157 000 000

157 000 000

39 250 000

157 682 400

808 637 255

8 656 378

67 628 382

1 042 604 415

0,87

1 199 604 415

Malta

p.m.

13 200 000

13 200 000

3 300 000

15 690 300

68 242 993

730 534

5 707 334

90 371 161

0,08

103 571 161

Países Bajos

p.m.

2 746 600 000

2 746 600 000

686 650 000

469 998 750

4 798 219 225

– 705 434 085

69 019 868

4 631 803 758

3,86

7 378 403 758

Austria

p.m.

221 100 000

221 100 000

55 275 000

519 125 400

2 427 051 517

25 981 335

34 911 864

3 007 070 116

2,51

3 228 170 116

Polonia

p.m.

705 200 000

705 200 000

176 300 000

597 816 000

3 054 180 887

32 694 690

255 428 883

3 940 120 460

3,28

4 645 320 460

Portugal

p.m.

154 700 000

154 700 000

38 675 000

289 464 300

1 261 617 229

13 505 482

105 512 244

1 670 099 255

1,39

1 824 799 255

Rumanía

p.m.

162 200 000

162 200 000

40 550 000

205 819 200

1 222 656 183

13 088 408

102 253 833

1 543 817 624

1,29

1 706 017 624

Eslovenia

p.m.

77 400 000

77 400 000

19 350 000

60 011 100

280 092 333

2 998 359

23 424 831

366 526 623

0,31

443 926 623

Eslovaquia

p.m.

105 300 000

105 300 000

26 325 000

90 016 800

564 933 530

6 047 555

47 246 822

708 244 707

0,59

813 544 707

Finlandia

p.m.

154 100 000

154 100 000

38 525 000

288 650 400

1 479 930 609

15 842 504

123 770 345

1 908 193 858

1,59

2 062 293 858

Suecia

p.m.

548 000 000

548 000 000

137 000 000

321 624 300

3 291 292 047

– 166 217 026

47 343 511

3 494 042 832

2,91

4 042 042 832

Reino Unido

p.m.

3 535 600 000

3 535 600 000

883 900 000

3 465 086 700

15 973 262 111

170 992 114

–4 992 305 660

14 617 035 265

12,18

18 152 635 265

Total

p.m.

22 844 000 000

22 844 000 000

5 711 000 000

17 249 560 050

102 738 774 704

0

0

119 988 334 754

100,00

142 832 334 754

B.   ESTADO GENERAL DE INGRESOS POR LÍNEA PRESUPUESTARIA

Título

Denominación

Ejercicio 2018

Ejercicio 2017

Ejercicio 2016

1

RECURSOS PROPIOS

142 832 334 754

115 483 788 464

132 165 834 976,64

3

EXCEDENTES, SALDOS Y AJUSTES

p.m.

6 404 529 791

1 357 560 665,03

4

INGRESOS PROCEDENTES DE LAS PERSONAS VINCULADAS A LAS INSTITUCIONES Y OTROS ORGANISMOS DE LA UNIÓN

1 547 408 825

1 490 262 072

1 451 857 463,91

5

INGRESOS PROCEDENTES DEL FUNCIONAMIENTO ADMINISTRATIVO DE LAS INSTITUCIONES

45 050 050

70 200 866

579 194 066,40

6

CONTRIBUCIONES Y RESTITUCIONES RELATIVAS A ACUERDOS Y PROGRAMAS DE LA UNIÓN

110 000 000

60 000 000

5 928 273 253,25

7

INTERESES DE DEMORA Y MULTAS

115 000 000

3 230 000 000

3 175 480 154,09

8

EMPRÉSTITOS Y PRÉSTAMOS

6 186 061

6 928 960

41 334 476,24

9

INGRESOS DIVERSOS

25 001 000

25 001 000

17 230 760,67

 

TOTAL

144 680 980 690

126 770 711 153

144 716 765 816,23

TÍTULO 1

RECURSOS PROPIOS

Artículo

Partida

Denominación

Ejercicio 2018

Ejercicio 2017

Ejercicio 2016

% 2016-2018

 

CAPÍTULO 1 1

1 1 0

Cotizaciones por la producción relativas a la campaña de comercialización 2005/06 y a campañas anteriores

p.m.

p.m.

159 996,95

 

1 1 1

Cotizaciones por el almacenamiento de azúcar

p.m.

p.m.

0 ,—

 

1 1 3

Importes percibidos por la producción de azúcar C, de isoglucosa C y de jarabe de inulina C no exportada, y por el azúcar C y la isoglucosa C de sustitución

p.m.

p.m.

0 ,—

 

1 1 7

Canon de producción

p.m.

133 300 000

131 566 944,18

 

1 1 8

Importes únicos por la cuota adicional del azúcar o la cuota suplementaria de isoglucosa

p.m.

p.m.

0 ,—

 

1 1 9

Importe por excedentes

p.m.

p.m.

902 874,98

 

 

CAPÍTULO 1 1 — TOTAL

p.m.

133 300 000

132 629 816,11

 

 

CAPÍTULO 1 2

1 2 0

Derechos de aduana y otros derechos contemplados en el artículo 2, apartado 1, letra a), de la Decisión 2014/335/UE, Euratom

22 844 000 000

20 374 000 000

19 961 488 403,71

87,38

 

CAPÍTULO 1 2 — TOTAL

22 844 000 000

20 374 000 000

19 961 488 403,71

87,38

 

CAPÍTULO 1 3

1 3 0

Recursos propios procedentes del impuesto sobre el valor añadido de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2, apartado 1, letra b), de la Decisión 2014/335/UE, Euratom

17 249 560 050

16 620 148 350

15 934 722 190,43

92,38

 

CAPÍTULO 1 3 — TOTAL

17 249 560 050

16 620 148 350

15 934 722 190,43

92,38

 

CAPÍTULO 1 4

1 4 0

Recursos propios basados en la Renta Nacional Bruta de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2, apartado 1, letra c), de la Decisión 2014/335/CE, Euratom

102 738 774 704

78 356 340 114

95 578 437 497,43

93,03

 

CAPÍTULO 1 4 — TOTAL

102 738 774 704

78 356 340 114

95 578 437 497,43

93,03

 

CAPÍTULO 1 5

1 5 0

Corrección de los desequilibrios presupuestarios concedida al Reino Unido de conformidad con lo dispuesto en los artículos 4 y 5 de la Decisión 2014/335/UE, Euratom

0 ,—

0 ,—

580 337 025,32

 

 

CAPÍTULO 1 5 — TOTAL

0 ,—

0 ,—

580 337 025,32

 

 

CAPÍTULO 1 6

1 6 0

Reducción bruta de la contribución anual basada en la RNB concedida a algunos Estados miembros de conformidad con el artículo 2, apartado 5, de la Decisión 2014/335/UE, Euratom

0 ,—

0 ,—

–21 779 956,36

 

 

CAPÍTULO 1 6 — TOTAL

0 ,—

0 ,—

–21 779 956,36

 

 

Título 1 — Total

142 832 334 754

115 483 788 464

132 165 834 976,64

92,53

CAPÍTULO 1 1 —

COTIZACIONES Y OTROS DERECHOS PREVISTOS EN EL MARCO DE LA ORGANIZACIÓN COMÚN DE MERCADOS EN EL SECTOR DEL AZÚCAR [ARTÍCULO 2, APARTADO 1, LETRA A), DE LA DECISIÓN 2014/335/UE, EURATOM]

CAPÍTULO 1 2 —

DERECHOS DE ADUANA Y OTROS DERECHOS CONTEMPLADOS EN EL ARTÍCULO 2, APARTADO 1, LETRA A), DE LA DECISIÓN 2014/335/UE, EURATOM

CAPÍTULO 1 3 —

RECURSOS PROPIOS PROCEDENTES DEL IMPUESTO SOBRE EL VALOR AÑADIDO DE CONFORMIDAD CON LO DISPUESTO EN EL ARTÍCULO 2, APARTADO 1, LETRA B), DE LA DECISIÓN 2014/335/UE, EURATOM

CAPÍTULO 1 4 —

RECURSOS PROPIOS BASADOS EN LA RENTA NACIONAL BRUTA DE CONFORMIDAD CON LO DISPUESTO EN EL ARTÍCULO 2, APARTADO 1, LETRA C), DE LA DECISIÓN 2014/335/UE, EURATOM

CAPÍTULO 1 5 —

CORRECCIÓN DE LOS DESEQUILIBRIOS PRESUPUESTARIOS

CAPÍTULO 1 6 —

REDUCCIÓN BRUTA DE LA CONTRIBUCIÓN ANUAL BASADA EN LA RNB CONCEDIDA A ALGUNOS ESTADOS MIEMBROS

CAPÍTULO 1 1 —   COTIZACIONES Y OTROS DERECHOS PREVISTOS EN EL MARCO DE LA ORGANIZACIÓN COMÚN DE MERCADOS EN EL SECTOR DEL AZÚCAR [ARTÍCULO 2, APARTADO 1, LETRA A), DE LA DECISIÓN 2014/335/UE, EURATOM]

1 1 0
Cotizaciones por la producción relativas a la campaña de comercialización 2005/06 y a campañas anteriores

Ejercicio 2018

Ejercicio 2017

Ejercicio 2016

p.m.

p.m.

159 996,95

Comentarios

La organización común del mercado del azúcar prevé que las empresas productoras de azúcar, isoglucosa o jarabe de inulina paguen cotizaciones por la producción de base y B. Estas cotizaciones se destinan a financiar los gastos en apoyo del mercado. Los importes consignados en el presente artículo son consecuencia de la revisión de las cotizaciones fijadas anteriormente. Las cotizaciones correspondientes a las campañas de comercialización 2007/08 a 2016/17 constan en el artículo 1 1 7 del presente capítulo como «canon de producción».

Las cifras se consignan netas (sin los gastos de recaudación).

Bases jurídicas

Reglamento (CE) n.o 1260/2001 del Consejo, de 19 de junio de 2001, por el que se establece la organización común de mercados en el sector del azúcar (DO L 178 de 30.6.2001, p. 1).

Decisión 2007/436/CE, Euratom del Consejo, de 7 de junio de 2007, sobre el sistema de recursos propios de las Comunidades Europeas (DO L 163 de 23.6.2007, p. 17), y en particular su artículo 2, apartado 1, letra a).

Reglamento (UE) n.o 1360/2013 del Consejo, de 2 de diciembre de 2013, por el que se fijan las cotizaciones por producción en el sector del azúcar correspondientes a las campañas de comercialización 2001/02, 2002/03, 2003/04, 2004/05 y 2005/06, el coeficiente necesario para el cálculo de la cotización complementaria de las campañas 2001/02 y 2004/05 y los importes que deben pagar los fabricantes de azúcar a los vendedores de remolacha por la diferencia entre la cotización máxima y la cotización que debe aplicarse a las campañas de comercialización 2002/03, 2003/04 y 2005/06 (DO L 343 de 19.12.2013, p. 2).

Estados miembros

Presupuesto 2018

Presupuesto 2017

Ejecución 2016

Bélgica

p.m.

p.m.

0 ,—

Bulgaria

0 ,—

República Checa

p.m.

p.m.

0 ,—

Dinamarca

p.m.

p.m.

0 ,—

Alemania

p.m.

p.m.

0 ,—

Estonia

0 ,—

Irlanda

p.m.

p.m.

0 ,—

Grecia

p.m.

p.m.

0 ,—

España

p.m.

p.m.

0 ,—

Francia

p.m.

p.m.

0 ,—

Croacia

0 ,—

Italia

p.m.

p.m.

0 ,—

Chipre

0 ,—

Letonia

p.m.

p.m.

0 ,—

Lituania

p.m.

p.m.

0 ,—

Luxemburgo

0 ,—

Hungría

p.m.

p.m.

0 ,—

Malta

0 ,—

Países Bajos

p.m.

p.m.

0 ,—

Austria

p.m.

p.m.

0 ,—

Polonia

p.m.

p.m.

0 ,—

Portugal

p.m.

p.m.

0 ,—

Rumanía

0 ,—

Eslovenia

p.m.

p.m.

0 ,—

Eslovaquia

p.m.

p.m.

0 ,—

Finlandia

p.m.

p.m.

123 212,35

Suecia

p.m.

p.m.

0 ,—

Reino Unido

p.m.

p.m.

36 784,60

Total del artículo 1 1 0

p.m.

p.m.

159 996,95

1 1 1
Cotizaciones por el almacenamiento de azúcar

Ejercicio 2018

Ejercicio 2017

Ejercicio 2016

p.m.

p.m.

0 ,—

Comentarios

Este artículo se destina a registrar los ingresos procedentes de remanentes de la cotización al almacenamiento del azúcar, ya que el Reglamento (CE) n.o 1260/2001 del Consejo, de 19 de junio de 2001, sobre la organización común de los mercados en el sector del azúcar (DO L 178 de 30.6.2001, p. 1) suprimió la cotización al almacenamiento.

Este artículo también se destina a registrar los importes pendientes adeudados, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 5 del Reglamento (CEE) n.o 65/82 de la Comisión, de 13 de enero de 1982, por el que se establecen las modalidades de aplicación para el traslado de azúcar a la campaña de comercialización siguiente (DO L 9 de 14.1.1982, p. 14), en caso de incumplimiento de la obligación de traslado del almacenamiento de azúcar, y los importes adeudados con arreglo al Reglamento (CEE) n.o 1789/81 del Consejo, de 30 de junio de 1981, por el que se establecen las normas generales relativas al régimen de existencias mínimas en el sector del azúcar (DO L 177 de 1.7.1981, p. 39), en caso de incumplimiento de las normas generales relativas al régimen de existencias mínimas en el sector del azúcar.

El artículo también se destina a registrar los ingresos percibidos por los nuevos Estados miembros en el caso de no eliminación de las existencias de azúcar consideradas excedentes en el sentido de los reglamentos de la Comisión por los que se establecen medidas transitorias en el sector del azúcar con motivo de la adhesión.

Las cifras se consignan netas (sin los gastos de recaudación).

Bases jurídicas

Decisión 2014/335/UE, Euratom del Consejo, de 26 de mayo de 2014, sobre el sistema de recursos propios de la Unión Europea (DO L 168 de 7.6.2014, p. 105), y en particular su artículo 2, apartado 1, letra a).

Estados miembros

Presupuesto 2018

Presupuesto 2017

Ejecución 2016

Bélgica

p.m.

p.m.

0 ,—

Bulgaria

p.m.

p.m.

0 ,—

República Checa

p.m.

p.m.

0 ,—

Dinamarca

p.m.

p.m.

0 ,—

Alemania

p.m.

p.m.

0 ,—

Estonia

p.m.

p.m.

0 ,—

Irlanda

p.m.

p.m.

0 ,—

Grecia

p.m.

p.m.

0 ,—

España

p.m.

p.m.

0 ,—

Francia

p.m.

p.m.

0 ,—

Croacia

p.m.

p.m.

0 ,—

Italia

p.m.

p.m.

0 ,—

Chipre

p.m.

p.m.

0 ,—

Letonia

p.m.

p.m.

0 ,—

Lituania

p.m.

p.m.

0 ,—

Luxemburgo

0 ,—

Hungría

p.m.

p.m.

0 ,—

Malta

p.m.

p.m.

0 ,—

Países Bajos

p.m.

p.m.

0 ,—

Austria

p.m.

p.m.

0 ,—

Polonia

p.m.

p.m.

0 ,—

Portugal

p.m.

p.m.

0 ,—

Rumanía

p.m.

p.m.

0 ,—

Eslovenia

p.m.

p.m.

0 ,—

Eslovaquia

p.m.

p.m.

0 ,—

Finlandia

p.m.

p.m.

0 ,—

Suecia

p.m.

p.m.

0 ,—

Reino Unido

p.m.

p.m.

0 ,—

Total del artículo 1 1 1

p.m.

p.m.

0 ,—

1 1 3
Importes percibidos por la producción de azúcar C, de isoglucosa C y de jarabe de inulina C no exportada, y por el azúcar C y la isoglucosa C de sustitución

Ejercicio 2018

Ejercicio 2017

Ejercicio 2016

p.m.

p.m.

0 ,—

Comentarios

Los importes corresponden a los percibidos por la producción de azúcar C, de isoglucosa C y de jarabe de insulina C no exportada. Incluyen asimismo los importes percibidos por el azúcar C y la isoglucosa C de sustitución.

Los eventuales ingresos de esta partida se referirán únicamente a las posibles regularizaciones de ciertos expedientes, sobre las que no es posible realizar estimaciones con antelación.

Las cifras se consignan netas (sin los gastos de recaudación).

Bases jurídicas

Reglamento (CEE) n.o 2670/81 de la Comisión, de 14 de septiembre de 1981, por el que se establecen las modalidades de aplicación para la producción fuera de cuota en el sector del azúcar (DO L 262 de 16.9.1981, p. 14).

Decisión 2007/436/CE, Euratom del Consejo, de 7 de junio de 2007, sobre el sistema de recursos propios de las Comunidades Europeas (DO L 163 de 23.6.2007, p. 17), y en particular su artículo 2, apartado 1, letra a).

Estados miembros

Presupuesto 2018

Presupuesto 2017

Ejecución 2016

Bélgica

p.m.

p.m.

0 ,—

Bulgaria

0 ,—

República Checa

p.m.

p.m.

0 ,—

Dinamarca

p.m.

p.m.

0 ,—

Alemania

p.m.

p.m.

0 ,—

Estonia

0 ,—

Irlanda

p.m.

p.m.

0 ,—

Grecia

p.m.

p.m.

0 ,—

España

p.m.

p.m.

0 ,—

Francia

p.m.

p.m.

0 ,—

Croacia

0 ,—

Italia

p.m.

p.m.

0 ,—

Chipre

0 ,—

Letonia

p.m.

p.m.

0 ,—

Lituania

p.m.

p.m.

0 ,—

Luxemburgo

0 ,—

Hungría

p.m.

p.m.

0 ,—

Malta

0 ,—

Países Bajos

p.m.

p.m.

0 ,—

Austria

p.m.

p.m.

0 ,—

Polonia

p.m.

p.m.

0 ,—

Portugal

p.m.

p.m.

0 ,—

Rumanía

0 ,—

Eslovenia

p.m.

p.m.

0 ,—

Eslovaquia

p.m.

p.m.

0 ,—

Finlandia

p.m.

p.m.

0 ,—

Suecia

p.m.

p.m.

0 ,—

Reino Unido

p.m.

p.m.

0 ,—

Total del artículo 1 1 3

p.m.

p.m.

0 ,—

1 1 7
Canon de producción

Ejercicio 2018

Ejercicio 2017

Ejercicio 2016

p.m.

133 300 000

131 566 944,18

Comentarios

Este artículo se destina a registrar los ingresos procedentes del canon de producción impuesto a las empresas productoras de azúcar, isoglucosa o jarabe de inulina con arreglo al artículo 128 del Reglamento (UE) n.o 1308/2013.

Los Estados miembros han recaudado y declarado el canon de producción por última vez en el marco del presupuesto general de la Unión para 2017, tras el final del régimen de cuotas del azúcar durante el año de comercialización 2016/17, el 30 de septiembre de 2017. Los eventuales ingresos de esta partida se referirán únicamente a las posibles regularizaciones de ciertos expedientes, sobre las que no es posible realizar estimaciones con antelación.

Las cifras se consignan netas (sin los gastos de recaudación).

Bases jurídicas

Reglamento (CE) n.o 318/2006 del Consejo, de 20 de febrero de 2006, por el que se establece la organización común de mercados en el sector del azúcar (DO L 58 de 28.2.2006, p. 1), y en particular su artículo 16.

Reglamento (CE) n.o 952/2006 de la Comisión, de 29 de junio de 2006, por el que se establecen disposiciones de aplicación del Reglamento (CE) n.o 318/2006 del Consejo en lo referente a la gestión del mercado interior del azúcar y al régimen de cuotas (DO L 178 de 1.7.2006, p. 39).

Reglamento (CE) n.o 1234/2007 del Consejo, de 22 de octubre de 2007, por el que se crea una organización común de mercados agrícolas y se establecen disposiciones específicas para determinados productos agrícolas (Reglamento único para las OCM) (DO L 299 de 16.11.2007, p. 1), y en particular su artículo 51.

Reglamento (UE) n.o 1308/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, por el que se crea la organización común de mercados de los productos agrarios y por el que se derogan los Reglamentos (CEE) n.o 922/72, (CEE) n.o 234/79, (CE) n.o 1037/2001 y (CE) n.o 1234/2007 (DO L 347 de 20.12.2013, p. 671), y en particular su artículo 128.

Decisión 2014/335/UE, Euratom del Consejo, de 26 de mayo de 2014, sobre el sistema de recursos propios de la Unión Europea (DO L 168 de 7.6.2014, p. 105), y en particular su artículo 2, apartado 1, letra a).

Estados miembros

Presupuesto 2018

Presupuesto 2017

Ejecución 2016

Bélgica

p.m.

7 000 000

7 041 840,90

Bulgaria

p.m.

400 000

428 150,00

República Checa

p.m.

3 600 000

3 592 216,20

Dinamarca

p.m.

3 600 000

3 575 568,39

Alemania

p.m.

28 100 000

28 114 434,34

Estonia

0 ,—

Irlanda

p.m.

p.m.

0 ,—

Grecia

p.m.

1 500 000

1 523 539,00

España

p.m.

5 000 000

5 043 698,70

Francia

p.m.

33 000 000

32 995 499,80

Croacia

p.m.

1 900 000

1 857 819,79

Italia

p.m.

5 000 000

4 226 873,25

Chipre

0 ,—

Letonia

p.m.

p.m.

0 ,—

Lituania

p.m.

900 000

866 419,00

Luxemburgo

0 ,—

Hungría

p.m.

2 200 000

2 236 523,80

Malta

0 ,—

Países Bajos

p.m.

7 700 000

7 726 925,00

Austria

p.m.

3 400 000

3 369 862,60

Polonia

p.m.

13 700 000

13 318 501,37

Portugal

p.m.

200 000

60 000,00

Rumanía

p.m.

1 000 000

1 118 033,57

Eslovenia

p.m.

p.m.

0 ,—

Eslovaquia

p.m.

1 400 000

1 405 120,75

Finlandia

p.m.

800 000

777 590,00

Suecia

p.m.

2 800 000

2 822 324,28

Reino Unido

p.m.

10 100 000

9 466 003,44

Total del artículo 1 1 7

p.m.

133 300 000

131 566 944,18

1 1 8
Importes únicos por la cuota adicional del azúcar o la cuota suplementaria de isoglucosa

Ejercicio 2018

Ejercicio 2017

Ejercicio 2016

p.m.

p.m.

0 ,—

Comentarios

Se percibe un importe único por la cuota adicional del azúcar o la cuota suplementaria de isoglucosa que se han asignado a las empresas de conformidad con el artículo 58 del Reglamento (CE) n.o 1234/2007.

Los eventuales ingresos de esta partida se referirán únicamente a las posibles regularizaciones de ciertos expedientes, sobre las que no es posible realizar estimaciones con antelación.

Las cifras se consignan netas (sin los gastos de recaudación).

Bases jurídicas

Reglamento (CE) n.o 318/2006 del Consejo, de 20 de febrero de 2006, por el que se establece la organización común de mercados en el sector del azúcar (DO L 58 de 28.2.2006, p. 1), y en particular su artículo 8 y su artículo 9, apartados 2 y 3.

Reglamento (CE) n.o 952/2006 de la Comisión, de 29 de junio de 2006, por el que se establecen disposiciones de aplicación del Reglamento (CE) n.o 318/2006 del Consejo en lo referente a la gestión del mercado interior del azúcar y al régimen de cuotas (DO L 178 de 1.7.2006, p. 39).

Decisión 2007/436/CE, Euratom del Consejo, de 7 de junio de 2007, sobre el sistema de recursos propios de las Comunidades Europeas (DO L 163 de 23.6.2007, p. 17), y en particular su artículo 2, apartado 1, letra a).

Reglamento (CE) n.o 1234/2007 del Consejo, de 22 de octubre de 2007, por el que se crea una organización común de mercados agrícolas y se establecen disposiciones específicas para determinados productos agrícolas (Reglamento único para las OCM) (DO L 299 de 16.11.2007, p. 1).

Estados miembros

Presupuesto 2018

Presupuesto 2017

Ejecución 2016

Bélgica

p.m.

p.m.

0 ,—

Bulgaria

p.m.

p.m.

0 ,—

República Checa

p.m.

p.m.

0 ,—

Dinamarca

p.m.

p.m.

0 ,—

Alemania

p.m.

p.m.

0 ,—

Estonia

0 ,—

Irlanda

p.m.

p.m.

0 ,—

Grecia

p.m.

p.m.

0 ,—

España

p.m.

p.m.

0 ,—

Francia

p.m.

p.m.

0 ,—

Croacia

0 ,—

Italia

p.m.

p.m.

0 ,—

Chipre

0 ,—

Letonia

p.m.

p.m.

0 ,—

Lituania

p.m.

p.m.

0 ,—

Luxemburgo

0 ,—

Hungría

p.m.

p.m.

0 ,—

Malta

0 ,—

Países Bajos

p.m.

p.m.

0 ,—

Austria

p.m.

p.m.

0 ,—

Polonia

p.m.

p.m.

0 ,—

Portugal

p.m.

p.m.

0 ,—

Rumanía

p.m.

p.m.

0 ,—

Eslovenia

p.m.

p.m.

0 ,—

Eslovaquia

p.m.

p.m.

0 ,—

Finlandia

p.m.

p.m.

0 ,—

Suecia

p.m.

p.m.

0 ,—

Reino Unido

p.m.

p.m.

0 ,—

Total del artículo 1 1 8

p.m.

p.m.

0 ,—

1 1 9
Importe por excedentes

Ejercicio 2018

Ejercicio 2017

Ejercicio 2016

p.m.

p.m.

902 874,98

Comentarios

Este artículo se destina a registrar los ingresos procedentes de la cuantía adicional impuesta y cobrada por los Estados miembros a las empresas azucareras correspondientes ubicadas en su territorio.

Dada la finalización, el 30 de septiembre de 2017, del régimen de cuotas del azúcar durante el año de comercialización 2016/17 los eventuales ingresos de esta partida se referirán únicamente a las posibles regularizaciones de ciertos expedientes, sobre las que no es posible realizar estimaciones con antelación.

Las cifras se consignan netas (sin los gastos de recaudación).

Bases jurídicas

Reglamento (CE) n.o 318/2006 del Consejo, de 20 de febrero de 2006, por el que se establece la organización común de mercados en el sector del azúcar (DO L 58 de 28.2.2006, p. 1), y en particular su artículo 15.

Reglamento (CE) n.o 967/2006 de la Comisión, de 29 de junio de 2006, por el que se fijan las disposiciones de aplicación del Reglamento (CE) n.o 318/2006 del Consejo en lo que se refiere a la producción obtenida al margen de cuotas en el sector del azúcar (DO L 176 de 30.6.2006, p. 22).

Reglamento (CE) n.o 1234/2007 del Consejo, de 22 de octubre de 2007, por el que se crea una organización común de mercados agrícolas y se establecen disposiciones específicas para determinados productos agrícolas (Reglamento único para las OCM) (DO L 299 de 16.11.2007, p. 1), y en particular su artículo 64.

Reglamento (UE) n.o 1308/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, por el que se crea la organización común de mercados de los productos agrarios y por el que se derogan los Reglamentos (CEE) n.o 922/72, (CEE) n.o 234/79, (CE) n.o 1037/2001 y (CE) n.o 1234/2007 (DO L 347 de 20.12.2013, p. 671), y en particular su artículo 142.

Decisión 2014/335/UE, Euratom del Consejo, de 26 de mayo de 2014, sobre el sistema de recursos propios de la Unión Europea (DO L 168 de 7.6.2014, p. 105), y en particular su artículo 2, apartado 1, letra a).

Estados miembros

Presupuesto 2018

Presupuesto 2017

Ejecución 2016

Bélgica

p.m.

p.m.

17 543,10

Bulgaria

p.m.

p.m.

0 ,—

República Checa

p.m.

p.m.

1 391,01

Dinamarca

p.m.

p.m.

0 ,—

Alemania

p.m.

p.m.

734 740,00

Estonia

0 ,—

Irlanda

p.m.

p.m.

0 ,—

Grecia

p.m.

p.m.

0 ,—

España

p.m.

p.m.

0 ,—

Francia

p.m.

p.m.

148 480,00

Croacia

p.m.

p.m.

0 ,—

Italia

p.m.

p.m.

0 ,—

Chipre

0 ,—

Letonia

p.m.

p.m.

0 ,—

Lituania

p.m.

p.m.

0 ,—

Luxemburgo

0 ,—

Hungría

p.m.

p.m.

0 ,—

Malta

0 ,—

Países Bajos

p.m.

p.m.

0 ,—

Austria

p.m.

p.m.

0 ,—

Polonia

p.m.

p.m.

720,87

Portugal

p.m.

p.m.

0 ,—

Rumanía

p.m.

p.m.

0 ,—

Eslovenia

p.m.

p.m.

0 ,—

Eslovaquia

p.m.

p.m.

0 ,—

Finlandia

p.m.

p.m.

0 ,—

Suecia

p.m.

p.m.

0 ,—

Reino Unido

p.m.

p.m.

0 ,—

Total del artículo 1 1 9

p.m.

p.m.

902 874,98

CAPÍTULO 1 2 —   DERECHOS DE ADUANA Y OTROS DERECHOS CONTEMPLADOS EN EL ARTÍCULO 2, APARTADO 1, LETRA A), DE LA DECISIÓN 2014/335/UE, EURATOM

1 2 0
Derechos de aduana y otros derechos contemplados en el artículo 2, apartado 1, letra a), de la Decisión 2014/335/UE, Euratom

Ejercicio 2018

Ejercicio 2017

Ejercicio 2016

22 844 000 000

20 374 000 000

19 961 488 403,71

Comentarios

La asignación de los derechos de aduana como recursos propios a la financiación de los gastos comunes es consecuencia lógica de la libre circulación de mercancías dentro de la Unión. El presente artículo puede incluir exacciones, primas, importes adicionales o compensatorios, importes o elementos adicionales, derechos del arancel aduanero común y otros derechos establecidos o por establecer por parte de las Instituciones de la Unión Europea sobre el comercio con los terceros países así como derechos de aduana sobre los productos conforme al Tratado constitutivo de la Comunidad Europea del Carbón y del Acero, que ha llegado a su término.

Las cifras se consignan netas (sin los gastos de recaudación).

Bases jurídicas

Decisión 2014/335/UE, Euratom del Consejo, de 26 de mayo de 2014, sobre el sistema de recursos propios de la Unión Europea (DO L 168 de 7.6.2014, p. 105), y en particular su artículo 2, apartado 1, letra a).

Estados miembros

Presupuesto 2018

Presupuesto 2017

Ejecución 2016

Bélgica

2 473 200 000

2 180 792 231

2 063 738 913,95

Bulgaria

88 100 000

74 252 985

71 521 308,63

República Checa

287 500 000

253 894 259

247 455 408,57

Dinamarca

377 700 000

333 053 412

332 675 343,18

Alemania

4 731 600 000

4 214 682 435

4 120 598 172,66

Estonia

32 900 000

29 059 618

27 314 845,00

Irlanda

305 400 000

277 104 213

285 105 546,72

Grecia

177 100 000

156 903 067

156 860 412,38

España

1 712 500 000

1 521 384 214

1 506 996 371,24

Francia

1 749 800 000

1 599 033 778

1 603 376 603,69

Croacia

52 600 000

45 759 463

44 799 546,12

Italia

2 095 900 000

1 910 669 874

1 784 161 050,98

Chipre

21 900 000

20 285 123

21 086 051,66

Letonia

48 000 000

40 664 595

34 680 953,66

Lituania

87 400 000

76 989 117

76 673 897,94

Luxemburgo

22 000 000

19 530 328

19 544 194,69

Hungría

157 000 000

140 108 872

140 078 934,24

Malta

13 200 000

11 888 025

12 054 155,28

Países Bajos

2 746 600 000

2 433 176 899

2 366 016 279,14

Austria

221 100 000

204 077 771

210 647 744,61

Polonia

705 200 000

608 648 035

577 973 007,56

Portugal

154 700 000

138 316 233

138 344 643,65

Rumanía

162 200 000

148 034 222

162 099 774,38

Eslovenia

77 400 000

67 648 526

65 778 810,36

Eslovaquia

105 300 000

95 670 300

97 703 809,71

Finlandia

154 100 000

140 486 269

132 243 895,58

Suecia

548 000 000

497 410 082

510 379 272,44

Reino Unido

3 535 600 000

3 134 476 054

3 151 579 455,69

Total del artículo 1 2 0

22 844 000 000

20 374 000 000

19 961 488 403,71

CAPÍTULO 1 3 —   RECURSOS PROPIOS PROCEDENTES DEL IMPUESTO SOBRE EL VALOR AÑADIDO DE CONFORMIDAD CON LO DISPUESTO EN EL ARTÍCULO 2, APARTADO 1, LETRA B), DE LA DECISIÓN 2014/335/UE, EURATOM

1 3 0
Recursos propios procedentes del impuesto sobre el valor añadido de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2, apartado 1, letra b), de la Decisión 2014/335/UE, Euratom

Ejercicio 2018

Ejercicio 2017

Ejercicio 2016

17 249 560 050

16 620 148 350

15 934 722 190,43

Comentarios

El tipo uniforme válido para todos los Estados miembros aplicado a las bases imponibles del IVA armonizadas, determinadas con arreglo a las normas de la Unión, se fija en el 0,30 %. La base imponible que deberá tenerse en cuenta a estos efectos no excederá del 50 % de la RNB para cada Estado miembro. Únicamente durante el período 2014-2020, el tipo de referencia de los recursos propios «IVA» para Austria, Alemania, los Países Bajos y Suecia se fijará en el 0,15 %.

Bases jurídicas

Decisión 2014/335/UE, Euratom del Consejo, de 26 de mayo de 2014, sobre el sistema de recursos propios de la Unión Europea (DO L 168 de 7.6.2014, p. 105), y en particular su artículo 2, apartado 1, letra b), y su artículo 4.

Estados miembros

Presupuesto 2018

Presupuesto 2017

Ejecución 2016

Bélgica

562 615 800

545 106 000

516 597 300,00

Bulgaria

71 622 900

69 507 900

62 357 400,01

República Checa

219 838 200

208 775 100

203 983 307,68

Dinamarca

342 184 800

328 630 800

307 240 768,53

Alemania

2 093 050 050

2 016 873 750

1 947 663 300,00

Estonia

34 618 800

32 566 200

30 842 400,00

Irlanda

258 161 700

246 984 000

242 726 400,00

Grecia

222 046 800

218 107 200

227 779 200,00

España

1 588 284 900

1 533 648 300

1 416 915 600,00

Francia

3 133 713 300

3 050 158 800

2 913 773 100,00

Croacia

72 490 800

69 450 450

66 498 629,49

Italia

1 996 195 200

1 948 907 400

1 826 488 800,00

Chipre

27 833 700

26 864 250

25 881 300,00

Letonia

34 150 500

31 988 700

29 487 300,00

Lituania

52 562 400

49 670 100

45 314 700,00

Luxemburgo

59 204 550

55 902 450

52 522 800,00

Hungría

157 682 400

145 071 000

131 852 909,16

Malta

15 690 300

14 764 650

13 695 900,00

Países Bajos

469 998 750

456 466 950

418 055 850,00

Austria

519 125 400

504 234 000

467 034 600,00

Polonia

597 816 000

538 340 100

536 828 417,46

Portugal

289 464 300

280 601 400

261 332 700,00

Rumanía

205 819 200

191 307 900

166 385 363,82

Eslovenia

60 011 100

57 555 900

53 565 000,00

Eslovaquia

90 016 800

86 551 200

79 902 900,00

Finlandia

288 650 400

282 305 100

274 607 100,00

Suecia

321 624 300

312 822 150

300 456 995,43

Reino Unido

3 465 086 700

3 316 986 600

3 314 932 148,85

Total del artículo 1 3 0

17 249 560 050

16 620 148 350

15 934 722 190,43

CAPÍTULO 1 4 —   RECURSOS PROPIOS BASADOS EN LA RENTA NACIONAL BRUTA DE CONFORMIDAD CON LO DISPUESTO EN EL ARTÍCULO 2, APARTADO 1, LETRA C), DE LA DECISIÓN 2014/335/UE, EURATOM

1 4 0
Recursos propios basados en la Renta Nacional Bruta de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2, apartado 1, letra c), de la Decisión 2014/335/CE, Euratom

Ejercicio 2018

Ejercicio 2017

Ejercicio 2016

102 738 774 704

78 356 340 114

95 578 437 497,43

Comentarios

Los recursos basados en la renta nacional bruta son recursos «adicionales» que proporcionan los ingresos necesarios para cubrir, en un ejercicio determinado, los gastos que exceden del importe percibido en concepto de recursos propios tradicionales, de pagos en virtud del IVA y de otros ingresos. Los recursos basados en la renta nacional bruta garantizan implícitamente que el presupuesto general de la Unión está siempre equilibrado ex ante.

El tipo de referencia de los recursos basados en la renta nacional bruta está determinado por los recursos adicionales necesarios para financiar los gastos presupuestados no cubiertos por los otros recursos (pagos en virtud del IVA, recursos propios tradicionales y otros ingresos). Así pues, se aplica un tipo de referencia a la renta nacional bruta de cada uno de los Estados miembros.

El tipo que se aplicará al ingreso nacional bruto de los Estados miembros para este ejercicio financiero es del 0,6524 %.

Bases jurídicas

Decisión 2014/335/UE, Euratom del Consejo, de 26 de mayo de 2014, sobre el sistema de recursos propios de la Unión Europea (DO L 168 de 7.6.2014, p. 105), y en particular su artículo 2, apartado 1, letra c).

Estados miembros

Presupuesto 2018

Presupuesto 2017

Ejecución 2016

Bélgica

2 903 751 024

2 224 321 322

2 733 775 413,00

Bulgaria

328 618 305

249 118 218

281 365 594,01

República Checa

1 169 417 228

881 874 642

1 019 894 258,52

Dinamarca

1 988 878 554

1 518 165 862

1 811 511 737,42

Alemania

22 179 140 343

16 999 731 324

20 646 938 325,00

Estonia

150 570 131

112 083 039

134 108 593,00

Irlanda

1 586 323 054

1 194 766 843

1 256 583 955,00

Grecia

1 228 008 524

938 172 223

1 135 260 631,00

España

7 831 230 835

5 977 648 307

7 219 986 146,00

Francia

15 579 982 522

11 998 557 213

14 650 391 312,00

Croacia

315 289 647

239 027 503

285 928 890,52

Italia

11 417 664 921

8 803 510 192

10 763 324 824,00

Chipre

121 059 189

92 458 646

111 290 286,00

Letonia

182 476 056

136 560 225

166 921 883,00

Lituania

268 745 684

202 582 498

242 644 067,00

Luxemburgo

257 502 768

192 399 373

225 849 452,00

Hungría

808 637 255

603 113 075

700 999 642,84

Malta

68 242 993

50 815 472

58 892 738,00

Países Bajos

4 798 219 225

3 680 290 875

4 534 954 332,00

Austria

2 427 051 517

1 861 854 725

2 232 878 182,00

Polonia

3 054 180 887

2 182 970 864

2 671 049 968,23

Portugal

1 261 617 229

965 745 390

1 172 210 977,00

Rumanía

1 222 656 183

903 195 963

1 067 128 121,00

Eslovenia

280 092 333

211 201 371

252 657 754,00

Eslovaquia

564 933 530

424 902 964

500 601 819,00

Finlandia

1 479 930 609

1 139 597 795

1 372 422 809,00

Suecia

3 291 292 047

2 523 910 154

3 077 412 604,64

Reino Unido

15 973 262 111

12 047 764 036

15 251 453 182,25

Total del artículo 1 4 0

102 738 774 704

78 356 340 114

95 578 437 497,43

CAPÍTULO 1 5 —   CORRECCIÓN DE LOS DESEQUILIBRIOS PRESUPUESTARIOS

1 5 0
Corrección de los desequilibrios presupuestarios concedida al Reino Unido de conformidad con lo dispuesto en los artículos 4 y 5 de la Decisión 2014/335/UE, Euratom

Ejercicio 2018

Ejercicio 2017

Ejercicio 2016

0 ,—

0 ,—

580 337 025,32

Comentarios

El mecanismo de corrección de los desequilibrios presupuestarios en favor del Reino Unido (corrección del Reino Unido) fue establecido por el Consejo Europeo de Fontainebleau en junio de 1984 y por la decisión relativa a los recursos propios de 1985 resultante del mismo. El objetivo de dicho mecanismo es reducir el desequilibrio presupuestario del Reino Unido por medio de la reducción de sus pagos a la Unión.

Bases jurídicas

Decisión 2014/335/UE, Euratom del Consejo, de 26 de mayo de 2014, sobre el sistema de recursos propios de la Unión Europea (DO L 168 de 7.6.2014, p. 105), y en particular sus artículos 4 y 5.

Estados miembros

Presupuesto 2018

Presupuesto 2017

Ejecución 2016

Bélgica

242 848 053

240 885 677

300 419 482,00

Bulgaria

27 483 181

26 978 571

30 919 769,99

República Checa

97 801 325

95 503 724

112 093 645,75

Dinamarca

166 334 951

164 411 683

199 157 831,04

Alemania

319 035 307

316 145 831

388 574 256,00

Estonia

12 592 561

12 138 174

14 737 434,00

Irlanda

132 668 215

129 388 779

138 088 264,00

Grecia

102 701 463

101 600 542

124 755 826,00

España

654 945 669

647 356 946

793 417 224,00

Francia

1 302 993 398

1 299 398 854

1 609 957 772,00

Croacia

26 368 472

25 885 784

31 421 075,58

Italia

954 888 235

953 387 216

1 182 801 065,00

Chipre

10 124 487

10 012 925

12 229 889,00

Letonia

15 260 935

14 788 961

18 343 345,00

Lituania

22 475 882

21 938 927

26 664 592,00

Luxemburgo

21 535 609

20 836 132

24 819 001,00

Hungría

67 628 382

65 314 890

77 131 068,87

Malta

5 707 334

5 503 126

6 471 829,00

Países Bajos

69 019 868

68 442 765

85 347 594,00

Austria

34 911 864

34 625 113

42 022 646,00

Polonia

255 428 883

236 407 577

292 902 821,67

Portugal

105 512 244

104 586 612

128 816 366,00

Rumanía

102 253 833

97 812 744

117 063 518,63

Eslovenia

23 424 831

22 872 318

27 765 014,00

Eslovaquia

47 246 822

46 015 401

55 012 032,00

Finlandia

123 770 345

123 414 177

150 818 003,00

Suecia

47 343 511

46 937 429

57 775 719,98

Reino Unido

–4 992 305 660

–4 932 590 878

–5 469 190 060,19

Total del artículo 1 5 0

0

0

580 337 025,32

CAPÍTULO 1 6 —   REDUCCIÓN BRUTA DE LA CONTRIBUCIÓN ANUAL BASADA EN LA RNB CONCEDIDA A ALGUNOS ESTADOS MIEMBROS

1 6 0
Reducción bruta de la contribución anual basada en la RNB concedida a algunos Estados miembros de conformidad con el artículo 2, apartado 5, de la Decisión 2014/335/UE, Euratom

Ejercicio 2018

Ejercicio 2017

Ejercicio 2016

0 ,—

0 ,—

–21 779 956,36

Comentarios

Este artículo se destina a consignar reducciones en la contribución anual basada en la RNB de algunos Estados miembros, de acuerdo con la Decisión 2014/335/UE, Euratom del Consejo.

Bases jurídicas

Reglamento (UE, Euratom) n.o 609/2014 del Consejo, de 26 de mayo de 2014, sobre los métodos y el procedimiento de puesta a disposición de los recursos propios tradicionales y basados en el IVA y en la RNB y sobre las medidas para hacer frente a las necesidades de tesorería (DO L 168 de 7.6.2014, p. 39), y en particular su artículo 10 bis, apartado 6.

Decisión 2014/335/UE, Euratom del Consejo, de 26 de mayo de 2014, sobre el sistema de recursos propios de la Unión Europea (DO L 168 de 7.6.2014, p. 105), y en particular su artículo 2, apartado 5.

Estados miembros

Presupuesto 2018

Presupuesto 2017

Ejecución 2016

Bélgica

31 084 353

31 242 775

31 449 227,00

Bulgaria

3 517 825

3 499 110

3 236 817,00

República Checa

12 518 490

12 386 794

11 741 636,01

Dinamarca

– 120 268 697

– 120 336 182

– 122 103 800,45

Alemania

237 425 396

238 777 900

237 521 435,00

Estonia

1 611 838

1 574 316

1 542 779,00

Irlanda

16 981 424

16 781 672

14 455 684,00

Grecia

13 145 704

13 177 549

13 059 986,00

España

83 832 514

83 961 933

83 058 391,00

Francia

166 782 096

168 531 504

168 537 432,00

Croacia

3 375 143

3 357 376

3 287 579,38

Italia

122 224 918

123 653 935

123 820 797,00

Chipre

1 295 926

1 298 672

1 280 278,00

Letonia

1 953 387

1 918 122

1 920 262,00

Lituania

2 876 895

2 845 470

2 791 366,00

Luxemburgo

2 756 540

2 702 438

2 598 162,00

Hungría

8 656 378

8 471 315

8 118 089,60

Malta

730 534

713 753

677 499,00

Países Bajos

– 705 434 085

– 705 644 524

– 709 333 867,00

Austria

25 981 335

26 151 576

14 730 040,00

Polonia

32 694 690

30 661 967

30 368 895,30

Portugal

13 505 482

13 564 841

13 485 062,00

Rumanía

13 088 408

12 686 273

12 155 125,08

Eslovenia

2 998 359

2 966 530

2 906 563,00

Eslovaquia

6 047 555

5 968 179

5 758 900,00

Finlandia

15 842 504

16 006 769

15 788 289,00

Suecia

– 166 217 026

– 166 142 726

– 159 919 159,25

Reino Unido

170 992 114

169 222 663

165 286 575,97

Total del artículo 1 6 0

0

0

–21 779 956,36

TÍTULO 3

EXCEDENTES, SALDOS Y AJUSTES

Artículo

Partida

Denominación

Ejercicio 2018

Ejercicio 2017

Ejercicio 2016

% 2016-2018

 

CAPÍTULO 3 0

3 0 0

Excedente disponible del ejercicio anterior

p.m.

6 404 529 791

1 349 116 813,74

 

3 0 2

Transferencia del excedente del Fondo de Garantía relativo a acciones exteriores

p.m.

p.m.

0 ,—

 

 

CAPÍTULO 3 0 — TOTAL

p.m.

6 404 529 791

1 349 116 813,74

 

 

CAPÍTULO 3 1

3 1 0

Resultado de la aplicación del artículo 10 ter del Reglamento (UE, Euratom) n.o 609/2014 correspondiente al ejercicio 1995 y siguientes

3 1 0 3

Resultado de la aplicación del artículo 10 ter del Reglamento (UE, Euratom) n.o 609/2014 correspondiente al ejercicio 1995 y siguientes

p.m.

p.m.

–39 623 759,37

 

 

Artículo 3 1 0 — Total

p.m.

p.m.

–39 623 759,37

 

 

CAPÍTULO 3 1 — TOTAL

p.m.

p.m.

–39 623 759,37

 

 

CAPÍTULO 3 2

3 2 0

Resultado de la aplicación del artículo 10 ter del Reglamento (UE, Euratom) n.o 609/2014 correspondiente al ejercicio 1995 y siguientes

3 2 0 3

Resultado de la aplicación del artículo 10 ter del Reglamento (UE, Euratom) n.o 609/2014 correspondiente al ejercicio 1995 y siguientes

p.m.

p.m.

0 ,—

 

 

Artículo 3 2 0 — Total

p.m.

p.m.

0 ,—

 

 

CAPÍTULO 3 2 — TOTAL

p.m.

p.m.

0 ,—

 

 

CAPÍTULO 3 3

3 3 0

Compensación de los ajustes de los recursos propios basados en el IVA y la RNB para ejercicios anteriores

p.m.

p.m.

0 ,—

 

 

CAPÍTULO 3 3 — TOTAL

p.m.

p.m.

0 ,—

 

 

CAPÍTULO 3 4

3 4 0

Ajuste correspondiente a la no participación de algunos Estados miembros en determinadas políticas en el espacio de libertad, seguridad y justicia

p.m.

p.m.

6 378 878,24

 

 

CAPÍTULO 3 4 — TOTAL

p.m.

p.m.

6 378 878,24

 

 

CAPÍTULO 3 5

3 5 0

Resultado del cálculo definitivo de la financiación de la corrección de los desequilibrios presupuestarios en favor del Reino Unido

3 5 0 4

Resultado del cálculo definitivo de la financiación de la corrección de los desequilibrios presupuestarios en favor del Reino Unido

p.m.

0 ,—

– 126 858,28

 

 

Artículo 3 5 0 — Total

p.m.

0 ,—

– 126 858,28

 

 

CAPÍTULO 3 5 — TOTAL

p.m.

0 ,—

– 126 858,28

 

 

CAPÍTULO 3 6

3 6 0

Resultado de las actualizaciones intermedias del cálculo de la financiación de la corrección de los desequilibrios presupuestarios en favor del Reino Unido

3 6 0 4

Resultado de las actualizaciones intermedias del cálculo de la financiación de la corrección de los desequilibrios presupuestarios en favor del Reino Unido

p.m.

p.m.

45 910 286,39

 

 

Artículo 3 6 0 — Total

p.m.

p.m.

45 910 286,39

 

 

CAPÍTULO 3 6 — TOTAL

p.m.

p.m.

45 910 286,39

 

 

CAPÍTULO 3 7

3 7 0

Ajuste relativo a la aplicación de las decisiones sobre recursos propios

p.m.

p.m.

–4 094 695,69

 

 

CAPÍTULO 3 7 — TOTAL

p.m.

p.m.

–4 094 695,69

 

 

Título 3 — Total

p.m.

6 404 529 791

1 357 560 665,03

 

CAPÍTULO 3 0 —

EXCEDENTE DISPONIBLE DEL EJERCICIO ANTERIOR

CAPÍTULO 3 1 —

SALDOS Y AJUSTES DE SALDOS BASADOS EN EL IMPUESTO SOBRE EL VALOR AÑADIDO CORRESPONDIENTES A EJERCICIOS ANTERIORES, RESULTANTES DE LA APLICACIÓN DEL ARTÍCULO 10 TER DEL REGLAMENTO (UE, EURATOM) N.O 609/2014

CAPÍTULO 3 2 —

SALDOS Y AJUSTES DE SALDOS, BASADOS EN LA RENTA/PRODUCTO NACIONAL BRUTO, CORRESPONDIENTES A EJERCICIOS ANTERIORES, RESULTANTES DE LA APLICACIÓN DEL ARTÍCULO 10 TER, DEL REGLAMENTO (UE, EURATOM) N.O 609/2014

CAPÍTULO 3 3 —

COMPENSACIÓN DE LOS AJUSTES DE LOS RECURSOS PROPIOS BASADOS EN EL IVA Y LA RNB PARA EJERCICIOS ANTERIORES

CAPÍTULO 3 4 —

AJUSTE CORRESPONDIENTE A LA NO PARTICIPACIÓN DE ALGUNOS ESTADOS MIEMBROS EN DETERMINADAS POLÍTICAS EN EL ESPACIO DE LIBERTAD, SEGURIDAD Y JUSTICIA

CAPÍTULO 3 5 —

RESULTADO DEL CÁLCULO DEFINITIVO DE LA FINANCIACIÓN DE LA CORRECCIÓN DE LOS DESEQUILIBRIOS PRESUPUESTARIOS EN FAVOR DEL REINO UNIDO

CAPÍTULO 3 6 —

RESULTADO DE LAS ACTUALIZACIONES INTERMEDIAS DEL CÁLCULO DE LA FINANCIACIÓN DE LA CORRECCIÓN DE LOS DESEQUILIBRIOS PRESUPUESTARIOS EN FAVOR DEL REINO UNIDO

CAPÍTULO 3 7 —

AJUSTE RELATIVO A LA APLICACIÓN DE LAS DECISIONES SOBRE RECURSOS PROPIOS

CAPÍTULO 3 0 —   EXCEDENTE DISPONIBLE DEL EJERCICIO ANTERIOR

3 0 0
Excedente disponible del ejercicio anterior

Ejercicio 2018

Ejercicio 2017

Ejercicio 2016

p.m.

6 404 529 791

1 349 116 813,74

Comentarios

Conforme a lo dispuesto en el artículo 18 del Reglamento Financiero, el saldo de cada ejercicio se consigna, según se trate de un excedente o de un déficit, en ingresos o en gastos en el presupuesto del ejercicio siguiente.

Las estimaciones apropiadas de los gastos o ingresos se consignan en el presupuesto durante el procedimiento presupuestario y, en su caso, mediante recurso al procedimiento de nota rectificativa presentada de acuerdo con el artículo 39 del Reglamento Financiero. Se establecen conforme a los principios del artículo 1 del Reglamento (UE, Euratom) n.o 608/2014.

Tras el cierre de las cuentas de cada ejercicio, la diferencia con respecto a las estimaciones se consigna en el presupuesto del ejercicio siguiente mediante un presupuesto rectificativo que debe presentar la Comisión dentro de los 15 días siguientes a la presentación de las cuentas provisionales.

Se consigna un déficit en la partida 27 02 01 del estado de gastos de la sección III, «Comisión».

Bases jurídicas

Reglamento (UE, Euratom) n.o 966/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de octubre de 2012, sobre las normas financieras aplicables al presupuesto general de la Unión y por el que se deroga el Reglamento (CE, Euratom) n.o 1605/2002 del Consejo (DO L 298 de 26.10.2012, p. 1), y en particular su artículo 18.

Reglamento (CEE, Euratom) n.o 608/2014 del Consejo, de 26 de mayo de 2014, por el que se establecen medidas de ejecución del sistema de recursos propios de la Unión Europea (DO L 168 de 7.6.2014, p. 29).

Reglamento (UE, Euratom) n.o 609/2014 del Consejo, de 26 de mayo de 2014, sobre los métodos y el procedimiento de puesta a disposición de los recursos propios tradicionales y basados en el IVA y en la RNB y sobre las medidas para hacer frente a las necesidades de tesorería (DO L 168 de 7.6.2014, p. 39).

Decisión 2014/335/UE, Euratom del Consejo, de 26 de mayo de 2014, sobre el sistema de recursos propios de la Unión Europea (DO L 168 de 7.6.2014, p. 105), y en particular su artículo 7.

3 0 2
Transferencia del excedente del Fondo de Garantía relativo a acciones exteriores

Ejercicio 2018

Ejercicio 2017

Ejercicio 2016

p.m.

p.m.

0 ,—

Comentarios

Este artículo se destina, de conformidad con las disposiciones de los artículos 3 y 4 del Reglamento (CE, Euratom) n.o 480/2009, a recibir los eventuales excedentes del Fondo de Garantía relativo a acciones exteriores que superen su montante objetivo, cuando este se haya alcanzado.

Bases jurídicas

Reglamento (CE, Euratom) n.o 480/2009 del Consejo, de 25 de mayo de 2009, por el que se crea un Fondo de Garantía relativo a las acciones exteriores (DO L 145 de 10.6.2009, p. 10).

Reglamento (UE, Euratom) n.o 966/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de octubre de 2012, sobre las normas financieras aplicables al presupuesto general de la Unión y por el que se deroga el Reglamento (CE, Euratom) n.o 1605/2002 del Consejo (DO L 298 de 26.10.2012, p. 1), y en particular su artículo 7, apartado 2.

CAPÍTULO 3 1 —   SALDOS Y AJUSTES DE SALDOS BASADOS EN EL IMPUESTO SOBRE EL VALOR AÑADIDO CORRESPONDIENTES A EJERCICIOS ANTERIORES, RESULTANTES DE LA APLICACIÓN DEL ARTÍCULO 10 TER DEL REGLAMENTO (UE, EURATOM) N.O 609/2014

3 1 0
Resultado de la aplicación del artículo 10 ter del Reglamento (UE, Euratom) n.o 609/2014 correspondiente al ejercicio 1995 y siguientes

3 1 0 3
Resultado de la aplicación del artículo 10 ter del Reglamento (UE, Euratom) n.o 609/2014 correspondiente al ejercicio 1995 y siguientes

Ejercicio 2018

Ejercicio 2017

Ejercicio 2016

p.m.

p.m.

–39 623 759,37

Comentarios

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 7, apartado 1, del Reglamento (CEE, Euratom) n.o 1553/89, los Estados miembros remitirán a la Comisión, antes del 31 de julio, un estado que indique el importe total de la base de los recursos IVA correspondiente al año civil precedente.

A cada Estado miembro se le cargará un importe calculado sobre la base de dicho estado de acuerdo con las normas de la Unión y se le abonarán los doce pagos efectivamente realizados durante el ejercicio anterior.

Cualquier corrección en el mencionado estado que resulte de los controles de la Comisión de conformidad con lo dispuesto en el artículo 9 del Reglamento (CEE, Euratom) n.o 1553/89 y/o cualquier cambio en la renta nacional bruta de los ejercicios anteriores que tenga algún efecto en la nivelación de la base del IVA dará lugar a los ajustes correspondientes de los saldos IVA.

La Comisión informará a los Estados miembros de los importes resultantes de este cálculo antes del 1 de febrero del año siguiente al año en que se presentaron los datos para los ajustes.

Bases jurídicas

Reglamento (CEE, Euratom) n.o 1553/89 del Consejo, de 29 de mayo de 1989, relativo al régimen uniforme definitivo de recaudación de los recursos propios procedentes del impuesto sobre el valor añadido (DO L 155 de 7.6.1989, p. 9).

Reglamento (UE, Euratom) n.o 609/2014 del Consejo, de 26 de mayo de 2014, sobre los métodos y el procedimiento de puesta a disposición de los recursos propios tradicionales y basados en el IVA y en la RNB y sobre las medidas para hacer frente a las necesidades de tesorería (DO L 168 de 7.6.2014, p. 39), y en particular su artículo 10 ter.

Estados miembros

Presupuesto 2018

Presupuesto 2017

Ejecución 2016

Bélgica

p.m.

p.m.

0 ,—

Bulgaria

p.m.

p.m.

0 ,—

República Checa

p.m.

p.m.

0 ,—

Dinamarca

p.m.

p.m.

0 ,—

Alemania

p.m.

p.m.

0 ,—

Estonia

p.m.

p.m.

0 ,—

Irlanda

p.m.

p.m.

9 382 163,10

Grecia

p.m.

p.m.

0 ,—

España

p.m.

p.m.

0 ,—

Francia

p.m.

p.m.

0 ,—

Croacia

p.m.

p.m.

0 ,—

Italia

p.m.

p.m.

–49 234 541,85

Chipre

p.m.

p.m.

0 ,—

Letonia

p.m.

p.m.

160 251,10

Lituania

p.m.

p.m.

0 ,—

Luxemburgo

p.m.

p.m.

0 ,—

Hungría

p.m.

p.m.

0 ,—

Malta

p.m.

p.m.

0 ,—

Países Bajos

p.m.

p.m.

0 ,—

Austria

p.m.

p.m.

0 ,—

Polonia

p.m.

p.m.

68 368,28

Portugal

p.m.

p.m.

0 ,—

Rumanía

p.m.

p.m.

0 ,—

Eslovenia

p.m.

p.m.

0 ,—

Eslovaquia

p.m.

p.m.

0 ,—

Finlandia

p.m.

p.m.

0 ,—

Suecia

p.m.

p.m.

0 ,—

Reino Unido

p.m.

p.m.

0 ,—

Total de la partida 3 1 0 3

p.m.

p.m.

–39 623 759,37

CAPÍTULO 3 2 —   SALDOS Y AJUSTES DE SALDOS, BASADOS EN LA RENTA/PRODUCTO NACIONAL BRUTO, CORRESPONDIENTES A EJERCICIOS ANTERIORES, RESULTANTES DE LA APLICACIÓN DEL ARTÍCULO 10 TER, DEL REGLAMENTO (UE, EURATOM) N.O 609/2014

3 2 0
Resultado de la aplicación del artículo 10 ter del Reglamento (UE, Euratom) n.o 609/2014 correspondiente al ejercicio 1995 y siguientes

3 2 0 3
Resultado de la aplicación del artículo 10 ter del Reglamento (UE, Euratom) n.o 609/2014 correspondiente al ejercicio 1995 y siguientes

Ejercicio 2018

Ejercicio 2017

Ejercicio 2016

p.m.

p.m.

0 ,—

Comentarios

Sobre la base de las cifras del conjunto de la renta nacional bruta y sus componentes del ejercicio anterior, proporcionadas por los Estados miembros de conformidad con el artículo 2, apartado 2, del Reglamento (CE, Euratom) n.o 1287/2003, a cada Estado miembro se le cargará un importe calculado de acuerdo con las normas de la Unión y se le abonarán los doce pagos efectivamente realizados durante el ejercicio anterior.

Cualquier cambio en el producto nacional bruto/renta nacional bruta de los ejercicios anteriores, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2, apartado 2, del Reglamento (CE, Euratom) n.o 1287/2003, y sin perjuicio de lo dispuesto en sus artículos 4 y 5, dará lugar, para cada Estado miembro afectado, a un ajuste del saldo establecido de conformidad con lo dispuesto en el artículo 10 ter, apartado 4, del Reglamento (UE, Euratom) n.o 609/2014.

La Comisión informará a los Estados miembros de los importes resultantes de este cálculo antes del 1 de febrero del año siguiente al año en que se presentaron los datos para los ajustes.

Bases jurídicas

Reglamento (CE, Euratom) n.o 1287/2003 del Consejo, de 15 de julio de 2003, sobre la armonización de la renta nacional bruta a precios de mercado (DO L 181 de 19.7.2003, p. 1).

Reglamento (UE, Euratom) n.o 609/2014 del Consejo, de 26 de mayo de 2014, sobre los métodos y el procedimiento de puesta a disposición de los recursos propios tradicionales y basados en el IVA y en la RNB y sobre las medidas para hacer frente a las necesidades de tesorería (DO L 168 de 7.6.2014, p. 39), y en particular su artículo 10 ter.

Estados miembros

Presupuesto 2018

Presupuesto 2017

Ejecución 2016

Bélgica

p.m.

p.m.

0 ,—

Bulgaria

p.m.

p.m.

0 ,—

República Checa

p.m.

p.m.

0 ,—

Dinamarca

p.m.

p.m.

0 ,—

Alemania

p.m.

p.m.

0 ,—

Estonia

p.m.

p.m.

0 ,—

Irlanda

p.m.

p.m.

0 ,—

Grecia

p.m.

p.m.

0 ,—

España

p.m.

p.m.

0 ,—

Francia

p.m.

p.m.

0 ,—

Croacia

p.m.

p.m.

0 ,—

Italia

p.m.

p.m.

0 ,—

Chipre

p.m.

p.m.

0 ,—

Letonia

p.m.

p.m.

0 ,—

Lituania

p.m.

p.m.

0 ,—

Luxemburgo

p.m.

p.m.

0 ,—

Hungría

p.m.

p.m.

0 ,—

Malta

p.m.

p.m.

0 ,—

Países Bajos

p.m.

p.m.

0 ,—

Austria

p.m.

p.m.

0 ,—

Polonia

p.m.

p.m.

0 ,—

Portugal

p.m.

p.m.

0 ,—

Rumanía

p.m.

p.m.

0 ,—

Eslovenia

p.m.

p.m.

0 ,—

Eslovaquia

p.m.

p.m.

0 ,—

Finlandia

p.m.

p.m.

0 ,—

Suecia

p.m.

p.m.

0 ,—

Reino Unido

p.m.

p.m.

0 ,—

Total de la partida 3 2 0 3

p.m.

p.m.

0 ,—

CAPÍTULO 3 3 —   COMPENSACIÓN DE LOS AJUSTES DE LOS RECURSOS PROPIOS BASADOS EN EL IVA Y LA RNB PARA EJERCICIOS ANTERIORES

3 3 0
Compensación de los ajustes de los recursos propios basados en el IVA y la RNB para ejercicios anteriores

Ejercicio 2018

Ejercicio 2017

Ejercicio 2016

p.m.

p.m.

0 ,—

Comentarios

Resultado del cálculo para la compensación de los ajustes de los recursos propios basados en el IVA y la PNB para ejercicios anteriores.

Este cálculo es el producto de multiplicar el importe total de los ajustes mencionados en el artículo 10 ter, apartados 1 a 4, del Reglamento del Consejo (UE, Euratom) n.o 609/2014, con la excepción de los ajustes específicos de conformidad con las letras b) y c) del artículo 10 ter, apartado 2, del citado Reglamento, por el porcentaje que la RNB de ese Estado miembro representa en la RNB de todos los Estados miembros, aplicable el 15 de enero al presupuesto en vigor para el año siguiente al año en que se presentaron los datos para los ajustes.

La Comisión informará a los Estados miembros de los importes resultantes de este cálculo antes del 1 de febrero del año siguiente al año en que se presentaron los datos para los ajustes.

Bases jurídicas

Decisión 2014/335/UE, Euratom del Consejo, de 26 de mayo de 2014, sobre el sistema de recursos propios de la Unión Europea (DO L 168 de 7.6.2014, p. 105).

Reglamento (UE, Euratom) n.o 609/2014 del Consejo, de 26 de mayo de 2014, sobre los métodos y el procedimiento de puesta a disposición de los recursos propios tradicionales y basados en el IVA y en la RNB y sobre las medidas para hacer frente a las necesidades de tesorería (DO L 168 de 7.6.2014, p. 39), y en particular su artículo 10 bis, apartado 5.

Estado miembro

Presupuesto 2018

Presupuesto 2017

Ejecución 2016

Bélgica

p.m.

p.m.

0 ,—

Bulgaria

p.m.

p.m.

0 ,—

Chequia

p.m.

p.m.

0 ,—

Dinamarca

p.m.

p.m.

0 ,—

Alemania

p.m.

p.m.

0 ,—

Estonia

p.m.

p.m.

0 ,—

Irlanda

p.m.

p.m.

0 ,—

Grecia

p.m.

p.m.

0 ,—

España

p.m.

p.m.

0 ,—

Francia

p.m.

p.m.

0 ,—

Croacia

p.m.

p.m.

0 ,—

Italia

p.m.

p.m.

0 ,—

Chipre

p.m.

p.m.

0 ,—

Letonia

p.m.

p.m.

0 ,—

Lituania

p.m.

p.m.

0 ,—

Luxemburgo

p.m.

p.m.

0 ,—

Hungría

p.m.

p.m.

0 ,—

Malta

p.m.

p.m.

0 ,—

Países Bajos

p.m.

p.m.

0 ,—

Austria

p.m.

p.m.

0 ,—

Polonia

p.m.

p.m.

0 ,—

Portugal

p.m.

p.m.

0 ,—

Rumanía

p.m.

p.m.

0 ,—

Eslovenia

p.m.

p.m.

0 ,—

Eslovaquia

p.m.

p.m.

0 ,—

Finlandia

p.m.

p.m.

0 ,—

Suecia

p.m.

p.m.

0 ,—

Reino Unido

p.m.

p.m.

0 ,—

Artículo 3 3 0 — Total

p.m.

p.m.

0 ,—

CAPÍTULO 3 4 —   AJUSTE CORRESPONDIENTE A LA NO PARTICIPACIÓN DE ALGUNOS ESTADOS MIEMBROS EN DETERMINADAS POLÍTICAS EN EL ESPACIO DE LIBERTAD, SEGURIDAD Y JUSTICIA

3 4 0
Ajuste correspondiente a la no participación de algunos Estados miembros en determinadas políticas en el espacio de libertad, seguridad y justicia

Ejercicio 2018

Ejercicio 2017

Ejercicio 2016

p.m.

p.m.

6 378 878,24

Comentarios

El artículo 3 del Protocolo sobre la posición de Dinamarca y el artículo 5 del Protocolo sobre la posición del Reino Unido e Irlanda, anejos al Tratado de la Unión Europea y al Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, eximen totalmente a dichos países de soportar las consecuencias financieras de determinadas políticas del espacio de libertad, seguridad y justicia, con excepción de sus costes administrativos. Así pues, pueden obtener un ajuste de los recursos propios pagados por cada ejercicio en el que no participan.

La contribución de cada Estado miembro al mecanismo de ajuste se calcula aplicando al gasto presupuestario que se deriva de dicha medida o política la clave del total de la renta nacional bruta y sus componentes del ejercicio anterior, proporcionados por los Estados miembros en aplicación del artículo 2, apartado 2, del Reglamento (CE, Euratom) n.o 1287/2003 del Consejo, de 15 de julio de 2003, sobre la armonización de la renta nacional bruta a precios del mercado (DO L 181 de 19.7.2003, p. 1).

La Comisión calculará el saldo de cada Estado miembro e informará a cada Estado miembro a su debido tiempo para que pueda consignarlo en la cuenta de la Comisión contemplada en el artículo 9, apartado 1, del Reglamento (UE, Euratom) n.o 609/2014, el primer día laborable del mes de diciembre, de acuerdo con el artículo 11 de dicho Reglamento.

Bases jurídicas

Reglamento (UE, Euratom) n.o 609/2014 del Consejo, de 26 de mayo de 2014, sobre los métodos y el procedimiento de puesta a disposición de los recursos propios tradicionales y basados en el IVA y en la RNB y sobre las medidas para hacer frente a las necesidades de tesorería (DO L 168 de 7.6.2014, p. 39), y en particular su artículo 11.

Protocolo sobre la Posición de Dinamarca y Protocolo sobre la posición del Reino Unido e Irlanda relativos a la política de justicia y de asuntos de interior anejos al Tratado de la Unión Europea y al Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, y en particular sus artículos 3 y 5, respectivamente.

Estados miembros

Presupuesto 2018

Presupuesto 2017

Ejecución 2016

Bélgica

p.m.

p.m.

3 325 546,87

Bulgaria

p.m.

p.m.

359 505,19

República Checa

p.m.

p.m.

1 274 640,46

Dinamarca

p.m.

p.m.

–7 727 917,80

Alemania

p.m.

p.m.

25 108 543,18

Estonia

p.m.

p.m.

160 671,31

Irlanda

p.m.

p.m.

–5 604 985,77

Grecia

p.m.

p.m.

1 428 243,40

España

p.m.

p.m.

8 707 658,92

Francia

p.m.

p.m.

17 988 097,72

Croacia

p.m.

p.m.

359 996,95

Italia

p.m.

p.m.

13 231 950,00

Chipre

p.m.

p.m.

142 378,77

Letonia

p.m.

p.m.

196 778,41

Lituania

p.m.

p.m.

290 217,76

Luxemburgo

p.m.

p.m.

270 053,86

Hungría

p.m.

p.m.

842 792,86

Malta

p.m.

p.m.

70 407,62

Países Bajos

p.m.

p.m.

5 460 855,80

Austria

p.m.

p.m.

2 742 454,15

Polonia

p.m.

p.m.

3 167 110,78

Portugal

p.m.

p.m.

1 419 826,23

Rumanía

p.m.

p.m.

1 254 141,69

Eslovenia

p.m.

p.m.

305 294,12

Eslovaquia

p.m.

p.m.

627 057,99

Finlandia

p.m.

p.m.

1 708 755,90

Suecia

p.m.

p.m.

3 548 941,14

Reino Unido

p.m.

p.m.

–74 280 139,27

Total del artículo 3 4 0

p.m.

p.m.

6 378 878,24

CAPÍTULO 3 5 —   RESULTADO DEL CÁLCULO DEFINITIVO DE LA FINANCIACIÓN DE LA CORRECCIÓN DE LOS DESEQUILIBRIOS PRESUPUESTARIOS EN FAVOR DEL REINO UNIDO

3 5 0
Resultado del cálculo definitivo de la financiación de la corrección de los desequilibrios presupuestarios en favor del Reino Unido

3 5 0 4
Resultado del cálculo definitivo de la financiación de la corrección de los desequilibrios presupuestarios en favor del Reino Unido

Ejercicio 2018

Ejercicio 2017

Ejercicio 2016

p.m.

0 ,—

– 126 858,28

Comentarios

Resultado del cálculo definitivo de la financiación de la corrección de los desequilibrios presupuestarios en favor del Reino Unido.

Las cifras correspondientes a 2017 corresponden al resultado del cálculo definitivo de la financiación de la corrección de los desequilibrios presupuestarios para el Reino Unido en relación con la corrección para el año 2013.

Las cifras de 2016 corresponden al resultado del cálculo definitivo de la financiación de la corrección de los desequilibrios presupuestarios en favor del Reino Unido de conformidad con la corrección del ejercicio 2012.

Bases jurídicas

Decisión 2007/436/CE, Euratom del Consejo, de 7 de junio de 2007, sobre el sistema de recursos propios de las Comunidades Europeas (DO L 163 de 23.6.2007, p. 17), y en particular sus artículos 4 y 5.

Decisión 2014/335/UE, Euratom del Consejo, de 26 de mayo de 2014, sobre el sistema de recursos propios de la Unión Europea (DO L 168 de 7.6.2014, p. 105), y en particular sus artículos 4 y 5.

Estados miembros

Presupuesto 2018

Presupuesto 2017

Ejecución 2016

Bélgica

p.m.

3 427 431

12 108 628,00

Bulgaria

p.m.

1 515 290

1 275 199,00

República Checa

p.m.

2 998 256

3 213 857,05

Dinamarca

p.m.

6 889 492

4 701 620,16

Alemania

p.m.

8 754 255

7 934 870,00

Estonia

p.m.

368 634

568 776,00

Irlanda

p.m.

5 640 096

5 094 409,00

Grecia

p.m.

2 191 253

1 773 357,00

España

p.m.

– 651 779

7 537 051,00

Francia

p.m.

18 525 521

38 002 662,00

Croacia

p.m.

824 776

383 293,11

Italia

p.m.

25 072 902

19 830 215,00

Chipre

p.m.

228 695

241 390,00

Letonia

p.m.

81 908

102 780,35

Lituania

p.m.

1 117 632

646 364,00

Luxemburgo

p.m.

2 999 679

1 741 166,00

Hungría

p.m.

1 214 768

2 086 250,60

Malta

p.m.

320 388

101 561,00

Países Bajos

p.m.

1 151 037

4 101 900,00

Austria

p.m.

418 805

1 068 284,00

Polonia

p.m.

2 257 310

6 717 065,04

Portugal

p.m.

1 399 728

3 441 569,00

Rumanía

p.m.

2 993 513

2 289 874,67

Eslovenia

p.m.

916 682

554 253,00

Eslovaquia

p.m.

2 214 808

1 502 129,00

Finlandia

p.m.

4 965 839

4 198 567,00

Suecia

p.m.

565 841

911 530,58

Reino Unido

p.m.

–98 402 760

– 132 255 479,84

Total de la partida 3 5 0 4

p.m.

0

– 126 858,28

CAPÍTULO 3 6 —   RESULTADO DE LAS ACTUALIZACIONES INTERMEDIAS DEL CÁLCULO DE LA FINANCIACIÓN DE LA CORRECCIÓN DE LOS DESEQUILIBRIOS PRESUPUESTARIOS EN FAVOR DEL REINO UNIDO

3 6 0
Resultado de las actualizaciones intermedias del cálculo de la financiación de la corrección de los desequilibrios presupuestarios en favor del Reino Unido

3 6 0 4
Resultado de las actualizaciones intermedias del cálculo de la financiación de la corrección de los desequilibrios presupuestarios en favor del Reino Unido

Ejercicio 2018

Ejercicio 2017

Ejercicio 2016

p.m.

p.m.

45 910 286,39

Comentarios

Esta partida se destina a consignar la diferencia entre el importe anteriormente indicado en el presupuesto y la última actualización intermedia de la corrección del Reino Unido, establecida antes del cálculo final.

Las cifras de 2016 corresponden al resultado del cálculo intermedio de la financiación de la corrección de los desequilibrios presupuestarios en favor del Reino Unido de conformidad con la corrección del ejercicio 2014.

Bases jurídicas

Decisión 2014/335/UE, Euratom del Consejo, de 26 de mayo de 2014, sobre el sistema de recursos propios de la Unión Europea (DO L 168 de 7.6.2014, p. 105), y en particular sus artículos 4 y 5.

Estados miembros

Presupuesto 2018

Presupuesto 2017

Ejecución 2016

Bélgica

p.m.

p.m.

13 297 611,00

Bulgaria

p.m.

p.m.

2 322 802,00

República Checa

p.m.

p.m.

6 484 430,61

Dinamarca

p.m.

p.m.

10 289 054,81

Alemania

p.m.

p.m.

19 889 796,00

Estonia

p.m.

p.m.

870 740,00

Irlanda

p.m.

p.m.

13 998 232,00

Grecia

p.m.

p.m.

5 098 964,00

España

p.m.

p.m.

34 026 198,00

Francia

p.m.

p.m.

77 369 366,00

Croacia

p.m.

p.m.

2 762 869,75

Italia

p.m.

p.m.

59 231 069,00

Chipre

p.m.

p.m.

851 288,00

Letonia

p.m.

p.m.

1 033 546,00

Lituania

p.m.

p.m.

869 479,00

Luxemburgo

p.m.

p.m.

3 575 795,00

Hungría

p.m.

p.m.

3 912 813,02

Malta

p.m.

p.m.

643 682,00

Países Bajos

p.m.

p.m.

4 823 050,00

Austria

p.m.

p.m.

2 127 855,00

Polonia

p.m.

p.m.

18 898 687,07

Portugal

p.m.

p.m.

6 712 478,00

Rumanía

p.m.

p.m.

8 292 210,60

Eslovenia

p.m.

p.m.

1 770 672,00

Eslovaquia

p.m.

p.m.

3 026 145,00

Finlandia

p.m.

p.m.

9 102 902,00

Suecia

p.m.

p.m.

3 367 883,34

Reino Unido

p.m.

p.m.

– 268 739 332,81

Total de la partida 3 6 0 4

p.m.

p.m.

45 910 286,39

CAPÍTULO 3 7 —   AJUSTE RELATIVO A LA APLICACIÓN DE LAS DECISIONES SOBRE RECURSOS PROPIOS

3 7 0
Ajuste relativo a la aplicación de las decisiones sobre recursos propios

Ejercicio 2018

Ejercicio 2017

Ejercicio 2016

p.m.

p.m.

–4 094 695,69

Comentarios

Resultado del cálculo para la aplicación retroactiva de la Decisión 2014/335/UE, Euratom sobre el sistema de recursos propios.

Bases jurídicas

Decisión 2014/335/UE, Euratom del Consejo, de 26 de mayo de 2014, sobre el sistema de recursos propios de la Unión Europea (DO L 168 de 7.6.2014, p. 105), y en particular su artículo 11.

Estado miembro

Presupuesto 2018

Presupuesto 2017

Ejecución 2016

Bélgica

p.m.

p.m.

380 157 383,00

Bulgaria

p.m.

p.m.

12 976 885,00

Chequia

p.m.

p.m.

123 489 882,24

Dinamarca

p.m.

p.m.

– 148 089 780,00

Alemania

p.m.

p.m.

–1 996 696 973,00

Estonia

p.m.

p.m.

7 533 435,00

Irlanda

p.m.

p.m.

170 564 976,00

Grecia

p.m.

p.m.

60 999 683,00

España

p.m.

p.m.

444 555 900,00

Francia

p.m.

p.m.

1 063 986 397,00

Croacia

p.m.

p.m.

13 385 944,35

Italia

p.m.

p.m.

887 769 484,00

Chipre

p.m.

p.m.

9 862 666,00

Letonia

p.m.

p.m.

6 740 740,00

Lituania

p.m.

p.m.

12 047 755,00

Luxemburgo

p.m.

p.m.

4 601 725,00

Hungría

p.m.

p.m.

44 449 215,89

Malta

p.m.

p.m.

2 539 423,00

Países Bajos

p.m.

p.m.

–1 798 837 531,00

Austria

p.m.

p.m.

180 218 679,00

Polonia

p.m.

p.m.

149 062 665,63

Portugal

p.m.

p.m.

77 069 484,00

Rumanía

p.m.

p.m.

32 439 679,16

Eslovenia

p.m.

p.m.

22 119 731,00

Eslovaquia

p.m.

p.m.

33 257 802,00

Finlandia

p.m.

p.m.

132 868 521,00

Suecia

p.m.

p.m.

– 606 454 696,38

Reino Unido

p.m.

p.m.

673 286 228,42

Artículo 3 7 0 — Total

p.m.

p.m.

–4 094 695,69

TÍTULO 4

INGRESOS PROCEDENTES DE LAS PERSONAS VINCULADAS A LAS INSTITUCIONES Y OTROS ORGANISMOS DE LA UNIÓN

Artículo

Partida

Denominación

Ejercicio 2018

Ejercicio 2017

Ejercicio 2016

% 2016-2018

 

CAPÍTULO 4 0

4 0 0

Producto del impuesto sobre sueldos, salarios e indemnizaciones de los miembros de las instituciones, de los funcionarios, de los otros agentes y de los beneficiarios de una pensión, así como de los miembros de los órganos del Banco Europeo de Inversiones, del Banco Central Europeo, del Fondo Europeo de Inversiones y de los miembros de su personal y de los beneficiarios de una pensión

811 732 484

771 386 385

746 015 667,95

91,90

4 0 3

Producto de la contribución temporal aplicada a las remuneraciones de los miembros de las instituciones, funcionarios y otros agentes en activo

p.m.

p.m.

83 983,77

 

4 0 4

Producto de las exacciones especial y de solidaridad que afectan a las retribuciones de los miembros de las instituciones, funcionarios y demás agentes en activo

91 680 394

85 949 434

83 989 089,60

91,61

 

CAPÍTULO 4 0 — TOTAL

903 412 878

857 335 819

830 088 741,32

91,88

 

CAPÍTULO 4 1

4 1 0

Contribución del personal a la financiación del régimen de pensiones

467 789 059

451 191 279

441 782 084,74

94,44

4 1 1

Transferencias o rescates de derechos a pensión por parte del personal

135 112 882

141 960 601

139 503 802,84

103,25

4 1 2

Contribuciones al régimen de pensiones por parte de los funcionarios y agentes temporales en excedencia voluntaria

110 000

110 000

140 780,70

127,98

 

CAPÍTULO 4 1 — TOTAL

603 011 941

593 261 880

581 426 668,28

96,42

 

CAPÍTULO 4 2

4 2 0

Contribución patronal de los organismos descentralizados y de las organizaciones internacionales al régimen de pensiones

40 984 006

39 664 373

40 342 054,31

98,43

4 2 1

Contribución de los diputados al Parlamento Europeo a un régimen de pensión de jubilación

p.m.

p.m.

0 ,—

 

 

CAPÍTULO 4 2 — TOTAL

40 984 006

39 664 373

40 342 054,31

98,43

 

Título 4 — Total

1 547 408 825

1 490 262 072

1 451 857 463,91

93,83

CAPÍTULO 4 0 —

IMPUESTOS Y RETENCIONES DIVERSAS

CAPÍTULO 4 1 —

CONTRIBUCIÓN AL RÉGIMEN DE PENSIONES

CAPÍTULO 4 2 —

OTRAS CONTRIBUCIONES AL RÉGIMEN DE PENSIONES

CAPÍTULO 4 0 —   IMPUESTOS Y RETENCIONES DIVERSAS

4 0 0
Producto del impuesto sobre sueldos, salarios e indemnizaciones de los miembros de las instituciones, de los funcionarios, de los otros agentes y de los beneficiarios de una pensión, así como de los miembros de los órganos del Banco Europeo de Inversiones, del Banco Central Europeo, del Fondo Europeo de Inversiones y de los miembros de su personal y de los beneficiarios de una pensión

Ejercicio 2018

Ejercicio 2017

Ejercicio 2016

811 732 484

771 386 385

746 015 667,95

Comentarios

Este ingreso representa la totalidad del impuesto sobre sueldos, salarios y emolumentos de todo tipo, con excepción de las prestaciones y subsidios familiares abonados a los Miembros de la Comisión, a los funcionarios, a los otros agentes y a los beneficiarios de las indemnizaciones de cese de funciones contempladas en el capítulo 01 de cada título del estado de gastos, así como a los beneficiarios de una pensión.

Parlamento

 

76 861 414

Consejo

 

26 645 000

Comisión

 

544 109 144

— administración

(435 759 000 )

 

— investigación y desarrollo tecnológico

(20 016 979 )

 

— investigación (acciones indirectas)

(18 033 572 )

 

— Oficina Europea de Lucha contra el Fraude (OLAF)

(3 561 000 )

 

— Oficina de Selección de Personal de las Comunidades Europeas (EPSO)

(777 000 )

 

— Oficina de Infraestructura y Logística de Bruselas (OIB)

(3 110 000 )

 

— Oficina de Infraestructura y Logística de Luxemburgo (OIL)

(902 000 )

 

— Oficina de Gestión y Liquidación de los Derechos Individuales (PMO)

(1 335 000 )

 

— Oficina de Publicaciones de la Unión Europea (OP)

(3 897 000 )

 

— Agencia de Cooperación de los Reguladores de la Energía (ACER)

(337 632 )

 

— Empresa Común para las Bioindustrias (BBI)

(109 395 )

 

— Organismo de Reguladores Europeos de las Comunicaciones Electrónicas (Oficina ORECE)

(75 684 )

 

— Empresa Común Clean Sky (CSJU)

(297 723 )

 

— Oficina Comunitaria de Variedades Vegetales (CPVO)

(353 996 )

 

— Agencia Ejecutiva de Consumidores, Salud, Agricultura y Alimentación (CHAFEA ex-EAHC)

(271 069 )

 

— Agencia Ejecutiva en el ámbito Educativo, Audiovisual y Cultural (EACEA)

(1 544 529 )

 

— Empresa Común Componentes y Sistemas Electrónicos para el Liderazgo Europeo (ECSEL ex-ARTEMIS & ENIAC)

(163 039 )

 

— Agencia Europea para la Seguridad y la Salud en el Trabajo (EU-OSHA)

(288 894 )

 

— Agencia Europea para la gestión operativa de sistemas informáticos de gran magnitud en el espacio de libertad, seguridad y justicia (eu-LISA)

(921 498 )

 

— Oficina Europea de Apoyo al Asilo (EASO)

(789 138 )

 

— Agencia Europea de Seguridad Aérea (AESA)

(4 920 197 )

 

— Autoridad Bancaria Europea (ABE)

(1 649 272 )

 

— Agencia Europea de la Guardia de Fronteras y Costas (Frontex)

(1 498 477 )

 

— Centro Europeo para la Prevención y el Control de las Enfermedades (ECDC)

(1 335 173 )

 

— Centro Europeo para el Desarrollo de la Formación Profesional (CEDEFOP)

(629 982 )

 

— Agencia Europea de Sustancias y Preparados Químicos (ECHA)

(3 896 063 )

 

— Agencia Europea de Medio Ambiente (EEA)

(1 504 959 )

 

— Agencia Europea de Control de la Pesca (EFCA)

(372 004 )

 

— Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria (EFSA)

(2 004 707 )

 

— Fundación Europea para la Mejora de las Condiciones de Vida y de Trabajo (EUROFOUND)

(783 072 )

 

— Agencia del GNSS Europeo (GSA)

(763 218 )

 

— Instituto Europeo de la Igualdad de Género (EEIG)

(117 687 )

 

— Instituto Europeo de Innovación y Tecnología (EIT)

(163 169 )

 

— Autoridad Europea de Seguros y Pensiones de Jubilación (AESPJ)

(856 910 )

 

— Empresa Común Europea para el ITER — Fusión para la energía (F4E))

(2 343 424 )

 

— Agencia Europea de Seguridad Marítima (EMSA)

(1 083 208 )

 

— Agencia Europea de Medicamentos (EMA)

(5 329 516 )

 

— Observatorio Europeo de las Drogas y las Toxicomanías (OEDT)

(564 497 )

 

— Agencia Ejecutiva del Consejo Europeo de Investigación (ERC)

(1 723 665 )

 

— Autoridad Europea de Mercados y Valores (AEMV)

(98 228 )

 

— Fundación Europea de Formación (ETF)

(917 538 )

 

— Agencia de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea (FRA)

(495 115 )

 

— Agencia de la Unión Europea para la Cooperación Policial (EUROPOL)

(3 444 039 )

 

— Agencia de la Unión Europea para la Formación Policial (CEPOL)

(110 848 )

 

— Agencia de Seguridad de las Redes de la Información de la Unión Europea (ENISA)

(261 639 )

 

— Agencia Ferroviaria de la Unión Europea (AFE)

(1 059 506 )

 

— Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (EUIPO ex-OHIM)

(4 672 104 )

 

— Unidad Europea de Cooperación Judicial (EUROJUST)

(812 557 )

 

— Agencia Ejecutiva para las Pequeñas y Medianas Empresas (EASME ex-EACI)

(1 411 464 )

 

— Empresa Común Pilas de Combustible e Hidrógeno (FCH)

(193 323 )

 

— Agencia Ejecutiva de Innovación y Redes (INEA ex-TEN-T EA)

(956 126 )

 

— Empresa Común para la Iniciativa sobre Medicinas Innovadoras (EC IMI)

(266 872 )

 

— Agencia Ejecutiva de Investigación (AEI)

(2 308 512 )

 

— Empresa Común Shift2Rail (SHIFT2RAIL)

(69 936 )

 

— Empresa Común para la realización del sistema europeo de nueva generación para la gestión del tránsito aéreo (SESAR)

(247 377 )

 

— Junta Única de Resolución (JUR)

(1 399 194 )

 

— Centro de Traducción de los Órganos de la Unión Europea (CdT)

(1 301 418 )

 

Tribunal de Justicia

 

29 190 000

Tribunal de Cuentas Europeo

 

11 334 000

Comité Económico y Social Europeo

 

5 312 917

Comité Europeo de las Regiones

 

4 073 564

Defensor del Pueblo Europeo

 

641 445

Supervisor Europeo de Protección de Datos

 

705 000

Servicio Europeo de Acción Exterior

 

24 450 000

Banco Europeo de Inversiones

 

47 690 000

Banco Central Europeo

 

36 000 000

Fondo Europeo de Inversiones

 

4 720 000

 

Total

811 732 484

Bases jurídicas

Estatuto de los funcionarios de la Unión Europea.

Régimen aplicable a los otros agentes de la Unión Europea.

Protocolo sobre los privilegios y las inmunidades de la Unión Europea y en particular su artículo 12.

Reglamento n.o 422/67/CEE, n.o 5/67/Euratom del Consejo, de 25 de julio de 1967, por el que se establece el régimen pecuniario del Presidente y de los miembros de la Comisión, del Presidente, los jueces, los abogados generales y el secretario del Tribunal de Justicia de las Comunidades, del Presidente, los miembros y el secretario del Tribunal General, y del Presidente, los miembros y el secretario del Tribunal de la Función Pública de la Unión Europea (DO 187 de 8.8.1967, p. 1).

Reglamento (CEE, Euratom, CECA) n.o 260/68 del Consejo, de 29 de febrero de 1968, por el que se fijan las condiciones y el procedimiento de aplicación del impuesto establecido en beneficio de las Comunidades Europeas (DO L 56 de 4.3.1968, p. 8).

Reglamento (CECA, CEE, Euratom) n.o 1860/76 del Consejo, de 29 de junio de 1976, por el que se fija el régimen aplicable al personal de la Fundación Europea para la Mejora de las Condiciones de Vida y de Trabajo (DO L 214 de 6.8.1976, p. 24).

Reglamento (CEE, Euratom, CECA) n.o 2290/77 del Consejo, de 18 de octubre de 1977, por el que se establece el régimen pecuniario de los miembros del Tribunal de Cuentas (DO L 268 de 20.10.1977, p. 1).

Decisión 94/262/CECA, CE, Euratom del Parlamento Europeo, de 9 de marzo de 1994, sobre el estatuto del Defensor del Pueblo y sobre las condiciones generales del ejercicio de sus funciones (DO L 113 de 4.5.1994, p. 15).

Decisión n.o 1247/2002/CE del Parlamento Europeo, del Consejo y de la Comisión, de 1 de julio de 2002, relativa al estatuto y a las condiciones generales de ejercicio de las funciones de Supervisor Europeo de Protección de Datos (DO L 183 de 12.7.2002, p. 1).

Decisión 2009/909/UE del Consejo, de 1 de diciembre de 2009, por la que se fijan las condiciones de empleo del Presidente del Consejo Europeo (DO L 322 de 9.12.2009, p. 35).

Decisión 2009/910/UE del Consejo, de 1 de diciembre de 2009, por la que se fijan las condiciones de empleo del Alto Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad (DO L 322 de 9.12.2009, p. 36).

Decisión 2009/912/UE del Consejo, de 1 de diciembre de 2009, por la que se fijan las condiciones de empleo del Secretario General del Consejo de la Unión Europea (DO L 322 de 9.12.2009, p. 38).

Reglamento (UE) 2016/300 del Consejo, de 29 de febrero de 2016, por el que se establece el régimen pecuniario de los titulares de cargos públicos de alto nivel de la UE (DO L 58 de 4.3.2016, p. 1).

4 0 3
Producto de la contribución temporal aplicada a las remuneraciones de los miembros de las instituciones, funcionarios y otros agentes en activo

Ejercicio 2018

Ejercicio 2017

Ejercicio 2016

p.m.

p.m.

83 983,77

Comentarios

Las disposiciones relativas a la contribución temporal se aplicaron hasta el 30 de junio de 2003. Así pues, este artículo cubrirá cualquier ingreso derivado del importe residual de la contribución temporal con cargo a las retribuciones de los Miembros de la Comisión, funcionarios y demás agentes en activo.

Parlamento Europeo

 

p.m.

Consejo

 

p.m.

Comisión

 

p.m.

— funcionamiento

(p.m.)

 

— investigación y desarrollo tecnológico

(p.m.)

 

— investigación (acciones indirectas)

(p.m.)

 

— Oficina de Selección de Personal de las Comunidades Europeas (EPSO)

(p.m.)

 

— Oficina Europea de Lucha contra el Fraude (OLAF)

(p.m.)

 

— Oficina de Infraestructura y Logística de Bruselas (OIB)

(p.m.)

 

— Oficina de Infraestructura y Logística de Luxemburgo (OIL)

(p.m.)

 

— Oficina de Gestión y Liquidación de Derechos Individuales (PMO)

(p.m.)

 

— Oficina de Publicaciones de la Unión Europea (OP)

(p.m.)

 

— Oficina Comunitaria de Variedades Vegetales (CPVO)

(p.m.)

 

— Agencia Europea para la Seguridad y la Salud en el Trabajo (EU-OSHA)

(p.m.)

 

— Agencia Europea de Medicamentos (EMEA)

(p.m.)

 

— Agencia Europea de Seguridad Aérea (AESA)

(p.m.)

 

— Centro Europeo para el Desarrollo de la Formación Profesional (CEDEFOP)

(p.m.)

 

— Agencia Europea de Medio Ambiente (EEA)

(p.m.)

 

— Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria (EFSA)

(p.m.)

 

— Fundación Europea para la Mejora de las Condiciones de Vida y de Trabajo (Eurofound)

(p.m.)

 

— Agencia Europea de Seguridad Marítima (EMSA)

(p.m.)

 

— Observatorio Europeo de las Drogas y las Toxicomanías (OEDT)

(p.m.)

 

— Agencia de Derechos Fundamentales de la Unión Europea (FRA)

(p.m.)

 

— Fundación Europea de Formación (ETF)

(p.m.)

 

— Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (EUIPO ex-OHIM)

(p.m.)

 

— Unidad de Cooperación Judicial de la Unión Europea (EUROJUST)

(p.m.)

 

— Centro de Traducción de los Órganos de la Unión Europea (CdT)

(p.m.)

 

Tribunal de Justicia de la Unión Europea

 

p.m.

Tribunal de Cuentas Europeo

 

p.m.

Comité Económico y Social Europeo

 

p.m.

Comité Europeo de las Regiones

 

p.m.

Defensor del Pueblo Europeo

 

p.m.

Supervisor Europeo de Protección de Datos

 

p.m.

 

Total

p.m.

Bases jurídicas

Estatuto de los funcionarios de las Comunidades Europeas, y en particular su artículo 66 bis en la versión en vigor hasta el 15 de diciembre de 2003.

Reglamento n.o 422/67/CEE, n.o 5/67/Euratom del Consejo, de 25 de julio de 1967, por el que se establece el régimen pecuniario del Presidente y de los miembros de la Comisión, del Presidente, los jueces, los abogados generales y el secretario del Tribunal de Justicia de las Comunidades, del Presidente, los miembros y el secretario del Tribunal General, y del Presidente, los miembros y el secretario del Tribunal de la Función Pública de la Unión Europea (DO 187 de 8.8.1967, p. 1).

Reglamento (CEE, Euratom, CECA) n.o 2290/77 del Consejo, de 18 de octubre de 1977, por el que se establece el régimen pecuniario de los miembros del Tribunal de Cuentas (DO L 268 de 20.10.1977, p. 1).

4 0 4
Producto de las exacciones especial y de solidaridad que afectan a las retribuciones de los miembros de las instituciones, funcionarios y demás agentes en activo

Ejercicio 2018

Ejercicio 2017

Ejercicio 2016

91 680 394

85 949 434

83 989 089,60

Comentarios

Este artículo se destina a consignar el producto de las exacciones especial y de solidaridad que afectan a las retribuciones de los funcionarios y demás agentes en activo, de conformidad con el artículo 66, letra a), del Estatuto de los funcionarios.

Parlamento

 

11 551 312

Consejo

 

3 565 000

Comisión

 

60 888 266

— administración

(38 409 000 )

 

— investigación y desarrollo tecnológico

(4 192 940 )

 

— investigación (acciones indirectas)

(3 352 367 )

 

— Oficina Europea de Lucha contra el Fraude (OLAF)

(704 000 )

 

— Oficina de Selección de Personal de las Comunidades Europeas (EPSO)

(151 000 )

 

— Oficina de Infraestructura y Logística de Bruselas (OIB)

(574 000 )

 

— Oficina de Infraestructura y Logística de Luxemburgo (OIL)

(167 000 )

 

— Oficina de Gestión y Liquidación de los Derechos Individuales (PMO)

(248 000 )

 

— Oficina de Publicaciones de la Unión Europea (OP)

(831 000 )

 

— Agencia de Cooperación de los Reguladores de la Energía (ACER)

(86 356 )

 

— Empresa Común para las Bioindustrias (BBI)

(23 155 )

 

— Organismo de Reguladores Europeos de las Comunicaciones Electrónicas (Oficina ORECE)

(22 013 )

 

— Empresa Común Clean Sky (CSJU)

(64 537 )

 

— Oficina Comunitaria de Variedades Vegetales (CPVO)

(78 368 )

 

— Agencia Ejecutiva de Consumidores, Salud, Agricultura y Alimentación (CHAFEA ex-EAHC)

(43 977 )

 

— Agencia Ejecutiva en el ámbito Educativo, Audiovisual y Cultural (EACEA)

(264 587 )

 

— Empresa Común Componentes y Sistemas Electrónicos para el Liderazgo Europeo (ECSEL ex-ARTEMIS & ENIAC)

(39 692 )

 

— Agencia Europea para la Seguridad y la Salud en el Trabajo (EU-OSHA)

(68 726 )

 

— Agencia Europea para la gestión operativa de sistemas informáticos de gran magnitud en el espacio de libertad, seguridad y justicia (eu-LISA)

(187 090 )

 

— Oficina europea de apoyo en materia de asilo (EASO)

(172 769 )

 

— Agencia Europea de Seguridad Aérea (AESA)

(1 222 692 )

 

— Autoridad Bancaria Europea (ABE)

(257 876 )

 

— Agencia Europea de la Guardia de Fronteras y Costas (Frontex)

(504 520 )

 

— Centro europeo de prevención y control de las enfermedades (ECDC)

(241 689 )

 

— Centro Europeo para el Desarrollo de la Formación Profesional (CEDEFOP)

(170 234 )

 

— Agencia europea de los productos químicos (ECHA)

(750 158 )

 

— Agencia Europea de Medio Ambiente (AEMA)

(239 038 )

 

— Agencia Europea de Control de la Pesca (EFCA)

(97 694 )

 

— Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria (EFSA)

(468 040 )

 

— Fundación Europea para la Mejora de las Condiciones de Vida y de Trabajo (EUROFOUND)

(144 211 )

 

— Agencia del GNSS Europeo (GSA)

(221 949 )

 

— Instituto Europeo de la Igualdad de Género (EEIG)

(37 004 )

 

— Instituto Europeo de Innovación y Tecnología (EIT)

(54 128 )

 

— Autoridad Europea de Seguros y Pensiones de Jubilación (AESPJ)

(186 976 )

 

— Empresa Común Europea para el ITER — Fusión para la energía (F4E)

(558 918 )

 

— Agencia Europea de Seguridad Marítima (EMSA)

(321 899 )

 

— Agencia Europea de Medicamentos (EMA)

(784 035 )

 

— Observatorio Europeo de las Drogas y las Toxicomanías (OEDT)

(156 335 )

 

— Agencia Ejecutiva del Consejo Europeo de Investigación (ERC)

(310 131 )

 

— Autoridad Europea de Mercados y Valores (AEMV)

(238 417 )

 

— Fundación Europea de Formación (ETF)

(195 345 )

 

— Agencia de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea (FRA)

(113 281 )

 

— Agencia de la Unión Europea para la Cooperación Policial (EUROPOL)

(813 441 )

 

— Agencia de la Unión Europea para la Formación Policial (CEPOL)

(34 052 )

 

— Agencia de Seguridad de las Redes de la Información de la Unión Europea (ENISA)

(63 943 )

 

— Agencia Ferroviaria de la Unión Europea (AFE)

(244 781 )

 

— Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (EUIPO ex-OHIM)

(1 115 137 )

 

— Unidad de Cooperación Judicial de la Unión Europea (EUROJUST)

(147 205 )

 

— Agencia Ejecutiva para las Pequeñas y Medianas Empresas (EASME ex-EACI)

(218 425 )

 

— Empresa Común Pilas de Combustible e Hidrógeno (FCH)

(45 704 )

 

— Agencia Ejecutiva de Innovación y Redes (INEA ex-TEN-T EA)

(166 258 )

 

— Empresa Común para la Iniciativa sobre Medicinas Innovadoras (EC IMI)

(58 042 )

 

— Agencia Ejecutiva de Investigación (AEI)

(374 988 )

 

— Empresa Común Shift2Rail (SHIFT2RAIL)

(11 846 )

 

— Empresa Común para la realización del sistema europeo de nueva generación para la gestión del tránsito aéreo (SESAR)

(56 752 )

 

— Junta Única de Resolución (JUR)

(295 994 )

 

— Centro de Traducción de los Órganos de la Unión Europea (CdT)

(286 551 )

 

Tribunal de Justicia

 

7 417 000

Tribunal de Cuentas Europeo

 

2 000 000

Comité Económico y Social Europeo

 

1 048 002

Comité Europeo de las Regiones

 

811 250

Defensor del Pueblo Europeo

 

80 564

Supervisor Europeo de Protección de Datos

 

123 000

Servicio Europeo de Acción Exterior

 

4 196 000

 

Total

91 680 394

Bases jurídicas

Estatuto de los funcionarios de la Unión Europea, y en particular su artículo 66 bis.

Régimen aplicable a los otros agentes de la Unión Europea.

Reglamento n.o 422/67/CEE, n.o 5/67/Euratom del Consejo, de 25 de julio de 1967, por el que se establece el régimen pecuniario del Presidente y de los miembros de la Comisión, del Presidente, los jueces, los abogados generales y el secretario del Tribunal de Justicia de las Comunidades, del Presidente, los miembros y el secretario del Tribunal General, y del Presidente, los miembros y el secretario del Tribunal de la Función Pública de la Unión Europea (DO 187 de 8.8.1967, p. 1).

Reglamento (CEE, Euratom, CECA) n.o 2290/77 del Consejo, de 18 de octubre de 1977, por el que se establece el régimen pecuniario de los miembros del Tribunal de Cuentas (DO L 268 de 20.10.1977, p. 1).

Decisión 94/262/CECA, CE, Euratom del Parlamento Europeo, de 9 de marzo de 1994, sobre el estatuto del Defensor del Pueblo y sobre las condiciones generales del ejercicio de sus funciones (DO L 113 de 4.5.1994, p. 15).

Decisión n.o 1247/2002/CE del Parlamento Europeo, del Consejo y de la Comisión, de 1 de julio de 2002, relativa al estatuto y a las condiciones generales de ejercicio de las funciones de Supervisor Europeo de Protección de Datos (DO L 183 de 12.7.2002, p. 1).

Decisión 2009/909/UE del Consejo, de 1 de diciembre de 2009, por la que se fijan las condiciones de empleo del Presidente del Consejo Europeo (DO L 322 de 9.12.2009, p. 35).

Decisión 2009/910/UE del Consejo, de 1 de diciembre de 2009, por la que se fijan las condiciones de empleo del Alto Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad (DO L 322 de 9.12.2009, p. 36).

Decisión 2009/912/UE del Consejo, de 1 de diciembre de 2009, por la que se fijan las condiciones de empleo del Secretario General del Consejo de la Unión Europea (DO L 322 de 9.12.2009, p. 38).

Reglamento (UE) 2016/300 del Consejo, de 29 de febrero de 2016, por el que se establece el régimen pecuniario de los titulares de cargos públicos de alto nivel de la UE (DO L 58 de 4.3.2016, p. 1).

CAPÍTULO 4 1 —   CONTRIBUCIÓN AL RÉGIMEN DE PENSIONES

4 1 0
Contribución del personal a la financiación del régimen de pensiones

Ejercicio 2018

Ejercicio 2017

Ejercicio 2016

467 789 059

451 191 279

441 782 084,74

Comentarios

Este ingreso representa la contribución del personal a la financiación del régimen de pensiones.

Parlamento

 

66 291 673

Consejo

 

22 810 000

Comisión

 

320 611 896

— administración

(192 400 000 )

 

— investigación y desarrollo tecnológico

(21 391 090 )

 

— investigación (acciones indirectas)

(16 754 199 )

 

— Oficina Europea de Lucha contra el Fraude (OLAF)

(3 279 000 )

 

— Oficina de Selección de Personal de las Comunidades Europeas (EPSO)

(912 000 )

 

— Oficina de Infraestructura y Logística de Bruselas (OIB)

(5 498 000 )

 

— Oficina de Infraestructura y Logística de Luxemburgo (OIL)

(1 507 000 )

 

— Oficina de Gestión y Liquidación de los Derechos Individuales (PMO)

(2 555 000 )

 

— Oficina de Publicaciones de la Unión Europea (OP)

(4 551 000 )

 

— Agencia de Cooperación de los Reguladores de la Energía (ACER)

(547 469 )

 

— Empresa Común para las Bioindustrias (BBI)

(137 976 )

 

— Organismo de Reguladores Europeos de las Comunicaciones Electrónicas (Oficina ORECE)

(146 248 )

 

— Empresa Común Clean Sky (CSJU)

(312 320 )

 

— Oficina Comunitaria de Variedades Vegetales (CPVO)

(391 712 )

 

— Agencia Ejecutiva de Consumidores, Salud, Agricultura y Alimentación (CHAFEA ex-EAHC)

(353 002 )

 

— Agencia Ejecutiva en el ámbito Educativo, Audiovisual y Cultural (EACEA)

(2 322 917 )

 

— Empresa Común Componentes y Sistemas Electrónicos para el Liderazgo Europeo (ECSEL ex-ARTEMIS & ENIAC)

(204 606 )

 

— Agencia Europea para la Seguridad y la Salud en el Trabajo (EU-OSHA)

(431 565 )

 

— Agencia Europea para la gestión operativa de sistemas informáticos de gran magnitud en el espacio de libertad, seguridad y justicia (eu-LISA)

(1 092 570 )

 

— Oficina europea de apoyo en materia de asilo (EASO)

(1 341 814 )

 

— Agencia Europea de Seguridad Aérea (AESA)

(6 005 983 )

 

— Autoridad Bancaria Europea (ABE)

(1 321 425 )

 

— Agencia Europea de la Guardia de Fronteras y Costas (Frontex)

(2 832 434 )

 

— Centro europeo de prevención y control de las enfermedades (ECDC)

(1 597 193 )

 

— Centro Europeo para el Desarrollo de la Formación Profesional (CEDEFOP)

(868 713 )

 

— Agencia europea de los productos químicos (ECHA)

(4 108 067 )

 

— Agencia Europea de Medio Ambiente (AEMA)

(1 350 362 )

 

— Agencia Europea de Control de la Pesca (EFCA)

(506 499 )

 

— Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria (EFSA)

(2 777 875 )

 

— Fundación Europea para la Mejora de las Condiciones de Vida y de Trabajo (EUROFOUND)

(771 732 )

 

— Agencia del GNSS Europeo (GSA)

(1 190 253 )

 

— Instituto Europeo de la Igualdad de Género (EEIG)

(224 271 )

 

— Instituto Europeo de Innovación y Tecnología (EIT)

(358 766 )

 

— Autoridad Europea de Seguros y Pensiones de Jubilación (AESPJ)

(965 206 )

 

— Empresa Común Europea para el ITER — Fusión para la energía (F4E)

(3 070 394 )

 

— Agencia Europea de Seguridad Marítima (EMSA)

(1 659 757 )

 

— Agencia Europea de Medicamentos (EMA)

(4 849 544 )

 

— Observatorio Europeo de las Drogas y las Toxicomanías (OEDT)

(769 953 )

 

— Agencia Ejecutiva del Consejo Europeo de Investigación (ERC)

(2 522 179 )

 

— Autoridad Europea de Mercados y Valores (AEMV)

(113 555 )

 

— Fundación Europea de Formación (ETF)

(977 277 )

 

— Agencia de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea (FRA)

(678 243 )

 

— Agencia de la Unión Europea para la Cooperación Policial (EUROPOL)

(4 588 265 )

 

— Agencia de la Unión Europea para la Formación Policial (CEPOL)

(249 540 )

 

— Agencia de Seguridad de las Redes de la Información de la Unión Europea (ENISA)

(420 919 )

 

— Agencia Ferroviaria de la Unión Europea (AFE)

(1 255 884 )

 

— Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (EUIPO ex-OHIM)

(6 225 888 )

 

— Unidad de Cooperación Judicial de la Unión Europea (EUROJUST)

(1 256 562 )

 

— Agencia Ejecutiva para las Pequeñas y Medianas Empresas (EASME ex-EACI)

(2 236 814 )

 

— Empresa Común Pilas de Combustible e Hidrógeno (FCH)

(222 116 )

 

— Agencia Ejecutiva de Innovación y Redes (INEA ex-TEN-T EA)

(1 330 516 )

 

— Empresa Común para la Iniciativa sobre Medicinas Innovadoras (EC IMI)

(316 245 )

 

— Agencia Ejecutiva de Investigación (AEI)

(3 624 030 )

 

— Empresa Común Shift2Rail (SHIFT2RAIL)

(104 054 )

 

— Empresa Común para la realización del sistema europeo de nueva generación para la gestión del tránsito aéreo (SESAR)

(274 041 )

 

— Junta Única de Resolución (JUR)

(1 301 965 )

 

— Centro de Traducción de los Órganos de la Unión Europea (CdT)

(1 555 888 )

 

Tribunal de Justicia

 

18 898 000

Tribunal de Cuentas Europeo

 

7 835 000

Comité Económico y Social Europeo

 

5 567 163

Comité Europeo de las Regiones

 

4 346 485

Defensor del Pueblo Europeo

 

568 842

Supervisor Europeo de Protección de Datos

 

606 000

Servicio Europeo de Acción Exterior

 

20 254 000

 

Total

467 789 059

Bases jurídicas

Estatuto de los funcionarios de la Unión Europea.

Régimen aplicable a los otros agentes de la Unión Europea.

Reglamento (CECA, CEE, Euratom) n.o 1860/76 del Consejo, de 29 de junio de 1976, por el que se fija el régimen aplicable al personal de la Fundación Europea para la Mejora de las Condiciones de Vida y de Trabajo (DO L 214 de 6.8.1976, p. 24).

4 1 1
Transferencias o rescates de derechos a pensión por parte del personal

Ejercicio 2018

Ejercicio 2017

Ejercicio 2016

135 112 882

141 960 601

139 503 802,84

Comentarios

Este ingreso representa el pago a la Unión del equivalente actuarial o la cantidad fija única de rescate de los derechos a pensión adquiridos por los funcionarios en sus anteriores empleos.

Parlamento Europeo

 

9 200 000

Consejo

 

p.m.

Comisión

 

125 912 882

Tribunal de Justicia de la Unión Europea

 

p.m.

Tribunal de Cuentas Europeo

 

p.m.

Comité Económico y Social Europeo

 

p.m.

Comité Europeo de las Regiones

 

p.m.

Defensor del Pueblo Europeo

 

p.m.

Supervisor Europeo de Protección de Datos

 

p.m.

Servicio Europeo de Acción Exterior

 

p.m.

 

Total

135 112 882

Bases jurídicas

Estatuto de los funcionarios de la Unión Europea.

4 1 2
Contribuciones al régimen de pensiones por parte de los funcionarios y agentes temporales en excedencia voluntaria

Ejercicio 2018

Ejercicio 2017

Ejercicio 2016

110 000

110 000

140 780,70

Comentarios

Los funcionarios y demás agentes en excedencia pueden seguir adquiriendo derechos a pensión a condición de hacerse cargo también de la cuota patronal de la contribución.

Parlamento Europeo

 

10 000

Consejo

 

p.m.

Comisión

 

100 000

Tribunal de Justicia de la Unión Europea

 

p.m.

Tribunal de Cuentas Europeo

 

p.m.

Comité Económico y Social Europeo

 

p.m.

Comité Europeo de las Regiones

 

p.m.

Defensor del Pueblo Europeo

 

p.m.

Supervisor Europeo de Protección de Datos

 

p.m.

Servicio Europeo de Acción Exterior

 

p.m.

 

Total

110 000

Bases jurídicas

Estatuto de los funcionarios de la Unión Europea.

Régimen aplicable a los otros agentes de la Unión Europea.

CAPÍTULO 4 2 —   OTRAS CONTRIBUCIONES AL RÉGIMEN DE PENSIONES

4 2 0
Contribución patronal de los organismos descentralizados y de las organizaciones internacionales al régimen de pensiones

Ejercicio 2018

Ejercicio 2017

Ejercicio 2016

40 984 006

39 664 373

40 342 054,31

Comentarios

Este ingreso representa la cotización patronal de las agencias descentralizadas y organizaciones internacionales al régimen de pensiones.

Comisión

 

40 984 006

Bases jurídicas

Estatuto de los funcionarios de la Unión Europea.

Régimen aplicable a los otros agentes de la Unión Europea.

4 2 1
Contribución de los diputados al Parlamento Europeo a un régimen de pensión de jubilación

Ejercicio 2018

Ejercicio 2017

Ejercicio 2016

p.m.

p.m.

0 ,—

Comentarios

Este ingreso representa la contribución de los diputados al Parlamento Europeo a la financiación del régimen de pensiones.

Parlamento Europeo

 

p.m.

Bases jurídicas

Reglamentación relativa a los gastos y las dietas de los diputados al Parlamento Europeo, y en particular su anexo III.

TÍTULO 5

INGRESOS PROCEDENTES DEL FUNCIONAMIENTO ADMINISTRATIVO DE LAS INSTITUCIONES

Artículo

Partida

Denominación

Ejercicio 2018

Ejercicio 2017

Ejercicio 2016

% 2016-2018

 

CAPÍTULO 5 0

5 0 0

Producto de la venta de bienes muebles (suministros)

5 0 0 0

Producto de la venta del material de transporte — Ingresos afectados

p.m.

p.m.

233 347,32

 

5 0 0 1

Producto de la venta de otros bienes muebles — Ingresos afectados

p.m.

p.m.

248 477,63

 

5 0 0 2

Ingresos resultantes de suministros efectuados para otras instituciones u organismos — Ingresos afectados

p.m.

p.m.

1 003 880,82

 

 

Artículo 5 0 0 — Total

p.m.

p.m.

1 485 705,77

 

5 0 1

Producto de la venta de bienes inmuebles

p.m.

p.m.

0 ,—

 

5 0 2

Producto de la venta de publicaciones, impresos y películas cinematográficas — Ingresos afectados

p.m.

p.m.

82 700,30

 

 

CAPÍTULO 5 0 — TOTAL

p.m.

p.m.

1 568 406,07

 

 

CAPÍTULO 5 1

5 1 0

Producto del arrendamiento de mobiliario y material — Ingresos afectados

p.m.

p.m.

355 336,67

 

5 1 1

Producto del arrendamiento y subarrendamiento de bienes inmuebles y reembolso de gastos relacionados con los arrendamientos

5 1 1 0

Producto del arrendamiento y subarrendamiento de bienes inmuebles — Ingresos afectados

p.m.

p.m.

21 940 574,30

 

5 1 1 1

Reembolso de gastos relacionados con los arrendamientos — Ingresos afectados

p.m.

p.m.

4 824 024,93

 

 

Artículo 5 1 1 — Total

p.m.

p.m.

26 764 599,23

 

 

CAPÍTULO 5 1 — TOTAL

p.m.

p.m.

27 119 935,90

 

 

CAPÍTULO 5 2

5 2 0

Producto de los fondos invertidos o prestados, intereses bancarios y otros intereses devengados por las cuentas de las instituciones

50 050

200 866

418 909,02

836,98

5 2 1

Producto de los fondos invertidos o prestados, intereses bancarios y otros intereses devengados por las cuentas de los organismos subvencionados, transferido a la Comisión

25 000 000

37 644 922,58

 

5 2 2

Intereses generados por prefinanciaciones

40 000 000

40 000 000

6 514 023,32

16,29

5 2 3

Ingresos generados en las cuentas fiduciarias — Ingresos afectados

p.m.

p.m.

52 901 263,24

 

 

CAPÍTULO 5 2 — TOTAL

40 050 050

65 200 866

97 479 118,16

243,39

 

CAPÍTULO 5 5

5 5 0

Ingresos resultantes de suministros, prestaciones de servicios y obras efectuados en favor de otras instituciones u organismos, incluidas las indemnizaciones de misión pagadas por cuenta de otras Instituciones u organismos y reembolsadas por los mismos — Ingresos afectados

p.m.

p.m.

85 697 278,42

 

5 5 1

Ingresos procedentes de terceros por prestaciones de servicios o trabajos efectuadas a instancia suya — Ingresos afectados

p.m.

p.m.

7 198 932,68

 

 

CAPÍTULO 5 5 — TOTAL

p.m.

p.m.

92 896 211,10

 

 

CAPÍTULO 5 7

5 7 0

Ingresos procedentes de la restitución de cantidades pagadas indebidamente — Ingresos afectados

p.m.

p.m.

32 852 083,87

 

5 7 1

Ingresos con destino determinado, tales como los procedentes de fundaciones, de subvenciones o de donaciones y legados, incluidos los ingresos afectados propios de cada institución — Ingresos afectados

p.m.

p.m.

28 774 ,—

 

5 7 2

Reembolso de gastos sociales realizados por cuenta de otra institución

p.m.

p.m.

0 ,—

 

5 7 3

Otras contribuciones y restituciones ligadas al funcionamiento administrativo de la institución — Ingresos afectados

p.m.

p.m.

137 828 061,16

 

5 7 4

Ingresos derivados de la contribución de la Comisión al Servicio Europeo de Acción Exterior (SEAE) para el personal de la Comisión destinado en las delegaciones de la Unión — Ingresos afectados

p.m.

p.m.

185 923 296,01

 

 

CAPÍTULO 5 7 — TOTAL

p.m.

p.m.

356 632 215,04

 

 

CAPÍTULO 5 8

5 8 0

Ingresos procedentes de indemnizaciones arrendaticias — Ingresos afectados

p.m.

p.m.

692 678,16

 

5 8 1

Ingresos procedentes de indemnizaciones de seguros — Ingresos afectados

p.m.

p.m.

300 977,50

 

 

CAPÍTULO 5 8 — TOTAL

p.m.

p.m.

993 655,66

 

 

CAPÍTULO 5 9

5 9 0

Otros ingresos procedentes de la gestión administrativa

5 000 000

5 000 000

2 504 524,47

50,09

 

CAPÍTULO 5 9 — TOTAL

5 000 000

5 000 000

2 504 524,47

50,09

 

Título 5 — Total

45 050 050

70 200 866

579 194 066,40

1 285,67

CAPÍTULO 5 0 —

PRODUCTO DE LA VENTA DE BIENES MUEBLES (SUMINISTROS) E INMUEBLES

CAPÍTULO 5 1 —

PRODUCTO DE ARRENDAMIENTOS

CAPÍTULO 5 2 —

PRODUCTO DE LOS FONDOS INVERTIDOS O PRESTADOS, INTERESES BANCARIOS Y OTROS INTERESES

CAPÍTULO 5 5 —

INGRESOS PROCEDENTES DEL PRODUCTO DE PRESTACIONES DE SERVICIOS Y OBRAS

CAPÍTULO 5 7 —

OTRAS CONTRIBUCIONES Y RESTITUCIONES VINCULADAS AL FUNCIONAMIENTO ADMINISTRATIVO DE LAS INSTITUCIONES

CAPÍTULO 5 8 —

INDEMNIZACIONES DIVERSAS

CAPÍTULO 5 9 —

OTROS INGRESOS PROCEDENTES DE LA GESTIÓN ADMINISTRATIVA

CAPÍTULO 5 0 —   PRODUCTO DE LA VENTA DE BIENES MUEBLES (SUMINISTROS) E INMUEBLES

5 0 0
Producto de la venta de bienes muebles (suministros)

5 0 0 0
Producto de la venta del material de transporte — Ingresos afectados

Ejercicio 2018

Ejercicio 2017

Ejercicio 2016

p.m.

p.m.

233 347,32

Comentarios

Esta partida se destina a consignar los ingresos procedentes de la venta o readquisición de material de transporte perteneciente a las instituciones.

Incluye también los ingresos por la venta de vehículos que vayan a sustituirse o desecharse, una vez que su valor contable se haya amortizado totalmente.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 21, apartado 3, letras a) y b), del Reglamento Financiero, estos ingresos se consideran afectados y dan lugar a la apertura de créditos suplementarios que se han de consignar en las líneas que hayan sostenido el gasto inicial que originó los ingresos correspondientes.

Parlamento Europeo

 

p.m.

Consejo

 

p.m.

Comisión

 

p.m.

Tribunal de Justicia de la Unión Europea

 

p.m.

Tribunal de Cuentas Europeo

 

p.m.

Comité Económico y Social Europeo

 

p.m.

Comité Europeo de las Regiones

 

p.m.

Defensor del Pueblo Europeo

 

p.m.

Supervisor Europeo de Protección de Datos

 

p.m.

Servicio Europeo de Acción Exterior

 

p.m.

 

Total

p.m.

5 0 0 1
Producto de la venta de otros bienes muebles — Ingresos afectados

Ejercicio 2018

Ejercicio 2017

Ejercicio 2016

p.m.

p.m.

248 477,63

Comentarios

Esta partida se destina a consignar los ingresos procedentes de la venta o readquisición de bienes muebles pertenecientes a las instituciones y distintos del material de transporte.

Incluye también los ingresos por la venta de equipos e instalaciones, así como de aparatos, equipos y material científico y técnico que vayan a sustituirse o desecharse, una vez que su valor contable se haya amortizado totalmente.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 21, apartado 3, letras a) y b), del Reglamento Financiero, estos ingresos se consideran afectados y dan lugar a la apertura de créditos suplementarios que se han de consignar en las líneas que hayan sostenido el gasto inicial que originó los ingresos correspondientes.

Parlamento Europeo

 

p.m.

Consejo

 

p.m.

Comisión

 

p.m.

Tribunal de Justicia de la Unión Europea

 

p.m.

Tribunal de Cuentas Europeo

 

p.m.

Comité Económico y Social Europeo

 

p.m.

Comité Europeo de las Regiones

 

p.m.

Defensor del Pueblo Europeo

 

p.m.

Supervisor Europeo de Protección de Datos

 

p.m.

Servicio Europeo de Acción Exterior

 

p.m.

 

Total

p.m.

5 0 0 2
Ingresos resultantes de suministros efectuados para otras instituciones u organismos — Ingresos afectados

Ejercicio 2018

Ejercicio 2017

Ejercicio 2016

p.m.

p.m.

1 003 880,82

Comentarios

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 21, apartado 3, letra e), del Reglamento Financiero, estos ingresos se consideran afectados y dan lugar a la apertura de créditos suplementarios que se han de consignar en las líneas que hayan sostenido el gasto inicial que originó los ingresos correspondientes.

Parlamento Europeo

 

p.m.

Consejo

 

p.m.

Comisión

 

p.m.

Tribunal de Justicia de la Unión Europea

 

p.m.

Tribunal de Cuentas Europeo

 

p.m.

Comité Económico y Social Europeo

 

p.m.

Comité Europeo de las Regiones

 

p.m.

Defensor del Pueblo Europeo

 

p.m.

Supervisor Europeo de Protección de Datos

 

p.m.

Servicio Europeo de Acción Exterior

 

p.m.

 

Total

p.m.

5 0 1
Producto de la venta de bienes inmuebles

Ejercicio 2018

Ejercicio 2017

Ejercicio 2016

p.m.

p.m.

0 ,—

Comentarios

Este artículo se destina a consignar los ingresos procedentes de la venta de bienes inmuebles pertenecientes a las instituciones.

Parlamento Europeo

 

p.m.

Consejo

 

p.m.

Comisión

 

p.m.

Tribunal de Justicia de la Unión Europea

 

p.m.

Tribunal de Cuentas Europeo

 

p.m.

Comité Económico y Social Europeo

 

p.m.

Comité Europeo de las Regiones

 

p.m.

Defensor del Pueblo Europeo

 

p.m.

Supervisor Europeo de Protección de Datos

 

p.m.

Servicio Europeo de Acción Exterior

 

p.m.

 

Total

p.m.

5 0 2
Producto de la venta de publicaciones, impresos y películas cinematográficas — Ingresos afectados

Ejercicio 2018

Ejercicio 2017

Ejercicio 2016

p.m.

p.m.

82 700,30

Comentarios

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 21, apartado 3, letra h), del Reglamento Financiero, estos ingresos se consideran afectados y dan lugar a la apertura de créditos suplementarios que se han de consignar en las líneas que hayan sostenido el gasto inicial que originó los ingresos correspondientes.

Este artículo incluye asimismo los ingresos procedentes de la venta de estos productos en soporte electrónico.

Parlamento Europeo

 

p.m.

Consejo

 

p.m.

Comisión

 

p.m.

Tribunal de Justicia de la Unión Europea

 

p.m.

Tribunal de Cuentas Europeo

 

p.m.

Comité Económico y Social Europeo

 

p.m.

Comité Europeo de las Regiones

 

p.m.

Defensor del Pueblo Europeo

 

p.m.

Supervisor Europeo de Protección de Datos

 

p.m.

Servicio Europeo de Acción Exterior

 

p.m.

 

Total

p.m.

CAPÍTULO 5 1 —   PRODUCTO DE ARRENDAMIENTOS

5 1 0
Producto del arrendamiento de mobiliario y material — Ingresos afectados

Ejercicio 2018

Ejercicio 2017

Ejercicio 2016

p.m.

p.m.

355 336,67

Comentarios

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 21, apartado 3, letra a), del Reglamento Financiero, estos ingresos se consideran afectados y dan lugar a la apertura de créditos suplementarios que se han de consignar en las líneas que hayan sostenido el gasto inicial que originó los ingresos correspondientes.