Propuesta de DECISIÓN DEL CONSEJO que establece la posición que debe adoptarse en nombre de la Unión en los correspondientes comités de la Comisión Económica para Europa de las Naciones Unidas por lo que respecta a las propuestas de modificaciones de los Reglamentos nos 4, 6, 11, 13, 13H, 19, 25, 34, 37, 43, 44, 48, 49, 53, 70, 96, 98, 104, 105, 106, 107, 112, 113, 121 y 128 de la CEPE, al nuevo Reglamento Técnico Mundial de la CEPE sobre neumáticos, a la modificación 3 del Reglamento Técnico Mundial nº 4 de la CEPE, en relación con el procedimiento mundial de certificación de vehículos pesados, y a una modificación de la Resolución Mutua nº 1
Propuesta de DECISIÓN DEL CONSEJO que establece la posición que debe adoptarse en nombre de la Unión en los correspondientes comités de la Comisión Económica para Europa de las Naciones Unidas por lo que respecta a las propuestas de modificaciones de los Reglamentos nos 4, 6, 11, 13, 13H, 19, 25, 34, 37, 43, 44, 48, 49, 53, 70, 96, 98, 104, 105, 106, 107, 112, 113, 121 y 128 de la CEPE, al nuevo Reglamento Técnico Mundial de la CEPE sobre neumáticos, a la modificación 3 del Reglamento Técnico Mundial nº 4 de la CEPE, en relación con el procedimiento mundial de certificación de vehículos pesados, y a una modificación de la Resolución Mutua nº 1
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