2.4. Fórmula relativa al carácter obligatorio de los reglamentos
En los reglamentos, después del último artículo, encontramos la fórmula siguiente:
El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.
O bien:
El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro de conformidad con los Tratados.
[Esta fórmula se utiliza cuando el Reglamento no es aplicable a o en todos los Estados miembros: por ejemplo, Estados miembros que no están en la zona del euro (véase el Reglamento (UE) n.o 1210/2010 del Parlamento Europeo y del Consejo), cooperaciones reforzadas, etc.]
Esta frase no forma parte del último artículo y tiene una presentación tipográfica propia [véase la obra Visual guide — Official Journal typographical rules/Guide visuel – Règles typographiques du Journal officiel
].